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EIA Y PMA PARA LA CONSTRUCCION DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO T KARLOS

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Academic year: 2020

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(1)

ESTUDIO DE IMPACTO Y PLAN DE MANEJO

AMBIENTAL PARA LA CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN

DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO

“T-KARLOS”

UBICACIÓN: Km 1.5, Vía Calceta-Junín, Parroquia:

Junín, Cantón: Junín, Provincia: Manabí

COMERCIALIZADORA:

PETROLRIOS

CONSULTORA:

GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

Registro: MAE-061-CC “A”

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i GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

INDICE GENERAL

CAPITULO I ... 1

1. FICHA TÉCNICA DEL PROYECTO ... 1

CAPITULO II ... 2

2. INTRODUCCIÓN ... 2

2.1. ANTECEDENTES ... 3

2.2. ALCANCE DEL ESTUDIO ... 4

2.3. OBJETIVOS DEL ESTUDIO ... 4

2.3.1. Objetivo General ... 4

2.3.2. Objetivos específicos ... 4

2.4. MARCO LEGAL ... 5

2.5. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL ESTUDIO... 16

CAPITULO III ... 17

3. DIAGNÓSTICO AMBIENTAL –LÍNEA BASE ... 17

3.1. CRITERIOS METODOLÓGICOS ... 17

3.2. ANÁLISIS DETALLADO DE LA LINEA BASE AMBIENTAL ... 17

3.2.1. Medio Físico ... 17

3.2.1.1. Ubicación ... 17

3.2.1.2. Geología... 18

3.2.1.3. Geomorfología... 19

3.2.1.4. Hidrología ... 19

3.2.1.5. Climatología ... 20

3.2.1.6. Tipos y Usos de Suelo ... 21

3.2.1.6.1. Tipo de Suelo ... 21

3.2.1.6.2. Uso de Suelo ... 22

3.2.1.7. Paisaje Natural... 23

3.2.2. Medio Biótico ... 23

3.2.2.1. Flora ... 23

3.2.2.2. Fauna ... 25

3.2.3. Aspectos Socio-Económicos y Culturales ... 26

3.2.3.1. Aspectos Demográficos ... 27

3.2.3.2. Condiciones de Vida ... 30

(3)

ii GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

3.2.3.4. Infraestructura Física ... 35

3.2.3.5. Estaciones de Servicios ... 35

3.2.3.6. Actividades Productivas ... 35

3.2.3.7. Turismo ... 36

3.2.3.8. Arqueología ... 36

CAPITULO IV ... 38

4. DESCRIPCIÓN PARA LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO... 38

4.1. CARACTERÍSTICAS GENERALES ... 38

4.2. DESCRIPCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y SU FUNCIONAMIENTO ... 38

4.2.1. Construcción, materiales y montaje ... 38

4.2.2. Tanques de Almacenamiento ... 39

4.2.3. Dispensadores ... 40

4.2.4. Señalización y Sistema de Seguridad ... 41

4.2.5. Áreas Verdes ... 41

4.2.6. Área de ingreso y salida Vehicular, Circulación y Parqueo temporal ... 41

4.2.7. Sistema de Seguridad ... 42

4.2.8. Sistema de Tratamiento de Aguas residuales ... 42

4.2.9. Sistema de Manejo de Desechos ... 42

CAPITULO V ... 45

5. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS ... 45

CAPITULO VI ... 46

6. DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA Y ÁREAS SENSIBLES ... 47

6.1. ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA ... 47

6.2. ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA ... 47

6.3. ÁREAS SENSIBLES ... 48

CAPITULO VII ... 49

7. IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS... 49

7.1. METODOLOGÍA ... 49

7.2. IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS ... 49

7.3. VALORACIÓN DE IMPACTOS... 51

7.4. EVALUACIÓN DE LA MATRIZ (LEOPOLD, et all.) ... 52

7.5. ANÁLISIS DE RIESGOS ... 53

7.5.1. Terminología ... 53

(4)

iii GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

CAPITULO VIII ... 57

8. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ... 57

8.1. PLAN DE PREVENCION Y MITIGACION ... 57

8.1.1. PLAN DE PREVENCIÓN ... 57

8.1.2. PLAN DE MITIGACIÓN ... 62

8.2. PLAN DE MANEJO DE DESECHOS ... 65

8.3. PLAN DE COMUNICACIÓN y CAPACITACION ... 69

8.4. PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS ... 70

8.5. PLAN DE CONTINGENCIAS ... 71

8.6. PLAN DE SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL ... 80

8.7. PLAN DE MONITOREO ... 82

8.8. PLAN DE ABANDONO (PA) ... 87

8.9. PLAN DE REHABILITACIÓN DE ÁREAS AFECTADAS (PRHAA) ... 88

8.10. PROGRAMA Y PRESUPUESTO DEL PMA, RESUMEN ... 89

9. ANEXOS ... 93

Anexo 1. Certificado de Intersección……….……….…….94

Anexo 2. Oficio Aprobación de los Términos de Referencia………..…….97

Anexo 3. Matriz de Evaluación de Impactos………..…….99

Anexo 4. Matriz de Marco Lógico del PMA……….….101

Anexo 5. Área de influencia directa e indirecta……….………109

Anexo 6. Registro de generación de desechos peligrosos……….…111

Anexo 7. Firma Consultora……….……….…113

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iv GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

INDICE DE TABLAS

Tabla No.1. Población de la Parroquia Junín ... 27

Tabla No.2. Población del Cantón Junín por grupo de edades ... 27

Tabla No.3. Migración de la Parroquia Junín ... 28

Tabla No.4. Motivos de la Migración dentro de la Parroquia Junín. ... 29

Tabla No.5. Condiciones de Empleo Proyecto T-KARLOS. ... 29

Tabla No.6.Analfabetismo. Proyecto T-KARLOS. ... 31

Tabla No.7.Nivel de Instrucción. Proyecto T-KARLOS. ... 31

Tabla No.8.Nivel de Escolaridad. Proyecto T-KARLOS. ... 32

Tabla No.9.Condiciones de Vivienda. Proyecto T-KARLOS. ... 33

Tabla No.10.Servicios Básicos. Proyecto T-KARLOS. ... 33

Tabla No.11.Índice de Pobreza. Proyecto T-KARLOS. ... 34

(6)

v GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

INDICE DE FIGURAS

Figura 1. Ubicación de la E/S T-KARLOS ... 18

Figura 2. Geología del cantón Junín ... 19

Figura 3. Geomorfología del cantón Junín ... 19

Figura 4. Hidrología del cantón Junín ... 20

Figura 5. Mapa Bioclimático del ecuador (cantón Junín) ... 20

Figura 6. Temperatura del cantón Junín (isotermas) ... 21

Figura 7. Precipitación anual del cantón Junín (isoyetas) ... 21

Figura 8. Tipo de suelo del cantón Junín ... 22

Figura 9 (a). Uso de suelo del cantón Junín ... 22

Figura 9 (b). Uso de suelo del cantón Junín ... 23

Figura 10. Límites del cantón Junín ... 26

Figura 11. Distribución de la población por sexo. ... 27

Figura 12. Distribución de la población por grupo de edades. ... 28

Figura 13. Migración de la Parroquia Junín. ... 28

Figura 14. Motivos de la Migración. Proyecto T-Karlos. ... 29

Figura 15. Condiciones de Empleo Proyecto T-KARLOS. ... 30

Figura 16. Analfabetismo. Proyecto T-KARLOS. ... 31

Figura 17. Nivel de Instrucción. Proyecto T-KARLOS. ... 32

Figura 18. Nivel de Escolaridad. Proyecto T-KARLOS. ... 32

Figura 19. Condiciones de Vivienda. Proyecto T-KARLOS. ... 33

Figura 20. Servicios Básicos. Proyecto T-KARLOS. ... 34

Figura 21. Índice de Pobreza. Proyecto T-KARLOS. ... 35

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1 GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

CAPITULO I

1. FICHA TÉCNICA DEL PROYECTO

Nombre del Proyecto Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental para la Construcción y Operación de la Estación de Servicios “T-KARLOS”

Dirección del proyecto Km 1.5, Vía Calceta – Junín

Parroquia: Junín, Cantón: Junín, Provincia: Manabí

Ubicación Cartográfica

Coordenadas UTM (Zona Sur, 17)

X: 588677,81 Y: 9898267,07

Propietario (Proponente) Sra. Carmela Bertha Lizbeth García Mendoza

Actividad Principal Venta al por menor de combustibles derivados del petróleo para uso vehicular a consumidores finales

Área del proyecto 2.000 m²

Dirección para Notificación Quito: Calle Toledo y Madrid, Edif. Munich, P.7, Ofic. # 17

E-mail: fb_jara@hotmail.es

Registro SUIA Código del proyecto: MAE-RA-2013-35283 Consultor Ambiental GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

Registro: MAE-061-CC “A”

Equipo Técnico: Ing. Malena Chávez (Evaluación e Identificación de Impactos)

Ing. Fernanda Jara (Descripción del Proyecto) Ing. Gissela Proaño

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2 GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

CAPITULO II

2. INTRODUCCIÓN

Los derivados del petróleo o combustibles fósiles, son considerados productos químicos peligrosos- grado de inflamabilidad 3 según la Norma Técnica NTE INEN 2 266:2009- y potencialmente contaminantes cuando no son adecuadamente manejados o consumidos.

Por dichas características y por el cada vez mayor incremento de su producción y consumo para satisfacer la demanda, se ha venido creado en la población ecuatoriana una conciencia de preservación de su entorno, por lo que el Estado se ha visto en la necesidad de regular las Actividades Hidrocarburíferas dentro de un marco adecuado de Protección al Medio Ambiente, implementando un sistema institucional descentralizado de regulación, control y fiscalización ambiental y mediante la formulación de normas, principios y estándares de calidad ambiental aplicables de conformidad con las fases de la industria, a fin de que estas actividades se realicen con eficiencia técnica, económica y ambiental

A la conciencia ambiental ha influido significativamente la Organización de las Naciones Unidas, ONU, promoviendo en sus países miembros la inclusión de políticas de protección del medio ambiente pero en armonía con el desarrollo económico, social y humano de sus pueblos. A través de este organismo se creó mundialmente un nuevo concepto de desarrollo económico en el que se incluyendo la variable ambiental, la participación social y la responsabilidad de los estados en el cuidado del medio ambiente, denominado desarrollo sostenible y sustentable1. En la conferencia Mundial de Rio se aprobaron, entre otros, los siguientes principios que serán tomados en cuenta para el presente Estudio:

• De desarrollo sostenible y sustentables (Principios 1 y 3);

• De trasparencia, participación social y resarcimiento de daños ocasionados ambientalmente (Principio 10) ;

• De precaución (Principio 15)

• De Evaluación del impacto ambiental como instrumento nacional (Principio 17)

Recogiendo los principios antes mencionados se reformó la Ley de Hidrocarburos y se promulgó la Ley de Gestión Ambiental y el Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador (RAOHE), expedido mediante Decreto Ejecutivo No 1215, publicado en el Registro Oficial No 265 de 13 de febrero de 2001. En el Art. 402 de este cuerpo legal se plantea la obligatoriedad de presentar previamente a la autoridad ambiental, para su aprobación, los Términos de Referencia específicos para la elaboración y presentación de cualquier estudio ambiental basados en la Guía Metodológica que contempla el Art. 41 y la descripción específica conforme la fase hidrocarburífera que aplique el proyecto.

1

Conferencia Mundial de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, 1992 2

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3 GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

Galdames & Muñoz (Asesores Geoambientales, 2001)3 definen a un Estudio de Impacto Ambiental EsIA, como un documento que describe pormenorizadamente las características de un proyecto o actividad que se pretenda llevar a cabo o su modificación. Debe proporcionar antecedentes fundados para la predicción, identificación e interpretación de su impacto ambiental y describir la o las acciones que se ejecutará para impedir o minimizar sus efectos significativamente adversos, dentro de un área determinada o área de influencia

La descripción del emplazamiento o entorno ambiental es una parte integral de un EsIA. Según Canter4 (2003) «un estudio de impacto ambiental describirá sucintamente el entorno de las áreas que serán afectadas. La descripción no será más extensa de lo que sea necesario para entender los efectos de las alternativas. Los datos y análisis del estudio serán proporcionales a la importancia del impacto, con la documentación menos relevante resumida, integrada o simplemente aludida. Las agencias evitarán el contenido superfluo en el estudio y concentrarán los esfuerzos y atención sobre las cuestiones de importancia. Las descripciones prolijas del entorno afectado no son en si una medida de la exactitud del estudio de impacto ambiental»

2.1. ANTECEDENTES

De acuerdo al Decreto Ejecutivo No. 407, publicado en el Registro Oficial No. 90 de 26 de agosto de 2005, determina que todo proyecto nuevo debe contar con la aprobación de factibilidad del sitio propuesto por parte de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero como requisito previo para su construcción. De conformidad con esta disposición legal, mediante Oficio No. 2849-ARCH-DCTD-CD-CAC-2012 de 30 de octubre de 2012, el Director Ejecutivo de ARCH otorgó lo factibilidad para la construcción de este establecimiento de combustibles a ser ubicado en el Km 1.5, Vía Calceta – Junín parroquia Junín, cantón Junín, Provincia de Manabí

Con la finalidad de conseguir la licencia Ambiental previo a la construcción de la estación de servicio, “T-KARLOS” se ha gestionado la obtención de los siguientes documentos y autorizaciones habilitantes mediante el sistema SUIA del Ministerio del Ambiente por tratarse de un proyecto nuevo:

1) Certificado de intersección: mediante Oficio s/n del 11 de Marzo del 2013 el Propietario de la estación de servicio solicitó a la Dirección Provincial del Ambiente de Manabí el Certificado de Intersección del sitio propuesto para el proyecto de Construcción y Operación de la Estación de Servicio “T-KARLOS” con el Patrimonio de Áreas naturales del Estado

Mediante Oficio No. MAE-SUIA-DNPCA-2013-11598 el Director Provincial del Ambiente del Manabí otorga un certificado electrónico mediante el cual se concluye que el PROYECTO: CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO “T-KARLOS”, NO INTERSECTA con el Patrimonio de Áreas Naturales del Estado, Bosques, Vegetación Protectora y Patrimonio Forestal del Estado.

2) Remisión de Términos de Referencia: El Propietario de la estación de servicio remitió al Director Provincial del Ambiente de Manabí los Términos de Referencia para el Estudio de

3

http://www.fortunecity.es/expertos/negocios/171/eia2.html 4

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4 GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

Impacto y Plan de Manejo Ambiental del proyecto de Construcción y Operación de la Estación de Servicio “T-KARLOS”.

3) Aprobación de Términos de referencia TDRS: Mediante oficio No. MAE-SUIA-VMA-2013-0070, en Portoviejo el 16 de octubre del 2013 el Director Provincial del Ambiente Manabí en su calidad de Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable AAAr, determina que los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental de la estación de Servicios “T-KARLOS” (EsIA & PMA) cumple con los requerimientos técnicos exigidos por esa Dirección de conformidad a los lineamientos establecidos en el Art. 16 del Texto Unificado de legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA) aprobándose los dichos TDRS.

2.2. ALCANCE DEL ESTUDIO

El Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental se efectuará para las fases de construcción y operación de la estación de servicio “T-KARLOS” de conformidad con los Términos de referencia aprobados y las disposiciones contenidas en el Art. 41 del RAOHE sujetándose al marco regulatorio y administrativo ambiental vigente en el país, así como a las políticas locales del gobierno municipal autónomo del cantón Junín

El estudio comprenderá además la descripción de las actividades que se realizarán como parte de la construcción y las que se efectuarán en la fase de operación, los impactos que se puede dar en su entorno, cuyo análisis, evaluación y resultados servirán de base para elaborar el Plan de Manejo Ambiental correspondientes, así como el Plan de Contingencias.

2.3. OBJETIVOS DEL ESTUDIO

2.3.1.Objetivo General

Predecir, identificar y evaluar los impactos ambientales que se producirán en el sitio propuesto para la construcción y funcionamiento de la E/S “T-KARLOS” y su entorno ambiental, como consecuencia de las actividades a ejecutarse durante la vida del proyecto a fin de establecer medidas preventivas, mitigantes o compensatorias adecuadas, incorporando los criterios de la comunidad del área de influencia del proyecto, que garanticen una explotación racional y sustentable de los recursos naturales no renovables.

2.3.2.Objetivos específicos

1. Describir de manera detallada y metódica las principales características del proyecto así como de su funcionamiento, dado que se trata de una perturbación que generará un impacto ambiental en el medio circundante durante sus fases de construcción y operación.

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5 GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

potencialmente afectada por posibles perturbaciones por actividades preexistentes, lo que servirá de base para futuras evaluaciones del comportamiento ambiental del proyecto.

3. Establecer de manera clara y objetiva, considerando los diferentes aspectos ambientales previamente identificados, el área de influencia, tanto directa como indirecta que tendría el proyecto.

4. Evaluar las posibles interacciones o impactos ambientales y riesgos entre la alternativa propuesta y los elementos ambientales naturales y humanos existentes dentro del área de influencia del proyecto, en función a su carácter, magnitud e importancia y determinar la viabilidad ambiental del mismo.

5. Determinar las principales medidas ambientales de prevención, minimización, correctoras, compensatorias y de control, dentro de un adecuado Plan de Manejo Ambiental, que sea factible de aplicación y sirva como instrumento referencial para garantizar un manejo ambiental sustentable del proyecto, garantizando la participación de la comunidad en el control a fin de que las características ambientales del medio circundante se mantengan dentro de los parámetros de calidad previstos por la legislación ecuatoriana vigente.

6. Identificar el método para el análisis de riesgos y accidentes.

7. Señalar las variables a las cuales se realizará el monitoreo ambiental, normativa a emplear y límites de detección para el seguimiento del cumplimiento del plan de manejo ambiental

8. Definir el ámbito de la participación social, en base al decreto Ejecutivo 1040 y Acuerdos Ministeriales 106, 112.

2.4. MARCO LEGAL

Para la construcción y operación del proyecto E/S “T-KARLOS” así como para la elaboración del EsIA & PMA se ha tomado en cuenta como marco legal de referencia, las disposiciones de carácter ambiental, participación social y de seguridad industrial y ambiental previsto en los Convenios internacionales suscritos por el Ecuador, la Constitución del ecuador 2008, y las disposiciones legales vigentes para este tipo de proyectos de carácter regulatorio o normativo, tal como se pasa a describir cada una de ellas:

Marco Legal Ambiental

DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL

Constitución de la República del Ecuador 2008

Art. 14.-Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir.

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6 GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

Art. 395.- Principios ambientales: El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural.- El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales.

Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios, asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar o reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de control ambientalmente permanente.

Art. 398.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el estado. La Ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta.

Ley de Hidrocarburos y sus reformas

Art. 31.- PETROECUADOR y los contratistas o asociados en comercialización están obligados en cuanto les corresponda a lo siguiente: literal (t): conducir las operaciones petroleras de acuerdo a las leyes y reglamentos de protección del medio ambiente y de la seguridad del país y con relación a la práctica internacional en materia de preservación de la riqueza ictiológica y de la industria agropecuaria; y, literal (u)… Elaborar estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental para prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar y compensar los impactos ambientales y sociales derivados de sus actividades

Ley de Gestión Ambiental (Codificación, 2004-019, R.O.-S 418: 10-Sept/2004)

La Ley de Gestión Ambiental (LGA) establece los principios y directrices de la política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia. (Artículo 1)

Art. 8.- La autoridad Ambiental nacional será ejercida por el Ministerio del Ramo que actuará como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sin perjuicio de las atribuciones que dentro del ámbito de sus competencias y conforme las Leyes que las regulen, ejerzan otras instituciones del estado. Art. 9, Le compete al Ministerio del Ramo:

Literal J) Coordinar con los organismos competentes sistemas de control para la verificación del cumplimiento de las normas de calidad ambiental, referentes al aire, agua, suelo, ruido, desechos y agentes contaminantes

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7 GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

–SUMA-cuyo principio rector será el precautelatorio.

Art. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva otorgada por el Ministerio del Ramo

Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental (Codificación 20, Registro Oficial Suplemento 418 de 10 de Septiembre de 2004)

Art. 1.- Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una molestia.

Art. 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades

Art. 10.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes

Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria-TULAS- Libro VI sobre la Calidad Ambiental (D.E 3516: R.O. E-2, 31 MAR/2003)

Título I, del Sistema Único de Manejo Ambiental SUMA, Capítulo III, del Objetivo y los elementos del Subsistema de Evaluación del Impacto Ambiental:

Art. 1.- Para garantizar una adecuada y fundada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales de la actividad o proyecto propuesto, así como la idoneidad técnica de las medidas de control para la gestión de sus impactos ambientales y riesgos, el estudio de impacto ambiental debe ser realizado por un equipo multidisciplinario que responda técnicamente al alcance y la profundidad del estudio en función de los términos de referencia previamente aprobados. El promotor y/o el consultor que presenten los Estudios de Impacto Ambiental a los que hace referencia este Título son responsables por la veracidad y exactitud de sus contenidos.

Un estudio de impacto ambiental deberá contener como mínimo lo siguiente, sin perjuicio de que la autoridad ambiental de aplicación establezca normas más detalladas mediante guías u otros instrumentos:

• Resumen ejecutivo en un lenguaje sencillo y adecuado tanto para los funcionarios responsables de la toma de decisiones como para el público en general;

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8 GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

respectivos términos de referencia (focalización);

• Descripción detallada de la actividad o proyecto propuesto; • Análisis de alternativas para la actividad o proyecto propuesto;

• Identificación y evaluación de los impactos ambientales de la actividad o proyecto propuesto;

• Plan de manejo ambiental que contiene las medidas de mitigación, control y compensación de los impactos identificados, así como el monitoreo ambiental respectivo de acuerdo a las disposiciones del artículo 19 de este Título; y

• Lista de los profesionales que participaron en la elaboración del estudio, incluyendo una breve descripción de su especialidad y experiencia (máximo un párrafo por profesional)

Art. 2.- La participación ciudadana en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar la condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases.

La participación social en la gestión ambiental se rige por los principios de legitimidad y representatividad y se define como un esfuerzo tripartito entre i) las instituciones del Estado; ii) la ciudadanía; y, iii) el promotor interesado en realizar una actividad o proyecto.

Por lo tanto, los procesos de información pública y recolección de criterios y observaciones deberán dirigirse prioritariamente a:

La población en el área de influencia de la obra o proyecto.

Los organismos seccionales que representan la población referida en el literal anterior. Las organizaciones de diferente índole que representan a la población o parte de ella en el área de influencia de la obra o proyecto.

Sin perjuicio de que estos procesos estén abiertos a otros grupos y organizaciones de la sociedad civil interesados en la gestión ambiental

Capítulo IV del Proceso de evaluación Ambiental

Art. 24.- El estudio de impacto ambiental se realizará bajo responsabilidad del promotor y conforme al artículo 17 de este Título y las regulaciones específicas del correspondiente sub-sistema de evaluación de impactos ambientales sectorial o seccional acreditado

Título IV.- Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, Capítulo I, Normas generales

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9 GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

Legislación Secundaria Ambiental, el Ministerio del Ambiente, en su calidad de Autoridad Ambiental Nacional, en coordinación con los organismos competentes, deberá dictar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Ambientales Nacionales, las mismas que constan como Anexos al Libro VI De la Calidad Ambiental.

Cualquier norma técnica para la prevención y control de la contaminación ambiental que se dictare, a partir de la expedición del presente Texto Unificado de Legislación Secundaria Ambiental, en el país a nivel sectorial, regional, provincial o local, deberá guardar concordancia con la Norma Técnica Ambiental Nacional vigente y, en consecuencia, no deberá disminuir el nivel de protección ambiental que ésta proporciona.

Art. 93- Regula a todas las obras, infraestructuras, proyectos o actividades de cualquier naturaleza o existente, y en general a todas las acciones que vayan a ejecutarse o adoptarse por cualquier proponente y que puedan causar impactos ambientales o representen algún tipo de riesgo para el ambiente, y que están definidos por la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU), adoptada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

Capítulo IV del Control Ambiental, Sección I, Estudios Ambientales

Art. 58.- Estudio de Impacto Ambiental.-Toda obra, actividad o proyecto nuevo o ampliaciones o modificaciones de los existentes, emprendidos por cualquier persona natural o jurídica, públicas o privadas, y que pueden potencialmente causar contaminación, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental, que incluirá un plan de manejo ambiental, de acuerdo a lo establecido en el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). El EIA deberá demostrar que la actividad estará en cumplimiento con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas, previa a la construcción y a la puesta en funcionamiento del proyecto o inicio de la actividad.

Art. 59.- Plan de Manejo Ambiental.- El plan de manejo ambiental incluirá entre otros un programa de monitoreo y seguimiento que ejecutará el regulado, el programa establecerá los aspectos ambientales, impactos y parámetros de la organización, a ser monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con que debe reportarse los resultados a la entidad ambiental de control. El plan de manejo ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el mismo efecto legal para la actividad que las normas técnicas dictadas bajo el amparo del presente Libro VI De la Calidad Ambiental.

Art. 60.- Auditoría Ambiental de Cumplimiento.- Un año después de entrar en operación la actividad a favor de la cual se aprobó el EIA, el regulado deberá realizar una Auditoría Ambiental de Cumplimiento con su plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes, particularmente del presente reglamento y sus normas técnicas. La Auditoría Ambiental de Cumplimiento con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes incluirá la descripción de nuevas actividades de la organización cuando las hubiese y la actualización del plan de manejo ambiental de ser el caso.

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deberá presentar los informes de las auditorías ambientales de cumplimiento con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes al menos cada dos años, contados a partir de la aprobación de la primera auditoría ambiental. En el caso de actividades reguladas por cuerpos normativos especiales, el regulado presentará la auditoría ambiental en los plazos establecidos en esas normas, siempre y cuando no excedan los dos años. Estas auditorías son requisito para la obtención y renovación del permiso de descarga, emisiones y vertidos.

Art. 74 Muestreos y Parámetros In-situ. Art. 89 Prueba de Planes de Contingencia.

Anexo 1. Norma de Calidad Ambiental de descargas de efluentes: Recurso Agua.

Anexo2. Norma de Calidad Ambiental del recurso suelo y criterios de remediación para suelos contaminados

Anexo 3. Norma de emisiones al aire desde fuentes fijas de combustión Anexo 4. Norma de Calidad del Aire Ambiente

Anexo 5: Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas, fuentes móviles y para vibraciones.

Anexo 6.Norma de Calidad Ambiental para el manejo y disposición final de los desechos sólidos no peligrosos

Anexo 7. Listado nacionales de Productos Químicos prohibidos peligrosos y de uso severamente restringido que se utilicen en el Ecuador

Título VI: Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos y sus reformas

Art. 160.- Todo Generador de desechos peligrosos es el titular y responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad, de acuerdo al numeral 6): Llevar en forma obligatoria un registro de origen, cantidades producidas, características y destino de los desechos peligrosos, cualquiera sea esta, de las cuales realizará una declaración en forma anual ante la Autoridad Competente; esta declaración es única para cada generador e independiente del número de desechos y centros de producción

Art. 207.- Cada movimiento de desechos peligrosos desde su generación hasta su disposición final, deberá acompañarse de un manifiesto único sin el cual no se podrá realizar tal actividad; es decir, tanto generador, almacenador, transportista, reciclador, como el que realiza el tratamiento y la disposición final, intervendrán en la formalización del documento de manifiesto, en el que cada uno de ellos es responsable por la función que realiza.

Ley Orgánica de la Salud (R.O. 423, 22 de Dic/2006).- Libro Segundo, Salud y seguridad Ambiental, Capitulo II, De los desechos comunes y infecciosos, especiales

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necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.

Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamento correspondiente, en ríos, mares, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias.

Art. 104.- Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades.

Capítulo III, Calidad del aire y de la contaminación acústica

Art. 113.- Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana.

Capítulo IV, Salud y Seguridad en el Trabajo

Art. 118.- Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales.

DISPOSICIONES DE CARÁCTER ESPECIFICO

Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador (RAOHE), expedido mediante D.E. 1215 (R.O. 265: 13 de febrero de 2001) Este Reglamento contiene, entre otras, disposiciones generales y específicas sobre aspectos técnicos de seguridad industrial y ambiental, salud ocupacional, control y límites permisibles que deben observar y cumplir los establecimientos de venta de combustibles o centros de distribución, así como las características que deben cumplir los correspondientes Estudios de Impacto Ambiental. Se pone énfasis en las siguientes disposiciones:

Art. 33.- Los Estudios Ambientales consiste en una estimación predictiva o en una identificación presente de los daños o alteraciones ambientales, con el fin de establecer las medidas preventivas, las actividades de mitigación y las medidas de rehabilitación de impactos ambientales producidos por una probable o efectiva ejecución de un proyecto de cualquiera de las fases hidrocarburífera.

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el que se irán trabajando y profundizando los diferentes aspectos que requiera el avance del proyecto, en sus diferentes fases, áreas de influencia y condiciones.

40.- Obtenida la aprobación de los Términos de Referencia se procederá a la realización de los Estudios Ambientales, tomando en cuenta las observaciones que se hubieren formulado de existir estas

Art. 41.- Establece la Guía Metodológica para la elaboración y presentación de los Estudios de Impacto Ambiental

Art. 75.- Determina las disposiciones Generales que se deberá observar en el diseño, operación y control ambiental de los proyectos de Comercialización y Venta de Derivados de petróleo

Art. 86.- Establece los Límites permisibles y parámetros técnicos que deben observar los operadores y sujetos de control para las descargas líquidas, emisiones a la atmósfera y disposición de los desechos sólidos que se generan en las actividades y proyectos hidrocarburíferos

ANEXOS TECNICOS:

Anexo 1, Tabla 1.- Límites máximos permisibles de ruido

Anexo 1, Gráfico 1.- Formato para presentación gráfica de la Cartografía. Anexo 2, Tabla 3.- Valores Máximos referenciales para emisiones a la atmósfera Anexo 2, Tabla 4.- Límites permisibles para el monitoreo ambiental permanente de aguas y descargas líquidas en el transporte, almacenamiento y comercialización de hidrocarburos

Anexo 2, tabla 6.- Límites permisibles para la identificación y remediación de suelos contaminados en todas las fases de la industria hidrocarburífera, incluidas las estaciones de servicio

Anexo 2, Tabla 8.- Clasificación de desechos procedentes de todas las fases y operaciones hidrocarburíferas, y recomendaciones de reducción, tratamiento y disposición

Anexo 3, Tabla 9.- Parámetros a determinarse en la caracterización de aguas superficiales de estudios de Línea Base-Diagnóstico Ambiental

Anexo 4, Formato 1.- Identificación de puntos de monitoreo ambiental de efluentes. Anexo 4, Formato 2.- Identificación de instalaciones sujetas a monitoreo de emisiones a la atmósfera

Anexo 4, Formato 3.- Informe sobre el monitoreo ambiental interno de descargas líquidas

Anexo 4.- Formato 4.- Informe a la DINAPA (actual SCA) sobre el monitoreo ambiental interno de emisiones a la atmósfera.

Anexo 4, Formato 5.- Informe Ambiental Anual

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Anexo 6.- Glosario de Términos.

Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo (Decreto Ejecutivo 2393, R.O.565:17 de Nov/1986), Capítulo VII, Manipulación, almacenamiento y Transporte de mercancías peligrosas, Arts. 135 y 136

En los Art. 11 al 13 se establecen las obligaciones tanto del empleador, contratistas y trabajadores en materias para la prevención de riesgos que puedan afectar a la salud y al bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad.

En los Art. 135 al 136 se establecen disposiciones para la manipulación de materiales peligrosos; así como para la manipulación, almacenamiento y trabajos en depósitos de materiales inflamables.

Ley de Defensa Contra incendios (A-0650. RO-S 47: 21.mar-2007):

Art. 49.- [Permiso para establecer depósitos de combustibles].- Para establecer depósitos de combustibles destinados a la venta al público, se requiere permiso del respectivo Jefe del Cuerpo de Bomberos.

Reglamento de Prevención de Incendios (R.O.114, 2 de Abril 2009)

Art. 276 al 295 se establecen disposiciones específicas de seguridad que las estaciones de servicio y tanques de almacenamiento de combustibles deben cumplir, en cuanto a tipo de materiales para diseño y construcción, instalaciones eléctricas, aterrizajes a tierra, instalación de pararrayos, disposición, ubicación y tipo de extintores de incendio, instalación de carteles de seguridad y teléfonos de emergencia, instalación de bocas de incendio equipadas (BIE) con sistema de extinción automático en base de espuma, distancias mínimas de seguridad, disposiciones para enterramiento de tanques

Decreto Ejecutivo 1040 (R.O. 332, 08/Mayo/2008)

Se expide el Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la ley de Gestión Ambiental

Art. 6.- La participación social tiene por objeto el conocimiento, la integración y la iniciativa de la ciudadanía para fortalecer la aplicación de un proceso de evaluación de impacto ambiental y de disminuir sus márgenes de riesgo e impacto ambiental

Art. 13.- El costo del desarrollo de los mecanismos de participación social será cubierto por la autoridad ambiental de aplicación responsable que deba aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de un proyecto o actividad que pueda generar impactos ambientales

Acuerdo Ministerial 112 (del 17 de Julio de 2008, expedido en el R.O 428: 18-SEP/2008, Reformado con A.M 106 del 3 de Oct/2009)

Se expide el Instructivo al Reglamento de Aplicación de los mecanismos de Participación Social previstos en el D.E 1040.

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Acuerdo Ministerial 026 ( R.O. 334, 12 de Mayo/2008)

Se expiden los procedimientos para Registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental y para el transporte de materiales peligrosos.

Art. 1.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere desechos peligrosos, deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al procedimiento de registro de generadores de desechos peligrosos determinado en el Anexo A.

Acuerdo Ministerial No. 068 (R.O. 33, 31 de julio del 2013)

Se expide la Reforma al texto de Unificación de Legislación secundaria Libro VI Título I del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA)

Capítulo V Categorización ambiental nacional.

Art. 41.- De la categoría IV (Licencia Ambiental Categoría IV).- Dentro de ésta categoría se encuentran catalogados los proyectos, obras o actividades cuyos impactos y/o riesgos ambientales, son

considerados de alto impacto.

Todos los proyectos, obras o actividades catalogados dentro de ésta categoría, deberán regularizarse Ambientalmente a través de la obtención de una licencia ambiental, que será otorgada por la autoridad ambiental competente, mediante el SUIA.

Acuerdo Ministerial No. 006, con fecha 18 de febrero de 2014

Derogatoria al Catálogo de Categorización Ambiental Nacional, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 68, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 33 del 31 de julio de 2013 y al Acuerdo Ministerial No. 74 del 21 de agosto del 2013.

Adicionalmente suprime los Anexos: I, II, III, IV y los Anexos 1,2,3,4 del Acuerdo Ministerial 68, sustituyéndolos por los incluidos en esta reforma.

OTRAS DISPISICIONES ESPECÍFICAS INVOLUCRADAS COLATERALMENTE

- Ley Reformatoria al Código Penal (No. 99-49, R.O. No. 2 de 25 de enero de 2000): la Ley tipifica infracciones y delitos en contra del Medio Ambiente

- Ley Orgánica de transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial

- Legislación sectorial: Código de Ordenamiento Territorial Autonomías y Descentralización, COOTAD (R.O N°303, 19 de Octubre de 2010):Capítulo III, Art. 54. Establece las funciones de los gobiernos autónomos descentralizados municipales acorde con la Constitución y los principios del buen vivir: Literal p) Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales o profesionales que se desarrollen en locales ubicados en su circunscripción territorial cantonal, Literal k) Regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal de manera articulada con las políticas ambientales nacionales. Que, el artículo 136 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, señala que corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados provinciales gobernar, dirigir, ordenar, disponer, u organizar la gestión ambiental, la defensoría del ambiente y la naturaleza, en el ámbito de su territorio; estas acciones se realizarán en el marco del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental y en concordancia con las políticas emitidas por la autoridad ambiental nacional.

- Ordenanza vigente del plan de ordenamiento territorial (POT) sección octava, estaciones de servicios, gasolineras y depósito de combustibles.

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del territorio nacional.

- Ordenanzas ambientales del Gobierno Municipal del Cantón Junín

- Norma NTE INEN 2 266:2009 sobre almacenamiento, transporte y manejo de productos químicos peligrosos

- Norma NTE INEN 439: Colores, señales y símbolos de seguridad

- INEN NTE 2 251:2001: requisitos técnicos y disposiciones para el almacenamiento, transporte y expendio en los centros de distribución de combustibles líquidos.

- Norma NTE INEN – 2 291: 2000 - Accesibilidad de las personas con discapacidad y movilidad reducida al medio físico. Tránsito y señalización.

- Norma NTE INEN – 2 293: 2000 - Accesibilidad de las personas con discapacidad y movilidad reducida al medio físico. Área higiénico-sanitaria

- Código Ecuatoriano de la Construcción (Acuerdo Ministerial N°1243 de 13 de Julio de 2001 / R.O N° 382 del 2 de Agosto de 2001): CPE-INEN 5 Establece disposiciones para la construcción de obras civiles considerando entre otros aspectos una zonificación nacional en función al riesgo sísmico y riesgo de incendios

- Código eléctrico Nacional (Acuerdo Ministerial N° 01-245, 13 de Julio de 2001/ R.O N° 382 de 2 de Agosto de 2001 CPE INEN 19) Se establece la salvaguardia de las personas y de los bienes contra los riesgos que pueda surgir por el uso de la electricidad y de las instalaciones de conductores y equipos, distancias mínimas de seguridad para instalaciones eléctricas, etc.

- Compendio de Normas de Seguridad e Higiene Industrial de PETROECUADOR (SHI): Establece disposiciones de seguridad industrial para instalaciones de almacenamiento de productos químicos inflamables o peligrosos acorde con las Normas Técnicas INEN del Ecuador, NFPA, y otras de carácter internacional

- Normas y estándares internacionales de diseño, construcción y seguridad, aplicables a instalaciones hidrocarburíferas tales como: NFPA 10. Extintores de incendios; NFPA 30 A. (Edición 1996) Código de Líquidos Inflamables y Combustibles para Estaciones de Servicio Automotrices y Marítimas; ANSI-C2: National Electrical Safety Code, etc.

2.4.1. Marco Administrativo Ambiental

La estación de servicio se sujetará a las disposiciones administrativas de control ambiental emanadas por la Dirección Provincial del Ambiente de Manabí con sede en Portoviejo, dependencia que de acuerdo a su Sistema de evaluación del impacto Ambiental, determinará la pertinencia o no de autorizar el emprendimiento propuesto y a través de la cual se gestionará la emisión de la Licencia Ambiental correspondiente.

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El control sanitario y requisitos de salud estarán a cargo del Centro de Salud más cercano dependencia del Ministerio de Salud, encargada de emitir el Permiso Anual de Funcionamiento luego de verificar las condiciones de salubridad, higiene y emisión de carnets de salud de los empleados.

2.5. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL ESTUDIO

Los contenidos del Estudio se resumen a continuación:

Ficha Técnica del proyecto: Información general sobre el proyecto: Nombre del proyecto, localización geográfica y cartográfica, identificación del proponente, identificación del equipo consultor y fecha de ejecución.

Parte introductoria: Se establecerán los antecedentes del proyecto, el marco legal y administrativo ambiental, objetivos y propósitos del proyecto, así como una breve descripción del contenido global del estudio.

Descripción del medio: Acorde con la magnitud e importancia ambiental del área se describirán los elementos principales y características relevantes del entorno ambiental del sitio propuesto para el proyecto: medio físico, biótico y socio económico y cultural.

Descripción del Proyecto: para una adecuada descripción del proyecto se identificarán los componentes y actividades más importantes que podrían tener un impacto ambiental significativo en el entorno. De acuerdo al Art. 75 del RAOHE y siguiendo la Guía Metodológica contemplado en su Art. 41,

Determinación del área de influencia y áreas sensibles: Con la información previa se podrá determinar las áreas de influencia que tendrá el proyecto sobre el medio y estará en función a la calidad del impacto previsto sea este directo o indirecto. Dentro de las áreas de influencia se identificarán áreas sensibles desde el punto de vista ambiental sobre las cuales se aplicarán medidas específicas del PMA

Identificación y evaluación de impactos: los impactos ambientales serán identificados para cada una de las fases del proyecto en función a las características de los productos a comercializarse, su repercusión en la comunidad y del área física a ser afectadas

Plan de Manejo ambiental: Se expondrán los principales planes y objetivos del manejo ambiental sustentable, tomando en cuenta la legislación ambiental vigente, las políticas empresariales y ambientales de la Comercializadora y en función a los riesgos ambientales dentro del área de influencia identificados previamente.

• Conclusiones y recomendaciones • Fuentes Bibliográficas consultadas • Glosario de Términos, Siglas y Acrónimos • Índice general

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CAPITULO III

3. DIAGNÓSTICO AMBIENTAL –LÍNEA BASE 3.1.CRITERIOS METODOLÓGICOS

Para la elaboración del presente Estudio, se emplearon métodos cualitativos y cuantitativos, sustentados sobre todo en investigaciones y observaciones de campo y de gabinete; así como en entrevistas a moradores tanto del centro poblado como del área de influencia directa del proyecto, consultas a experto y a páginas especializadas de internet que permitieron conocer detalles sobre las actividades productivas, costumbres, calidad de vida, educación, arqueología, flora y fauna e infraestructura del sector. Además se incluyen los criterios de la comunidad vertidos durante el proceso de socialización previo a la presentación de los Términos de referencia. En gabinete se obtuvo información clave de diversas fuentes bibliográficas e institucionales como: IGM, INAMHI, DINAMI, SIISE 2010, Mapas temáticos, otros Estudios ambientales de proyectos pre existentes en la zona, páginas especializadas de Internet, etc. Las temáticas abordadas para la elaboración del presente estudio preliminar (Borrador) de Impacto y plan de manejo Ambiental se guiaron por los siguientes principios y criterios:

− Legalidad: Todos los temas abordados están contemplados en la Guía metodológica del Art. 41 del RAOHE cada tema abordado

− Multidisciplinario.- El estudio fue realizado por diferentes profesionales especializados en su rama

− Responsabilidad.- Cada profesional fue responsable de su campo de estudio de conformidad con su experiencia y capacidad

− Veracidad.- La información recogida y presentada por cada profesional es veraz, verificable y actualizada.

− Coherencia.- El estudio se presenta de manera coherente entre el marco conceptual expuesto, los objetivos y alcance planteados para el estudio y de conformidad con la Guía metodológica del Art. 41 del RAOHE

3.2.ANÁLISIS DETALLADO DE LA LINEA BASE AMBIENTAL

3.2.1. Medio Físico

3.2.1.1.Ubicación

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Figura 1. Ubicación de la E/S T-KARLOS

3.2.1.2.Geología

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Figura 2. Geología del cantón Junín

3.2.1.3.Geomorfología

Según el mapa de geomorfología del Ecuador al cantón Junín se ha caracterizado como terraza aluvial ya que es una plataforma que se forma en un valle por los sedimentos de un río que se depositan a los costados del cauce en las zonas donde la pendiente (y, por lo tanto, la capacidad de arrastre de las aguas) es menor.

Figura 3. Geomorfología del cantón Junín

3.2.1.4.Hidrología

El sector del proyecto está dentro de la Sub - Cuenca del Río Carrizal, la cual a su vez es parte de la Gran Cuenca del Río Chone; desde el Oeste vienen el río Mosca que desemboca en el río Carrizal.

E/S T - KARLOS

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El Río Mosca es el cuerpo de agua más cercano a la E/S T-KARLOS, éste se encuentra a unos 500 metros de las instalaciones, sin embargo hay que recalcar que todas las descargas van hacia el sistema de alcantarillado municipal.

Figura 4. Hidrología del cantón Junín

3.2.1.5.Climatología

Según el mapa bioclimático del ecuador el cantón Junín se encuentra en la zona Tropical con una temperatura entre 23 y 26 °C, con piso altitudinal entre 500-1000 msnm

En invierno es bastante lluvioso y el verano se da esporádicas garúas. Su temperatura promedio es 24°C

Figura 5. Mapa Bioclimático del ecuador (cantón Junín)

No se pudo obtener datos meteorológicos del sitio donde se implementará el proyecto ya que las estaciones más cercanas al sitio como: la Estación Junín (ma62), Zapote (M452) Calceta (M164), no presentaron datos desde al año 2011 hasta el 2008

E/S T-KARLOS

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Figura 6. Temperatura del cantón Junín (isotermas)

Según el mapa de isotermas del ecuador en el cantón de Junín la precipitación anual va desde 750 a 1000 mm

Figura 7. Precipitación anual del cantón Junín (isoyetas)

3.2.1.6.Tipos y Usos de Suelo 3.2.1.6.1. Tipo de Suelo

Según el mapa general de suelos del Ecuador, el suelo del cantón Junín, con simbología Iv1, pertenece al orden de los INCEPTISOLES, que son suelos minerales con un incipiente desarrollo de horizontes pedagogeneticos de superficies geométricas jóvenes, suborden TROPEPTS, no tienen una cantidad significativa de arcillas amorfas o material piroclastico. Está compuesto por areniscas, limos arcillas y conglomerados, los relieves son ondulados a fuertemente ondulados de mesas y colinas costeras.

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La característica principal del suelo es que es de color pardo oscuro, arcillo y existe la posibilidad de piedras.

Figura 8. Tipo de suelo del cantón Junín

Fuente: Mapa general de tipos de suelos del Ecuador, Sociedad ecuatoriana de la ciencia del Suelo

3.2.1.6.2. Uso de Suelo

Según el Mapa de cobertura y uso de suelo del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, en la provincia de Manabí, el uso del suelo que se da en el cantón Junín es de cultivo de ciclo corto, y pasto natural. En toda la provincia el porcentaje que tiene este uso del suelo es de 9.9 % que son 186.825 hectáreas.

Los cultivos transitorios más destacados entre legumbres, hortalizas y cereales son: el maíz y el arroz, seguido por hortalizas como la cebolla perla y el tomate riñón.

Figura 9 (a). Uso de suelo del cantón Junín

Fuente: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. Provincia de Manabí Mapa de cobertura y uso de suelo

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Figura 9 (b). Uso de suelo del cantón Junín

3.2.1.7.Paisaje Natural

La observación directa da como resultado un paisaje modificado, debido a las prácticas de actividades como son la ganadería, agricultura, siendo la actividad agropecuaria la más importante. Las especies vegetales y animales que predominan ya no son totalmente las que se dan naturalmente, sino aquellas que han sido elegidas por la sociedad.

La presencia de infraestructura por la explotación del medio también es parte del paisaje, como los centros poblados, caminos de segundo orden (empedrados, de tierra) o vías.

Por otra parte, en la zona también se encuentran secciones con paisaje natural, donde existe flora nativa, es decir, su vegetación no se encuentra alterada por la intervención humana

3.2.2. Medio Biótico

Según Sierra (1991), el sector se ubica en la formación vegetal denominada como Bosque semideciduo montano bajo. Esta formación está localizada entre los 1100 hasta los 1500 m de altitud. Constituye una transición entre los bosques húmedos y los bosques secos del sur. En esta vegetación la mayoría de especies y familias son características de tierras bajas por ejemplo Bombacaceae y Myristicaceae desaparecen. También las trepadoras leñosas son menos diversas y al contrario las epifitas aumentan en número (Diversidad de ecosistemas en el Ecuador Priscilla Muriel M)

De acuerdo a la clasificación de Zonas de Vida de Holdridge, el Cantón Junín posee el tipo de vegetación: Bosque muy seco tropical (bmsT).

3.2.2.1.Flora

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En esta zona de vida se observa sobrepastoreo de ganado vacuno. La vegetación original, en su mayoría ha desaparecido por la extracción selectiva de maderas de valor comercial del bosque seco. En la actualidad se puede observar un bosque secundario. Las especies de flora son:

ARBOLES

NOMBRE CIENTÍFICO FAMILIA

Browneopsis disepala Caesalpinaceae Guazuma ulmifolia Sterculiaceae Gallesia integrifolia Phytolacaceae Triplaris cumingiana Polygonaceae Ziziphus thyrsiflora Rhamnaceae Capparis ecuadorica Capparaceae

Vitex gigantea Verbenaceae

ARBUSTOS

NOMBRE CIENTÍFICO FAMILIA

Coccoloba densifrons Polygonaceae

Trichilia hirta Meliaceae

Zanthoxylum culantrillo Rutaceae Cestrum racemosum Solanaceae

HERBACEAS

NOMBRE CIENTÍFICO FAMILIA

Althernanthera pubiflora Amaranthaceae Pyodina cordifolia Conmelinaceae

LIANAS, BEJUCOS Y TREPADORAS

NOMBRE CIENTÍFICO FAMILIA

Pithecogtenium crucigerum Bignoniaceae Anemopaegma Chrysantha Bignoniaceae

Mansoa hymenaea Bignoniaceae

Pisonia aculeata Nyctaginaceae

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EPIFITAS

NOMBRE CIENTÍFICO FAMILIA

Guzmania monostachya Bromeliaceae Tillandsia usneoides Bromeliaceae

3.2.2.2.Fauna

Las especies registradas en este sector corresponde al piso zoogeográfico suroccidental (Albuja 1980), la mayoría de especies de fauna, corresponden a aves y lagartijas comunes de la zona, que se han adaptado a un tipo de vegetación alterada por el hombre.

Entre la fauna, las especies más comunes de mamíferos que se pueden encontrar los siguientes: MARSUPIALES

NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO raposa chica de Robinson Marmosa robinsoni zarigüeya común Didelphis marsupialis raposa marrón de cuatro ojos Metachirus nudicaudatus

MAMÍFEROS GRANDES

NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO venado de cola blanca Odocoileus virginianus pecarí de collar Pecari tajacu

perro de monte de sechura Lycalopex sechurae ocelote o tigrillo Leopardus pardalis

zorrillo Conepatus semistriatus

cusumbo” Potos flavus

conejo silvestre Sylvilagus brasiliensis

guatusa Dasyprocta punctata

ardilla roja Sciuris granatensis

ANFIBIOS

Las especies más frecuentes de anfibios pueden ser encontradas en lugares disturbados por el hombre como senderos, pastos y áreas urbanas, entre las más comunes están:

NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO sapo común de casa Rhinella marina

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AVES

NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO Tirano melancólico Tyrannus melancholicus picoancho

azufrado

Tolmomyias sulphurescens

Sotorrey ondeado Campylorhynchus fasciatus Cacique lomiamarillo Cacicus cela

Hornero del pacífico ” Furnarius cinnamomeus

Entre los reptiles más comunes están los saurios Stenocercus iridescens, Iguana iguana, lagartijas arbóreas del género Anolis; y, terrestres del género Ameiva; en serpientes Leptdodeira septentrionalis y la “matacaballo” Boa constrictor imperator (Valencia et al., 2008).

3.2.3. Aspectos Socio-Económicos y Culturales

El cantón Junín está ubicado en la provincia de Manabí, forma parte de los 22 cantones de la provincia. Limita al norte con los cantonesTosagua y Bolívar; al sur con el cantón Portoviejo; al este con el cantón Bolívar y al oeste con los cantones Tosagua, Rocafuerte y Portoviejo. Posee una extensión de 246 Km2.

Políticamente se encuentra formado por una sola Parroquia (Junín) y actualmente tiene una población de 18.942 habitantes.

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3.2.3.1.Aspectos Demográficos

Composición por Sexo: De acuerdo al último censo de población del 2010 la parroquia Junín consta con 18.942 habitantes de los cuales 9.750 son hombres y 9.192 son mujeres demostrando que dentro de la parroquia el 51.5% de los habitantes son hombres, como se ve en la gráfica representada a continuación.

Tabla No.1. Población de la Parroquia Junín POBLACIÓN DE LA PARROQUIA JUNIN

CENSO 2010

GENERO TOTAL

HOMBRES 9.750

MUJERES 9.192

TOTAL 18.942

Figura 11. Distribución de la población por sexo.

Fuente: INEC Censo de Población y Vivienda 2010

Composición por Edad: En cuanto a la población por grupos de edad se encontró que el 59.55% es población considerada en edad productiva que va desde los 15 a los 64 años, seguidos por los menores de 15 años que representan el 36.24% y por último los mayores de 65 años ocupando apenas el 4.21% como se muestran en la tabla y gráfica mostradas a continuación.

Tabla No.2. Población del Cantón Junín por grupo de edades POBLACIÓN POR GRUPO DE EDAD

Menores de 15

años 36.24%

De 15 a 64 años 59.55% Mayores de 65

años 4.21%

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Figura 12. Distribución de la población por grupo de edades.

Fuente: INEC Censo de Población y Vivienda 2010

Tasa de Crecimiento: De datos obtenidos del sistema de indicadores sociales del Ecuador y como resultado del último Censo de Población 2010 se tiene que la tasa de crecimiento para Junín es del 0.3% para los próximos años.

Densidad Poblacional: De forma general se pudo obtener gracias si SIISE que la densidad poblacional que posee la provincia de Manabí es de 72.3 (Habitantes/Km2) eso según el último Censo de Población 2010.

Migración: De la migración se obtuvo que dentro de la parroquia alrededor de 112 personas hayan migrado de lo cual 64 son hombres y 48 mujeres.

Tabla No.3. Migración de la Parroquia Junín MIGRACIÓN

GENERO TOTAL

HOMBRE 64

MUJER 48

TOTAL 112

Figura 13. Migración de la Parroquia Junín.

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En cuanto a los motivos por los que migraron la mayoría lo realizo por trabajo otros por estudio seguidos por otros motivos y pocos lo realizaron por unión familiar. Como se muestra en la siguiente gráfica la representación de estos valores obtenidos del INEC.

Tabla No.4. Motivos de la Migración dentro de la Parroquia Junín. MOTIVOS DEL VIAJE

MOTIVOS

NÚMERO DE PERSONAS

Por Trabajo 81

Por Estudios 8

Por Unión Familiar 18

Otros motivos 5

TOTAL 112

Figura 14. Motivos de la Migración. Proyecto T-Karlos.

Fuente: INEC Censo de Población y Vivienda 2010

Condiciones de Empleo: Se pudo determinar que la Población Económicamente Activa es baja en relación tanto al cantón como a la provincia, al igual que la población en Edad de trabajar es baja en relación a la existente tanto en cantón y la provincia. Los datos obtenidos del SIISE 2012 y el INEC 2010 están representados en la siguiente tabla y en la gráfica que se realizó expresada a continuación:

Tabla No.5. Condiciones de Empleo Proyecto T-KARLOS. INDICADORES PARROQUIA CANTÓN PROVINCIA

(PEA) 7.131 7.131 496.513

(PET) 17.726 17.726 1.079.346

(TBPL) 30,70% 30,70% 36,20%

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Figura 15. Condiciones de Empleo Proyecto T-KARLOS.

Fuente: INEC Censo de Población y Vivienda 2010

En cuanto a la Tasa bruta y Global de participación laboral es importante ver que la más alta siempre es la de la Provincia y se presenta igual tanto para el cantón como para la parroquia esto debido a que la parroquia Junín es la única del cantón.

3.2.3.2.Condiciones de Vida Salud

Tasa de Natalidad: En cuanto a la Natalidad no existe en el SIISE (Sistema de Indicadores Sociales del Ecuador) un valor respectivo a la natalidad por cantones o parroquias todavía debido a lo cual únicamente se va a tomar en cuenta como referencia la de la Provincia de Manabí que posee un valor de 19.43 %.

Tasa de Mortalidad en la Niñez: Según datos obtenidos del CEPAR para el 2004 la tasa de mortalidad en la niñez es de 33% únicamente considerando a la Provincia de Manabí ya que datos del Cantón aún o se encuentran registrados en el sistema del SIISE.

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Servicios de Salud Existentes: Para el 2001 el Cantón Junín tenía un déficit en cuanto a servicios de salud existentes esto debido a que no cuenta con una dependencia adscrita al Ministerio de Salud Pública. Los hospitales más cercanos se encuentran en las ciudades de Portoviejo y Flavio Alfaro y un Centro de Salud en la ciudad de Chone (20).

Educación

Analfabetismo: El analfabetismo es relativamente alto tanto en la parroquia como en la provincia en general siendo eso si más alto los de la parroquia y el cantón levemente a comparación del de la provincia.

Tabla No.6.Analfabetismo. Proyecto T-KARLOS.

INDICADOR

PARROQUIA JUNIN

CANTÓN JUNIN

PROVINCIA DE MANABI

Analfabetismo 11,70% 11,70% 10,20%

Figura 16. Analfabetismo. Proyecto T-KARLOS.

Fuente: SIISE 2012

Nivel de Instrucción: En el nivel de instrucción es notable destacar que son muchas las personas que estudian hasta la primaria nada más, un porcentaje de 27.40% estudia hasta la secundaria pero apenas el 9.80% sigue estudios Universitarios, lo que nota que muchas veces los medios económicos no les permite acceder a este nivel de instrucción.

Tabla No.7.Nivel de Instrucción. Proyecto T-KARLOS.

INDICADOR

PARROQUIA JUNIN

CANTÓN JUNIN

PROVINCIA DE MANABI

Primaria Completa 82,00% 82,00% 82,70%

Secundaria Completa 27,40% 27,40% 36,60%

(38)

32 GREENLEAF AMBIENTAL COMPANY

Figura 17. Nivel de Instrucción. Proyecto T-KARLOS.

Fuente: SIISE 2012

Nivel de Escolaridad: En cuanto al nivel de escolaridad la Parroquia Junín presenta 8.70 años de educación por cada habitante de la parroquia.

Tabla No.8.Nivel de Escolaridad. Proyecto T-KARLOS.

INDICADOR

PARROQUIA JUNIN

CANTÓN JUNIN

PROVINCIA DE MANABÍ

AÑOS 8,70% 8,70% 9,60%

Figura 18. Nivel de Escolaridad. Proyecto T-KARLOS.

Fuente: SIISE 2012

Vivienda

Figure

Figura 1. Ubicación de la E/S T-KARLOS   3.2.1.2. Geología
Figura 2. Geología del cantón Junín   3.2.1.3. Geomorfología
Figura 4. Hidrología del cantón Junín   3.2.1.5. Climatología
Figura 6. Temperatura del cantón Junín (isotermas)
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Referencias

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