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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES

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Academic year: 2022

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UNIVERSI DAD REGI O NAL AUTÓ NO MA DE L O S ANDES

“UNIANDES”

F ACUL T AD DE JURI SPRUDEN CI A CARRERA DE DERECHO

PRO YECT O DE INVESTIG ACI Ó N PREVIO A L A O BTENCI Ó N DEL TÍT UL O DE ABOG ADA DE LO S T RI BUNALES DE L A REPÚBLICA

TEMA:

ANT EPRO YECTO DE REF O RMA AL ARTÍ CUL O 110 DEL CÓ DI GO CIVIL PARA I NCO RPO RAR L A CAUSAL DE DIVO RCI O PO R T RANSMISI Ó N DE ENF ERMEDADES VENÉREAS PO R PART E DE UNO DE LO S CÓ NYUG ES

AUT O RA: NAVARRO BOL AÑO S LIZ BET H G ABRI EL A T UT O R: DR. CHAMO RRO VAL ENCI A DIEG O XAVIER

IBARRA – ECUADOR 2021

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APRO BACI Ó N DEL T UT O R DEL T RABAJO DE TITUL ACIÓ N

CERTIFICACI Ó N:

Q uien suscribe, legalment e CERTIFICA Q UE: el present e trabajo de titulación realizado por la señorita Lizb eth G ab riela Navarro Bolañ os, estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Jurispr udencia, con el tema:

“ANTEPROYECTO DE REFORMA AL ARTÍCULO 11 0 DEL CÓDIGO CIVIL PARA INCO RPO RAR L A CAUSAL DE DIVO RCI O PO R T RANSMI SIÓ N DE ENF ERMEDADES VENÉREAS POR PARTE DE UNO DE LOS CÓNYUGES”;

ha sido prolijamente revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes – Uniandes -, por lo que apruebo su present ación.

Ibarra, abril del 2021

Dr. Diego Xavier Chamorro Valencia. Mg s.

T UT O R

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DECL ARACI Ó N DE AUT ENTI CIDAD

Yo, LIZBET H G ABRIEL A NAVARRO BOL AÑO S, estudiante de la carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el present e trabajo de investigación, previo a la obtención del título de ABO G ADA DE LO S T RI BUNALES DE LA REPUBLI CA, son absolutamente originales, auténticos, y personales; a excepción de las cit as por lo que son de mi exclusiva responsabilidad.

Ibarra, abril del 2021

Lizbeth G abriela Navarro B olaños C.I. 0401984380

AUT O RA

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DERECHO S DE AUT O R

Yo, LIZBET H G ABRI EL A NAVAR RO BOL AÑO S, declaro que conozco y acepto la disposición const ate en el literal d) del Art. 85 del Estatut o de la Universidad Regional Autónoma De Los Andes, que en su parte pertinent e text ualment e dice:

“El patrimonio de la UNIANDES, está constituido por: La propiedad intelectual sobre las investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultoría que se realicen en la Universidad o por cuent a de ella”.

Ibarra, abril del 2021

Lizbeth G abriela Navarro B olaños C.I. 0401984380

AUT O RA

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CERTIFICACI Ó N DEL LECTO R DEL T RABAJO DE TIT UL ACI Ó N

Yo, Dr. Veg a Edwin Patricio, Mg. en calidad de lector del Proyecto de Investigación.

CERTIFICO:

Q ue el presente trabajo de titulación realizado por la estudiant e, NAVARR O BOL AÑO S LIZ BET H G ABRIEL A sobre el tema: ANTEPRO YECT O DE REF O RMA AL ARTÍCUL O 110 DEL CÓ DI G O CIVIL PARA I NCO RPO RAR L A CAUSAL DE DIVO RCIO PO R T RANSMI SIÓ N DE ENFERMEDADE S VENÉREAS PO R PART E DE UNO DE L O S CÓ NYUG ES, ha sido cuidadosament e revisado por el suscrito, por lo que he podido constatar que cumple con todos los requisit os de fondo y forma establecidos por la Universid ad Regional Aut ónoma de Los Andes, para est a clase de trabajos, por lo que autorizo su present ación.

Ibarra, junio del 2021

Dr. Veg a Edwin Patri cio, Mg s.

LECTO RA

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DEDI CATO RI A

Dedico este proyecto de investigación a Dios quien ha sabido guiarme en cada paso y por ser mi fortaleza en todo moment o, a mis padres Marco Patricio y Cecilia Lucia, a mi hermana Daniela Analhía y a mi abuela Aura Marina; quienes han sido pilar y motor fundament al a lo largo de toda mi vida. A todos quienes depositaron su confianza y estuvieron conmigo en cada momento de mi carrera.

Es por ellos y para ellos que he llegado a este punto de vida.

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AG RADECI MI ENT O

Le agradezco a Dios por haberme acompañado y guiado a lo largo de mi carrera, por ser mi luz, mi camino, mi fortaleza en los moment os de debilidad y por brindarme una vida colmada de aprendizajes, experiencias y sobre todo de felicidad.

A mis padres por ser los gestores de este sueño hecho realidad.

Mi inmenso agradecimient o a la Universidad Regional Aut ónoma de los Andes UNI ANDES; en especial a la Dra. Corona G ómez quien fue el pilar fundamental para la culminación de mi carrera; a todos los maestros q ue a lo largo de est os años han sabido compartir sus saberes y conocimientos valiosos desde una perspectiva humanista.

A mis compañeras y compañeros con los que compartí moment os difíciles pero también gratificantes en esta noble carrera.

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RESUMEN

La familia estimada como el núcleo esencial de la sociedad debe estar asegurada y preservada tal como lo indica el artículo 67 de la Ley Suprema del Estado. En dicho artículo se establece que el matrimonio como una de las formas a través de la cual se origina la familia, es una institución jurídica fundada con la finalidad de que dos personas se unan, procreen y se apoyen mutuamente.

En consecuencia, de acuerdo al texto constitucional, el matrimonio es una figura jurídica cuya finalidad es brind arse auxilio mutuo entre los cónyuges. Contagiar a la pareja de una enfermedad de transmisión sexual vulnera derechos e incumple con este precepto necesario para la sana convivencia entre la pareja y la familia.

Con lo anteriormente mencionado est a inves tigación examina las rupturas de las relaciones de pareja y matrimoniales cuando uno de los cónyuges contagia a su pareja de una enfermedad de transmisión sexual llámese sífilis, gonorrea, clamidia, VPH, VI H, etc.

En este trabajo de investigación se preten de que se identifique los vací os normativos que no reglamentan los hechos indicados anteriormente, razón por la cual se considera importante que el ordenamiento jurí dico ecuat oriano establezca como causal de divorcio “La transmisión de una enfermedad venér ea”

en donde uno de los cónyuges contagia a su pareja de un padecimiento por transmisión sexual vulnerando sus derechos y faltando a los fines para los cuales se instituyó el matrimonio. Estos acontecimientos suceden con regularidad en nuestra sociedad y requieren de una regulación específica desde el punto de vista normativo.

PAL ABRAS CL AVES: Derechos, Matrimonio, Divorcio, Enfermedad, Cónyuges.

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ABST RACT

The family considered as a main center of the society it must be insured preserved as indicated in 67 article of the state supreme law. T his article established that marriage as one the ways through which family originates, it is a legal instituition founded with the only purpose that two people come together, breed and support each other.

Consequently, according to the constitutional text, marriage is a legal figure whose purpose is to provide mutual assistance bet ween spouses. Infecting the parnert with a sexually transmitted disease violates its rights and fails to comply with thid necessary precept for a healthy coexistence between the couple and the family.

With the things mentioned bef ore, this research examines couples brake ups and marriage relationships when one of the spouses infects his partner with a sexually trasmited disease called syphilis,gonorrhea, chlamidia, VPH, VI H etc.

In this research it is intended to identify the regulatory gaps that do not regulate the events indicated above, which is considered important that th e Ecuadorian legal system as divorce grounds “The venereal disease transmission” where one of the spouses infects his partner with a disease due to sexual transmisión, violating his rights and failing to achieve the purposes for which the marriage was instituted. These scenarios usually happen in society and need an specific regulation from the normative point of view.

Keywords: rights, marriage, divorce, illness, spouses.

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ÍNDI CE GENERAL

Pág.

Introducción ... 1

Antecedentes de la investigación ... 1

Situación problémica ... 3

Problema científico... 5

O bjet o de investigación y campo de acción ... 5

Identificación de la línea de investigación ... 5

O bjetivo general ... 5

O bjetivos específicos. ... 5

Idea a defender ... 6

Aport e teórico, significación práctica y novedad científica ... 6

Aport e teórico ... 6

Significación práctica ... 6

Novedad Científica ... 7

CAPIT ULO I. F UNDAMENT ACI Ó N TEÓ RI CA ... 8

1.1 La F amilia ... 8

1.1.1 El matrimonio ... 8

1.1.2 Etimología, Conceptos y Origen de Familia ... 9

1.1.3 Tipos de familia ... 11

1.1.4 Derechos constitucionales de la familia y los hijos ... 12

1.2 El divorcio ... 15

1.2.1 Conceptos ... 15

1.2.2 Tipos de divorcio ... 15

1.2.3 Marco legal que regula el divorcio por causales ... 16

1.2.4 Consecuencias del divorcio en el hogar y en la sociedad... 19

1.3 Las enfermedades de transmisión sexual ... 21

1.3.1 Conceptos ... 21

1.3.2 Tipos de enf ermedades ... 22

1.3.3 Consideraciones para incluir las enfermedades de trasmisión sexual como causal de divorcio ... 24

1.3.4 Causas y consecuencias físicas y psicológicas en la familia ... 24

1.4 Estudio comparativo sobre causales de divorcio con la legislación peruana ... 26

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1.4.1 Origen del Código Civil Peruano ... 27

1.4.2 Aspectos procesales del divorcio contencioso en la legislación peruana 28 1.4.3 Causales de divorcio en la legislación peruana ... 29

1.4.4 Origen e impacto de esta causal en la legislación peruana ... 31

Conclusion Parcial ... 33

CAPIT ULO II. DISEÑO MET O DOL Ó GI CO Y DI AG NÓSTICO ¡Error! Marcador no definido. 2.1 Paradigma y Tipo de investigación ... 34

2.1.1. Paradigma de la Investigación ... 34

2.1.2 Modalidad de la Investigación ... 34

2.1.3 Tipos de investigación ... 34

2.2 Procedimiento para la búsqueda y procesamient o de los dat os ... 35

2.2.1 Población y Muestra ... 35

Muestra ... 36

2.2.2 Métodos, técnicas e instrument os ... 36

2.2.3 Planes de Procesamient o y Análisis de la Información ... 38

2.3 Resultados del diagnóstico de la situación actual ... 39

2.3 1 Análisis e interpretación de los resultados ... 39

Conclusion Parcial ... 51

CAPÍT ULO III. P ROPUEST A DE SOL UCI Ó N AL PRO BL EMA ... 52

3.1 Nombre de la propuest a ... 52

3.2 O bjetivos ... 52

3.2.1 O bjetivo general ... 52

3.3 Elementos que la conforman ... 52

conclusion parcial ... 56

CO NCL USIO NES ... 57

RECO MENDACIO NES ... 58

REF ERENCI AS BI BLIO G RÁFICAS… …… … …… … …… … …… … …… … ……60

W EBG RAFÍA… …… … …… … … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …....61

LEGISG RAFÍA… …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …….62

ANEXO S...63

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ÍNDI CE DE T ABL AS

Pág.

Tabla Nº 1 Prevista la causal de divorcio por transmitir una enfermedad

venérea… …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … … …… … …… … …. 40 Tabla Nº 2 Casos donde uno de los cónyuges cont agia al otro de un ET S….. 41 Tabla Nº 3 Transmisión de enfermedades venéreas como causal de divorcio

…… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … … …… …. 42 Tabla Nº 4 Causal de divorcio por transmisión de enfermedades venéreas prevista en América Latina…… …… … …… … …… … … …… … …… … …… … … 43

Tabla Nº 5 Transmisión de enfermedades venéreas vulnera derecho de salud sexual…… … …… … …… … …… … … …… … …… … …… … …… … …… … …… …. 44 Tabla Nº 6 Matrimonio puede continuar después del conta gio de una

enfermedad venérea…… … … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … 45 Tabla Nº 7 Afectación psicológica y emocional por el contagio de una

enfermedad venérea…… … … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … 46 Tabla Nº 8 Mortalidad de las enfermedades de transmisión sexual… …… … …47 Tabla Nº 9 Proyecto de reforma que incluye causal de divorcio por transmisión de enfermedades venéreas ……… …… … … …… … …… … …… … …… … …….. 48

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ÍNDI CE DE FIG URAS

Pág.

Figura N° 1 Prevista la causal de divorcio por transmitir una enfermedad

venérea …… …… … …… … … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… …. 40 Figura N° 2 Casos donde uno de los cónyuges cont agia al otro de un ET S …41 Figura N° 3 Transmisión de enfermedades venéreas como causal de

divorcio…… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… ….. 42 Figura N° 4 Causal de divorcio por transmisión de enfermedades venéreas prevista en américa latina ……… … …… … …… … …… … …… … …… … …… …..43 Figura N° 5 Transmisión de enfermedades venéreas vulnera derecho de salud sexual…… … …… … …… … …… … … …… … …… … …… … …… … …… … …… … 44 Figura N° 6 Matrimonio puede continuar después del contagio de una

enfermedad venérea …… …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …..45 Figura N° 7 Af ectación psicológica y emocional por el contagio de una

enfermedad venérea …… …… … …… … …… … …… … …… … …… … …… … …..46 Figura Nº 8 Mortalidad de las enfermedades de transmisión

sexual…… … …… … …… … …… … … …… … …… … …… … …… … …… … ….…… 47 Figura N° 9 Proyecto de reforma que incluye causal de divorcio por transmisión de enfermedades venéreas ……… …… … … …… … …… … …… … …… … ……...48

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INT RO DUCCI Ó N

• ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

Actu alidad e i mp ortan cia

El divorcio en el mundo ha tenido un progreso de tipo histórico. En las épocas primitivas no se aprecia la duración del matrimonio, puesto que el divorcio aparece en las organizaciones familiares modernas y no en las primeras conocidas. Apareció por primera vez en varias culturas de carácter milenario;

como en la India, Babilonia, China y Egipto; denominada como: “El repudium, que era una conducta que permitía separarse a dos personas, por un hecho grave atribuible a uno de los esposos”. (Figueroa, 2006)

Así surgió el divorcio en las organizaciones familiares avanzadas y se empieza a hablar de las causas para la terminación del matrimonio de acuerdo a los comportamient os de los cónyuges como forma o alternativa para terminar con el casamiento. Así aparecieron las causales del divorcio, pero en ninguna de las determinadas (adulterio, abandono y tratos crueles) se establecí a que la transmisión de una enf ermedad venérea podría ser una causal.

Por tal razón, y con el transcurso del tiempo y basado en el desarrollo normativo del derecho civil, especialmente del matrimonio y del divorcio, en el campo latinoamericano se fueron originando las c ausales de divorcio, cada una según la evolución de la sociedad, ejemplificando aparecieron las causal es de adulterio, abandono del hogar, entre otras, pero hist óricament e tampoco se consideraba a la transmisión de enfermedades sexuales como causal de divorcio.

Con est os antecedentes, es import ant e señalar que en algunas legislaciones como la peruana en el art 333 # 8 del Código Civil Peruano, se estableció que la transmisión de enf ermedades sexuales son una causal de divorcio y lo señalo así:

8.- La enfer medad grave de transmisión sexual contraída después de la celebración del matrimonio; es decir, cuando uno de los cónyuges después de a ver contraído matrimonio, adquiere una enf ermedad de

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transmisión sexual que atente gravemente contra su vida y la inesta bilidad emocional, y económica causada al hogar.

Al respecto, en las investigaciones realizadas, en relación a esta causal señala lo siguient e: Se ve la necesidad clara e inminente de incluir esta causal en el ámbito legislativo, pues supone un quebranta miento al deber de fidelidad, a referir que vivimos en una sociedad monogamia en la que se propone que han de guardarse fidelidad y respeto a la relación marital los cónyuges.

Como se puede apreciar en el ámbito latinoamericano, Perú es uno de las pocas legislaciones que han incluido esta causal como forma de terminación del matrimonio. En Ecuador, el divorcio está regulado en el Código Civil, en el que de igual manera se establecen causales, pero en ninguna de ellas se hace referencia al divorcio por transmisión de enfermedades sexuales; pudiendo apreciar que en Latinoamérica países como Perú tienen en su Código Civil establecido de mejor manera las causales de divorcio, en relación al nuestro.

Es necesario la modificación del artículo 110 d el Código Civil Ecuatoriano y la implement ación de esta causal en su legislación, donde se estipule que la transmisión de enfermedades venéreas sea motivo de la terminación del matrimonio ya que dicha realidad afecta gravemente a uno de los cónyuges, así como al ent orno familiar.

Esta investigación tiene relación, con lineamientos de desarrollo del país, plasmados en el Plan Nacional de Desarrollo 2017 – 2021, específicamente el objetivo 1, est o es “Garantizar una vida digna con iguales oportunidade s para todas las personas” (Plan Nacional de Desarrollo, 2017-2021) el garantizar una vida digna en igualdad de oportunidades para las personas es una forma particular de asumir el papel del Estado para lograr el desarrollo; este es el principal responsable de pro porcionar a todas las personas individuales y colectivas, las mismas condiciones y oportunidades para alcanzar sus objetivos a lo largo del ciclo de vida, prestando servicios de tal modo que las personas y organizaciones dejen de ser simples beneficiarias para ser sujetos que se apropian, exigen y ejercen sus derechos.

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Cabe mencionar, que en la biblioteca física de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, así como en su repositorio digit al institucional, no se encuentran trabaj os investigativos que tengan relación con el tema propuesto que versa sobre “La causal de divorcio por la transmisión de enfermedades sexuales”

SIT UACIÓ N PRO BL ÉMI CA

“Las enfermedades de transmisión sexual son infecciones que se contagian de una persona a otra usualmente durante el sexo vaginal, anal u oral. Son muy comunes, y muchas personas que las tienen no presentan síntomas” (Seh gal, M 2000)

Estas infecciones son un conjunt o de afecciones clínicas que se producen por más de treinta agentes etiológicos entre los que encuentran: virus, bact erias, parásitos y hongos adquiridos en relaciones sexuales anales, vaginales u orales sin protección, algunas de ellas: la sífilis, el VIH, Hepatitis B, pueden transmitirse al feto durant e el embarazo.

Al respecto cabe indicar que en Ecuador, desde el 2006, a las ITS se las atiende con manejo sindrómico, en la unidad de salud más cercana al lugar de residencia o de trabajo del paciente. Su ejecución se ha constituido en una estrat egia de prevención del VI H al at ender a las personas que presentan síntomas agudos de infecciones contraí das en prácticas sexuales inseguras.

Manejo Sindrómico: Estrategia propuesta por la OPS que consist e en tratar a las infecciones de transmisión sexual que presentan un mismo síntoma de manera conjunta De las medidas de prevención del VIH, el manejo sindrómico es la mejor estrat egia costo-efectiva para evitar el VIH, al bri ndar atención oportuna con tratamiento Completo, Consejería a Cont actos (pareja/s), entrega y demostración del uso correct o del Condón; a todas las personas diagnosticadas con ITS se les ofrece la realización de pruebas de VI H y Sífilis con consejería y consentimiento informado. A las ITS se las considera la puerta de entrada al VI H porque producen pequeñas lesiones o llagas, o lastimados de las mucosas de genitales, facilitando el ingreso del VI H. En la zona afect ada se present a un

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proceso inflamatorio con mayor cantidad de células blancas (preferidas por el VIH) y una mayor cantidad de virus o bacterias que facilitan la transmisión.

Se puede afirmar que una proporción de las personas infectadas por el VIH u otras enfermedades de transmisión sexual pue de desarrollar trastornos cerebrales, no sólo como complicaciones secundarias sino también como efecto directo del VI H. Dentro de los trastornos cerebrales primarios asociados a la infección VI H se incluye la demencia asociada a la enfermedad por el VI H o el complejo demencia SI DA (CDS) y con un grado menor de deterioro cognitivo, el trast orno cognitivo menor.

“La demencia asociada al VIH se caracteriza por un deterioro marcado en el funcionamiento cognitivo. Las manif estaciones clínicas sugieren una afectación predominantemente subcortical af ectando la capacidad de atención, concentración, memoria, al proc esamiento de la inf ormación, al lenguaje y al sistema motor” (Blanco, 2015)

El problema fundamento de la present e indagación radica en el hecho de que en el Ecuador hay casos en los cuales un hombre y una mujer contraen matrimonio y subsiguient e a ello se les detecta una enfermedad de transmisión sexual causada por uno de los cónyuges, o sea que implícitamente ya está incurriendo en una de las causales establecidas como lo es el adulterio y agregado a esto la transmisión y grave af ección de esta patología con lo que quebranta todos los vínculos af ectivos y conyugales respecto del cónyuge perjudicado.

Sin embargo, en la legislación ecuatoriana no existe establecida como causal de divorcio los hechos mencionad os anteriormente, motivo por lo que uno de los cónyuges podría estar obligado a continuar con el matrimonio junto a la persona responsable de la enf ermedad adquirida y que en casos de extrema gravedad puede ocasionarle la muerte. Est os escenarios deben ser contemplados y regulados en el ámbito legislativo, en especial en el Código Civil.

Acorde a lo mencionado en el párrafo anterior, la problemática de la presente investigación radica en que en la legislación ecuatoriana no existe una causal de divorcio por transmisión de enfermedades venéreas, esta circunstancia afecta directamente la relación matrimonial y de la familia como núcleo fundamental de

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la sociedad, entendiendo que esta unidad social se encuentra protegida, según versa en el artículo 67 de la Constitución de la República del Ecuador. La no exist encia de la causal antes señalada pone en riesgo la salud física de los cónyuges y la salud emocional y psicológica del hogar como tal.

PRO BL EMA CIENTÍFICO

La no previsión de las enfermedades venéreas como causal de divorcio afect a derechos constitucionales como lo son derecho a la salud, derecho a la vida digna y los derechos de familia.

O BJET O DE INVESTIG ACI Ó N Y CAMPO DE ACCI Ó N Objeto d e investigación

La transmisión de enfermedades venéreas como causal de divorcio Campo d e acción

Derechos constitucionales

IDENTIFICACI Ó N DE L A LÍNEA DE I NVESTI G ACIÓ N

Retos y perspectivas de las relaciones jurídicas civiles, y de familia. Su impacto en la sociedad cont emporánea.

O BJETIVO G ENERAL

Proponer un Anteproyecto de Ley Reformat oria al artículo 110 del Código Civil Ecuatoriano para incorporar la transmisión de enfermedades venéreas como causal de divorcio, promoviendo una adecuada protección al derecho a la salud, derecho a la vida digna y los derechos de familia.

O BJETIVO S ESPECÍFI COS.

✓ Fundamentar teórica y jurídicamente en base al marco constitucional y el ordenamiento jurídico ecuat oriano el derecho de familia, derecho a la vida digna, derecho a la salud, el matrimonio, causas de terminación del matrimonio, el divorcio y sus causales.

✓ Diagnosticar cuáles son las consecuencias en el matrimonio y en la familia por la transmisión de enf ermedades venéreas por parte de uno de los cónyuges.

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✓ Elaborar una propuesta de reforma al artículo 110 del Código Civil, que incluya como causal de divorcio la transmisión de enfermedades venéreas.

IDEA A DEF ENDER

Si se incluye una ref orma al Art 110 del Código Civil que incorpore como causal de divorcio la transmisión de enfermedades venéreas se promoverá una adecuada protección al derecho a la salud, derecho a la vida digna y los derechos de familia.

APO RT E TEÓ RI CO, SIG NIFI CACIÓ N PRÁCTICA Y NOVEDA D CIENTÍFICA

Aporte teó rico

El aport e teórico de la presente indagación tiene como motivo el análisis de las causales de divorcio, no establecidas en la legislación ecuatoriana, para lo que se tiene como alusión la legislación peruana, se propone implantar el divorcio por causal de transmisión de enf ermedades venéreas, lo que no ha sido tratado ni existe algún proyecto de ley para integrar esta causal en la legislación ecuatoriana. Sin embargo, de lo expuesto, para abordar la problemática, es necesario efect uar un estudio de cada una de las causales de divorcio, por cuanto toda investigación debe ser de caráct er objetiva y con una amplia fundamentación de orden jurídico.

Significación práctica

En lo referente a la significación práctica, se manifiesta que: “En la sociedad es necesario que se establezca una causal de divorcio por transmisión de enfermedades venéreas, por cuanto en estos casos se afecta los derechos de la salud, derecho a la vida digna y el derecho de familia” . (Allamano, 2018)

Referente a que dichos derechos se hallan vulnerados, está el fundamento por el que se debería ent ablar la probabilidad que el cónyuge perjudicado pueda empezar un juicio de divorcio contencioso. Lo previamente expuesto, se examina como razón por cuant o no se le podría imponer a quedar al cónyuge perjudicado casado con una persona que le ha contagiado de una enfermedad venérea grav e que pone en riesgo su vida, su salud, así como la igualdad del hogar y que implícitamente ya está incurriendo en una causal que es el adulterio, situaciones

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que no permanecen establecidas en el Código Civil del Ecuador. En tal ventaja, con la evolución de la sociedad se ha considerado primordial adecuar novedosas conductas de los cónyuges al ordenamient o jurídico ecuator iano, a fin de regular nuevas causales de divorcio que salvaguarden al bien común de la sociedad, es primordial que la ley evolucione frente al aparecimient o de nuevas conduct as que quebrantan la armoní a del matrimonio, por esto la necesidad de abordar el presente asunto de indagación.

Novedad Ci entífica

Referente a la novedad científica vale tomar en cuenta que las enfermedades de transmisión sexual son enfermedades progresivas y degenerativas, que ha causado y sigue causando conmoción y problema en la vida diaria, tanto en personas solteras como en matrimonios, se sabe que: “Estas enfermedades afect an psicológicamente igual o más que físicamente, una persona con ET S tiende a sufrir problemas emocionales y enfermedades relacionadas a la depresión, ansiedad, agresividad, etc. incluso en casos e xtremos ha conllevado al suicidio”. (Woods, 2000)

La mayoría de estas enfermedades son incurables o de fácil resurgimiento por lo tant o prof esionales sugieren un tratamiento y seguimiento preciso y minucioso de por vida, ya que en ciertas ocasiones con el tratamiento adecuado y una buena orientación y terapia psicológica estas enfermedades se hacen más llevaderas, expertos señalan que una buena calidad de vida aumentan la posibilidad de llevar una vida normal y así mismo extenderla.

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CAPIT ULO I. F UNDAMENT ACI Ó N TEÓ RI CA

1.1 La Familia 1.1.1 El matri monio

“Desde la antigüedad, las comunidades se suscribían a dos sistemas matrimoniales: los matrimonios endogámicos y los exogámicos, los cuales se definían de acuerdo al grado de parentesco, a la pos ición económica, a la calidad racial, o a la residencia que hubiese en el grupo” (Hipp, 2006, pág. 60)

Casey (citado en Hipp, 2006 ) plantea que los matrimonios endogámicos son los que se efectúan dentro del grupo de p arientes; y los matrimonios exogámicos, los que se realizan entre grupos o tribus diferentes, es decir, en donde no hay ningún grado de consanguinidad. Apart e de hacer la distinción de parentesco, plant ea las dif erencias en cuanto a herencia. En este senti do, los matrimonios endogámicos tenderían a mantener el patrimonio en el grupo de parientes, y los matrimonios exogámicos, a repartir la heredad fuera del grupo.

Conforme las sociedades se han ido desarrollando , los sistemas matrimoniales han evolucionado; según consta en el artículo 81 del Código Civil Ecuatoriano, en donde indica: “El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente”.

Por su parte la Cort e Constitucional aprobó el matrimonio civil igualitario en Ecuador, que entro en vigencia el 12 de Junio del 2019, adicional al matrimonio igualit ario, se estipulo que los hogares formados por parejas del mismo sexo pueden proceder a formar una unión de hecho, misma que les da todas las garantías sociales, protección de derechos y garantías legales disponibles, así como a las parejas het erosexuales casadas, a excepción de la adopción de hijos.

De igual manera el Código Civil Ecuatoriano en el artículo 105 establece las causas de terminación del matrimonio “El matrimonio termina:

1.- Por la muerte de uno de los cónyuges

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2.- Por sentencia ejecutoriada que declare la nulidad del matrimonio

3.- Por sent encia ejecutoriada que concede la posesión definitiva de los bienes del desaparecido.

4.- Por divorcio.

El matrimonio como tal es la unión entre dos personas por lo general del mismo sexo, aunque en algunas legislaciones ya se cont empla el matrimonio homosexual; se trata de una alianza entre un hombre y una mujer o de dos personas del mismo sexo, dependiendo de la cultura se establece mediante ritos religiosos y también a través del cumplimient o de una serie de f ormalidades legales, con el fin de mantener una relación íntima, compartir la vida y los intereses en común.

Así, el matrimonio es un contrato solemne que es reconocido por el hombre, las leyes y en consecuencia acarrea una serie de derechos y obligaciones por cumplir, todos determinados en la ley, y que implica para los cónyuges una responsabilidad.

1.1.2 Eti mología, Con cepto s y O rigen de F amilia

Eti mología

El término familia procede del latín famīlia, "grupo de siervos y esclavos patrimonio del jefe de la gens", a su vez derivado de famŭlus, "siervo, esclavo", que a su vez deriva del osco famel. El término abrió su campo semántico para incluir también a la esposa e hijos del pater familias, a quien legalmente pertenecían, hasta que acabó reemplazando a gens. Tradicionalmente se ha vinculado la palabra famŭlus, y sus términos asociados, a la raíz fames («hambre»), de forma que la voz se refiere, al conjunto de per sonas que se aliment an junt as en la misma casa y a los que un pat er familias tiene la obligación de alimentar.

Con cepto s

Gimeneo citado en (Losada, 2015) manifiest a:

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La familia es punt ualizada como un grupo social primario en donde se puede hallar convivencia entre varias generaciones. Los miembros de dicho grupo social están unidos por los llamados lazos de paren tesco y una experiencia de intimidad que se extiende y perdura a través del tiempo. (Pág. 9)

(Cabanellas, 2011) manifiesta:

La Familia por linaje o sangre, la constituye el conjunto de ascendient es, descendient es y colaterales con un tronco común, y los cónyuges de los parientes casados. Con predominio de lo afectivo o de lo hogareño, familia es la inmediata parentela de uno; por lo general, el cónyuge, los padres, hijos y hermanos solteros. (Pág. 68)

Orig en

El núcleo familiar implica por un lado una sociedad, el matrimonio, y por el otro una filiación, los hijos. De esta forma, el núcleo familiar tiene su origen en el establecimiento de una sociedad entre dos o más grupos de descendencia por medio del enlace matrimonial entre dos de sus miembros. Según (Morales, 2015) indica: “La familia es la institución histórica y jurídica de más profundo arraigo a lo largo de las distintas etapas de la civilización y su origen se remonta a los albores de la humanidad. Tiene una existencia independiente del orden jurídico. (…)” (Pá g. 129)

El clan fue la primera manif estación de solidaridad humana, la forma más primitiva de unión destinada a lograr una posibilidad de defensa, que hiciera factible la supervivencia en un medio hostil. Pero a medida que los sentimient os de los individuos se afinaban, el vínculo común y general fue siendo remplazado, paulatinamente, por la solidaridad familiar que aunó a grupos más pequeños y discriminados.

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1.1.3 Tipos d e familia

La familia es un grupo de personas que viven juntas y que tienen un tipo de relación consanguínea o de afinidad; existen varios tipos de familia así lo menciono (Lopez, 2015)

Conforme a la clasificación desarrollada por el Instituto de Investigaciones Sociales de la ciudad de México, aprobada a nivel in ternacional, existen once tipos de familias, con características y dinámicas diferenciales. Con base en esta clasificación es posible visualizar cómo cada uno de estos once tipos de familias comporta y vive de forma particular. Estos once tipos de familias son clasificados en tres grupos: las familias tradicionales, las familias en transición y las familias emergent es, de los cuales se desprenden algunos otros” (Pág. 26)

Familias Tradicion ales. Son aquellas en las cuales están presentes el papá, la mamá y los hijos. Entre las familias tradicionales existen tres tipos: las familias con niños, las familias con jóvenes y las familias extensas, es decir, aquellas en las cuales además del papá, la mamá y los hijos exist e algún miembro de otra generación, como los abuelos o los nietos.

Familias en Tran sición. No incluyen alguna de las figuras tradicionales, como el papá, la mamá o los hijos. Dentro de este tipo de familias se encuentran las familias de madres solteras; las familias de parejas jóvenes que han decido no tener hijos o postergar por un tiempo su nacimiento; las familias formadas por una pareja adulta o cuyos hijos ya se fueron del hogar, también conocidas como nido vací o; las familias unipersonales, es decir, aquellos hogares donde sólo hay una persona, y las familias co-resident es, es decir, aquellos hogares en donde sus miembros son amigos o parientes sin agruparse en torno a una pareja.

Familias Emerg entes. Son el tercer tipo contemplado en esta clasificación, es decir, aquellas familias que han crecido principalmente a partir del nuevo milenio.

En esta clasificación figuran las familias de padres solteros, las familias de pareja del mismo sexo y las familias reconstituidas, es decir, las familias que se forman

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cuando uno o los dos cónyuges han tenido relaciones previas. Las familias emergent es representan siete por ciento de los hogares. Y aunque la proporción no es muy grande, son familias que marcan tendencias.

1.1.4 Derech o s con stitu cional es d e la familia y los hijos

El Ecuador es un Estado constitucional que prevé de derechos así como de garantías a sus habitantes, la constitución reconoce y protege la estructura familiar con derechos y garantías, en especial los de los niños niñas y adolescentes.

Entre los derechos contemplados a favor de los integrantes de la familia se encuentra el derecho a la salud, el artículo 32 de la Constitución de la República del Ecuador establece “La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de ot ros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir”.

Así también el estado garantizara el acceso permanente, oportuno y s in exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.

El derecho a la vida digna también está contemplado en la Constitución, en el artículo 66 numeral 2 en el que establece “Se reconoce y garantizará a las personas: El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios”. (Constitución, 2008)

Así mismo el estado ecuatoriano promueve en especial el desarrollo int egral de los niños así como el ejercicio de sus derechos, así en el artículo 44 de la Constitución de la República del Ecuador manifiesta “El Estado, la sociedad y la

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familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas” (Constitución, 2008)

El Estado garantiza a las niñas, niños y adolescent es el goce de derechos usuales, además de los específicos de su edad se reconocerá y garantizará la vida, integrado el cuidado y prot ección a partir de la concepción, derecho a la integridad física y psí quica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la enseñanza y cultura, al deporte y recreación; a la estabilidad social; a tener una familia y gozar de la convivencia familiar y comunitaria y a recibir datos sobre sus progenit ores o parientes ausentes, sa lvo que fuera dañino para su bienestar.

También la familia es reconocida constitucionalment e y contempla derechos y garantías como lo establece el artículo 67 “Se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundament al de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportuni dades de sus integrant es. El matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se f undará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal”. (Constitución, 2008)

Entre los derechos protegid os por el estado y la Constitución ecuatoriana el artículo 69 de la misma determina: “Para proteger los derechos de las personas integrant es de la familia:

1. Se promoverá la mat ernidad y pat ernidad responsable; la madre y el padre estarán obligados al cuidado, crianza, educación, alimentación, desarrollo integral y prot ección de los derechos de sus hijas e hijos, en particular cuando se encuentren separados de ellos por cualquier motivo.

2. Se reconoce el patrimonio familiar inembargable en la cuantía y con las condiciones y limitaciones que establezca la ley. Se garantizará el derecho de

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testar y de heredar.

3. El Estado garantizará la igualdad de derechos en la toma de decisiones para la administración de la sociedad conyugal y de la sociedad de bienes .

4. El Estado protegerá a las madres, a los padres y a quienes sean jefas y jef es de familia, en el ejercicio de sus obligaciones, y prestará especial atención a las familias disgregadas por cualquier causa.

5. El Estado promoverá la corresponsabilidad materna y paterna y vigilará el cumplimiento de los deberes y derechos recíprocos entre madres, padres, hijas e hijos.

6. Las hijas e hijos tendrán los mismos derechos sin considerar antecedentes de filiación o adopción.

7. No se exigirá declaración sobr e la calidad de la filiación en el momento de la inscripción del nacimiento, y ningún documento de identidad hará referencia a ella.” (Constitución, 2008)

El sentido fundamental del matrimonio es la constitución de una familia, esta es la organización social más antigua y más importante en la sociedad, está conformada por personas con lazos consanguí neos y con lazos de afinidad, el pertenecer a una agrupación familiar es de vital import ancia para el desarrollo psicológico y social de los individuos.

A través del tiempo y de la historia la familia ha sufrido transformaciones

conforme la sociedad ha evolucionado según sus costumbres, cultura, religión y derecho. Durante mucho tiempo se definió como familia al grupo de personas conformadas por la madre, el padre y los hijos que nacen a raíz de esta relación;

en la actualidad existen y se toma en cuent a tipos de familia diferent es en los cuales sus int egrantes no necesariamente están conformados por padres e hijos sino la familia se entiende ampliamente en el ámbito donde el individuo se siente cuidado, sin necesidad de tener vínculos o relación de parentesco directa.

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1.2 El divo rcio

Al hablar de la figura jurídica del matrimonio se estableció que existen algunas formas expresas en la ley que se las considera para dar por terminado el vínculo matrimonial, entre ellas se encuentra el divorcio.

1.2.1 Con cepto s

“El divorcio disuelve el matri monio y capacita a los que fueron cónyuges para contraer un nuevo matrimonio puede ser divorcio voluntario o por causal.”

(Martinez, 2007, pág. 3)

“El divorcio proviene del latín divortium, del verbo divertere, que signif ica separarse, irse cada uno por su lado. Puede definirse como la rupt ura de un matrimonio válido viviendo ambos esposos.” (Cabanellas, 2011)

El Código Civil Ecuatoriano en el artículo 106 establece “El divorcio disuelve el vínculo matrimonial y deja a los cónyuges en aptitud para contraer nuevo matrimonio, salvo las limitaciones establecidas en este Código.”

(Cabello, 2001) manifiesta:

Por el divorcio, a diferencia de la separación de cuerpos, se entiende poner fin de manera plena y definitiva al vínculo matrimonial, quedando ambos cónyuges en aptitud de contraer nuevas nupcias. Procede por las causales expresamente establecidas en la ley, o de forma voluntaria, debiendo los hechos que la constituyen justificarlos posteriormente, el divorcio debe ser declarado judicialmente. (Pág. 401)

1.2.2 Tipos d e divorcio

Entre los tipos de divorcio contemplados en la legislación ecuatori ana est á el divorcio volunt ario y el divorcio por causal, el divorcio voluntario es el que se solicit a por recí proco consentimiento de los cónyug es y se substanciará judicialment e; y el divorcio por causal es una vez que cualquier persona de los cónyuges lo demanda frente a autoridad judicial, i mplantada en una o más causales previstas en la ley.

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Di vorcio Voluntario. Según establece el artículo 107 del Código Civil Ecuatoriano “Por mutuo consentimiento pueden los cónyuges divorciarse. Para este efecto, el consentimiento se expresará del siguient e modo: los cónyuges manifest arán, por escrito, por sí o por medio de procuradores especiales, ante el juez de lo civil del domicilio de cualquiera de los cónyuges los requisit os que la ley solicita para est e tipo de procedimientos” (Código Civil, 2005)

De est a forma se entiende que el divorcio voluntario o por mutuo consentimient o, se lleva a cabo cuando ambos cónyuges de común acuerdo acuden ante el juez competente para solicit ar la disolución del vínculo matrimonial, y que est e tome decisiones sobre los hijos menores de edad en caso de haberlos trate acerca de la pensión alimenticia, tenencia, custodia etc., además de resolver sobre los bienes adquiridos dentro del matrimonio.

Di vorcio por Cau sal. Divorcio por causal, es cuando uno de los cónyuges no está de acuerdo con la ruptura del vínculo matrimonial, de forma que el otro debe proponer la separación en base de una causal que se encuentre determinada en la ley para post erior demostrarla ante la autoridad judicial y que este la acepte o la rechace de acuerdo a la etapa de prueba donde las partes expondrán sus razones.

Este divorcio deberá ser propuesto en base a una de las causales tipificadas en el artículo 110 del Código Civil Ecuatoriano, caso contrario no se podrá realizar la petición de divorcio por causal.

1.2.3 Marco legal qu e reg ula el divorcio por causales

El marco legal que regula el divorcio por causales se encuentra tipificado en el Código Civil Ecuatoriano, específicamente en el artículo 110 donde establece las causas por las cuales se podrá dar un divorcio cont encioso.

Son causas de divorcio:

1.- El adulterio de uno de los cónyuges

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Esto se refiere cuando uno de los cónyuges ha realizado un acto de infidelidad, manteniendo relaciones íntimas con otra persona y esto puede tener consecuencias como el nacimient o de un menor o no puede haberlas.

2.- Sevicia

Aquello comporta a el hecho de at ent ar contra la persona, de f orma cruel e inhumana conociendo que sufra de algún tipo de fobia o miedo y utilizando aquello en su contra; en si es mantener un comportamiento y trato cruel e inhumano teniendo en cuenta y conociendo sus debilidades y aprovecha ndo de eso para dañarla, para una persona puede ser apenas ofensivo, para otra puede ser muy despiadado.

3.- Injurias graves o actitud hostil

Se manifiest a evidentemente un est ado usual de falta de armoní a de ambas voluntades en la vida matrimonial

Esto significa a cuando uno de los cónyuges manifiest a en contra del otro sobre una acción o una actitud tipificada como infracción penal.

4.- Amenazas graves del cónyuge contra la vida del otro

Esto quiere decir cuando uno de los cónyuges amenaza con atentar, poner en riesgo o quitar la vida de su cónyuge.

5.- Tent ativa de uno de los cónyuges contra la vida del otro, como autor o cómplice

Este se refiere cuando uno de los cónyuges es autor de atentar, poner en riesgo o pret ende quitarle l a vida a su cónyuge, así como también si es cómplice de hacerlo.

6.- El hecho de que dé a luz la mujer durante el matrimonio, un hijo concebido antes

Siempre que el marido hubiera reclamado (judicialmente) contra la paternidad del hijo. De acuerdo a lo dispuesto en el Código Civil, (Carbo, 2014) Explica:

Este implica un atentado en contra del deber de fidelidad que se deben los cónyuges, porque si bien no exist e en este caso una infidelidad

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expresada en unión sexual, como ocur re en el adulterio, la hay en cuanto debe estimarse infidelidad de la mujer el no haber comunicado al marido la circunstancia en la cual contraía matrimonio. (Pág. 33)

7.- Los act os ejecutados por uno de los cónyuges con el fin de corromper al otro, o a uno o más de los hijos, (Carbo, 2014) manifiesta:

Corromper es viciar, pervertir a una persona, hacerla actuar de un modo vicioso y contrario a lo que establecen las buenas costumbres, evidentemente hay casos en los que esta ca usal aparece con claridad, como ejemplo sucede cuando el marido pret ende prostituir a su mujer o a una hija, o conducirlas a prácticas sexuales anormales. (Pág. 41)

8.- El hecho de adolecer uno de los cónyuges de enfermedad grave, considerada por tres médicos designados por el juez, como incurable y contagiosa o transmisible a la prole, (Carbo, 2014) expone:

“Se estima la gravedad de la enfermedad como un factor de carácter objetivo, mientras que su incurabilidad y el carácter de contagiosa o transmisible los deja entregados al dict amen de tres médicos designados por el juez para tal ef ecto, con lo que se prot ege tanto la integridad y salud del otro cónyuge y de los hijos habidos en el matrimonio.” (Pág. 43) 9.- El hecho de que uno de los cónyuges sea ebrio consuetudinario o en general toxicómano

Aquello comporta al hecho de que el cónyuge que ha adquirido un vicio, refiriéndose al consumo de alcohol, drogas etc. de forma abusiva, y sin control.

10.- La condena ejecutori ada a reclusión mayor

Esto quiere decir cuando uno de los cónyuges es sentenciado por parte de la autoridad judicial a cumplir una pena privativa de libertad por ser el autor o cómplice de alguna infracción penal cometida.

11.- El abandono voluntario e injustificado del otro cónyuge, por más de un año ininterrumpidamente (Carbo, 2014) expone:

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Para que se configure esta causal es meneste r que concurran dos element os, el abandono voluntario e injustificado, y el tiempo no inferior a un año sin interrupción.

El abandono volunt ario e injustificado es decir, el dejar mat erialmente el hogar conyugal, y que el acto sea voluntario en el sentido de que resulte de una decisión libremente adoptada por el cónyuge.

El tiempo no inferior a un año sin interrupción, es decir que es preciso que el abandono haya subsistido de forma ininterrumpida por el tiempo de un año. (Pág. 56)

1.2.4 Con secuen cias del divorcio en el hog ar y en la so ci ed ad

En el modelo ideal tradicional, la familia representa una matriz biológica, cultural y afectiva donde se dan los intercambios necesarios para el crecimiento de los miembros de la familia (Carles Perez T estor, 2009)

(Carles Perez T estor, 2009) Manifiesta:

La sensación de fracaso acostumbra a estar presente al menos en uno de los dos miembros de la pareja, pero muchas veces el propio miembro que decide el divorcio, tiene est a sensación. No solo la pareja sino el propio entorno se sienten desorientado ante una situación de ruptura. Nadie sabe que hay qué hacer ni qué es lo más conveniente. Aunque el divorcio cristaliza una situación que era ya conflictiva, supone oficializar la rupt ura de la pareja y del núcleo familiar, lugar privilegiado de intercambio y de protección de la pareja y sus hijos.

Con secuen cias en los hijos luego d el divorcio o separación d e los padres

(Arturo Roizblatt, 2018) expone:

El divorcio generalmente produce alteración al bienestar del niño si es contencioso y si se asocia a empeoramient o de la situación económica, mal ejercicio conductual y emocional de los padres, crianza ineficaz, pérdida de contacto con uno de los padres, p ermanencia de conflictos entre los cónyuges y ausencia de acuerdos en la crianza. Las alteraciones

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de la parentalidad que se presentan en separaciones contenciosos pueden ser estresores capaces de generar mala adapt ación en respuestas neuropsicobiológicas, generando det erioro en la salud física y mental infantil.

(Arturo Roizblatt, 2018) indica:

En una revisión se observó que los niños eran afect ados más negativamente que las niñas. Los niños tenían un mayor hist orial de consultas psiquiátricas durante la infancia y adolescencia y presentaban más síntomas de ansiedad de separación, más miedos esc olares y más problemas de conducta.

La provisión de estabilidad afectiva y emocional que requiere el desarrollo infantil puede verse seriamente amenazada por la separación o el divorcio de los padres, especialmente cuando el apego aún no está suficienteme nte afianzado.

Es conocido, al respecto, que la mayor proporción de ellos tiene una media de edad de seis años o menos en el momento de la ruptura, de cuyo conjunto una gran parte muestra más desajustes psicológicos a lo largo de su vida que los que pertenecen a familias intactas, si bien tales desajust es no siempre alcanzan niveles clínicos. (Reyes Vallejo Orellana, 2004)

Al ser el divorcio la disolución total y definitiva del vínculo matrimonial, puede propiciarse por consen so de ambas partes en la cual deberá existir la voluntad plena de separase o mediante un litigio contencioso en donde se deberá tomar en cuenta las razones y causas por las que uno de los cónyuges int erponga ante la autoridad judicial la solicitud del divorcio contencioso y demostrarlas; entres las causales establecidas en la legislación ecuat oriana se han tomado en cuenta aquellas que prot egen los derechos de las personas como lo son derecho a la vida, la vida digna, a vivir en armonía, a la salud y aquell as que velan por la salud emocional tanto de l os cónyuges como de la familia.

En referencia a la salud emocional de la familia, la mayoría de las dificult ades de adapt ación en los niños después de la separación o divorcio y el posible efecto traumático va disminuyendo a medida que pasa el tiempo, y más si los padres

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logran acuerdos eficaces y una buena relación entre ellos en torno a la crianza, la situación económica y las visitas, con respecto a la salud emocional de los cónyuges en una ruptura de pareja son los dos miembros que sufren la disolución del vínculo matrimonial, esto conlleva al desequilibrio y sufrimient o de la pareja, en general la situación no es la misma para ambos, normalmente uno vive la ruptura como un paso adelante y como un nuevo inicio y el otro como un paso atrás como una derrota o frustración pero para los do s es un proceso difícil y sobre todo de cambio en su vida.

Situaciones como el rechazo, la ira, la frustración, nostalgia, melancolía, la desesperanza y el desafecto son sentimientos que afloran y los cuales deberán ser confront ados, vividos y aceptados por parte de la pareja.

1.3 Las enfermed ad es de tran smi sión sexu al

Las enfermedades de transmisión sexual históricamente han sido un problema de ellas tienen manifestaciones sistémicas importantes que hacen necesario que el médico internist a esté en conocimie nto de su semiología, su tratamiento y sus complicaciones. (Eymin, 2003, pág. 1)

1.3.1 Con cepto s

Las infeccion es o enfermed ad es de transmisión sexu al (ITS/ET S) son aquellas causadas por microorganismos que se transmiten, principalmente, por contacto piel/ mucosas con piel/ mucosas o por intercambio de fluidos en las relaciones sexuales. (Vega, 2018)

(Pignolino, 2018) manifiest a:

Las enfermedades de trasmisión sexual (ET S) son un grupo de enfermedades que se contagian a través de las relaciones sexuales.

Cualquier persona que tiene relaciones sexuales con otra persona puede contraer una enfermedad de tran smisión sexual. Las personas que tienen este tipo de enf ermedades a veces no lo saben, porque con frecuencia no tienen molestias. Pero ello no significa que no esté afect ando su salud.

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Se entiende por Enfermedades de Transmisión Sexual (ET S) aquellas enfermedades localizadas generalmente en genit ales y que se contagian en actos sexuales, aunque no sea ést e el único modo de transmisión. (T eijon, 2015)

1.3.2 Tipos d e enfermed ad es

Una enfermedad de transmisión sexual puede estar causada por bact erias, hongos, parásitos y virus, por lo que actualmente podemos encontrar más de 20 tipos de ET S. A continuación, te enumeraremos los tipos de ETS más frecuent es (Vega, 2018)

H e r p e s g e n i t al : Esta enf ermedad está cau sada por dos tipos de virus, el VHS-1 y el VHS-2. Aunque no existe una cura para el herpes, es importante acudir al médico para evitar consecuencias como la probabilidad de desarrollar enfermedades tales como el VI H.

V i r u s d el p a p i l o m a h u m a n o ( V P H ) : Esta infección está causada por el virus del papiloma humano. A pesar d e que no existe tratamient o, es importante acudir al médico en caso de aparición de verrugas en las zonas genitales.

H e p a t i ti s : La más común es la h e p a t it i s B, la cual está causada por el VHB.

Si no se trata, puede causar desde fibrosis hepática hasta algunos tipos de cáncer de hí gado.

C l a m i d i a : Está causada por la bacteria C h l a m y d i a t r a c h o m a t i s y su falta de tratamiento puede provocar inf ertilidad en el caso de las mujeres.

T ri c o m o n i a s i s : Es una ET S causada por el parásito T r i c h o m o n a s v a g i n a l i s y su f alta de tratamiento puede aumentar el riesgo de contraer otras enfermedades o infecciones como el VIH.

C a n d i d i a s i s : está provocada por el hongo C a n d i d a a l b i c a n s y la falta de tratamiento puede agravar los sínt omas de esta infección.

G o n o r r e a : Está causada por la bact eria N e i s s e r i a g o n o r r h o e a e y la falta de tratamiento puede producir con el tiempo esterilidad en las mujeres y riesgo de contraer el VI H.

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V I H / SI D A : Es una enf ermedad provocada por el virus de inmunodeficiencia humana (VI H). La principal consecuencia del VIH si no se trata es la destrucción de las células del sistema inmunitario, conduciendo al síndrome de inmunodeficiencia adquirida o SIDA y dejándonos expuestos a cualquier infección y.

S í fi l i s : Está provocada por la bact eria T r e p o n e m a p a l l i d u m y si no se trat a a tiempo puede tener consecuencias graves para la salud, como daños cerebrales (en etapas muy avanzadas).

V a g i n o si s B a c t e r i a n a : Está provocada principalmente por la bacteria G a d n e r e l l a v a g i n a l i s y es importante seguir el trat amient o para no agravar sus sínt omas, como el ardor y dolor al orinar.

C h a n c r o i d e : Est a infección de transmisión sexual está causada por una bacteria denominada como H a e m o p h i l u s d u c r e y i . El principal síntoma de esta ITS es las aparición de úlceras dolorosas (en el caso de los hombres), por lo que si no se trata, estas llagas pueden afect ar al tejido de alrededor y provocar infecciones más graves.

S a r n a : Está causada por una parásito llamado S a r c o p t e s s c a b i e i y su falta de tratamiento puede agravar los sínt omas de picazón y sarpullidos en la piel.

P i o j o s p ú b i c o s ( l a d i l l a s ) : Está provocado por un parásito conocido como P t h i r u s p u b i s y es importante tratarla para evitar la expansión de est os organismos por el cuerpo.

E n f e r m e d a d i n fl a m a t o r i a p é l vi c a ( E I P ): Provocada por bacterias que causan la clamidia y la gonorre a.

C e r v i c i ti s M u c o p u r u l e n t a : Inf ección causada por otras ETS como la clamidia y gonorrea.

M o l u s c o c o n t a g i o s o : Causado por el virus Molluscipoxvirus.

L i n f o g r a n u l o m a v e n é r e o ( L V G ) : causada por la bacteria C h l a m y d i a t r a c h o m a t i s .

Campilobacterio sis: Provocada por la bacteria Campylobact er.

Cito meg aloviru s: Causado por el virus Bet aherpesvirinae.

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Sal mon elo sis: Causada por la bacteria Salmonella.

1.3.3 Con sideracion es p ara incluir las enfermed ad es d e trasmi sión sexu al co mo causal de divo rcio

El divorcio disuelve el matrimonio y capacit a a los que fueron cónyuges para contraer un nuevo matrimonio puede ser divorcio voluntario o por causal. La constitución ecuatoriana contempla derechos a favor de los integrantes de la familia entre estos el derecho a la salud, el artículo 32 de la Constitución de la República del Ecuador establece “La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la aliment ación, la educac ión, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir”

El derecho a la vida digna también está contemplado en la Constitución, en el artículo 66 numeral 2 en el que establece “Se reconoce y garant izará a las personas: El derecho a una vida digna

Las enfermedades de transmisión sexual son infecciones que se contagian de una persona a otra usualmente durante el sexo vaginal, anal u oral; p u e d e n ll e g a r a p r o v o c a r enf ermedades más graves como ciertos tipos de cáncer, por lo que son enfermedades que ponen en alto riesgo la vida de quien las pa dece así como de su familia; en el caso de que una mujer contraiga alguna enfermedad de este tipo y entre en estado de gest ación o se contagie ya estándolo, corre un grave riesgo de que su hijo nazca con la enf ermedad a padecer, es por esto que se habla qu e este tipo de enfermedades ponen en riesgo la vida de los hijos y la familia, situación que debe ser considerada como motivo suficient e para la implementación de esta causal en el artículo 110 de Código Civil Ecuatoriano.

1.3.4 Cau sas y con secu en cias físi cas y p sicológicas en la familia

Las consecuencias físicas del padecimient o de estas enfermedades son algunas, es por ello que es importante que int entemos prevenir el contagio de una ET S porque los efectos de este tipo de afecciones pueden volverse bastante graves. (Teijon, 2015)

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Estas son algunas de las consecuencias de las infecciones de transmisión sexual:

Mayo r riesgo d e contraer VI H

El virus de inmunodeficiencia adquirida o VI H es un virus que va dañando y debilitando las células de nuestro sistema inmunológico, lo cual nos deja expuestos a que padezcamos otras infecciones y afecciones, como el SI DA. El riesgo de contraer el VIH es mucho mayor en una persona que sufre alguna ET S que en una persona que nunca ha tenido una infección de transmisión sexual.

Infertilidad y emb arazo ectópico

Otras consecuencias graves de contagiarnos de una ET S son la infertilidad y el aumento de posibilidades de sufrir un embarazo ectópico. Algunas enfermedades como la clamidia y la gonorrea producen enfermedad inflamatoria pélvica y otros daños en algunas partes del aparat o reproductor, como el útero y las trompas de Falopio.

Estas consecuencias pueden llegar a prevenirse si se recibe el tratamiento adecuado a tiempo, por lo que es importante que acudas al médico si sospechas que has podido contagiarte.

Po sibilidad d e desarrollar cán cer cervico uterino

El VPH o virus del papiloma humano es una enfermedad de transmisión sexual producida por alguna de las 40 variantes que tiene este v irus, las cuales se dividen en VPH de bajo riesgo y VPH de alto riesgo. En el grupo de las variant es del virus del papiloma humano que se consideran de alto riesgo se encuentran, al menos, 14 tipos de VPH que producen cáncer en el cérvix o cuello del út ero y en el propio útero. Según la O MS, esta ET S es la responsable del 70% de los casos de cáncer cervicouterino.

Co mplicacion es en el emb arazo

Las complicaciones durante el embarazo pueden darse por gran variedad de factores. Por ejemplo, algunas de estas co mplicaciones pueden ser consecuencia de no recibir un tratamiento adecuado y/o a tiempo de algunas enfermedades, como sucede en el caso de las mujeres que contraen af ecciones

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o condiciones como la sífilis. La sífilis es una enfermedad de transmisión sexual provocada por una bacteria que puede producir otros ef ectos graves como daños cerebrales, ceguera y parálisis, entre otros.

En el modelo ideal tradicional, la familia representa una matriz biológica, cultural y afectiva donde se dan los intercambios neces arios para el crecimiento de los miembros de la familia (Carles Perez T estor, 2009)

(Carles Perez T estor, 2009) Manifiesta:

La sensación de fracaso acostumbra a estar presente al menos en uno de los dos miembros de la pareja, pero muchas veces el propio miembro que decide el divorcio, tiene esta sensación. No solo la pareja sino el propio entorno se sienten desorient ado ante una situación de rupt ura. Nadie sabe que hay qué hacer ni qué es lo más conveniente. Aunque el divorcio cristaliza una situación que era ya conflictiva, supone oficializar la ruptura de la pareja y del núcleo familiar, lugar privilegiado de intercambio y de protección de la pareja y sus hijos.

Con secuen cias en los hijos luego d el divorcio o separación d e los padres

(Arturo Roizblatt, 2018) expone:

El divorcio generalmente produce alteración al bienest ar del niño si es contencioso y si se asocia a empeoramiento de la situación económica, mal ejercicio conductual y emocional de los padres, crianza ineficaz, pérdida de contacto con uno de los padres, p ermanencia de conflictos entre los cónyuges y ausencia de acuerdos en la crianza. Las alteraciones de la parent alidad que se presentan en separaciones cont enciosos pueden ser estresores capaces de generar mala adaptación en respuestas neuropsicobiológicas, generando deterioro en la salud física y ment al infantil

1.4 1.4 Estudio co mp arativo so bre cau sales de divorcio con la legislación peru an a

La Constitución peruana contiene normas que prot egen salvaguardan y garantizan los derechos de las personas y sobretodo la institución familiar, la constitución reconoce y protege la estructura familiar con derechos y garantías, en especial los de los niños niñas y adolescentes. El Código Civil Peruano al

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