• No se han encontrado resultados

Sistema Peruano de Información Jurídica

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Sistema Peruano de Información Jurídica"

Copied!
151
0
0

Texto completo

(1)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Sábado, 26 de mayo de 2012

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Designan representante del Ministerio del Ambiente ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua

RESOLUCION SUPREMA Nº 150-2012-PCM

Lima, 25 de mayo de 2012 VISTO

El Oficio Nº 1076-2012-SG/MINAM de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente; CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, se crea el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos con el objeto de articular el accionar del Estado, para conducir los procesos de gestión integrada y de conservación de los recursos hídricos en los ámbitos de cuencas, de los ecosistemas que lo conforman y de los bienes asociados; así como, para establecer espacios de coordinación y concertación entre las entidades de la administración pública y los actores involucrados en dicha gestión con arreglo a la acotada Ley;

Que, los artículos 14 y 19 de la precitada Ley establecen que la Autoridad Nacional es el ente rector y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos; siendo su Consejo Directivo la máxima instancia, el cual está conformado, entre otros, por un representante del Ministerio del Ambiente; oficializándose su designación por Resolución Suprema expedida por la Presidencia del Consejo de Ministros y teniendo en consideración, como requisito, que el designado sea un funcionario del más alto nivel con rango de director general o similar;

Que, en atención al Oficio Nº 1076-2012-SG/MINAM de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente, resulta pertinente designar a la representante del Ministerio del Ambiente ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar a la señora Lucia Delfina Ruiz Ostoic, Jefa del Gabinete de Asesoramiento del

Ministerio del Ambiente, como representante del Ministerio del Ambiente ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART

Presidente del Consejo de Ministros

AGRICULTURA

(2)

Sistema Peruano de Información Jurídica

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0185-2012-AG

Lima, 25 de mayo de 2012 VISTO:

El Facsímil Circular Nº 032-2012-MINCETUR/VMCE, de fecha 04 de mayo de 2012 de la Viceministra de Turismo, encargada del Viceministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento del visto, la Viceministra de Turismo, encargada del Viceministerio de Comercio Exterior informa que los días 29, 30 y 31 de mayo del 2012, se realizarán reuniones bilaterales, en la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de Norteamérica, con representantes de la Oficina Comercial de los Estados Unidos - USTR y otras agencias estadounidenses y solicita la acreditación de representantes del Ministerio de Agricultura, para participar de la reunión del Subcomité Forestal, Consejo de Asuntos Ambientales y Comisión de Cooperación Ambiental;

Que, el objeto de las reuniones bilaterales es evaluar el desarrollo y cumplimiento del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - EEUU;

Que, mediante Oficio Nº 175-2012-AG-DVM el Viceministro de Agricultura, señor Juan Ludovico Rheineck Piccardo, confirma su participación al citado evento;

Que, el inciso a) numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y son autorizados mediante resolución del titular de la entidad;

Que, el financiamiento de los pasajes y viáticos que irrogue el viaje del señor Viceministro será asumido con cargo a la Fuente de Financiamiento del Pliego Presupuestal 013: Ministerio de Agricultura;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de los Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Juan Ludovico Rheineck Piccardo, Viceministro de Agricultura del

Ministerio de Agricultura, a la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de Norteamérica del 28 de mayo al 01 de junio de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar las funciones del Vice Ministerio de Agricultura al señor Luis Eduardo Garibotto

Sánchez, Secretario General del Ministerio de Agricultura, desde el 28 de mayo de 2012 y en tanto dure la ausencia del titular.

Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al

Presupuesto del Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) : US$ 2,000.00

Viáticos : US$ 880.00

Total : US$ 2,880.00

Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o

(3)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Artículo 5.- El funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular del

Sector un informe detallado sobre las actividades y resultados de su participación, dentro de los 15 días posteriores a su retorno al país.

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR

Ministro de Agricultura

Autorizan viaje de profesionales del Ministerio a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0186-2012-AG

Lima, 25 de mayo de 2012 VISTO:

El Facsímil Circular Nº 032-2012-MINCETUR/VMCE, de fecha 04 de mayo de 2012 de la Viceministra de Turismo, encargada del Viceministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento del visto, la Viceministra de Turismo, encargada del Viceministerio de Comercio Exterior informa que los días 29, 30 y 31 de mayo del 2012, se realizarán reuniones bilaterales, en la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de Norteamérica, con representantes de la Oficina Comercial de los Estados Unidos - USTR y otras agencias estadounidenses y solicita la acreditación de representantes del Ministerio de Agricultura, para participar de la reunión del Subcomité Forestal, Consejo de Asuntos Ambientales y Comisión de Cooperación Ambiental;

Que, el objeto de las reuniones bilaterales es evaluar el desarrollo y cumplimiento del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - EEUU;

Que, mediante Oficio Nº 175-2012-AG-DVM el Viceministro de Agricultura informa al Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo que el Ministerio de Agricultura designa la participación al citado evento de la Bióloga Rosario Acero Villanes, Directora General Forestal y de Fauna Silvestre (e); del Ingeniero Rafael Ramírez Arroyo, Director de Información y Control Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Ingeniera Lucetty Ullilen Vega, Asesora Técnica de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre;

Que, el inciso a) numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y son autorizados mediante resolución del titular de la entidad;

Que, el financiamiento de los pasajes y viáticos que irrogue el viaje de la Bióloga Rosario Acero Villanes, Directora General Forestal y de Fauna Silvestre (e); del Ingeniero Rafael Ramírez Arroyo, Director de Información y Control Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Ingeniera Lucetty Ullilen Vega, Asesora Técnica de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestrel señor Viceministro será asumido con cargo a la Fuente de Financiamiento del Pliego Presupuestal 013: Ministerio de Agricultura;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de los Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;

(4)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la Bióloga Rosario Acero Villanes, Directora General Forestal y de Fauna

Silvestre (e); del Ingeniero Rafael Ramírez Arroyo, Director de Información y Control Forestal y de Fauna Silvestre y de la Ingeniera Lucetty Ullilen Vega, Asesora Técnica de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura, a la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de Norteamérica del 28 de mayo al 01 de junio de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar las funciones de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre a la Abogada Silvia

Velásquez Silva, Directora de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura, desde el 28 de mayo y en tanto dure la ausencia del titular.

Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al

Presupuesto del Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle:

ROSARIO ACERO VILLANES

Pasajes (incluye TUUA) : US$ 2,000.00

Viáticos : US$ 880.00

Total : US$ 2,880.00

RAFAEL RAMÍREZ ARROYO

Pasajes (incluye TUUA) : US$ 2,000.00

Viáticos : US$ 880.00

Total : US$ 2,880.00

LUCETTY ULLILEN VEGA

Pasajes (incluye TUUA) : US$ 2,000.00

Viáticos : US$ 880.00

Total : US$ 2,880.00

Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o

liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- Dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país, los profesionales cuyos viajes se

autorizan por la presente Resolución deberán presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las actividades desarrolladas.

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR

Ministro de Agricultura

Designan Auxiliar Coactivo de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCION JEFATURAL Nº 215-2012-ANA

Lima, 25 de mayo de 2012 CONSIDERANDO:

Que, el artículo 28 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, señala que la Unidad de Ejecución Coactiva, planifica, coordina, dirige y ejecuta conforme a las normatividad de la materia los actos de ejecución coactiva para el cumplimiento de las obligaciones de dar, hacer o no hacer, que debe exigir la Autoridad Nacional del Agua;

Que, el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, prescribe que son funciones del Auxiliar Coactivo: (i) Tramitar y custodiar el expediente coactivo a su cargo, (ii) Elaborar los diferentes documentos que sean necesarios

(5)

Sistema Peruano de Información Jurídica

para el impulso del procedimiento; (iii) Realizar las diligencias ordenadas por el Ejecutor; (iv) Suscribir las notificaciones, actas de embargo y demás documentos que lo ameriten; (v) Emitir los informes pertinentes, y; (vi) Dar fe de los actos en los que interviene en el ejercicio de sus funciones;

Que, conforme a la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, concordante con el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, se realizó el proceso selectivo correspondiente para la contratación del Auxiliar Coactivo de la Autoridad Nacional del Agua, resultando ganadora la abogada MARIELA LUZMILA VARILLAS URIOL, quien ingresó a laborar, a partir del día 1 de marzo de 2012;

Que, uno de los requisitos para acreditar a los funcionarios coactivos, es la expedición de la resolución que los designa, en atención a lo previsto en el artículo 33-A del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, aprobada por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, para lo cual es necesario realizar el acto de administración correspondiente;

Con los vistos de Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica, Secretaria General y de conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar, con eficacia anticipada al día 1 de marzo de 2012, a la abogada MARIELA

LUZMILA VARILLAS URIOL, como Auxiliar Coactivo de la Autoridad Nacional del Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe

Autoridad Nacional del Agua

Encargan funciones de la Administración Local de Agua Santiago de Chuco RESOLUCION JEFATURAL Nº 217-2012-ANA

Lima, 25 de mayo de 2012 CONSIDERANDO:

Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 191-2009-ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Santiago de Chuco al ingeniero Cristian García Quiroz;

Que, conforme al proveído del Subdirector de la Unidad de Recursos Humanos, recaído en el Informe Nº 130-2012-OA-URH, el citado funcionario hará uso de su descanso físico vacacional del día 28 de mayo al 11 de junio de 2012, siendo necesario cubrir su ausencia, a fin que el normal desarrollo de dicho órgano desconcentrado no se vea afectado;

Que, se ha visto por conveniente encargar las funciones de la mencionada Administración Local de Agua, al ingeniero CHRISTIAN DANNY DE LA TORRE MAYTA, profesional de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, en adición a las funciones del Contrato Administrativo de Servicios Nº 0626-ANA-OA-URH-2010, sin que ello implique variación en su remuneración mensual;

Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua;

(6)

Sistema Peruano de Información Jurídica

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funciones Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Encargar, a partir del día 28 de mayo de 2012, al ingeniero CHRISTIAN DANNY DE LA

TORRE MAYTA las funciones de la Administración Local de Agua Santiago de Chuco, en tanto, dure el descanso físico vacacional del ingeniero Cristian García Quiroz.

Artículo Segundo.- Precísase, que el encargo a que se refiere el artículo precedente, se realiza en adición a

las funciones del Contrato Administrativo de Servicios Nº 0626-ANA-OA-URH-2010, suscrito con el citado profesional, sin que ello implique variación alguna en su remuneración mensual.

Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe

Autoridad Nacional del Agua

Fe de Erratas

RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 070-2012-AG-AGRO RURAL-DE

Fe de Erratas de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 070-2012-AG-AGRO RURAL-DE, publicada el 24 de mayo de 2012.

DICE:

“Resolución Directoral Ejecutiva Nº 070-2012-AG-AGRO RURAL-DE”

DEBE DECIR:

“Resolución Directoral Ejecutiva Nº 072-2012-AG-AGRO RURAL-DE”

AMBIENTE

Autorizan viaje de funcionario para participar en seminario que se realizará en Ecuador RESOLUCION MINISTERIAL Nº 130-2012-MINAM

Lima, 24 de mayo de 2012

Visto, el Memorando Nº 013-2012-GA/MINAM de 22 de mayo de 2012, la Ficha de Autorización de Viaje de 18 de mayo de 2012, el Memorándum Nº 00844-2012-SEG-OGA/PPTO de 21 de mayo de 2012, de la Oficina General de Administración; y, el Memorando Nº 335-2012-OPP-SG/MINAM de 23 de mayo de 2012, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Coordinación de Seguridad del Gobierno de la República del Ecuador, cursa invitación al Ministerio del Ambiente para el “Seminario -Taller Internacional de Intercambio de Información para el Combate de la Minería Ilegal”, que se llevará a cabo en la ciudad de Quito - República del Ecuador, del 29 de mayo al 1 de junio de 2012;

Que, a través del Memorando Nº 013-2012-GA/MINAM de 22 de mayo de 2012, se propone la participación del señor Ernesto Francisco Ráez Luna, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio del Ambiente, para asistir al citado Seminario -Taller, en calidad de representante del Ministerio del Ambiente;

(7)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Que, el artículo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú;

Que, la participación del representante del Ministerio del Ambiente en el citado Seminario - Taller Internacional se encuentra enmarcada en la excepción establecida por el artículo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 29812, en razón a que forma parte de las negociaciones que se vienen realizando en el seno de la Comunidad Andina para la suscripción de la “Decisión sobre Lineamientos de la Política Andina en materia de lucha contra la Exploración y Explotación, Extracción, Comercialización o Adquisición Ilícita de Minerales y su Efectos al Ambiente”, propuesto por el Gobierno de la República de Colombia; por lo que, resulta conveniente autorizar el viaje del mencionado funcionario, con cargo al presupuesto institucional;

Que, con Memorando Nº 335-2012-OPP-SG/MINAM de 23 de mayo de 2012, la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite el Certificado de Crédito Presupuestario sobre disponibilidad de recursos en la Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio del Ambiente;

Con el visado de la Secretaría General, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior del señor Ernesto Francisco Ráez Luna, Asesor de la Alta Dirección

del Ministerio del Ambiente, a la ciudad de Quito - República del Ecuador, del 29 al 30 de mayo de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto

del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (Tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 1,600.00 Viáticos (US $ 200 x 3 días) US$ 600.00

Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el

funcionario cuyo viaje se autoriza mediante artículo 1, deberá presentar un Informe detallado sobre el resultado del evento, así como hacer entrega de un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos.

Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana

de cualquier clase o denominación.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de

Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

(8)

Sistema Peruano de Información Jurídica

RESOLUCION DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 062-2012-PROMPERU-PCD

Lima, 21 de mayo de 2012

Visto el Memorándum Nº 140-2012-PROMPERÚ/SG, de la Secretaria General (e) de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;

Que, la Comunidad Andina ha convocado a las autoridades de promoción de exportaciones, a fin de que participen en la “X Reunión Comité Andino de Autoridades de Promoción de Exportaciones”, a realizarse el día 29 de mayo de 2012, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, con el objetivo de analizar, entre otros aspectos, la presentación conjunta del Perú, Colombia, Ecuador y Bolivia en la feria internacional “Food Hospitality China”, a realizarse en la ciudad de Shanghái, en el mes de noviembre de 2012, con la finalidad de promover las exportaciones de la región;

Que, por tal razón, la Secretaria General (e) de PROMPERÚ a propuesta de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, solicita que se autorice el viaje de los señores Luis Alberto Torres Paz y José Agustín Quiñones Baltodano, quienes prestan servicios en dicha institución, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que en representación de PROMPERÚ participen en la referida reunión, con el fin de realizar acciones de promoción de exportaciones;

Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, de los señores Luis Alberto

Torres Paz, del 29 al 30 de mayo de 2012 y José Agustín Quiñones Baltodano, del 29 al 31 de mayo de 2012, para que en representación de PROMPERÚ, participen en la reunión a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán efectuados con cargo al

Pliego Presupuestal: 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:

Luis Alberto Torres Paz:

Viáticos (US$ 200,00 x 2 días) : US$ 400,00

Pasajes Aéreos : US$ 1 524,00

José Agustín Quiñones Baltodano:

Viáticos (US$ 200,00 x 3 días) : US$ 600,00

Pasajes Aéreos : US$ 1 525,00

Artículo 3.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal que se autoriza a

través del artículo 1 de la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la reunión al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.

(9)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Artículo 4.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos

aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ

DEFENSA

Autorizan viaje de Delegación Peruana de Oficiales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a Brasil, en comisión de servicios

RESOLUCION SUPREMA Nº 228-2012-DE-

Lima, 25 de mayo de 2012

Visto, el Fax Nº 471/SCO.1/SCAI/CAE/EMCFA-MD del Sub Jefe de Asuntos Internacionales del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas del Brasil de fecha 26 de abril de 2012;

CONSIDERANDO:

Que, en el Segundo Asunto General del Acta de la XVI Reunión de Conversiones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas del Brasil y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, aprobada el 19 de octubre de 2011, en la ciudad de Brasilia - Brasil, el EMCFA de Brasil se compromete a realizar esfuerzos para concretar un encuentro entre los Estados Mayores Conjuntos de las Fuerzas Armadas de Brasil, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de Perú y el Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia para realizar una reunión Tripartita en Manaos/AM, en el primer semestre del 2012;

Que, mediante el Fax del Visto, el Sub Jefe de Asuntos Internacionales del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas del Brasil, comunica que el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de dicho país, realizará la II Reunión Tripartita en la ciudad de Manaos/AM - República Federativa del Brasil, del 28 al 31 de mayo de 2012;

Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la ciudad de Manaos/AM - República Federativa del Brasil a los Oficiales representantes de la Delegación Peruana que se nombran en la parte resolutiva, a fin que participen en la referida II Reunión Tripartita, la cual permitirá la cooperación y confianza mutua para contrarrestar las amenazas que se presentan actualmente en el área de frontera común, así como la cooperación entre nuestros países, fortaleciendo los acuerdos y mecanismos existentes entre las autoridades castrenses de Colombia, Brasil y Perú, contribuyendo a la paz y estabilidad de la zona fronteriza, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en beneficio del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú;

Que, la citada comisión ha sido incluida en el ítem 100 del rubro 5.- Medidas de Confianza Mutua, del anexo 1 (R.O.) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema Nº 014-2012-DE de fecha 13 de enero de 2012 y sus modificatorias;

Que, la duración del evento es de CUATRO (04) días, sin embargo, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM - Reglamento de la Ley de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, se le autoriza UN (01) día adicional de viáticos por conceptos de gastos de instalación y traslado;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora 002, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM

(10)

Sistema Peruano de Información Jurídica

del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE-SG del 19 de noviembre de 2009 - que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del 27 al 31 de mayo de 2012, a la ciudad

de Manaos/AM - República Federativa del Brasil, a la Delegación Peruana de Oficiales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a fin que participen en la II Reunión Tripartita entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Brasil (EMCFA), el Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia (CGFM) y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de Perú (CCFFAA), la cual estará integrada por el siguiente Personal Militar:

DNI

- Almirante José Ernesto CUETO Aservi 06783615

- General de Brigada Walter Fernando CHÁVEZ Cruz 43324212 - General de Brigada Fernando Hernán FITZCARRALD Guerrero 43290330 - Mayor General FAP Cesar Enrique VILLANUEVA Coz 09646677 - Capitán de Navío Oswaldo Enrique MURILLO Rocha 43290674

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que

correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasaje Aéreo: Lima - Manaos/AM (Brasil) - Lima

US$ 1,470.00 x 5 Oficiales (Incluye TUUA) US$ 7,350.00

Viáticos:

US$ 200.00 x 5 días x 5 Oficiales US$ 5,000.00

Total US$ 12,350.00

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización

a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4.- El personal militar comisionados deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular

de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de

ninguna clase o denominación.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y

por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART

Presidente del Consejo de Ministros JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa

(11)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Autorizan viaje de oficial FAP a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 229-2012-DE

Lima, 25 de mayo de 2012 CONSIDERANDO:

Que, el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR, fue suscrito el 23 de mayo de 2008 en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil;

Que, en la III Reunión Ordinaria de Jefas y Jefes de Estado de la UNASUR llevada a cabo el 11 de diciembre de 2008 en la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, se incorporó como parte de la estructura organizacional de la UNASUR al Consejo de Defensa Suramericano como órgano permanente de consulta, cooperación y coordinación en materia de Defensa;

Que, en la Reunión Extraordinaria del Consejo de Defensa Suramericano, llevada a cabo el 11 de noviembre de 2011 en la ciudad de Lima - República del Perú, se firmó la Declaración de Lima, en la cual se aprueba el Plan de Acción 2012, estableciendo las actividades a realizarse durante el presente año;

Que, en ese sentido, es necesario designar a un representante del Ministerio de Defensa para que viaje a la ciudad de Córdoba - República Argentina, a fin de participar en la “Conformación de un Grupo de Trabajo de expertos que, en un plazo de seis meses, presente un informe de factibilidad con vistas al diseño, desarrollo y producción regional de un Avión de Entrenamiento Básico - Primario Suramericano”;

Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el Item 7, del Rubro 5: Medidas de Confianza Mutua, del Anexo 01 del Plan Anual de Viajes Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema Nº 014-2012-DE-SG de 13 de enero de 2012;

De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE- del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE-SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio al Coronel FAP Ricardo Absalón GUERRA

DIAZ, de la Dirección Ejecutiva de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano - CDS para que participe en la “Conformación de un Grupo de Trabajo de expertos que, en un plazo de seis meses, presente un informe de factibilidad con vistas al diseño, desarrollo y producción regional de un Avión de Entrenamiento Básico - Primario Suramericano”, que se realizará en la ciudad de Córdoba - República Argentina, del 28 de mayo al 1 de junio de 2012.

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Administración General efectuará los pagos que correspondan, de

acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (Lima - Córdoba - Lima):

US$ 913.70 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 913.70

Viáticos:

US$ 200.00 x 1 persona x 5 días US$ 1,000.00 ---

(12)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Artículo 3.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la

Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del referido plazo cumplirán también con presentar la correspondiente rendición de cuentas, conforme a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

Artículo 4.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización

a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos

aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y

el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART

Presidente del Consejo de Ministros JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa

Dan por concluida designación de Presidente y Vicepresidente Académico(e) de la Comisión Organizadora del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 597-2012-DE-SG

Lima, 23 de mayo de 2012 CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28830, se reconoce al Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN como institución de perfeccionamiento de nivel de posgrado académico, con facultades para organizar y desarrollar programas de Maestrías y Doctorados, con mención en Desarrollo, Seguridad, y Defensa Nacional y como tal confiere los grados académicos respectivos;

Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28830 dispone que el Ministerio de Defensa, en coordinación con el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, designará una Comisión Organizadora que se encargará de organizar y adecuar el funcionamiento del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN a la Ley Universitaria, por un plazo de cinco (5) años, la misma que deberá presentar un informe al Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, a efectos de obtener la autorización de funcionamiento definitiva;

Que, mediante Resolución Nº 442-2009-CONAFU de fecha 27 de agosto de 2009, el Consejo Nacional para la Autorización y Funcionamiento de Universidades - CONAFU resuelve reconocer a los miembros de la Comisión Organizadora que se encargará de organizar y adecuar el funcionamiento del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN, propuestos por el Ministerio de Defensa;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 930-2009-DE-SG de fecha 02 de octubre de 2009, se designó, con eficacia anticipada al 01 de setiembre de 2009, al Dr. Segundo Vargas Tarrillo en su calidad de Presidente de la Comisión Organizadora del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN y al General de División EP (r) José Williams Zapata en su calidad de Vicepresidente Académico (e) de la referida Comisión Organizadora;

Que, mediante Resolución Nº 284-2011-CONAFU de fecha de fecha 15 de junio de 2011, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU admite a trámite el Informe Final del

(13)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Plan de Adecuación del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN e inicia el procedimiento de evaluación a través de una Comisión Calificadora, la misma que presentó su informe aprobatorio, el cual fue ratificado mediante Resolución Nº 653-2011-CONAFU de fecha 22 de diciembre de 2011, que resuelve aprobar el Plan de Adecuación del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN a la Ley Universitaria y a la Ley Nº 28830;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 344-2012-DE-SG de fecha 26 de marzo de 2012, se aprobó el Estatuto del Centro de Altos Estudios Nacionales, que regula y establece el funcionamiento institucional a través de la respectiva organización académica y administrativa, en adecuación a la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria y a la Ley Nº 28830;

Que, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 001-2012-DE, mediante el cual se modifica la Única Disposición Final del Reglamento de la Ley Nº 28830, los miembros del Consejo Superior serán designados mediante Resolución Ministerial del Sector Defensa;

Que, mediante las respectivas Resoluciones Ministeriales se designaron a los miembros del Consejo Superior del CAEN, con la finalidad de normalizar el funcionamiento académico y administrativo para consolidar el proceso de adecuación institucional;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el literal r) del artículo 8 de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- En vía de regularización, dar por concluida al 02 de mayo de 2012 la designación del señor

Doctor Segundo Vargas Tarrillo y del señor General de División EP. (r) José Williams Zapata como Presidente y Vicepresidente Académico (e) respectivamente, de la Comisión Organizadora del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN, dándoles las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ URQUIZO MAGGIA

Ministro de Defensa

ECONOMIA Y FINANZAS

Autorizan Transferencia de Partidas a favor del pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012

DECRETO SUPREMO Nº 077-2012-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se aprueba entre otros los presupuestos de los Pliegos Ministerio de Relaciones Exteriores y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de financiamiento recursos por operaciones oficiales de crédito considerados en el artículo 1 de la referida Ley, resulte necesario realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, se aplica el mecanismo de aprobación legal establecido en el numeral 4.1 del citado artículo, el cual señala que su aprobación se efectúa mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 248-2011-EF se aprueba la operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la suma de VEINTISEIS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 26 000 000,00), destinada a financiar parcialmente la Primera Fase del Programa

(14)

Sistema Peruano de Información Jurídica

“Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) - Primera Etapa”;

Que, la Oficina General de Economía y Desarrollo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través del Oficio Nº 260-2012-JUS/OGED-OPRE, ha informado que el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante el Oficio OF. “RE” (OPP) Nº 2-19-A/14, otorga opinión favorable para iniciar el proceso de transferencia de partidas, en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 500 000,00), del Proyecto “Pasos de Frontera Desaguadero (Perú-Bolivia) y Componentes Transversales en el Marco del Programa Pasos de Frontera Perú-IIRSA” a cargo del citado Ministerio y financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID a través del Contrato de Préstamo Nº 1836/OC-PE; a favor del Programa de “Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) - Primera Etapa” a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, financiado por el BID con el Contrato de Préstamo Nº 2534/OC-PE; lo cual permitirá ampliar el marco presupuestal del PMSAJ - Primera Etapa, logrando financiar parcialmente la gestión del programa y la ejecución de sus Conglomerados, Proyectos y Actividades;

Que, por lo antes expuesto, la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante el Oficio Nº 348-2012-JUS/SG, ha remitido un proyecto de Decreto Supremo por el cual se autoriza una transferencia de partidas del Pliego Ministerio de Relaciones Exteriores a favor del Pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 500 000,00), para el trámite correspondiente;

Que, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, mediante la Nota Informativa Nº 027-2012-EF/52.04, manifiesta no tener objeción respecto a la Transferencia de Partidas solicitada por el Pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por cuanto permitirá cumplir con el objetivo central de la Primera Fase del Programa de “Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) - Primera Etapa”;

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley Nº 29813 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y,

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 500 000,00), para la implementación de la Primera Fase del Programa “Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) - Primera Etapa”, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles

SECCION PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores

UNIDAD EJECUTORA 001 : Secretaria General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS

QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS

PROYECTO 2.058983 : Pasos de Frontera Desaguadero (Perú-Bolivia)

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 500 000,00 --- TOTAL EGRESOS 2 500 000,00 ========== A LA:

(15)

Sistema Peruano de Información Jurídica

PLIEGO 006 : Ministerio de Justicia y Derechos

Humanos

UNIDAD EJECUTORA 003 : Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia

ACCIONES CENTRALES

PROYECTO 2.017529 : Mejoramiento de los servicios de Justicia

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 500 000,00 ---

TOTAL EGRESOS 2 500 000,00

========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1. Los titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente norma, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente dispositivo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

2.2. La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en anexos que forman parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específicas; y, se presentarán junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente.

2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.4. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia en el artículo 1 del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO

Ministro de Economía y Finanzas PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR

(16)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de abril de 2012 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 370-2012-EF-15

Lima, 24 de mayo de 2012 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, modificada por las Leyes Nº 28323 y Nº 29788, establece la Regalía Minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que la Regalía Minera es la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos;

Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera;

Que, el numeral 16.5 del artículo 16 del Reglamento de la Ley de Regalía Minera aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modificatorias, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas determinará los índices de distribución de la regalía minera del último mes y/o del último trimestre, según sea el caso, los que serán aprobados mensualmente a través de una Resolución Ministerial;

Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF-43, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución de la Regalía Minera son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales de este ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;

Que, con base a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante el Oficio Nº 077-2012-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, según el Oficio Nº 53-2012-SUNAT/4C0000; y la Asamblea Nacional de Rectores -ANR, mediante el Oficio Nº 0023-2012-SE-DGPU/DE, la Dirección General Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales - DGDFAS del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Regalía Minera del mes de abril de 2012, según lo indicado en el informe Nº 065-2012-EF/64.03; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera pagada en el mes de abril de 2012;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera y sus modificatorias, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15 de la Ley Nº 28411, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modificatorias y complementarias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de abril de

2012, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del país beneficiados con la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondiente al mes de abril de 2012

consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, según los porcentajes y criterios de distribución establecidos en el artículo 8 de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, y el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera.

(17)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que

se refiere el artículo 1 será publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación oficial de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas

Autorizan viaje de consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad a la Federación Rusa, en comisión de servicios

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 372-2012-EF-43

Lima, 25 de mayo de 2012 CONSIDERANDO:

Que, por correo electrónico de fecha 18 de abril de 2012, la Secretaría del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) acompañó el programa de la Segunda Reunión de Altos Oficiales del APEC y Reuniones Conexas (SOM2), las que incluyen las reuniones del Comité sobre Comercio e Inversión (CTI) y del Comité Económico (EC) de dicho foro, a realizarse en la ciudad de Kazán, República de Tatarstan, Federación Rusa, entre el 20 de mayo y el 05 de junio de 2012;

Que, durante la reunión del Comité Económico (EC) se discutirán los objetivos del citado Comité para el año 2012; asimismo, se desarrollarán negociaciones sobre acuerdos comerciales y económicos en los cuales participa el Perú, los compromisos que surjan de esta reunión, serán ratificados en la Reunión de Ministros de Finanzas y en la Reunión de Líderes, que están programadas para el mes de setiembre del presente año; a su vez, en la reunión del Comité sobre Comercio e Inversión (CTI) se discutirá la lista de desgravación arancelaria de bienes y servicios medioambientales, los cuales se estima que sean reducidos al 5% hacia el año 2015, temas que son relevantes a los intereses comerciales y de política económica del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación del señor José Alfredo La Rosa Basurco, consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad, en las reuniones del Comité sobre Comercio e Inversión (CTI) y del Comité Económico (EC), que se realizarán del 29 al 31 de mayo de 2012, puesto que, permitirá que el Ministerio de Economía y Finanzas esté representado en la definición de compromisos del foro APEC para el año 2013;

Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 dispone que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor José Alfredo La Rosa

Basurco, consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Kazán, República de Tatarstan, Federación Rusa, del 27 de mayo al 01 de junio de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

(18)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al

Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes Aéreos : US$ 4 883,12 Viáticos (5 días) : US$ 1 300,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado consultor

deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de

cualquier clase o denominación a favor del consultor cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas

Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 015-2012-EF-15.01

Lima, 24 de mayo de 2012 CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo;

Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modificó el Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía;

Que, por Decreto Supremo Nº 244-2011-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2012;

Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 1 al 15 de mayo de 2012;

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o

rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias:

PRECIOS CIF DE REFERENCIA

(DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)

US$ por T.M.

Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera

en polvo

Del 1/5/2012 al 15/5/2012 312 588 643 3 817

(19)

Sistema Peruano de Información Jurídica

LAURA CALDERON REGJO Viceministra de Economía

Aprueban resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Bono de Incentivo por la Ejecución Eficaz de Inversiones (BOI), correspondiente al segundo período de evaluación - año 2012

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 010-2012-EF-50.01

Lima, 23 de mayo de 2012 CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 054-2011 se creó el Bono de Incentivo por la Ejecución Eficaz de Inversiones (BOI), con el objeto de incentivar a los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, a mejorar los niveles de ejecución del gasto en inversión, considerando los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto, y reducir la brecha de infraestructura con un enfoque territorial;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del procedimiento para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Bono de Incentivo por la Ejecución Eficaz de Inversiones (BOI), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 174-2011-EF, la evaluación del cumplimiento de las metas se realiza en dos períodos, el primero al 31 de diciembre del 2011, y el segundo al 31 de marzo de 2012;

Que, en el artículo 10 de la norma citada en el considerando precedente se dispone como meta de evaluación a la tasa devengado/PIA de los proyectos de inversión pública, la misma que utiliza para el segundo período de evaluación, la información otorgada por la Dirección General de Contabilidad Pública y registrada en el Sistema Integrado de Administración Financiera al 31 de marzo de 2012; de este modo, mediante la Nota Nº 032-2012-EF/51.01, la Dirección General de Contabilidad Pública ha informado los resultados relacionados con el cumplimiento de la meta establecida a los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, para el segundo período de evaluación;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 del referido Decreto Supremo Nº 174-2011-EF, los resultados de las evaluaciones son aprobados mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público, previo informe de la Dirección de Calidad del Gasto Público, como requisito previo para el otorgamiento de los recursos correspondientes; en tal sentido, mediante el Informe Nº 055-2012-EF/50.05, la Dirección de Calidad del Gasto Público informa los resultados del cumplimiento de las metas por parte de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, correspondientes al segundo período de evaluación - año 2012;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 174-2011-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Aprobar los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Bono de Incentivo por la Ejecución Eficaz de Inversiones (BOI), correspondiente al segundo período de evaluación - año 2012, conforme al detalle señalado en los Anexos Nº 01 y Nº 02, que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, establecer que los Anexos Nº 01 y Nº 02 a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS

Director General

(20)

Sistema Peruano de Información Jurídica

EDUCACION

Designan nuevos miembros de la Comisión Binacional de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana RESOLUCION SUPREMA Nº 014-2012-ED

Lima, 25 de mayo de 2012 CONSIDERANDO:

Que, en el marco de los convenios de intercambio cultural y educativo suscritos entre la República del Perú y la República del Ecuador, se emite el Decreto Supremo Nº 009-2010-ED mediante el cual se crea la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana, con el objeto de financiar los estudios de pre y postgrado a favor de estudiantes ecuatorianos en Universidades Peruanas Públicas y Privadas;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 283-2010-ED se aprueban las Normas Complementarias para la implementación de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana, cuyo artículo 12 establece que la Comisión Binacional está constituida por un representante titular y/o alterno de: i) La Embajada de la República del Ecuador en el Perú; ii) El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; iii) La OBEC del Ministerio de Educación; y iv) La Asamblea Nacional de Rectores;

Que, en virtud a dichas normas se expidió la Resolución Suprema Nº 005-2011-ED mediante la cual se designó a los miembros de la Comisión Binacional de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana en representación de las instituciones referidas en el considerando precedente;

Que, posteriormente el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Oficio OF.RE (DAC-RED) Nº 2-8/1, informa que se ha designado como nuevo representante de dicho Ministerio al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Alberto Carrión Tejada, en calidad de miembro titular, y se mantiene al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República José Guillermo Bernós Robles, en calidad de miembro alterno;

Que, asimismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante el FACSIMIL (DAC-RED) Nº 04, señala que la Embajada de la República del Ecuador en el Perú ha comunicado que el Gobierno de ese país ha designado al Embajador Diego Ribadeneira Espinosa como miembro titular y a la Segunda Secretaria María Eugenia Reyes Baquerizo como miembro alterno de la Comisión Binacional;

Que, la Oficina de Becas y Crédito Educativo-OBEC, mediante el Informe Nº 023-2012-MED-VMGI-OBEC, solicita la designación del señor Raúl Choque Larrauri (actual Jefe de la OBEC designado mediante Resolución Ministerial Nº 610-2011-ED) en reemplazo de la Mag. María Bazán Naupay;

Que, mediante la Ley Nº 29837 - Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, se crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, estableciéndose en el cuarto párrafo de la Cuarta Disposición Complementaria Final de dicho dispositivo legal que las becas originadas en el marco de los acuerdos internacionales se sujetan a dichos acuerdos y a las normas que para tal fin emita el Poder Ejecutivo y son administradas por el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo. Esta disposición incluye a la beca creada y normada por el Decreto Supremo 009-2010-ED;

Que, en ese sentido corresponde designar a los nuevos miembros de la Comisión Binacional de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana y en consecuencia modificar su conformación, a fin que dicha comisión pueda cumplir con las funciones previstas en el artículo 13 de las Normas Complementarias para la implementación de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designación

Referencias

Documento similar

If certification of devices under the MDR has not been finalised before expiry of the Directive’s certificate, and where the device does not present an unacceptable risk to health

In addition to the requirements set out in Chapter VII MDR, also other MDR requirements should apply to ‘legacy devices’, provided that those requirements

The notified body that issued the AIMDD or MDD certificate may confirm in writing (after having reviewed manufacturer’s description of the (proposed) change) that the

que hasta que llegue el tiempo en que su regia planta ; | pise el hispano suelo... que hasta que el

E Clamades andaua sienpre sobre el caua- 11o de madera, y en poco tienpo fue tan lexos, que el no sabia en donde estaña; pero el tomo muy gran esfuergo en si, y pensó yendo assi

[r]

SVP, EXECUTIVE CREATIVE DIRECTOR JACK MORTON

Social Media, Email Marketing, Workflows, Smart CTA’s, Video Marketing. Blog, Social Media, SEO, SEM, Mobile Marketing,