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(1)

CAPITULO III

“PROPUESTA DE UN CUADERNO DE CÁTEDRA PARA LA

ASIGNATURA CONTABILIDAD DE COOPERATIVAS, DE LA CARRERA

CONTADURÍA PÚBLICA, EN LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE.”

(2)

INTRODUCCIÓN

La presente propuesta consiste en un Cuaderno de Cátedra como guía teórica práctica para el desarrollo de la asignatura Contabilidad de Cooperativas, de la carrera Contaduría Pública, en la Universidad de Oriente. Esta constituida por Objetivos y Políticas sobre su manejo, programa de estudio y desarrollo del programa de la asignatura, estructurado de la siguiente forma: Unidad I, Generalidades del Sistema Cooperativo, Unidad II, Marco legal y técnico aplicable a las Asociaciones Cooperativas, Unidad III, Cooperativas de Producción, Unidad IV, Cooperativas de Servicio.

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1. OBJETIVOS Y POLÍTICAS SOBRE EL MANEJO DEL CUADERNO DE CATEDRA

OBJETIVOS.

- Presentar una herramienta bibliográfica que sirva para la adquisición de conocimientos referentes a los temas: Generalidades del sistema cooperativo, Marco legal y técnico aplicable a las Asociaciones cooperativas, Cooperativas de producción y cooperativas de servicio.

- Desarrollar cada tema considerando los aspectos teóricos legales.

- Presentar ejemplos prácticos de las diferentes cooperativas desarrollados en las unidades III y IV del programa de estudio.

POLÍTICAS.

- El docente que imparte la asignatura debe divulgar la existencia del , incorporándolo en la bibliografía de la misma.

- El lector deberá consultar el índice de la propuesta para verificar la existencia del contenido que desea estudiar.

- El Cuaderno de Cátedra podrá ser actualizado en caso de surgir una nueva normativa técnica o una reforma a la Legislación aplicable.

2. PROGRAMA DE ESTUDIO

2.1- DEFINICIÓN

Proyecto de acción que describe en orden secuencial y coherente los objetivos educativos, contenidos de enseñanza, actividades a realizar y formas de evaluación, en función del tiempo y otros factores.

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2.2 ELEMENTOS DE UN PROGRAMA DE ESTUDIO

a) Identificación

Este aspecto comprende las generalidades de la asignatura, como número de orden del pensum, código de la asignatura, pre-requisito necesario para cursarla, número de horas por ciclo, unidades valorativas, etc.

b) Descripción de la asignatura

Se refiere a la presentación de las diferentes partes que componen la asignatura, se explica brevemente los propósitos generales que se pretende con la materia, así como la interrelación de cada parte de los componentes en curso.

c) Objetivo General

Se debe sintetizar lo esencial o fundamental de la asignatura, por lo que su construcción debe estar expresada en forma genérica.

d) Unidades de estudio

Llamadas también unidades de aprendizaje, y es un área del contenido de la asignación; estas áreas se integran por contenidos, que a la vez representan objetivos de aprendizaje para los estudiantes.

e) Objetivo por unidad

Es el propósito que se pretende alcanzar por cada unidad de estudio.

f) Estrategias metodológicas

En esta parte se presentan la forma en que se desarrollará la asignatura, es decir se describe qué harán los docentes y qué ejecutarán los estudiantes

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g) Evaluación

Se define en forma detallada, clara y precisa, cómo se evaluará el conocimiento de los alumnos sobre el contenido, por lo que es necesario puntualizar los mecanismos, procedimientos e instrumento de evaluación.

h) Recursos

Es el conjunto de elementos materiales que se requieren para el desarrollo de los contenidos de la asignatura y que conllevan el logro del objetivo propuesto.

i) Bibliografía

Está formada por las fuentes de consulta bibliográfica que el docente selecciona con el propósito de abordar con mayor eficiencia los contenidos de la asignatura.

2.3 DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA DE CONTABILIDAD DE COOPERATIVAS

I. GENERALIDADES

-Asignatura: Contabilidad de Cooperativas -Número de Orden: 38

-Código: 038

-Pre-requisito: Organización y práctica Contable (032) -Número de horas por ciclo: 80

-Horas Teóricas Semanales: 2 -Horas Prácticas semanales: 2

-Duración de la Hora clase: 50 minutos -Duración del Ciclo: 20 semanas -Unidades Valorativas: 4

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II. DESCRIPCIÓN DE LA ASIGNATURA

Comprende el estudio de los orígenes del cooperativismo, clasificación y constitución de las cooperativas, aspectos legales aplicables, Políticas Contables, determinación y distribución de excedentes, principales cuentas aplicables a los sectores de las cooperativas y la forma de contabilizar ejemplos prácticos con relación a los registros contables.

III. OBJETIVO GENERAL

Proporcionar a los alumnos los conocimientos teóricos y prácticos relacionados con la Contabilidad de Cooperativas, describiendo la forma de constitución de una asociación cooperativa, la normativa aplicable y la forma de contabilizar sus operaciones.

IV. UNIDADES DE ESTUDIO

UNIDAD I

GENERALIDADES DEL SISTEMA COOPERATIVO

1- Objetivos

- Conocer los Antecedentes históricos de las Asociaciones Cooperativas - Definir la importancia y características de las cooperativas

- Establecer diferencias entre Cooperativas, sociedades mercantiles y otras Asociaciones

- Describir la Constitución, Dirección, Administración y vigilancia.

2- Contenido Programático

- Antecedentes históricos - Conceptos Básicos - Características

- Diferencias entre Cooperativas, Sociedades mercantiles y Otras Asociaciones - Constitución

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- Dirección, Administración y Vigilancia - Obligaciones Generales

- Exenciones y Beneficios

- Clasificación de las Cooperativas

- Principales estados financieros que se elaboran en las Asociaciones Cooperativas - Disolución y Liquidación

3- Estrategias metodológicas

- Clases expositivas - Discusiones grupales

5- Recursos

- Pizarra acrílica, plumones, borrador. - Láminas

- Proyector

UNIDAD II

MARCO LEGAL Y TÉCNICO APLICABLE A LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS 1- Objetivos

- Identificar la legislación y normas técnicas aplicables a las asociaciones cooperativas - Detallar los artículos de las diferentes leyes que regulan las obligaciones de las

Asociaciones Cooperativas así como las normas técnicas aplicables.

2- Contenido programático

- Leyes Tributarias - Leyes Mercantiles

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3- Estrategias metodológicas

- Discusiones grupales - Trabajo en equipo

4- Recursos

- Pizarra acrílica, plumones, borrador. - Diferentes Leyes - Láminas - Proyector - Internet UNIDAD III COOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN 1- Objetivos

- Identificar los diferentes tipos de cooperativas de Producción

- Determinar los libros principales y auxiliares así como las principales cuentas contables

aplicables a las cooperativas de producción

- Mostrar la contabilización de algunos ejemplos prácticos aplicables a las cooperativas de

producción

- Establecer la determinación y distribución de excedentes

2- Contenido programático

- Conceptos

- Tipos de cooperativas de producción - Base teórica y políticas contables - Libros principales y auxiliares

- Principales cuentas aplicables a las cooperativas de producción - Ejemplos prácticos

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3- Estrategias metodológicas

- Clases magistrales

- Desarrollo de ejemplos prácticos por parte del docente y alumnos - Trabajo en equipo

- Discusiones grupales

4- Recursos

- Pizarra acrílica, plumones, borrador.

- Ley General de Asociaciones Cooperativas y su Reglamento - Láminas

- Proyector

UNIDAD IV

COOPERATIVAS DE SERVICIO

1- Objetivos

- Identificar los diferentes tipos de cooperativas de servicio

- Determinar los libros principales y auxiliares así como las principales cuentas contables

aplicables a las cooperativas de servicio

- Mostrar la contabilización de algunos ejemplos prácticos aplicables a las cooperativas de

servicios

- Establecer la determinación y distribución de excedentes

2- Contenido programático

- Conceptos

- Tipos de cooperativas de servicio - Base teórica y políticas contables - Libros principales y auxiliares

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- Ejemplos prácticos

- Determinación y Distribución de Excedentes

3- Estrategias metodológicas

- Clases magistrales

- Desarrollo de ejemplos prácticos por parte del docente y alumnos - Trabajo en equipo

- Discusiones grupales

4- Recursos

- Pizarra acrílica, plumones, borrador.

- Ley General de Asociaciones Cooperativas y su Reglamento - Láminas

- Proyector

IV. EVALUACIÓN

- Laboratorios grupales e individuales - Exámenes parciales

- Tareas ex - aula

- Asistencia y bonos de participación

V- BIBLIOGRAFÍA

1. Ley General de Asociaciones Cooperativas y su Reglamento Decreto Legislativo No. 339

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

2. Código de Comercio

Decreto Legislativo No. 671

(11)

3. Ley de Sociedades de Seguros Decreto Legislativo No. 844

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

4. Código Tributario

Decreto Legislativo No. 230

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

5. Ley de Integración Monetaria Decreto Legislativo No. 201

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

6. Ley Orgánica del Sistema de Ahorro para Pensiones Decreto Legislativo No. 927

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

7. Decreto que obliga a Contratar personas con Limitaciones físicas Decreto Legislativo No. 247

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

8. Ley de Formación Profesional Decreto Legislativo No. 554

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

9. Disposiciones del Código de Salud, que se refiere a seguridad e higiene del trabajo Decreto legislativo No. 955 del 28 de abril de 1988

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

10. Ley General Tributaria Municipal Decreto Legislativo No. 86

(12)

11. Decreto 945. Establécense a favor de las Municipalidades de la República, Impuestos y Tasas que pagaran los Comerciantes Sociales o Individuales dedicados y autorizados para la Explotación de la Industria del Transporte.

Autor: Junta Revolucionara de Gobierno

12. Código de Trabajo Decreto Legislativo No. 15

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

13. Ley de Intermediarios financieros no Bancarios Decreto Legislativo No. 849

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

14. Ley especial de Asociaciones Agropecuarias Decreto Legislativo No 221

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

15. Ley y Reglamento del Seguro Social. Decreto Legislativo No 1263

Autor: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador

16. Recopilación de Decretos Publicados en el Diario Oficial durante 2000, Relacionados con la Contaduría Pública.

Instituto Salvadoreño de contadores Públicos.

17. Normas Internacionales de Contabilidad

Comité de Normas Internacionales de Contabilidad

18. Contabilidad de Entidades de Economía Solidaria. Segunda Edición Hernán Cardozo Cuenca.

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18- Tesis: La Administración de Asociaciones Cooperativas para la Producción Agrícola en El Salvador.

Realizada por Luís Alfredo Salazar, 1981.

(Universidad Centro Americana José Simeón Cañas)

19- Tesis: La Administración en las Cooperativas Agropecuarias del Sector Tradicional en los Departamentos de la Unión y Morazán 1979, 1986.

Preparada por: IVONNE ELIZABETH GUERRERO, GERBERTH LEMUS RIVERA Y CARLOS MURICIO RIVAS, 1988

(Universidad Centro Americana José Simeón Cañas)

20. Material Seminario “Aplicación de normas Internacionales de Contabilidad y de información Financiera en el Sector de Asociaciones Cooperativas”

Instituto Salvadoreño de Contadores Públicos Septiembre de 2003

20- “Diferencias entre sociedades cooperativas, asociaciones cooperativas y sociedades anónimas“

Universidad Politécnica de El Salvador, facultad de ciencias económicas Contabilidad de cooperativas, Lic. Víctor Arana

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Facultad de Ciencias Económicas

Carrera: Contaduría Pública Catedrático:

Asignatura : Contabilidad de Cooperativas

Unidad de aprendizaje No. 1

“Generalidades del Sistema Cooperativo”

Código : 032 Ciclo:

Horario Aula:

DESCRIPCION: Conoceremos el origen del cooperativismo, analizaremos las técnicas, normas, principios y leyes que rigen la formación de cooperativas, sus diferentes clases y el proceso de liquidación y/o disolución.

OBJETIVOS: Que los estudiantes conozcan el origen y cómo se constituyen las cooperativas, características, el proceso de constitución, su estructura y funcionamiento así como el proceso de liquidación de una asociación cooperativa.

Tiempo estimado

Contenido Temático

Metodología Recursos

Procedimiento de evaluación de

contenidos Fecha Minutos

1- Antecedentes históricos. Clase expositiva Material impreso xx-xx-xx xx

2- Conceptos Básicos Clase expositiva Material impreso xx-xx-xx xx 3- Características Clase expositiva Material impreso xx-xx-xx xx

4- Diferencias entre Cooperativas, Sociedades mercantiles y otras

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5- Constitución Clase expositiva Material impreso xx-xx-xx xx 6- Dirección, Administración y

Vigilancia Clase expositiva y Discusión grupal

Ley General de Asociaciones

Cooperativas xx-xx-xx xx

7- Obligaciones Generales Discusión grupal Ley General de Asociaciones

Cooperativas xx-xx-xx xx

8- Exenciones y Beneficios Discusión grupal Ley General de Asociaciones

Cooperativas xx-xx-xx xx

9- Clasificación de las Cooperativas Clase expositiva Ley General de Asociaciones

Cooperativas xx-xx-xx xx

10- Principales Estados Financieros que se elaboran en las

Asociaciones Cooperativas Clase expositiva Material impreso xx-xx-xx xx 11- Disolución y liquidación Clase expositiva y Discusión grupal Ley General de Asociaciones

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UNIDAD I

GENERALIDADES DEL SISTEMA COOPERATIVO

OBJETIVOS

- Conocer los Antecedentes históricos de las Asociaciones Cooperativas - Definir importancia y características de las cooperativas

- Establecer diferencias entre Cooperativas, sociedades mercantiles y otras Asociaciones

- Describir la Constitución, Dirección, Administración y vigilancia.

1- ANTECEDENTES HISTÓRICOS

1.1 ORÍGENES DEL COOPERATIVISMO MODERNO

El origen del cooperativismo moderno esta marcado a inicios del siglo XVIII, es decir hace más de 200 años. Para que podamos entender este acontecimiento debemos referirnos a los cambios profundos y estructurales que se dieron en la sociedad europea de esa época, lo que conocemos como LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL.

Es así como en 1764 se inventó la primera máquina de vapor. Este invento y otros más provocaron enormes cambios en la sociedad. La nueva tecnología y las nuevas demandas y necesidades que surgieron por la comunicación y la implementación de la industria, obligaron a mejorar cada día más los medios de producción para poder competir. Es entonces cuando nace el capitalismo.

Pero hablemos en qué momento surgió el cooperativismo. Las cooperativas surgieron en Europa a fines del siglo XVIII y principios del XIX, como una reacción popular de defensa frente a las situaciones de injusticia y abusos derivados de las condiciones imperantes de la época.

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1.2 ORIGEN DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DURANTE LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

En esta época, surgieron los grandes pensadores de la cooperación moderna con el fin de atenuar, en parte, los abusos que se cometían a nombre de la revolución industrial en contra de la clase obrera.

La revolución industrial provocó una historia muy obscura en la naciente clase obrera: Los barrios obreros al rededor de las fabricas viviendo en los sótanos de éstas, con salarios de hambre, como respuesta de los capitalistas a la enorme oferta de fuerza de trabajo en la que tenían jornadas de 14 a 16 horas diarias y condiciones de trabajo inhumanas, empleando a mujeres y niños hasta en trabajos pesados.

El abaratamiento de la mano de obra causó despidos masivos, y esta situación de desempleo, explotación y miseria cruda, llevó a los obreros otras formas de defensa. El pueblo empezó a pensar en remedios y alternativas; empezaron a soñar con un orden más justo en las relaciones socio económicas. Crearon sus propias fuerzas y colaboraron en el camino para dar respuestas aceleradas. En esta rebelión popular en contra de un sistema económico surgieron varios movimientos o corrientes.

Entre otros, surgió el movimiento cooperativo, en donde el pueblo en calidad de consumidor, empezó a luchar por bienes de consumo más justos y de mejor calidad y en materia socio económica, que procura defender a las personas en su doble carácter de consumidores y productores mediante la asociación de estas personas en forma de empresas propias, destinadas a satisfacer sus necesidades comunes.

Es indudable que el cooperativismo nació como respuesta de gente explotada cruelmente; obreros y campesinos, artesanos empobrecidos, empezaron a creer en la SOLIDARIDAD Y UNIDAD de los explotados y en la AYUDA MUTUA. En base a esto nacieron varias experiencias nuevas.

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En Inglaterra tenemos la cooperativa más antigua que nació en 1812 en Glasgow (Escocia) y aún existe.

Sin embargo, la experiencia más conocida y con mayor proyección internacional es y ha sido la cooperativa de consumo llamada SOCIEDAD DE LOS JUSTOS PIONEROS DE ROCHDALE, integrada por 28 personas que fueron en la historia cooperativa pioneros.

Ellos fueron los que elaboraron los principios cooperativos que a la fecha están vigentes.

Pero preguntamos ¿Cómo y cuando nació esta cooperativa? En 1843 en Inglaterra se conoció un auge de la industria de los tejidos. Los capitalistas hicieron grandes ganancias y los obreros vivían y trabajaban en la miseria. En ese año, los obreros se fueron a la huelga para exigir aumentos salariales, pero perdieron los huelguistas, los cuales fueron destituidos de su trabajo, quedando sin empleo. Fue así como 28 obreros tejedores desempleados y viviendo en extrema pobreza comenzaron a reunirse y a discutir qué podrían hacer para poder subsistir. Tuvieron la idea de comenzar a ahorrar por lo menos un penique diario, lo que en ese momento lógicamente fue un sacrificio enorme para las 28 familias.

Fue así como el 21 de diciembre de 1844 abrieron las puertas de su tienda cooperativa, con 28.00 libras esterlinas, en la que su primer inventario fue el siguiente: 22 libras de mantequilla, 50 de azúcar, 6 sacos de harina de trigo, 1 saco de avena y dos docenas de candelas. La primera cooperativa de consumo había nacido, pero lo más importante es que se basó en UNIÓN, SOLIDARIDAD, CONFIANZA, AYUDA MUTUA y SEGURIDAD EN ELLOS MISMOS.

Fueron estos 28 pioneros los que formularon por vez primera los VALORES Y PRINCIPIOS COOPERATIVOS. La importancia decisiva de Rochdale no estuvo en la apertura de otra tienda insignificante, sino en la aplicación por primera vez, de principios modernos que con el tiempo se convirtieran en los cimientos del magnifico desarrollo del cooperativismo, y que hoy se conocen en la historia de las cooperativas como Los principios de Rochdale. Posteriormente, se elaboraron los Estatutos de la Asociación, dándole vida en esta forma a los ideales de Robert Owen y William King, padres del cooperativismo ingles.

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Pero no sólo en Inglaterra surgieron cooperativas en esa época. En Dinamarca en el mismo año un grupo de campesinos tomaron la iniciativa de formar “Escuelas Populares de Secundaria”, con el fin de facilitar futuros proyectos. El movimiento cooperativo en Dinamarca surgió de la acción concientizadora de las escuelas populares con el objetivo primordial de la competencia extranjera.

En Alemania en 1848 Friedrich Raiffensen empujó la formación de “La Unión Panadera”, una panadería cooperativa mediante la cual se logró bajar el precio del pan. Mas tarde promovió las “Cajas Populares de Ahorro y Crédito” como un remedio a la pobreza de los trabajadores rurales y artesanos Industriales, naciendo de esta manera la primer cooperativa de ahorro y crédito

En Italia en 1865 fue Luigi Luzatti el que promovió las Cooperativas de Ahorro y Crédito, estableció la Responsabilidad Limitada (R. L.), con el fin de proteger a los asociados de escasos recursos. En 1893 establecieron que los Certificados de Aportación fueran en pequeñas cantidades.

Los primeros diez principios de las cooperativas fueron:

- Capital aportado por los socios recibirá un interés fijo y limitado. - Se ofrecerá peso y medida exacta.

- Productos vendidos a precio de mercado, sin ofrecer ni pedir crédito. - Poder de gobierno basado en el principio de un hombre un voto. - Igualdad de derechos para ambos sexos.

- Excedentes repartidos en proporción al patrimonio de cada socio. - Administración en manos electos periódicamente.

- Un porcentaje de sobrantes dedicados a fines educativos.

- Registro y auditoria de cuentas. Se presentará estados de situación.

- Reuniones regulares y frecuentes para discutir negocios y recibir sugerencias.

Esta primera y sencilla formulación se hizo a partir de los fracasos cooperativos previos (Owen, King y Oconor); recordemos que en Rochdale ya habían tenido una tienda cooperativa en 1844, que fracasó dos años después.

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Estos principios son la base del desarrollo cooperativo mundial por que son principios que en la práctica demostraron que funcionaban. Lo importante, lo verdaderamente importante de los valores y principios cooperativos es que CONDUCEN Y ORIENTAN LA ACCIÓN COOPERATIVA, de la empresa y los socios, permite identificarse y principalmente le dan sentido a las actuaciones organizativas e individuales. 11

1.3 EL COOPERATIVISMO EN AMÉRICA LATINA

Mucho antes que fuéramos conquistados por los españoles, nuestras culturas indígenas habían desarrollado diferentes formas de cooperación y reciprocidad en el trabajo productivo, en la distribución de los bienes producidos y distribución de la tierra.

Luego de la conquista de los españoles y con la influencia de los países europeos en América Latina, es que tenemos la creación bajo el modelo Rochdaliano de varias cooperativas; siendo Puerto Rico el país en que nació la primera cooperativa en 1873 llamada “Sociedad Cooperativa de Socorro mutuo Los Amigos del bien público”.

El cooperativismo llegó a América Latina a través de los inmigrantes europeos quienes estaban familiarizados con la experiencia cooperativa en Europa.

En la primera etapa no hubo ninguna ayuda de los gobiernos nacionales, no había ninguna legislación que reconociera a las cooperativas legalmente. Fue en Puerto Rico que en 1920 se promulgó la primera ley cooperativa, luego siguieron en América Central Guatemala, donde se promulgó la ley cooperativa en el año de 1949, y en nuestro país en 1969.

En Centro América, el cooperativismo ha impactado porque gracias a él se ha incrementado la producción y democratización del trabajo, se ha mejorado la distribución del ingreso, se ha fomentado el ahorro y participación activa y constructiva de la población en el desarrollo social y económico de dichos países.

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Actualmente el cooperativismo nacional está luchando por conquistar preponderadamente un lugar importante dentro de nuestra economía, pero si el movimiento cooperativo somos nosotros, el reto y la lucha es de nosotros, así es que todos debemos trabajar para que ese lugar sea conquistado por todos y para todos.

1.4 BREVE RESEÑA DEL COOPERATIVISMO EN EL SALVADOR

El origen y desarrollo del cooperativismo en El Salvador, está íntimamente vinculado con fenómenos económicos, sociales e ideológicos, que determinan su esparcimiento. El desarrollo del cooperativismo se enmarca dentro de la estructura socio- económica- política.

La historia del cooperativismo en El Salvador inicia desde 1896, año en que se establece la cátedra de “Cooperativismo”, incluyéndola como materia obligatoria en la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional.

1.4.1 PERIODO DE 1886 A 1929

Este período coincide con el estado liberal clásico o no intervensionista.

Este se caracteriza por la falta total de una política estatal definida hacia el cooperativismo. En este período hay una total falta de apoyo por parte del sector público a este tipo de organizaciones, como se demuestra por el número de cooperativas que se forman durante ese período. El Estado únicamente se limita a la promulgación de algunas normas legales que regulan la creación y funcionamiento de las cooperativas.

Es hasta 1904 que aparecen por primera vez en el Código de Comercio en el capítulo IV regulaciones para las cooperativas; titulado “CAPITULO IV DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS” y las define como “SOCIEDADES MERCANTILES”.

Es así que en 1914 se organiza la primera cooperativa de zapateros en La Cuesta del Palo Verde, San Salvador; en 1917 se constituye la “SOCIEDAD COOPERATIVA DE OBREROS DE EL SALVADOR FEDERADOS”, con fines de ayuda mutua, ahorro, moralidad, educación y beneficencia, en ambos casos, no se conoce mayores datos, sólo se sabe que existieron.

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1.4.2 PERIODO DE 1930 a 1949

El Estado a partir de la década de los 30 abandona su neutralidad económica y social, obligado por eso, éste define y dicta medidas dirigidas a estos campos. Estas medidas de hecho salen del marco legal de la constitución política de 1886. En esta nueva manera de ver es que el Estado favorece en alguna medida, el desarrollo de las cooperativas, en especial aquellas formadas por pequeños y medianos productores agrícolas, surgiendo así, en este período, varias cooperativas.

En 1935 surge la Cooperativa de Paneleros de Cojutepeque y Valle de Jiboa, la cual fracasó; entre 1938 y 1939 se funda la Cooperativa Algodonera de R. L. En octubre de 1940 se fundó la primera Caja de Crédito Cooperativa de Izalco, integrada por 40 accionistas.

El antecedente más remoto que tenemos de las cooperativas de ahorro y crédito se remonta a la creación de las cajas de crédito rural, que siguiendo el modelo de Raiffensen, fueron creadas en 1940.

El 21 de diciembre de 1942 se emitió el Decreto Legislativo No. 113, por medio del cual se decretó la Ley de Crédito Rural, dando lugar al nacimiento de la Federación de Cajas de Crédito el 10 de febrero de 1943.

1.4.3. PERIODO DE 1950 a 1969

El principio cooperativo fue elevado a principio constitucional, al ser incorporado en el régimen económico de la constitución política que entró en vigor el 14 de septiembre de 1950. El Estado institucionaliza la intervención, convirtiéndose este en promotor del desarrollo económico y social.

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A partir de 1950, el Estado promueve las clásicas cooperativas de ahorro y crédito que actualmente conocemos. Estas reciben un fuerte impulso a partir de 1964 por medio del programa CUNA-AID, del gobierno de los Estados Unidos, en coordinación con el gobierno de El Salvador.

En 1953 el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, organizó la sección de Fomento Cooperativo de Ahorro y Crédito, con el fin de promover cooperativas dentro de los obreros y artesanos.

En 1957 el Ministerio de agricultura y ganadería, creó la sección de Fomento Cooperativo Agropecuario y fue suprimida en 1964. En 1961 el Instituto de Colonización Rural ICR, adopta la política de agrupar en cooperativas a los adjudicatarios de tierra en donde fuese posible.

Entre los años 1958 y 1965 se constituye la cooperativa Lechera de Oriente de R. L., la cooperativa de Ganaderos de R. L., la cooperativa Lechera de Santa Ana y Cooperativa de Ganaderos de Sonsonate.

En 1965 la Administración de Bienestar Campesino, hoy Banco de Fomento Agropecuario, se hizo cargo de la sección de Fomento Cooperativo del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Uno de los hechos más relevantes en este período es la aprobación, por la Asamblea Legislativa, según decreto legislativo No. 559 del 25 de noviembre de 1969, de la “LEY GENERAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS” y la “LEY DE CREACIÓN DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO”, creándose el Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo (INSAFOCOOP) como el organismo rector del cooperativismo en El Salvador.

Este período tiene muchas cosas relevantes, es cuando surgen muchas instituciones que apoyan al cooperativismo, entre otras se encuentra FUNPROCOOP, que antes de este período funcionaba como un apéndice del secretariado Ínter diocesano, la misma FEDECACES e Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo, que nace en la sección de cooperativas del Ministerio de Trabajo, en el año de 1969.

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1.4.4 PERIODO DE 1970 A NUESTROS DÍAS

Con la aprobación de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, de El Salvador, y la creación del Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo, se propicia un auge en el fomento y creación de Asociaciones Cooperativas en el país.

En junio de 1970, se aprobó el “REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS” y el 8 de mayo de 1972 el “REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO”.

El período de 1979 a 1986 se caracterizó por el surgimiento de las cooperativas del sector reformado en El Salvador, las cuales nacieron durante un período de crisis a nivel mundial, que incidió en una forma sustancial en la débil economía salvadoreña por ser esta muy dependiente del sector agrario.

La caída de los precios internacionales en los productos agropecuarios de exportación, así como el conflicto interno por el que en ese momento comenzó a pasar el país originó no solo un debilitamiento a las cooperativas tradicionales creadas antes de 1979, sino que también inestabilizó el normal desarrollo del movimiento cooperativo del sector reformado.

En 1979 el país dio un giro en cuanto a su estado político, al tratar de incorporar fuerzas representativas a un nuevo régimen de gobierno, con la finalidad de opacar los problemas políticos y sociales que se habían venido gestando. Como resultado surgió un nuevo grupo político dominante que comenzó a impulsar una serie de programas sociales encaminados a disminuir las grandes diferencias sociales existentes en el país. Esta política contó con el apoyo del gobierno de los Estados Unidos, tanto económico como moral, y fue así como se procedió a la expropiación de tierras a través del decreto de la Reforma Agraria y a la creación de cooperativas del Sector Reformado.

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En este período el Estado impulsa varias reformas, siendo la de más impacto en el movimiento cooperativo la Reforma Agraria. En 1980 se emite el Decreto Legislativo 153, formulándose la Ley Básica de la Reforma Agraria. Se promulga el Decreto Legislativo 221 donde se dicta la Ley Especial de Asociaciones Agropecuarias, que en su Artículo 1 se crea el Departamento de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y se hace sujetos de adjudicación de las tierras expropiadas a las cooperativas agropecuarias, las que son integradas por los mismos trabajadores asalariados de la hacienda expropiada.

Por su parte el Ministerio de Agricultura y Ganadería emite el Decreto Ejecutivo No. 24 en 1980, denominado “Decreto de Creación de la comisión nacional de transformación agraria” que sería el encargado de definir el proceso de transformación de acuerdo a las líneas definidas por el Gobierno Central.

En la sección tercera se refiere a la adjudicación a las Asociaciones Cooperativas, en el Art. 57 faculta al ISTA para su consideración a las asociaciones Cooperativas Agrícolas ya constituidas de acuerdo a la Ley de Asociaciones Cooperativas, o que se constituyan conforme a la misma, cuyo tratamiento legal será de acuerdo a la ley en mención.

El ISTA, antes Instituto de Colonización Rural, inició sus actividades en junio de 1976, asignándole como principales funciones: la adquisición de tierras; la administración temporal de las propiedades, durante un período máximo de tres años; la adjudicación de dichas propiedades, y la promoción, organización y capacitación del campesino, para que este se incorporara como elemento positivo dentro del proceso de transformación agraria adoptada en esa época por el Gobierno de la República.

Dentro del actual proceso de Reforma Agraria iniciado el 6 de marzo de 1980, y bajo el amparo de la Ley Básica de la Reforma Agraria, Decreto No. 153, surgen nuevamente y en primer grado de importancia, las Asociaciones Cooperativas Agropecuarias, siendo mencionadas como beneficiarias en la asignación de tierras.

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En el Art. 23 de la Ley Básica de la Reforma Agraria, se determina que el desarrollo de la política agraria nacional, estará a cargo del Ministerio de Agricultura y Ganadería, siendo el ejecutor del programa de reforma agraria el Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria, de acuerdo a lo establecido en su Ley de Creación, siempre que no contraríe lo estipulado en la nueva ley.

Para consolidar el proceso al Instituto, se le modificó su antiguo sistema de trabajo, así como su estructura organizativa interna, asignándole como funciones primordiales: la asistencia técnica para el desarrollo comunal agrario y la asistencia técnica en aspectos productivos, incluyendo la primera, capacitación empresarial y capacitación cultural y para la alfabetización.

Las cooperativas del sector reformado fueron controladas por la Financiera Nacional de Tierras Agrarias (FINATA), y el Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA), siendo estas instituciones las encargadas de la organización, dirección y capacitación de sus integrantes, en cambio, las cooperativas del sector tradicional continuaron siendo reguladas por el Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo (INSAFOCOOP).

Las cooperativas de producción agropecuarias aparecen como tales hasta la década de los ´60. Las cooperativas que se organizan antes de ese período son más con sentido empresarial y de lucro, que con el sentido de solidaridad y ayuda mutua que tienen las cooperativas.

Es a partir de 1980, como resultado de la Reforma Agraria emprendida por el Estado, que las cooperativas agropecuarias pasan a ocupar el primer lugar, llegando a alcanzar en 1984 el 67% del universo cooperativo. Del total de las cooperativas agropecuarias existentes, se organizan como cooperativas de producción agropecuaria 485 cooperativas.

Las cooperativas de producción manufacturera, carecieron de apoyo por parte del Estado, su crecimiento ha sido raquítico y su tamaño es pequeño. Está integrado por sectores marginados, con bajos niveles educativos y tecnológicos, enfrentan problemas de comercialización por el tipo de producto que elaboran.

(28)

El origen del sector tradicional estuvo marcado por la necesidad de dar solución a problemas que se presentaban en común para la comercialización de productos y abastecimiento de insumos y se puede pensar que sí había cumplimiento de los principios cooperativos a nivel de empresa; mientras que en el sector reformado su origen fue diferente ya que su nacimiento no fue con carácter voluntario, sino impuesto a raíz de un decreto legislativo, impidiéndose el cumplimiento de los principios cooperativos de Libre Adhesión y Neutralidad Política.

Actualmente, las Asociaciones Cooperativas de producción agropecuaria, pesqueras y demás similares que desarrollen actividades técnicamente consideradas como agropecuarias (sean estas del sector Reformado o no Reformado), son reguladas por el Departamento de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería; todas las demás Asociaciones Cooperativas dedicadas a cualquier otro tipo de actividades, de acuerdo a la Ley General de Asociaciones Cooperativas, son reguladas por el Instituto de Fomento Cooperativo (INSAFOCOOP).

2- CONCEPTOS BÁSICOS

2.1. COOPERACIÓN

Cabe preguntarnos qué es la cooperación, cómo podemos definirla.

No será, en última instancia, la unión de esfuerzos y voluntades con el fin de alcanzar un objetivo común deseado por todos. En fin, podemos decir que la cooperación es el trabajo mancomunado y solidario, el esfuerzo mutuo que realiza un grupo de personas, una comunidad, todo un país, a fin de resolver sus diversos problemas y satisfacer sus necesidades y aspiraciones.

La cooperación es un hecho natural, y por tanto universal y eterno, en que la sociedad exige la existencia de fines comunes a los individuos asociados, y por consiguiente, la comunidad de esfuerzos para realizar tales fines. Esforzarse de común acuerdo, o por común consenso, o por instinto, para lograr un efecto único perseguido por todos los que actúan es cooperar.12

12

(29)

2.1.1. ELEMENTOS DE LA COOPERACIÓN

Si aceptamos la idea anterior, la cooperación tendría los siguientes elementos:

a) El hombre, actúa con sus semejantes a través del esfuerzo común;

b) La organización, que permite canalizar el esfuerzo común en beneficio de todos; c) El trabajo, es decir, ese esfuerzo común aportado por todos;

d) El objetivo, es decir, la finalidad que se persigue, es la misma que tiene que obedecer a los intereses y necesidades de quienes cooperan.13

2.1.2. CARACTERÍSTICAS DE LA COOPERACIÓN

La cooperación es un proceso, con las siguientes características:

a) Engloba a productores y consumidores que necesitan resolver sus problemas y satisfacer sus necesidades.

b) Pone en la misma condición de igualdad a los hombres, quienes por el esfuerzo común, pueden producir y distribuirse bienes con el consenso de todos.

c) Permite la mejor distribución de la riqueza, sin dejar al margen a ninguno de los que participan.

d) Hace posible que el esfuerzo individual y aislado adquiera gran fuerza a través de la unión permitiendo la solución de problemas que el hombre solo y aislado no podría resolver.14

2.2. COOPERATIVISMO

El cooperativismo es una herramienta que permite a las comunidades y grupos humanos participar para lograr el bien común. La participación se da por el trabajo diario y continuo, con la colaboración y la solidaridad.

13

Folleto informativo sobre cooperativas. Preparado por María Teresa Perla, Asesor cooperativo. Enero 2000. Pág.1

14

(30)

¿Cuál es el objetivo final del cooperativismo?

El cooperativismo busca desarrollar al HOMBRE, con el valor de la cooperación, de la igualdad, de la justicia, del respeto y del trabajo conjunto.

2.3 LA COOPERATIVA 2.3.1. GENERALIDADES

Las asociaciones cooperativas surgen como una respuesta a las necesidades de promover el desarrollo comunitario, ya que éstas son asociaciones abiertas y democráticas que proceden de una visión económica de tipo comunitaria, en donde el poder lo tienen los seres humanos y no el capital, su principio fundamental es la ayuda mutua y todos los asociados tienen los mismos derechos al igual que las mismas responsabilidades.

En forma general, podemos decir que una cooperativa es una asociación libre y voluntaria de personas, que bajo una base democrática y observando los principios cooperativos, unen sus esfuerzos y voluntades dentro de una empresa común, con el objeto de alcanzar beneficios también comunes. La institución cooperativa, tiene una doble naturaleza: ASOCIATIVA-EMPRESARIAL. Es decir, que tiene un elemento social y otro económico que están íntimamente vinculados, siendo que lo económico deba estar al servicio de lo social.15

2.3.2. CONCEPTO

“Es una asociación de personas organizada voluntariamente para servirse así mismo o a la comunidad”.

“Las cooperativas son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economía Social y Participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democráticamente”.

(31)

“Es una asociación de personas con un mismo vínculo común, que en forma libre, voluntaria, democrática y moral, buscan su liberación económica mediante una empresa común, la cual rendirá utilidades, no según el capital aportado, sino, según su participación en el uso de los servicios y en la formación de excedentes”. 16

“Una cooperativa es una asociación constituida por personas socialmente débiles, que se esfuerzan por lograr ciertos objetivos sociales dentro del marco de una empresa abierta a todos, y basada sobre la ayuda mutua y la responsabilidad social, como parte de un nuevo ideal de sociedad”.17

2.3.3 LA COOPERATIVA COMO ASOCIACIÓN

La cooperativa desde el punto de vista asociativo es una asociación de personas de carácter igualitario y que esta inspirada en una gestión finalizada por el servicio.

La cooperativa como asociación tiene las siguientes características:

a) El principio, objeto y fin de la cooperativa es la PERSONA y no los capitales o las cosas; es decir, que el hombre como ser igualitario libre y solidario con su semejante, es el objeto y fin de la cooperativa.

b) La cooperativa se basa en la convicción y no en la coacción económica, política o social. Es decir, las personas se integran a las cooperativas libre y voluntariamente.

c) La cooperativa no acepta práctica discriminatoria; dentro de ellas es posible adoptar cualquier credo político, religioso y oficial. La cooperativa es neutra en cuanto a sus miembros, PERO NO PUEDE SER NEUTRAL ANTE LOS PROBLEMAS Y LA REALIDAD DE LA SOCIEDAD. En fin, la cooperativa debe expresar la unidad dentro de la diversidad. d) Está integrada por personas de interés y necesidades comunes y funciona bajo el principio

de la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros. e) Es una institución educativa y de servicio.

16

(32)

2.3.4. LA COOPERATIVA COMO EMPRESA

En su aspecto económico, la cooperativa es una verdadera empresa de producción de bienes y servicios y como tal, tiene que ser tanto o más eficiente que la EMPRESA PRIVADA o LA EMPRESA PUBLICA, con la diferencia de que los BENEFICIOS de la empresa cooperativa se distribuyen entre sus asociados (sus dueños) que la han organizado; ESTOS BENEFICIOS NO IRÁN A PARAR A OTRAS MANOS.18

2.4. OBJETIVOS DE LAS COOPERATIVAS

9 Proporcionar a sus socios mercaderías y servicios a precios razonables.

9 Prescindir de los intermediarios comerciales, cuyos beneficios incrementan innecesariamente los precios.

9 Evitar la explotación de los miembros más débiles de la sociedad 9 Proteger los derechos del individuo como productor o consumidor.

9 Fomentar la comprensión mutua y la educación entre los socios y a la larga en toda la población.19

2.5. VALORES DE LAS COOPERATIVAS

Las cooperativas se basan en los VALORES DE: AYUDA MUTUA, RESPONSABILIDAD, DEMOCRACIA, IGUALDAD, EQUIDAD Y SOLIDARIDAD. Siguiendo la tradición de sus fundadores, sus miembros creen en los valores éticos de Honestidad, Transparencia, responsabilidad Social y Preocupación por los demás.20

18

Folleto informativo sobre cooperativas. Preparado por María Teresa Perla, Asesor cooperativo. Enero 2000. Pág.3 y 4

19

(33)

2.6 PRINCIPIOS DE LAS COOPERATIVAS

Los principios cooperativos son lineamientos por medio de los cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores. Estos principios son:

• LIBRE ADHESIÓN Y RETIRO VOLUNTARIO

El individuo debe poseer libertad de asociarse cuando lo desee contrayendo así responsabilidad para con la cooperativa. La afiliación no puede ser objeto de restricción sino únicamente por causas naturales o propias de ésta, y no por discriminación racial, social, política o religiosa. Además, el retiro de un asociado es voluntario, por tanto no podrá ser obligado a permanecer dentro de la asociación.

• ORGANIZACIÓN Y CONTROL DEMOCRÁTICO

Todos los asociados tienen los mismos derechos y obligaciones para con la cooperativa, cada uno tiene derecho a un voto, no importando las aportaciones en dinero que tengan, para elegir a sus representantes en la directiva.

• INTERÉS LIMITADO AL CAPITAL

Los miembros contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Usualmente reciben una compensación limitada, la cual, según la Ley General de Asociaciones Cooperativas, no será mayor a la tasa de interés que paga el sistema bancario por ahorros corrientes.

• DISTRIBUCIÓN DE EXCEDENTES ENTRE LOS ASOCIADOS, EN PROPORCIÓN A LAS OPERACIONES QUE ESTOS REALICEN CON LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS O SU PARTICIPACIÓN EN EL TRABAJO COMÚN.

Este principio establece que los excedentes obtenidos de las operaciones económicas de la cooperativa pertenecen a sus miembros y deben ser distribuidos de tal manera que se evite que un asociado se mantenga a expensas de los otros.

(34)

• FOMENTO DE LA EDUCACIÓN COOPERATIVA.

Consiste en que las cooperativas deberán formar un fondo especial para la educación de sus miembros, empleados, dirigentes y público en general.

• FOMENTO DE LA INTEGRACIÓN COOPERATIVA

Este principio establece que con el objeto de mejorar los intereses de sus miembros y sus comunidades, deben colaborar por todos los medios con otras cooperativas en el ámbito local, nacional e internacional.

3- IMPORTANCIA

Con el transcurso del tiempo se ha reconocido el importante papel de las cooperativas para lograr el desarrollo social y económico de los pueblos. En esta perspectiva se han conducido una serie de reuniones técnicas y se han promovido iniciativas concretas para destacar el vasto potencial de las cooperativas y otras organizaciones de apoyo solidario para el mejoramiento de las sociedades y, alcanzar así, la justicia social en las diversas partes del mundo.

El cooperativismo se considera como un movimiento con gran potencial para la producción de alimentos, el alivio de la pobreza, el empleo y la participación igualitaria de la mujer en el desarrollo, porque contribuye a eliminar ciertas situaciones de discriminación existentes en otro tipo de organizaciones y facilita su integración en la organización económica de las poblaciones en vías de desarrollo.

Además, la doctrina cooperativa sustentada en los principios de solidaridad e igualdad, constituye la plataforma de opciones orientadas a salvaguardar los principios de autonomía, democracia participativa y justicia social de los que se halla tan necesitada la sociedad actual latinoamericana.

(35)

4- CARACTERÍSTICAS

9 Están formadas por grupos de personas que se unen para hacer algo que individualmente no le sería fácil.

9 Tienen por objeto prestar algún servicio necesario o muy conveniente para quienes las componen.

9 Se basan en una actitud de colaboración personal, considerándose los socios agrupados para la solución de sus problemas.

9 Con respecto a sus asociados, actúan basados en el deseo de servir y no por el afán de lucro.21

5- DIFERENCIAS ENTRE COOPERATIVAS, SOCIEDADES MERCANTILES Y OTRAS

ASOCIACIONES.

5.1. CONCEPTOS

ASOCIACIÓN COOPERATIVA: Es una asociación de personas con un mismo vínculo común, que en forma libre, voluntaria, democrática y moral, buscan su liberación económica mediante una empresa común, la cual rendirá utilidades, no según el capital aportado, sino, según su participación en el uso de los servicios y en la formación de excedentes.

SOCIEDAD: Es el ente jurídico resultante de un contrato solemne celebrado entre dos o más personas que estipulan poner en común bienes o industria con la finalidad de repartir entre sí los beneficios que provengan de los negocios a que van a dedicarse.

ASOCIACIÓN: es un contrato de organización entre personas que ponen bienes y fuerzas en común para alcanzar un fin no económico de carácter desinteresado.

Según la ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro son asociaciones “todas las personas jurídicas de derecho privado, que se constituyen por la agrupación de personas para desarrollar de manera permanente cualquier actividad legal”.

21

(36)

5.2. ALGUNAS DIFERENCIAS ENTRE ASOCIACIÓN COOPERATIVA Y SOCIEDAD MERCANTIL.

COOPERATIVA.

1- La cooperativa, es una asociación de personas cuyo propósito es proporcionar servicios para satisfacer las necesidades de los asociados. 2- Exige la vinculación del

asociado con la institución, reúne a personas que tienen un interés común, un problema que resolver, una necesidad que satisfacer.

3- Se rige por el principio democrático que establece: un asociado, igual un voto.

4- Los asociados tienen iguales derechos, vale la persona humana.

5- La utilidad monetaria de la cooperativa, se reintegra a los asociados que contribuyen a formarla. Al capital se le

retribuye un interés limitado.

SOCIEDAD

1- La sociedad mercantil, es la unión de capitales y su propósito es el lucro, para repartir dividendos entre los accionistas.

2- No reconoce quiénes son sus clientes; reúne a personas que tienen dinero, como a inversionistas. La inversión genera grandes utilidades.

3- La gobiernan los mayores accionistas; una acción igual un voto.

4- Tienen mas derechos los que poseen mayor cantidad de acciones; vale el capital

5- Las ganancias obtenidas aumentan los dividendos de los accionistas, porque toda ganancia aumenta el valor de las acciones y el monto de los dividendos

(37)

6- La competencia permitida, tiene como base la buena calidad de los productos y el buen servicio.

7- El capital necesario para que funcione la empresa cooperativa es proporcionado por aportaciones de los asociados, representados por certificados.

8- Es manejada principalmente por los dueños o asociados.

9- Sus operaciones son a menor costo para los asociados.22

10- El interés de los certificados de aportación está limitado por la ley

11- La concentración es federativa y favorece a todas las unidades que la constituyen

12- El hombre es el primero en la escala de valores.

6- La competencia se hace a base de ofertas y garantías, que paga la misma clientela, con el precio más alto.

7- El capital necesario para que funcione la sociedad, es obtenido por medio de la venta de acciones. Los poseedores de acciones son conocidos como accionistas.

8- Es dirigida por ejecutivos, no dueños.

9- Sus operaciones dependen de la competencia. Pueden ser tan amplias como lo permitan las operaciones lucrativas.

10- Los dividendos de sus acciones fluctúan con las ganancias.

11- La concentración de personas favorece a las grandes en perjuicio de las pequeñas.

12- El dinero es primero en la escala de valores.23

23

(38)

5.3. ALGUNAS DIFERENCIAS ENTRE ASOCIACIÓN COOPERATIVA Y OTRAS ASOCIACIONES

COOPERATIVAS

1. Realiza actividades lucrativas para los socios.

2. Las aportaciones son reintegradas al socio en caso de retiro, renuncia o disolución.

3. Los excedentes se distribuyen entre los socios.

4. Se rigen por la Ley General

de Asociaciones Cooperativas.

ASOCIACIONES

1. Realizan actividades no lucrativas para los miembros o socios.

2. Las aportaciones no son reintegradas en caso de retiro, renuncia o disolución.

3. Los excedentes no se distribuyen, se capitalizan.

4. Se rigen por la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.

(39)

5.4. ALGUNAS DIFERENCIAS ENTRE ASOCIACIÓN COOPERATIVA Y SOCIEDAD COOPERATIVA

ASOCIACIÓN COOPERATIVA

1- Existen requisitos legales tales como: las personas naturales tienen que ser mayores de 16 años, excepto las que integran las cooperativas juveniles, y las personas jurídicas que las integran no deben perseguir lucro. 2- Se rigen por la ley especial “Ley

General de Asociaciones Cooperativas”.

3- Se constituyen mediante asamblea general de asociados fundadores con la autorización del INSAFOCOOP, levantándose acta constitutiva, con un mínimo de quince asociados.24 4- Se inscriben en el INSAFOCOOP y

en el Departamento de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

SOCIEDAD COOPERATIVA

1- No existe conforme a disposiciones legales o requisitos especiales, un socio puede ser cualquier persona natural o jurídica.

2- Se rige por el Código de Comercio

3- Es constituida por medio de escritura pública, con un mínimo de diez socios.

4- Se inscriben en el Registro de Comercio.

(40)

6. CONSTITUCIÓN

6.1 ASOCIACIONES COOPERATIVAS BAJO EL RÉGIMEN DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS DEL MAG.

6.1.1. PROCESO DE ORGANIZACIÓN

REQUISITOS BÁSICOS

- Que sus asociados tengan como mínimo 16 años de edad

- Que la cooperativa se constituya por los menos con quince personas

- Que el Documento Único de Identidad de los interesados establezca que son ganaderos, jornaleros, agricultores o pescadores, según sea el caso.

- Que los interesados no pertenezcan a otra cooperativa de la misma naturaleza.

PROCEDIMIENTOS A SEGUIR

- El grupo gestor interesado a constituirse deberá presentar solicitud al Departamento de Asociaciones Agropecuarias para promoverse como Asociación Cooperativa.

- El delegado del Departamento, asistirá a una reunión de promoción de la Asociación Cooperativa, para verificar que cumplan los requisitos.

- El grupo gestor interesado deberá presentar solicitud al Departamento, que los organice como Asociación Cooperativa.

- El delegado del Departamento, deberá asistir a una reunión de organización.

- El presidente provisional del grupo interesado deberá presentar la notificación de Asamblea de Constitución al Departamento, especificando día, hora lugar y agenda a tratar.

- El delegado del Departamento, asistirá a la Asamblea de Constitución, para su verificación. - Posteriormente a la Asamblea de Constitución, deberán presentar original y copia del acta

de constitución, conteniendo solicitud de inscripción y membresía, con las generales de los asociados.

(41)

- De existir observaciones en la revisión de dicha documentación, se le prevendrá para su respectiva corrección, caso contrario se da por admitida la documentación respectiva para su aprobación.

- No se publica en el Diario Oficial.

6.1.2. DISPOSICIONES GENERALES DE LA LEY ESPECIAL DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS

Art. 2

Las agrupaciones de campesinos organizados en los inmuebles expropiados y en los demás que en el futuro se adquieran de conformidad a la ley Básica de reforma Agraria, obtendrán su personería jurídica como asociaciones mediante la presentación del acta de constitución levantada en cada inmueble ocupado, en la intervención de los Delegados del ISTA y del MAG.

Art. 3

El Departamento de Asociaciones Agropecuarias del MAG abrirá un Libro de Registros, en el cual inscribirá el acta de constitución a que se refiere el Art. anterior, por medio de Decreto Ejecutivo, en ramo de Agricultura y Ganadería.

Art. 5

Para el Registro y otorgamiento de la Personería Jurídica a otros grupos de trabajadores agropecuarios organizados en sistemas diversos de uniones, federaciones o asociaciones de hecho que aún no tengan reconocimiento legal, bastará que presenten al Departamento de Asociaciones Agropecuarias del MAG, los Estatutos y certificaciones del Acta de Asamblea General, en que han sido electos los representantes de la agrupación.

Si la federación o agrupación a que se refiere el inciso anterior, reúnen varias pre cooperativas, deben inscribirse por separado cada agrupación, a fin de otorgarle a cada una su respectiva personería jurídica, bajo el mismo procedimiento señalado en el art. 3 de esta ley, y gozara de los mismos beneficios en el otorgamiento de créditos a la producción.

(42)

Art.10

Las asociaciones Cooperativas Agropecuarias a que se refiere esta Ley, cualquiera que fuere la denominación que adopten, noventa días después de su inscripción estarán obligadas a elaborar sus Estatutos, los cuales deberán ser aprobados por el Departamento de Asociaciones Agropecuarias.

En su funcionamiento se regirá en orden prioritario, por: a) Ley Básica de Reforma Agraria.

b) Ley General de Asociaciones Cooperativas.

c) Reglamento Regulador de Estatutos de Asociaciones Cooperativas. d) Estatutos de la Asociación.

6.2 ASOCIACIONES COOPERATIVAS BAJO EL RÉGIMEN DE INSAFOCOOP.

6.2.1 PROCESO DE ORGANIZACIÓN

a) Asamblea preliminar. Lo primero que se celebra es una reunión general de todas las personas interesadas, tratando de explicar la necesidad de organizar una cooperativa, haciendo ver las ventajas y los riesgos.

b) Una vez se ha logrado que la gente acepte la idea de organizar su cooperativa, el segundo paso es nombrar un “Comité Organizador” en el que vamos a depositar la responsabilidad de ayudar a la organización de la cooperativa, realizando aquellas actividades que el grupo no pueda hacer.

6.2.2. COMITÉ ORGANIZADOR SUS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES

El “Comité Organizador” puede estar formado por cinco, siete o más personas previamente seleccionadas, nombrándose entre ellas una directiva integrada por: un Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Síndico y Vocales, tratando que el Comité represente a todos los sectores del grupo o de la comunidad.

(43)

El propósito de este comité es orientar al grupo durante el proceso de organización, su período de funcionamiento será transitorio porque al momento de celebrarse la Asamblea General Constituyente cesará en sus funciones, es decir quedará disuelto.

Cualquier persona del grupo puede ser miembro del Comité pero deberán llenar los requisitos mínimos siguientes:

a) Tener interés en formar la cooperativa.

b) Deseo de capacitarse, estudiar y trabajar con todo el entusiasmo posible.

c) Estar en condiciones de dedicar suficiente tiempo, durante los primeros meses de organización de la cooperativa.

Dentro de las actividades que dicho comité debe efectuar están: 1.- Realizar un estudio preliminar para determinar:

a) El potencial de personas que puede llegar a tener como asociados la cooperativa. b) El número de personas que pueden ser asociados de inmediato.

c) La educación y orientación necesaria para el grupo interesado.

d) Requerimiento del capital necesario exigido por la Ley General de Asociaciones Cooperativas.

2.- La promoción de Asociados.

Una vez se tienen los requisitos mínimos y la manera como alcanzarlos, el comité puede llevar a cabo la promoción de asociados. Al principio, el grupo original puede ser pequeño y haya necesidad de aumentar el número, especialmente cuando el capital requerido es alto. Según la Ley General de Asociaciones Cooperativas, el número mínimo de Asociados para organizar la cooperativa es de quince, y se pagará por lo menos el 20% del capital social suscrito por cada Asociado.

(44)

El Comité debe celebrar cuantas reuniones o visitas crea conveniente para llevar el mensaje sobre la formación de la cooperativa al mayor número de personas previamente seleccionadas, así mismo, deberá solicitar y coordinar la ayuda que puedan brindarle las agencias de cambio (INSAFOCOOP, FEDECACES, ISTA, BFA, MAG, etc.) y lograr de la mejor manera su objetivo.

3.- Formación del Capital.

Simultáneamente, el comité debe empezar a colectar el dinero pagado por los asociados, referente al valor de cuotas de ingreso, compra de certificados de aportación y ahorros, debiendo para ello usar comprobantes de ingreso, los cuales deberán ser autorizados por el Tesorero o Colector del Comité; así mismo, abrir una cuenta de ahorros o cuenta corriente en cualquier banco o agencia para depositar provisionalmente los fondos recolectados. Esta cuenta se abre a nombre de tres personas: Presidente, Tesorero y Síndico, agregándose como sub cuenta el nombre de la cooperativa en organización ya que hasta ese momento carece de personería jurídica.

4.- Educación sobre Cooperativismo.

Una de las actividades más importantes del Comité Organizador es educar a los Asociados, la mejor manera de hacerlo es dando charlas, conferencias u organizar un Cursillo Básico con ayuda de la agencia promotora de cooperativas que tiene a su cargo el proyecto, la finalidad es que todos los Asociados conozcan los principios, filosofía y el funcionamiento de la cooperativa.

6.2.3. ASPECTOS LEGALES DEL COMITÉ ORGANIZADOR

El comité tendrá la responsabilidad de estudiar el proyecto de estatutos que le proporcione el INSAFOCOOP, el cual será discutido y adoptado de acuerdo al tipo, objetivos y necesidades de la cooperativa a organizar. En algunos casos esta actividad es delegada a un sub comité.

(45)

Una vez que el proyecto de estatutos se ha discutido y estudiado a conciencia, el comité convoca a la Asamblea Constituyente, a la cual debe asistir un delegado del INSAFOCOOP, en dicha Asamblea deberá tratarse los puntos siguientes :

a) Lectura, discusión y aprobación del proyecto de Estatutos. b) Suscripción del capital inicial (pagando de inmediato el 20%)

c) Elección de los miembros de los órganos de administración y vigilancia.

d) Redactar el Acta de Constitución, la cual deberá contener los Estatutos y será debidamente firmada por todos los Asociados.

e) Entrega de los fondos y documentos que tuvo en su período de gestión, al Consejo de Administración.

En resumen, podemos decir que para organizar y constituir una cooperativa, se deben seguir los siguientes procedimientos:

Paso Fundamental:

Reunir un grupo de personas que tengan un mismo problema o necesidad y que deseen resolverlo utilizando una cooperativa. También es necesario que en el grupo exista el deseo y la disposición de colaborar en el funcionamiento y administración, así como el deseo de formarse y capacitarse para llevar adelante su empresa.

Una vez cumpliendo estas condiciones, los pasos a seguir son: 1. Entrega de solicitud a gestores

2. Recepción de ella en el INSAFOCOOP

3. Traslado al Departamento de Fomento y Asistencia Técnica donde se asigna al asesor técnico.

4. Visita preliminar (Comité Gestor y Asesor Técnico)

5. Reunión con todos los interesados en la organización (15 personas mínimo) 6. Entrega de boleta de datos generales a los interesados

(46)

8. Recepción del perfil al Departamento de Fomento y Asistencia Técnica. 9. Entrega de estudio de viabilidad en el Departamento de Planificación. 10. Desarrollo del curso básico, que comprende lo siguiente:

¾ Area Legal

¾ Area Administrativa

¾ Área económica – financiera

¾ Historia, filosofía y doctrina cooperativa. 11. Estudio y elaboración del Proyecto de Estatuto.

12. Presentación del Proyecto de Estatutos al Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas del INSAFOCOOP, para su revisión y aprobación.

13. Solicitud para llevar a cabo la asamblea de Constitución, para lo siguiente: ¾ Elección del Consejo de Administración.

¾ Elección de la Junta de Vigilancia. ¾ Aprobación de Estatutos.

14. Evaluación general del proceso de organización del grupo donde se investigan los siguientes aspectos:

¾ Organizativo ¾ Social ¾ Económico ¾ Empresarial

15. Paralelamente a lo anterior, se nombra una comisión para que con la asistencia del asesor, elaborar el acta de constitución y seguidamente los Estatutos, los cuales serán presentados, en original y cuatro fotocopias al Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas, para su inscripción.

16. Entrega de personería jurídica.

17. Extensión de credenciales a directivos, previa solicitud.25

(47)

Reflexión:

Aunque el cooperativismo pueda usarse para resolver muchos de los problemas económicos y sociales del hombre, no podemos decir que las cooperativas sirven para resolver TODOS LOS PROBLEMAS. Cuando se constituye una cooperativa sin necesidad o justificación, casi siempre termina en fracaso.

Las cooperativas deben organizarse con el propósito de prestar un SERVICIO, cuando nadie esta dando este servicio o, cuando la cooperativa puede mejorar grandemente un servicio que se esta prestando en forma deficiente.

Las cooperativas se organizan con el propósito definido de triunfar y nunca con la idea del fracaso. Las cooperativas fracasan porque los elementos vitales que conforman su estructura, tales como la Asamblea General, Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, gerencia y comités, no cumplen sus propias funciones, y los asociados que integran y dirigen las cooperativas no aplican las normas técnicas que regulan, fortalecen y perpetúan la vida de este organismo.

El éxito de una cooperativa como grupo humano depende de la capacidad de sus asociados y dirigentes, y éste debe ser el propósito de capacitarlos y proporcionarles herramientas útiles de trabajo, que les permitan cumplir con sus objetivos.

6.2.4. DISPOSICIONES FUNDAMENTALES DE LA LEY GENERAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS Y SU REGLAMENTO

Art. 15

Las Cooperativas se constituirán por medio de Asamblea General celebrada por todos los interesados, con un número mínimo de asociados determinado según la naturaleza de la Cooperativa, el cual en ningún caso, podrá ser menor de quince.

En dicha Asamblea se aprobarán los Estatutos y se suscribirá el capital social, pagándose por lo menos el 20% del capital suscrito.

(48)

El acta de Constitución será firmada por todos los asociados. En caso de que hubiere asociados que no pudieren firmar, se hará constar esa circunstancia y dejarán impresa la huella digital del dedo pulgar derecho y en defecto de éste, la huella de cualquiera de sus otros dedos, y firmará a su nombre y ruego otra persona. Los interesados que desearen constituir una Cooperativa podrán solicitar al organismo estatal correspondiente, el asesoramiento y asistencia del caso. (Art. 3, 4, 8 y 9, R.L.G.A.C.)

Art. 16

Una vez que la Cooperativa se haya constituido, solicitará su reconocimiento oficial su inscripción en el Registro Nacional de Cooperativas del INSAFOCOOP, y a fin de obtener la personalidad jurídica, la Cooperativa presentará Certificación del Acta de Constitución firmada por el Secretario del Consejo de Administración. Los asientos de inscripción, así como las cancelaciones de las mismas por disolución y liquidación de la Cooperativa inscrita, se publicarán en extracto por una sola vez en el Diario Oficial. La oficina de Registro librará el mandamiento respectivo para su publicación. (Art. 4 - 6 R.L.G.A.C.)

Art. 17

Las Cooperativas deben llevar al principio de su denominación las palabras "ASOCIACIÓN COOPERATIVA" y al final de ellas las palabras "DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" o sus siglas "DE R.L." El INSAFOCOOP no podrá autorizar a la Cooperativa cuya denominación por igual o semejante, pueda confundirse con otra existente. (Art. 9, R.L.G.A.C.)

7. DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA.

7.1 ESTRUCTURA DE LAS COOPERATIVAS

Dentro del proceso de organización de las cooperativas uno de los elementos más importantes se refiere a su estructura. En esta sección trataremos de analizar los elementos que la componen, su función y la relación que mantienen dichos elementos entre sí.

(49)

Según la Ley General de Asociaciones Cooperativas, Art. 32, la Dirección, Administración y Vigilancia de las Cooperativas estarán integradas por su orden:

a) La Asamblea General de Asociados; b) El Consejo de Administración; c) La Junta de Vigilancia.

Los órganos de administración y vigilancia, son considerados como los cuerpos ejecutores de las órdenes de los socios, están constituidos por:

o Consejo de administración o Junta de vigilancia

o Comités

Los comités son nombrados de acuerdo a las funciones específicas que desarrolla la cooperativa. Los comités más usuales son:

o Educación o Crédito o Suministro y calidades o Comercialización o Consumo 7.1.1 ASAMBLEA GENERAL 7.1.1.1 CONCEPTO

Es la máxima autoridad dentro de una cooperativa, es la unidad rectora y responsable de dictar las políticas y lineamientos que guían sus actividades en general. Está formada por todos los socios, decide, aprueba y autoriza las acciones que deben ejecutarse.

Referencias

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