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Mancomunidad de Municipios Costal del Sol Oriental-Axarquía

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UNIVERSIDAD DE MALAGA

Facultad de Derecho

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS COSTA DEL SOL

ORIENTAL-AXARQUIA

Benedicto Carrión García

(2)

1

TESIS DOCTORAL

SOBRE

LA MANCOMUNIDAD COSTA DEL SOL

ORIENTAL-AXARQUIA

Doctorando: Benedicto Carrión García.

Director de Tesis: Profesor Doctor D. Ángel Sánchez Blanco, Catedrático de

Derecho Administrativo

(3)

AUTOR: Benedicto Carrión García http://orcid.org/0000-0002-6716-0186

EDITA: Publicaciones y Divulgación Científica. Universidad de Málaga

Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional:

Cualquier parte de esta obra se puede reproducir sin autorización pero con el reconocimiento y atribución de los autores.

No se puede hacer uso comercial de la obra y no se puede alterar, transformar o hacer obras derivadas.

http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode

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3

ÍNDICE

I. Abreviatura utilizada………...15

II. Introducción...17

I PARTE: LA HISTORIA DE LA MANCOMUNIDAD A TRAVES DE SUS ACTAS II. El Decreto... 21

III. Constitución de la Mancomunidad Costa del Sol Oriental,... 23

IV.- Denominación de la Mancomunidad... 27

V. Mancomunidad: una idea………...……….………….………... 29

VI. Mancomunidad: Entidad local y gestor de servicios públicos……..………..… 33

VII. Cuestiones previas, antes de entrar en un análisis de la actividad de la Mancomunidad costa del sol oriental, después Axarquía……… 35

A. ¿Qué dimensiones tiene que tener una mancomunidad?... 35

B. La mancomunidad como solución a municipios pequeños……….... 38

C. ¿Mancomunidad, un fenómeno democrático?... 40

D. En particular: La mancomunidad Costa del Sol Oriental……….… 40

VIII. Trazos sobre la vida de la mancomunidad Costa del Sol Oriental- Axarquía a través de sus actas………..………...….…….…. 45

A. Década de los 70 (1972-1979)……….………..…. 45

B. Década de los 80 (1980 a 1989)……….…….…..………. 48

C. Años 1990 a 1995 los años de las subvenciones……….…..……….... 50

D. Años 2007-2015: Años de subvenciones, urbanismo y política………..……...….………. 51

IX.- Turismo y Mancomunidad………..………..………... 55

A. Turismo en el territorio de la Mancomunidad……….……….…..……….... 55

B. Aproximación legal y conceptual del Turismo……….….…..………..… 57

C. Competencia en materia de Turismo: Estatutos de la Mancomunidad y la normativa……….… 58

a) Estatuto de la Mancomunidad de la Costa del Sol Oriental de 1972……… 58

b)Estatuto de la Mancomunidad de la Costa del Sol Axarquía de 1993……….………... 60

c)Estatuto de la Mancomunidad Costa del Sol-Axarquía 2006………..……… 61

d)Estatuto de la Mancomunidad Costa del Sol-Axarquía 2015……….... 63

D. Competencia de Turismo en la normativa local y sectorial……….………..….... 64

E. Actividad turística desarrollada por la Mancomunidad………....….… 66

a) El primer año……….……….……….…….………. 66

1. Una política de difusión de los Municipios de la Mancomunidad……….……… 66

2. Política de participación en eventos……….………. 66

3. Festivales y concursos de embellecimiento de pueblos……….… 66

4. Subvenciones………..……… 67

b) Segundo año y tercer………..………..…… 67

1. Una política de difusión de los Municipios de la Mancomunidad……… 67

2. Política de participación en eventos……….………..…. 68

3. Festivales y concurso de embellecimiento de pueblos……… 68

4. Subvenciones concedidas……….………..……. 69

5. Subvenciones solicitadas………..…...….. 69

c) El ocaso del ejercicio de la materia turística, o el turismo, como razón de ser de la Mancomunidad……….……….…. 69

(5)

4

2. Política de participación en eventos……….………..…….…. 70

3. Festivales y concursos de embellecimiento de pueblos……….……. 71

4. Subvenciones otorgadas………..….. 71

5. Subvenciones solicitadas……….………..………….….. 71

6. Iniciativas turísticas……….………..….…. 72

d) Otros actuaciones……….………. 73

e) Valoración de la actividad de la Mancomunidad durante.los años 1972-1995……… 73

f) La acción turística de la Mancomunidad durante los años 2007-2015………..……… 80

g) Valoración de la actividad de la Mancomunidad durante los años 2007-2015……….… 83

h) Mancomunidad, ¿una fórmula administrativa a los retos del turismo?... 89

i) El turismo en las actas de la Comisión Gestora/Junta de Mancomunidad……….….. 91

X. Urbanismo………...………....……….…..………. 93

A) Mancomunidad y Urbanismo……….. 93

B) El Urbanismo en las actas: Años 1972-1995……… 95

a) Análisis de los acuerdos de la Comisión Gestora hasta 1980……….……….. 95

1.- Urbanismo y turismo……….……...…… 95

2.- Plantilla……….…..…..…… 96

3.- Personal de la Oficina Técnica de Urbanismo:……….…..…………. 98

- Arquitecto………..…………..……. 98

- Aparejador, delineante y ordenanza……… 98

- Ingeniero de caminos………... 99

b) Trabajos realizados por la Oficina Técnica en los años 1972 a 1995……….…… 99

1. Aspectos negativos………..…..……. 100

2. Aspectos positivos…….………..……... 101

3. Trabajos realizados por la OTU………....……… 101

a) Trabajos concretos realizados que se recogen en las actas. b) Servicios prestados en determinados periodos haciendo constar su valoración. 4.- La Mancomunidad y la Diputación………..….. 103

5.-Opinión sobre la Oficina Técnica en los años 1972 a 1995………..….… 104

6.- Oficina Técnica de Urbanismo y desempleo……….…… 106

7.Trabajos de colaboración realizados con ayuntamientos no mancomunados….….. 107

C) El Urbanismo en las actas: Años 2007-2015………..………..………..……….… 107

D) Competencia estatutaria urbanística y sus modificaciones……….…………..……….…… 108

1) En el Estatuto de 1972………...…. 108

2) En el Estatuto de 1992……….……..…. 108

3) En el Estatuto de 2006……….…………..…..…… 109

4) En el Estatuto de 2015………..………..………. 111

E) Situación urbanística de la Axarquía………..………….….……….. 111

F) Instrumentos de planeamiento que operan en la Axarquía………..…………... 112

G) La Mesa del Urbanismo………..……….... 113

H) Epílogo del urbanismo……….…………..……….……..… 114

I) El urbanismo en las actas de la Comisión Gestora/Junta de Mancomunidad……….………..…. 116

XI. Las playas………..……….…………..…..….….. 117

A) Municipios con playas………..…….... 117

B) Vertidos al Mar………..….……. 118

a) Obligación de depuración de aguas residuales……….….….. 118

b) La fotografía actual………..………..……. 118

C) Competencia sobre Playas……….…….….….. 119

a) Competencia Territorial………....….. 120

(6)

5

D) Las playas en las actas de la Mancomunidad………...… 126

a) Playas en los años 1972-1995……….….. 126

1º.-Bienes con destino a la limpieza de playas……… 127

2º.- Servicios y trabajos limpieza en las playas……….. 129

3º.- Planes e instrumentos de ordenación de las playas………. 129

4º.- Merenderos, chiringuitos, aprovechamientos de playas……….. 130

5º.- Desempleo y playas……….……….……..… 132

6º.- Otros……….………... 133

b) Playas en los años 2007-2015……….….. 134

E) Análisis………..………… 134

a) Valoración de la acción en las playas hasta 1995……….……….. 137

b) Valoración de actividad desarrollada por la Mancomunidad en materia de playas desde el periodo de 2007 a 2015………..…… 139

c) Algunas cuestiones finales de las playas………..………. 139

F) Las playas en las actas de la Comisión Gestora/Junta de Mancomunidad……….……… 140

XII. La economía de la Mancomunidad………...….…………..……….………..……… 141

A) Presupuestos de la Mancomunidad………..……….………... 141

B) Aspectos formales de la gestión económica de la mancomunidad………….………..… 142

a) Aprobación de los Presupuestos de la Mancomunidad……… 142

b) Cuentas de Caudales……….. 143

c) Cuentas de Valores Independientes y Auxiliares del Presupuesto……… 144

d ) Cuentas de Administración del Patrimonio………..……… 145

e) Cuentas Generales……….. 146

C) Gestión económica de la Mancomunidad……….……….……… 147

a) Importes totales de los distintos Presupuestos de la Mancomunidad………. 147

b) Gastos del capítulo I, de personal, evolución……….……….. 148

c) Compra de bienes corrientes y servicios……… 150

d) Intereses……….……….….… 151

e) Inversiones……….……….….… 152

f) Transferencias corrientes……….……….……... 154

g) Ingresos del capítulo III, de Tasas y otros ingresos……….……….…. 155

h) Liquidación……….……….…..… 156

i) Aportaciones de los Ayuntamientos que consta en las actas……… 158

i) Operaciones de tesorería………. 160

j) Ahorro Neto………... 162

D) Ordenanzas fiscales……….……….… 163

a) Normativa sobre potestad tributaria. ………..…..……….…. 163

b) Potestad tributaria en los Estatutos de la Mancomunidad………...… 164

c) Acuerdos de la Mancomunidad sobre establecimiento e imposición tributaria en los años 1972-1995………..…. 164

d) Los acuerdos de la Mancomunidad en materia tributaria en los años 2007 a 2015………..………..…… 165

E) Situación financiera de la Mancomunidad Costa del Sol-Axarquía………...….. 166

A) Hechos que ponen de manifiesto la situación económica grave de la Mancomunidad…… 166

B) Anexo sobre hechos que ponen de manifiesto la situación económica grave en las actas de la Comisión Gestora/Junta de Mancomunidad………..….. 171

C) Posibles soluciones a la financiación de las mancomunidades……….. 172

D) Curiosidad: Robo con violencia en la sede de la Mancomunidad……….. 172

E) Anexo sobre robo con violencia en la sede de la Mancomunidad, en las actas de la Comisión Gestora/Junta de Mancomunidad………..……… 173

(7)

6

XIII.- La sede………..………...………...……… 175

A) Estatutos……….……….…….…. 175

B) Historia de la construcción de la sede Mancomunidad………. 175

C) Epílogo reflexivo……….………..…………. 179

D)Dato curioso………..………. 179

E) Anexo sobre la sede en las actas de la Comisión Gestora/Junta de Mancomunidad……… 179

XIV.-Grandes actuaciones en los que se centra la Mancomunidad durante la década de los años 70…………... 181

A) Centro Hospitalario Comarcal………..……….………..……. 181

1. Acción política sobre cuestiones no competenciales de la Mancomunidad. Un ejemplo, la construcción del hospital de la Axarquía………..…… 181

2. Valoración de la naturaleza política de la Mancomunidad……… 183

3. Anexo sobre el centro hospitalario comarcal en las actas de la Comisión Gestora/Junta de Mancomunidad………….……….……….… 184

B) Obras de saneamiento (abastecimiento de agua, colectores, Depuradoras y Emisarios)……….………. 184

Estatutos de la Mancomunidad: competencia sobre abastecimiento y saneamiento………..……….. 184

b. Las obras de abastecimiento y saneamiento de los años 1970-1990……….……….. 185

c. El Proyecto de las obras……….… 186

d. Los convenios de cooperación, 1990………..……….… 187

e. El embalse de La Viñuela……….………..….. 189

f. Axaragua SAU: fuente de ingreso de la Mancomunidad……….…….…… 194

g. Crítica………..….. 196

h. Axaragua y la Diputación……….……. 197

i. Anexo sobre obras de saneamiento en las actas de la Comisión Gestora/Junta de Mancomunidad……….……… 196

C) Autovía del Mediterráneo por la Axarquía.………..………..……… 197

 Acción política sobre cuestiones no competenciales de la Mancomunidad. Un ejemplo, la construcción de la autovía a su paso por la Axarquía……….... 197

b. La autovía en las actas de la Mancomunidad Costa del Sol Axarquía……….... 197

c. Anexo sobre la autovía en las actas de la Comisión Gestora/Junta de Mancomunidad……….. 199

XV. Parque Móvil………..……… 201

A) Los Estatutos……….……….……. 201

B) Finalidad de este parque de maquinaria……….………..……… 201

C) El parque de maquinaria en las actas de la Mancomunidadhacia su constitución……….…… 202

D) Construcción de una Ejecución de las obras……….………... 202

E) Servicio de Parque Móvil……….………….…………. 203

F) Problemas del servicio Parque Móvil………...….…….……. 204

G) Sucinta valoración del servicio de maquinaria……….……...……… 205

H) Una reflexión sobre los servicios auxiliares y complementarios que presta la Mancomunidad…….………205

XVI. Servicio de Extinción de Incendios……… 207

A) Los Estatutos de la Mancomunidad sobre el Servicio de Extinción de Incendios………….……….… 207

B) El servicio de extinción de incendios en las actas……….………. 207

XVII. Organización política y administrativa………..……… 211

A) Presidente:……….……….. 211

a) Estatuto de 1972. Presidentes: Rotativos, tres años y condición de alcalde……….…… 211

1. Elección………..……….…... 211

(8)

7

b) Estatuto de 1993.Presidente: Electivo por los miembros de la Junta de

Mancomunidad por el periodo máximo del mandato municipal. ……….….……… 212

1. Elección……….……….………….….… 212

2. Atribuciones……….….……. 213

c) Estatuto de 2006 y 2015………..…..……….……. 214

1. Elección……….……….…...…. 214

2. Competencias del presidente……….……….…. 215

B) El vicepresidente………..………... 215

a) En el Estatuto de 1972.Sistema rotativo……….….… 215

b) Vicepresidente en el Estatuto de 1993. Designación de la presidencia…….………. 215

c) Vicepresidencia en los Estatutos 2006 y 2015……….….…. 215

C) Comisión Municipal Permanente, Comisión de Gobierno, Junta de Gobierno Local………. 216

a) Creación de la Comisión de Gobierno……..………...….…. 216

b) Funcionamiento y composición……….………..….…. 216

c) Actas………...………..……….…...…... 217

d) Atribuciones……….……….…..…….. 217

e) Valoración………..….……... 217

f) Comisiones resolutivas, una propuesta……….……… 219

D) Comisión Gestora/ Junta de Mancomunidad……….…… 219

a) La Comisión Gestora en el Estatuto de 1972………... 219

1.-Composición de la Comisión Gestora de 1972 a 1993………..…... 219

2.- Atribuciones de la Comisión Gestora de 1972 a 1993………..…. 219

b) La Junta de Mancomunidad en el Estatuto de 1993……….………....… 220

1.-Composición de la Junta de Mancomunidad de 1993 a 2006………..……... 220

2.- Atribuciones de la Junta de Mancomunidad de 1993 a 2006………..………..….. 220

c) La Junta de Mancomunidad en el Estatuto de 2006……….………...… 221

1. Composición………..…………..……. 221

2. Incorporaciones de 27 municipios en 2007-2008………..…….… 221

3.- El artículo 67 de la LAULA y la sentencia: La representación ……… 221

4.- Atribuciones………..………..…. 224

d) La Junta de la Mancomunidad de 2015………..………... 224

1.- Composición del modelo 2015……….………... 224

2.- Atribuciones de la Junta de la Mancomunidad en el Estatuto de 2015……….………..…... 225

3.- Problemática……….……….……….……... 226

3.1) La elección de los representantes por el Pleno………. 226

3.2) Reparto de los nueve concejales atribuidos a las formaciones políticas con representación municipal………..… 227

e) Comisiones Informativas………..….... 227

f) Anexo XIV……….……….... 230

g) Régimen de sesiones de la Comisión Gestora y de la Junta de Mancomunidad………..……… 230

h) Organización económica-administrativa: Cuerpos Nacionales………..………. 230

- Interventores de la Mancomunidad………..……….... 230

- Depositario-Tesorero de la Mancomunidad………..………..…….… 231

- Secretarios de la Mancomunidad………..………..……….… 232

i) Plantilla………..…………..……….. 232

j) Remuneración y dietas de los miembros de la Corporación……….…… 234

1.Remuneración e indemnizaciones por asistencia de los vocales de la Mancomunidad, años 1972 a 1995……….……... 235

2.Remuneración e indemnizaciones por asistencia de los vocales……….… 235

(9)

8

XVIII. Recaudación………..……….… 237

Anexo XVIII……….…………..…. 239

XIX. Planes de Empleos………..……….………….. 241

A) Planes de Empleo en los años 1972-1995……….……….. 241

B) Acciones de la Mancomunidad en materia de empleo años 2007-2015………..………. 242

C) Anexo XIX………..….. 244

XX. Servicios Sociales……….……….………… 245

A) Servicios sociales en los años 1972-1995……….……… 245

B) Servicios sociales de la Mancomunidad en los años 2007-2015……….……….………… 246

C) Anexo XX……….…….………….…... 247

XXI.-Matadero………..….... 249

A) Competencia sobre mataderos………..………..……….…… 249

1.- Sobre mataderos………... 249

2.- Sobre mercados………..………..….…. 250

B) Los Estatutos, competencias de mataderos y mercados de mayoristas………..……….…..…. 250

a) El Estatuto de 1972 y 1993……….……….….….. 250

b) En el Estatuto de 2006………..…….……..…. 250

c) En el Estatuto de 2015………..…..……….…. 251

C) El matadero y mercado de mayoristas en las actas de la Mancomunidad……….….. 251

D) Valoración y crítica………...…. 251

E) Consideraciones……….….….… 252

F) Anexo XXI………..………..…… 253

XXII.-Servicio de recogida de basuras……….….. 255

- Normativa sobre competencia municipal en materia de recogida de basuras domiciliarias.………... 255

- Estatutos de la Mancomunidad en relación con la competencia de recogida de basuras…...……… 255

- El servicio de recogida de basuras en las actas de la Mancomunidad……….……… 256

- Valoración. ………..………...…….…. 256

- Anexo XXII. ………..….…... 257

XXIII.-Acampadas... 259

A) Consideraciones generales. ……….……….…………..…. 259

B) Valoración……….….…….………. 260

C) Anexo XXIII……….. 260

XXIV.- Creación de una sociedad para la gestión del servicio de abastecimiento de agua. ………... 261

A) Antecedentes. ……….……….…..……... 261

B) Datos corporativos de Axaragua SAU. ……….………….….……..….…… 261

C) Fines y objetivos de la empresa pública Axaragua SAU………..………. 263

a) Gestión del agua en alta. b) Depuración de Agua Residual. D) Crítica. ……….…….……..………. 265

E) Anexo XXIV. ……….………...………….. 266

XXV.- Convenios de colaboración... 267

A) Relación de convenios de colaboración formalizados por la Mancomunidad……….…...… 267

B)Consideración crítica……….……….….….………... 268

a) Crítica a algunos de los convenios mencionados……….… 268

b) Crítica a la acción de formalizar convenios sin competencias... 268

C) Anexo XXVII………..………..…….……….. 269

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9

A) Acuerdos no resolutivos de la Mancomunidad………..…………..….… 271

B) Las actas de la Mancomunidad sobre acuerdos no resolutivos……….…. 271

C) Valoración. ………... 273

D) Anexo XXV. ………... 273

XXVII.- Medidas de saneamiento……….. 275

A) Plan de Ajuste. ……….……….……… 275

B) Anexo XXVI. ………..………. 276

XXVIII. Modificación del Estatuto de la Mancomunidad... 277

A) Procedimiento de las modificaciones estatutarias en la ley y en los Estatutos de la Mancomunidad.………... 277

B) Modificaciones estatutarias realizadas. ……….... 280

a) Modificaciones estatutarias antes de 1979………..………..…… 280

1. Modificación de supresión de competencias……….……….. 280

2. Modificación de ampliación de competencias...……….……… 281

b) Modificaciones posteriores a 1979……….…..….…….. 281

1. Intento de modificación del Estatuto de 1972……….………… 281

2. Clasificación de las modificaciones de Estatutos…….………….………. 281

a) Modificaciones organizativas………..……….…………. 281

b) Modificaciones competenciales……….………..……... 282

C) Primera modificación de calado, el Estatuto 1993. ……….……….………….. 282

a) Génesis de la modificación de 1993.……….…….……….………... 282

b) Contenido del Estatuto de 1993. ………...…..……….… 282

1. Modificaciones organizativas………..……….…….…… 282

1.a) Composición de la Junta de Mancomunidad. 1.b) La presidencia y vicepresidencia. 1.c) Duración de los cargos. 2. Modificaciones competenciales……….…….. 283

c ) Cláusula competencial genérica de los Estatutos de 1972 y 1993……….…….….……... 283

D) Modificación estatutaria. Estatuto 2006, de nuevo cuño………...………...…. 284

a) Contenido del Estatuto de 2006………..………….….. 285

1. Modificaciones organizativas. 1.1) Composición de la Junta de Mancomunidad. 1.2) La presidencia. 1.3) Vicepresidente. 1.4) Adhesiones a la Mancomunidad. 1.5) Separación voluntaria. 2. Modificaciones que afectan a las competencias………..…………..………. 286

2.1) Se recoge por primera vez. 2.2) Se modifica el contenido de las siguientes competencias de la Mancomunidad. E) Modificaciones introducidas en el nuevo Estatuto 2015………..……….……..… 290

a) Contenido del Estatuto de 2015………..….……….…… 291

1. Modificaciones organizativas del Estatuto de 2015……….……. 291

1.1) Composición de la Junta de Mancomunidad en el Estatuto de 2015. 1.2) La presidencia. 1.3) Vicepresidente. 1.4) Adhesiones a la Mancomunidad. 1.5) Separación voluntaria. 2. Modificaciones que afectan a las competencias del Estatuto de 2015……….. 292

2.1) No se modifican.

2.2) Competencias que se recoge por primera vez.

(11)

10

competencias de la Mancomunidad. 2.4) Competencias que en este Estatuto de 2015 se suprimen.

F) Critica. ……….……… 294

G) Anexo XXVIII. ……….……….….. 295

XXIX.-Incorporaciones a la mancomunidad………..……….…..…. 297

XXX.-Curiosidades………..…… 301

II PARTE XXXI.- LA CREACION DE LA MANCOMUNIDAD: ESTATUTOS Y COMPETENCIA……….……… 305

A) Los Estatutos en general. ……….……….………. 305

B) La aprobación del Estatuto como acto de creación del ente mancomunado y de dotación de personalidad jurídica……….….……. 307

1. Creación y constitución de las mancomunidades. ………..………….…... 307

2. El acto de creación de creación y el nacimiento de la personalidad jurídica………...… 309

C) La aprobación del Estatuto como legitimador de las competencias………..…… 310

c.1) Acuerdo de creación y acuerdo de transferencia de competencias………….………..…… 310

c.2) La aprobación del Estatuto no supone per se la transferencia de competencias, se precisa un acto ex profeso de transferencia de competencias y distinto del de aprobación……….….… 310

XXXII.- FINES Y OBJETIVOS DE LA MANCOMUNIDAD………. 317

A) Fin, objetivo y personalidad jurídica. ……….………... 317

B) Fines y objetivos en la normativa. ……….………...….. 317

C) Las competencias de “nuestra” Mancomunidad: Fines y objetivos en su creación……….…………..…. 320

a) Clasificación de los objetivos que pueden desempeñar las mancomunidades………. 321

b) Características de las competencias de las mancomunidades……….….. 323

c) Naturaleza y duplicidad de competencias. ……….……… 323

d) Eficacia de las competencias contempladas en el Estatuto de 1972 de la Mancomunidad……… 323

e) Valoración. ……….. 324

D) Mancomunidad tradicional-mancomunidad evolucionada………...………. 324

E) Fines y competencias de "nuestra" Mancomunidad en los Estatutos……… 325

1.- El Estatuto de 1972………..………... 325

2.-El Estatuto de 1993………..…..………. 325

a) El nuevo Estatuto, más servicios a los municipios………..……….……... 327

a.1) Más servicios a prestar a los ayuntamientos. a.2) Establecimiento de consorcios para realización de servicios. b) Los servicios de la Mancomunidad: su afectación a todos o a algunos de los municipios mancomunados: ruptura con la idea de servicio u obra en común………..…… 328

c) El ayuntamiento tiene que solicitar la prestación del servicio………..……... 328

c.1) Cambio en el régimen de las mancomunidades. c.2)No es admisible la solicitud. d) Mancomunidad a la carta. ……… 329

e) Cláusula de asunción de competencias de manera unilateral por la Mancomunidad………. 330

f) Servicios a municipios no mancomunados………..……….. 331

3.-Estatuto de 2006. ………..…..… 331

4.-Estatuto de 2015. ……….… 333

4.1 Mancomunidad evolucionada. ……….…….... 333

4.2 Objetivos difusos. ……….………….……. 333

(12)

11

5.- A modo de conclusión sobre los fines y objetivos de "nuestra"

Mancomunidad……… 336

5.1 Objetivos de las mancomunidades en el Estatuto Municipal de 1924. 5.2 Desde 1955 hasta 2015, los objetivos de las mancomunidades: prestar un servicio o realizar una obra en común de competencia municipal. No caben las mancomunidades evolucionadas. 5.3 Asunción de competencias no especificadas en el Estatuto. 5.4 Posición de la Mancomunidad, la de los municipios y la práctica. 5.5 Mancomunidad prestadora de servicios a ayuntamientos no mancomunados XXXIII. LAS COMPETENCIAS DE LA MANCOMUNIDAD……….………..………... 341

A)¿Quién determina las competencias de las mancomunidades en el Estado de las autonomías?... 341

a) Marco jurídico en el que se mueven las competencias de las mancomunidades………..…..…. 341

b) Competencias de las mancomunidades: competencias municipales………..….……. 341

c) Asignación de competencias al municipio en el Estado de las autonomías…….……….……. 341

c.1) Corresponde al Estado fijar los principios o bases relativos a los aspectos institucionales (organizativos y funcionales) y a las competencias de los entes locales………..…….….….. 342

c.2) Competencia de las Comunidades Autónomas……….……….….…….. 343

c.3) Concreción de las bases relativas a las competencias municipales que fija el Estado………...………... 343

d) Competencias recibidas en los estatutos……….……….………….………... 345

d.1.- El trasvase de competencias municipales a las mancomunidades….………..…….…... 345

d.1.1) Origen de las competencias de las mancomunidades……….….… 345

d.1.2) Competencias originarias o competencias derivadas……….…..…… 346

d.1.2.1) Competencias originarias……….……….……….…….….. 347

d.1.2.2) Competencias derivadas………..……….………... 350

d.1.2.2.1) Encomienda o mandato municipal………....… 350

d.1.2.2.2) Otras competencias derivativas: la delegación y las transferencias………. 351

d.1.2.3) Diferencia de la transferencia con la delegación………...… 353

d.1.2.3.1) La Ley 30/1992 de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, y Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. d.1.2.3.2) Delegación al amparo de la Ley 30/1992 LRJPAC. d.1.2.3.3) Delegación competencias al amparo de la Ley 7/1985. d.1.2.3.4)- La transferencia de competencias. d.1.2.4) Competencia no delegada ni propias………..……...….. 364

e) A modo de conclusión sobre la naturaleza de las competencias de la Mancomunidad………..…… 364

B) Concurrencia de objetivos con otros entes supramunicipales………..………… 367

a) El Consorcio Montes-Alta Axarquía……….……….…… 368

b) Asociación para la Promoción Turística de la Axarquía……….…………... 369

c) Consorcio para la creación de un parque de maquinaria de caminos rurales en la zona de la Axarquía, de la Provincia de Málaga……….… 369

d) Centro de Desarrollo Rural de la Axarquía. CEDER – Axarquía……….…….….. 370

e) Valoración de otros entes con fines supramunicipales………..……… 372

C) Atribuciones de competencias en general entre entes locales……….……. 372

XXXIV.-MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS EN LA LEGISLACIÓN AUTONÓMICA……….. 375

A) Aprobación de los estatutos de las mancomunidades: la asamblea de todos los concejales………. 375

B) Modificaciones en los Estatutos de la Mancomunidad de Municipios Costa del Sol Axarquía……….. 379

a) Modificaciones sustanciales y no sustanciales………..…. 379

b) Las modificaciones en los estatutos de la Mancomunidad Costa del Sol Axarquía………..… 380

D) Modificaciones de los estatutos de las mancomunidades en las leyes autonómicas………..….. 382

E) Modificaciones estatutarias por adhesión o separación, en la legislación autonómica………. 387

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e.2)Modificación en el Estatuto de la Mancomunidad por separación

voluntaria, artículo 33……….……….….….. 388

F) Legislación autonómica sobre modificación de estatutos por separación de municipio mancomunado y adhesiones………..………....….. 388

G) Plazo en el que tiene que notificarse la voluntad de separación………...………..……….… 393

XXXV. PRINCIPIOS Y LIMITES……….………..……….………..……….….. 395

1.- Principio de comunidad y no de solidaridad……….….. 395

2.-Principio de especialidad: Prohibición de asumir todas las competencias municipales por la mancomunidad……….………..…..…..…… 395

3.-Prohibición de asumir competencias no municipales……….………...………… 397

4.- Prohibición de competencias generales………..…...…….. 401

5.- Sometimiento a control de legalidad los estatutos………....……..…. 402

XXXVI.- CUESTIONES DE INTERÉS QUE SE SUSCITAN ALREDEDOR DE LAS MANCOMUNIDADES……….……. 405

1.- El elemento directivo……….……….………… 405

2.- Problemas de representatividad……….………..……….……….………… 407

A) Problemática………..……….….……… 407

B) Posibles soluciones a los problemas de representación……….……….… 408

C) Voto ponderado……….………….….…… 409

D) El voto en la Mancomunidad de Municipios Costa del Sol Axarquía……….……….…. 410

a) En el Estatuto de 1972………..……….…. 410

b) En el Estatuto de 1993………..……….………….… 410

c) En el Estatuto de 2006……….……….………….……... 410

d) En el Estatuto de 2015………...………..……….……… 410

e) En caso de que se estableciera el voto ponderado……….………. 410

3.- Valoración de los criterios por los que se fija las aportaciones a la Mancomunidad.……… 411

4.- Interregno de la Mancomunidad. ……….……….………… 411

5.- Mancomunidad, Comarca y Provincia……….……….………….……….…….…..… 413

a). Planteamiento de extender la Mancomunidad Costa del Sol Oriental y Axarquía, a otros Ayuntamientos: La idea de la comarca………. 413

b) Valoración de la Comarca……….….…….... 415

6.- Mancomunidad y consorcio………..………..….….….…… 418

6.1.- Diferencia por razón de sujetos y competencias……….….….. 418

6.2 ¿La mancomunidad un error?... …….… 418

6.3.-Criterio competencial para constituir una mancomunidad……….. 419

6.3.1) Servicios mínimos obligatorio-consorcio……….……….….… 420

6.3.2) Competencia municipal……….………..………. 420

6.3.3) Competencias genéricas del artículo 25 de la LBRL……..……….... 420

6.3.4.- Competencias concurrentes……….…….… 420

7.- Mancomunidad para municipios pequeños y mancomunidad para el fenómenos metropolitano………..……….…….…….….. 420

7.1) Mancomunidad para municipios pequeños:……….….………..….. 420

7.2) Mancomunidad para el fenómenos metropolitano……….…..……….….…. 422

8.- Sucesión de empresa: Creación y disolución de las mancomunidades……….……….…. 423

9.- Estudio económico financiera y jurídico………..……..…..……. 424

10.-Trabajos de prestación de servicios a ayuntamientos no mancomunados………..……....…. 426

XXXVII. CONSIDERACIONES SOBRE LA MANCOMUNIDAD COSTA DEL SOL AXARQUIA………….. 429

A. Fines y objetivos. ………..……….……...……….. 429

B. Personal. ………..……….………....………… 429

C. Servicios………..……….……… 430

D. Financiación……….………..……….………. 431

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F. Bienes. ……….……….. 433

G. Funcionamiento. ………..…..……….. 433

H. Sobre la percepción social. ………...……….………. 434

I. LRSL, mancomunidades impuestas………....………… 434

J. Una reflexión sobre los servicios auxiliares y complementarios que presta la Mancomunidad……… 435

K. Una reflexión final……….…... 435

XXXVIII. LEGISLACION APLICABLE A LAS MANCOMUNIDADES……….………..…… 441

1.- Breve análisis de la normativa aplicable a la Mancomunidad Costa del Sol Orienta, después Axarquía………..………... 441

A) Historia………..……….…….… 441

B) Legislación aplicable a la Mancomunidad Costa del Sol Orienta, después Axarquía……….. 443

a) Decreto de 24 de junio de 1955 por el que se aprueba el texto articulado y refundido de las Leyes de Bases de Régimen Local, de 17 de julio de 1945 y 3 de diciembre de 1953……….…. 443

b) Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Decreto 17 de mayo de 1952………..……. 443

c) Real Decreto 3046/1976, de 6 de octubre, por el que se articula parcialmente la ley 41/1975, de Bases del Estatuto de Régimen Local en lo relativos a los funcionarios público, locales y otros extremos………. 444

d) Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local………. 445

e) Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local………..…….…….. 447

f) Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales……….………… 448

g) Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico………..………. 449

h) Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía….………..…………. 449

i) Disposición transitoria undécima de la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local……….… 452

C) Sucinto análisis de los Estatutos de la Mancomunidad de 1972 y 1993………..…….… 453

PARTE III I. ANEXOS ANEXO I : TURISMO……….. 463

ANEXO II : URBANISMO………..……….. 491

ANEXO III: PLAYAS……….……..……….. 507

ANEXO IV: ECONOMIA DE LA MANCOMUNIDAD……….………... 525

ANEXO V : HECHOS QUE PONEN DE MANIFIESTO LA SITUACION ECONOMICA GRAVE DE LA MANCOMUN…….… 577

ANEXO VI: ROBO……….……… 589

ANEXO VII: ORDENANZAS FISCALES……….……….……… 591

ANEXO VIII: LA SEDE……….……….……….. 595

ANEXO IX: CENTRO HOSPITALARIO COMARCAL………..…….. 613

ANEXO X: OBRAS DE SANEAMIENTO (ABASTECIMIENTO DE AGUA, COLECTORES, DEPURADORAS Y EMISARIOS). 617 ANEXO XI: AUTOVIA……….……… 643

ANEXO XII: PARQUE MOVIL………..………. 647

ANEXO XIII: SERVICIO EXTINCION DE INCENDIOS……….………. 657

ANEXO XIV: ORGANIZACIÓN POLITICA Y ADMINISTRATIVA……….……… 667

ANEXO XV: COMISION DE GOBIERNO / JUNTA GOBIERNO LOCAL……….. 675

ANEXO XVI: PLANTILLA……… 677

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ANEXO XVIII: RECAUDACION……….………. 691

ANEXO XIX: PLANES DE EMPLEO……… 697

ANEXO XX: SERVICIOS SOCIALES……….………. 709

ANEXO XXI: MATADERO………. 711

ANEXO XXII: SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS………..……. 715

ANEXO XXIII: ACAMPADA……… 717

ANEXO XXIV: CREACIÓN DE UNA SOCIEDAD PARA LA GESTION DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA. 719 ANEXO XXV: MANCOMUNIDAD ALTAVOZ……….…… 723

ANEXO XXVI: MEDIDAS DE SANEAMIENTO………..…. 759

ANEXO XXVII: CONVENIOS DE COLABORACIÓN. ……….……….…… 763

ANEXO XXVIII: MODIFICACIÓN ESTATUTARIA……….…….. 767

ANEXO XXIX : CURIOSIDADES……….………….. 779

II Legislación aplicable a las mancomunidades andaluzas……….………. 783

A. Decreto de 24 de junio de 1955, por el aprueba el Texto Articulado y Refundido de las leyes de bases de régimen local, de 17 de julio de 1945 y 3 de diciembre de 1953……….………….. 783

B. Decreto de 17 de mayo de 1952. reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales……….………… 785

C. Real Decreto 3046/1977, de 6 de octubre, por el que se articula parcialmente la Ley 41/1975, de Bases del Estatuto de Régimen Local………..……. 787

D. Ley de Bases de Régimen Local. Ley 7/1985, de 2 abril (Redacción original)………..….. 789

E. Ley de Bases de Régimen Local. Ley 7/1985, de 2 abril. Modificación operada por la STC 214/1989………... ………… 793

F. Ley de Bases de Régimen Local. Ley 7/1985, de 2 abril. Redacción dada tras la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local……….……. 795

G. Texto Refundido de la Ley de Régimen Local RDLvo 781/1986, de abril……….. 799

H. Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídicos de las Entidades Locales aprobado por RD 2568/1986 de 28 de noviembre………. 803

I. Reglamento de Población y Demarcación Territorial de Las Entidades Locales, aprobado por RD 1690/1986.. 805

J. Ley 7/1993 De Demarcación Territorial De Andalucía, derogado por la Ley 5/2010 de Autonomía Local... 807

K. Estatuto de Autonomía De Andalucía de 2007. Ley Orgánica 2/2007, de 19 Marzo………... 809

L. Ley 5/2010 De Autonomía Local de Andalucía……….. 811

Ll. Ley 27/2013 De Racionalización Y Sostenibilidad de la Administración Local……….. 817

III. ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD COSTA DEL SOL ORIENTAL 1972……… 819

IV. ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL. AXARQUIA 1993……….. 825

V. MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL-AXARQUÍA 2006……….…….. 831

VI. MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL-AXARQUÍA 2015……….. 847

PARTE IV I. JURISPRUDENCIA CONSULTADA……….. 865

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I. ABREVIATURA UTILIZADA.

- BOE: Boletín Oficial del Estado.

- BOJA: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

- BOP: Boletín Oficial de la Provincia

- CCAA: Comunidades Autónomas

- CE: Constitución Española de 1978

- CEAL: Carta Europea de la Autonomía Local, publicada en el BOE 24 de febrero de 1989

- CG: Comisión Gestora.

- EAA: Estatuto de Autonomía de Andalucía de 2007, Ley Orgánica 2/2007, de 19 marzo

- EDAR: Estación de Depuración de Aguas Residuales.

- D.: Decreto.

- FEP: Formación Profesional para el Empleo.

- FFCC: Ferrocarriles.

- ITS: Iniciativa de Turismo Sostenible.

- IU: Izquierda Unida.

- JGL: Junta de Gobierno Local

- JM: Junta de la Mancomunidad.

- LAULA: Ley 5/2010 de Autonomía de Local de Andalucía.

- LBRL: Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local.

- LCSP: Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.

- LMDA: Ley 7/1993 de Demarcación Municipal de Andalucía.

- LEBEP: Ley 7/2007 Básica del Estatuto del Empleado Público.

- LO: Ley Orgánica.

- LOUA: Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía.

- LRJPAC: Ley 30/1992 de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

- LRSAL: Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de Administración Local.

- MAP: Ministerio de Administración Pública.

- MOPU: Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

- OTU: Oficina Técnica de Urbanismo.

- PA: Partido Andalucista.

- PAX: Progreso de la Axarquía.

- PP: Partido Popular.

- PPOS: Plan Provincial de Obras y Servicios

- PSOE: Partido Socialista Obrero Español.

- RAE: Real Academia Española.

- RAP: Revista de Administración Práctica.

- RD: Real Decreto.

- RDLvo.: Real Decreto Legislativo.

- ROF: Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD 2568/1986 de 28 de noviembre.

- SI: Solución Independiente

- SOHA: Save Ours Homes in Axarquía.

- STS: Sentencia del Tribunal Supremo.

- STSJCA: Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.

- TC: Tribunal Constitucional.

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I. INTRODUCCION

El objetivo del trabajo es realizar una análisis de la actividad de la Mancomunidad Costa del Sol Oriental (después Costa del Sol-Axarquía), y contrastar su actuación con la proyección legislativa que se hace de estos entes. Así, con la doctrina y la jurisprudencia dictada sobre la figura de la mancomunidad intentar llegar a una conclusión sobre la adecuación de la institución a los fines previsto de la Ley. Se intenta responder a cuáles son las causas de las posibles desviaciones o fracaso, cuáles deben de ser limites que no debe de sobrepasar y cuáles son las condiciones para que sean útiles y eficaces. A partir de ahí, también analizar la problemática con la que se enfrenta habitualmente el asesoramiento jurídico de las mancomunidad: Ejercicio de las competencias asumidas, voto ponderado, modificaciones estatutarias, entre otras. Finalizando con propuestas en la configuración de este ente más acorde con su naturaleza, de asociación voluntaria de municipios.

Se trata, en suma de hacer el recorrido inverso; es decir, en vez de ir a buscar o hacer una teoría general de la que se puedan deducir consecuencias de validez general entorno a la figura de la mancomunidad, y después contrastarla con las actuaciones de la Mancomunidad, recoger, analizar y valorar las actuaciones llevadas a cabo por ésta y después exponer nuestro juicio sobre la figura de la mancomunidad.

El estudio de la Mancomunidad parte de conocer su historia, mediante la documentación obrante en la propia Mancomunidad, y muy puntualmente en los Ayuntamientos mancomunados en su relación con ésta.

Nuestro trabajo se proyecta sólo sobre las actas de lo que en principio era la Comisión Gestora y después pasó a denominarse Junta de Mancomunidad.

He analizado todas las actas disponibles, que son las correspondiente al primer periodo, años 1972 a 1995 las que al no estar informatizada ha supuesto resumir acuerdo por acuerdo para poder manejarlas por grupos o materia competencial. Este primer periodo va a coincidir con la legislación de régimen local de 1955 hasta la LBRL 7/1985 y la primera ley autonómica andaluza la Ley 7/1993 de Demarcación Territorial de Andalucía. El siguiente intervalo de actas, desde 2007 a mediados de 2015, va a coincidir con la Ley 7/1993 de Demarcación Territorial de Andalucía, la Ley 5/2010 De Autonomía Local de Andalucía y la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local con las modificaciones introducidas por la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. El periodo intermedio 1996 a 2006, no se dispone de actas. Quizás sea oportuno en este momento resaltar la idea de los reformadores de finales del siglo XIX de asociar el expediente administrativo "a un mayor control de la Administración y sus agentes, mediante la imposición de dejar constancia de cada uno de sus pasos mediante el reflejo documental, principal resultado del procedimiento administrativo"1.

Considero que el estudio de las actas, nos da luz de la eficacia o no de este tipo de ente; así como, si está justificada la creación de la Mancomunidad y en qué supuestos debería de

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crearse. Ello se podrá ver con el correlato de los distintos acuerdos adoptados agrupados por materia, contrastado con los Estatutos que han regido "nuestra" Mancomunidad, para continuar con la legislación que en cada momento estaba en vigor y como incidía en el ente.

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II. EL DECRETO

El Consejo de Ministro reunido el 8 de marzo de 1972, aprobó el Decreto 510/1972 por el que se aprobaba la constitución de una Mancomunidad integrada por los Municipios de Vélez Málaga, Algarrobo, Nerja, Rincón de la Victoria y Torrox, publicado en el BOE nº 59 de 9 de marzo de 1972.

He puesto en primer lugar de este trabajo el Decreto porque cuanto menos es llamativo hoy, que la creación de una mancomunidad, de un ente asociativo voluntario municipal sea creado por acuerdo del Consejo de Ministro (que entonces presidía Franco), esta sorpresa es parte de la cultura constitucional de 1978 que con su principio de autonomía local ha ido calando en la ciudadanía como parte ya de nuestro acervo cultural, sin que sepamos muy bien en qué se traduce pero como fenómeno está ahí.

Del Decreto nos llama la atención varias cosas:

1ª.- Que se asocie la aprobación del Estatuto por el Consejo de Ministros a la constitución de la Mancomunidad, atribuyendo a la aprobación del Estatuto, el momento de crearse ésta, clarificando de esta manera la imprecisión del artículo 33 de Ley de Régimen Local de 24 de junio de 1955 y el artículo 58 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales de 17 de mayo de 1952, que refieren la constitución al momento en que los ayuntamientos manifiestan la voluntad de constituirse, lo que podríamos decir la aprobación inicial del expediente, antes de aprobar el Estatuto inclusive.

2ª.-Que el tema urbanístico parece ser su finalidad principal por su posición de preferencia al momento de nombrarlo frente a los restantes servicios a prestar, y por ser el único que se reitera (se cita en dos ocasiones) en un Decreto muy breve.

3º.-Que al mencionar los Municipios integrantes de la Mancomunidad, siga un orden alfabético, salvo para citar a Vélez-Málaga, que rompe ese orden quizás para que no aparezca en el último lugar el municipio más relevante en cuanto a población se refiere.

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III. CONSTITUCIÓN DE LA MANCOMUNIDAD COSTA DEL SOL ORIENTAL

El 14 de marzo de 1972, en el Salón de Actos del Gobierno Civil de Málaga, se constituyó la Mancomunidad que se denominó "Mancomunidad de la Costa del Sol (zona oriental)", con la presencia del entonces príncipe de España D. Juan Carlos de Borbón y Borbón, el director general de Administración Local, el gobernador civil, el presidente de la Diputación Provincial de Málaga y del ministro de Información y Turismo, D. Alfredo Sánchez Bella. Esta última asistencia tiene una especial significación y es que una de las causas principales que justifican la constitución de esta Mancomunidad es la promoción turística, por eso su presencia no es casual.

Se podría decir que todo fue un acontecimiento por la concurrencia de personalidades al acto, pero también no lo fue menos la misma constitución de la mancomunidad, porque entonces las mancomunidades no era un ente de lo más común como lo es hoy, por entonces las que habían en España rondaban el número de 652 aproximadamente (hoy superan las 1000), y porque eran las primera en la Provincia de Málaga.

La Comisión Gestora quedó constituida por los alcaldes y concejales de los siguientes Ayuntamientos:

- Ayuntamiento de Algarrobo: Alcalde, D. José Ariza Jiménez Concejal: D. Jorge T. Gil López.

- Ayuntamiento de Nerja: Alcalde, D. Rafael Sánchez de las Matas. Concejal: D. Víctor Navas Acosta.

- Ayuntamiento de Rincón de la Victoria: Alcalde, D. José Domínguez Claros. Concejal: D. Antonio Robles Garrido.

- Ayuntamiento de Torrox: Alcalde, D. M-anuel Palomas Jurado. Concejal: D. José Castro Sánchez.

- Ayuntamiento de Vélez-Málaga: Alcalde D. Alfonso López Moreno. Concejal: D. Miguel Rueda Portillo.

Como secretario actuó eldel Gobierno Civil.

Aspectos curiosos son:

1º.- En el acta consta que se designa a la Comisión Gestora, y una vez prestado juramento es el príncipe de España el que declara formalmente constituida la Mancomunidad. Ni la Ley de 1955 ni el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de 17 de mayo de 1952 dicen cómo se constituye formalmente una Mancomunidad. Es más, este Reglamento, en su artículo 59, atribuye esa constitución a los acuerdos de los Ayuntamientos interesados, y que sus estatutos se aprueban por el Gobierno.

El Estatutos tienen una consideración especial, porque si en algo tenía que pronunciarse expresamente el Decreto 510/72 era en esto, en la aprobación de los Estatutos, sin embargo lo

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que dice el Decreto es que <<Se aprueba la constitución de una Mancomunidad integrada por los Municipios de Vélez-Málaga, Algarrobo, Nerja, Rincón de la Victoria y Torrox (Málaga), para fines urbanísticos y de prestación de diversos servicios, con sujeción a los Estatutos formado para su régimen>>. Digamos que de "manera malévola" de forma expresa los Estatutos de 1972 no están aprobados. La única misión del Decreto era aprobar los estatutos y no la constitución de la Mancomunidad, y sin embargo lo que hace es al revés: pronunciamiento expreso de constitución y referencia a su estatutos.

Siguiendo en el tema de la constitución de la Mancomunidad hay que decir, que probablemente debido a la ausencia de unas normas que fijen de manera clara qué acto es el constitutivo de la Mancomunidad, llevó consigo a una cierta confusión: La presencia en el acto de constitución de Su Alteza Real el príncipe de España responde a mi juicio, a que se quiso realzar la constitución de dos Mancomunidades que se habían creado, la de la Costa del Sol Occidental creada por Decreto 497/1972 y la de la Costa del Sol Oriental Decreto 510/1972 (ambos del mes de febrero). En ese acto que se espiritualiza la constitución de la nueva Mancomunidad, se da un contenido de toma de posesión a los integrantes de la Comisión Gestora. Pero es que el día 27 de marzo, (13 días más tarde) se vuelven a reunir los miembros de la Comisión Gestora para constituir ésta, prestando de nuevo juramente sus integrantes. No se tenía muy claro que "la primera constitución de la Mancomunidad" en el Gobierno Civil de Málaga, fuese el acto válido y eficaz.

2º.- Se dice al final que asiste el ministro de Información y Turismo, D. Alfredo Sánchez Bella, sin embargo en la relación de asistentes que se relacionan al principio del acta, no aparece el ministro.

3º.- Se desconoce el por qué asiste como secretario de la nueva Mancomunidad el secretario del Gobierno Civil, ya que carecía de competencia para ello.

4º.- La asistencia del ministro de Información y Turismo parece descubrir cuál es la autentica causa de constituir la Mancomunidad: la promoción turística de la Costa del Sol oriental de Málaga. De hecho en sus estatutos en el art. 9.d) refiriéndose a las competencias de la Mancomunidad en turismo señala lo siguiente: <<TURISMO: Fomento y promoción del mismo. Con posibilidades de la creación de un consorcio entre la Mancomunidad y el Ministerio de Información y Turismo>>; se apunta a la relación Mancomunidad-Ministerio de Turismo. De hecho en el Decreto 510/1972 por el que se aprueba la constitución de la Mancomunidad se dice que se constituye para "la planificación urbanística y la atracción turística...". Es más, en agosto de 1975, la Comisión Gestora que prácticamente a esa altura había abandonado toda intención turística del nuevo ente, le falla el subconsciente y solicitan ayuda, subvención, para construir la sede al Ministerio de de Información y Turismo, algo que resulta sospechosamente sorprendente que sea a ese Ministerio y no a la Diputación Provincial, o al Gobierno Civil o al Ministerio del Interior por tener más vínculos y competencias sobre los entes locales, entonces.

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lealtad al Jefe del Estado, estricta fidelidad a los principios básicos del Movimiento Nacional y demás Leyes fundamentales del Reino, poniendo el máximo celo y voluntad en el cumplimiento de las obligaciones del cargo para el que ha sido nombrado>> A continuación, se le contesta:

<<Si así lo hacéis que Dios y España os lo premien y si no que os lo demande>>.

6º.- Firmas: Sólo aparecen dos firmas: La de presidente y la de secretario. El presidente no se había designado en esa sesión, y sin embargo ya firmó como tal.

7º.- Constitución formal y efectiva: El acta que es de 14 de marzo de 1972 se firma en fecha 8 de junio de 1972, con lo que da tiempo a recoger una anécdota del acta de 6 de junio, y es que el primer libro de acta pasa a reservarse como Libro de Honor o de Oro de la Mancomunidad.

Juramento, presidencia, duración y secretaría general: La Comisión Gestora se volvió a reunir el día 27 de marzo de 1972, en el Salón de Actos del Gobierno Civil de Málaga, se lleva a cabo el acto de constitución formal en el que todos los miembros prestaron juramento (no había lugar entonces a poder prometer, como es bastante común en nuestros día), así mismo se designó el primer presidente que recayó en el alcalde de Vélez-Málaga D. Alfonso López Moreno, y el de secretario de la Mancomunidad en el que ocupaba el mismo puesto en Vélez-Málaga, D. Francisco Javier García Mamely. Se fijó el turno rotativo de la presidencia de la siguiente manera:

1º.- Alcalde de Vélez-Málaga. 2º.- Alcalde de Algarrobo. 3º.-Alcalde Torrox.

4º.- Alcalde del Rincón de la Victoria. 5º.- Alcalde de Nerja.

Se ignora del por qué ese orden de sucesión, ya que no atiende a criterios de tamaño del municipio, ni al orden alfabético de su nombre.

A este acta de constitución se le añade, lo que ya ponía el Estatuto, y es que la duración de la presidencia es de tres años.

Detalles de interés:

- Los estatutos no se aprobaron expresamente.

- Se presta juramento en dos ocasiones para constituir formalmente la Mancomunidad.

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IV.- DENOMINACION DE LA MANCOMUNIDAD.

Vamos a ver unas cuestiones un tanto pintoresca sobre la denominación que toma "nuestra" Mancomunidad en sus Estatutos:

1º.- Estatuto de 1972.

a) La cita: Dispone en su artículo 2º: <<La citada Mancomunidad se denominará "MANCOMUNIDAD DE LA COSTA DEL SOL" (Zona Oriental, Málaga) y su domicilio o capitalidad se acuerda se establezca en el término municipal de Vélez-Málaga, donde se ubicarán el edificio que se construya por acuerdo de la Mancomunidad para albergar sus servicios>>.

De este artículo nos llama la atención la expresión "La citada Mancomunidad…", posiblemente se deba a que dio un modelo de estatuto, y que el que tenía que redactarlo se descuidó de que ese documento sería después el Estatuto, que se llama a sí mismo y no se cita. Da la sensación como si se estuviese en otro documento del que se cita a la Mancomunidad. La expresión, a mi forma de ver correcta hubiera sido: <<La Mancomunidad se denomina: …>>.

b)La obligación de construir la sede: El artículo 2 citado die que: <<… donde se ubicarán el edificio que se construya por acuerdo de la Mancomunidad para albergar sus servicios>>. Es decir que la sede no podía estar ya construida, porque había que construirla.

c) La denominación: Pero sigamos con las curiosidades de la denominación en el Estatuto de 1972:

- En el Estatuto la Mancomunidad se denomina: "MANCOMUNIDAD DE LA COSTA DEL SOL" (Zona Oriental, Málaga)

- En el Decreto la Mancomunidad se denomina: "MANCOMUNIDAD DE LA COSTA DEL SOL (Zona Oriental, Málaga)"

- En el primer documento del expediente y en el friso del Estatuto se denomina "MANCOMUNIDAD DE LA COSTA DEL SOL ORIENTAL".

La denominación correcta debe ser la del artículo 2º del Estatuto que constituye la ley, y por tanto debe de ser: MANCOMUNIDAD DE LA COSTA DEL SOL.

2º.- En el Estatuto de 1993

La denominación se cambia y la ubicación se concreta: en su artículo 2º: <<La citada Mancomunidad se denominará "MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL

.

AXARQUIA" y su domicilio o capitalidad se establece en Torre del Mar (Vélez-Málaga), donde actualmente se encuentra el edificio de su sede, que alberga la totalidad de sus servicios>>.

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28 3º.- En el Estatuto de 2006.

Se cambia el punto por el guión: En su artículo 2º dice: <<La citada Mancomunidad se denominará «Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol-Axarquía», y su domicilio o capitalidad se establece en Torre del Mar (Vélez-Málaga), donde actualmente se encuentra el edificio de su sede, que alberga la totalidad de sus servicios>>.

En este Estatuto la denominación tiene una diferencia respecto al Estatuto de 1993 y es que se cambia el punto por un guión y así pasa a denominarse, y ya no cambiará, hasta el día de hoy: << MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL-AXARQUÍA>>

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V. MANCOMUNIDAD: UNA IDEA

Cuando la idea de constituir una mancomunidad integrada por los cinco grandes municipios de la zona oriental de la Provincial de Málaga fue dando sus pasos firmes hacía su creación ¿qué debieron de pensar aquellas personas en cuyas manos estaba hacerla realidad?: << Vamos a hacer algo importante, vamos a mejorar nuestros servicios, nuestra calidad de vida; vamos a crear unos lazos de hermandad poderosos que se nos oiga cuando hablemos con una sola voz; seremos objeto de especial atención por la Administración del Estado y de la Provincia, por lo que tendremos más recursos económicos; podremos hacer cosas importantes>>. Seguro que todos los pensamientos giraban alrededor de tres idea principales: más recursos económicos, mejora de servicios a los ciudadanos, y especial protagonismo político. La sensación de una gran hermandad; <<un todos a una>> tuvo que estar presente a buen seguro, en la mente de las personas que pusieron en marcha la iniciativa y la hicieron realidad; si es que esa iniciativa partió de los ayuntamientos.

Pero, ¿y los ciudadanos de esos cinco municipio? ¿tendrían también la sensación de haber roto los límites de su pueblo para integrarse en un proyecto político más importante?¿sentirían que las fronteras se abrían a una liga donde competían los municipios más relevante de nuestra geografía? Porque esta unión (mejor asociación) debía de transmitir una sensación buena, una cierta euforia a los vecinos de esos cinco Ayuntamientos.

Pero ¿todo ello era una verdadera representación de la realidad que se venía encima, era simple imaginación o ignorancia sencillamente?

Si le hubiéramos podido preguntar a los funcionarios que tramitaron el expediente de creación de la mancomunidad, que tuvieron que estudiar el Decreto de 24 de junio de 1955 y el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de 1952, para poder informar sobre el procedimiento a seguir para su constitución, los órganos que se crearía, la representación de los ayuntamientos integrantes, seguramente verían otra cosa, posiblemente: un ente ilusionante para poder gestionar con seriedad los servicios, que optimizaría no sólo la gestión sino la financiación de estos, un ente que pensara no solo en lo cotidiano, en el día a día, sino en lo relevante, en lo transcendente: La planificación, la ordenación, la reglamentación, etc. Posiblemente también vería el germen de un ente con relevancia dentro de la división territorial administrativa de la Provincia.

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