DERECHO PROCESAL CIVIL
DERECHO PROCESAL CIVIL
CONCEPTOS B
CONCEPTOS B
Á
Á
SICOS,
SICOS,
PRINCIPIOS Y TUTELA
PRINCIPIOS Y TUTELA
JURISDICCIONAL EFECTIVA
JURISDICCIONAL EFECTIVA
Dr. Pablo D
RELACI
RELACI
Ó
Ó
N PROCESAL: SU
N PROCESAL: SU
VALIDEZ
VALIDEZ
CONFLICTO DE INTERESES CON
CONFLICTO DE INTERESES CON
RELEVANCIA JUR
RELEVANCIA JUR
Í
Í
DICA
DICA
FORMAS DE
SOLUCIÓN
•Autotutela o autodefensa
(justicia por mano propia)
•Autocomposición (solución
por los mismos agentes en conflicto)
•Heterocomposición (Intervención
de un tercero imparcial, dotado de
legitimidad para dirimir
la controversia).
Art
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í
í
culo 138 de la Constituci
culo 138 de la Constituci
ó
ó
n se
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ñ
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ala
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“
“
la
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potestad de administrar justicia emana del
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pueblo y se ejerce por el poder judicial , a
pueblo y se ejerce por el poder judicial , a
trav
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é
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s de sus
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ó
ó
rganos jer
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á
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rquicos con
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arreglo a la constituci
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ó
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n y las leyes
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”
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.
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Art
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í
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culo 139.1 de la Constituci
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ó
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n
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(
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…
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) no
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existe ni puede establecerse jurisdicci
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ó
ó
n
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alguna independiente, con excepci
alguna independiente, con excepci
ó
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n de la
n de la
militar y la arbitral
El Mecanismo que sirve para resolver
El Mecanismo que sirve para resolver
un conflicto
un conflicto
intersubjetivo
intersubjetivo
de
de
intereses, mediante la actuaci
intereses, mediante la actuaci
ó
ó
n del
n del
derecho y la aplicaci
derecho y la aplicaci
ó
ó
n de la norma al
n de la norma al
caso concreto es el PROCESO.
de exigir del Estado tutela jurisdiccional para un caso
concreto. Se caracteriza por ser: P
concreto. Se caracteriza por ser: Púúblico (se ejerce blico (se ejerce contra el estado), Subjetivo (inherente a toda persona
contra el estado), Subjetivo (inherente a toda persona
por el solo hecho de serlo), Abstracto (existe como
por el solo hecho de serlo), Abstracto (existe como
exigencia al margen de que si reconoce o no el
exigencia al margen de que si reconoce o no el
derecho), Aut
derecho), Autóónomo (tiene teornomo (tiene teoríía explicativa sobre su a explicativa sobre su naturaleza jur
naturaleza juríídica). Comprende tambidica). Comprende tambiéén al derecho de n al derecho de CONTRADICCI
CONTRADICCIÓÓN.N.
PRETENSIÓPRETENSIÓN: N: Aptitud de exigir la satisfacciAptitud de exigir la satisfaccióón concreta n concreta de un derecho subjetivo, la que se realiza a travde un derecho subjetivo, la que se realiza a travéés de un s de un proceso ante el
proceso ante el óórgano jurisdiccional.rgano jurisdiccional.
DEMANDA: DEMANDA: Es el instrumento mediante el cual se Es el instrumento mediante el cual se concretiza la pretensiconcretiza la pretensióón que se va a reclamar en n que se va a reclamar en ejercicio del derecho de acci
Relación Jurídica Material Órgano Jurisdiccional Relación Jurídico Procesal Sujeto Activo Sujeto Pasivo Juez Demandante Demandado
A
B
A
B
PARTE MATERIAL PARTE PROCESAL
Conflicto de Intereses con Relevancia Jurídica
Intervención del Estado (Poder Judicial)
RELACI
RELACI
Ó
Ó
N PROCESAL
N PROCESAL
JUEZ
PRESUPUESTOS PROCESALES (DE FORMA)
PRESUPUESTOS PROCESALES (DE FORMA)
Son aquellos requisitos sin los cuales no se constituye una
Son aquellos requisitos sin los cuales no se constituye una
relaci
relacióón procesal vn procesal váálida; cuya ausencia deja al trlida; cuya ausencia deja al tráámite mite seguido como un proceso inv
seguido como un proceso inváálido. Estos son:lido. Estos son:
a.
a.
Competencia del JuezCompetencia del Juez: En la competencia absoluta, : En la competencia absoluta, la intervencila intervencióón del Juez incompetente da lugar a una n del Juez incompetente da lugar a una relaci
relacióón jurn juríídica procesal invdica procesal inváálida. Se da por razlida. Se da por razóón de n de cuant
cuantíía, territorio, materia. Grado y turno)a, territorio, materia. Grado y turno)
b.
b.
Capacidad procesal de las partesCapacidad procesal de las partes: Llamada tambi: Llamada tambiéén nlegitimatio
legitimatio ad ad processum, processum, se concibe como la aptitud o se concibe como la aptitud o
idoneidad para ejecutar actos procesales v
idoneidad para ejecutar actos procesales váálidos por lidos por parte de los elementos activos de la relaci
parte de los elementos activos de la relacióón jurn juríídica dica procesal.
procesal.
c.
c.
Observancia de los requisitos de la demandaObservancia de los requisitos de la demanda: Por : Por el que la demanda debe reunir los requisitos de formael que la demanda debe reunir los requisitos de forma
y fondo que la ley procesal se
CONDICIONES DE LA ACCI
CONDICIONES DE LA ACCI
Ó
Ó
N
N
(PRESUPUESTOS PROCESALES DE FONDO)
(PRESUPUESTOS PROCESALES DE FONDO)
Son requisitos necesarios para que una
Son requisitos necesarios para que una
pretensi
pretensi
ó
ó
n procesal hecha valer con la
n procesal hecha valer con la
demanda sea objeto de pronunciamiento
demanda sea objeto de pronunciamiento
v
v
á
á
lido sobre el fondo por el Juez.
lido sobre el fondo por el Juez.
Frente a la ausencia de un presupuesto
Frente a la ausencia de un presupuesto
procesal de fondo, el Juez deber
procesal de fondo, el Juez deber
á
á
inhibirse de pronunciarse sobre el fondo
inhibirse de pronunciarse sobre el fondo
del asunto, emitiendo, as
del asunto, emitiendo, as
í
í
, una sentencia
, una sentencia
inhibitoria. Son:
demandante precisa o necesita de una declaracióón n judicial para evitar un da
judicial para evitar un dañño juro juríídico. Debe ser cierto y dico. Debe ser cierto y actual.
actual.
Legitimidad para obrarLegitimidad para obrar: (: (legitimatiolegitimatio ad ad causemcausem) Es ) Es aquella condiciaquella condicióón jurn juríídica en que se halla una persona dica en que se halla una persona con relaci
con relacióón al derecho que invoca en juicio, ya sea en n al derecho que invoca en juicio, ya sea en raz
razóón de su titularidad o de otras circunstancias que n de su titularidad o de otras circunstancias que justifican su pretensi
justifican su pretensióón. En otros tn. En otros téérminos, consiste en la rminos, consiste en la autorizaci
autorizacióón que la ley otorga a una persona para ser n que la ley otorga a una persona para ser parte de un proceso determinado por su vinculaci
parte de un proceso determinado por su vinculacióón n espec
especíífica con el litigio.fica con el litigio.
Voluntad de la leyVoluntad de la ley: Se refiere a que la pretensi: Se refiere a que la pretensióón tenga n tenga sustento en un derecho tutelado por la ley.