TítuloProyecto de urbanización en Pedralonga (A Coruña) Fase II
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(2) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Índice general. PROYECTO DE URBANIZACIÓN EN PEDRALONGA ( A CORUÑA) – FASE II ÍNDICE:. DOCUMENTO Nº2: PLANOS. DOCUMENTO Nº1: MEMORIA Memoria descriptiva Memoria justificativa: Anejo 1: Antecedentes Anejo 2: Planeamiento Anejo 3: Justificación de la solución adoptada Anejo 4: Estudio geológico Anejo 5: Estudio geotécnico Anejo 6: Topografía y replanteo Anejo 7: Trazado del viario Anejo 8: Movimiento de tierras Anejo 9: Parcelación Anejo 10: Firmes y pavimentos Anejo 11: Red de abastecimiento y riego Anejo 12: Red de saneamiento Anejo 13: Red de energía eléctrica Anejo 14: Red de alumbrado público Anejo 15: Red de gas Anejo 16: Red de telecomunicaciones Anejo 17: Señalización Anejo 18: Mobiliario urbano Anejo 19: Jardinería Anejo 20: Estudio de impacto ambiental Anejo 21: Estudio de seguridad y salud Anejo 22: Estudio de gestión de residuos Anejo 23: Presupuesto para conocimiento de la propiedad Anejo 24: Plan de obra Anejo 25: Justificación de precios Anejo 26: Revisión de precios Anejo 27: Clasificación del contratista Anejo 28: Reportaje fotográfico. Estela Varela Pailos. 1. Localización 2. Situación actual 3. Planeamiento 4. Definición Geométrica 5. Replanteo 6. Parcelación 7. Trazado viario 8. Firmes y pavimentos 9. Secciones tipo 10. Red de abastecimiento y riego 11. Red de saneamiento 12. Red de energía eléctrica 13. Red de alumbrado público 14. Red de gas 15. Red de telecomunicaciones 16. Señalización 17. Mobiliario urbano 18. Jardinería.. DOCUMENTO Nº3: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES 1.Definición y alcance del Pliego. 2. Disposiciones técnicas. 3. Disposiciones generales. 4. Garantía y control. 5. Medición y abono de las obras. 6. Materiales básicos. 7. Unidades de obra.. DOCUMENTO Nº4: PRESUPUESTO 1.Mediciones 2.Mediciones auxiliares 3.Cuadro de precios Nº1 4.Cuadro de precios Nº2 5.Presupuesto 6.Resumen del presupuesto.
(3) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares. ÍNDICE:. DOCUMENTO Nº 3: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES. Estela Varela Pailos. 1.Definición y alcance del Pliego. 2. Disposiciones técnicas. 3. Disposiciones generales. 4. Garantía y control. 5. Medición y abono de las obras. 6. Materiales básicos. 7. Unidades de obra..
(4) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares.. Capítulo 1: Definición y alcance.. 1. OBJETO DEL PLIEGO. CAPÍTULO 1: DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO.. 1.OBJETO DEL PLIEGO 2. DOCUMENTOS QUE DEFINEN LAS OBRAS 3. DOCUMENTOS CONTRACTUALES 4. COMPATIBILIDAD Y PRELACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS DOCUMENTOS QUE COMPONEN EL PROYECTO 5. PLANOS 6.DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS OBRAS 7,SEÑALIZCIÓN DE LAS OBRAS DURANTE SU EJECUCIÓN 8. SEGURIDAD Y SALUD 9. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 10. REPRESENTANTES DE LA PROMOCIÓN Y DEL CONTRATISTA 11. ORGANIZACIÓN, REPRESENTACIÓN Y PERSONAL DEL CONTRATISTA 12. NORMAS REFERENTES A PERSONAL EN OBRA 13. ALTERACIÓN Y/O LIMITACIONES DEL PROGRAMA DE TRABAJOS. El presente Pliego de Prescripciones Técnicas constituye el documento rector de este proyecto y está compuesto por el conjunto de especificaciones, prescripciones, criterios y normas que, juntamente con los Planos, definen todos los requisitos técnicos y condiciones generales que han de regir en la ejecución de las obras y fijan las condiciones técnicas y económicas de los materiales objeto del "Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II". El Pliego contiene la descripción general de las obras, las condiciones que han de cumplir los materiales, las instrucciones para la ejecución, medición y abono de las unidades de obra y es la norma guía que han de seguir el Contratista y Director de la Obra. Será de aplicación a la construcción, control, dirección e inspección de las obras correspondientes al presente proyecto. 2. DOCUMENTOS QUE DEFINEN LAS OBRAS -Documento nº 2: Planos. Como documentos gráficos definen la obra en sus aspectos geométricos. -Documento nº 3: Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Determina la definición de las obras en cuanto a su naturaleza y características físicas. 3.DOCUMENTOS CONTRACTUALES Los documentos, tanto del Proyecto como otros complementarios que la Dirección de Obra entregue al Contratista, pueden tener un valor contractual o meramente informativo, según se detalla en el presente Artículo. En lo referente a documentos contractuales, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 82, 128 y 129 del Reglamento General de Contratación del Estado y en la cláusula 7 del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras. Serán documentos contractuales: -DOCUMENTO Nº 2: PLANOS. -DOCUMENTO Nº 3: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES. -CUADROS DE PRECIOS 1 Y 2. -PROGRAMA DE TRABAJO cuando sea obligatorio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento General de Contratación o, en su defecto, cuando lo disponga expresamente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. -DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, siendo ésta el pronunciamiento de la autoridad competente de medio ambiente, en el que, de conformidad con el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, se determina, respecto a los efectos ambientales previsibles, la conveniencia o no de realizar la actividad proyectada, y, en caso afirmativo, las condiciones que deben establecerse en orden a la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales. -MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL recogidos en el proyecto de Construcción. Tendrán un carácter meramente informativo los estudios específicos realizados para obtener la identificación y valoración de los impactos ambientales.. Estela Varela Pailos. Página 1 de 8.
(5) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares. Tanto la información geotécnica del proyecto como los datos sobre procedencia de materiales, a menos que tal procedencia se exija en el correspondiente artículo del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, ensayos, condiciones locales, diagramas de movimientos de tierras, estudios de maquinaria, de condiciones climáticas, de justificación de precios y, en general, todos los que se incluyen habitualmente en la memoria de los proyectos, son informativos y en consecuencia, deben aceptarse tan sólo como complementos de la información que el Contratista debe adquirir directamente y con sus propios medios. Por tanto, el Contratista será responsable de los errores que se puedan derivar de su defecto o negligencia en la consecución de todos los datos que afecten al contrato, al planeamiento y a la ejecución de las obras.. 4. COMPATIBILIDAD Y PRELACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS DOCUMENTOS QUE COMPONEN EL PROYECTO En caso de incompatibilidades y/o contradicciones entre los documentos del presente proyecto se tendrán en cuenta las siguientes especificaciones: -Supuesto exista incompatibilidad entre los documentos que componen el proyecto prevalecerá el Documento nº 2: Planos sobre los demás, en lo que concierne al dimensionamiento y características geométricas. -El Documento nº 3: Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares tendrá prelación sobre el resto de los documentos en lo referente a materiales a emplear, ejecución, medición y valoración de las obras. -El cuadro de precios nº 1 tendrá preferencia sobre cualquier otro documento en los aspectos relativos a los precios de las unidades de obra que componen el proyecto. -En cualquier caso, los documentos del proyecto tendrán prelación con respecto a los Pliegos de Condiciones Generales mencionados posteriormente en el presente pliego. Todos los aspectos definidos en el Documento nº 2: Planos y omitidos en el Documento nº 3: Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o viceversa habrán de ser considerados como si estuviesen expuestos en ambos documentos, siempre que las unidades de obra se encuentren perfectamente definidas en uno u otro documento y tengan precios asignados en el Presupuesto. No es propósito, sin embargo, de Planos y Pliegos de Prescripciones el definir todos y cada uno de los detalles o particularidades constructivas que puede requerir la ejecución de las obras, ni será responsabilidad de la Propiedad, del Proyectista o del Director de Obra la ausencia de tales detalles, que deberán ser ejecutados, en cualquier caso, por el Contratista, de acuerdo con la normativa vigente y siguiendo criterios ampliamente aceptados en la realización de obras similares. Asimismo, las descripciones erróneas en los detalles de la obra que sean manifiestamente indispensables para llevar a cabo el espíritu o intención expuesto en ellos, o que por uso o costumbre deben ser realizados, no sólo no eximirán al Contratista de la obligación de ejecutar tales detalles, sino que, por el contrario, deberán ser ejecutados como si hubieran sido completa y correctamente especificados en dichos documentos. En todo caso las contradicciones, omisiones o errores que se adviertan en estos documentos por el Director o por el Contratista, deberán reflejarse preceptivamente en el Libro de Órdenes.. Capítulo 1: Definición y alcance.. de ejecución que, con detalle suficiente para la descripción de las obras, entregará la Propiedad al Contratista. El Contratista deberá solicitar por escrito dirigido a la Dirección de Obra, los planos complementarios de ejecución necesarios para definir las obras que hayan de realizarse con treinta (30) días de antelación a la fecha prevista de acuerdo con el programa de trabajos. Los planos solicitados en estas condiciones serán entregados al Contratista en un plazo no superior a quince (15) días. Cualquier duda en la interpretación de los planos deberá ser comunicada por escrito al Director de Obra, el cual antes de quince (15) días dará explicaciones necesarias para aclarar los detalles que no estén perfectamente definidos en los Planos. El Contratista deberá confrontar inmediatamente después de recibidos todos los Planos que le hayan sido facilitados y deberá informar prontamente al Director de las Obras sobre cualquier anomalía o contradicción, comprobando las cotas antes de aparejar la obra. Las cotas de los Planos prevalecerán siempre sobre las medidas a escala. Será responsabilidad del Contratista la elaboración de cuantos planos complementarios de detalle sean necesarios para la correcta realización de las obras. Estos planos serán presentados a la Dirección de Obra con quince (15) días laborables de anticipación para su aprobación y/o comentarios. El Contratista dispondrá en obra de una copia completa del Pliego de Prescripciones y de la normativa legal reflejada en el mismo, un juego completo de los Planos del Proyecto, así como copias de todos los planos complementarios desarrollados por el Contratista y aceptados por la Dirección de Obra y de los revisados suministrados por la Dirección de Obra, junto con las instrucciones y especificaciones complementarias que pudieran acompañarlos. Mensualmente, y como fruto de este archivo actualizado, el Contratista está obligado a presentar una colección de los planos de obra realmente ejecutada, debidamente contrastada con los datos obtenidos conjuntamente con la Dirección de la Obra, siendo de su cuenta los gastos ocasionados por tal motivo. Los datos reflejados en estos planos deberán ser aprobados por el responsable de Garantía de Calidad del Contratista. El Contratista estará obligado a presentar mensualmente a la Dirección de Obra un informe técnico en relación con las actuaciones y posibles incidencias con repercusión ambiental que se hayan producido. Además, se señalará el grado de ejecución de las medidas correctoras y la efectividad de dichas medidas. En caso de ser los resultados negativos, se estudiarán y presentará una propuesta de nuevas medidas correctoras. La Propiedad facilitará planos originales para la realización de este trabajo.. 6. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS OBRAS 6.1. TRABAJOS PREVIOS. Se realizará el desbroce y limpieza general del terreno, incluyendo el desbroce de matorrales y zarzas, tala de arbustos, arranque de tocones de árboles, troceado y apilado de los mismos, etc. Estas operaciones serán las necesarias para dejar el terreno natural, dentro de la zona afectada por las obras, totalmente libre de obstáculos, maleza, árboles, tocones, vallas, muretes, materiales auxiliares de las huertas, basuras, escombros y cualquier otro material indeseable, de modo que dichas zonas queden aptas y no condicionen el inicio de los trabajos. 6.2. MOVIMIENTO DE TIERRAS.. 5. PLANOS. Consiste en el conjunto de operaciones para excavar, rellenar y nivelar las explanadas para viales, aparcamientos y aceras y excavaciones previas de zanjas y taludes hasta la cota necesaria.. Las obras se realizarán con acuerdo al Documento nº 2: Planos, con las instrucciones y planos complementarios. Estela Varela Pailos. Página 2 de 8.
(6) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares. Además de este movimiento de tierras en el viario se realizará la retirada de la capa de tierra vegetal existente en las zonas en las que se realicen las explanadas necesarias. En la compensación de tierras, el volumen de desmonte obtenido es menor al volumen destinado a terraplén, por lo que será necesario material de préstamo. Capítulo 1: Definición y alcance.. –. Bordillo entre acera y calzada (15x25cm).. –. Bordillo a nivel entre pavimentos diferenciados (12x25).. –. Bordillos de jardín (10x25).. –. Se han considerado barrancas en las aceras para facilitar el cruce de peatones en cruces destinados a éstos.. 6.3. TRAZADO DEL VIARIO Tanto en el trazado en planta como en el de alzado se han seguido las Recomendaciones para el proyecto y diseño del viario urbano.. Todos ellos irán colocados sobre solera de hormigón de HM-20.. El viario de tráfico rodado se compone de 3 viales, dos de ellos "internos" a la urbanización (ejes 2 y 3), mientras que el otro (eje 1) actúa de conexión de la parcela, al norte con el Parque Ofimático y al sur con una carretera de servicio de la Av. Alcalde Alfonso Molina. Además se ha proyectado un vial peatonal de 20 metros de ancho (eje 4).. 6.5. SEÑALIZACIÓN. En el total de la urbanización, los movimientos del tráfico, tanto rodado como peatonal se encuentran regulados por señales verticales y marcas viales, cuyas dimensiones se pueden consultar en los planos correspondientes.. 6.4.FIRMES Y PAVIMENTOS. Tanto para la señalización horizontal y para las marcas viales se ha seguido la normativa vigente. Para el firme del viario rodado se ha escogido dos secciones diferentes según los viales: -Para el eje 1 se dispone una sección que consta de una capa de rodadura de 4 cm. sobre una intermedia de 6 cm., ambas capas bituminosas sobre una base granular de 20cm. de espesor. -Para el eje 2, interior a la urbanización, la sección consta de una capa de rodadura de 4 cm. sobre una intermedia de 5 cm., ambas capas bituminosas sobre una base granular de 20cm. de espesor. En todas estas secciones de firmes, entre la base de rodadura y la capa intermedia se aplicará un riego de adherencia; y para que se dé una correcta adherencia entre dicha capa bituminosa y la granular sobre la que descansa se aplicará entre ambas el correspondiente riego de imprimación. Tanto para el eje 3 como para las bandas de aparcamiento se dispondrán adoquines de hormigón de 6 cm. de espesor; sobre una capa de arena de 5 cm y ésta a su vez sobre una subbase gtanular de 15 cm de espesor. Para el resto de pavimentos se han seguido las “Recomendaciones para el proyecto y diseño del viario urbano”. Hay que distinguir los siguientes pavimentos: –. Para el pavimento dispuesto en las aceras se ha elegido la sección formada por una capa de hormigón HM-20 de 10 cm de espesor sobre la que se disponen 5 cm de mortero de cemento de agarre y la última capa, sobre la que se produce la circulación, formada por baldosas hidráulicas de 20x20x3 cm cuyas juntas se rellenarán con lechada de cemento. Funciona como un pavimento rígido, es prácticamente impermeable y además es de fácil conservación y mantenimiento.. 6.6. RED DE ABASTECIMIENTO Y RIEGO. La red diseñada será de tipo ramificada y partirá de un punto de suministro al norte de la parcela. Se ejecutará con tuberías de PVC con diámetros 63, 125, 140, y 180 mm. La red quedará dividida en sectores de longitud no superior a 200 m mediante llaves de paso, de manera que, en caso necesario, cualquiera de ellos pueda quedar fuera de servicio. Como dato de partida se considera la dotación de agua potable por vivienda de 0.035 l/s. Se realizará una acometida a cada vivienda para que, en caso de avería en una de ellas, garantizar el suministro a las restantes. También se proyectarán las correspondientes arquetas de registro, válvulas, desagües, etc. Se colocarán 3 hidrantes en la posición indicada en los planos del Documento nº 2 y la distancia entre éstos no será superior a 200m. Se incluye también bocas de riego de calles conectadas a la red de distribución. En las zonas verdes se prevé la instalación de una red de riego con aspersores proyectada con tuberías de PVC de 63 mm. de diámetro, y que incluye los correspondientes programadores y electroválvulas. Todos los elementos anteriores e ajustarán a lo especificado en la norma NTE-IFA y NTE-IFR.. -Las sendas peatonales de las zonas verdes constarán de una capa de 15cm de zahorra artificial compactada. 6.7. RED DE SANEAMIENTO. -Los espacios verdes se proyectan mediante una sección formada por una capa de tierra vegetal de 50 cm. La red de saneamiento se proyecta con un sistema separativo de recogida de aguas pluviales y fecales. Separando los diferentes pavimentos se dispondrán bordillos de hormigón prefabricado u granito, pudiendo verse la utilización de uno u otro en los planos correspondientes. Se dispondrán tres tipos de bordillos:. Estela Varela Pailos. Ambas redes se proyectan mediante conducciones por gravedad aprovechando la pendiente del terreno y vertiendo a la red existente situada en el sur de la zona de actuación. Quedando siempre por debajo de la red de abastecimiento con el fin de evitar contaminaciones en caso de pérdidas o roturas en el alcantarillado.. Página 3 de 8.
(7) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares. La disposición se puede observar en los correspondientes planos. En los viales con banda de aparcamiento se ha tratado de que la red discurriera bajo la misma evitando así los ciclos de carga–descarga sobre la conducción debidos al paso de vehículos. Las redes serán sencillas, tal y como recomienda la norma para anchos de vías menores de 20 m. La red de saneamiento prevista tanto de aguas fecales como de pluviales se construirá con tubería de P.V.C., según el trazado indicado en los planos correspondientes. Los diámetros utilizados serán aquellos señalados en los correspondientes listados de cálculos. Se colocarán pozos de registro para ambas redes a una distancia no superior a 50 metros, en los cambios de pendiente, de dirección o de sección . Los pozos estarán construidos en fábrica de ladrillo. Los sumideros de la red de pluviales se colocarán en general en los márgenes de las calzadas, adyacentes a los bordillos de las aceras.. Capítulo 1: Definición y alcance.. Estos equipos estarán constituidos por celdas de alta tensión, cuadros de distribución en baja tensión, celdas de protección y demás elementos detallados en los planos correspondientes. 6.9. RED DE ALUMBRADO PÚBLICO. Se dispondrán puntos de luz con luminarias y una potencia de la lámpara de vapor de sodio de alta presión de 400 W. sobre postes de 15 metros de altura, de 250 W. Sobre postes de 12 y 10 m. y 150 W. sobre postes de 10 metros en la zona urbana y de potencia 150 W sobre columnas de 4 m. de altura en las zonas verdes y en las vías peatonales. La disposición de las luminarias puede consultarse en los planos correspondientes. El tipo de conductor utilizado para la red de alumbrado es: XLPE 0.6/1 Uni Tri Enterr. La sección utilizada es de 3x1,5 (mm²). La red será subterránea y los cables se dispondrán dentro de unos tubos de PVC de 110 mm.. 6.8. RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA. La instalación eléctrica y conexión a la red general se realizará por la compañía suministradora, al igual que la instalación de los centros de transformación y la instalación del cableado de MT y BT. Los conductores utilizados para la red de MT son enterrados de 3x35 (sección 35 mm²). El diámetro de los tubos de protección de PVC, cuando se trate de tubería reforzada, será de 160 mm. Las características del cable son: - Franja: Media Tensión - Valor máximo de caída de tensión: 5% - Tensión nominal: 15000V - Serie: XLPE (cable aislado con polietileno reticulado) - Tensión Simple/Compuesta: 8660,3 V / 15.000 V - Material eléctrico: Cobre. - Sección: 3 x 35 mm². En la distribución de BT se utilizará una instalación enterrada en zanjas de 70 cm de profundidad, con cables de secciones 70, 95, 240 y 300 mm². El diámetro de los tubos de protección de PVC, cuando se trate de tubería reforzada, será de 110 mm.. 6.10. RED DE GAS NATURAL. La red se ha dejado preparada para la conexión con la red existente al sur de la parcela de actuación. El desarrollo de la red será de tipo ramificada. La canalización se proyecta con conducciones de polietileno de 50, 63, 75, 90, 110, 125, 140 y 200 dispuestas bajo la acera a una profundidad media de 60 cm. mm,. Se dejarán dispuestas las arquetas de registro necesarias para la posterior colocación de las válvulas pertinentes, para aislar, por motivos de seguridad, los distintos tramos.. 6.11. RED DE TELECOMUNICACIONES. La instalación de conductores y equipos necesarios para suministrar el servicio será responsabilidad posterior de la compañía suministradora. La entidad promotora se encargará de la obra civil ajustándose a las normas técnicas vigentes de la Compañía suministradora y bajo la supervisión constante de su personal, con objeto de dar servicio adecuado hasta la entrada de las parcelas.. Las características de dicha serie son: - Franja: Baja Tensión - Valor máximo de caída de tensión: 5% - Tensión nominal: 380V - Serie: XLPE (cable aislado con polietileno reticulado). - Tensión Simple/Compuesta: 219,4 / 380 V. - Material eléctrico: Cobre. - Sección: 3x70 mm², 3x95 mm², 3x240 mm², 3x300 mm² .. Las secciones de las canalizaciones consideradas como tramos comprendidos entre dos arquetas, estarán formadas por un prisma de hormigón en masa HM-20 con las dimensiones indicadas en los planos, en el que se embeberán 6 tubos de PVC rígido de 1.2 mm de espesor y 63 mm de diámetro.. 6.12. MOBILIARIO URBANO. Con la finalidad de mejorar la habitabilidad de la zona se incluyen una serie de elementos de mobiliario urbano. Éstos son los que siguen:. La sección mínima de neutro será igual a la mitad de fase obtenida según el cálculo. De acuerdo con los cálculos realizados en función de la potencia total estimada, se disponen 4 centros de transformación exteriores con equipos transformadores dobles de 400 kVA cada uno.. Estela Varela Pailos. – – –. Bancos. Papeleras. Alcoques.. Página 4 de 8.
(8) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares. –. Aparcabicicletas.. 6.13. JARDINERÍA. En las zonas verdes y jardines se realizará una siembra de césped. Las distintas especies escogidas se plantarán tanto en distintas zonas del espacio verde como en los alcorques dispuestos en las aceras.. Capítulo 1: Definición y alcance.. Ninguna obra podrá realizarse en caso de niebla, de precipitaciones de nieve o condiciones que puedan, de alguna manera, limitar la visibilidad o las características de adherencia del piso. En el caso de que aquellas condiciones negativas se produzcan una vez iniciadas las obras, éstas deberán ser suspendidas inmediatamente, con la separación de todos y cada uno de los elementos utilizados en las mismas y de sus correspondientes señalizaciones. La presente norma no se aplica a los trabajos que tienen carácter de necesidad absoluta en todos los casos de eliminación de situaciones de peligro para la circulación. Tal carácter deberá ser decidido en todo caso por el Ingeniero Director, a quien compete cualquier decisión al respecto.. Las especies plantadas son las siguientes:. El Director de Obra ratificará o rectificará el tipo de señal a emplear conforme a las normas vigentes en el momento de la construcción, siendo de cuenta y responsabilidad del Contratista el establecimiento, vigilancia y conservación de las señales que sean necesarias.. -Quercus Robur. -Tilia cordata. -Castanea sativa (castaño). -Platanus hispánica. -Ligustrum lucidum.. El Contratista señalará la existencia de zanjas abiertas, impedirá el acceso a ellas a todas las personas ajenas a la obra y vallará toda zona peligrosa, debiendo establecer la vigilancia necesaria, en especial por la noche para evitar daños al tráfico y a las personas que hayan de atravesar la zona de las obras. El Contratista bajo su cuenta y responsabilidad, asegurará el mantenimiento del tráfico en todo momento durante la ejecución de las obras.. 7. SEÑALIZCIÓN DE LAS OBRAS DURANTE SU EJECUCIÓN. Los desvíos provisionales y la señalización durante la ejecución de las obras comprenden el conjunto de obras accesorias, medidas y precauciones que el Contratista está obligado a realizar y adoptar durante la ejecución de las obras para mantener la circulación en condiciones de seguridad. Durante dicho período el Contratista tendrá en cuenta lo previsto en el capítulo II, Sección 1ª, Cláusula 23 del pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado, Decreto 3854/1970, de 31 de Diciembre La Orden Ministerial de 14 de Marzo de 1.960, las aclaraciones complementarias que se recogen en la O.C. nº 67-1-1.960 de la Dirección General de Carreteras, Instrucción de Carreteras 8.3-IC, Señalización de Obras y demás disposiciones al respecto que pudiesen entrar en vigor antes de la terminación de las obras. No se podrá dar comienzo a ninguna obra en la carretera en caso de estar ésta abierta al tráfico si el Contratista no ha colocado las señales informativas de peligro y de delimitación previstas, en cuanto a tipos, número y modalidad de disposición por las normas 8.3-I.C. En ningún caso se invadirá un carril de circulación, aunque sea para trabajos de poca duración, sin antes colocar la señalización adecuada. Durante la ejecución de las obras, el Contratista cuidará de la perfecta conservación de las señales, vallas y conos, de tal forma que se mantengan siempre en perfecta apariencia y no parezcan algo de carácter provisional. Toda señal, valla o cono deteriorado o sucio deberá ser reparado, lavado o sustituido. El Contratista estará obligado a establecer contacto antes de dar comienzo a las obras con el Ingeniero Director de las Obras, con el fin de recibir del mismo las instrucciones particulares referentes a las medidas de seguridad a adoptar así como las autorizaciones escritas que se consideren eventualmente necesarias y cualquier otra prescripción que se considere conveniente. El Contratista informará anticipadamente al Ingeniero Director acerca de cualquier variación de los trabajos a lo largo de la carretera.. Cuando la ausencia de personal de vigilancia o un acto de negligencia del mismo produzca un accidente o cualquier hecho lesivo para los usuarios o sus bienes, la responsabilidad recaerá sobre el Contratista, el cual asumirá todas las consecuencias de carácter legal. A la terminación de las obras, el Contratista deberá dejar perfectamente limpio y despejado el tramo de calzada que se ocupó, sacando toda clase de materiales y de desperdicios de cualquier tipo que existieran allí por causa de la obra. Si se precisase realizar posteriores operaciones de limpieza debido a la negligencia del Contratista, serán efectuadas por el personal de conservación, con cargo al Contratista. En los casos no previstos en estas normas o bien en situaciones de excepción (trabajos de realización imprescindible en condiciones precarias de tráfico o de visibilidad), el Ingeniero Director podrá dictar al Contratista disposiciones especiales en sustitución o en derogación de las presentes normas. El Contratista colocará a su costa la señalización y balizamiento de las obras con la situación y características que indiquen las ordenanzas y autoridades competentes y el Proyecto de Seguridad. También cuidará de su conservación para que sirvan al uso al que fueron destinados, durante el período de ejecución de las obras. Si alguna de las señales o balizas deben permanecer, incluso con posterioridad a la finalización de las obras, se ejecutará de forma definitiva en el primer momento en que sea posible. Se cumplirán en cualquier caso los extremos que a continuación se relacionan, siempre y cuando no estén en contradicción con el proyecto de Seguridad: –. Las vallas de protección distarán no menos de 2 m. cuando se prevea paso de vehículos.. –. Cuando los vehículos circulen en sentido normal al borde de la excavación o al eje de la zanja, la zona acotada se ampliará a dos veces la profundidad de la excavación o zanja en este punto, siendo la anchura mínima 4 m y limitándose la velocidad en cualquier caso.. En el caso de que se observe falta de cumplimiento de las presentes normas, las obras quedarán interrumpidas hasta que el Contratista haya dado cumplimiento a las disposiciones recibidas.. –. En el caso de producirse incidentes o cualquier clase de hechos lesivos para los usuarios o sus bienes por efecto de falta de cumplimiento de las Normas de Seguridad, la responsabilidad de aquéllos recaerá sobre el Contratista, el cual asumirá las consecuencias de carácter legal.. – En las zanjas o pozos de profundidad mayor de 1,30 m siempre que haya operarios trabajando en el interior, se mantendrá uno de retén en el exterior.. Estela Varela Pailos. El acopio de materiales y tierras extraídas en cortes de profundidad mayor de 1,30 m se dispondrá a una distancia no menor de 2 m. del borde.. Página 5 de 8.
(9) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares. –. La iluminación se efectuará mediante lámparas situadas cada 10 m.. –. Las zanjas de profundidad mayor de 1,30 m. estarán provistas de escaleras que rebasen 1 m. la parte superior del corte.. – Las zanjas estarán acotadas vallando la zona de paso o en la que se presuma riesgo para peatones o vehículos. –. Capítulo 1: Definición y alcance.. 8. SEGURIDAD Y SALUD. Se define como seguridad y salud en el trabajo a las medidas y precauciones que el Contratista está obligado a realizar y adoptar durante la ejecución de las obras para prevención de riesgos, accidentes y enfermedades profesionales.. Las zonas de construcción de obras singulares, estarán completamente valladas.. –. Al finalizar la jornada o en interrupciones largas, se protegerán las bocas de los pozos de profundidad mayor de 1,30 m. con un tablero resistente, red o elemento equivalente.. –. Como complemento a los cierres de zanja se colocarán todas las señales de tráfico incluidas en el código de circulación que sean necesarias.. – Cuando en el transcurso de las obras se efectúen señales con banderas rojas, se utilizarán los siguientes métodos de señalización:. ➢ Para detener el tráfico, el hombre con la bandera hará frente al mismo y extenderá la bandera. horizontalmente a través del carril en una posición fija, de modo que la superficie completa de la bandera sea visible. Para mayor énfasis puede levantar el otro brazo con la palma de la mano vuelta hacia el tráfico que se aproxima. ➢ Cuando se permita a los vehículos continuar en su marcha, el hombre se colocará paralelamente al. movimiento de tráfico, con el brazo y la bandera mantenidas en posición baja, indicando el movimiento hacia delante con su brazo libre. No debe usarse la bandera roja para hacer señal de que continúe el tráfico. ➢ Para disminuir la velocidad de los vehículos, hará primero la señal de parar y seguidamente la de continuar,. antes de que el vehículo llegue a pararse. ➢ Cuando sea necesario llamar la atención a los conductores por medio de la bandera roja pero no se. requiera una sustancial reducción de la velocidad, el empleado con la bandera se situará de cara al tráfico y hará ondular la bandera con un movimiento oscilatorio del brazo frente al cuerpo, sin que dicho brazo rebase la posición horizontal.. Durante la ejecución de las obras, la empresa constructora está obligada a la prevención de los citados riesgos, así como los derivados de trabajos de reparación, conservación y mantenimiento, disponiendo además las instalaciones preceptivas de higiene y bienestar de los trabajadores. De acuerdo con el Real Decreto 1627 / 1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el Contratista elaborará, basándose en el estudio correspondiente de Seguridad e Higiene, un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo ajustado a su forma y medios de trabajo, que someterá a aprobación de la Administración. La valoración de ese plan no excederá del presupuesto del proyecto de Seguridad y Salud correspondiente a este Proyecto, entendiéndose de otro modo que cualquier exceso está comprendido en el porcentaje de costes indirectos que forman parte de los precios del Proyecto. El abono del presupuesto correspondiente al proyecto de Seguridad y Salud se realizará con acuerdo al correspondiente cuadro de precios que figura en el mismo, o en su caso en el plan de Seguridad y Salud en el trabajo, aprobado por la Administración, y que se considera documento del contrato a dichos efectos. Las disposiciones generales legales de obligado cumplimiento en materia de Seguridad y Salud contenidas en:. son las. ➢ Estatuto de los Trabajadores. ➢ Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo (O.M. 9-3-71) (B.O.E. 11-3-71) y las modificaciones posteriores de la ordenanza. ➢ Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. ➢ Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (con las modificaciones y actualizaciones referentes a esta ley).. ➢ Por la noche deberá usarse una linterna roja en vez de una bandera. ➢ Plan Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo (O.M. 9-3-71) (B.O.E. 11-3-71). – Al descargar material de un vehículo de obras destinado a la ejecución de obras o señalización, nunca se dejará ningún objeto depositado en la calzada abierta al tráfico, aunque sólo sea momentáneamente con la intención de retirarlo a continuación.. ➢ Reglamento de Seguridad e Higiene en la Industria de la Construcción (O.M. 20-5-52) (B.O.E.15- 6-52).. – Al finalizar los trabajos se retirarán todos los materiales dejando la zona limpia y libre de obstáculos que pudieran representar algún peligro para el tráfico.. ➢. ➢ Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.. Ordenanza de trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica (O.M. 28-8-70) (B.O.E. 5/7/8/9-9-70).. ➢ Homologación de medios de protección personal (O.M. 17-5-74) (B.O.E. 29- 5-74). –. Cuando se suspendan los trabajos, bien sea al terminar la jornada laboral o por cualquier otro motivo, se tendrán en cuenta las siguientes normas: caso de que la reparación en cuestión y el material acumulado junto a la misma no represente ningún peligro para el tráfico, podrá retirarse la señalización y volverse a colocar al reanudar los trabajos. En caso contrario, se mantendrá la señalización durante todo el tiempo que estén parados los trabajos y durante la noche se colocará, también, la señalización adicional que se indique.. ➢ Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (O.M. 20-9-73) (B.O.E. 9-10-73). ➢. Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión (O.M. 28-11-68).. ➢ Normas para la señalización de obra en las carreteras (O.M. 14-3-60) (B.O.E. 23-3-60).. Estela Varela Pailos. Página 6 de 8.
(10) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares. ➢ Convenio Colectivo de la Construcción de la provincia de A Coruña. ➢ Obligatoriedad de la inclusión de un estudio de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en los proyectos de edificación y obras públicas (Real Decreto 555/1.986, 21-2-86) (B.O.E. 21-3-86). ➢ Real Decreto 1627/1997, del 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y. Capítulo 1: Definición y alcance.. las obras, que fundamentalmente afecten a sus relaciones con el Contratista, son las indicadas en el apartado 101.3 del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales de Carreteras: Organización, representación y personal del Contratista. Cualquier miembro de equipo colaborador del Director de Obra, incluido explícitamente el órgano de Dirección de Obra, podrá dar en caso de emergencia, a juicio del mismo, las instrucciones que estime pertinentes dentro de las atribuciones legales, que serán de obligado cumplimiento para el Contratista.. salud en las obras de construcción. ➢ Demás disposiciones oficiales relativas a la Seguridad y Salud, y Medicina del Trabajo que pueda afectar a los. trabajos que se realicen en la obra. La redacción del preceptivo Estudio de Seguridad y Salud (Real Decreto 1627/1997, del 24 de Octubre) ha sido incluida como uno de los anejos de la Memoria Justificativa (Documento nº1: Memoria).. El Contratista proporcionará al Ingeniero Director, al técnico correspondiente, o sus subalternos o delegados toda clase de facilidades para los replanteos, reconocimientos, mediciones y pruebas de materiales, así como para la inspección de la mano de obra en todos los trabajos, con objeto de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente documento, permitiendo el acceso a todas las partes de la obra e incluso a los talleres y fábricas donde se produzcan los materiales o se realicen los trabajos para las obras.. 11. ORGANIZACIÓN, REPRESENTACIÓN Y PERSONAL DEL CONTRATISTA 9. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. El Estudio de Impacto Ambiental es el estudio técnico, de carácter interdisciplinar, que está destinado a predecir, identificar, valorar y corregir, las consecuencias o efectos ambientales que determinadas acciones pueden causar sobre la calidad del hombre y su entorno. La redacción del Estudio de Impacto Ambiental se hace necesaria en cumplimiento de la legislación vigente sobre protección medioambiental a todos los niveles, tanto autonómico como estatal o de la Unión Europea. El Contratista queda obligado a presentar a la Dirección de la Obra un Estudio de Impacto Ambiental cuya metodología y contenido se ajusten a la Ley 6/2010 del 24 de Marzo de modificación de texto refundido de la Ley de evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobada por el Real Decreto legislativo 1/2008, del 11 de Enero.. 10. REPRESENTANTES DE LA PROMOCIÓN Y DEL CONTRATISTA La Propiedad, durante la ejecución de las obras, estará representada ante el Contratista por un Técnico Superior competente que antuará como supervisor de las mismas, teniendo autoridad para dictar las órdenes necesarias que pudiesen surgir durante el desarrollo de las obras, y que el Contratista deberá aceptar. La Promoción, a su vez, estará representada por los Técnicos redactores del Proyecto, en calidad de Dirección Facultativa. El Constructor designará a su vez a un Técnico cuya candidatura habrá de ser aprobada por la Propiedad, que asumirá la dirección de los trabajos a su cargo y que actuará como representante suyo ante la Propiedad durante la ejecución de las obras. Las atribuciones asignadas en el presente Pliego al Director de Obra y las que le asigne la legislación vigente podrán ser delegadas en su personal colaborador de acuerdo con las prescripciones establecidas, pudiendo exigir el Contratista que dichas atribuciones delegadas se emitan explícitamente en órdenes que consten en el correspondiente "Libro de Órdenes" de la obra.. El Contratista elaborará un Organigrama designando para las distintas funciones el personal que compromete en la realización de los trabajos, incluyendo como mínimo las funciones que más adelante se indican, con independencia de que en función del tamaño de la obra puedan ser asumidas varias de ellas por una misma persona. Cualquier modificación posterior al inicio de las obras en la organización del personal y los trabajos solamente podrá realizarse previa aprobación de la Dirección de Obra o por orden de ésta. Tras la adjudicación de las obras, el Contratista está obligado a adscribir con carácter exclusivo un Técnico Superior Competente, sin perjuicio de que cualquier otro tipo de técnicos tengan las misiones que le corresponden, quedando aquél como representante de la contrata ante la Dirección de las Obras. Este Delegado de Obra o representante del Contratista asumirá la dirección de los trabajos que se ejecuten y actuará como representante del Contratista ante la Propiedad durante la ejecución de las obras a todos los efectos que se requieran. El Contratista comunicará los nombres, condiciones y organigramas adicionales de las personas que, dependiendo del citado representante, hayan de tener mando y responsabilidad en sectores de la obra. La representación del Contratista y la Dirección de Obra acordarán los detalles de sus relaciones estableciéndose modelos y procedimientos para comunicación escrita entre ambos y transmisión de órdenes, así como la periodicidad y nivel de reuniones para control de la marcha de las obras. Las reuniones se celebrarán cada quince (15) días salvo orden escrita de la Dirección de Obra. La Dirección de Obra podrá suspender los trabajos, sin que de ello se deduzca alteración alguna de los términos y plazos contratados, cuando no se realicen bajo la dirección del personal facultativo designado para los mismos y en tanto no se cumpla este requisito. Además, podrá exigir al Contratista la designación de nuevo personal facultativo, cuando la marcha de los trabajos respecto al Plan de Trabajos así lo requiera a juicio de la Dirección de Obra. Se presumirá que existe siempre dicho requisito en los casos de incumplimiento de las órdenes recibidas o de negativa a suscribir los documentos que reflejen el desarrollo de las obras, como partes de situación, datos de medición de elementos, resultados de ensayos, órdenes de la Dirección y análogos, definidos por las disposiciones del contrato o convenientes para un mejor desarrollo del mismo.. La inclusión en el presente Pliego de las expresiones “Director de Obra”, “Dirección de Obra” y “Dirección Facultativa” son ambivalentes en la práctica. Las funciones del Director, en orden a la dirección, control y vigilancia de. Estela Varela Pailos. Página 7 de 8.
(11) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares.. Capítulo 1: Definición y alcance.. 12. NORMAS REFERENTES A PERSONAL EN OBRA. En cada grupo o equipo de trabajo, el Contratista deberá asegurar la presencia constante de un encargado o capataz responsable de la aplicación de las presentes normas. Todos los operarios afectos a las obras de la urbanización deberán llevar, cuando ésta se halle soportando tráfico, una chaqueta adecuada de color bien perceptible a distancia por los usuarios. Por la noche, o en cualquier circunstancia con escasa visibilidad, dicha chaqueta deberá estar provista de tiras de tejido reflectante de la luz. Cuando un vehículo se halle parado en la zona de trabajo, cualquier operación de entrada o salida de personas, carga o descarga de materiales, apertura de portezuelas, volcado de cajas basculantes, etc., deberá realizarse exclusivamente en el interior de la demarcación de la zona de trabajo, evitando toda la posible ocupación de parte de la calzada abierta al tráfico. El conductor que, emprendiendo la marcha a partir del reposo, deba salir de la zona de trabajo delimitada, está obligado a ceder la preferencia de paso a los vehículos que eventualmente lleguen a aquella. Si la zona de trabajo se halla situada a la derecha de la calzada (arcén o carril de marcha normal), el conductor deberá mantener su vehículo en el citado arcén hasta que haya alcanzado una velocidad de cuarenta kilómetros por hora (40 km/h), al menos, y solo entonces, podrá colocarse en el carril de marcha normal, teniendo la precaución de señalar claramente tal maniobra mediante el uso de las señales de dirección. Está prohibido realizar, en cualquier punto de la carretera, la maniobra de retroceso, si no es en el interior de las zonas de trabajo debidamente delimitadas. Cuando tal maniobra se hiciese necesaria por causa de las obras, deberá realizarse exclusivamente en el arcén y con la ayuda de un hombre provisto de una bandera roja si es de día, o de una lámpara roja si es de noche o en condiciones de escasa visibilidad, que señale anticipadamente la maniobra a los vehículos que se acerquen. Todas las señalizaciones manuales citadas en los párrafos anteriores, deberán realizarse a una distancia de, por lo menos, cien metros (100 m) de la zona en que se realiza la maniobra. Además, debe colocarse un hombre con una bandera roja en todos los puntos donde puedan surgir conflictos entre los vehículos que circulen por la parte de la calzada libre al tráfico y el equipo de construcción. Ningún vehículo, instrumento o material perteneciente o utilizado por el Contratista deberá dejarse en la calzada durante la suspensión de las obras. Cuando por exigencias del trabajo, se hiciera necesario mantener el bloqueo total o parcial de la calzada también durante la suspensión de las obras, de día o de noche, todos los medios de trabajo y los materiales deberán guardarse en el arcén, lo más lejos posible de la barrera delantera. En tal caso, además, el Contratista queda obligado a efectuar un servicio de guardia con personal completamente capaz y con facultades para realizar con la mayor diligencia y precisión las misiones encomendadas. Tal personal se encargará de: – Controlar constantemente la posición de las señales, realizando su debida colocación en posición cuando las mismas resulten abatidas o desplazadas por la acción del viento o de los vehículos circulantes. – En caso de accidente, recoger los datos relativos al tipo de vehículo y a su documentación, así como, si es posible, los del conductor.. 13. ALTERACIÓN Y/O LIMITACIONES DEL PROGRAMA DE TRABAJOS Cuando del programa de trabajos se deduzca la necesidad de modificación de alguna condición contractual, dicho programa deberá ser redactado contradictoriamente por el Contratista y el Ingeniero Director de las Obras, acompañándose la correspondiente propuesta de modificación para su tramitación reglamentaria.. Estela Varela Pailos. Página 8 de 8.
(12) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares.. Capítulo 2: Disposiciones Técnicas. 1. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE. CAPÍTULO 2: DISPOSICIONES TÉCNICAS. 1.CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE 2. DISPOSICIONES LEGALES 3. DISPOSICIONES TÉCNICAS GENERALES 4. DISPOSICIONES TÉCNICAS PARTICULARES 5. CONDICIONES ESPECIALES 6.DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA. El Contratista está obligado al cumplimiento de la legislación vigente que, por cualquier concepto, durante el desarrollo de los trabajos, le sea de aplicación, aunque no se encuentre expresamente indicada en este Pliego o en cualquier otro documento de carácter contractual.. 2. DISPOSICIONES LEGALES • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. • Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público. • Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado, aprobado por Decreto 3854/1970 del 31 de Diciembre. • Ley de Contratos de Trabajo y disposiciones vigentes que regulen las relaciones patrono-obrero, así como cualquier otra disposición de carácter oficial. • Ley de Ordenación de Defensa de la Industria Nacional. • Ley de Ordenación Urbanística e Protección do medio rural de Galicia de 31 de Diciembre de 2002, así como las modificaciones referidas a la misma .. 3. DISPOSICIONES TÉCNICAS GENERALES 3.1.TRAZADO • Instrucción de carreteras, Norma 3.1-IC. • Recomendaciones para el proyecto y diseño del viario urbano del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.. 3.2. FIRMES Y PAVIMENTOS • Instrucción 6.1-IC, Secciones de firme, aprobada por la orden FOM/3460/2003, 28 de noviembre 2003. • Recomendaciones para el proyecto y diseño del viario urbano del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente. 3.3. SEÑALIZACIÓN • Instrucción 8.1-IC, Señalización Vertical, aprobada por la orden de 28 de diciembre de 1999. • Instrucción 8.2-IC, Marcas Viales, aprobada por Orden Ministerial del 16 de Julio de 1987. • Instrucción 8.3-IC, Señalización de Obras, aprobada por Orden Ministerial del 31 de Agosto de 1987. Esta. Estela Varela Pailos. Página 1 de 4.
(13) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares.. Capítulo 2: Disposiciones Técnicas. O.M. ha sido modificada parcialmente por el Real Decreto 208/1989 del 3 de Febrero, por el que se añade el artículo 21 bis y se modifica la redacción del artículo 171.b.a del Código de la Circulación.. • Reglamento electrotécnico de baja tensión de Galicia, Orden de 23 julio 2003.. • Orden Circular 304/89 del 21 de Julio sobre Señalización de Obras.. • Real Decreto 3275 / 1982, de 12 de Noviembre, y Orden Ministerial del 6 de Julio de 1984, por los que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en Centrales eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación e Instrucciones Técnicas Complementarias.. • Orden Circular 16/2003, sobre Intensificación y ubicación de carteles de obra. • Real Decreto 1955/ 2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.. 3.4. ABASTECIMIENTO DE AGUA • Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 junio “Texto Refundido Ley del Suelo de 2008”.. • Ley 9/2002 de Ordenación Urbanística y Protección del medio rural de Galicia de 31 de Diciembre de 2002, con las modificaciones de la ley 15/2004.. • Real decreto 2159/1978 por el que se aprueba el Reglamento del Planeamiento para el desarrollo de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. B.O.E. 15-09-78.. • Real Decreto 2159 / 1978, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.. • Orden del 22 / VIII /1963, Pliego de condiciones de abastecimiento de agua: Tuberías. • NTE-IER. Instalaciones de electricidad. Red exterior. • Orden del 28/VII/1974, Tuberías de abastecimiento. • NTE-IET. Instalaciones de electricidad. Centros de transformación. • Real Decreto 314/2006 que aprueba el "Código técnico de la edificación". • Ley de Ordenación Urbanística e Protección do medio rural de Galicia de 31 de Diciembre de 2002.. 3.7. RED DE GAS. • NTE- IFA Instalaciones de fontanería. Abastecimiento.. • Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 junio “Texto Refundido Ley del Suelo de 2008”.. • NTE- IFR Instalaciones de fontanería. Riego.. • Instrucción sobre documentación y puesta en servicio de las instalaciones receptoras de gases combustibles (Orden de 17 de Diciembre de 1985, del Ministerio de Industria y Energía).. 3.5. SANEAMIENTO. • Real Decreto 919/2006, de 28 julio que Aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.. • Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 junio “Texto Refundido Ley del Suelo de 2008”. • Real decreto 2159/1978 por el que se aprueba el Reglamento del Planeamiento para el desarrollo de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. B.O.E. 15-09-78 • Orden del MOPU del 15 / IX / 86: Pliego de Prescripciones Técnicas de tuberías de saneamiento de poblaciones.. 3.8. RED DE TELECOMUNICACIONES •. Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.. • Instrucción 5.2.I.C.-“Drenaje superficial” aprobada por la Orden 14 mayo 1990.. • Real Decreto 2159 / 1978, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.. • NTE- ISA. Instalaciones de Salubridad. Alcantarillado.. •. • NTE- ISD. Instalaciones de Salubridad. Depuración y vertido.. • Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 junio “Texto Refundido Ley del Suelo de 2008”.. 3.6. ENERGÍA ELÉCTRICA. • Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITCLAT 01 a 09. • Decreto 842 / 2002 de 2 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.. Estela Varela Pailos. • Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones. • Orden ITC/1644/2011, de 10 de junio, por la que se desarrolla el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones, aprobado por el Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo.. Página 2 de 4.
(14) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares. • Resolución de 12 de enero de 2000 (BOE 34 de 9/2/00).. Capítulo 2: Disposiciones Técnicas. 3.11. REVISIÓN DE PRECIOS. 3.9. PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS • Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes, de la Dirección General de Carreteras. • Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de abastecimiento de agua (Orden Ministerial del 28 de julio de 1974). • Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de saneamiento (Orden Ministerial del 15 de septiembre de 1986). •. Instrucción para la Recepción de Cementos (RC-08), aprobado por Real Decreto 956/2008, del 6 de junio.. •. Normas de Ensayo del Laboratorio de Transporte y Mecánica del Suelo del Ministerio de Obras Públicas.. •. Métodos de Ensayo del Instituto Eduardo Torroja de la Construcción y del Cemento.. •. Normas UNE, del Instituto Nacional de Racionalización del Trabajo.. Real Decreto 1359/2011, de 7 de octubre (Relación de materiales básicos y fórmulas-tipo generales de revisión de precios de los contratos de obras del Estado).. • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.. 3.12. CONTROL DE CALIDAD. •. 3.10. SEGURIDAD Y SALUD • Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo en la industria de la construcción. Orden del Ministerio de Trabajo del 20 de mayo de 1952. • Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Orden del Ministerio de Trabajo del 9 de marzo de 1971. • Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.. • Ley de Prevención de Riegos Laborales, ley 31/1995, del 8 de noviembre (con las modificaciones y actualizaciones referentes a esta ley). •. •. Reglamento de los Servicios de Prevención. Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero.. • Real Decreto 485/1997, del 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. • Real Decreto 486/1997, del 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. • Real Decreto 487/1997, del 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores.. Recomendaciones para el control de calidad en obras de carreteras (1978).. • Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre de 1995, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial. • Decreto 31/2011, de 17 de febrero, por el que se regulan las condiciones generales exigibles para el ejercicio de la actividad de las entidades y de los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación y su inscripción en el registro correspondiente.. 4. DISPOSICIONES TÉCNICAS PARTICULARES. Las condiciones prescritas en este Pliego Particular aclaran, precisan, modifican o complementan las de los Pliegos Generales antes citados, y tienen primacía sobre éstos en cuantos aspectos presenten contradicciones. Además de las disposiciones técnicas mencionadas, serán de aplicación todas aquellas publicaciones que en materia de ejecución de obra y a efectos de normalización, sean aprobadas por el Ministerio de Fomento, bien concernientes a cualquier organismo o al Instituto Eduardo Torroja de la Construcción y el Cemento. Las disposiciones señaladas serán de aplicación, bien en su redacción original, bien con las modificaciones posteriores declaradas de aplicación obligatoria o que se declaren como tales durante el plazo de ejecución de las obras. En caso de discrepancia, contradicción o incompatibilidad entre algunas de las condiciones impuestas por las normas señaladas y las correspondientes al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, prevalecerá lo dispuesto en éste. Si existieran diferencias entre las normas señaladas para conceptos homogéneos, la elección de la norma a aplicar será facultad de la Dirección de Obra. En el supuesto de indeterminación de las disposiciones técnicas, la superación de las pruebas corresponderá a un ensayo o estudio que habrá de ser satisfactorio a criterio de cualquiera de los laboratorios correspondientes al Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas o al Instituto Eduardo Torroja de la Construcción y el Cemento.. • Real Decreto 1627/1997, del 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.. Estela Varela Pailos. Página 3 de 4.
(15) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares.. Capítulo 2: Disposiciones Técnicas. 5. CONDICIONES ESPECIALES El Contratista facilitará a la Dirección de Obra un plan detallado de ejecución con anterioridad al inicio de ésta. Posteriormente, la Dirección de Obra informará a los distintos Ayuntamientos y Organismos afectados, recabando de ellos los permisos de iniciación de las obras, que no podrán comenzar sin dicho requisito. En este plan detallado de ejecución se contemplarán las soluciones concretas para mantener la vialidad durante la ejecución de las obras en las máximas condiciones de seguridad tanto para vehículos como para peatones. Asimismo, se detallarán las soluciones para el mantenimiento de los distintos servicios afectados, especialmente los servicios eléctricos, suministro de agua potable y saneamiento. Para este último, dadas sus especiales características, se garantizará el funcionamiento ininterrumpido. Serán también por cuenta del Contratista los gastos de montaje, conservación y retirada de instalaciones para el suministro de agua y energía eléctrica necesaria para las obras (incluido el consumo de ambos suministros), y los gastos de licencias, construcción, mantenimiento y reposición de los accesos que necesite para la realización de las obras.. 6. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA El presente Pliego quedará complementado con las condiciones económicas que puedan fijarse en las cláusulas que se determinen para la contratación de las obras o en el Contrato de las mismas. Por tanto, las condiciones del Pliego serán preceptivas siempre y cuando no sean anuladas o modificadas en forma expresa por la documentación anteriormente citada.. Estela Varela Pailos. Página 4 de 4.
(16) Proyecto de Urbanización en Pedralonga (A Coruña) – Fase II Proyecto Fin de Grado. Grado en Ingeniería de Obras Públicas. Documento Nº3: Pliego de prescripciones técnicas particulares. Capítulo 3: Disposiciones Generales. 1. ORDEN DE INICIACIÓN DE LAS OBRAS. CAPÍTULO 3: DISPOSICIONES GENERALES. 1. ORDEN DE INICIACIÓN DE LAS OBRAS 2. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 3. PROGRAMA DE TRABAJOS 4. TRABAJOS NOCTURNOS 5. EMERGENCIAS 6. MODIFICACIONES DE PROYECTO 7. CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS DURANTE LA EJECUCIÓN 8. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA 9. SUBCONTRATAS 10. ÓRDENES AL CONTRATISTA 11. LIBRO DE INCIDENCIAS 12. PLAZO DE GARANTÍA DE LAS OBRAS 13. EXÁMEN DE LAS PROPIEDADES AFECTADAS POR LA OBRAS 14. SERVICIOS AFECTADOS 15. VALLADO DE TERRENOS Y ACCESOS PROVISIONALES A PROPIEDADES 16. REPLANTEO 17. EQUIPOS Y MAQUINARIA 18. INSTALACIONES, MEDIOS Y OBRAS AUXILIARES 19. MATERIALES 20. ACOPIOS, VERTEDEROS Y PRÉSTAMOS 21. ACCESO A LAS OBRAS 22. CONTROL DE RUIDO Y VIBRACIONES 23. HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS 24. AGUAS DE LIMPIEZA 25. TRATAMIENTO DE ACEITES USADOS 26. PREVENCIÓN DE DAÑOS EN SUPERFICIES CONTIGUAS A LA OBRA 27. INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA 28. LIMPIEZA FINAL DE LAS OBRAS 29. PROYECTO DE LIQUIDACIÓN 30. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 31. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS. La ejecución de las obras deberá iniciarse al día siguiente de la fecha de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo. Respecto de ella se contarán tanto los plazos parciales como el total de ejecución de los trabajos. El Contratista iniciará las obras tan pronto como reciba la orden del Director de Obra y comenzará los trabajos en los puntos que se señalen, para lo cual será preceptivo que se haya aprobado el programa de trabajos por la Dirección de Obra.. 2. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Las obras a que se refiere el presente Pliego de Prescripciones Técnicas deberán quedar terminadas en el plazo que se señala en las condiciones de la licitación para la ejecución por contrata, o en el plazo que el Contratista hubiese ofrecido con ocasión de dicha licitación y fuese aceptado por el contrato subsiguiente. Lo anteriormente indicado es asimismo aplicable para los plazos parciales si así se hubieran hecho constar. Todo plazo comprometido comienza al principio del día siguiente al de la firma del acta o del hecho que sirva de punto de partida a dicho plazo. Cuando se fija en días, éstos serán naturales y el último se computará como entero. Cuando el plazo se fije en meses, se contará de fecha a fecha salvo que se especifique de qué mes del calendario se trata. Si no existe la fecha correspondiente en la que se finaliza, éste terminará el último día de ese mes. Si el Contratista, por causas imputables al mismo, incurriese en demora en el plazo total de ejecución de las obras, la Propiedad podrá optar por la imposición de las penalidades que se establecen en el artículo 252 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, o bien por la resolución del contrato ( en este caso se atendrá a lo dispuesto en el artículo 267 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público).. 3. PROGRAMA DE TRABAJOS. El programa de trabajos se realizará según la Orden Circular 187/64 C de la Dirección General de Carreteras, debiendo ser conforme con el plan de obra contenido en este Pliego. El Contratista está obligado a presentar un programa de trabajos de acuerdo con lo que se indique respecto al plazo y forma en los Pliegos de Licitación, o en su defecto en el anexo del plan de obra de la petición de oferta. El programa deberá estar ampliamente razonado y justificado, teniéndose en cuenta las interferencias con instalaciones y conducciones existentes, los plazos de llegada a la obra de materiales y medios auxiliares, y la interdependencia de las distintas operaciones, así como la incidencia que sobre su desarrollo hayan de tener las circunstancias climatológicas, estaciónales, de movimiento de personal y cuantas de carácter general sean estimables según cálculo de probabilidades, siendo de obligado ajuste con el plazo fijado en la licitación o con el menor ofertado por el Contratista, si fuese éste el caso, aún en la línea de apreciación más pesimista. Se especificarán los plazos parciales, las fechas de terminación de las distintas clases de obra compatibles con las anualidades fijadas y el plazo total de ejecución por parte del Contratista. El programa de trabajos se incorporará al Pliego de Prescripciones Técnicas del Proyecto y adquirirá carácter contractual.. Estela Varela Pailos. Página 1 de 7.
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