Manual de
Procedimientos
Centros de Salud Rurales
Manual de
Procedimientos
Centros de Salud Rurales
Elaboró
Presentó
Validó
Titular de la Unidad Administrativa Titular de la Dependencia o Entidad
”Validado de acuerdo a lo establecido en el artículo 26, Apartado B fracción XI de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Sonoraa, según oficio S-2361-2013 de fecha 31/10/2013”.
María Guadalupe Ruiz Durazo
Contenido
I. IntroducciónII. Objetivo del Manual III. Red de Procesos IV. Lista Maestra
V. Presentación de los procedimientos - Listado de Procedimientos
Introducción
El presente Manual de Procedimientos tiene la función de servir de instrumento de apoyo
para el funcionamiento de los Centros de Salud Rurales que dependen de las Jurisdicciones
Sanitarias de los Servicios de Salud de Sonora.
En el Primer apartado se expone el objetivo del manual, en el segundo la Red de procesos ,
el tercer apartado contiene la Lista Maestra y dentro del cuarto se contempla el principal
procedimiento que se lleva a cabo para la operación de los Centros de Salud Rurales, en cuyo
contenido se encontrará la elaboración de procedimientos, inventario de registro de
procedimiento, diagrama de flujo y verificación de la ejecución del procedimiento.
Finalmente, en el capítulo quinto, se presenta la bibliografía utilizada para la elaboración del
presente Manual de Procedimientos.
Este documento se revisara y en su caso, se actualizara anualmente, toda vez que se
presente un cambio en la estructura orgánica, Marco Jurídico
-Administrativo, atribuciones, o bien; en el contexto de la competencia funcional de los
Centros o en la Legislación aplicable a los procedimientos que se describen.
Objetivo del Manual
Documentar los principales procedimientos de los Centros de Salud Rurales de acuerdo al
nuevo enfoque de sistemas de la Secretaría de la Contraloría General, integrando en forma
ordenada, secuencial y detallada, las operaciones que se efectúan, los órganos que
intervienen y los formatos a utilizar en el desarrollo de cada proceso, así como precisar
responsabilidades operativas para la ejecución, control y evaluación de las actividades de la
unidad.
Facultad Macro.No. No. Subproceso Tipo Responsable Producto Indicador No, Procedimiento
Dir. Productos Indicadores Cliente
RED DE PROCESOS
Servicios de Salud de Sonora
Centros de Salud Rurales
Fecha de Elaboración Hojas Código de la Red 31/07/2013 66-CSR-RP/Rev.00 Hoja 1 de 2 2.1 B 4 1 Prestación de Servicios de Salud a la población sin seguridad social, así como a los afiliados al Seguro Popular en Salud
Operativo Director General de Servicios de Salud a la Persona Información Preventiva para la Salud y atención Médica Usuarios recibidos/total de usuarios atendidos 01 Otorgamiento de Consulta Externa
Consulta Médica No. de Consultas
relaizadas/No. de Consultas Programadas Población sin Seguridad Social y afiliados al Seguro Popular SIP-F01/REV.01
Catálogo de Macroprocesos
1 Coordinación
2 Planeación
3 Financiamiento y/o Gestión de Recursos 4 Prestación de Servicios y Formación de
Recursos Humanos para la Salud 5 Supervisión, Evaluación y Control de
Servicios
6 Administración de la Gestión Interna
7 Apoyo Jurídico
8 Conservación y Mantenimiento de Infraestructura y Equipo
Catálogo de Facultades
A COORDINACIÓN EJECUTIVA
B COORDINACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD
C CAPACITACIÓN, ENSEÑANZA E INVESTIGACIÓN EN SALUD
D SEGURO POPULAR
E ATENCIÓN PREVENTIVA Y CURATIVA
F APOYO JURÍDICO
G PLANEACIÓN, ADMÓN E INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y TEC.
Elaboró Revisó Validó
Dr. Francisco Reyes de Alba/ Director General de Servicios
de Salud a la Persona
Lic. Luis Norberto Fernandez Gallego/ Director General de Planeación y Desarrollo Secretaria de la Contraloría General SIP-F01/REV.01
4
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO:
Otorgamiento de Consulta Externa 66-CSR-P01/Rev.00
ELABORACIÓN DE PROCEDIMIENTOS
FECHA DE EMISIÓN:
Centros de Salud Rurales
09/08/2013
Servicios de Salud de Sonora
Brindar atención médica oportuna a los usuarios que soliciten el servicio sin seguridad social, a los afiliados al seguro popular de salud, Programa Oportunidades e Instituciones con convenio
I.- OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO
A la población sin seguridad social, a los afiliados al seguro popular, Programa Oportunidades y derechohabientes de Instituciones con convenio.
II.- ALCANCE
SP: Seguro Popular. CSR: Centro de Salud Rural
INSTITUCIONES: IMSS, ISSSTE, ISSSTESON y SEDENA. CNS: Cartilla Nacional de Salud
III.- DEFINICIONES
Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes. Manual de Vacunación 2008-2009.
Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2002, Prevención y control de enfermedades. Aplicación de vacunas , toxoides, sueros, antitoxinas e inmunoglobulinas en el humano.
Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño. Norma Oficial Mexicana, NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica.
Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2003, Protección ambiental - Salud ambiental - Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos - Clasificación y especificaciones de manejo.
Norma Oficial Mexicana NOM-05-SSA3-2010, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.
Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio
Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA2-1993 para la Prevención y Control de la Tuberculosis en la Atención Primaria a la Salud.
Norma Oficial Mexicana NOM-04-SSA3-2012, Del Expediente Clínico. Guías para el Cuidado a la Salud.
Norma Oficial Mexicana NOM-039-SSA2-2002, Para la prevención y control de las infecciones de transmisión sexual.
Norma Oficial Mexicana, NOM-021-SSA2-1994, Para la vigilancia, prevención y control del complejo taeniosis/cisticercosis en el primer nivel de atención médica.
Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999, Prestación de servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar.
Norma Oficial Mexicana NOM-038-SSA2-2002, Para la prevención, tratamiento y control de las enfermedades por deficiencia de yodo.
Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA2-1999, Para la prevención, tratamiento y control de la hipertensión arterial.
Norma Oficial Mexicana NOM-037-SSA2-2002, Para la prevención, tratamiento y control de las dislipidemias.
Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2002, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.
Norma Oficial Mexicana NOM-035-SSA2-2002, Prevención y control de enfermedades en la perimenopausia y postmenopausia de la mujer. Criterios para brindar la atención médica.
Norma Oficial Mexicana NOM-033-SSA2-2002, Para la vigilancia, prevención y control de la intoxicación por picadura de alacrán.
Norma Oficial Mexicana, NOM-011-SSA2-1993, "Para la Prevención y Control de la Rabia" "For the Prevention and Rabies Control".
Norma Oficial Mexicana, NOM 005-SSA2-1993, De los Servicios de Planificación Familiar.
NOM-014-SSA2-1994, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino.
Manual de procedimientos para la referencia y contrarreferencia de pacientes Estatal 2010.
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica , Art. 24.
Ley General de Salud. Título IV. Recursos Humanos para los servicios de Salud. Capítulo I. Profesionales técnicos y auxiliares.
Manual de Atención Integral a la Salud 2009.
Lineamientos Operativos del Sistema de Monitoreo para la Gestión de Calidad de primer nivel. 2002. SSA.
Monitoreo ciudadano como método de fomentar la participación social en la transparencia y mejora de la calidad del trato digno.
Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, Art. 77 Bis 36 Cartera de Servicios de Salud del Sistema de Protección Social en Salud. 2012.
Norma Oficial Mexicana NOM-034-SSA2-2002, Para la Prevención y Control de los Defectos del Nacimiento. Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-199, Para la Prevención Tratamiento y Control de las Adicciones. NOM-045 SSA2 2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales. V.- POLITICAS
1. El horario de atención para la consulta externa de primera vez y subsecuente será de 8:00 a 15:00 Horas.
2. Diariamente se entregaran 20 fichas por consultorio, en caso de ser un CSR con más de tres módulos de atención se atenderá al usuario conforme va llegando.
3. Filtro entregará las fichas a las usuarias que acudan a la consulta externa de primera vez o subsecuente, en el horario de 8:00 a 13:00 Horas o hasta terminarse éstas.
4. El usuario deberá presentarse en cualquier tipo de consulta 15 minutos antes de la hora señalada con CNS, Folio de Oportunidades, Credencial de la Institución en convenio y Póliza vigente del Seguro Popular, para el registro de signos vitales, a través del servicio de Somatometría.
5. El usuario deberá colaborar con el equipo de salud, informando verazmente y con exactitud sobre sus antecedentes, necesidades y problemas de salud.
6. El médico de consulta externa deberá de integrar un expediente clínico individual del paciente y podrá integrar una carpeta familiar si así se considera necesario.
7. El médico recabara del paciente la información necesaria sobre su padecimiento e informara al usuario sobre los cuidados a seguir, y en su caso, sobre los signos de alarma, o bien, deberá concientizarlo sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos terapéuticos y quirúrgicos que se le vayan a aplicar, producto del diagnóstico realizado; hacer conciencia en la corresponsabilidad, así mismo, en el caso de mujeres embarazadas, del método anticonceptivo a seguir, lo cual deberá registrar en el Consentimiento Informado. En caso de que se requiera atención en el segundo Nivel, se realizará su envío con su hoja de referencia y contrarreferencia.
8. El derecho a la cobertura de consulta externa se apegará a la normatividad establecida por cada programa que se lleve a cabo dentro de las Unidades operativas de los Servicios de Salud de Sonora.
9. Toda usuaria embarazada menor de 19 años de edad, deberá ser referida a Segundo Nivel de Atención , desde la primera consulta que se le brinde; aquellas que han llegado a la semana 26, de igual manera, deberán ser referidas, independientemente del Programa o Seguridad Social que tenga la usuaria.
10. Todo usuario recibirá información sobre los diferentes Programas que ofrecen los Servicios de Salud de Sonora.
11. Todo usuario tendrá derecho a recibir atención con equidad de género, sin distinción de raza, religión, etnia y preferencias sexuales, orientando la atención hacia la prevención, educación para la salud y contar con información de los riesgos y beneficios a cerca de su tratamiento y evolución del mismo.
12. El usuario será referido al segundo nivel con su hoja de referencia y contrarreferencia cuando las condiciones de salud lo requiera.
13. Posterior a su atención en el Segundo nivel, todo usuario deberá de acudir al centro de salud de referencia con el formato de contrarreferencia para su seguimiento.
Clave de Formato/Instructivo Nombre del Formato/Instructivo
VI.- FORMATOS E INSTRUCTIVOS
N/A
Clave de Anexo Nombre
VII.- ANEXOS
Diagrama de Flujo para el Otorgamiento de Consulta Externa
NO RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES REGISTRO VIII.- DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
1 Recepción del usuario de primera y segunda
vez
1.1 Encargada de Filtro Recibe a usuaria, informa y orienta.
“Si el usuario es de Primera vez”
1.2 Entrega ficha.
“Si no cuenta con Seguro Popular, Oportunidades y de otra institución convenida”
1.3 Establece comunicación con el Director del
Centro, para tomar decisión respecto al otorgamiento del servicio.
“Si cuenta con recursos económicos”
1.4 Turna al usuario a Caja (2).
“Si el usuario es de consulta subsecuente”
1.5 Confirma el motivo de consulta, corrobora la
agenda de citas y revisa que traiga la CNS y/o vigencia del programa que aplique.
1.6 Proporciona ficha para consulta y envía a sala
de espera.
2 Elaboración de Recibo Único Estatal o
Comprobante de Exención de Pago
2.1 Cajera Recibe a usuario y cobra arancel.
2.2 Emite Recibo Único Estatal o elabora
Comprobante de Exención de Pago.
Recibo Único Estatal
Comprobante de Exención de Pago
Nota: Esta actividad aplica para CSR de más de tres módulos de atención.
3 Integración o localización del Expediente
“Si es usuario de consulta de primera vez”
3.1 Encargado de Archivo Recibe a usuario y entrevista.
3.2 Elabora expediente en caso de ser un mayor
de edad (18 años o 25 años y está estudiando) aunque sea integrante de una familia
3.3 Identifica a la familia o al Programa al que
pertenece el usuario.
“Cuenta con expediente familiar o por Programa”
3.4 Elabora el expediente y lo integra a la familia
o Programa al que corresponda
Expediente Clínico “Si no cuenta con expediente familiar o por
Programa”
3.5 Elabora expediente con Folio nuevo Expediente Clínico
3.6 Integra tarjetero de control, según el
programa que le corresponda.
Tarjetero de Control “Si no tiene seguridad social”
3.7 Asigna folio de afiliación según el programa
que aplique
3.8 Entrega CNS de acuerdo al grupo etario
3.9 Turna al usuario a consulta.
“Si es usuario de consulta subsecuente”
3.10 Recibe al usuario y recoge CNS y ficha.
4 Control de consulta o toma de signos vitales
4.1 Enfermera Llama al usuario por su nombre
4.2 Toma signos vitales y somatometría
4.3 Registra datos en expediente clínico. Expediente
Clínico
4.4 Corrobora que el expediente clínico este
completo con los formatos de línea de vida, historia clínica, de evolución, cuestionarios de detecciones por edad y sexo y en caso necesario los resultados de laboratorio y gabinete solicitados.
“Una vez que el expediente está completo”
4.5 Turna el expediente al Médico de Consulta
Externa
4.6 Turna al usuario a la sala de espera para ser
llamado por el Médico.
5 Otorgamiento de consulta
5.1 Médico Recibe a usuario con expediente, lo interroga
y explora.
5.2 Valora y norma conducta a seguir.
5.3 Realiza notas médicas en expediente clínico
con apego a las Normas Oficiales y Guías de Practica Clínica.
Expediente Clínico
“Si requiere continuar atención en el 1er. nivel”
5.4 Instaura tratamiento y otorga receta, en su
caso, entrega al usuario las solicitudes de exámenes de auxiliares de diagnóstico.
Receta Médica y Solicitudes de Auxiliares de Diagnostico
5.5 Brinda orientación e información sobre
terapéutica, riesgos y tratamiento a seguir.
5.6 Indica al usuario la fecha de la próxima cita
y/o anota en el CNS.
“Si requiere atención de 2do nivel”
5.7 Explica al usuario sobre su padecimiento y en
su caso, realiza receta médica.
Receta Médica
5.8 Elabora referencia y entrega copia al usuario Hoja de referencia
5.9 Refiere al usuario al segundo nivel de
atención.
Fin del Procedimiento.
Aprobó: Revisó:
Elaboró:
SIP-F02/REV.01
Dr.y MAH Darío Franco Ballesteros/Coordinador Médico
de Primer Nivel de Atenció
Dr. Francisco Reyes de Alba/Director General de Servicios de Salud a la Persona QB y MSP Fernando Ortiz
Contreras/Director de Vinculación Operativa
INVENTARIO DE REGISTROS DE PROCEDIMIENTO
Servicios de Salud de Sonora
Centros de Salud Rurales
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO:
CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: Fecha de elaboración:
Otorgamiento de Consulta Externa
66-CSR-P01/Rev.00 09/08/2013 06:19:46p.m.
Hoja 1 de 1
No. Registro Puesto Responsable* Tipo
Tiempo Ubicación
Resguardo Disposición final
Recibo Único Estatal
1 Responsable de Recursos
Financieros
Papel 5 años Oficina de Recursos
Financieros 5 años Comprobante de Exención de Pago 2 Responsable de Recursos Financieros
Papel 5 años Oficina de Recursos
Financieros
5 asño Expediente Clínico
3 Responsable de Archivo
Clínico
Papel 5 años Archivo Clínico 5 años
Tarjetero de Control
4 Responsable de Archivo
Clínico
Papel 5 años Archivo Clínico 5 años
Receta Medica
5 Responsable de Archivo
Clínico
Papel 5 años Archivo Clínico 5 años
Solicitudes de Auxiliares de Diagnostico
6 Responsable de Archivo
Clínico
Papel 5 años Archivo Clínico 5 años
Hoja de referencia
7 Trabajadora Social Papel 5 años Archivo Clínico 5 años
SIP-F03/REV.01 * El responsable del resguardo será responsable de su protección.
VERIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Servicios de Salud de Sonora
Centros de Salud Rurales
Hoja 1 de 1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO:
Fecha de la verificación: CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO:
No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES SI NO NOTAS:
Otorgamiento de Consulta Externa 66-CSR-P01/Rev.00
1 ¿Proporcionó el responsable de Archivo Clínico el carnet de citas al usuario previo a su consulta?
2 ¿ Se tomaron los signos vitales al usuario y se registraron en la hoja diaria de consulta externa?
3 ¿El médico de consulta externa informó al usuario sobre su estado de salud y los cuidados a seguir?
4 ¿Según diagnóstico realizado por el médico de consulta externa, si el usuario requirió de los servicios del segundo nivel, se realizó hoja de referencia para canalizarla?
5 ¿El médico de consulta externa realizó la hoja diaria de consulta externa y el reporte mensual de consulta?
SIP-F04/REV.01