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(1)

Derecho Procesal Constitucional

Derecho Procesal Constitucional

Mauricio Matos Zegarra Mauricio Matos Zegarra [email protected]

(2)
(3)

Derecho Procesal Derecho Procesal Constitucional Constitucional Derecho Derecho Constitucional Constitucional Procesal Procesal  Jurisdicción constitucional  Jurisdicción constitucional Principios constitucionales Principios constitucionales

regulatorios del proceso regulatorios del proceso

Naturaleza Jurídica

Naturaleza Jurídica

Derecho Procesal Constitucional

(4)

Elementos y Finalidad

Elementos y Finalidad

Elementos del Elementos del Derecho Procesal Derecho Procesal Constitucional Constitucional (García Belaúnde) (García Belaúnde) )

) !a n!a nocioción dón de "ue "urisrisdicdiccióción.n. #)

#) !os !os prprocesoocesos s consconstituciotitucionalenales.s. $)

$) %r%rganganos conos constistituctucionionalealess

&inalidad

&inalidad

)

) 'seg'segurar urar la ela ecacia cacia de la de la "era"erarruíauía constitucional

constitucional #)

#) Plena Plena *igen*igencia cia de de los los derderechoechoss +undamentales. (,e*isemos el 'rt. +undamentales. (,e*isemos el 'rt. --del P del Código Procesal del P del Código Procesal Constitucional)

Constitucional)

Derecho Procesal Constitucional

(5)

Clasifcación de Procesos Constitucionales

De la Libertad

a) Proceso de h/0eas corpus. 0) Proceso de amparo.

c) Proceso de h/0eas data. d) Proceso de cumplimiento.

rg!nicos

a) Proceso de inconstitucionalidad. 0) Proceso de acción popular.

c) Proceso de con1icto de competencias

(6)

El control constitucional " #ntecedentes

El control constitucional " #ntecedentes

$istóricos

$istóricos

2a0eas Corpus 2a0eas Corpus 'mendment 'ct 'mendment 'ct (345) (345) Caso 6ar0ur7 *s. Caso 6ar0ur7 *s. 6adison (89$) 6adison (89$) Caso homas Caso homas Bonham (39) Bonham (39)

Derecho Procesal Constitucional

Derecho Procesal Constitucional

El poder del go0ierno no se puede El poder del go0ierno no se puede legitimar a si mismo

legitimar a si mismo

El control del poder est/ en la raí: de la El control del poder est/ en la raí: de la democracia ; constitucional democracia ; constitucional contempor/nea

(7)

#ntecedentes $istóricos del %&udicial re'ie()

#ntecedentes $istóricos del %&udicial re'ie()

La &usticia

La &usticia

constitucional

constitucional

a)

a) ConContrtrola ola el pel podeoderr.. 0)

0) 2ace 2ace rerespetspetar ar los los derderechoechoss +undamentales.

+undamentales. c)

c) CautCautela ela los los derderechoechos ds de le las as minorminoríasías

E*+eriencia #nglosa&ona

E*+eriencia #nglosa&ona

a)

a) ChaCharterter o+ !r o+ !i0ei0ertierties (s (99)99) 0)

0) ChChararta 6ata 6agngna (#a (#<<)) c)

c) PrPro*iso*isionions o+ s o+ =>+=>+orord (d (#<8#<8)) d)

d) ConConrrmamatic Cartic Carterterum (#um (#54)54) e)

e) PPetietition tion o+ ,o+ ,ighights (ts (3#3#8)8) +)

+) 'g'grreeeemement ont o+ th+ the pee peopople (le (33<$<$)) g)

g) -nstr-nstrumeument ont o+ G+ Go*ero*ernmenment (nt (3<$)3<$) h)

h) BiBill o+ ,ll o+ ,igighthts (s (3<3<8)8)

'ntecedentes en la re*isión 'ntecedentes en la re*isión  "udicial

 "udicial de de los los actos actos ar0itrariosar0itrarios del go0ierno

del go0ierno

Derecho Procesal Constitucional

(8)

Control de Constitucionalidad

Control de Constitucionalidad

,-C ../012..31#45-C 6Caso 7orea dría y 8...

,-C ../012..31#45-C 6Caso 7orea dría y 8... ciudadanos c59ciudadanos c59 Constitución de /::3;

Constitución de /::3;

,-C ../012..21#45-C 6Caso Colegio de #bogados del Cusco c59 ,-C ../012..21#45-C 6Caso Colegio de #bogados del Cusco c59 Congreso;

Congreso;

,-C ..8312..01P45-C 6Caso De<ensoría del Pueblo c59 Munici+alidad ,-C ..8312..01P45-C 6Caso De<ensoría del Pueblo c59 Munici+alidad de Mira=ores9

de Mira=ores9

,-C ..8.12..01P45-C 6Caso Colegio de #bogados del Cusco c59 ,-C ..8.12..01P45-C 6Caso Colegio de #bogados del Cusco c59 Congreso;

Congreso;

,-C ...812..31P45-C 6Caso >0 congresista c59 Ley 2>2?8; ,-C ...812..31P45-C 6Caso >0 congresista c59 Ley 2>2?8; ,-C ...@12../1P45-C 6Caso De<ensoría del Pueblo c59 CD,JL; ,-C ...@12../1P45-C 6Caso De<ensoría del Pueblo c59 CD,JL;

Derecho Procesal Constitucional

(9)

Control de Constitucionalidad

Control Di<uso 6#rt9 /3? C y #rt9 A4 CPConst; Control Concentrado 6#rt9 2./ " 2.2 C9; &unción de *aloración &unción pacicadora Finalidad Finalidad &unción ordenadora Control re+resi'o Control re+resi'o &unción integradora

(10)

Proceso de 4nconstitucionalidad

&inalidad De+ensa de la supremacía de la Constitución. ('rt. 4< CPConst)

Procede contra las normas ue tienen rango de le7? ('rt. 44

Procedencia

') ormas constitucionales.

B) !e7es ueA dentro del marco constitucionalA se ha7an dictado para determinar la competencia o las atri0uciones de los órganos del Estado o el e"ercicio de los -nterpretación

(11)

Proceso de 4nconstitucionalidad

Legitimación Procesal #cti'a

) Presidente de la ,epú0lica con el *oto apro0atorio del Conse"o de 6inistros. !a representación la asume un 6inistro uin a su *e: puede delegarla en un Procurador. #) &iscal de la ación 7 De+ensor del Pue0lo

de manera directa.

$) !os Congresistas mediante apoderado (#<)

) <999 ciudadanos representados por a0ogado conriendo representación en ste.

<) Presidentes de ,egiónA con acuerdo del Conce"o o 'lcaldes Pro*inciales con acuerdo de su Conce"o.

3) Colegios Pro+esionales con acuerdo de su  Junta Directi*aA conriendo representación

a su Decano 7 patrocinio de a0ogado.

(12)

) Congreso o a la Comisión PermanenteA en caso de ue el Congreso no se encuentre en +uncionesA si se trata de !e7es 7 ,eglamento del Congreso.

#) Poder E"ecuti*oA si la norma impugnada es un Decreto !egislati*o o Decreto de Frgencia.

$) CongresoA o a la Comisión Permanente 7 al Poder E"ecuti*oA si se trata de ratados -nternacionales.

) ' los órganos correspondientes si la norma impugnada es de car/cter regional o municipal.

Proceso de 4nconstitucionalidad

Legitimación Procesal Pasi'a

(13)

Proceso de 4nconstitucionalidad

Pla:o Prescriptori

o

.> aBos a +artir de su +ublicación  o 93 meses trat/ndose de tratados.

!a Constitución pre*alece so0re toda norma legal la le7A so0re las normas de in+erior "eraruíaA 7 así sucesi*amente. !a +ublicidad es esencial +ara la 'igencia de toda norma del Estado9 6#rt9 8/9 C9;

 omar en cuenta ueH e'isemos el com+ortamiento del -C en la ,-C ../@1 2..?1P45-C !a demanda +uera de

pla:o ser/ declarada !-6-',6EE

-6P,=CEDEE.

e'isemos #rt9 .@ del 9 Normati'o del -C 6.:812..0;

(14)

Proceso de 4nconstitucionalidad

) !a identidad de los órganos o personas ue interponen la demanda 7 su domicilio legal 7 procesal.

#) !a indicación de la norma ue se impugna en +orma precisa. $) !os +undamentos en ue se sustenta la pretensión.

) !a relación numerada de los documentos ue se acompaIan. <) !a designación del apoderado si lo hu0iere.

3) Copia simple de la norma o0"eto de la demandaA precis/ndose el díaA mes 7 aIo de su pu0licación.

euisitos de la demanda

(15)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de 4nconstitucionalidad

4m+rocedencia Liminar

Demanda interpuesta +uera de pla:o El C ha desestimado una materia similar so0re el +ondo El C es incompetente Decisión moti'ada e inim+ugnable

(16)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de 4nconstitucionalidad

-r!mite y ,entencia

Demand a 'dmisió n a tr/mite 9d. Contesta ción $9d. C 9d. Kentenci a $9d. /; 4m+ulso de ofcio +or +arte del -C9

2; N e*iste el abandono9

3; N +rocede el otorgamiento de Medidas Cautelares9

/; Para decidir sobre la #DM4,474L4D#D o P## D4C-# ,EN-ENC4# FND#D# se reuieren .8 'otos con<ormes9

oticación se reali:a a tra*s de la p/gina Le0 del C Ke pu0lican en el Diario =cial dentro de 9$ d. De recepcionada s

(17)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de 4nconstitucionalidad

-i+os de ,entencias ,entencias de es+ecie ,entencias de +rinci+io Kentencias Estimati*as (KC 99#9M#99<M'-M Caso 2o"a de la Coca)

,entencias de sim+le anulación 6e<ectos

ex nunc)

,entencias inter+retati'as +ro+iamente dic$as 6,-C .0212..01#4 6Caso del im+uesto a es+ect!culos taurinos;

,entencias inter+retati'as " mani+ulati'as 6normati'as;

a;#blati'as " eliminan Ge*+resiones im+ertinentesH

(18)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de 4nconstitucionalidad

Kentencias

Estimati*as ,entencias 4nter+retati'as,entencias 4nter+retati'as1 mani+ulati'as1 mani+ulati'as

a; ,entencias reductoras9 6,-C ./01:>1 4;

b; ,entencias aditi'as9 6omisión legislati'a;

c; ,entencias sustituti'as 6,-C ..8.1 2..01P45-C;

d; ,entencias e*$ortati'as 6vacatio setentiae)

a;

a; Princi+io de conser'aciónPrinci+io de conser'ación de la ley9

de la ley9 b;

b; Princi+io de inter+retaciónPrinci+io de inter+retación desde la C9

(19)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de 4nconstitucionalidad

Kentencias estimati*as a; Forma o Fondo b; -otal o Parcial

c; Directa o 4ndirecta 6bloue de constitucionalidad;

(20)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de 4nconstitucionalidad

Kentencias Desestimati*as

a; ec$azo sim+le

b; Por sentido inter+retati'o 6inter+retación strictu sensu;

E+ectos de las Kentencias

Ex - nunc

Ex - nunc Erga omnesErga omnes

&uer:a de !e7 Cosa Ju:gada &uer:a *inculante ,u+remacía de la inter+retación ,u+remacía de la inter+retación constitucional constitucional

(21)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de #cción Po+ular

 Artículo 133.- Hay acción popular ante el Poder Judicial contra los reglamentos y contra las resoluciones y decretos gubernativos de carácter general que infrinjan la Constitución o las leyes, sin perjuicio de la responsabilidad  política de los Ministros. La ley establecerá el procediiento judicial correspondiente.

Constitución de 5$$

 Artículo !"#.- $%& Hay acción popular ante el Poder Judicial, por infracción de la Constitución o la ley, contra los reglamentos y normas administrativas y contra las resoluciones y decretos de carácter general que expiden el

(22)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de #cción Po+ular

Constitución de /::3

'rtículo #99. < C.

a) -n+racción de la Constitución 7 de la !e7. 0) ,eglamentosA normas administrati*as 7

resoluciones 7 decretos de car/cter generalA cualuiera sea la autoridad de la ue emanen

(23)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de #cción Po+ular

-r!mite y +rocedimiento

'rtículo #99. < C.

a) -n+racción de la Constitución 7 de la !e7. 0) ,eglamentosA normas administrati*as 7

resoluciones 7 decretos de car/cter generalA cualuiera sea la autoridad de la ue emanen

(24)

-r!mite y +rocedimiento

!egitimidad para o0rar acti*a

Cualuier +ersona

!egitimidad para o0rar pasi*a

-omar en cuenta el #rt9 .@ del CPConst9

Competencia por ra:ón de

materia c

Kala correspondiente por ra:ón de

materia

Competencia

territorial c

a) Kala del lugar a donde

pertenece el órgano emisor

(regional o local)

0) Kala de !ima para el resto de

Derecho Procesal Constitucional

(25)

-r!mite y +rocedimiento

Prescripción

9< aIos contados a partir del día siguiente de la pu0licación de la norma administrati*a general

) Designación de la Kala.

#) -denticación del demandante. $) -denticación del órgano

emisor. ) Petitorio.

<) Copia simple de la norma con precisión del díaA mes 7 aIo de su pu0licación.

3) &undamentos de la pretensión. 4) &irma del demandante 7 su

a0ogado

Demanda

Derecho Procesal Constitucional

(26)

-r!mite y +rocedimiento " /era 4nstancia

Demanda 'dmisorio'uto

-nadmisi0ilid ad -mprocedenci a 'uto de ista Contestaci ón 9d <d Pu0licación de la ,. En el Diario =cial o en el de asuntos "udiciales C 9d Kentencia -n+orme =ral 9d

Derecho Procesal Constitucional

(27)

Kentencia 'pelación de Kentencia  raslado al demandad o 7 C 9<d. <d Kentencia de *ista 9d Pu0licación en diarios 9d

-r!mite y +rocedimiento " 2da 4nstancia

Kala de Derecho Constitucional 7 Kocial de la Corte Kuprema

consulta

Procede la solicitud de medidas cautelares cuando se cuente con sentencia estimatoria en primera instancia

Derecho Procesal Constitucional

(28)

Poderes del EstadoI los órganos

constitucionalesI los gobiernos regionales o munici+ales

) 'l Poder E"ecuti*o con uno o m/s go0iernos regionales o municipales

#) ' dos o m/s go0iernos regionalesA municipales o de ellos entre sí o

$) ' los poderes del Estado entre sí o con cualuiera de los dem/s órganos

constitucionalesA o a stos entre sí.

) !os poderes o entidades estatales en con1icto actuar/n en el proceso a tra*s de sus con=ict

o

Derecho Procesal Constitucional

(29)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso com+etencial

'rt. 9 CPConst.

Ki el con1icto *ersare so0re una competencia o atri0ución e>presada en una norma con rango de le7A el C declara ue la *ía adecuada es el

P-Presu+uest

os

6,-C ./312..31

CC;

a) Ku"etos in*olucrados cuenten con legitimidad para accionar.

0) 6ateria del con1icto tenga dimensión constitucionalA en la medida ue se traten de competencias o atri0uciones deri*adas de la C. o !=.

(30)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso com+etencial

Com+etencia y acto estatal constitucional

Competencia personal Competencia material Competencia temporal Competencia

(31)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso com+etencial

Notas condicionantes de la com+etencia del acto estatal

indelegabilid

ad

-a*ati'idad

reglada o

discrecional

azonabilida

d

Pro+orcionali

dad

(32)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso com+etencial

El test de com+etencia

rganos constitucionales a) Competencias e>clusi*as ? delegadas o e>clu7entes. 0) Competencias compartidas c) Competencias delegadas

(33)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso com+etencial

El +rinci+io de unidad K El Estado unitario y descentralizado

regional

Principio de cooperación 7 lealtad regional Principio de ta>ati*idad 7 cl/usula de residualidad Principio de control 7 tutela

(34)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso Com+etencial

#s+ectos +rocesales

'plicamos en lo posi0le reglas del P-Ke puede solicitar 6C de suspensión E+ecto de las sentencias

(35)

Derecho Procesal Constitucional

Procesos constitucionales de la libertad

&inalidad Protección de los derechos +undamentales

,eponiendo las cosas al estado anterior a la *iolación o amena:a

Disponiendo el cumplimiento de un mandato legal o de un acto

administrati*o

Dato

K C9 /::3K La +rotección de derec$os se realizaba a tra's del !beas Cor+us 6#rt9 >:;55C9 /:@:K La +rotección se realiza a tra's del C y de la ## 6#rt9 2:8;

(36)

Derecho Procesal Constitucional

Procesos constitucionales de la libertad

Procedencia

,especto a cualuier personaA +uncionario o autoridad (p.e. KC #M#99M''NC (Caso &E,'E!) ; ecacia hori:ontal

a) iolación

0) 'mena:a de *iolación c) 'cción

d) =misión (p.e. KC <#4M#995MPCNC (Caso '-DEKEP)

(37)

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a normas legales

#m+aro c59 Normas Legales

#m+aro c59 Normas Legales 'rt. #99.# C.'rt. #99.# C.

Ke in*oue la amena:a o

*iolación de actos ue tienen

sustento la aplicación de una

norma incompati0le con la C.

#rt9 3 #rt9 3 CPCo9 CPCo9

o se puede interpone un PC' contra de una norma

(38)

PC' 7 control di+uso ,-C //201

2../1##

a) El o0"eto de impugnación sea un acto ue constitu7a la aplicación de una norma considerada inconstitucional ('rt. $ ; !#$<93 (d)

0) orma a inaplicarse tenga incidencia directa con la resolución del casoA

c) orma a inaplicarse sea a0iertamente incompati0le con la C. Normas Normas autoa+licati'as autoa+licati'as Normas Normas $eteroa+licati'as $eteroa+licati'as 'plica0ilidad incondicionada e inmediata

Derecho Procesal Constitucional

(39)

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a normas legales

E>pediente .O 98$9M#999M''NC  resoluciones recaídas en los E>pedientes .os  9#$98M#99M''NCA 9<45M#99<MP'NC 7 995$<M#998M P'NCA e'isemos tambin = P,=CEDE E! '6P',= cuando se pretenda impugnarA en a0stractoA la *alide: constitucional de las normas con rango de le7.

 anto la C-D2 como el C han entendido ueA tras el trmino QactosRA de0e comprenderse a la le7 7 a toda norma con rango de le7. ('rt. #<.. C'D2)

(40)

Derecho Procesal Constitucional

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a normas legales

Procedencia res+ecto a normas legales

'mparo contra

'mparo contra

le7es

le7es

'mparo contra actos

'mparo contra actos

sustentados en la

sustentados en la

aplicación de una le7

aplicación de una le7

orma operati*aA orma operati*aA autoaplicati*a o de autoaplicati*a o de ecacia inmediata. ecacia inmediata. a)

a) 'm'menena:a a:a de de *iol*iolaciaciónAónA esta ha0r/ de ser esta ha0r/ de ser cierta 7 de inminente cierta 7 de inminente reali:ación.

reali:ación. 0)

0) leslesionionen en el el concontentenidoido constitucionalmente constitucionalmente protegido de un protegido de un derecho +undamental. derecho +undamental.

(41)

Derecho Procesal Constitucional

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a resoluciones &udiciales y arbitrales

Procedencia res+ecto a resoluciones &udiciales y arbitrales

 #rt$culo %

 #rt$culo %.- 'o proceden las acciones de.- 'o proceden las acciones de (arantía)

(arantía)

!& *ontra resolución judicial eanada de un !& *ontra resolución judicial eanada de un  procediiento

 procediiento re(ular+re(ular+6O;6O; &')

&') (nciso (nciso modicado modicado por por elel  #rt$culo + de

 #rt$culo + de la ey . /01la ey . /012323 ,  , publicada publicada el el +4- +4-1+-+444,5

1+-+444,5

6/) Contra resolución judicial o 6/) Contra resolución judicial o 6/) Contra resolución judicial o

6/) Contra resolución judicial o

arbitral 

arbitral 

arbitral 

arbitral 

  emanadas de proceso  emanadas de procesoemanadas de procesoemanadas de proceso

regular  regular  regular  regular .... L9238.> " Ley de L9238.> " Ley de !beas Cor+us y !beas Cor+us y #m+aro #m+aro .?5/25?2 .?5/25?2 Código Procesal Código Procesal Constitucional Constitucional 6./5/252..0; 6./5/252..0;  #rt$culo

 #rt$culo 77.- l aparo procede respecto.- l aparo procede respecto de resoluciones judiciales /res dictadas de resoluciones judiciales /res dictadas con ani/esto a(ra0io a la tutela con ani/esto a(ra0io a la tutela  procesal

 procesal eecti0a, eecti0a, 2ue 2ue coprende coprende elel acceso a la justicia y el debido proceso acceso a la justicia y el debido proceso

(42)

Derecho Procesal Constitucional

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a

Procedencia res+ecto a

resoluciones &udiciales

resoluciones &udiciales

#m+aro c59 esoluciones #m+aro c59 esoluciones #m+aro c59 esoluciones #m+aro c59 esoluciones  Judiciales  Judiciales  Judiciales  Judiciales 'rt. #99.# C.'rt. #99.# C.'rt. #99.# C.'rt. #99.# C. esoluciones &udiciales esoluciones &udiciales frmes

frmes dictadas con maniestodictadas con maniesto agra*io a la

agra*io a la tutela +rocesaltutela +rocesal e<ecti'a

e<ecti'a ue comprende elue comprende el acceso a la "usticia 7 el de0ido acceso a la "usticia 7 el de0ido proceso. proceso. #rt9 0 #rt9 0 #rt9 0 #rt9 0 CPCo9 CPCo9 CPCo9 CPCo9 el el 4estrain 4estrain t  t   Judicial  Judicial  Acti0is  Acti0is Posi0ilidad de re*isión Posi0ilidad de re*isión *icios

*icios in iudicandoin iudicando oo

*icios

(43)

,-C /?:1/:::1##5-C 6Caso Pesuera odga;

a& l proceso constitucional puede ser utili5ado para re0isar decisiones arbitrales.

b& u utili5ación sólo es 0iable si)

• e 0ulnere un dereco procesal  con ran(o constitucional.

• 6utela de derec7os constitucionales sustanti0os cuando son

consecuencia de una 0ulneración paralela de derec7os constitucionales de naturale5a procesal.

Derecho Procesal Constitucional

(44)

,-C >/>@12..81PC5-C 6Caso Cantuarias ,ala'erry;

a& l arbitraje ora parte del orden p!blico constitucional" b& Plena 0i(encia del principio 8ompeten9 : 8ompeten9

c& l control judicial de las decisiones arbitrales es siepre a posteriori. d& l control constitucional se encuentra supeditado al a(otaiento de

0ías pre0ias. &;<C +2%0-/11%-P#=<C : Caso Compa>$a de Exploraciones #lgamarca)

e& l control constitucional puede in0ocarse ante la 0iolación de la tutela  procesal eecti0a o apartaiento de precedentes 0inculantes

Derecho Procesal Constitucional

(45)

,-C 0:@212..>1P#5-C 6Caso Cor+oración Meier ,9#9C9  Persolar ,9#9C9;

a& l control constitucional de las decisiones arbitrales sólo procede para  prote(er la tutela procesal eecti0a.

b& Jurisdicción arbitral 7a sido ipuesta de anera copulsi0a o arbitraria.

c& Las aterias sobre las 2ue 0ersa tienen carácter indisponible.

Derecho Procesal Constitucional

(46)

,-C .0/:812..>1##5-C 6Caso P4ME Contratistas Qenerales;

?undamento 75

a&Aparo iprocedente cuando se cuestionen actuaciones pre0ias al laudo.

b&s necesario a(otar la 0ía pre0ia $anulación o apelación de acuerdo a la  AL8A&

c&'o es posible cuestionar la interpretación de noras le(ales.

d&La 0aloración y cali/cación de los 7ec7os es copetencia e9clusi0a de los árbitros.

e&:ui;n ale(ue una 0iolación constitucional debe probarla

Derecho Procesal Constitucional

(47)

Consideración pre*ia !a demanda +ue declarada liminarmente improcedente en primera 7 segunda instancia.

-emas abordados +or el -C

'lcances de la "urisdicción ar0itral ('rt. $5.) C.

6odelo de control constitucional so0re la "urisdicción ar0itral (car/cter residual del amparo)

Kupuestos de procedencia del amparo ar0itral Control di+uso en la "urisdicción ar0itral

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a laudos arbitrales " ,-C ./0212.//1

P#5-C

(48)

El recurso de anulación 6D9leg9 /.@/; o el recurso de anulación o a+elación 6L9 2>@82; son 'ías +rocedimentales igualmente satis<actorias9

No +rocede el am+aro en los casos del inc9 b; del #rt9 >3 6D9Leg9 /.@/;

No +rocede el am+aro +ara cuestionar la <alta de con'enio arbitral

No +rocede el am+aro +ara cuestionar el car!cter indis+onible de las materias sometidas a arbitra&e9

La inter+osición del am+aro no sus+ende ni interrum+e los +lazos +ara cuestionar en 'ía &udicial el laudo arbitral

Contra lo resuelto +or el PJ sólo +rocede el am+aro c59 esoluciones &udiciales9

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a laudos arbitrales " ,-C ./0212.//1

P#5-C

(49)

Aiolación directa y <rontal a los +recedentes 'inculantes del -C En laudo se $a e&ercido control di<uso res+ecto a una norma declarada constitucional +or el -C o el PJ9

#m+aro es inter+uesto +or un 3ero ue no <orma +arte del con'enio arbitral y se sustente en la a<ectación de derec$os constitucionales a consecuencia del laudo9

euiere el agotamiento de la 'ía euiere el agotamiento de la 'ía

+re'ia +re'ia

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a laudos arbitrales " ,-C ./0212.//1

P#5-C

(50)

 Declarar la nulidad del laudo o parte de lA orden/ndose la emisión de uno nue*o ue reemplace al anterior o a la parte anuladaA 0a"o los criterios 7 par/metros seIalados en la sentencia.

 El Jue: o C no pueden resol*er el +ondo de la contro*ersia sometida a ar0itra"e.

Control Di<uso en materia arbitral

Ke rige por el 'rt. - del P del CPCo. De la norma depende la *alide: del laudo o es posi0le conser*ar la constitucionalid ad E>iste per"uicio

para las partes

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a laudos arbitrales " ,-C ./0212.//1

P#5-C

(51)

#m+aro c59 #m+aro

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a resoluciones &udiciales

KC #99M#99#M ''NC KC 98<$M #99MP'NC KC 9$598M#994M ''NC ,euisitos de procedencia en la e*olución "urisprudencial KC 93<9M #994MP'NC

(52)

#m+aro c59 #m+aro

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a resoluciones &udiciales

KC #99M#99#M ''NC

sólo $a de +roceder contra sentencias constitucionales defniti'asI siem+re ue auellas no tengan car!cter <a'orable a la +arte actoraI ya ue de lo contrario se contra'endría el +rinci+io de la inmutabilidad de la cosa &uzgada

(53)

Princi+io de seguridad &urídicaA

Princi+io de inmutabilidad de las decisiones &udiciales

Princi+io de o+ortunidad y efcacia de la +rotección de los derec$os.

Posibilidad de recurrir a -ribunales 4nternacionales

#m+aro c59 #m+aro " ,-C .0?8312..01##

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a resoluciones &udiciales

El PC' es una Qe>cepción dentro de la e>cepciónR

(54)

#m+aro c59 #m+aro

#m+aro c59 #m+aro #m+aro c59 #m+aro

a; Aulneración constitucional e'idente o manifesta9

b; abilitación sólo o+era +or una sola o+ortunidad9

c; esulta +ertinente tanto contra resoluciones estimatorias como desestimatorias9

d; Procede en de<ensa de la doctrina y &uris+rudencia 'inculante del -CI e; ,e $abilita +ara terceros9

<; No +rocede en contra de decisiones del -C

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a resoluciones &udiciales

Procede incluso cuando el proceso se torna inconstitucional en cualuiera de sus otras +ases o etapasA como la de im+ugnación de sentencia (C+r. ,C O 9##9<M#99MP'NCA &undamento 3 ,C O 9<$M #995MP'NCA &undamento A entre otras) o la de e&ecución de sentencia (C+r. KC O 993$M#994MP'NCA &undamento $ KC O 9454M #99MP'NCA &undamento $ ,C O 9$##M#99MP'NCA &undamento 

(55)

#m+aro a <a'or del +recedente 'inculante " ,-C .0?831

2..01##5-C

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a resoluciones &udiciales

Procedencia e>traordinaria del ,'C en contra de una sentencia EK-6'=,-'A en caso e>ista apartamiento de un precedente *inculante

-nterpretación del 'rt. 8 CPC

Contra la resolución de segundo grado ue declara in+undada o improcedente la demandaA Presupuestos para un precedente *inculante (KC 99#M#99$M'-) a. E>istencia de interpretaciones contradictorias.

0. -nterpretaciones erróneas del 0loue de const.

c. ecesidad de llenar un *acío legislati*o. d. Corro0oración de normas ue puedan

(56)

#m+aro a <a'or del +recedente 'inculante ,-C .3:.?12..@1

##5-C

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a resoluciones &udiciales

Ke de"a sin e+ecto el precedente *inculante esta0lecido por la KC 98<$M #99M''NC

!a *ía idónea para cuestionar una sentencia estimatoria ue se aparte de un precedente es el proceso de '6P',= cN. '6P',=

!os ,'CSs resueltos tienen la calidad de cosa "u:gadaA pero los autos ue concedieron los ,'CSs de0en ser re*ocados.

(57)

Cóm+uto del +lazo Cóm+uto del +lazo +rescri+torio +rescri+torio #rt9 8 inc9 /. CPCo9 a; >. días $!biles9 b; Cuando la resolución ueda frme y concluye 3. días $!biles des+us de la notifcación de la 9 ue ordena el cum+limiento de lo decidido9 ,-C 82:>12..@1 P#5-C ,-C 3/>012..:1 P#5-C ,-C 2/2212..?1 P#5-C ,-C 3?3312./.1 P#5-C ,-C 3>.012./.1 P#5-C

#m+aro c59 #m+aro 6PL#Z " ,-C ..28212..:1P#5-C;

Derecho Procesal Constitucional

(58)

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia res+ecto a resoluciones &udiciales

KC #$9M#9#M''NC 'mparo contra acción popular

KC 994$M#9#M''NC 'mparo contra ha0eas D''

KC $$85M#9#M''NC 'mparo contra ha0eas C=,PFK

,esulta pertinente tanto contra resoluciones "udiciales desestimatonas como contra las estimatoriasA sin per"uicio del ,'C especial ha0ilitado especícamente contra sentencias estimatorias recaídas en +rocesos constitucionales relacionados con el delito de tr!fco ilícito de drogas y5o la'ado de acti'osI en los ue se $aya +roducido 'ulneración del orden constitucional y en +articular del artículo ?R de la Constitución (C+r. sentencias emitidas en los E*+9 NR .2>>31 2..:1 PC5-CI <undamento : y NR .2@0?12./.1PC5-CI

(59)

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia de los +rocesos constitucionales de garantía

ec$os o el +etitorio deben estar re<eridos al contenido constitucionalmente +rotegido del derec$o in'ocado 6e'isemos la ,-C ./0/@12..81P#5-C " Caso #N4C#M# ENSNDEZ;

E*istan 'ías +rocedimentales igualmente satis<actoriasI sal'o S7E#, CP, 6e'isemos la ,-C .2>/12..31##5-C " Caso C#PEC;

,e $aya recurrido a otra 'ía en <orma +re'ia

No se $ayan agotado las 'ías +re'ias " 6e'isemos #rt9 0> CPConst9;

# la +resentación de la demanda la 'ulneración o amenaza cesó o de'ino en irre+arable9

E*ista cosa &uzgada en otro +roceso constitucional o litis+endencia9

,e cuestionen resoluciones defniti'as del CNMI siem+re ue $aya debida moti'ación 6,-C .0?812./2TP#5-C;

aya 'encido el +lazo +ara inter+oner la demandaI con e*ce+ción del S7E#, CP,

  u sucede con las decisiones emanadas del JNEU 6 e'isemos la ,-C ...@12..@1P45-C y ,-C 8?8012..81P#5-C " L4Z#N# PELLE,;

(60)

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia de Procesos Constitucionales de Qarantía

,-C /0/@12..81P#5-C 6Caso #nicama ern!ndez ; ,-C .2.>12..81P#5-C 6Caso 7aylón Flores;

,-C ./>?12..81P#5-C 6Caso Aillanue'a Aal'erde; ,-C 23.212..31##95-C 6Caso 4n'ersiones Dreams; ,-C 2?.212..81P#5-C 6Caso 7ena'ides Qarcía;

(61)

Derecho Procesal Constitucional

4nstituciones Procesales a tomar en cuenta

Cosa Juzgada

e+resentación +rocesal del Estado y res+onsabilidad del

agresor

#usencia de Eta+a Probatoria

E*ce+ciones y de<ensas +re'ias

Medios +robatorios e*tem+or!neos

(62)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Cautelar Constitucional 6#rt9 /8 CPConst9;

@#rt" 3+."- # solicitud de parte y en cualquier momento, el Aue9  podrá disponer la suspensión del acto que dio lugar al reclamo,

cuando por los fundamentos expuestos por el actor los considere  procedentes"B 6L9238.>;

ttp5==peru/+"pe=noticia=%4714=piden-detener-accion-algunos-j  ueces

(63)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Cautelar Constitucional 6#rt9 /8 CPConst9;

&inalidad Kuspender el acto *iolatorio en el procesos de amparoA ha0eas data 7 de cumplimiento

'pariencia del derecho Peligro en la demora 'decuación 7 ra:ona0ilidad del pedido cautelar

(64)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Cautelar Constitucional 6#rt9 /8 CPConst9;

,egla general Ke dictan sin conocimiento de la contraparte 7 la apelación se concede sin e+ecto suspensi*o

E>cepción  Ki se declara la inaplicación de una norma autoaplicati*a la apelación es con e+ecto suspensi*o

E>cepción # Ki se pretende de"ar sin e+ectos actos administrati*os locales o regionales? )Ke corre traslado a la contraparte. #)-nter*ención del 6inisterio Pú0lico. $)r/mite en cuaderno separado

,e*isemos la KC 99#$M#99<M P-NC (Caso De+ensoría del Pue0lo)

(65)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Cautelar Constitucional 6#rt9 /8 CPConst9;

KC 99#$M#99<M

P-NC !a tutela cautelar +orma parte delcontenido implícito del de0ido proceso

a) ;ubprincipio de idoneidad o de adecuación? Dicho

procedimiento especial resulta adecuado para conseguir un n legítimoA la protección de la autonomía local 7 regional

b; ;ubprincipio de necesidad ) am0in lo es ue constitu7e una

legítima regulación en el derecho +undamental al li0re acceso a la  "urisdicción.

c; ;ubprincipio de proporcionalidad stricto sensu) Ke trata de

una opción legislati*a adecuada para e*itar la interposición de medidas cautelares ue dicultan la la0or de los go0iernos locales 7 regionales.

(66)

PL 083852./.1PE PL 083852./.1PE

L9 2:>3: L9 2:>3:

Casos de '0uso

a; 4m+ortación de autos usados 6-#CN#;

b; Permisos de +esca 6,EC#;

c; Paralización del +royecto Ma&es " ,iguas 6 E,P4N#;

d; -erminal Norte del Puerto del Callao 1 DP Vorld 6L4M#; 4ntentos de limitar la fgura

http?NNLLL."usticia*i*a.org.peNnotihomeNnotihome9.phpTnotiU<3$E La medida cautelar se e*tingue de +leno derec$o cuando la resolución ue concluye el +roceso $a aduirido la autoridad de

Derec$o Procesal Constitucional

(67)

!a sentencia ue cause e"ecutoria en los procesos constitucionales se actúa con+orme a sus propios trminos por el "ue: de la demanda (omar en cuenta tam0in el 'rt. - de la !=PJ) E"ecución de sentencias

constitucionales

E"ecución de sentencias

ue han sido impugnadas !a reali:ación de una prestación de darAsentencia ue ordena la hacer o no hacer es de actuación inmediata.

'nalicemos la KC 9394M#995MP'NC (Caso Jhon !o"as)

Derec$o Procesal Constitucional

(68)

Derec$o Procesal Constitucional

#ctuación inmediata de sentencias " 6221CPConst; " Las

razones del -C

El C considera ue ante una sentencia de primera instancia estimatoriaA el "ue: de0e proceder de ocio a su e"ecución inmediata

Ke protege adecuadamente el derecho a la tutela "urisdiccional e+ecti*a del demandanteA por dos órdenes de ra:ones?

)porue la sentencia de primer grado es ante todo una decisión o0ligatoria

#)porue esa decisión merece una e"ecución acorde con el car/cter

 perentorio y ur(ente ue caracteri:a al amparo.

El e+ecto suspensi*o de los recursos no +orma parte del contenido

(69)

a; ,istema de 'aloración mi*to con un margen de discrecionalidad9

b; El Juez com+etente es el ue dictó la sentencia de /era9

a; ,e otorga a +edido de +arte o de ofcio9

a; Est! legitimado el benefciario o su re+resentante9

b; E&ecución total o +arcial

a; es+ecto a sentencias a+eladas +or a+elarse9

Características 7 reuisitos

Derec$o Procesal Constitucional

(70)

Presupuestos Procesales

o irre*ersi0ilidad. Proporcionalidad. Contracautela

!a resolución ue ordena la actuación inmediataA así como auella ue la deniegaA ser/n inimpugna0les.

Vu di+erencias e>isten entre la actuación inmediata de sentencia 7 el proceso cautelarT

Derec$o Procesal Constitucional

(71)

Derec$o Procesal Constitucional

Procedencia durante los regímenes de e*ce+ción

) Ki la demanda se reere a derechos constitucionales ue no han sido suspendidos

#) Ki trat/ndose de derechos suspendidosA las ra:ones ue sustentan el acto restricti*o del derecho no tienen relación directa con las causas o moti*os ue "usticaron la declaración del rgimen de e>cepción oA

$) Ki trat/ndose de derechos suspendidosA el acto restricti*o del derecho resulta maniestamente innecesario o in"usticado atendiendo a la conducta del agra*iado o a la situación de hecho e*aluada sumariamente por el "ue:.

(72)

Procedencia

a; ,e a<ecta un derec$o <undamental 6im+lícito o no; distintos a la libertad así como el derec$o de acceso a la in<ormación +Wblica9

b; El $ec$o lesi'o se +roduce en <unción de un acto comisi'o u omisi'o de cualuier +ersonaI <uncionarioI autoridad9

c; No e*istan 'ías es+ecífcas igualmente satis<actoria +ara la de<ensa del derec$o a<ectado 6Proceso ,ubsidiario;

Com+etencia a; Juez Ci'il o Mi*to 6/era y 2dainstancia; b; -C 6#C;

Derec$o Procesal Constitucional

(73)

!egitimación para o0rar acti*a Persona a+ectada Cualuier persona ; -ntereses di+usos De+ensoría del Pue0lo

Posi0ilidad de comparecer con representante

Procuración =ciosa Kuperada la imposi0ilidad el a+ectado

de0e raticar la demanda 7 la acti*idad procesal.

Derec$o Procesal Constitucional

(74)

,euisitos de la demanda ; 'rtículo # CPConst. ) Designación del "ue: ante uien se interpone la demanda. #) -denticación del demandante.

$) -denticación del demandado

) !a relación numerada de los hechos ue ha7an o estn produciendo la agresión constitucional.

<) !os derechos ue se consideren *iolados o amena:ados. 3) El petitorio.

4) !a rma del demandante 7 del a0ogado.

Es procedente la acumulación su0"eti*a de ocio Posi0ilidad de solicitar inter*ención litisconsorcial Es procedente la acumulación de procesos ininmpugna0les

Derec$o Procesal Constitucional

(75)

Pla:o de interposición de la demanda

39 días

h/0iles De producida la a+ectaciónA siempre ue ela+ectado?

a)u*iese conocimiento.

0)Ke hu0iese hallado en posi0ilidad de interponer la demanda.

 omar en cuenta?

a)'ctos ue constitu7en *iolación continuada. 0)!a amena:a no da inicio al cómputo del pla:o.

c)rat/ndose de una omisiónA el pla:o no se computa mientras su0sista.

d)El pla:o se empie:a a computar una *e: ue se agote la *ía pre*iaA si procede.

,e*isar pla:o en el caso de PC' cN. ,esolución "udicial.

Derec$o Procesal Constitucional

(76)

E>cepciones al agotamiento de la *ía pre*ia

a) Fna resolución ue no es la última en la *ía administrati*a es

e"ecutada antes de *encerse el pla:o para ue uede

consentida.

0) Por el agotamiento de la *ía pre*ia la *iolación puede con*ertirse

en irrepara0le ; F,GEC-'.

c) !a *ía pre*ia no se encuentra regulada.

d) o se resuel*a la *ía pre*ia en los pla:os "ados para su

resolución.

Derec$o Procesal Constitucional

(77)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de #m+aro

 r/mite

Competenc ia (PC'A P2DA PC)

a) Jue: Ci*il o 6i>to.

0) Jue: del lugar donde se a+ectó el derechoA o donde tiene su domicilio el a+ectado.

= KE 'D6-E !' P,%,,=G' DE C=6PEEC-' E,,-=,-'! B'J= K'C-% DE F!-D'D DE =D= != 'CF'D=.

o procede la ,EC=EC-%

o procede el 'B'D==

(78)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de #m+aro

 r/mite DD' Contestació n <d.  rasla do #d. Kentenci a ('rt. <<) <d. 'uto de Kaneamiento ) E>cepcione s. #) De+ensas pre*ias. $) Pedidos de nulidad del auto admisorio.

Estado puede ser condenado al pago de C=K=K 'pelació n de sentenci a $d. E' $d. K AC <d. ,'C 9d

(79)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de #m+aro

E"ecución de Kentencia ('rt. <5 CPConst.)

Plazo

9# días. 9 días. 9 meses

Posi0ilidad de ordenar la apertura de P'D en contra del +uncionario

(80)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de #m+aro

,epresión de actos homogneos ('rt. 39 CPConst)

KC <#84M#998MP'NC

(Caso !o*ón ; ,ui: Caro a) E*itar el desarrollo de nue*os procesos.

0) Garanti:ar la o0ligatoriedad de las sentencias.

Elementos

su0"eti*os

o0"eti*os

a) Persona a+ectada.

0) &uente u origen del acto lesi*o

2omogeneidad del acto lesi*o

(81)

o*edad legislati*a de la

C. 5$

Drit of mandamus del dereco anglosajón L9 2>3./ L9 2>3./ Código Procesal Constitucional a;

a; Constitucionalidad de los actosConstitucionalidad de los actos legislati'os

legislati'os b;

b; Legalidad de los actosLegalidad de los actos administrati'os9

administrati'os9

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de Cum+limiento

Dar cumplimiento a una norma legal o e"ecutar un acto administrati*o rme

Pronunciarse e>presamente cuando las normas legales ordenan emitir una resolución administrati*a o dictar un reglamento

(82)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de Cum+limiento

Legitimidad +ara obrar acti'a

ormas o

reglamentos con rango de le7

 Cualuier persona

-ntereses di+usos o

colecti*os  Cualuier persona o la De+ensoría delPue0lo

'cto administrati*o El interesado directo

Legitimidad +ara obrar +asi'a &uncionario o

(83)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de Cum+limiento

euisito es+ecial de +rocedencia 2a0er reclamado por documento de +echa cierta (9 d. 2/0iles) ,e*isemos la KC 938M#99<MPCNC (Caso illanue*a al*erde) -omar en cuenta #rt9 2> LPC# " D9,9 ./312..?1  J, 29 El cum+limiento +or la administración de una determinada actuación a la ue se encuentre obligada +or mandato de la ley o en 'irtud de

(84)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de Cum+limiento

-mproceden cia

a) Contra resoluciones dictadas por el PJA C 7 JE. 0) Contra el Congreso para ue se aprue0e una

le7.

c) Para la protección de derechos ue pueden ser garanti:ados a tra*s del PC'A P2DA PC2.

d) Para impugnar la *alide: de un acto administrati*o.

e) Cuando se pide el e"ercicio de +acultades discrecionales.

+) En los supuestos en ue proceda el P. Competencial.

g) Cuando no se cumple con el reuisito especial de procedencia.

h) Ki la demanda se interpone +uera de pla:o (39 días contados desde la recepción de la noticación notarial)

(85)

Derec$o Procesal Constitucional

o*edad de la C. 55$

a; Mani<estación de la tutela del derec$o a la intimidad 9

b; De<ender el derec$o al acceso a la in<ormación +Wblica9

a; Derec$o a solicitar in<ormación de las +ersonas naturales y &urídicas a cualuier entidad +WblicaI con e*ce+ción de in<ormaciones relati'as a la intimidadI seguridad nacional9

b; Derec$o de las PN y PJ a ue los ser'icios in<orm!ticos o noI +Wblicos o +ri'adosI no suministren in<ormaciones ue a<ecten la intimidad +ersonal y <amiliar9

c; Derec$o al $onor y la buena re+utaciónI a la intimidad +ersonal y <amiliarI así como a la 'oz e imagen +ro+ias9

d; Derec$o de rectifcación de <orma gratuita

Derec$o Procesal Constitucional

(86)

Casos iniciales a; Pedido del abogado Paz de la 7arra +ara

ue un +rograma +olítico del Canal 0 rectifcase la in<ormación 'ertida9

b; Negati'a de los diarios El Comercio, a ep!blica y Expreso de +ublicar una cartaI

en calidad de r+lica del abogado ,anguinetti 6 G+ermanente agente obstaculizador de la obra munici+alH;

Procesos se desestiman99

a;El &uez +enal no era el &uez com+etente9 b;No e*istía una ley de desarrollo de la garantía9

Derec$o Procesal Constitucional

Derec$o Procesal Constitucional

(87)

aturale:a Jurídica Garantía constitucional ue protege el

derecho a la Wautodeterminación in+ormati*aX

a)Derecho al acceso a la in+ormación pú0lica.

0)Derecho a la li0ertad in+orm/tica.

Funciones Funciones a; #cceder a la in<ormación9 b; #ctualizar o incor+orar la in<ormación9 c; ectifcar la in<ormación9 d; E*cluir la in<ormación9

Derec$o Procesal Constitucional

Derec$o Procesal Constitucional

(88)

 ipos de 2D

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de !beas Data

,e*isemos 7 analicemos la KC 933M #994M2DNC (Caso Colmenares Jimne:)

 D Puro

 D 4m+uro

6anipulación de datos personalísimos contenidos en 0ancos de datos

,eca0ar in+ormación pú0lica negada por la administración. (2D de acceso a -n+ormación Pú0lica)

(89)

Derec$o Procesal Constitucional

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de !beas Data

D, .0312..31 PCM 6- de L9

2@?.>; D, [email protected]

PCM

a. oda in+ormación ue posea el Estado se presume pú0lica. K'!= EYCEPC-=EK ; KEGF,-D'D 'C-='!  DE&EK'.

0. El Estado adopta medidas 0/sicas ue garanticen 7 promue*an la transparencia en la actuación de las entidades de la 'dministración Pú0lica.

c. El Estado tiene la o0ligación de entregar la in+ormación ue demanden las personas en aplicación del principio de pu0licidad.

Cualuier persona est/ legitimada a solicitar la in+ormación pú0lica

!as entidades pri*adas ue prestan un ser*icio pú0lico est/n o0ligadas a in+ormar so0re las características de los ser*icios pú0licos ue prestaA sus tari+as 7 so0re las +unciones administrati*as ue

(90)

Derec$o Procesal Constitucional

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de !beas Data

D Puro

D Cognición

D

Mani+ulador

a) -n+ormati*o ; u se guarda. 0) -nuisiti*o ; uin lo guarda.

c) eleológico ; para u lo guarda. d) De u0icación ; dónde lo guarda

a) 'diti*o. 0) Correcti*o. c) Kupresorio. d) Condencial. e) Des*inculador. +) Ci+rador. g) Cautelar. h) Garantista. i) -nterpretati*o.

 ") -ndemni:atorio (o aplica0le a nuestro ordenamiento

(91)

Derec$o Procesal Constitucional

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de !beas Data

,euisito de procedencia

,euerir con documento de +echa cierta con una antelación de /. días $!biles si se trata de e>igir in+ormación a la administración pú0lica o .2 días en los casos de protección al derecho a la intimidad personal 7 +amiliar.

Kal*o daIo irrepara0le

E>iste la Posi0ilidad

de 6CT

a) De ocio o a pedido de parte

0) En cualuier etapa del proceso 7 antes de la sentencia.

a) ,emisión de la in+ormación del demandante.

(92)

Derec$o Procesal Constitucional

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso Constitucional de !beas Data

'cumulación =0"eti*a originaria 7 accesoria.

De+ensa cauti*a +acultati*a

(93)

!i0ertad indi*idual o derec$os cone*os ;'rt. #99.

=0"eto de Protección

2echo u omisión ue *iole o amenace

'utoridadA +uncionario o

persona a; Libertad y seguridad

+ersonal9 b; 4ntegridad Personal9 c; Libertad de -r!nsito d; Derec$o a la 'ida9 e; Derec$o de residencia9 <; Libertad de comunicación9 g; 4n'iolabilidad de Creada mediante ,. !eg. #N9N854

Derec$o Procesal Constitucional

Derec$o Procesal Constitucional

(94)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso de !beas Cor+us

euisitos

euisitos

a;

a; ,e demande la a<ectación de un,e demande la a<ectación de un derec$o <undamental 6#rt9 28 derec$o <undamental 6#rt9 28 CPConst9 ;

CPConst9 ; b;

b; El acto lesi'o se +roduce +or acción uEl acto lesi'o se +roduce +or acción u omisión de cualuier +ersonaI omisión de cualuier +ersonaI <uncionario o autoridad9

<uncionario o autoridad9 c;

c; ,iem+re ue +or esta 'ía se trata de,iem+re ue +or esta 'ía se trata de e'itar un daBo irre+arable 6urgencia; e'itar un daBo irre+arable 6urgencia;

(95)

Derec$o Procesal Constitucional

Proceso de !beas Cor+us

Características

Características

a;

a; 4nter+retación acorde al +rinci+io4nter+retación acorde al +rinci+io inin dubio pro libertatis"

dubio pro libertatis"

b;

b; Puede ser +ostulado dentro de unPuede ser +ostulado dentro de un +roceso &udicial irregularI tanto +or +roceso &udicial irregularI tanto +or 'icios <ormales como sustanti'os9

'icios <ormales como sustanti'os9 c;

c; ,e e*+resa en la +resunción de,e e*+resa en la +resunción de inocencia

inocencia d;

d; No $ay eta+a +robatoria +ero el &uezNo $ay eta+a +robatoria +ero el &uez +uede +romo'er la acti'idad +uede +romo'er la acti'idad +robatoria ue estime +or +robatoria ue estime +or con'eniente9

con'eniente9 e;

e; No reem+laza a otros medios deNo reem+laza a otros medios de de<ensa &udicial ordinaria9

de<ensa &udicial ordinaria9 <;

<; Es de car!cter residual9Es de car!cter residual9 g;

g; La 'alidez de la orden &udicial deLa 'alidez de la orden &udicial de libertada en mrito a un $!beas libertada en mrito a un $!beas cor+usI tiene una 'igencia tem+oral cor+usI tiene una 'igencia tem+oral

(96)

Derec$o Procesal Constitucional

-i+os de !beas Cor+us " ,-C 2>>312..31C5-C 6Caso

#+onte C$uui$uanca;

2C reparador

Pri*ación ar0itraria o ilegal de la li0ertad +ísicaA por orden policialA mandato "udicial ci*il o militar.

2C restringido Continua 7 pertina: limitación de lali0ertad personal.

2C correcti*o 'ctos lesi*os a la integridad personal ;+ísicaA sicológica o moral

2C pre*enti*o 'mena:a cierta 7 concreta de lali0ertad personalA li0ertad de tr/nsito o

(97)

Derec$o Procesal Constitucional

-i+os de !beas Cor+us " ,-C 2>>312..31C5-C 6Caso

#+onte C$uui$uanca;

2C traslati*o 6ora en el proceso "udicial u otrasgra*es *iolaciones al de0ido proceso 7 a la tutela procesal e+ecti*a.

2C inno*ati*o

' pesar de ha0er cesado o ha0erse con*ertido en irrepara0le la *iolación a la li0ertad indi*idual.

2C instructi*o

Persona detenida ; desaparecida ue es imposi0le de u0icar.

(98)

Derec$o Procesal Constitucional

!beas Cor+us en Estados de E*ce+ción

#rtículo #rtículo 23 23 CPConst CPConst

!os procesos constitucionales no se suspenden en estados de e>cepción

Principio de ra:ona0ilidad 7 proporcionalidad

a; ,i la demanda se refere a derec$os constitucionales no sus+endidos9

a; ,i trat!ndose de derec$os sus+endidosI las razones ue sustentan el acto lesi'o no tienen relación directa con las causas o moti'os ue &ustifcaron la declaración del rgimen de e*ce+ción9 a; ,i trat!ndose de derec$os sus+endidosI

el acto restricti'o resulta manifestamente innecesario o in&ustifcado9

(99)

Derec$o Procesal Constitucional

!beas Cor+us c59 esoluciones Judiciales

!beas Cor+us y debido +roceso

Derecho de -n+ormación Derecho de de+ensa

Derecho a un proceso pú0lico Derecho a la li0ertad pro0atoria

Derecho a declarar li0remente Derecho a la certe:a "udicial

Referencias

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