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Contrato número 268/16

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Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA

Contrato número 268/16

Contrato que celebran en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 31 treinta y uno del mes de Agosto del año 2016 dos mil dieciséis, por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, representado en este acto por el Licenciado Luis Mauricio Gudiño Coronado, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Estado de Jalisco, a quien en lo subsecuente se le denominará como LA SECRETARÍA, y por la otra Instituto de Estudios y Proyectos Sociales Latinoamericanos, Sociedad Civil, representada por el Ciudadano Juan José Alvarado Razo, a quien en lo subsecuente se le denominará como EL PROVEEDOR, y cuando se refiera a ambas partes se les denominara como LAS PARTES, documento que sujetan al tenor de las siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas:

A N T E C E D E N T E S

ÚNICO.- Con fecha 04 cuatro del mes de Agosto del año 2016 dos mil dieciséis, fue recibido en la Dirección General de Abastecimientos oficio número PRONAPRED/189/2016, dirigido al Lic. Luis Mauricio Gudiño Coronado, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, el cual se encuentra signado por la Dra. Ruth Gabriela Gallardo Vega, Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interinstitucional Estatal para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, dentro del cual solicita se lleve a cabo un proceso de adquisición y contratación de bienes y servicios propuestos por los municipios beneficiarios, que con motivo de Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de Apoyos a las Entidades Federativas en el Marco del Programa Nacional de Prevención del Delito, se celebró el 31 treinta y uno del mes de Marzo del año 2016 dos mil dieciséis, entre el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado de Jalisco; al respecto, y con el objeto de dar cumplimiento al acuerdo de voluntades de referencia, solicitó la contratación de un servicio para la realización del Programa denominado “Apropiación del Espacio Público de la Unidad deportiva número 41 para el Municipio de Guadalajara”, con número de folio SEA 51/0090-00.

D E C L A R A C I O N E S I.- Declara el representante de “LA SECRETARÍA”:

a).- Que es la dependencia facultada para representar al Gobierno del Estado de Jalisco en las adquisiciones de bienes y servicios, en atención a lo dispuesto por los artículos 2, 3, 5, 12 fracción II, 14 fracciones XXXVII, LIX, LXVI, LXXI, LXXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, 1 fracciones I, II, III, IV, V, 3 fracciones II, IV, IX y XXI, 4, 5, 6, 7 fracción I y TITULO TERCERO, CAPITULO I de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones, así como por lo establecido en los artículos 1, 2, 3 fracciones VIII, X, XI, 4 fracción II, 8, 32, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II, 41, 42, 43, 44 Y 45 del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas todos ordenamientos del Estado de Jalisco.

b).- Comparece por conducto del Licenciado Luis Mauricio Gudiño Coronado, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, con las facultades para contratar y obligarse de conformidad con los artículos 3 fracciones X, XI, 4, 5, 6, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II, del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas y de conformidad con lo que disponen los Artículos 4, 7, 13, 22, 33, 51 y 104 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco.

c).- Que para los efectos del presente contrato se señala como domicilio el ubicado en Prolongación Avenida Alcalde Número 1221 mil doscientos veintiuno, Colonia Miraflores, Zona Centro, C.P. 44270 de esta Ciudad de Guadalajara, Jalisco, México.

II.- Declara el representante de “EL PROVEEDOR”:

a).- Que mediante Escritura Publica numero 2,417 dos mil cuatrocientos diecisiete de fecha 4 cuatro del mes de abril del año 2014 dos mil catorce, pasada ante la fe del Licenciado Javier Alejandro Macías Preciado, Notario Público titular número 2 de El Salto Jalisco, dentro de la cual se constituyó la sociedad denominada INSTITUTO DE ESTUDIOS Y PROYECTOS SOCIALES LATINOAMERICANOS, SOCIEDAD CIVIL, la cual se encuentra debidamente registrada bajo el folio electrónico número 29774, de fecha 23 veintitrés de Mayo del año 2014 dos mil catorce en el Registro Público de la Propiedad y Comercio del Estado de Jalisco.

b).- Que el Ciudadano Juan José Alvarado Razo cuenta con facultades para representar a la Sociedad Civil denominada Instituto de Estudios y Proyectos Sociales Latinoamericanos, en su carácter de Apoderado Legal, las cuales se hacen constar en la escritura anteriormente referida, y quien a su vez manifiesta bajo protesta de decir verdad que a la fecha dicho carácter no le ha sido limitado, restringido, ni revocado; tal como lo acredita mediante la Póliza anteriormente referida.

c).- Que señala como su domicilio convencional para los fines de éste contrato, en: calle Avenida Revolución número 1733 en la Colonia La Loma en Guadalajara, Jalisco C.P. 44410. Teléfono 44446830 Correo electrónico:

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d).- Que tiene la capacidad legal, financiera, técnica y productiva necesaria para dar cumplimiento al presente contrato y manifiesta que se encuentra debidamente registrado en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado bajo el número de registro P24527 y que la información contenida en el expediente respectivo no ha sufrido modificación alguna.

e).- Manifiesta que ha entregado a LA SECRETARÍA la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, expedido por el SAT.

f).- Manifiesta que ha entregado a LA SECRETARÍA la Opinión Afirmativa del Cumplimiento de obligaciones de Seguridad Social, expedido por el IMSS.

III.- LAS PARTES declaran:

a).-Ambas partes declaran que el presente contrato, cuyo objeto será solventado con RECURSOS DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCION DEL DELITO (PRONAPRED), correspondiente al ejercicio fiscal 2016 dos mil dieciséis, se origina con motivo de la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL PRESENCIAL, número IA-914012998-E101-2016, derivada de la Solicitud de Aprovisionamiento 51/0090-00 para la adquisición del servicio de “APROPIACION DEL ESPACIO PUBLICO DE LA UNIDAD DEPORTIVA NO. 41 PARA EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA”. Del que resultó adjudicado EL PROVEEDOR, mediante el Acta de Fallo de fecha 30 treinta del mes de Agosto del año 2016 dos mil dieciséis, emitida por la Dirección General de Abastecimientos de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. Y debidamente notificada el día 30 treinta del mes de Agosto del año 2016 dos mil dieciséis. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 26 fracción II, 41 fracción III 42 y 43 último párrafo de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

b).- Que EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con las especificaciones de dicho proceso, en lo subsecuente LAS BASES, así como a su propuesta presentada, en lo subsecuente se le denominará LA PROPUESTA, en virtud de que forma parte integral del presente contrato, mismas que obran en el expediente del proceso descrito en el inciso inmediato anterior.

c).- Que se reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen y sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- DE LA DEPENDENCIA. Las partes acuerdan que el Ayuntamiento del Municipio de Guadalajara, Jalisco, y/o La Comisión Interinstitucional Estatal Para La Prevención Social De La Violencia y la delincuencia, en lo subsecuente LA DEPENDENCIA, serán las receptoras finales del objeto de este contrato.

SEGUNDA.- DEL OBJETO. El objeto del presente contrato es la adquisición a EL PROVEEDOR para que desarrolle el programa de “APROPIACIÓN DEL ESPACIO PUBLICO DE LA UNIDAD DEPORTIVA NO. 41 PARA EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA”, cumpliendo con todos los términos de LA PROPUESTA presentada, y LAS BASES, de conformidad a lo que sigue:

“APROPIACIÓN DEL ESPACIO PUBLICO DE LA UNIDAD DEPORTIVA NO. 41 PARA EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA” Objetivo general: Generar entornos que favorezcan la convivencia y seguridad ciudadana

Objetivos Particulares:

Identificar las necesidades y las problemáticas prioritarias en el polígono. Detectar causas y consecuencias de la delincuencia.

Medir el sentimiento de inseguridad de las y los ciudadanos del polígono.

Realizar un mapeo de actores que permita el involucramiento de la ciudadanía en el proyecto. Realizar un diagnóstico participativo que genere un proceso sinérgico con la ciudadanía. Fortalecer la infraestructura y equipar el espacio público denominado Unidad 41. Estimular la cohesión comunitaria a través del deporte.

Estrategia

Realizar acciones de prevención situacional que contribuyan a la reducción de oportunidades para la violencia y la delincuencia.

Acción:

Equipamiento de espacio deportivo que incentive la cohesión comunitaria y que incluya estrategias de diseño participativo. Indicador de impacto: Percepción de inseguridad en los espacios públicos y cotidianos de la comunidad.

LUGAR: Unidad Deportiva N° 41(Hacienda de Cedros N° 2000, entre Hacienda los Pozos y Hacienda de la Noria) POLÍGONO: Oblatos

POBLACIÓN BENEFICIARIA 1, 500 vecinos y usuarios de la unidad DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:

Rehabilitación y fortalecimiento de la infraestructura e instalaciones de la Unidad Deportiva N° 41 con un área aproximada de 5,386 mts. Cuadrados, ubicadas en Hacienda de Cedros No. 2000, esquina Hacienda de Tala en la Colonia Balcones de Oblatos con equipamiento de gimnasio, mesa de exteriores, bancas, luminarias, pasto sintético y protección perimetral de

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cancha de futbol de 40X90, mejoramiento de áreas verdes con plantas de ornato y la instalación de jardineras, mejoramiento en rampas y escaleras para una movilidad incluyente.

Diseño de intervención: Fase I Convocatoria:

Se integrará a los líderes de la colonia Balcones de Oblatos, estudiantes de la preparatoria número 18 y autoridades de la misma.

Fase II Sensibilización:

Estas fases se desarrollarán con talleres participativos que incluyan actividades lúdicas y motiven la reflexión y la construcción de conocimiento conjunto por parte de los participantes. Estas fases se desarrollarán durante todo el proceso del proyecto.

TEMA OBJETIVO CONTENIDOS MÍNIMOS

Introducción al

PRONAPRED Conocimiento de los beneficiarios sobre el PRONAPRED  ¿Qué es el PRONAPRED? Finalidad del PRONAPRED

 Integración, niveles de

gobierno-participación ciudadana del PRONAPRED.

Trabajo en equipo Brindar herramientas para el

trabajo en equipo para promover el desarrollo de habilidades cívico democráticas.

 Participación ciudadana

 Mecanismos de participación ciudadana

 Que es la gobernanza

 Instituciones, redes y líderes que

promueven la participación ciudadana. ¿Qué es la violencia?

¿Cómo la ejercemos? Concientizar sobre las diversas formas en que se ejerce violencia juvenil.  Definición de violencia  Violencia en el hogar  Violencia en la escuela  Violencia en la comunidad. Conocimientos y habilidades

para prevenir la violencia. Aportar herramientas para el manejo positivo de emociones  Relaciones asertivas Manejo positivo de emociones.

 Promoción de la vida sana mediante la

recreación, la cultura y el deporte.

La evaluación con relación al aprendizaje sobre procesos de participación ciudadana se realizará en tres momentos, al inicio, durante el proceso y al final de la intervención mostrando el conocimiento adquirido.

Fase III Organización e implementación.

I. Rehabilitación de la cancha de fútbol de la unidad deportiva N° 41 ubicada en Hacienda de Cedros N° 2000, entre Hacienda los Pozos y Hacienda de la Noria.

II. Presentación del plan para la apropiación del área común y de convivencia en el interior de la unidad deportiva que incluya acciones y encuentros deportivos entre niños (4 torneos) y jóvenes (2 torneos), premiando a los ganadores con trofeos y medallas, en cada torneo se socializará una mini campaña informativa sobre las acciones de PRONAPRED y las estrategias locales de prevención, se entregará un cronograma y materiales –PREVIAMENTE AUTORIZADOS POR LA DEPENDENCIA- a utilizar con la validación de la dependencia, para estimular la ocupación de la comunidad en este espacio.

III. Se contemplará la adquisición e instalación de equipo de gimnasio, bancas, luminarias, pasto sintético y protección perimetral de cancha de futbol de 40X90, mejoramiento de áreas verdes con plantas de ornato y la instalación de jardineras, mejoramiento en rampas y escaleras para una movilidad incluyente.

IV. Realizar un plan de actividades anexo al plan de recuperación para el uso adecuado del espacio recuperado –cursos deportivos, jornadas deportivas entre otros-.

V. Levantamientos de encuestas –proporcionadas por la dependencia- y evaluaciones al principio y al final de la intervención para la evaluación del proyecto e identificación de factores de riesgo.

Fase IV: Comunicación.

Acto protocolario de inicio y cierre del proyecto, asambleas públicas sobre el trabajo a desarrollar. Recursos humanos:

El equipo de trabajo designado para el desarrollo de este proyecto, está conformado por profesionales certificado en organización de colectivos ciudadanos, ingenieros, arquitectos, urbanistas experimentados en la apropiación de espacios deportivos, nutriólogos, maestros de educación física, entrenadores de fútbol y psicólogos, mismos que cuentan con amplia experiencia como especialistas en desarrollo humano participación ciudadana, prevención del delito y seguridad ciudadana. Recursos Materiales:

Pintura blanca o amarilla, pasto sintético, ladrillo y concreto, todos los recursos materiales y sus cantidades deberán estar previamente aprobados por LA DEPENDENCIA.

Cronograma

FASE TAREAS POR CADA ETAPA DEL PROCESO MES 1 MES 2 MES 3

1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4

PROCESO 1

Reunión de inducción y presentación del equipo

técnico con los enlaces municipales X X

Diseño de instrumentos de corte cualitativo y

cuantitativo X X

Difusión de convocatoria para que líderes comunitarios se integren al diagnóstico participativo carteles de invitación folletos.

X Reuniones del diagnóstico participativo con análisis

FODA, TALLERES PARTICIPATIVO X X

Identificación de actores estratégicos en la

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Creación de la figura de controladores ciudadanos. X X

PROCESO 3

Habilitación y equipamiento de la unidad 41. Equipamiento de gimnasio, mesa de exteriores, bancas, luminarias, pasto sintético y protección perimetral de cancha de futbol de 40x90 mejoramientos de áreas verdes con plantas de ornato y la instalación de jardineras, mejoramiento en rampas y escaleras para una movilidad incluyente.

X X X X

Torneos de futbol X X

Sistematización de datos del Dx. X X

Presentación de informe final de resultaos X X

Presentación de resultados de la evaluación. X X

Entregable 1:

Listas De Registro De Reuniones Y Asambleas, Bitácora De Actividades,

Memoria Fotográfica, Relatoría Del Proyecto, Un Plan De Trabajo,

Listado A Detalle De Todos Los Insumos Que Se Requieren Para La Apropiación Del Espacio, Portafolio De Las Propuestas Para La Apropiación De Espacio Deportivo De La Unidad 41. Entregable 2:

Presentación Del Espacio Rehabilitado, Relatoría De La Ejecución Del Proyecto, Evidencia Fotográfica Del Proceso,

Plan De Actividades Para la realización de 5 eventos deportivos para desarrollar en el espacio deportivo de la unidad 41. Entregable 3:

Informe final,

Relatorías del proceso de apropiación del espacio público así como de los eventos deportivos realizados, Evaluación de satisfacción de los beneficiarios.

Todas las encuestas y listas de asistencia se entregarán originales y capturados (En archivos separados y correctamente identificados) en una tabla simple de Excel –formato establecido- con todos los campos de las encuestas.

Todos los entregables por etapas deberán entregarse impresos, en una memoria y dos discos compactos.

EL PROVEEDOR entregará de manera semanal los jueves antes de las 16:00 los calendarios e informes, de la semana anterior y de la subsecuente durante todo el proceso del proyecto, en los formatos establecidos por la dependencia.

El responsable, en campo deberá ser una sola persona, solvente en la parte técnica y tener disponibilidad de tiempo para atender e informar sobre el proceso de ejecución. El responsable informará a la dependencia mediante los formatos establecidos.

Para difundir y convocar a los beneficiarios el proveedor deberá ajustarse a las políticas del manual de identidad del PRONAPRED y del programa en el Estado, mediante los formatos establecidos por la dependencia (En los formatos y medios que se consideren más convenientes para este fin).

Los servicios anteriormente descritos deben de cumplir con las especificaciones solicitadas en LAS BASES y en LA PROPUESTA presentada por EL PROVEEDOR.

TERCERA.- DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El servicio objeto de este contrato deberá ser terminado a más tardar el 30 treinta de Noviembre del año 2016 dos mil dieciséis, el tiempo de entrega empezará a contar a partir de la fecha de notificación del fallo, bajo su estricta responsabilidad en los términos y condiciones de LAS BASES y a entera satisfacción de LA DEPENDENCIA.

El representante del Municipio de Guadalajara y/o la Comisión Interinstitucional Estatal Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia será quien manifieste la aceptación del servicio objeto de esta invitación, una vez que el licitante a quien se adjudique el contrato haya cumplido con las obligaciones, en concordancia con el anexo 1 de LAS BASES.

Una vez recibidos los servicios el /la titular la de la Comisión Interinstitucional Estatal Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia y/o El Municipio De Guadalajara, dispondrá de un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles para la revisión y en su caso aceptación de conformidad, misma que deberá asentarse por escrito, señalando que los servicios corresponden a las especificaciones técnicas señaladas en el contrato a fin de que EL PROVEEDOR pueda emitir y entregar su factura o bien, al término de este plazo se deberá informar al proveedor de las irregularidades identificadas en los servicios prestados.

EL PROVEEDOR estará de acuerdo de que hasta en tanto ello no se cumpla, los servicios no se tendrán por recibidos o aceptados.

Se considera como administrador del contrato a la Comisión Interinstitucional Estatal Para La Prevención Social De La Violencia y La Delincuencia y al Municipio de Guadalajara, quienes serán los responsables de darle seguimiento al proyecto.

pago máximo de Periodo entrega **Porcentaje del servicio que se cubrirá Porcentaje que representa el entregable

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1 Mes uno 40%

10% Listas de registro de reuniones y asambleas

10% Bitácoras de actividades

10% Memorias fotográfica y relatoría del proyecto

10%

Plan de trabajo, listado a detalle de todos los insumos que se requieren para la apropiación del espacio.

Portafolio de las propuestas para la apropiación de espacio deportivo de la unidad 41.

2 Mes dos 40%

10% Presentación del espacio rehabilitado.

10% Relatoría de la ejecución del proyecto.

10% Evidencia fotográfica del proceso.

10% Plan de actividades para la realización de 5 eventos deportivos para desarrollar en el espacio deportivo de la unidad 41.

3 Mes tres 20% 20%

Informe final.

Relatorías del proceso de apropiación del espacio público así como de los eventos deportivos realizados.

Evaluación de satisfacción de los beneficiarios.

Todas las encuestas y listas de asistencia se entregarán los originales y capturados (en archivos separados y correctamente identificados) en una tabla simple de Excel formato establecido, con todos los campos de las encuestas.

Todos los entregables por etapas deberán entregarse impresos, en una memoria y dos discos compactos.

La Comisión Interinstitucional Estatal Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia a través de su Secretaría ejecutiva, elaborará un oficio de entera satisfacción.

CUARTA.- DE LA VIGENCIA. El presente instrumento contractual comenzará a surtir sus efectos a partir del día 31 treinta y uno del mes de Agosto del año 2016 dos mil dieciséis hasta el 30 treinta de Noviembre del año 2016 dos mil dieciséis, a excepción de las garantías, las cuales seguirán surtiendo sus efectos hasta el término de su vigencia.

QUINTA.- DEL PRECIO. EL PROVEEDOR fija un precio por el objeto de este contrato por la cantidad de $2´275,946.00 (Dos millones doscientos setenta y cinco mil novecientos cuarenta y seis pesos) Impuesto al Valor Agregado incluido.

SEXTA.- DE LA FORMA DE PAGO. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, realizará el pago a EL PROVEEDOR en parcialidades de conformidad con la tabla de entregas descrita en la cláusula tercera, previa validación de LA DEPENDENCIA. El pago que corresponda se efectuará en Moneda Nacional y dentro de los 10 (diez) días hábiles contados a partir de la entrega de los documentos siguientes:

Pago

a) Original de la factura, a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en la Pedro Moreno 281 Guadalajara Centro, Guadalajara Jalisco, C.P. 44100 R.F.C. SPC130227L99.

b) 1 copia del contrato.

c) 1 copia de la Orden de Compra

d) 1 una copia de la garantía de cumplimiento del contrato.

f) Oficio de entera Satisfacción de la recepción del servicio, emitido por LA DEPENDENCIA.

La gestión del pago surtirá efecto una vez que se cuente con la aprobación del Titular Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interinstitucional Estatal para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia a la prestación del servicio y tras revisar y aceptar los entregables respectivos.

En caso de que las facturas entregadas para su pago presenten errores o deficiencias, de la Comisión Interinstitucional Estatal Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la indicación de las deficiencias y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos del plazo de pago estipulado.

El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que EL PROVEEDOR deba efectuar, en su caso, por concepto de penas convencionales. Lo anterior, sin perjuicio de que LA SECRETARÍA pueda proceder al cobro de las penas convencionales previo al pago correspondiente conforme a lo estipulado en el contrato.

Es requisito indispensable para el pago que EL PROVEEDOR realice la entrega de la garantía de cumplimiento del contrato de los servicios adjudicados.

EL PROVEEDOR podrá ceder en forma parcial o total en favor de cualquiera otra persona física o moral los derechos de cobro de los contrarecibos derivados del contrato, previo consentimiento de LA SECRETARÍA y/o el/la titular de la Comisión Interinstitucional Estatal para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia. SÉPTIMA.- DE LA GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. A la firma del presente contrato, EL PROVEEDOR se obliga entregar una garantía mediante fianza en moneda nacional, a favor de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, equivalente al 10% diez por ciento del monto total del

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contrato sin incluir el Impuesto al Valor Agregado a través de cheque certificado o de caja, en efectivo mediante billete de depósito tramitado ante la Recaudadora N° 000 de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas o mediante fianza expedida por una institución mexicana legalmente autorizada, misma que podrá ser exigible en cualquier obligación pactada que incumpla, así como por la mala calidad o defectos que llegara a presentar el objeto del presente contrato. EL PROVEEDOR está obligado a modificar la garantía descrita en la presente cláusula, en caso de prorroga o adendum, lo anterior de conformidad con el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

La garantía otorgada por EL PROVEEDOR podrá ser exigible y aplicada en cualquier tiempo en caso de presentarse defectos o mala calidad en el objeto de este contrato, o por cualquier incumplimiento en las obligaciones en él establecidas, y será independiente de las acciones que deban ejercitarse por los daños y perjuicios que se originen con motivo del incumplimiento en cualquiera de las obligaciones contraídas por parte de EL PROVEEDOR de conformidad con lo dispuesto por el artículo 48 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

OCTAVA.- DE LA PENALIZACIÓN POR ATRASO EN EL SERVICIO. En caso que EL PROVEEDOR no preste en tiempo y forma el servicio objeto de este contrato por cualquier causa que no sea imputable a LA SECRETARÍA o a LA DEPENDENCIA, LA SECRETARÍA podrá descontar a EL PROVEEDOR del monto total del contrato Impuesto al Valor Agregado incluido, el 3% tres por ciento cuando el atraso se encuentre entre 1 uno a 10 diez días naturales, el 6% seis por ciento cuando el atraso se encuentre entre 11 once a 20 veinte días naturales y el 10% diez por ciento, cuando el atraso se encuentre de 21 veintiuno a 30 treinta días naturales, de 31 treinta y un días naturales en adelante se podrá rescindir el presente contrato.

LA SECRETARÍA podrá aplicar la penalización que corresponda o podrá rescindir el contrato a causa del incumplimiento en la prestación de los servicios en los tiempos y/o condiciones establecidas en el presente contrato. En caso de rescisión por esta causa EL PROVEEDOR pagará como pena convencional el 10% diez por ciento del monto total del contrato.

NOVENA.- DE LA RESCISIÓN. LA SECRETARÍA de acuerdo a lo señalado en los artículos 54 y 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículos 98 y 102 de su Reglamento, podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato.

En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento cuando estas causas sean el motivo de la rescisión. En caso de rescisión se aplicará la garantía de cumplimiento.

En consecuencia, se procederá en los términos legales para adjudicar el contrato correspondiente al participante que ocupe el segundo lugar en la evaluación, y así sucesivamente, siempre que la diferencia se encuentre dentro del margen del 10% (diez por ciento) del precio, respecto de la proposición originalmente adjudicada.

LAS CAUSALES PARA LA RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES AL PROVEEDOR SERÁN LAS SIGUIENTES:

a) Por no apegarse a lo estipulado en el contrato y su anexo.

b) Por negarse a reponer lo rechazado por LA SECRETARÍA y/o La Comisión Interinstitucional Estatal para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia,y/o el Municipio beneficiado

c) Por no presentar la garantía de cumplimiento

d) Por presentar una fianza apócrifa.

e) Por negar a LA SECRETARÍA, Comisión Interinstitucional Estatal Para La Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia o al Municipio Beneficiario o a quienes estén facultados por ellas, las facilidades para la supervisión de la prestación de los servicios.

f) Cuando autoridad competente lo declare en concurso mercantil o alguna figura análoga o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte su patrimonio en tal forma que le impida cumplir con las obligaciones asumidas en el contrato.

g) Por contravenir los términos y condiciones del contrato o las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y los demás ordenamientos legales que resulten aplicables.

h) Si se comprueba que la manifestación a que se refiere la declaración establecida en el punto 2.1.2 de LAS BASES se realizó con falsedad.

i) Cuando el importe de las penalizaciones rebase el 10% diez por ciento del importe máximo del contrato sin considerar el Importe al Valor Agregado.

j) En caso de que en más de 2 ocasiones le sea rechazado el servicio o se retrase en la prestación del mismo, con independencia LA SECRETARÍA podrá hacer efectiva la penalidad por el atraso. El procedimiento de rescisión a que alude este apartado podrá iniciarse en cualquier momento mientras tanto no se satisfagan las obligaciones del contrato.

Para los efectos de la rescisión administrativa LA SECRETARÍA por conducto del titular de la Dirección General Jurídica comunicará por escrito a el proveedor, la causa o causas en que éste haya incurrido para que en un término de 5 (cinco) días hábiles exponga lo que a su derecho convenga, aporte, las pruebas que estime pertinentes y en su caso formule alegatos que a su derecho corresponda.

Transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, el titular de la Dirección General Jurídica, tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidas y alegatos formulados por el proveedor, determinará de manera fundada y

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motivada si resulta procedente o no rescindir el contrato y el titular de la Dirección General de Abastecimientos comunicará por escrito a el proveedor dicha determinación, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes. Cuando se rescinda el contrato el titular de la Comisión Interinstitucional Estatal Para La Prevención Social De La Violencia y La Delincuencia formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas, por concepto de los servicios prestados hasta el momento de la rescisión.

Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el contrato, se prestaren los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la Comisión Interinstitucional Estatal Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia, de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.

DÉCIMA.- DE LA CESION. EL PROVEEDOR no podrá gravar o ceder a otras personas físicas o jurídicas de forma parcial o total, los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato, salvo los de cobro que se generen en los términos de este contrato, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa de LA SECRETARÍA. DÉCIMA PRIMERA.- DE LAS RELACIONES LABORALES. Ambas partes manifiestan expresamente que la relación que se deriva del presente contrato, no crea respecto de una y otra relación alguna de patrón, mandatario, subordinado, dependiente o empleado. En tal razón, EL PROVEEDOR será responsable por el personal que contrate o emplee con motivo de la prestación del servicio objeto de este contrato, obligándose a responder y sacar a salvo a LA SECRETARÍA, LA DEPENDENCIA y/o entidad pública involucrada, de cualquier acción o derecho derivado por concepto de prestaciones contenidas en la ley federal del trabajo, de seguridad social, fiscal, civil, penal o cualquier otra, en el entendido que lo señalado con anterioridad queda subsistente por el periodo que la legislación aplicable señale, y no por el periodo que dure vigente este contrato.

DÉCIMA SEGUNDA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos inherentes a la propiedad intelectual, patentes, marcas o cualquier otro derecho de tercero, con motivo de la firma del presente contrato.

DÉCIMA TERCERA.- DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. En cualquier momento LA SECRETARÍA podrá dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ésta, previo aviso que por escrito realice AL PROVEEDOR, con 5 (cinco) días hábiles de anticipación, con excepción de lo estipulado en el supuesto de rescisión.

Así mismo LA SECRETARÍA podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada cuando ocurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de la resolución de una inconformidad, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En ambos supuestos LA SECRETARÍA deberá liquidar, en su caso, al proveedor los servicios que hubieran sido aceptados a su entera satisfacción, conforme al contrato y que no se hubieran pagado así como los gastos no recuperables en que haya incurrido siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.

DÉCIMA CUARTA.- DE LA MODIFICACIÓN AL CONTRATO.- LAS PARTES acuerdan que el contrato podrá modificarse de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por diferimiento en la prestación del servicio, en los términos establecidos en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 91 de su Reglamento.

Los casos en que podrán otorgarse prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales serán: Cuando ocurran causas de fuerza mayor o de caso fortuito, el proveedor podrá solicitar a LA SECRETARíA le sea otorgada una prórroga para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato siempre y cuando lo realice previamente al vencimiento del plazo pactado. Esta solicitud deberá ser presentada en escrito dirigido al servidor público que autoriza el contrato, el cual determinará la procedencia de otorgar dicha prórroga estableciendo las razones para ello y señalando la forma y términos en que deberá modificarse el contrato para la elaboración del instrumento correspondiente.

DÉCIMA QUINTA.- DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. LA DEPENDENCIA será la encargada de vigilar e inspeccionar que los servicios objeto del presente contrato cumplan con las especificaciones solicitadas en el anexo de especificaciones de LA PROPUESTA, teniendo las facultades para designar al personal que estime necesario para tal efecto. Sin perjuicio de lo anterior, LA SECRETARÍA podrá en todo momento verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como llevar a cabo las acciones necesarias para su cumplimiento.

DÉCIMA SEXTA.- DE LAS NOTIFICACIONES. La comunicación entre las partes será por escrito a través de cualquier medio que de forma fehaciente e indubitable haga constar su notificación.

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Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA

DÉCIMA SÉPTIMA.- DE LA AUTORIZACIÓN PARA UTILIZAR LOS DATOS PERSONALES. El PROVEEDOR y su representante en su caso, de conformidad con los artículo 8 y 9 de la Ley Federal para la Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares, por medio de esta cláusula autorizan a LA SECRETARÍA a utilizar sus datos personales que aparecen en el padrón de proveedores, los documentos del proceso del que se deriva el presente contrato y el presente documento, para que sean publicados en la página de Transparencia de LAS DEPENDENCIAS del Estado de Jalisco.

DÉCIMA OCTAVA.- DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolver todo aquello que no esté previamente estipulado en él, las partes acuerdan en regirse en primer término por lo dispuesto en LA PROPUESTA, y para lo no previsto en los anteriores se sujetarán a la legislación aplicable en el Estado de Jalisco, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los Tribunales que se encuentran en la circunscripción territorial del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.

Leído que fue el presente contrato por ambas partes y enterados de su alcance y contenido, lo firman las partes de común acuerdo en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.

LA SECRETARÍA EL PROVEEDOR

Licenciado Luis Mauricio Gudiño Coronado Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno

del Estado de Jalisco.

Licenciado Juan José Alvarado Razo Instituto de Estudios y Proyectos Sociales

Latinoamericanos, Sociedad Civil

TESTIGO TESTIGO

Licenciado Gerardo Miguel López Villaseñor Director de Adquisiciones de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno

del Estado de Jalisco.

Licenciado Pedro Salvador Delgado Jiménez. Director de Instrumentos Jurídicos de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del

Estado de Jalisco. amht 

Hugo Sánchez

La presente hoja de firmas forma parte del contrato número 268/16 de fecha 31 treinta y uno del mes de Agosto del año 2016 dos mil dieciséis, celebrado por el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y El Instituto de Estudios y Proyectos Sociales Latinoamericanos, Sociedad Civil

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