Servicio de Administración Tributaria Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios de Redes Públicas de Telecomunicaciones Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 10‐0‐06E00‐02‐0771 GB‐090 Criterios de Selección
Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.
Objetivo
Fiscalizar la gestión financiera de la recaudación, los procesos de cobro, registro, entero y presentación en la Cuenta Pública, de conformidad con las disposiciones legales y normativas. Alcance Universo Seleccionado: 5,875,595.8 miles de pesos Muestra Auditada: 5,523,902.3 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 94.0 % En el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2010, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reportó 5,875,595.8 miles de pesos como recaudación neta del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) de Redes Públicas de Telecomunicaciones; se determinó revisar el 94.0% de ese monto, por 5,523,902.3 miles de pesos.
Antecedentes
Resultados
1. Presentación en Cuenta Pública y registro contable
En el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2010 se reportaron 87,153,295.9 miles de pesos como recaudación bruta del IEPS, de los cuales 5,875,928.3 miles de pesos, el 6.7%, correspondieron a redes públicas de telecomunicaciones.
Este último monto disminuyó a 5,875,595.8 miles de pesos debido a las modificaciones de la recaudación por devoluciones en efectivo por 230.2 miles de pesos, y estímulos fiscales por 102.3 miles de pesos.
En 2010, se recaudaron 5,875,928.3 miles de pesos del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones, que correspondieron a los pagos realizados por 401 contribuyentes, reportados por 59 Administraciones Locales de Recaudación (ALR), como se muestra a continuación: INTEGRACIÓN DE LA RECAUDACIÓN DEL IEPS DE REDES PÚBLICAS DE TELECOMUNICACIONES DEL EJERCICIO FISCAL 2010 (Miles de pesos) Núm. Progresivo Nombre de la ALR Núm. de Contribuyentes Ingresos 2010 % 1 Norte del D.F. 41 3,806,191.1 64.8 2 Centro del D.F. 15 1,368,828.3 23.3 3 San Pedro Garza García 5 223,780.4 3.8 4 Sur del D.F. 37 162,042.8 2.8 5 Zapopan 11 154,327.7 2.6 6 Tijuana 11 55,163.0 0.9 7 Monterrey 8 31,940.2 0.5 Subtotal 128 5,802,273.5 98.7 8 al 59 52 ALR 273 73,654.8 1.3 Total 401 5,875,928.3 100.0 FUENTE: Sistema Estadístico de Contabilidad 2010 (SEC) y base de datos de la integración de la recaudación del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones en ese año. Al cierre del ejercicio fiscal 2010, los 5,802,273.5 miles de pesos fueron captados por 7 ALR, las cuales participan con el 98.7% de la recaudación, y correspondieron a enteros presentados por 128 contribuyentes; las 52 ALR restantes reportaron 73,654.8 miles de pesos, el 1.3% generado por los pagos de 273 contribuyentes.
Con la información de las instituciones bancarias el SAT registra los montos y las formas de pago utilizadas por los contribuyentes, y emite los reportes consolidados de la recaudación del país, en los “Resúmenes de Ingresos Ley”, los “Resúmenes de Ingresos Ley Legados (consolidación)” y los “Resúmenes de Ingresos Ley SI (consolidación)”.
Las formas de pago utilizadas en 2010 correspondieron a las claves y montos siguientes: 920048 “Concentraciones de instituciones autorizadas a recaudar impuestos”, por 5,229,504.0 miles de pesos; 950020 “Para el acreditamiento de otros estímulos”, por 102.3 miles de pesos, y 950052 “Compensaciones del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios”, por 646,322.0 miles de pesos.
2. Presentación de declaraciones
De los 5,875,595.8 miles de pesos del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones, recaudados en 2010, se revisaron 5,523,902.3 miles de pesos el 94.0% del total, lo cual se integró como sigue:
MUESTRA DEL IEPS DE REDES PÚBLICAS DE TELECOMUNICACIONES DE 2010 (Miles de pesos)
Concepto Universo Muestra %
Efectivo 5,229,504.0 4,907,810.8 93.8 Más partidas virtuales: Otras formas de pago 102.3 102.3 100.0 Compensaciones 646,322.0 616,321.7 95.4 Total de la recaudación 5,875,928.3 5,524,234.8 94.0 Menos modificaciones a la recaudación: Devoluciones en efectivo 230.2 230.2 100.0 Estímulos fiscales de otras formas de pago 102.3 102.3 100.0 Total recaudado 5,875,595.8 5,523,902.3 94.0 FUENTE: Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta Pública 2010.
La muestra de 5,523,902.3 miles de pesos se integra por 5,524,234.8 miles de pesos de recaudación en efectivo, otras formas de pago y compensaciones, correspondiente a 42 contribuyentes que presentaron 442 declaraciones (401 normales y 41 complementarias) y por las disminuciones de las modificaciones a la recaudación por devoluciones en efectivo por 230.2 miles de pesos y estímulos fiscales de otras formas de pago por 102.3 miles de pesos, estos dos últimos enunciados en los resultados 3 y 5, respectivamente.
Por otra parte, conforme a lo reportado en el sistema “Nuevo Esquema de Pagos y Declaraciones” del SAT, se observó que 4 de los 42 contribuyentes de la muestra omitieron presentar 6 declaraciones mensuales de pago.
Se solicitó a 10 contribuyentes de los 42 revisados, la confirmación de las actividades por las que están obligados al pago del impuesto, el cálculo y la determinación de la base, el monto pagado y compensado, así como los comprobantes de pago y sus declaraciones normales y complementarias. En el análisis de la información, se observó que la determinación y el cálculo del impuesto, así como la aplicación de las compensaciones, se realizaron de conformidad con la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. El valor de los actos o actividades declarados correspondieron a actividades gravadas y exentas de ese impuesto.
Como resultado de la reunión de presentación de resultados preliminares y finales, la Administración General de Servicios al Contribuyente (AGSC) proporcionó de los cuatro contribuyentes que omitieron la presentación de seis declaraciones, las impresiones de la pantalla del sistema “Nuevo Esquema de Pagos y Declaraciones” de un contribuyente con las que demuestra el cumplimiento de la presentación de la declaración, de los tres contribuyentes restantes, no comprobó la presentación de cinco declaraciones mensuales. Véase acción(es): 10‐0‐06E00‐02‐0771‐05‐001
3. Devoluciones del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones
En el Estado Analítico de Ingresos de la Hacienda Pública Federal de 2010, se registraron 230.2 miles de pesos de devoluciones en efectivo a dos contribuyentes, el primero por 5.6 miles de pesos y el segundo por 224.6 miles de pesos. La entidad fiscalizada informó que el monto registrado en enero de 2010 por 230.2 miles de pesos correspondió a las retenciones por otros conceptos del IEPS, no al de redes públicas de telecomunicaciones, y que por error se registró en la cuenta núm. 10405, con clave de cómputo 140036 “Redes públicas de telecomunicaciones” del Catálogo de Cuentas de la Ley de Ingresos 2009, en el cual se actualizó y modificó en 2010 el concepto ley originalmente afectado.
La entidad fiscalizada proporcionó los volantes de observación núms. AI‐7216 y AI‐7217, ambos del 17 de agosto de 2011, mediante los cuales se reclasificaron los 5.6 y 224.6 miles de pesos a la cuenta 10406 “Retenciones”, con clave de cómputo 140020.
4. Compensaciones de saldos a favor de otros impuestos aplicados al IEPS
En el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta Pública 2010, se reportaron 646,322.0 miles de pesos de compensaciones aplicadas al IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones, correspondientes a 89 contribuyentes de 31 Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente (ALSC).
Se revisaron las declaraciones de pago de los 42 contribuyentes seleccionados por un importe compensado de 616,321.7 miles de pesos, el 95.4% del total.
Se detectó que el sistema del SAT acumula los movimientos reportados en las declaraciones presentadas por los contribuyentes, por lo que los totales pueden mostrar saldos erróneos, ya que se registraron 867.2 miles de pesos de más en el rubro “compensaciones” de dos contribuyentes, como sigue:
• En un caso, el contribuyente presentó la declaración normal con un impuesto a cargo por 593.8 miles de pesos, que se pagó por medio de compensación, posteriormente mediante declaración complementaria corrigió su error y pagó en efectivo los 593.8 miles de pesos, y los dos movimientos quedaron registrados en el sistema del SAT, sin que se cancelara el primer movimiento registrado en compensaciones.
• En otro caso, el contribuyente presentó una declaración normal con un impuesto a cargo por 2,495.7 miles de pesos, que pagó mediante compensación. Posteriormente, corrigió la declaración inicial con una declaración complementaria, en la que presentó un impuesto a cargo por 2,222.3 miles de pesos, y la forma de pago fue por medio de compensación, por lo que se determinó un registro excedido en compensaciones por 273.4 miles de pesos, que proviene de la diferencia en los montos de las compensaciones.
Se solicitó a la entidad fiscalizada la integración de los montos de los impuestos compensados por 646,322.0 miles de pesos, e informó lo siguiente:
• La Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF) señaló que por la explotación de información realizada a las Administraciones Locales de Auditoría Fiscal (ALAF’s), no existen compensaciones registradas específicamente del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones.
• La Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC) informó que durante el ejercicio 2010 no se recibieron avisos de compensación referentes al IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones.
Debido a que la entidad fiscalizada no comprobó de qué impuestos provienen los montos compensados, no se tienen elementos para validar la correcta aplicación de las compensaciones efectuadas.
Como consecuencia de la reunión de presentación de resultados preliminares y finales, la AGSC, la AGGC y la AGAFF proporcionaron lo siguiente:
• Concentrado de contribuyentes correspondientes a la AGAFF, con registro de declaraciones por pago de compensación del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones que contiene información de las declaraciones presentadas por 66 contribuyentes durante 2010 en las cuales se enuncian los impuestos a favor que fueron compensados por 135,844.5 miles de pesos.
• Copias de 40 “Declaraciones provisionales o definitivas de impuestos federales” presentadas por 10 contribuyentes, en las que se manifiestan los impuestos a favor que fueron compensados por 376,586.1 miles de pesos.
La AGGC comentó que no cuenta con una base de datos de la que se obtenga la información de compensaciones, y que para ello es necesario analizar caso por caso en los diferentes sistemas informáticos institucionales, lo que implicaría una inversión de tiempo considerable.
Por lo anterior, se concluye que de los 646,322.0 miles de pesos de compensaciones, 512,430.5 miles de pesos, el 79.3% del total, el SAT proporcionó información con la que demuestra de que impuesto se originó el saldo a favor aplicado al IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones, sin embargo, de los 133,891.5 miles de pesos restantes no comprobó de que impuestos provienen debido a que no cuenta con una base de datos de la que se obtenga la información de compensaciones. Véase acción(es): 10‐0‐06E00‐02‐0771‐01‐001 5. Otras Formas de Pago En el rubro de recaudación virtual “Otras formas de pago” del Estado Analítico de Ingresos, se reportaron 102.3 miles de pesos correspondientes a tres contribuyentes que acreditaron estímulos fiscales por ese monto. Se constató que dos contribuyentes corrigieron el concepto declarado de estímulos fiscales por 66.1 miles de pesos, por el de compensaciones, mediante declaraciones complementarias presentadas en 2011.
Respecto del tercer contribuyente, la entidad fiscalizada informó que no está registrado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), por lo que se desconocen sus datos de identificación y el origen del estímulo fiscal por 36.2 miles de pesos, aplicado en la declaración mensual del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones.
Debido a que dicho contribuyente no fue localizado en el RFC, no se determinó acción alguna, ya que puede tratarse de un posible error en la presentación de su declaración, por lo que el SAT no podría requerirle información ni realizar actos de fiscalización.
6. Padrón de contribuyentes
distribuidas en 66 ALR de todo el país, entre las que destacan la de Naucalpan, con 437 contribuyentes, y la del Norte del D.F., con 270.
De la comparación del padrón con el número de contribuyentes que presentaron declaraciones en el ejercicio 2010, se obtuvieron los resultados siguientes:
• En los 4,635 contribuyentes obligados al pago del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones, se observó que 217, el 4.7%, presentaron declaraciones de pago; 799, el 17.2%, declaraciones en cero, y 3,619, el 78.1%, no lo hicieron. • En el padrón no se localizaron 184 contribuyentes que presentaron declaraciones de pago por 319,197.6 miles de pesos, el 5.4% del total recaudado en el ejercicio. • En el padrón no se localizaron 116 contribuyentes que presentaron declaraciones en ceros.
Por otra parte, se verificó que los 42 contribuyentes de la muestra auditada estuvieron registrados en el “Sistema Integral Idc”, en el Módulo 360, para identificar, mediante el RFC, los datos generales del contribuyente y las obligaciones fiscales asignadas.
En 2010, a 39 de los 42 contribuyentes revisados, se les asignó la obligación "731 Pago definitivo IEPS tel"; 2 que presentaron declaraciones (Comisión Federal de Electricidad y una persona física) no tienen registrada el alta de la obligación y al restante se le asignó y dio de baja la obligación el 22 de julio de 2011, debido a que se fusionó con otro contribuyente el 31 de diciembre de 2010.
La Administración Central de Identificación del Contribuyente (ACIDC), adscrita a la AGSC, es responsable de la administración del RFC, mediante el cual se identifican a los contribuyentes obligados al pago del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones, con una clave de obligación asignada en la presentación de su solicitud de inscripción al RFC, los avisos de reanudación de actividades, así como actualización de actividades económicas y obligaciones.
Como parte del proceso de identificación de los contribuyentes sujetos del gravamen, la ACIDC del SAT solicitó el 5 de marzo de 2010 a la Unidad de Servicio a la Industria de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), la información de los contribuyentes con títulos de concesión otorgados por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), la cual fue proporcionada por la Dirección de Información Pública y Oficialía de Partes de COFETEL el 5 de julio de 2010.
En dicha información se incluyeron a 867 operadores que prestan servicios de telecomunicaciones en diferentes zonas, y se identificaron a 358 en el padrón de contribuyentes del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones, sin localizar a los 509 restantes.
correspondientes a 20 contribuyentes, las cuales fueron identificadas en el sistema “Nuevo Esquema de Pagos y Declaraciones”.
Por lo anterior, se concluye que el padrón de contribuyentes sujetos al IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones no está actualizado, debido a que no incluyó a todos los contribuyentes obligados a su pago, ya que de un total de 4,635 contribuyentes, 3,619 no presentaron declaraciones; los 300 contribuyentes que presentaron declaraciones (184 con pago y 116 en ceros) no fueron localizados en el padrón y tampoco 509 contribuyentes considerados como operadores de servicios de telecomunicaciones por la COFETEL.
Como consecuencia de la reunión de presentación de resultados preliminares y finales, la AGSC informó lo siguiente:
• De los 3,619 contribuyentes contenidos en el padrón que no presentaron declaraciones informó que 573 se encuentran suspendidos o cancelados y 1,201 dieron de baja la obligación por aviso al RFC presentado por ellos mismos, por lo que no se encuentran obligados al pago del impuesto. En el caso de los 1,845 contribuyentes restantes, que tienen la clave de obligación y se encuentran omisos en la presentación de declaraciones, señaló que la ACIDC lleva a cabo la actualización del RFC de dos formas: 9 Por medio de la solicitud de inscripción y avisos de actualización de actividades
económicas y obligaciones o de suspensión de actividades al RFC que presentan los propios contribuyentes.
9 Con base en la información proporcionada por la COFETEL y las declaraciones de pago presentadas por los contribuyentes.
• Asimismo, informó que las acciones para la actualización del padrón con base en declaraciones de pago, se limitan en la asignación de obligaciones, dado que por la experiencia a partir de 3 declaraciones de pago se confirma una tendencia de obligatoriedad, pero no se puede hacer para disminuir obligaciones, ya que no se tiene evidencia suficiente que indique que no debieran tener la obligación.
• De los 300 contribuyentes que presentaron declaraciones de pago y en ceros, no localizados en el padrón se informó que fueron dados de alta 181 ya que cuentan con la obligación del IEPS Telecomunicaciones, respecto de los 119 restantes, no fueron considerados por lo siguiente: 15 contribuyentes se encuentran suspendidos o cancelados, 31 contribuyentes presentaron menos de 3 pagos, 72 contribuyentes presentaron declaraciones en ceros y en 1 contribuyente no se realizó actualización de sus actividades fiscales debido a que se encuentra en inicio de liquidación situación que sucede una vez disuelta la sociedad.
físicas se requiere la fecha de nacimiento. Asimismo, informó que durante el mes de enero emitirá de nueva cuenta la solicitud de información a la Dirección de Información Pública y Oficialía de partes de la COFETEL, a fin de obtener el listado actualizado de los concesionarios del servicio de telecomunicaciones y así estar en posibilidades de dar continuidad a la actualización del RFC.
• El SAT proporcionó las impresiones de las pantallas donde se observa la asignación de la obligación a la CFE a partir del 1 de enero de 2010, y con respecto de una persona física, la entidad informó que no está registrado en el RFC, por lo que carece de información para asignar la obligación.
De lo anterior, se concluye que la entidad proporcionó la documentación y argumentos que soportan parcialmente lo observado, excepto por los 509 contribuyentes considerados como operadores de servicios de telecomunicaciones por la COFETEL, que no fueron localizados en el padrón.
Véase acción(es): 10‐0‐06E00‐02‐0771‐01‐002 7. Vigilancia de Obligaciones
La AGSC vigila el cumplimiento de la obligación de los contribuyentes del IEPS, por lo que mediante los comunicados núms. 10662, 10948 y 11265 del 3 de septiembre de 2010, 3 de diciembre 2010 y 4 de marzo de 2011, la Administración de Promoción y Vigilancia del Cumplimiento "3" de la AGSC dio a conocer a las ALSC los listados de los contribuyentes omisos de la presentación de declaraciones del primero y segundo semestres de 2010, para su seguimiento.
En el primer semestre se identificaron 959 contribuyentes omisos en la presentación de 4,010 declaraciones mensuales, y en el segundo la cifra aumentó a 3,261 contribuyentes omisos con 14,152 declaraciones.
Se revisaron las hojas de seguimiento del segundo semestre de 2010, para verificar los resultados de las acciones realizadas por el SAT en las ALSC del Centro, Norte y Sur del D.F., así como de San Pedro Garza García, N.L., y de Zapopan, Jal., de un total de 569 contribuyentes omisos en la presentación de 2,245 declaraciones, y se observó lo siguiente: • 266 contribuyentes presentaron 880 declaraciones, el 39.2%.
• 10 contribuyentes presentaron 24 declaraciones, el 1.1%, y omitieron presentar 15 declaraciones, el 0.7%.
• 130 contribuyentes no atendieron la carta exhorto por la omisión de 607 declaraciones, el 27.0%.
• Las ALSC no realizaron ninguna acción en 10 contribuyentes, los cuales omitieron 44 declaraciones, el 2.0%, debido a que consideraron que no estaban adscritos a su zona. Por lo anterior, se observa que de 569 contribuyentes que no presentaron 2,245 declaraciones, sólo 266 contribuyentes presentaron declaraciones y 303 contribuyentes las presentaron parcialmente.
En el ejercicio fiscal 2010, la AGAFF y la AGGC realizaron 11 actos de fiscalización, con los resultados siguientes:
• La AGAFF realizó una visita domiciliaria y una revisión de gabinete a dos personas morales, y se obtuvieron los resultados siguientes:
9 El 12 de octubre de 2010, realizó una visita domiciliaria, por la omisión en la presentación de las declaraciones de abril a julio de 2010 y encontró que, fueron presentadas las declaraciones normales el 12 y 21 de octubre de 2010, en las que el contribuyente pagó 636.8 miles de pesos integrados por 608.6 miles de pesos del impuesto a cargo, 4.0 miles de pesos de las actualización y 24.2 miles de pesos de recargos.
9 El 9 de julio de 2010 practicó una revisión de gabinete a un contribuyente que pagó 123.4 miles de pesos mediante declaraciones normales y complementarias presentadas el 9 de julio de 2010 y el 25 de mayo de 2011, monto integrado por 117.9 miles de pesos del impuesto a cargo, 0.3 miles de pesos de las actualizaciones, 4.8 miles de pesos de los recargos y 0.4 miles de pesos de multas.
• La Administración Central de Fiscalización a Empresas que Consolidan Fiscalmente y la Administración Central de Fiscalización a Grandes Contribuyentes Diversos enviaron cartas invitación a 9 personas morales para que aclararan o corrigieran su situación fiscal de los pagos mensuales del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones de enero a septiembre de 2010, debido a que sus pagos presentaron una conducta atípica con motivo de las variaciones enteradas, y se obtuvieron los resultados siguientes: 9 En tres casos se atendieron las solicitudes de información y documentación, y del
análisis realizado por el SAT se concluyó que los pagos efectuados fueron correctos. 9 El 7 de diciembre de 2010, el SAT notificó a un contribuyente la carta de invitación,
quien proporcionó a la entidad fiscalizada las declaraciones complementarias de enero a diciembre de 2010, presentadas del 1 al 4 de marzo de 2011, con un impuesto a cargo por 8,628.3 miles de pesos cubiertos con 5,000.6 miles de pesos pagados en declaraciones normales y 3,627.7 miles de pesos de compensaciones de saldos a favor del IVA, con las que corrigió su situación fiscal.
En septiembre de 2011, la entidad fiscalizada programó el inicio del dictamen de revisión de papeles de trabajo con los actos de fiscalización núms. DPE9600214/11 y DPE9600212/11, sin que a la fecha los haya realizado. 9 Otro contribuyente no proporcionó la documentación soporte de la determinación de los saldos a cargo y a favor del IEPS, señalados en su respuesta a las cartas invitación notificadas el 15 de diciembre de 2010 y 21 de febrero de 2011, por lo que la entidad fiscalizada tiene programado elaborar el dictamen de revisión de papeles, sin que a la fecha haya iniciado dicho acto de fiscalización.
9 En otro caso, el contribuyente respondió las cartas invitación notificadas el 16 de diciembre de 2010 y 25 de febrero de 2011, sin proporcionar la documentación soporte de la determinación de los saldos a cargo y a favor del IEPS, señalados en su respuesta. Al respecto, la AGGC informó que no se emitió acto de fiscalización dado que del análisis determinó que no existe una presunta irregularidad en pagos del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones, ya que el contribuyente corrigió su situación fiscal. 9 Un contribuyente no dio respuesta a las cartas invitación notificadas el 16 de diciembre
de 2010 y 18 de febrero de 2011, por lo que el SAT envió citatorio para revisión de papeles de trabajo el 7 de septiembre de 2011, la cual, a la fecha está en proceso. Como consecuencia de la reunión de presentación de resultados preliminares y finales, la AGSC y la AGGC informaron lo siguiente:
• De los 303 contribuyentes que presentaron parcialmente sus declaraciones, la AGSC proporcionó las “Hojas de seguimiento de vigilancia del IEPS” de las ALSC del Centro, Norte y Sur del D.F., así como de San Pedro Garza García, N.L., y de Zapopan, Jal., donde se observa el seguimiento que realizaron de cada uno de los contribuyentes en materia de IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones, por lo que del análisis a la misma, se tiene lo siguiente:
9 Se emitió multa por incumplimiento y extemporaneidad a 131 contribuyentes, 5 cumplieron con la obligación en tiempo, 9 dieron de baja la obligación y 9 contribuyentes se enviaron a la ALSC que corresponden para su seguimiento.
9 Informó que 149 contribuyentes continúan sin localizarse, por lo que señala que no se puede realizar acción alguna y que por medio de la Administración Central de Promoción y Vigilancia y las ALSC, se llevan a cabo diversos programas cuyo objeto es realizar las acciones de vigilancia del cumplimiento para aumentar la percepción de riesgo por el incumplimiento en la presentación de declaraciones informativas y de pago, con el fin de propiciar el cumplimiento voluntario.
documentos que se generan, lo que mermaría las acciones de requerimientos de control de obligaciones. Por lo anterior, se concluye que del análisis a la información proporcionada por el SAT, de 303 contribuyentes que presentaron parcialmente sus declaraciones, aclara la situación de 154 contribuyentes, sin embargo, respecto de los 149 que no fueron localizados, sólo realizó un intento para su notificación, por lo que se recomienda se continúe con el seguimiento de localización de los contribuyentes con objeto de que efectúen los pagos correspondientes del impuesto analizado.
• De los tres contribuyentes que no aclararon su situación fiscal, incluidos en el programa de fiscalización, la AGGC proporcionó lo siguiente:
9 Copia de las actas de notificación y los citatorios para revisión de papeles de trabajo, dirigidos a dos de los tres contribuyentes, notificados el 17 de octubre y 24 de noviembre de 2011, y señaló que dichas revisiones se encuentran en proceso.
9 Respecto del tercer contribuyente, informó que no se inició algún acto de fiscalización, debido a que el contribuyente se autocorrigió, proporcionando la impresión de las pantallas de declaraciones complementarias presentadas por el contribuyente el 18 de julio de 2011, con un impuesto actualizado por 483,763.7 miles de pesos y recargos por 50,963.9 miles de pesos, con las que corrigió su situación fiscal. Por lo anterior, se da por solventado este inciso. Véase acción(es): 10‐0‐06E00‐02‐0771‐01‐003 8. Estimación de ingresos del ejercicio 2010
En la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, se estimó una recaudación de 9,786,400.0 miles de pesos del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones, monto reportado en la columna “Recaudación estimada” del Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2010, que difiere en 3,910,804.2 miles de pesos de menos respecto de lo captado por 5,875,595.8 miles de pesos.
La Dirección General de Política de Ingresos Petroleros de la Unidad de Política de Ingresos, adscrita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), informó lo siguiente:
• Se identificaron las fuentes de información para formar la base de datos y realizar los cálculos correspondientes, las cuales fueron las siguientes:
9 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Información estadística de sectores económicos, comunicaciones y transportes.
9 COFETEL. Información de ingreso por sector de telecomunicaciones con la cual se construye el Índice de Telecomunicaciones (ITEL).
• No se contaba con la información histórica de la recaudación, debido a que el IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones entró en vigor en 2010, por lo que se utilizó la información publicada por el INEGI sobre la facturación y el volumen de minutos de telefonía fija y celular, a fin de obtener la distribución mensual de este gravamen. • En general para obtener la base de la estimación de todos los impuestos se consideró la
serie histórica de los ingresos de 1990 a 2008, así como el cierre del ejercicio fiscal de 2009; de esta manera, la estimación de ingresos para 2010 tomó en cuenta la elasticidad del ingreso real de los impuestos de largo plazo, respecto de la actividad económica y el marco macroeconómico de 2010, y a pesar de aplicar esta metodología, se presentan diferencias entre los montos estimados y consignados en la Ley de Ingresos y las cifras observadas. Informó además, que las diferencias tienden a ser mayores en el caso de los gravámenes de nueva creación, debido a la carencia de una serie histórica de recaudación, ya que se recurre a fuentes externas, lo que propicia que la diferencia entre lo estimado y lo observado sea mayor proporcionalmente. Si bien el IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones es de nueva creación, se observó que la fuente de información para estimar los ingresos no incluyeron el soporte documental que compruebe los cálculos y las bases que sirvieron para determinar la estimación del impuesto del ejercicio fiscal 2010, toda vez que se calculó una recaudación de 9,786,400.0 miles de pesos, pero se captaron 5,875,595.8 miles de pesos.
Como consecuencia de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares y finales, la Dirección General de Política de Ingresos de la Unidad de Política de Ingresos de la SHCP informa que la diferencia entre lo estimado y lo captado se puede deber a diversas razones, tales como la menor actividad económica o inclusive que los concesionarios estén garantizando el impuesto en juzgados en lugar de enterarlo, por lo que sería difícil dar una razón especifica.
La Dirección General de Política de Ingresos proporcionó la determinación y cálculo de la estimación de los ingresos en la que señala como fuente de información los datos proporcionados por COFETEL y el INEGI, así como de las empresas del sector de telecomunicaciones, para formar la base de datos y realizar los cálculos correspondientes, de conformidad con los lineamientos para la “Estimación de la recaudación por el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios de Redes Públicas de Telecomunicaciones del ejercicio fiscal 2010”.
para el ejercicio fiscal 2010, cifra que presentó una variación de 3,910,804.2 miles de pesos, con respecto a lo recaudado por 5,875,595.8 miles de pesos. Véase acción(es): 10‐0‐06100‐02‐0771‐01‐001 Acciones Recomendaciones 10‐0‐06E00‐02‐0771‐01‐001.‐ Para que el Servicio de Administración Tributaria implemente mecanismos de control que permitan identificar y controlar la procedencia de los saldos a favor de impuestos que son compensados con el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios de Redes Públicas de Telecomunicaciones presentados en las declaraciones mensuales, debido a que la entidad fiscalizada no comprobó información de los saldos a favor que se aplicaron como compensaciones por 133,891.5 miles de pesos de 646,322.0 miles de pesos, reportados en el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta Pública 2010. [Resultado 4]
10‐0‐06E00‐02‐0771‐01‐002.‐ Para que el Servicio de Administración Tributaria solicite información a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL) que incluya entre otros el nombre, denominación o razón social del concesionario, RFC, CURP, fecha de otorgamiento del título de concesión y la necesaria, a fin de que se actualice el padrón de contribuyentes sujetos al pago del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios de Redes Públicas de Telecomunicaciones, ya que 509 contribuyentes, considerados como operadores de servicios de telecomunicaciones por la COFETEL, no se identificaron en el mismo. [Resultado 6]
10‐0‐06E00‐02‐0771‐01‐003.‐ Para que el Servicio de Administración Tributaria continúe el seguimiento de visitas domiciliarias que permita definir la situación de 149 contribuyentes omisos en la presentación de declaraciones mensuales del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios de Redes Públicas de Telecomunicaciones, que de acuerdo con las hojas de seguimiento de cuatro administraciones locales de Servicios al Contribuyente no fueron localizados. [Resultado 7]
10‐0‐06100‐02‐0771‐01‐001.‐ Para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público fortalezca los lineamientos aplicables para determinación y cálculo de la estimación del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios de Redes Públicas de Telecomunicaciones, debido a que la metodología utilizada no incluye los procesos para verificar la confiabilidad de las cifras y conceptos reportados por la fuente de información que sirvieron de base para la estimación de 9,786,400.0 miles de pesos para el ejercicio fiscal 2010, cifra que presentó una variación de 3,910,804.2 miles de pesos, respecto a lo recaudado por 5,875,595.8 miles de pesos. [Resultado 8] Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal
pago del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios de Redes Públicas de Telecomunicaciones del ejercicio fiscal 2010. [Resultado 2]
Resumen de Observaciones y Acciones
Se determinó(aron) 6 observación(es), de la(s) cual(es) 1 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 5 restante(s) generó(aron): 4 Recomendación(es) y 1 Promoción(es) del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.
Dictamen: limpio
La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Servicio de Administración Tributaria cumplió con las disposiciones normativas. Apéndices Procedimientos de Auditoría Aplicados 1. Verificar que el IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones se recaudó y cobró de acuerdo con la normativa. 2. Comprobar que los contribuyentes registrados en el padrón pagaron el IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones.
3. Verificar que los ingresos recaudados por el IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones se enteraron a la Tesorería de la Federación (TESOFE), registraron en la contabilidad y presentaron en la Cuenta Pública de conformidad con la normativa. 4. Verificar que las devoluciones y compensaciones registradas por el IEPS de Redes
Públicas de Telecomunicaciones se realizaron de conformidad con la normativa.
5. Verificar la presentación de las declaraciones mensuales del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones y la vigilancia de su cumplimiento.
6. Analizar los resultados obtenidos por el SAT a la vigilancia de obligaciones del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones.
8. Realizar compulsas a los contribuyentes del IEPS de Redes Públicas de Telecomunicaciones respecto de las declaraciones del ejercicio fiscal 2010.
Áreas Revisadas
Las administraciones generales de Servicios al Contribuyente, Auditoría Fiscal Federal, Grandes Contribuyentes y Planeación, dependientes del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas
Durante el desarrollo de la auditoría practicada se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:
1. Ley de Ingresos de la Federación: Artículos 1 y 31.
2. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículo 42, fracción VIII, inciso b.
3. Código Fiscal de la Federación: Artículos 21, 23 y 41.
4. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Artículos 5, primer párrafo, y 19, fracción III, de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios; artículos 14, fracciones XII y XXXI, 25, fracciones II, XXVII y XXXI, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.
Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones
Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:
Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Comentarios de la Entidad Fiscalizada