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INFORME DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO

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INFORME DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO

Se recuerda a nuestros clientes que se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 279 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y a la Resolución NAC-DGERCGC10- 00139, publicada en mayo del 2010; instrumentos que obligan a los auditores externos calificados por la Superintendencia de Bancos y Compañías, a presentar al Servicio de Rentas Internas (SRI) el informe de cumplimiento tributario.

El Informe de Cumplimiento Tributario es el resultado del análisis que realizan los Auditores Externos sobre el cumplimiento de la normativa tributaria por parte de los contribuyentes auditados por ellos y que son considerados por la Administración tributaria como sujetos pasivos de obligaciones tributarias.

El informe debe entregarse a la respectiva secretaría del SRI, de acuerdo con el domicilio fiscal del sujeto pasivo auditado, hasta el 31 de julio del presente año. Los auditores externos deberán presentar el Informe de cumplimiento tributario, al igual que sus anexos, en las Secretarías Regionales del Servicio de Rentas Internas a nivel nacional correspondientes a la jurisdicción del sujeto auditado, con la totalidad de sus anexos y de acuerdo al contenido establecido por la Administración Tributaria.

Vale indicar que la obligación de realizar y presentar el indicado informe es exclusiva de los auditores, pero se recomienda realizar una revisión conjunta previa a la presentación del informe. En caso que el auditor no presente el informe, deberá notificarse al SRI para que la empresa pueda deslindar su responsabilidad.

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INSTRUCTIVO PARA LA

PRESENTACIÓN AL SERVICIO DE

RENTAS INTERNAS

DE LOS INFORMES DE CUMPLIMIENTO

TRIBUTARIO EMITIDOS POR

LOS AUDITORES EXTERNOS

(3)

INSTRUCTIVO PARA LA PRESENTACIÓN AL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOS INFORMES DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO EMITIDOS POR

LOS AUDITORES EXTERNOS

OBJETIVO DEL NUEVO INFORME SOBRE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO

En razón de que el anterior formato del informe sobre cumplimiento de obligaciones tributarias, emitido por los auditores externos, no proveía de suficiente información a la Administración Tributaria, y en consecuencia no cumplía íntegramente con el objetivo para el que fue creado, se ha redefinido su alcance, al establecer, desde el examen al 31 de diciembre de 2001, modelos de informe a seguirse obligatoriamente e incorporar anexos informativos relacionados con el manejo tributario de las operaciones de los sujetos pasivos. Esto representa un mayor compromiso profesional de parte de los sujetos pasivos auditados, al igual que una mayor responsabilidad de su administración y contadores. Según lo muestra el cuadro siguiente, para cada año de examen, el Servicio de Rentas Internas ha emitido actos administrativos en el que se comunican los instructivos, anexos y modelos obligatorios a seguirse por parte de los auditores externos:

Cuadro 1

Vigencia de Resoluciones publicadas respecto a los Informes de Cumplimiento Tributario

Año de

Vigencia Actos Administrativos No. Registro Oficial Fecha de Publicación 2001 Resolución 989 – Artículo 1 Suplemento del R.O. 484 31 de diciembre de 2001 2002 Resolución 1071 – Artículo 1 Suplemento del R.O. 740 08 de enero de 2003 2003 Circular 9170104DGEC-001 Suplemento del R.O. 264 02 de febrero de 2004 2005 y

siguientes Resolución NAC-DGER2006-0214 R.O. 251 17 de abril de 2006

1. ¿Quiénes están sujetos a los Actos Administrativos detallados en el cuadro 1?

Los Actos Administrativos citados norman los formatos y la presentación de los informes de cumplimiento tributario, de acuerdo a su año de vigencia, emitidos por las personas naturales o jurídicas calificadas como auditores externos tanto por la Superintendencia de Compañías como por la Superintendencia de Bancos. Los modelos de informe, anexos, plantilla de diferencias resumen, instructivo y otros documentos referentes a este tema, vigentes para cada año, se encuentran disponibles en la página WEB del Servicio de Rentas Internas o en las unidades de Auditoría Tributaria de las diferentes Direcciones Regionales del SRI.

2. Responsabilidad de la Información presentada

Los sujetos pasivos de obligaciones tributarias sujetos a auditoría externa1 son responsables del contenido de la información sobre la cual los auditores externos expresen su opinión de auditoría; de igual forma, son responsables de la preparación de los anexos del Informe de Cumplimiento Tributario2. Los modelos de informes tributarios a seguirse tienen anexos de información a analizarse por parte de la Administración Tributaria, de acuerdo al siguiente detalle:

1 Las compañías sujetas obligatoriamente a auditoría externa son las estipuladas en el artículo 318 de la Ley de Compañías y en las resoluciones 00.Q.ICI.007 (para el examen al 31 de diciembre de 2000), 01.Q.ICL.009 (para el examen al 31 de diciembre de 2001) y 02.Q.ICL.0012 (para los exámenes al 31 de diciembre de 2002 y años posteriores).

2A excepción del Anexo, correspondiente a la Copia del Informe de Auditoría de Estados Financieros, presentado en la Superintendencia respectiva.

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Cuadro 2

Anexos Informativos de acuerdo a los Actos Administrativos publicados respecto a los Informes de Cumplimiento Tributario

Año de

Vigencia Actos Administrativos No. De Anexos 2001 Resolución 989 – Artículo 1 13 anexos 2002 Resolución 1071 – Artículo 1 16 anexos 2003 Circular 9170104DGEC-001 17 anexos 2005 y

siguientes Resolución NAC-DGER2006-0214 14 anexos

Los modelos de informe, anexos, plantilla resumen, instructivo y otros documentos referentes a este tema, vigentes para cada año, se encuentran disponibles en la página WEB del Servicio de Rentas Internas o en las unidades de Auditoría Tributaria de las diferentes Direcciones Regionales del SRI.

3. Fecha y Lugar de Presentación

Los auditores externos deben presentar, en las fechas que establezca la Administración Tributaria mediante resolución, los Informes de Cumplimiento Tributario, de acuerdo a los formatos establecidos por la Administración Tributaria, de los sujetos pasivos de obligaciones tributarias de quienes emitieron opiniones en informes de Auditoría Externa, según lo establecen el artículo 102 de la Ley de Régimen Tributario Interno y el 279 de su Reglamento para la Aplicación. Los informes en mención deben ser presentados en las secretarías regionales del Servicio de Rentas Internas, de acuerdo con el domicilio fiscal del sujeto pasivo auditado, verbigracia, si el domicilio fiscal de la compañía EMPRESA DE TRANSPORTES PESADOS XYZ S.A. se encuentra en la provincia de El Oro, el informe debe ser presentado en la Secretaría de la Regional El Oro. Las direcciones de las Secretarías Regionales se detallan a continuación:

Dirección Regional

Provincias Pertenecientes Ciudad Dirección

Austro Azuay, Cañar y Morona Santiago. Cuenca Av. Remigio Crespo Toral 5-20 y Lorenzo Piedra

Sur Loja y Zamora Chinchipe Loja Calle Bernardo Valdivieso 08-54 y

10 de Agosto

Centro 1 Cotopaxi, Pastaza y Tungurahua. Ambato Calle Bolívar # 15-60 entre Martínez y Lalama

Centro 2 Chimborazo y Bolívar. Riobamba Calle Primera Constituyente y Espejo, esquina

Litoral Sur Los Ríos, Guayas, Santa Elena y

Galápagos. Guayaquil Av. Francisco de Orellana y Justino

Cornejo (Edificio Milenium)

Manabí Manabí Portoviejo Av. Universitaria 336 y César

Chávez, esquina

El Oro El Oro Machala Av. 25 de Junio Km 1 1/2 Vía

Pasaje

Norte

Carchi, Esmeraldas, Imbabura, Napo, Pichincha, Sucumbíos, Orellana y Santo Domingo de los Tsáchilas.

Quito Av. Amazonas 477 y Roca

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4. Modelos de Informe3y Anexos

Los modelos de informes, los anexos y demás documentos a presentarse por el auditor externo, de acuerdo al año de vigencia, se encuentran a disposición de los auditores y contribuyentes en el Website del SRI (www.sri.gob.ec) y en las Direcciones Regionales del Servicio de Rentas Internas. Para obtener estos documentos (a través de la red), es necesario descomprimir los archivos disponibles en esta página. En el caso de existir alguna inquietud, los interesados pueden dirigirse a las Unidades responsables en cada regional, según se detalla en el siguiente cuadro:

Dirección Regional

Unidad

Responsable Teléfono y extensión

Austro Auditoría Tributaria 07-2887777

Sur Auditoría Tributaria 07-2571012

Centro 1 Auditoría Tributaria 03-2422240

Centro 2 Auditoría Tributaria 03-2961801

Litoral Sur Auditoria Tributaria 04-2685150

Manabí Auditoría Tributaria 05-2636002

El Oro Auditoría Tributaria 07-2985370

Norte Auditoría Tributaria 02-2231694

Modelos de Informes Disponibles:

Los modelos de informes disponibles, para los años 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 se detallan a continuación:

a) Modelo de Informe sin salvedades.

b) Modelos de Informes con salvedades.4 Anexos:

Como se mencionó en el párrafo acerca de la responsabilidad de la información presentada, ésta recae sobre los sujetos pasivos auditados. Para el efecto, los representantes legales de los sujetos pasivos auditados deben poner a disposición de los auditores externos oportuna e íntegramente la información detallada en los anexos y cualquiera adicional que se requiera con motivo del examen de auditoría.

3Los modelos de opinión disponibles en esta página fueron diseñados de acuerdo a la Norma de Auditoría aplicable, tomando en cuenta la normativa tributaria ecuatoriana vigente conforme a las necesidades de la Administración Tributaria.

4Existen dos modelos de informes tributarios con diferentes ejemplos de salvedades. El auditor externo puede usar cualquiera de los dos informes, de acuerdo a la opinión emitida.

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AÑO 2001

1. Datos del Contribuyente sujeto a examen

2. Resumen del Impuesto a la Renta declarado para el año fiscal 2001 y Cálculo del Anticipo Impuesto a la Renta para el año fiscal 2002

3. Anticipos del Impuesto a la Renta declarados y pagados por el Contribuyente para el año fiscal 2001

4. Cálculo de Valores Declarados de IVA 5. Conciliación de Retenciones de IVA vs. libros

6. Resumen de fechas de presentación de declaraciones de IVA

7. Conciliación de Retenciones en la Fuente de Impuesto a la Renta vs. libros 8. Resumen de fechas de presentación de declaraciones de Retenciones en la

Fuente de Impuesto a la Renta

9. Conciliación de Impuesto a los Consumos Especiales declarado vs. Libros 10. Conciliación Tributaria del Impuesto a la Renta

11. Validación de la información para la devolución del IVA a los exportadores 12. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año 13. Detalle de los tributos administrados por la Autoridad Fiscal

AÑO 2002 1. Datos del Contribuyente sujeto a examen

2. Resumen del Impuesto a la Renta declarado para el año fiscal 2001 y Cálculo del Anticipo Impuesto a la Renta para el año fiscal 2002

3. Anticipos del Impuesto a la Renta declarados y pagados por el Contribuyente para el año fiscal 2002

4. Cálculo de Valores Declarados de IVA. Agente de Percepción 5. Conciliación de Retenciones de IVA vs. libros

6. Resumen de fechas de presentación de declaraciones de IVA

7. Conciliación de Retenciones en la Fuente de Impuesto a la Renta vs. libros 8. Resumen de fechas de presentación de declaraciones de Retenciones en la

Fuente de Impuesto a la Renta

9. Conciliación de Impuesto a los Consumos Especiales declarado vs. Libros 10. Conciliación Tributaria del Impuesto a la Renta

11. Cálculo de Reinversión de Utilidades

12. Cuentas contables agrupadas en la Declaración de Impuesto a la Renta 13. Validación de la información para la devolución del IVA

14. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año 15. Seguimiento de los comentarios tributarios y novedades tributarias emitidas en el

ejercicio tributario anterior

16. Detalle de los tributos administrados por la autoridad fiscal

AÑO 2003

1. Datos del contribuyente sujeto a examen

2. Resumen del Impuesto a la Renta declarado para el año fiscal 2003 y cálculo del Anticipo Impuesto a la Renta para el año fiscal 2004

3. Anticipos del Impuesto a la Renta declarados y pagados por el contribuyente para el año fiscal 2003

4. Cálculo de Valores Declarados de IVA 5. Conciliación de Retenciones de IVA vs. libros

6. Resumen de fechas de presentación de declaraciones de IVA

7. Conciliación de Retenciones en la Fuente de Impuesto a la Renta vs. libros 8. Resumen de fechas de presentación de declaraciones de Retenciones en la

Fuente de Impuesto a la Renta

9. Información sobre la declaración y pago del Impuesto a los Consumos Especiales 10. Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta

11. Cálculo de la reinversión de utilidades

12. Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta 13. Validación de la información para la devolución del IVA

14. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año 15. Seguimiento de los comentarios tributarios y novedades tributarias emitidas en el

ejercicio tributario anterior

16. Detalle de los tributos administrados por la autoridad fiscal y vector fiscal del contribuyente.

17. Copia del Informe de Estados Financieros presentado en la Superintendencia respectiva.

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AÑO 2004

1. Datos del contribuyente sujeto a examen

2. Resumen del Impuesto a la Renta declarado para el año fiscal 2004 y cálculo del Anticipo del Impuesto a la Renta para el año fiscal 2005

3. Anticipos del Impuesto a la Renta declarados y pagados por el contribuyente para el año fiscal 2004

4. Cálculo de Valores Declarados de IVA 5. Conciliación de Retenciones de IVA vs. libros

6. Resumen de fechas de presentación de declaraciones de IVA

7. Conciliación de Retenciones en la Fuente de Impuesto a la Renta vs. libros 8. Resumen de fechas de presentación de declaraciones de Retenciones en la

Fuente de Impuesto a la Renta

9. Resumen de importaciones y pago del Impuesto a los Consumos Especiales 10. Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta

11. Cálculo de la reinversión de utilidades

12. Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta 13. Resumen de la información para la devolución del IVA

14. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año 15. Seguimiento de los comentarios novedades tributarias emitidas en el ejercicio

tributario anterior

16. Detalle de los tributos administrados por la Autoridad Fiscal y vector fiscal del contribuyente.

17. Copia del Informe de Estados Financieros presentado en la Superintendencia respectiva.

AÑO 2005 1. Datos del contribuyente sujeto a examen.

2. Crédito tributario por leyes especiales.

3. Remanentes de anticipo de Impuesto a la Renta de años anteriores en el pago de Impuesto a la Renta.

4. Cálculo de valores declarados de IVA.

5. Conciliación de retenciones de IVA vs. Libros.

6. Conciliación de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta vs. Libros.

7. Resumen de importaciones y pago del Impuesto a los Consumos Especiales 8. Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta.

9. Calculo de la reinversión de utilidades.

10. Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta.

11. Resumen de la información para la devolución del IVA.

12. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año.

13. Seguimiento de los comentarios y novedades tributarios emitidos en el ejercicio tributario anterior.

14. Detalle de los Tributos administrados por la Autoridad fiscal y vector fiscal del contribuyente.

15. Copia del informe de estados financieros presentado en la superintendencia respectiva.

AÑO 2006

1. Datos del contribuyente sujeto a examen.

2. Crédito tributario por leyes especiales.

3. Remanentes de anticipo de Impuesto a la Renta de años anteriores en el pago de Impuesto a la Renta.

4. Cálculo de valores declarados de IVA.

5. Conciliación de retenciones de IVA vs. Libros.

6. Conciliación de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta vs. Libros.

7. Resumen de importaciones y pago del Impuesto a los Consumos Especiales 8. Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta.

9. Calculo de la reinversión de utilidades.

10. Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta.

11. Resumen de la información para la devolución del IVA.

12. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año.

13. Seguimiento de los comentarios y novedades tributarios emitidos en el ejercicio tributario anterior.

14. Detalle de los Tributos administrados por la Autoridad fiscal y vector fiscal del contribuyente.

15. Copia del informe de estados financieros presentado en la superintendencia respectiva.

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AÑO 2007

1. Datos del contribuyente sujeto a examen.

2. Gastos Financieros Por Intereses De Créditos Externos

3. Remanentes de anticipo de Impuesto a la Renta de años anteriores en el pago de Impuesto a la Renta.

4. Cálculo de valores declarados de IVA.

5. Conciliación de retenciones de IVA vs. Libros.

6. Conciliación de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta vs. Libros.

7. Resumen de importaciones y pago del Impuesto a los Consumos Especiales 8. Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta.

9. Calculo de la reinversión de utilidades.

10. Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta.

11. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año.

12. Seguimiento de los comentarios y novedades tributarios emitidos en el ejercicio tributario anterior.

13. Copia del informe de estados financieros presentado en la superintendencia respectiva.

AÑO 2008 1. Datos del contribuyente sujeto a examen.

2. Gastos Financieros Por Intereses De Créditos Externos

3. Remanentes de anticipo de Impuesto a la Renta de años anteriores en el pago de Impuesto a la Renta.

4. Cálculo de valores declarados de IVA.

5. Conciliación de retenciones de IVA vs. Libros.

6. Conciliación de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta vs. Libros.

7. Resumen de importaciones y pago del Impuesto a los Consumos Especiales 8. Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta.

9. Calculo de la reinversión de utilidades.

10. Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta.

11. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año.

12. Seguimiento de los comentarios y novedades tributarios emitidos en el ejercicio tributario anterior.

13. Copia del informe de estados financieros presentado en la superintendencia respectiva.

AÑO 2009 1. Datos del contribuyente sujeto a examen.

2. Gastos Financieros Por Intereses De Créditos Externos

3. Remanentes de anticipo de Impuesto a la Renta de años anteriores en el pago de Impuesto a la Renta.

4. Cálculo de valores declarados de IVA.

5. Conciliación de retenciones de IVA vs. Libros.

6. Conciliación de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta vs. Libros.

7. Resumen de importaciones y pago del Impuesto a los Consumos Especiales 8. Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta.

9. Calculo de la reinversión de utilidades.

10. Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta.

11. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año.

12. Seguimiento de los comentarios y novedades tributarios emitidos en el ejercicio tributario anterior.

13. Copia del informe de auditoría de estados financieros presentado en la superintendencia respectiva.

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AÑO 2010

1. Datos del contribuyente sujeto a examen.

2. Gastos Financieros Por Intereses De Créditos Externos

3. Remanentes de anticipo de Impuesto a la Renta de años anteriores en el pago de Impuesto a la Renta.

4. Cálculo de valores declarados de IVA.

5. Conciliación de retenciones de IVA vs. Libros.

6. Conciliación de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta vs. Libros.

7. Resumen de importaciones y pago del Impuesto a los Consumos Especiales 8. Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta.

9. Calculo de la reinversión de utilidades.

10. Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta.

11. Implementación de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

12. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año.

13. Seguimiento de los comentarios y novedades tributarios emitidos en el ejercicio tributario anterior.

14. Copia del informe de auditoría de estados financieros presentado en la superintendencia respectiva.

AÑO 2011 1. Datos del contribuyente sujeto a examen.

2. Gastos Financieros Por Intereses De Créditos Externos

3. Remanentes de retenciones o Anticipo de Impuesto a la Renta de años anteriores en el pago de Impuesto a la Renta.

4. Cálculo de valores declarados de IVA.

5. Conciliación de retenciones de IVA vs. Libros.

6. Conciliación de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta vs. Libros.

7. Resumen de importaciones y pago del Impuesto a los Consumos Especiales 8. Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta.

9. Calculo de la reinversión de utilidades.

10. Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta.

11. Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

12. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año.

13. Seguimiento de las observaciones y recomendaciones sobre aspectos tributarios emitidas en el ejercicio impositivo anterior.

14. Copia del informe de auditoría de estados financieros presentado en la superintendencia respectiva.

AÑO 2012 1. Datos del contribuyente sujeto a examen.

2. Gastos Financieros Por Intereses De Créditos Externos

3. Remanentes de retenciones o Anticipo de Impuesto a la Renta de años anteriores en el pago de Impuesto a la Renta.

4. Cálculo de valores declarados de IVA.

5. Conciliación de retenciones de IVA vs. Libros.

6. Conciliación de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta vs. Libros.

7. Resumen de importaciones y pago del Impuesto a los Consumos Especiales 8. Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta.

9. Calculo de la reinversión de utilidades.

10. Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta.

11. Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

12. Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año.

13. Seguimiento de las observaciones y recomendaciones sobre aspectos tributarios emitidas en el ejercicio impositivo anterior.

14. Copia del informe de auditoría de estados financieros presentado en la superintendencia respectiva.

Sistema de Diferencias de ICT:

El Anexo de Diferencias de Informes de Cumplimiento Tributario, es una aplicación dentro de la página web del Servicio de Rentas Internas, donde el Auditor Externo deberá digitar la información respecto de las diferencias detectadas en los anexos que conforman el Informe de Cumplimiento Tributario.

5. Información adicional o aclaraciones

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Los Modelos de Informes y Anexos pueden variar de acuerdo a los requerimientos de la Administración Tributaria, en este sentido, en caso de que algún anexo no sea aplicable a la entidad auditada, este anexo se entregará vacío y firmado, con el texto “No Aplica”.

Además, debe incluirse una nota que explique las razones por las que el sujeto pasivo no llena el anexo.

Las diferencias que se produjeren en los anexos deben ser explicadas a través de una nota al pie del anexo en el que se haya detectado la diferencia y en la III parte del informe, denominada Recomendaciones sobre aspectos tributarios.

6. Sanciones

Tanto las personas naturales o jurídicas, legalmente calificadas como auditoras externas, están sujetas a sanciones cuando no den cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 102 de la Ley de Régimen Tributario Interno, 279 de su Reglamento de aplicación, disposiciones de los Actos Administrativos detallados en el cuadro 1 del presente Instructivo y en los Formatos que se adjuntan, sin perjuicio de las sanciones que pueden corresponder a los sujetos pasivos auditados.

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PARTE II - MODELOS

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COMPAÑÍA XYZ S.A.

INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

31 DE DICIEMBRE DEL 20XX

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COMPAÑÍA XYZ S.A.

INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

31 DE DICIEMBRE DEL 20XX CONTENIDO

PARTE I - INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES PARTE II - INFORMACIÓN FINANCIERA SUPLEMENTARIA

1 Datos del contribuyente sujeto a examen.

2 Gastos Financieros por Intereses de créditos externos

3 Remanentes de retenciones o anticipo de Impuesto a la Renta de años anteriores en el pago de Impuesto a la Renta.

4 Cálculo de valores declarados de IVA.

5 Conciliación de retenciones de IVA vs. Libros.

6 Conciliación de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta vs. Libros.

7 Resumen de importaciones y pago del Impuesto a los Consumos Especiales.

8 Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta.

9 Calculo de la reinversión de utilidades.

10 Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta.

11 Implementación de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

12 Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año.

13 Seguimiento de las observaciones y recomendaciones sobre aspectos tributarios emitidas en el ejercicio impositivo anterior.

14 Copia del informe de auditoría de estados financieros presentado en la superintendencia respectiva.

(14)

PARTE III - RECOMENDACIONES SOBRE ASPECTOS TRIBUTARIOS Abreviatura utilizada:

US$ - Dólares estadounidenses

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PARTE I - INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES

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INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

A los señores Accionistas de

Compañía XYZ S.A.

Quito, xx de abril del 20XX

1. Hemos auditado los estados financieros de Compañía XYZ S.A. por el año terminado el 31 de diciembre del 20XX y, con fecha XX de abril del 20XX, hemos emitido nuestro informe que contiene una opinión sin salvedades sobre la presentación razonable de la situación financiera de la Compañía y los resultados de sus operaciones, los cambios en su patrimonio y sus flujos de efectivo.

2. Nuestra auditoría fue efectuada de acuerdo con las Normas de Auditoría y con el propósito de formarnos una opinión sobre los estados financieros antes mencionados. Estas normas requieren que una auditoría sea diseñada y realizada para obtener certeza razonable de si los estados financieros no contienen exposiciones erróneas o inexactas de carácter significativo, e incluye el examen, a base de pruebas, de la evidencia que soporta las cantidades y revelaciones presentadas en los estados financieros. Una auditoría de estados financieros no tiene como propósito específico establecer la existencia de instancias de incumplimientos de las normas legales que sean aplicables a la entidad auditada salvo que, con motivo de eventuales incumplimientos, se distorsione significativamente la situación financiera, los resultados de las operaciones y los flujos de efectivo presentados en los estados financieros. En tal sentido, como parte de la obtención de la certeza razonable de si los estados financieros no contienen exposiciones erróneas o inexactas de carácter significativo, efectuamos pruebas de cumplimiento en relación a las obligaciones de carácter tributario detalladas en el siguiente numeral.

MODELO 1 - INFORME LIMPIO

NOTA GENERAL: Los Modelos de Opinión pueden variar de acuerdo a los resultados del examen realizado. Los dictámenes de los Auditores Externos deben enmarcarse dentro de los Tipos de Dictámenes regulados por la Norma de Auditoría que fuere aplicable.

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3. Los resultados de las pruebas mencionadas en el numeral anterior no revelaron situaciones en las transacciones y documentación examinadas que, en nuestra opinión, se consideren incumplimientos durante el año terminado el 31 de diciembre del 20XX que afecten significativamente los estados financieros mencionados en el primer numeral, con relación al cumplimiento de las siguientes obligaciones establecidas en las normas legales vigentes:

mantenimiento de los registros contables de la Compañía de acuerdo con las disposiciones de la Ley y sus reglamentos;

conformidad de los estados financieros y de los datos que se encuentran registrados en las declaraciones del Impuesto a la Renta, Retenciones en la Fuente, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal con los registros contables mencionados en el punto anterior;

pago del Impuesto a la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal.

aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley de Régimen Tributario Interno y en su Reglamento y en las Resoluciones del Servicio de Rentas Internas de cumplimiento general y obligatorio, para la determinación y liquidación razonable del Impuesto a la Renta, Retenciones en la Fuente, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal;

presentación de las declaraciones como agente de retención, y pago de las retenciones a que está obligada a realizar la Compañía de conformidad con las disposiciones legales.

4. El cumplimiento por parte de la Compañía de las mencionadas obligaciones, así como los criterios de aplicación de las normas tributarias, son responsabilidad de su administración; tales criterios podrían eventualmente no ser compartidos por las autoridades competentes. Este informe debe ser leído en forma conjunta con el informe sobre los estados financieros mencionado en el primer numeral.

5. Nuestra auditoría fue hecha principalmente con el propósito de formarnos una opinión sobre los estados financieros básicos tomados en conjunto. La información suplementaria contenida en los anexos 1 al 13, preparados por la Administración de la Compañía XYZ S.A. que surge de los registros contables y demás documentación que nos fue exhibida, se presenta en cumplimiento de la Resolución del Servicio de Rentas Internas NAC-DGER2006-0214 publicada en el Registro Oficial 251 del 17 de abril del 2006, y no se requiere como parte de los estados financieros básicos. Esta

(18)

información ha sido sometida a los procedimientos de auditoría aplicados en nuestra auditoría de los estados financieros básicos, y en nuestra opinión, se expone razonablemente en todos sus aspectos importantes en relación con los estados financieros básicos tomados en conjunto.

6. En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución del Servicio de Rentas Internas NAC-DGER2006-0214 publicada en el Registro Oficial 251 del 17 de abril del 2006, informamos que existen recomendaciones sobre aspectos de carácter tributario, entre los cuales se pudieron detectar diferencias, relacionadas con el Impuesto a la Renta, las Retenciones en la Fuente, el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal. Dichos aspectos se detallan en la Parte III del presente informe, Recomendaciones sobre aspectos tributarios, la cual es parte integrante del Informe de Cumplimiento Tributario.

7. Este informe se emite exclusivamente para conocimiento de los Accionistas y Administración de Compañía XYZ S.A. y para su presentación al Servicio de Rentas Internas en cumplimiento de las disposiciones emitidas por esta entidad de control, y no debe ser utilizado para ningún otro propósito.

No. de Registro en la xxxxxxxxxxxxxx

Superintendencia de Apoderado

Compañías: 0xxxx No. de Licencia

Profesional: 1xxx0

RUC Auditor/Firma de Auditoría: 0XXXXXXXXX001

(19)

INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

A los señores Accionistas de

Compañía XYZ S.A.

Quito, xx de abril del 20XX

1. Hemos auditado los estados financieros de Compañía XYZ S.A. por el año terminado el 31 de diciembre del 20XX y, con fecha XX de abril del 20xx, hemos emitido nuestro informe que contiene una opinión con una salvedad sobre la presentación razonable de la situación financiera de la Compañía y los resultados de sus operaciones, los cambios en su patrimonio y sus flujos de efectivo. La referida salvedad se transcribe en el numeral numeral 3 siguiente.

2. Nuestra auditoría fue efectuada de acuerdo con las Normas de Auditoría y con el propósito de formarnos una opinión sobre los estados financieros antes mencionados. Estas normas requieren que una auditoría sea diseñada y realizada para obtener certeza razonable de si los estados financieros no contienen exposiciones erróneas o inexactas de carácter significativo, e incluye el examen, a base de pruebas, de la evidencia que soporta las cantidades y revelaciones presentadas en los estados financieros. Una auditoría de estados financieros no tiene como propósito específico establecer la existencia de instancias de incumplimientos de las normas legales que sean aplicables a la entidad auditada salvo que, con motivo de eventuales incumplimientos, se distorsione significativamente la situación financiera, los resultados de las operaciones y los flujos de efectivo presentados en los estados financieros. En tal sentido, como parte de la obtención de la certeza razonable de si los estados financieros no contienen exposiciones erróneas o inexactas de carácter significativo, efectuamos pruebas de cumplimiento en relación a las obligaciones de carácter tributario detalladas en el numeral 4 siguiente.

MODELO 2 - INFORME CON SALVEDADES

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3. Se transcribe a continuación el texto de la salvedad a la opinión expresada por los auditores independientes en el informe mencionado en el primer numeral: “Según se explica en las Notas x y x a los estados financieros, acogiéndose a opciones establecidas en la legislación vigente, la Compañía difirió al 31 de diciembre de 1999 pérdidas netas en cambio devengadas en dicho año por un monto equivalente a US$x,xxx para ser amortizadas en un plazo de hasta cinco años a partir del año 2000 y, mediante la aplicación de las pautas contenidas en la Normativa Contable en el 2000 incrementó dicho saldo en US$x,xxx con crédito a la cuenta Resultado por exposición a la inflación del estado de resultados. Durante el año 200x las referidas pérdidas fueron parcialmente amortizadas, generando un cargo en los resultados del año por US$x,xxx. Este tratamiento contable, si bien está permitido por las normas legales vigentes, no está de acuerdo con las Normas Ecuatorianas de Contabilidad.

En consecuencia, las pérdidas acumuladas al inicio y al final del año y la pérdida neta del año se encuentran subestimadas en US$x,xxx, US$x,xxx y US$xxx, respectivamente.”

4. Los resultados de las pruebas mencionadas en el numeral 2 no revelaron situaciones en las transacciones y documentación examinadas que, en nuestra opinión, se consideren incumplimientos durante el año terminado el 31 de diciembre del 20xx que afecten significativamente los estados financieros mencionados en el primer numeral, con relación al cumplimiento de las siguientes obligaciones establecidas en las normas legales vigentes:

mantenimiento de los registros contables de la Compañía de acuerdo con las disposiciones de la Ley y sus reglamentos;

conformidad de los estados financieros y de los datos que se encuentran registrados en las declaraciones del Impuesto a la Renta, Retenciones en la Fuente, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal con los registros contables mencionados en el punto anterior;

pago del Impuesto a la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal;

. aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley de Régimen Tributario Interno y en su Reglamento y en las Resoluciones del Servicio de Rentas Internas de cumplimiento general y obligatorio, para la determinación y liquidación razonable del Impuesto a la Renta, Retenciones en la Fuente, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal;

(21)

presentación de las declaraciones como agente de retención, y pago de las retenciones a que está obligada a realizar la Compañía de conformidad con las disposiciones legales.

5. El cumplimiento por parte de la Compañía de las mencionadas obligaciones, así como los criterios de aplicación de las normas tributarias, son responsabilidad de su Administración; tales criterios podrían eventualmente no ser compartidos por las autoridades competentes. Este informe debe ser leído en forma conjunta con el informe sobre los estados financieros mencionado en el primer numeral.

6. Nuestra auditoría fue hecha principalmente con el propósito de formarnos una opinión sobre los estados financieros básicos tomados en conjunto. La información suplementaria contenida en los anexos 1 al 13 preparados por la Administración de la Compañía XYZ S.A. que surge de los registros contables y demás documentación que nos fue exhibida, se presenta en cumplimiento de la Resolución del Servicio de Rentas Internas NAC-DGER2006-0214 publicada en el Registro Oficial 251 del 17 de abril del 2006 y no se requiere como parte de los estados financieros básicos. Esta información ha sido sometida a los procedimientos de auditoría aplicados en nuestra auditoría de los estados financieros básicos, y en nuestra opinión, se expone razonablemente en todos sus aspectos importantes en relación con los estados financieros básicos tomados en conjunto.

7. En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución del Servicio de Rentas Internas NAC-DGER2006-0214 publicada en el Registro Oficial 251 del 17 de abril del 2006, informamos que existen recomendaciones sobre aspectos de carácter tributario, entre los cuales se pudieron detectar diferencias, relacionadas con el Impuesto a la Renta, las Retenciones en la Fuente, el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal. Dichos aspectos se detallan en la Parte III del presente informe, Recomendaciones sobre aspectos tributarios, la cual es parte integrante del Informe de Cumplimiento Tributario.

8. Este informe se emite exclusivamente para conocimiento de los Accionistas y Administración de Compañía XYZ S.A. y para su presentación al Servicio de Rentas Internas en cumplimiento de las disposiciones emitidas por esta entidad de control, y no debe ser utilizado para ningún otro propósito.

No. de Registro en la xxxxxxxxxxxxxxxx

Superintendencia de Apoderado

Compañías: 0xxxx No. de Licencia

Profesional: 1xxx0 RUC Auditor/Firma de Auditoría: 0XXXXXXXXX001

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INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

A los señores Accionistas de

Compañía XYZ S.A.

Quito, xx de abril del 20XX

1. Hemos auditado los estados financieros de Compañía XYZ S.A., por el año terminado el 31 de diciembre del 20XX y, con fecha xx de abril del 20XX, hemos emitido nuestro informe que contiene una opinión con salvedades, sobre la presentación razonable de la situación financiera de la Compañía y los resultados de sus operaciones, los cambios en su patrimonio y sus flujos de efectivo. Las referidas salvedades se transcriben en el numeral 3 siguiente.

2. Excepto por lo mencionado en el numeral 3 siguiente, nuestra auditoría fue efectuada de acuerdo con las Normas de Auditoría y con el propósito de formarnos una opinión sobre los estados financieros antes mencionados. Estas normas requieren que una auditoría sea diseñada y realizada para obtener certeza razonable de si los estados financieros no contienen exposiciones erróneas o inexactas de carácter significativo, e incluye el examen, a base de pruebas, de la evidencia que soporta las cantidades y revelaciones presentadas en los estados financieros. Una auditoría de estados financieros no tiene como propósito específico establecer la existencia de instancias de incumplimientos de las normas legales que sean aplicables a la entidad auditada salvo que, con motivo de eventuales incumplimientos, se distorsione significativamente la situación financiera, los resultados de las operaciones y los flujos de efectivo presentados en los estados financieros. En tal sentido, como parte de la obtención de la certeza razonable de si los estados financieros no contienen exposiciones erróneas o inexactas de carácter significativo, efectuamos pruebas de cumplimiento en relación a las obligaciones de carácter tributario detalladas en el numeral siguiente.

MODELO 3 - INFORME CON SALVEDADES

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3. Se transcriben a continuación los textos de las salvedades a la opinión expresada por los auditores independientes en el informe mencionado en el primer numeral:

- Según se menciona en la Nota x a los estados financieros, como resultado del proceso de escisión de xxx S.A., al 31 de diciembre del 200x, existen propiedades, planta y equipo pendientes de identificación por un total de aproximadamente US$xx,xxx. La Compañía contabilizó estos bienes al monto por el cual dichos activos figuraban en la escritura de escisión y, desde ese momento, aplicó sobre éstos las normas vigentes de corrección monetaria, depreciación y conversión a dólares estadounidenses. La Compañía no ha podido aún confirmar físicamente la existencia de estos bienes ni sus condiciones de operación. Actualmente, la Administración de la Compañía se encuentra realizando los análisis de estas partidas a través de estudios contratados para valorizar el activo e identificar las diferencias; sin embargo, aún no se conoce el resultado de dichos análisis y, por lo tanto, no es posible establecer el monto de los ajustes, si los hubiere, que podrían afectar el valor de las propiedades, planta y equipo y el patrimonio de la Compañía al 31 de diciembre del 200x.

- No ha sido concluido el proceso de conciliación de los saldos confirmados por las compañías XXX y XXX que al 31 de diciembre del 200x presentan diferencias netas de aproximadamente US$x,xxx no aclaradas entre los valores facturados por las empresas y los valores registrados por la Compañía. Estas discrepancias surgen principalmente como producto de los convenios celebrados entre las partes durante años anteriores. Debido a que a la fecha no se han iniciado los acuerdos para efectuar la liquidación de las diferencias, no es posible en estos momentos estimar razonablemente los efectos que podrían generarse en la liquidación final de los pasivos en favor de estas empresas cuyos saldos al 31 de diciembre del 200x totalizan US$x,xxx.

- Al 31 de diciembre del 200x existen diferencias entre los saldos confirmados por XXX S.A. y los registros contables por aproximadamente US$x,xxx, producto de las discrepancias surgidas en relación con el contrato de arrendamiento mercantil celebrado en 200x con esta Compañía, según se menciona en la Nota xx e), no pudimos establecer los montos de eventuales ajustes, reclasificaciones de cuentas o revelaciones adicionales que podrían resultar una vez concluidos los análisis respectivos, y se resuelvan las discrepancias que al momento existen.

4. Excepto por los efectos, si los hubiera, de los asuntos mencionados en el numeral anterior, los resultados de las pruebas mencionadas en el numeral 2 precedente no revelaron situaciones en las transacciones y documentación examinadas que, en nuestra opinión, se consideren incumplimientos durante el año terminado el 31 de diciembre del 20XX que afecten significativamente los estados financieros mencionados en el primer numeral, con relación al cumplimiento de las siguientes obligaciones establecidas en las normas legales vigentes:

(24)

mantenimiento de los registros contables de la Compañía de acuerdo con las disposiciones de la Ley y sus reglamentos;

conformidad de los estados financieros y de los datos que se encuentran registrados en las declaraciones del Impuesto a la Renta, Retenciones en la Fuente, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal con los registros contables mencionados en el punto anterior;

pago del Impuesto a la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal;

aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley de Régimen Tributario Interno y en su Reglamento y en las Resoluciones del Servicio de Rentas Internas de cumplimiento general y obligatorio, para la determinación y liquidación razonable del Impuesto a la Renta, Retenciones en la Fuente, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal;

presentación de las declaraciones como agente de retención, y pago de las retenciones a que está obligada a realizar la Compañía, de conformidad con las disposiciones legales.

5. El cumplimiento por parte de la Compañía de las mencionadas obligaciones, así como los criterios de aplicación de las normas tributarias, son responsabilidad de su administración; tales criterios podrían eventualmente no ser compartidos por las autoridades competentes. Este informe debe ser leído en forma conjunta con el informe sobre los estados financieros mencionado en el primer numeral.

6. Nuestra auditoría fue hecha principalmente con el propósito de formarnos una opinión sobre los estados financieros básicos tomados en conjunto. La información suplementaria contenida en los anexos 1 al 13 preparados por la Administración de la Compañía XYZ S.A. que surge de los registros contables y demás documentación que nos fue exhibida, se presenta en cumplimiento de la Resolución del Servicio de Rentas Internas NAC-DGER2006-0214 publicada en el Registro Oficial 251 del 17 de abril del 2006 y no se requiere como parte de los estados financieros básicos. Esta información ha sido sometida a los procedimientos de auditoría aplicados en nuestra auditoría de los estados financieros básicos, y en nuestra opinión, se expone razonablemente en todos sus aspectos es en relación con los estados financieros básicos tomados en conjunto.

(25)

7. En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución del Servicio de Rentas Internas NAC-DGER2006-0214 publicada en el Registro Oficial 251 del 17 de abril del 2006, informamos que existen recomendaciones y aspectos de carácter tributario, entre los cuales se pudieron detectar diferencias, relacionadas con el Impuesto a la Renta, las Retenciones en la Fuente, el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto a los Consumos Especiales y otros tributos administrados por la Autoridad Fiscal. Dichos aspectos se detallan en la Parte III del presente informe, Recomendaciones sobre aspectos tributarios, la cual es parte integrante del Informe de Cumplimiento Tributario.

8. Este informe se emite exclusivamente para conocimiento de los Accionistas y Administración de Compañía XYZ S.A. y para su presentación al Servicio de Rentas Internas en cumplimiento de las disposiciones emitidas por esta entidad de control, y no debe ser utilizado para ningún otro propósito.

No. de Registro en la xxxxxxxxxxxxxxx

Superintendencia de Apoderado

Compañías: 0xxxx No. de Licencia

Profesional: 1xxx0

RUC Auditor/Firma de Auditoría: 0XXXXXXXXX001

(26)

PARTE III - RECOMENDACIONES SOBRE ASPECTOS TRIBUTARIOS

(27)

A los señores miembros del Directorio y accionistas de Compañía XYZ S.A.

XX de XXXXX de 20XX

1 - - A los señores miembros del

Directorio y accionistas de

Compañía XYZ S.A.

XX de XXXX del 20XX

Con relación al examen de los estados financieros de Compañía XYZ S.A. al 31 de diciembre del 20XX, efectuamos un estudio y evaluación del sistema de control interno contable de la Compañía en la extensión que consideramos necesaria para evaluar dicho sistema como lo requieren las Normas de Auditoría. Dichos estudio y evaluación tuvieron como propósito establecer la naturaleza, extensión y oportunidad de los procedimientos de auditoría necesarios para expresar una opinión sobre los estados financieros de la Compañía. Nuestro estudio y evaluación fueron más limitados que lo necesario para expresar una opinión sobre el sistema de control interno contable en su conjunto.

La Administración de Compañía XYZ S.A. es la única responsable por el diseño y operación del sistema de control interno contable. En cumplimiento de esta responsabilidad, la Administración realiza estimaciones y formula juicios para determinar los beneficios esperados de los procedimientos de control interno y los costos correspondientes. El objetivo del sistema de control interno contable es proporcionar a la Administración una razonable (no absoluta) seguridad de que los activos están salvaguardados contra pérdidas por uso o disposición no autorizados, y que las transacciones han sido efectuadas de acuerdo con las autorizaciones de la Administración y registradas adecuadamente para permitir la preparación de los estados financieros de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en el Ecuador.

En vista de las limitaciones inherentes a cualquier sistema de control interno contable, es posible que existan errores e irregularidades no detectados. Igualmente la proyección de cualquier evaluación del sistema hacia períodos futuros está sujeta al riesgo de que los procedimientos se tornen inadecuados por cambios en las condiciones o que el grado de cumplimiento de los mismos se deteriore.

(28)

A los señores miembros del Directorio y accionistas de Compañía XYZ S.A.

XX de XXXXX de 20XX

2 - - Nuestro estudio y evaluación, realizados con el exclusivo propósito descrito en el primer párrafo, no necesariamente tienen que haber revelado todas las debilidades significativas en el sistema de control relacionado con los aspectos tributarios. Consecuentemente, no expresamos una opinión sobre el sistema de control interno contable de Compañía XYZ S.A., tomado en su conjunto.

Basados en nuestra revisión de ciertas áreas seleccionadas, hemos redactado ciertas recomendaciones tendientes a mejorar el sistema de control interno contable, las cuales se refieren exclusivamente a los aspectos tributarios revisados de acuerdo el pedido expreso del Servicio de Rentas Internas. Dichas recomendaciones no incluyen todas las posibles mejoras que un examen pormenorizado podría haber revelado, sino las de aquellas áreas que requieren mejoramiento potencial y que llamaron nuestra atención durante nuestras visitas.

Para facilitar la lectura del presente informe hemos ordenado nuestras recomendaciones en el orden de los Anexos incluidos en el Informe sobre Obligaciones Tributarias entregado en esta fecha:

1 Datos del contribuyente sujeto a examen.

2 Gastos Financieros por intereses de créditos externos

3 Remanentes de retenciones o anticipo de Impuesto a la Renta de años anteriores en el pago de Impuesto a la Renta.

4 Cálculo de valores declarados de IVA.

5 Conciliación de retenciones de IVA vs. Libros.

6 Conciliación de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta vs. Libros.

7 Resumen de importaciones y pago del Impuesto a los Consumos Especiales.

8 Conciliación tributaria del Impuesto a la Renta.

9 Calculo de la reinversión de utilidades.

10 Detalle de cuentas contables incluidas en la declaración de Impuesto a la Renta.

11 Implementación de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

12 Detalle de las principales transacciones del negocio ocurridas durante el año.

13 Seguimiento de las observaciones y recomendaciones sobre aspectos tributarios emitidas en el ejercicio impositivo anterior.

14 Copia del informe de auditoría de estados financieros presentado en la superintendencia respectiva.

(29)

A los señores miembros del Directorio y accionistas de Compañía XYZ S.A.

XX de XXXXX de 20XX

3 - - Las recomendaciones incluidas en el presente informe fueron analizadas con los Ingenieros xxxxxxxx y xxxxxxxxx, Gerente General y Gerente Financiero, respectivamente, cuyos comentarios se resumen al final de cada recomendación.

Atentamente,

No. de Registro en la xxxxxxxxxxxxxxxxxx

Superintendencia de Apoderado

Compañías: 0xxxx No. de Licencia

Profesional: 1xxx0.

RUC Auditor/Firma de Auditoría: 0XXXXXXXXX001

(30)

OBSERVACIONES Y COMENTARIOS SOBRE ASPECTOS TRIBUTARIOS 1. PRESTAMOS EXTERNOS

Antecedentes Legales:

Ley de Régimen Tributario Interno

Serán deducibles los intereses de deudas contraídas con motivo del giro del negocio, así como los gastos efectuados en la constitución, renovación o cancelación de las mismas, que se encuentren debidamente sustentados en comprobantes de venta que cumplan los requisitos establecidos en el reglamento correspondiente. No serán deducibles los intereses en la parte que exceda de las tasas autorizadas por el Directorio del Banco Central del Ecuador, así como tampoco los intereses y costos financieros de los créditos externos no registrados en el Banco Central del Ecuador.

No serán deducibles las cuotas o cánones por contratos de arrendamiento mercantil o Leasing cuando la transacción tenga lugar sobre bienes que hayan sido de propiedad del mismo sujeto pasivo, de partes relacionadas con él o de su cónyuge o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad; ni tampoco cuando el plazo del contrato sea inferior al plazo de vida útil estimada del bien, conforme su naturaleza salvo en el caso de que siendo inferior, el precio de la opción de compra no sea igual al saldo del precio equivalente al de la vida útil restante; ni cuando las cuotas de arrendamiento no sean iguales entre si.

Para que sean deducibles los intereses pagados por créditos externos otorgados directa o indirectamente por partes relacionadas, el monto total de éstos no podrá ser mayor al 300% con respecto al patrimonio, tratándose de sociedades. Tratándose de personas naturales, el monto total de créditos externos no deberá ser mayor al 60% con respecto a sus activos totales.

Los intereses pagados respecto del exceso de las relaciones indicadas, no serán deducibles.

Para los efectos de esta deducción el registro en el Banco Central del Ecuador constituye el del crédito mismo y el de los correspondientes pagos al exterior, hasta su total cancelación. (Art. 10, numeral 2).

Quienes realicen pagos o créditos en cuenta al exterior, que constituyan rentas gravadas por la Ley de Régimen Tributario Interno, directamente, mediante compensaciones o con la mediación de entidades financieras u otros intermediarios, actuarán como agentes de retención en la fuente del impuesto establecido en la referida Ley (Art. 48).

Son deducibles los gastos efectuados en el exterior que sean necesarios y se destinen a la obtención de rentas, siempre y cuando se haya efectuado la retención en la fuente, si lo pagado constituye para el beneficiario un ingreso gravable en el Ecuador (Art. 13).

PARA EFECTOS DE LA REVELACIÓN DE RECOMENDACIONES, SE SOLICITA POR CADA UNA DE ELLAS DETALLAR LOS CÓDIGOS DE LAS PARTIDAS CONTABLES SOBRE LA CUALES SE EMITE LA

RECOMENDACIÓN.

(31)

2 - -

Serán deducibles, y no estarán sujetos al Impuesto a la Renta en el Ecuador ni se someten a retención en la fuente, los siguientes pagos al exterior:

Los pagos de intereses de créditos externos y líneas de crédito abiertas por instituciones financieras del exterior, legalmente establecidas como tales; así como los intereses de créditos externos conferidos de gobierno a gobierno o por organismos multilaterales. En estos casos, los intereses no podrán exceder de las tasas de interés máximas referenciales fijadas por el Directorio del Banco Central de Ecuador a la fecha del registro del crédito o su novación; y si de hecho las excedieren, se deberá efectuar la retención correspondiente sobre el exceso para que dicho pago sea deducible. La falta de registro conforme a las disposiciones emitidas por el Directorio del Banco Central del Ecuador, determinará que no se puedan deducir los costos financieros del crédito. Tampoco serán deducibles los intereses de los créditos provenientes de instituciones financieras domiciliadas en paraísos fiscales o en jurisdicciones de menor imposición (Art. 13, numeral 3).

Codificación de las Regulaciones del Banco Central del Ecuador Libro II, Título III, Capítulo II, Sección II (Reformada por la Regulación No. 0063-2000 publicada en el Registro Oficial No. 084 de mayo 24 del 2000).

El Banco Central del Ecuador registrará los créditos externos en divisas que contrate el sector privado, incluido el sistema financiero.

Para los fines de registro, por créditos externos se entenderán a las operaciones de financiamiento pactadas por personas naturales o jurídicas domiciliadas en el país con entidades financieras, casas matrices, proveedores y otros residentes fuera del territorio nacional. Se excluyen los sobregiros en cuentas corrientes.

Las novaciones de obligaciones externas o las ampliaciones de plazo para la cancelación de créditos externos, deberán registrarse en el Banco Central del Ecuador, a cuyo efecto el deudor presentará, dentro de los 45 días calendarios posteriores a la fecha de novación o ampliación, la solicitud correspondiente al formulario y el contrato de novación o el documento de ampliación. Para estos casos, los créditos externos originales deben encontrarse registrados en el Banco Central del Ecuador.

El registro de los créditos externos, sus novaciones o ampliaciones de plazo, podrá ser solicitado aun después de los 45 días previstos para el efecto, siempre y cuando el plazo de pago de dichas obligaciones se encuentre vigente y se pague el 0,25% sobre el valor del principal crédito, por registro tardío de los préstamos externos.

Observación

Durante el año 20XX, la Compañía mantuvo un préstamo del exterior, el cual no fue registrado en el Banco Central del Ecuador; sin embargo, los intereses fueron considerados como gastos deducibles para la determinación de la base imponible sujeta a Impuesto a la Renta.

Referencias

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