• No se han encontrado resultados

Lección III. Albert Einste

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Lección III. Albert Einste"

Copied!
61
0
0

Texto completo

(1)

Lección III

Derechos de crédito: obligaciones jurídicas

Nunca consideres el estudi

o como una obligación, sino como una opor

tunidad para penetrar en el bello y maravilloso mundo de l saber.

Albert Einstein

OCW-ULL

Luis Javier Ca

(2)

La obligación y el Derecho de Obligaciones. Concepto y caracteres de la obligación

Obligatio est iuris vinculum quo necessitate

abtringimur alicuius solvendae rei secundum nostrae Civitatis iura

Instituciones 3, 13

Ligamento que es fecho segund ley e segund natura.

Partidas

Lazo de Derecho que nos constriñe a dar a otro alguna cosa, o bien, a hacer o no hacer tal o cual cosa.

(3)

La obligación y el Derecho de Obligaciones. Naturaleza de la obligación. Deuda y crédito

(4)

La obligación y el Derecho de Obligaciones. Naturaleza de la obligación. Deuda y crédito

(5)
(6)
(7)
(8)

Obligaciones de dar, de hacer y de no hacer. Obligaciones de dar.

Obligaciones genéricas y específicas

(9)

Obligaciones de dar, de hacer y de no hacer. Obligaciones de dar.

Obligaciones genéricas y específicas

(10)

Obligaciones de dar, de hacer y de no hacer. Obligaciones de dar.

Obligaciones genéricas y específicas OBLIGACIONES

GENÉRICAS Art. 1096 CC Art. 702 LEC

REGLA

Genus numquam perit

(11)

Obligaciones de dar, de hacer y de no hacer. Obligaciones de hacer. OBLIGACIONES DE HACER Arts. 1098 y 1161 CC SUBJETIVAS Por el sujeto OBJETIVAS Por el objeto OBLIGACIONES FUNGIBLES Art. 706 LEC OBLIGACIONES INFUNGIBLES Art. 709 LEC INTUITU PERSONAE OBLIGACIONES

(12)

Obligaciones de dar, de hacer y de no hacer. La obligación de no hacer OBLIGACIONES DE NO HACER Art. 1099 CC Art. 710 LEC

(13)
(14)
(15)
(16)

La obligación dineraria REGLA GENERAL Art. 1170 CC Art. 312 C. Com. Principio nominalista SISTEMAS CORRECTORES LEGALES P. ej. Ley 7 dic 1939

JUDICIALES

Rebus sic stantibus

PACTADOS

(17)
(18)
(19)
(20)

La prestación de intereses CUANTÍA LEGAL Art. 1108 CC Arts. 316 y 341 C. Com Ope legis PACTADA

INTERÉS LEGAL DEL DINERO LGPE

Desde 1984

INTERÉS FIJO INTERÉS VARIABLE

LÍMITES -Ley Azcárate (1908)

-LGDCU

(21)
(22)
(23)
(24)

La obligación mancomunada. Obligaciones parciarias D2 D3 D1 A A2 A3 A1 D Arts. 1137-1138 CC

(25)

La obligación mancomunada. Obligaciones en mancomún

Arts. 1139 y 1150 CC

MANCOMÚN PASIVA MANCOMÚN ACTIVA

(26)

La obligación solidaria CARACTERES Arts. 1137 y 1140 y ss CC PLURALIDAD DE SUJETOS Art. 1137 CC INTEGRIDAD DE LA PRESTACIÓN Arts. 1142, 1143 y 1145 CC IDENTIDAD DE LA PRESTACIÓN Art. 1140 CC ORIGEN COMÚN

(27)

La obligación solidaria. Relación externa

ACREEDOR

DEUDOR 1 DEUDOR 2 DEUDOR 3

DEUDOR

ACREEDOR 1 ACREEDOR 2 ACREEDOR 3 SOLIDARIA

ACTIVA SOLIDARIA

(28)
(29)
(30)

El pago o cumplimiento.

Naturaleza jurídica. Régimen jurídico

(31)

Los sujetos del pago.

Sujetos que realizan el pago

(32)

Los sujetos del pago. Destinatarios del pago

(33)
(34)

Las circunstancias del pago. Lugar

LUGAR DELPAGO

ESTABLECIDO POR LA OB.. Art. 1171 Párr. 1º CC

DÓNDE SE PAGA COMPETENCIA PROCESAL

LUGAR DONDE ESTÉ LA COSA Art. 1171 Párr. 2º CC

DOMICILIO DEL DEUDOR Art. 1171 Párr. 3º CC

(35)
(36)
(37)
(38)
(39)
(40)
(41)

Prueba del pago

VALIDEZ DE CUALQUIER MEDIO DE PRUEBA Art. 299 LEC

RECIBO

Arts. 7, 1225, 1258 CC

REGLAS ESPECIALES

Art. 63 TrLGDCU / RD 2402/1985, de 18 dic

(42)

Ofrecimiento del pago y consignación PRESUPUESTOS OBSTÁCULOS AL CUMPLIMIENTO ACREEDOR Voluntad CIRCUNSTANCIAL

Ajeno a ambas partes

OFRECIMIENTO

(43)

Ofrecimiento del pago y consignación

OFRECIMIENTO DEL PAGO Art. 1176 Párr 1º y 2º CC

ANUNCIO DEL OFRECIMIENTO A INTERESADOS Art. 1177 Párr. 1º CC

CONSIGNACIÓN

Arts. 1178 Párr. 1º CC, 1179 – 1181 CC

ACREDITACIÓN REQUISITOS PREVIOS CUMPLIMIENTO REQUISITOS DEL PAGO

(44)

Subrogación del cumplimiento. Pago por cesión de bienes

(45)

Subrogación del cumplimiento. Dación en pago

Datio pro soluto

Arts. 1521, 1636, 1849 CC

Art. 65 LHM

(46)
(47)
(48)
(49)
(50)
(51)

La imposibilidad sobrevenida de la prestación y sus consecuencias

Arts. 1182-1184 CC Ley 493 Fn Navarra

Perpetuatio obligationis

FÍSICA / JURÍDICA DEFINITIVA

(52)

La imposibilidad sobrevenida de la prestación y sus consecuencias

SUPUESTOS

CULPA

Arts. 1182-1183 CC

MORA

(53)

La imposibilidad sobrevenida de la prestación y sus consecuencias

(54)
(55)
(56)

La responsabilidad contractual

(57)
(58)
(59)
(60)
(61)

Referencias

Documento similar

Según Flores García & Ramos Ramos (2016) las obligaciones tributarias son un derecho público vinculado entre el acreedor y el deudor tributario, el cual su objetivo es

En fin, el derecho pretoriano dió el ultimo paso admitiendo que por la simple convencion, sin entregar al acreedor el objeto afecto al pago del crédito, se le

Como dice Iglesias , la compensación tiene lugar cuando el deudor opone al acreedor un 3 crédito que tiene a su vez contra éste.. Así mismo el autor señala la

- Competencia aprender a aprender: La creación de una propuesta en la que el alumnado no es un sujeto pasivo, sino que es el elemento central y activo del

Por otra parte, se dice que una variable local definida en una función tiene alcance (ámbito) de bloque, porque está disponible solamente dentro del bloque de la función en la

En la obligación, el acreedor y el deudor están conectados por la norma de derecho: los ata una relación jurídica que impone a este conceder a aquel la prestación o

a) Elemento interno: Es el poder del sujeto sobre la cosa que se ejercita de manera directa sobre los bienes que constituyen el objeto del derecho real. b) Elemento externo: Es

incumplimiento de facilidades de pago por deudas autodeterminadas por el sujeto pasivo o tercero responsable antes o después del vencimiento del impuesto y/o