MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PARTICULAR
PARA EL PROYECTO
EMBARCADERO DANY & DANI
ISLA MUJERES, QUINTANA ROO
CONTENIDO
DECLARATORIA DEL ENCARGADO DE ELABORAR EL ESTUDIO ... 1
I. DATOS GENERALES ... 2
I.1 PROYECTO ... 2
I.2 PROMOVENTE ... 3
I.3 RESPOSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ... 4
II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ... 5
II.1 INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO ... 5
II.1.1. Naturaleza del proyecto ... 5
II.1.2 Selección del sitio ... 5
II.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización ... 6
II.1.4 Inversión requerida ... 8
II.1.5 Dimensiones del proyecto ... 8
II.1.6 Uso actual de suelo y cuerpos de agua en el sitio y colindancias ... 9
II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos ... 9
II.2 CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL PROYECTO ... 9
II.2.1. Programa general de trabajo ... 10
II.2 2 Preparación del sitio ... 10
II.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto ... 10
II.2.4 Etapa de construcción ... 10
II.2.5 Etapa de operación y mantenimiento ... 14
II.2.6 Descripción de obras asociadas al proyecto ... 14
II.2.7 Etapa de abandono del sitio ... 14
II.2.8 Generación, manejo y disposición de residuos y emisiones ... 15
II.2.9 Infraestructura para el manejo y la disposición de los residuos ... 16
III. VINCULACIÓN CON LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL ... 17
III.1 PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO LOCAL ... 17
III.2 DECLARATORIA DE USOS, DESTINOS Y RESERVAS ... 27
III.3 NORMAS OFICIALES MEXICANAS ... 27
III.3.1 NOM-059-SEMARNAT-2001 ... 27
CONSULTA PÚBLICA
III.3.2 NOM-022-SEMARNAT-2003 ... 28
III.4 LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE ... 35
III.5 RECINTO PORTUARIO ... 36
III.6 ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS ... 37
IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL... 38
IV.1 DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO ... 38
IV.2 Caracterización y análisis del sistema ambiental ... 38
IV.2.1 Aspectos abióticos ... 38
IV.2.2 Aspectos bióticos ... 43
IV.2.3 Paisaje ... 47
IV.2.4 Medio socioeconómico ... 49
IV.2.5 Diagnóstico ambiental ... 51
V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES ... 54
V.1 IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS ... 55
V.2 EVALUACIÓN DE IMPACTOS ... 58
V.3 DESCRIPCIÓN DE LOS IMPACTOS RELEVANTES ... 62
VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS ... 65
VI.1 DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS ... 65
VI.2 IMPACTOS RESIDUALES ... 68
VII. PRONÓSTICOS AMBIENTALES ... 71
VII.1 PRONÓSTICO DEL ESCENARIO ... 71
VII.2 PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL ... 72
VII.3 CONCLUSIONES ... 73
VIII. INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y TÉCNICOS ... 74
VIII.2 CARTOGRAFÍA ... 75
VIII.3 INFORMACIÓN DE CAMPO ... 76
1
DECLARATORIA DEL ENCARGADO DE ELABORAR EL ESTUDIO
En cumplimiento de lo previsto en los artículos 35 BIS 1 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 36 de su Reglamento en Materia de Impacto Ambiental, el suscrito, prestador de servicios en materia de impacto ambiental, declaro, bajo protesta de decir verdad, que los estudios y demás contenidos de la manifestación de impacto ambiental para el proyecto Embarcadero Dany and Dani incorporan las mejores técnicas y metodologías comúnmente utilizadas por la comunidad científica del país y el uso de la mayor información disponible, y que las medidas de prevención y mitigación sugeridas son las más efectivas para atenuar los impactos ambientales, conforme al conocimiento disponible.
PRESTADOR DE SERVICIOS EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL
_________________________________________
BIOL. EMILIO DE JESÚS BARRUETA RATH
PROMOVENTE DEL PROYECTO
_________________________________________
DANIEL GRANT MC CUNE
Administrador Único de DANI AND DANI, S.A. DE C.V.
I. DATOS GENERALES
I.1 PROYECTO
I.1.1 NOMBRE DEL PROYECTO Embarcadero Dany & Dani.
Consiste en la construcción y operación de un embarcadero rústico con palapas en el área marítima y un andador marginal y una palapa, todo sobre palafitos, en la zona federal marítimo terrestre frente al predio de la promovente, en áreas del recinto portuario a cargo de de la Administración Portuaria Integral de Quintana Roo en Isla Mujeres, que incluye aguas interiores del Mar Caribe en la llamada Bahía de Mujeres.
I.1.2 UBICACIÓN DEL PROYECTO
Entre la Bahía de Mujeres y el lote 11 de la calle Prolongación Rueda Medina, Manzana 88, Supermanzana 2, Colonia Bahía, Isla Mujeres, Quintana Roo, C.P. 77409.
3 I.1.3 TIEMPO DE VIDA ÚTIL DEL PROYECTO
Se estima en 40 años conforme a la durabilidad de los materiales, con posibilidad de ampliarse con acciones de mantenimiento.
I.1.4 PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL
I.3 RESPOSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
I.3.1 NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
Oliver Consultores Jurídicos y Ambientales, S.C.
I.3.2 REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES O CURP OCJ080519BW5
I.3.3 NOMBRE DEL RESPONSABLE TÉCNICO DEL ESTUDIO Biol. Emilio de Jesús Barrueta Rath
Cédula profesional: 2892371
I.3.4 DIRECCIÓN DEL RESPONSABLE TÉCNICO DEL ESTUDIO
Calle Retorno Sol Conjunto San Marino Interior 13, Lote 20, Manzana 11, Supermanzana 18, Cancún, Quintana Roo. Código Postal 77505.
Teléfono: (998) 898 04 63
5
II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
II.1 INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO
II.1.1.NATURALEZA DEL PROYECTO
El proyecto busca aprovechar la propiedad de un predio en la margen marina, para contar con un lugar de abrigo para embarcaciones menores que serán usadas para paseos y pesca deportiva, y como punto de reunión familiar y lugar de embarque y desembarque del equipo de pesca deportiva, a desarrollar en zona federal marítimo terrestre y marítima que forma parte del Polígono B del Recinto Portuario de Isla Mujeres, concesionado por la SCT a la Administración Portuaria Integral de Quintana Roo (APIQROO), con la cual la promovente celebrará un contrato de cesión parcial de derechos para el uso de las mismas.
Sobre la zona federal marítimo-terrestre se colocará una palapa rectangular de madera y pasto de 72 m2 a 6 m de la línea de costa y un deck o andador de madera paralelo a la línea de costa, de 4 m de largo por 2 de ancho, en el límite con la zona marítima; y sobre la zona marítima se establecerá un embarcadero perpendicular a la costa, formado por una pasarela de 2 m de ancho por 58 m de largo, rematada en T con una plataforma de 2 m de ancho por 12 m de largo, de la cual un área de 6 m2 será ocupada con una palapa de madera y pasto. A cada lado de la pasarela, a 10 m del arranque de la misma, se establecerán palapas sobre palafitos, de 5 m de largo y 3 de ancho.
Todas las estructuras serán construidas de maderas duras de la región, colocadas sobre pilotes hincados en el suelo y en el fondo de la bahía, con las debidas precauciones ambientales, que incluyen la colocación de malla geotextil para contener sólidos suspendidos en el proceso.
El proyecto no incluye aprovechamiento extractivo ni vertidos de ningún tipo al cuerpo de agua o al suelo.
II.1.2 SELECCIÓN DEL SITIO
El sitio se encuentra aledaño a la zona urbana de Isla Mujeres (Colonia Bahía), donde la política conforme al POEL es de Aprovechamiento, en tanto que la zona litoral forma parte del recinto portuario de Isla Mujeres, concesionado por la SCT a la Administración Portuaria Integral de Quintana Roo (APIQROO), ante la cual ya se inició un expediente para obtener el contrato de cesión parcial de derechos (uno de los requisitos a cubrir es el de contar con la autorización de impacto ambiental). El predio aledaño es propiedad de la promovente, por lo que no se analizaron otras alternativas.
También se consideró que es una zona donde la energía del oleaje, corrientes litorales y mareas son significativamente tranquilas con respecto a otros sitios, con aguas someras y protegida en gran medida de un oleaje de tormenta.
II.1.3UBICACIÓN FÍSICA DEL PROYECTO Y PLANOS DE LOCALIZACIÓN
El sitio en el cual se pretende establecer el proyecto se encuentra ubicado en el litoral de la Bahía de Mujeres. Para el desarrollo del proyecto se delimitó una zona marítima operacional dentro de la cual se instalará el embarcadero, en tanto que el andador marginal y la palapa se establecerán en el área correspondiente a la zona federal marítimo terrestre. Enseguida se muestran las coordenadas de ambos polígonos.
Zona marítima operacional
Zona
marítimo‐terrestre
Figura 2. Ubicación del proyecto. Se muestran las poligonales terrestre y marítima.
Zona federal marítimo-terrestre, superficie 337.26 m2.
V1 V2 26.000 S 70°11'12" W V2 526896.358 2349239.627
V2 V3 13.023 S 16°42'00" E V3 526900.100 2349227.153
V3 V4 26.011 N 70°02'05" E V4 526924.548 2349236.034
V4 V1 12.954 N 16°43 54" W V1 526920.819 2349248.440
EST. P.V. DISTANCIA R U M B O V COORDENADAS
X Y
Zona marítima operacional, superficie 824.47 m2.
EST. P.V. DISTANCIA R U M B O V COORDENADAS
X Y
7
Y
Y J
MAR CARIBE
BAHIA DE MUJERES
Y
=2 3 9 97
=56 852 =56 868 =56 885 X=26 01 X56 917 =56 933
Y 2 3 9 2 3 Y 2 349 29 Y 2 3 9 254
=2 3 9 2 2
Zona Marítimo Terrestre . . . .. . . 337.26 m2 Zona Marítima Operacional . . . 824.47 m2
V1 V2 26 000 S 70°11 12 W V2 526896 358 2349239 627
V2 V3 13 023 S 6°42'00 E V3 526900 100 2349227 153
V3 V4 26 011 N 70°02 05 E V4 526924 548 2349236 034
V4 V1 12 954 N 16°43'54 W V1 526920 819 2349248 440
SUPERFICIE 337 260 m2.
CUADRO DE CONSTRUCCION - Z.F.M.T
EST P V D STANCIA R U M B O V COORDENADAS
X Y
V2 V3 13 023 S 16°42'00 E V3 526900 100 2349227 153
V3 V5 63 000 S 70°02 05 W V5 526840 886 2349205 641
V5 V6 13 138 N 6°42'00 W V6 526837 087 2349218 279
V6 V2 63 000 N 70° 1'12 E V2 526896 358 2349239 627
SUPERFICIE 824.468 m2.
CUADRO DE CONSTRUCCION -Z.M.O.
EST P V DISTANCIA R U M B O V COORDENADAS
X Y
0.0 0.15 0.30
0.45 0.45
0.60
0.90 0.75 1.0 1.30
1.60
X=26 86
1.90
2.10
Valores de referencia geodésico – cartográficos
‐Proyección Universal Transversa de Mercator
‐Datum WGS 84, Zona 16
‐Elevaciones batimétricas referidas al nivel baja mar inferior.
Levan ó:
OLIVER, CONSULTORES JURÍDICOS Y AMBIENTALES
DIRECTORA GENERAL L C. MARÍA EUGENIA OLIVER DOMÍNGUIEZ
Fecha:
Enero 2010 Clave de Plano:
DNY-TP-1 Plano:
PLANO TOPOGRÁFICO ÁREAS
5 10
1
metros UBICACIÓN
Y DE BATIMETRÍA Proyecto:
ATRACADERO DANY & DANI Isla Mujeres, Quintana Roo
Biol Emilio Ba ue a Ra h Ced o 289237
Biol Emilio Ba ue a Ra h Ced o 289237 Procesó:
Figura 3. Plano topográfico y de batimetría de las áreas a utilizar para el proyecto. Se anexa impresión de 90 x 60 cm en Anexo Planos.
CONSULTA PÚBLICA
II.1.4 INVERSIÓN REQUERIDA
La inversión total se estima en 500,000.00 pesos. No se calcula el tiempo de recuperación debido a que es para uso particular. El costo para aplicar medidas de prevención y mitigación se estima en 70,000.00 pesos.
II.1.5 DIMENSIONES DEL PROYECTO
Enseguida se especifican las superficies requeridas para el proyecto.
Cuadro de áreas en zona marítima
CONCEPTO ÁREA m2 %
Superficie total de Zona Marítima Operacional 824.47 100.00%
Pasarela (2 m x 58 m) 116
Palapas adosadas a la pasarela (2 de 5 m x 3 m) 30
T de 2 x 12 m 24
Total de instalaciones 170 20.62%
Superficie sin obras 654.47 79.38%
Cuadro de áreas en zona federal marítimo terrestre
CONCEPTO ÁREA m2 %
Área total zona f. marítimo terrestre 337.26 100.00%
Palapa rectangular de 6 x 12 72.00
Deck de 4x2 8.00
Total obras 80.00 23.72%
Superficie sin obras 257.26 76.28%
Cuadro de áreas de ocupación sobre las coberturas identificadas
COBERTURA VEGETAL SUPERFICIE
(m2)
ÁREA A OCUPAR (m2)
% / del tipo de cobertura ZONA TERRESTRE
Crecimiento secundario de matorral costero 257.39 72.00 27.97
Sin vegetación 78.87 8.00 10.14
ZONA MARINA*
Fondo marino de conchas muertas 92.46 18.75 20.28
Fondo predominantemente arenoso 205.58 42.82 20.83
9 II.1.6 USO ACTUAL DE SUELO Y CUERPOS DE AGUA EN EL SITIO Y COLINDANCIAS
El sitio del proyecto se encuentra bordeado por el noreste por la manzana 88, donde los lotes tienen actualmente usos habitacional, comercial y de servicios turísticos.
Por el noroeste y por el sureste el sitio se encuentra bordeado por áreas de zona federal marítimo terrestre incorporadas al Polígono B del recinto portuario concesionado por la SCT a la APIQROO. En dichas zonas los usos principales son los relacionados con el atraque de embarcaciones menores para turismo y para pesca.
Finalmente, por el suroeste se encuentra la zona marítima, que corresponde a la Bahía de Mujeres, la cual es utilizada para navegación, fondeo, atraque y abrigo por embarcaciones de pescadores locales y embarcaciones de recreo y deportivas.
II.1.7 URBANIZACIÓN DEL ÁREA Y DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS REQUERIDOS
El sitio del proyecto se encuentra en el área urbanizada de la isla, por lo que se cuenta con todos los servicios básicos.
Los servicios que serán requeridos por el proyecto, mismos que se encuentran disponibles en el sitio, son los siguientes.
Vías de acceso. Existen servicios de transporte marítimo de ruta a la isla desde Puerto Juárez, Punta Sam y Cancún. En tierra el predio de la promovente, junto al cual se pretende desarrollar el proyecto, colinda con la Av. Rueda Medina, la principal de la isla.
Agua potable. Se cuenta con el servicio público a cargo de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado de Quintana Roo (CAPA), la cual tiene instalada su red a lo largo de toda la isla.
Drenaje y tratamiento de aguas residuales. Se cuenta con el servicio de CAPA, la cual cuenta con red de acopio y plata de tratamiento en la Isla.
Energía eléctrica. Disponible en el sitio del proyecto, mediante la red de la CFE.
Limpia de residuos sólidos. Servicio público disponible mediante el sistema municipal, que cuenta con una estación de transferencia en la isla y un relleno sanitario en la zona continental.
Telefonía. Disponible mediante la red de Telmex.
II.2 CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL PROYECTO
En este apartado se presenta sintetizada la descripción de las obras principales del proyecto, el cual se realiza con materiales inertes o amigables con el medio, fácilmente retirables y que no requiere obras asociadas o provisionales por ubicarse en la zona urbana de Isla Mujeres.
CONSULTA PÚBLICA
II.2.1. PROGRAMA GENERAL DE TRABAJO
ACTIVIDAD SEMANA
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 PREPARACIÓN DEL SITIO
Colocación de malla geotextil CONSTRUCCIÓN
Hincado de pilotes Colocación de largueros Colocación de tablones Armado de palapas Techado de palapas
Instalación eléctrica-hidráulica
II.22 PREPARACIÓN DEL SITIO
Previo al inicio de los trabajos de construcción, se colocará una malla geotextil vertical en torno a toda el área en la cual se hincarán los pilotes para el embarcadero, para contener los sedimentos que serán temporalmente suspendidos con los trabajos, sobre todo por el hincado. La malla a colocar con luz de 0.150 mm, con una resistencia mínima a ruptura por pinchazo de 3,000 newtons y a ruptura por desgarramiento de al menos 400 newtons, con un porcentaje de elongación de 60% previo a la ruptura.
II.2.3 DESCRIPCIÓN DE OBRAS Y ACTIVIDADES PROVISIONALES DEL PROYECTO
En virtud de encontrarse en una zona urbana, y de contar con todos los servicios ya instalados en el predio contiguo, propiedad de la promovente, como sanitarios, agua potable, electricidad y espacio para colocar temporalmente los materiales, no se requieren obras provisionales para el proyecto.
Toda la madera paras las obras será adquirida ya tratada, para evitar la aplicación de tratamientos en el sitio del proyecto.
II.2.4 ETAPA DE CONSTRUCCIÓN Palapa circular y deck
Ambas estructuras serán hechas a partir de pilotes hincados en el suelo mediante los métodos constructivos de los palaperos de la zona, para lograr la estabilidad de la estructura por fricción, de modo que la carga se distribuya a lo largo de la superficie lateral del fuste; posteriormente se instalarán travesaños y sobre ellos el piso de
11 Embarcadero
Se trata de un embarcadero rústico de madera propio para embarcaciones menores (de hasta 40 pies de eslora y 6 pies de calado), con una superficie total de 170.00 m2, compuesta por los siguientes elementos.
Una pasarela de 2 m de ancho por 58 m de largo, en posición perpendicular a la línea de costa.
Una plataforma en T en el extremo, con ancho de 2 m y longitud de 12 m. Esta plataforma contará con un área de palapa en el centro, de 2 x 3 m, dotada de energía eléctrica.
Dos palapas laterales adosadas a la pasarela, a 10 m del arranque en la costa, construidas sobre pilotes, de 3 metros de ancho por 5 m de largo cada una. Estas palapas contarán con energía eléctrica, agua corriente y drenaje para un lavabo y un sanitario.
La construcción será de madera dura de la región de venta autorizada, de igual o mayor resistencia FY=100 Kg/cm2, para soportar una carga viva de 750 kg/m2 y al impacto producido por las embarcaciones a una velocidad de 0.50 m/s en el atraque. Se agrega plano con detalles de construcción en Anexo Planos.
El procedimiento de construcción se inicia con el hincado de los pilotes del atracadero, mediante la técnica de inyección de agua a presión en la base del pilote (sifoneo), con la ayuda de un compresor y una embarcación apropiada. Los pilotes serán hincados a una profundidad mínima de 2 m bajo el nivel del fondo del mar, con refuerzos entrecruzados para mantener la estabilidad de la estructura. La separación de los pilotes, de acuerdo a proyecto, será de 3 m.
Conforme avance la colocación de pilotes, se colocarán los cargadores y largueros, fijados a los pilotes con clavos y pernos galvanizados, con ayuda de herramienta y equipo menor.
Posteriormente se colocarán los tablones de piso, empezando de la zona de arranque del muelle hasta su extremo mar adentro. Los tablones para el piso tendrán una separación de 1 cm entre si y estarán asegurados con clavos galvanizados y reforzados.
5
2
3
58
2
3 12.03
Figura 4. Embarcadero.
CONSULTA PÚBLICA
Para la construcción de las palapas sobre la plataforma en T se colocará una estructura de columnas y vigas de madera de la región, sin muros, luego se colocará el techo de pasto o palma de procedencia legal, mediante hilos, anclándose con una red de hilo.
La base de las palapas a los lados de la pasarela serán construidas con el mismo procedimiento que el resto del embarcadero, y la superestructura será semejante a la de la palapa en la plataforma en T, pero adicionalmente se colocará en una de las palapas un servicio sanitario, con un inodoro y un lavabo, delimitado por paneles ligeros desmontables.
El embarcadero será dotado con instalación eléctrica dispuesta a través de tubería de PVC de media pulgada colocada debajo del piso, con salidas a registros de PVC y protección para los contactos, con tomas en las palapas y en la plataforma de atraque;
así como instalaciones hidrosanitarias en las palapas adosadas a la pasarela, con tubería de 2” de diámetro de CPVC de alta densidad para red hidráulica y de 3” de diámetro para la instalación sanitaria.
Finalmente, se colocarán balizas luminosas de leds con alimentación solar en los extremos exteriores de la plataforma de atraque, para señalamiento marítimo.
Como se indicó en el apartado de preparación del terreno, a modo de medida preventiva será colocada una malla geotextil en torno a la sección del proyecto en proceso de hincado de pilotes, para contener los sedimentos suspendidos durante el proceso de sifoneo y evitar su dispersión más allá del área de trabajo. Así mismo, al finalizar cada jornada de trabajo, se llevará a cabo una limpieza del lugar a manera de mantener permanentemente limpia el área, separando los residuos que se obtengan de la construcción.
13
CARAC ER S ICAS
DETALLES DE MUELLE DE MADERA
J
MAR CARBE
BAHIA DE MUJERES
Y
Y
Y
DETALLE PASO SUPERIOR PEATONAL DETALLE MUELLE DETALLE SOBRE NIVEL
DETALLE MUELLE DETALLE ISOMETRICO DEL MUELLE
12 540 26 0000
2 000
4 0000
V1 V2 26 000 S 70°11' 2" W V2 526896 358 2349239 627
V2 V3 13 023 S 16°42 00" E V3 526900 00 2349227 153
V3 V4 26 011 N 70°02 05" E 4 526924 548 2349236 034
V4 V1 12 954 N 6°43 54" W V1 526920 8 9 2349248 440
SUPERFICIE = 337 260 m2 CUADRO DE CONSTRUCC ON - Z F M T
EST P V D STANCIA R U M B O V COORDENADAS
X Y
V2 V3 13 023 S 6°42 00" E V3 526900 100 2349227 53
V3 V5 63 000 S 0 02'05" W V5 526840 886 2349205 641
V5 V6 3 138 N 6°42 00" W V6 526837 087 2349218 279
V6 V2 63 000 N 70° 1 12" E V2 526896 358 2349239 627
SUPERF C E = 824 468 m2 CUADRO DE CONSTRUCCION -Z M O
EST P V DISTANCIA R U M B O V COORDENADAS
X Y
0 0 15 0 30
0 45 0 45
0 60 0 90 0 75 1 0 1 30
1 60
1 2 0 000 S 70°02 05" W 2 526889 117 2349229 0 8
2 3 3 000 S 19 57'55" E 3 526890 142 2349226 98
3 4 5 000 S 70°02 05" W 4 526885 442 2349224 491
4 5 3 000 N 19°57 55" W 5 526884 4 8 2349227 3 0
5 6 3 000 S 70°02 05" W 6 526844 002 2349212 628
6 7 5 063 S 16°01'58" E 7 526845 401 2349207 762
7 8 2 003 S 70°03 28" W 8 526843 517 2349207 079
8 9 2 033 N 16°33 07" W 9 526840 089 23492 8 6 3
9 0 1 971 N 70°57 8" E 10 52684 952 23 9 19 256
0 1 4 938 S 1 °23'02" E 11 526843 428 2349214 544
1 2 43 000 N 0°02'05" E 12 526883 843 2349229 2 6
2 3 3 000 N 19°57 55" W 13 526882 819 2349232 046
3 4 5 000 N 0°02'05" E 14 526887 5 8 2349233 53
4 5 3 000 S 19 57'55" E 15 526888 543 2349230 933
5 6 0 000 N 0 02'05" E 6 526897 942 2349234 348
6 1 2 000 S 16 42'00" E 1 526898 516 2349232 432
SUPERF C E = 70 068 m2 CUADRO DE CONSTRUCC ON - MUELLE DE MADERA
EST P V D STANCIA R U M B O V COORDENADAS
X Y
2 0327
8 000
13 902
63 0000 1 90
2 10
5 0000 3 00 0
26 1 0
2 0032
Zona Marítimo Terrestre . . . .. . . 337.26 m2 Zona Marítima Operac onal . . . 82 . 7 m2
Levan ó:
OLIVER, CONSULTORES JURÍD COS Y AMBIENTALES
DIRECTORA GENERAL LIC. MARÍA EUGENIA OLIVER DOM NGUIEZ
Fecha:
Enero 2010 Clave de Plano:
DNY-PCON-1 Plano:
PLANO DE CONJUNTO Y ESTRUCTURAL ÁREAS
UBICACIÓN
Proyecto:
ATRACADERO DANY & DANI Isla Mujeres, Quintana Roo
Biol. Em lio Barrueta Rath Ced. Prof. 2892371
Biol. Em lio Barrueta Rath Ced. Prof. 2892371 Procesó:
Atracadero (en ZMO). . . .. . . 170.07 m2 Deck (en ZMT). . . 8.00 m2 Palapa (en ZMT) . . . 72.00 m2
5 10
1
Figura 6. Plano de conjunto y detalles constructivos del proyecto.
II.2.5 ETAPA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
Las instalaciones de que consta el proyecto están destinadas para uso particular de los propietarios de la promovente y de sus familiares, y consisten en el uso para abordar embarcaciones menores deportivas y de recreo, para abrigo de las mismas y para el disfrute de la zona litoral, ya que el sitio del proyecto es aledaño a la casa habitación de su propiedad.
Es de mencionar que no se dará ningún tipo de servicio ni mantenimiento a las embarcaciones referidas distinto al amarre y conexión de electricidad.
Así mismo, no se instalarán equipos como bombas de agua u otros en el sitio del proyecto, ya que los servicios de agua corriente y de drenaje serán conectados a los de la casa aledaña al sitio. Las instalaciones serán revisadas periódicamente para verificar su estado y asegurar su buen funcionamiento.
Todos los residuos generados por el consumo de alimentos en el sitio del proyecto serán colectados en botes cerrados en el predio aledaño propiedad de la promovente y retirados a la estación de transferencia de la isla.
En la zona terrestre, en virtud de que gran parte se encuentra desprovista de vegetación o con vegetación secundaria, se pretende ajardinar dichas áreas, colocando plantas de la zona como palmas de coco, pastos locales y procurando establecer macizos de vegetación de matorral costero, a fin de propiciar su permanencia y aprovechar la ventaja de que las especies propias de esos tipos de vegetación tienen menos exigencias en el mantenimiento, ya que están adaptadas a las condiciones de salinidad, hidrología y presencia de plagas. Las áreas verdes estarán sujetas a limpieza y trabajos de jardinería de manera permanente, para mantenerlas en óptimas condiciones.
II.2.6 DESCRIPCIÓN DE OBRAS ASOCIADAS AL PROYECTO
El proyecto no requiere obras asociadas. Los servicios de electricidad, agua corriente y drenaje simplemente serán conectados a los registros existentes en la casa habitación aledaña al sitio.
II.2.7 ETAPA DE ABANDONO DEL SITIO
No se prevé abandono del sitio, pues los materiales del proyecto podrán ser sujetos a mantenimiento y reemplazo conforme lo requieran. En caso de abandono, todos los materiales, básicamente madera, serán retirados del sitio y conducidos a donde indique la autoridad municipal, incluyendo la posibilidad de triturar los desechos de madera para
15 II.2.8 GENERACIÓN, MANEJO Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS Y EMISIONES
En la etapa de preparación no se prevé la generación de residuos, dado que los trabajos a realizar son breves en el tiempo y su ejecución no requiere la presencia continua de personal en el sitio, por lo que no se consumirán alimentos en el mismo.
En la etapa de construcción se generarán los siguientes residuos.
Residuos sólidos: Se prevé generar residuos de obra consistentes en restos de cortes de madera y aserrín, así como algunos residuos de metal de la tornillería, PVC de los ductos y restos de cables de la instalación eléctrica, todo en cantidades menores. Los residuos indicados serán separados en de acuerdo al tipo de material en bolsas bien identificadas, y retirados a la estación de transferencia de la isla para ser finalmente dispuestos en el relleno sanitario de la zona continental. Para los residuos metálicos y de ductos no se considera el reciclaje debido a que se trata de cantidades menores.
Así mismo, la presencia de trabajadores implicará la generación de residuos domésticos, los cuales serán acopiados en un bote con tapa y retirados a la estación de transferencia de la isla.
Residuos líquidos y sanitarios. Para el manejo de los residuos sanitarios producto de la presencia de trabajadores en el sitio del proyecto, se utilizarán las instalaciones sanitarias de la casa de la promovente, la cual cuenta con servicio público de drenaje, por lo que no se producirán dichos residuos dentro del área del proyecto.
Emisiones a la atmósfera. La mayor parte de los trabajos se realizarán de manera manual; sin embargo, en algunos momentos de la obra se usará un equipo de sifoneo para el hincado de pilotes y una sierra circular de mano para realizar cortes de ajustes finales a la madera, lo que ocasionará la generación de ruidos molestos, aunque limitados a horarios hábiles y a momentos muy puntuales del proyecto. Los mismos cortes podrían implicar la dispersión aserrín en la atmósfera, por lo que se cuidará que tales residuos sean recogidos y embolsados en cuanto se produzcan. Se cuidará de no realizar cortes sobre el agua.
En la etapa de operación se generarán residuos sólidos consistentes en desechos domésticos producto del consumo de alimentos y bebidas en las palapas, mismos que serán acopiados en botes, separando los materiales orgánicos de los inorgánicos, para ser retirados a la estación de transferencia de la isla.
Los residuos líquidos y sanitarios de la operación corresponden al uso de lavabos y sanitarios que se instalarán en las palapas, mismos que serán conducidos a registros ligados a la red hidrosanitaria de la casa que se encuentra en el predio aledaño al sitio, misma que está conectada al sistema de drenaje público.
No se prevé la generación de emisiones a la atmósfera directamente de las instalaciones del proyecto; sin embargo, la presencia de embarcaciones de motor que lleguen al embarcadero podría generar gases de combustión y partículas al aire, por lo
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que se cuidará que solamente permanezcan encendidos sus motores el tiempo estrictamente necesario para sus operaciones.
En la operación no se permitirán trabajos de mantenimiento mecánico, técnico o de pinturas a las embarcaciones, ni carga de combustible o lubricantes, para prevenir riesgos de derrames.
II.2.9 INFRAESTRUCTURA PARA EL MANEJO Y LA DISPOSICIÓN DE LOS RESIDUOS
Para el manejo y disposición de residuos sólidos, Isla Mujeres cuenta con una estación de acopio y transferencia, a cargo del gobierno municipal, de donde los residuos son trasladados a un relleno sanitario en la zona continental para su disposición final.
Los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento de todo el municipio se encuentra concesionado a la empresa Desarrollos Hidráulicos de Cancún, que usa como marca operadora el nombre de Aguakan, la cual tiene en la isla una planta de tratamiento de aguzas negras para atender las necesidades de la misma.
En ambos casos la capacidad instalada es suficiente para atender la demanda en la isla, la cual no es afectada por las cargas que representa el proyecto.
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III. VINCULACIÓN CON LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL
III.1 PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO LOCAL
De acuerdo con lo previsto en el Decreto del Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL) del Municipio de Isla Mujeres, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 9 de abril de 2008, el sitio del proyecto se localiza en la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) 7, que abarca la totalidad de las 403.45 hectáreas de la isla (Figura 7), con los siguientes usos.
Usos predominantes: Los establecidos en las regulaciones jurídicas de desarrollo urbano para la zona insular de Isla Mujeres.
Usos compatibles: Los establecidos en las regulaciones jurídicas de desarrollo urbano para la zona insular de Isla Mujeres.
Usos condicionados: Los establecidos en las regulaciones jurídicas de desarrollo urbano para la zona insular de Isla Mujeres.
Usos incompatibles: Aquéllos que se contrapongan a los usos establecidos en las regulaciones jurídicas de desarrollo urbano para la zona insular de Isla Mujeres o bien los que causen deterioro a los recursos y procesos prioritarios.
Como se indica, para determinar todos los usos, desde permitidos hasta incompatibles, el POEL remite a los instrumentos de ordenamiento del desarrollo urbano.
El POEL propone además porcentajes de aprovechamiento por tipo de uso para la mayoría de las UGA’s, con excepción de la que corresponden a centros de población, como es el caso de la UGA 7, donde también remite para ello a los Programas de Desarrollo Urbano vigentes.
La Política de la UGA 7 es de Aprovechamiento Sustentable, con los siguientes lineamientos:
Crear áreas verdes que eleven la calidad de vida de los habitantes.
Conservar las áreas verdes existentes.
Proteger los manglares presentes en la isla.
Rehabilitar y conservar los cuerpos de agua ubicados en zonas urbanas
Mantener las condiciones visuales del paisaje hacia la zona litoral.
Recursos y procesos prioritarios: Paisaje y playas, Suelo y agua, Áreas verdes.
La UGA está sujeta a dos tipos de criterios ecológicos, los de aplicación general a todo el POEL y los de aplicación específica para la UGA 7. En las páginas siguientes se reproducen dichos criterios y se señala su vinculación con el proyecto.
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Figura 7. Localización del proyecto respecto al POEL del Municipio de Isla Mujeres.
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CLAVE CRITERIO VINCULACIÓN CON EL PROYECTO
CRITERIOS ECOLÓGICOS DE APLICACIÓN GENERAL Recurso prioritario: Agua
CG‐01
Para la recarga de los acuíferos, en las superficies de predios que se pretendan utilizar para obras e instalaciones, se deberá permitir la filtración de aguas pluviales al suelo y subsuelo. Por tal motivo, las personas físicas o morales quedan obligadas a proporcionar un porcentaje del terreno a construir, preferentemente como área verde, lo que en su caso siempre será permeable, con los siguientes porcentajes: a) En predios con área menor a 100 metros cuadrados se destinará como mínimo 10 % de la superficie total del predio, b) En predios de 101 hasta 500 metros cuadrados, se destinará como mínimo 20 % de la superficie total del predio, c) En los lotes de 501 a 3,000 metros cuadrados, se destinará como mínimo 30 % de la superficie total del predio, y d) En los lotes de 3,001 metros cuadrados en adelante se destinará como mínimo 40 % de la superficie total del predio.
El área terrestre del proyecto, que corresponde a la zona federal marítimo terrestre, tiene una superficie de 337.26 m2, de los cuales solamente se ocuparán 80 m2 (23.72%) para una palapa y un deck, quedando 76.28% del área sin ocupar.
CG‐02 Se debe favorecer la captación del agua de lluvia como fuente alterna para el consumo humano y actividades domésticas.
El sitio del proyecto se encuentra en una zona urbana, con acceso a la red de agua potable.
CG‐03 No se permite verter hidrocarburos y productos químicos no biodegradables, al suelo, cuerpos de agua, ni al mar.
Se cuidará de no verter sustancias de ningún tipo al suelo o cuerpos de agua. No se permitirá dar servicio o mantenimiento a embarcaciones en el embarcadero.
CG‐04 Se promoverá la reutilización de las aguas residuales previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia de calidad de aguas.
Las aguas residuales serán canalizadas al drenaje municipal y la planta de tratamiento de Aguakan.
CG‐05
Los aprovechamientos que involucren el uso de agroquímicos deberán incluir un programa de monitoreo de la calidad del agua del subsuelo, previamente aprobado por la autoridad competente, a fin de detectar y prevenir la contaminación del recurso.
No usarán agroquímicos en la jardinería del proyecto.
CG‐06
Las aguas residuales (negras, azules, grises, jabonosas), no deben canalizarse a pozos de absorción de agua pluvial. Deberán disponerse a través del sistema de drenaje municipal o bien a través de algún sistema de tratamiento de aguas residuales cumpliendo en todo momento con la normatividad vigente aplicable.
Las aguas residuales serán canalizadas al drenaje municipal y la planta de tratamiento de Aguakan.
CG‐07 La ubicación de fosas sépticas debe dar cumplimiento a la NOM‐006‐CNA‐1997.‐ Fosas sépticas
prefabricadas, especificaciones y métodos de prueba. No se prevé construir fosas sépticas.
CG‐08 La construcción de obras e infraestructura para el drenaje pluvial deberá ser diseñada y autorizada de conformidad con la normatividad de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado.
En virtud del área terrestre sin ocupar, no se requieren obras para drenaje pluvial.
CG‐09 En todas las obras y/o actividades se debe separar la canalización del drenaje pluvial del drenaje
sanitario. El drenaje sanitario estará debidamente aislado.
CG‐10 Los usos autorizados deben incluir acciones para el ahorro del recurso agua, así como medidas de prevención de contaminación del manto freático.
Los lavabos y sanitarios del proyecto contarán con sistemas ahorradores de agua.
CLAVE CRITERIO VINCULACIÓN CON EL PROYECTO
CG‐11
Durante todas las etapas de las actividades autorizadas, se deberá contar con un programa integral de manejo de desechos sólidos y líquidos (minimización, separación, recolección y disposición final), que incluya medidas preventivas para el manejo y disposición adecuados de grasas, aceites e hidrocarburos. Dicho programa deberá ser previamente aprobado por la autoridad competente.
El proyecto sólo generará residuos domésticos que serán canalizados a la estación de
transferencia de la isla.
CG‐12 Para la construcción de vialidades se deben reconocer y respetar los flujos hidrológicos para
garantizar la hidrodinámica original del sitio.
Recurso prioritario: biodiversidad, flora y fauna
CG‐13
En el desarrollo de los usos de suelo y actividades permitidas, deberán plantearse como primera opción de aprovechamiento aquellos sitios que ya están abandonados por ejemplo: potreros, bancos de materiales para la construcción, así como las áreas desmontadas o con vegetación secundaria u otras áreas afectadas, salvo disposición legal en contrario.
El área terrestre del proyecto ha sido afectada con anterioridad y actualmente presenta cobertura de crecimiento vegetal secundario.
CG‐14
Cuando se pretenda la remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales Se debe obtener la autorización para el cambio de uso del suelo en terreno forestal, en los términos que indica la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
El proyecto no prevé eliminación de vegetación de terrenos forestales para un uso distinto. Las áreas verdes se mantendrán y mejorarán.
CG‐15
De acuerdo a lo estipulado en el Art. 28 de la LGEEPA y en su reglamento en materia de Impacto Ambiental, se deben realizar los estudios ambientales que a juicio de la autoridad evaluadora, se necesiten para identificar y valorar los impactos potenciales de las obras y actividades sobre los recursos naturales prioritarios y/o las poblaciones o comunidades de flora y fauna, a fin de determinar las medidas de prevención, mitigación y/o compensación correspondientes y en consecuencia dictaminar su viabilidad, poniendo especial énfasis en las etapas de operación y mantenimiento.
La presente manifestación de impacto ambiental da cumplimiento a este criterio.
CG‐16
En las áreas naturales deberán eliminarse los ejemplares de especies exóticas considerados como invasoras por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO). El material vegetal deberá ser eliminado mediante procedimientos que no permitan su
regeneracióny/o propagación.
Aunque se trata de un sitio con vegetación secundaria, se eliminarán los ejemplares de almendro (Terminalia catappa).
CG‐17
En la superficie del predio autorizada para su aprovechamiento, en forma previa al desmonte y/o a la nivelación del terreno, debe realizarse un Programa de rescate selectivo de flora y recolecta de material de propagación, a fin de aprovechar el material vegetal que sea susceptible para obras de reforestación, restauración y/o jardinería
El proyecto no requiere desmonte o nivelación.
CG‐18
Las actividades recreativas que se desarrollen en zonas de anidación y reproducción de la fauna silvestre con estatus de protección señalada en la normatividad federal aplicable, requieren de un programa cuyo objetivo sea el de preservar estos sitios.
El proyecto no se encuentra en zonas de anidación y reproducción de fauna silvestre protegida.
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CLAVE CRITERIO VINCULACIÓN CON EL PROYECTO
CG‐19
Previo al desarrollo de cualquier obra o actividad se deberá ejecutar un Programa de rescate y reubicación selectiva de fauna, poniendo especial atención a las especies protegidas y las de lento desplazamiento.
Por las dimensiones del proyecto y las características de las áreas a ocupar, no se requiere programa de rescate de fauna. En caso de hallarse cualquier ejemplar de especies protegidas o de lento desplazamiento, el biólogo a cargo de supervisar los trabajos hará el rescate y translocación correspondiente.
CG‐20
Para las actividades proyectadas que impliquen la afectación o alteración de poblaciones de especies incluidas en los listados de la Norma Oficial Mexicana NOM‐059‐SEMARNAT‐2001, se debe elaborar y ejecutar un programa de monitoreo de dichas poblaciones a fin de prevenir riesgos de
desplazamiento o eliminación de las mismas, así como alteraciones de las condiciones que hacen posible su presencia.
El desarrollo del proyecto no implica la alteración de poblaciones de especies incluidas en los listados de la Norma Oficial Mexicana NOM‐059‐SEMARNAT‐2001.
CG‐21
En el tratamiento de plagas y enfermedades deben manejarse productos que afecten
específicamente la plaga o enfermedad que se desea controlar, que sean preferentemente orgánicos o los estrictamente los autorizados por la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Substancias Tóxicas (CICOPLAFEST).
No se prevé la utilización de tratamientos para plagas.
CG‐22
El uso de agroquímicos y la disposición final de sus envases deberá seguir las indicaciones de la ficha técnica del producto en cuanto a dosis y frecuencia de aplicación, así como lo que establezca la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Substancias Tóxicas (CICOPLAFEST).
El proyecto no prevé el uso de agroquímicos.
CG‐23
Para evitar el fraccionamiento de hábitats, las autoridades correspondientes deberán desincentivar o en su caso condicionar estrictamente la construcción de nuevos caminos de acceso en Unidades de Gestión Ambiental con políticas de Preservación y Protección.
No aplica. El proyecto no incluye caminos de acceso.
CG‐24
Solo se permite la utilización de materiales vegetales de especies citadas en la NOM‐059‐
SEMARNAT‐2001, cuando sean obtenidas a través de Unidades de Conservación, Manejo y
Aprovechamiento sustentable de la vida silvestre (UMAs), u otro esquema regulado por la autoridad competente.
No aplica.El proyecto no prevé aprovechamiento de especies o materiales de plantas incluidas en la NOM‐059‐SEMARNAT‐2001.
CG‐25
Toda la información ambiental generada por las actividades autorizadas en sus diferentes etapas, incluyendo las que se realicen dentro de los límites de las Áreas Naturales Protegidas, deberá ser incorporada a la bitácora ambiental, con la frecuencia y organización que establezca el Comité de Seguimiento del POEL.
El contenido de la presente manifestación estará disponible en SEMARNAT para que cualquier información de la misma sea incorporada en la bitácora ambiental del POEL.
CG‐26
La fauna silvestre capturada y/o rescatada en la superficie de aprovechamiento autorizada podrán ser liberada en las Unidades de Gestión Ambiental con política ambiental de Preservación y Protección, en ecosistemas semejantes a los de su hábitat natural, siempre y cuando no presenten daños severos de salud y no hayan permanecido en cautiverio prolongado. Para lo anterior se deberá contar con la aprobación de la autoridad ambiental competente.
El predio del proyecto, en una zona urbana y costera de uso intensivo, carece de fauna silvestre, pero en caso de hallarse se informará a la autoridad y se solicitará el permiso para su translocación.
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CLAVE CRITERIO VINCULACIÓN CON EL PROYECTO
CG‐27
En las Unidades de Gestión Ambiental con política ambiental de Preservación y Protección, el volumen de sonido que emitan fuentes fijas y móviles, no deberá rebasar los límites máximos de los decibeles registrados generados por la misma naturaleza, de acuerdo a estudio sonométrico que realice el promovente del proyecto.
No aplica. El proyecto no se ubica en UGAs con política de Preservación o Protección.
CG‐27
Las autoridades competentes deben priorizar el pago de servicios ambientales en aquellas Unidades de Gestión Ambiental con políticas de Preservación, Protección y Restauración donde se incluye este uso.
No aplica. El proyecto no se ubica en UGAs con política de Preservación, Protección o
Restauración.
CG‐28 Con la finalidad de que la fauna silvestre se desplace libremente, no deben establecerse barreras físicas u obstáculos que impidan el paso entre las áreas naturales de predios colindantes.
El proyecto no colinda ni contiene áreas naturales, salvo por el poniente, donde colinda con la Bahía de Mujeres, donde no se
establecerán barreras que impidan el paso de la fauna.
CG‐29
Del mes de mayo al mes de septiembre, los propietarios de predios colindantes con playas arenosas y los concesionarios de la zona federal marítimo terrestre en playas arenosas, a fin de proteger las poblaciones de tortugas marinas deberán: a. Asesorarse y coordinarse con la autoridad competente para la protección de los sitios de anidación de la tortuga marina, b. Evitar la iluminación directa al mar y zona de playa. La iluminación deberá ser color ámbar, de baja intensidad y estar cubierta por un difusor, c. La limpieza de playas únicamente podrá realizarse en forma manual utilizando rastrillos con penetración máxima de 5 centímetros de profundidad en la zona de anidación, d.
Retirar del área de playa, de las 18:00 a las 6:00 horas del día siguiente, todos los bienes móviles que puedan constituir un obstáculo para el arribo de la tortuga, e. Abstenerse de encender fogatas en el área de playa.
No aplica, el área del proyecto, en el interior de la bahía, no consta de playas arenosas ni se tienen registros de arribazón de tortugas marinas.
Recurso prioritario: Suelo y subsuelo
CG‐30 No se permite la transferencia o traspaso de superficies de aprovechamiento de una unidad de gestión ambiental a otra, así como de una zonificación urbana a otra.
No aplica. No se prevé traspasar derechos de aprovechamiento entre áreas.
CG‐31
El uso de material pétreo, sascab, caliza, tierra negra, tierra de despalme, madera, materiales vegetales y/o arena, deberá provenir de fuentes y/o bancos de material autorizados por la autoridad competente conforme a la legislación vigente en la materia correspondiente.
Cualquier material pétreo o tierra que se
requiera para el proyecto se obtendrá de fuentes o viveros autorizados y se acreditará con las notas o facturas correspondientes.
CG‐32 La disposición final de residuos sólidos únicamente podrá realizarse de acuerdo con la normatividad aplicable y en los sitios y condiciones que determine la autoridad responsable.
Los residuos sólidos serán canalizados al sistema de limpia municipal.
CG‐33
Para el desarrollo de usos condicionados se debe elaborar y ejecutar un programa de monitoreo ambiental sobre los recursos y procesos prioritarios. Los resultados deberán entregarse a la autoridad ambiental correspondiente para su incorporación a la bitácora ambiental, bajo la periodicidad que determine dicha autoridad.
Las palapas y embarcaderos corresponden a usos permitidos en la Declaratoria de Usos, Destinos y Reservas de Isla Mujeres. El proyecto no afecta recursos y procesos prioritarios de la UGA 7.
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CLAVE CRITERIO VINCULACIÓN CON EL PROYECTO
CG‐34 Para el aprovechamiento de predios en los que se encuentren vestigios arqueológicos deberá contarse con autorización previa del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
No aplica en el predio no se hallan vestigios arqueológicos.
CG‐35
Los campamentos de construcción o de apoyo deben: a) Contar con al menos una letrina y una regadera por cada 15 trabajadores. b) Incluir un área específica y delimitada para la elaboración y consumo de alimentos. c) Un programa de manejo, almacenamiento, retiro, transporte y disposición final de los residuos sólidos urbanos generados. d) Un programa de manejo, almacenamiento, retiro, transporte y disposición final de los residuos sólidos peligrosos, avalado por la autoridadcompetente y por la Dirección Municipal de Protección Civil. e) Garantizar techo y servicios básicos para la totalidad de los trabajadores. f) Garantizar el transporte para los trabajadores que se trasladan fuera del área de aprovechamiento, una vez concluida la jornada laboral.
El proyecto no requiere campamento de construcción.
CG‐36
La superficie de aprovechamiento prevista en otros instrumentos, cuando sean diferentes o en casos especiales a los contemplados en este programa de ordenamiento, podrá incrementarse siempre y cuando se demuestre en forma fehaciente a través de estudios técnicos y científicos que los
impactos ambientales generados por dicha modificación, son menores a los previstos. En estos casos, los estudios técnicos se someterán al análisis y aprobación por parte de las autoridades
correspondientes en el ámbito de su competencia.
No se prevén superficies de aprovechamiento distintas a las contempladas en el POEL.
CG‐37
La superficie de aprovechamiento señalada para cada Unidad de Gestión Ambiental será aplicada a nivel de predio de manera proporcional a su superficie, y debe considerar e incluir la presencia de vialidades.
Se considera este criterio en el cómputo de áreas. El proyecto no incluye vialidades.
CG‐38 En predios donde se desarrollan ecosistemas de manglar, se debe dar cumplimiento a lo establecido en la NOM‐022‐SEMARNAT‐2003 y la Ley General de Vida Silvestre.
En virtud de que el proyecto se asienta en la Bahía de Mujeres, se dará cumplimiento a ambos ordenamientos.
CG‐39 Se permite el establecimiento de asentamientos humanos únicamente cuando estén relacionados con las actividades productivas autorizadas y usos de suelo permitidos.
No aplica. El proyecto no incluye establecimiento de asentamientos humanos nuevos.
CG‐40 Se prohíbe la creación y establecimiento de nuevos centros de población fuera de los límites de los programas de desarrollo urbano vigentes.
No aplica. El proyecto no prevé el
establecimiento de nuevos centros de población.
CRITERIOS ECOLÓGICOS DE APLICACIÓN ESPECÍFICA PARA LA UGA 7 Paisaje y playas.
U7‐1
Para garantizar el acceso y disfrute de los espacios naturales como bien común; tales como dunas costeras, playas, manglares, mar, entre otros, la autoridad municipal debe elaborar e instrumentar un programa de equipamiento e imagen urbana que asegure la visual paisajística de los espacios
naturales, el acceso público a las zonas federales y su correspondiente equipamiento.
No aplica. Este criterio corresponde a actuaciones de la autoridad municipal.
CONSULTA PÚBLICA
CLAVE CRITERIO VINCULACIÓN CON EL PROYECTO U7‐2
Las autorizaciones municipales para el uso de suelo en los predios colindantes a la zona federal marítimo terrestre y las concesiones de zona federal marítimo terrestre otorgadas por la Federación, deben ser congruentes con la conservación de los recursos y procesos naturales prioritarios de la zona.
No aplica. Las áreas del proyecto forman parte de un recinto portuario, bajo jurisdicción de la SCT y concesionado a la APIQROO.
U7‐3
Para recuperar el paisaje y compensar la pérdida de vegetación en las zonas urbanas, en las actividades de reforestación se deben usar de manera prioritaria especies nativas acordes al entorno natural circundante.
Para el jardinado y forestación del área terrestre del proyecto se usarán especies nativas propias del matorral de duna costera.
U7‐4
Dentro de las áreas urbanas en la porción Norte de la Isla, a partir de la boca de la Laguna Macax y hasta Punta Norte, en la zona federal marítimo terrestre, los terrenos ganados al mar y sus predios colindantes, se prohíbe la construcción de infraestructura, obras e instalaciones permanentes que desde el Boulevard Rueda Medina, impidan la visibilidad paisajística y/o acceso libre a la playa.
No aplica. El proyecto no se ubica en la porción de la isla a que se refiere este criterio.
U7‐5
En la costa oriental de Isla Mujeres, en la zona federal marítimo terrestre, en los terrenos ganados al mar y sus predios colindantes, se prohíbe la construcción de infraestructura, obras e instalaciones permanentes y semifijas que impidan la visibilidad paisajística y/o acceso libre a la playa desde la carretera perimetral.
El proyecto no colinda o contiene zonas de playa. De cualquier modo, no se establecerán obras que impidan la visibilidad paisajística U7‐6 En la zona conocida como Punta Sur, dentro del polígono de la zona arqueológica, se prohíbe la
construcción de nuevas edificaciones que afecten la vegetación remanente original.
No aplica. El proyecto no se ubica en la zona de Punta Sur.
U7‐7
Todas las actividades previstas dentro de la zona conocida como Punta Sur deben respetar la vegetación original remanente y deben promover la reforestación con especies propias de este sitio excepcional.
No aplica. El proyecto no se ubica en la zona de Punta Sur.
U7‐8
Los establecimientos no industriales que generen emisiones de contaminantes atmosféricos por fuentes fijas, deberán instalar trampas y filtros para controlar y dirigir las emisiones a la atmósfera (chimeneas).
NO aplica. El proyecto no incluye fuentes de contaminantes atmosféricos. Únicamente se incluyen instalaciones de cocina para consumo doméstico para los habitantes de la casa en el predio colindante.
U7‐9
Para favorecer el arribo y desove de tortugas marinas, los desarrolladores de infraestructura urbana y turística localizada en zonas colindantes a playas de anidación de tortugas marinas no podrán introducir vehículos automotores a estos sitios, ni encender fogatas, ni dirigir luces intensas a la playa durante los meses de anidación, que van de Mayo a Septiembre.
No aplica. El proyecto no se localiza o incluye playas de anidación de tortugas marinas.
Suelo y Agua
U7‐10
Para evitar riesgos de contaminación y daños a la salud humana, la descarga de aguas residuales derivadas del uso doméstico sólo puede realizarse a través de la red municipal de drenaje y alcantarillado, siempre y cuando estas aguas cumplan con lo dispuesto en las disposiciones legales aplicables.
La descarga de aguas residuales domésticas se hará a través de la red municipal de drenaje.