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Normas Tributarias

In document UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL (página 68-80)

2.2. Fundamentos o Bases Teóricas

2.2.1. Auditoria Tributaria Preventiva

2.2.1.11. Normas Tributarias

- Agente de Retención o Percepción.-Son aquellos sujetos designados como tales que por razón de su actividad, función o posición contractual estén en posibilidad de retener o percibir tributos y entregarlos al acreedor tributario (DS 133, 2013)

d. Extinción de la obligación tributaria

Resolución de la administración tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa menciona que la obligación tributaria se extinguirá por distintos medios como:

- Pago

- Compensación - Condonación

- Consolidación (DS 133, 2013, art.27)

2.2.1.11. Normas Tributarias

La norma Jurídica no es un elemento; sin embargo, que exista sola, requiere de una fuente de donde emane, es decir, existen fuentes que crean normas jurídicas. Las fuentes son cinco: la legislación fuente por excelencia, la jurisprudencia, la doctrina, la costumbre y la expresión de voluntad.

Creada la norma tributaria, debe ser aplicada al caso concreto; ello implica tres supuestos:

- Que la norma es lo suficiente clara y no existe dificultad en su aplicación, sólo cabe su cumplimiento.

- Que la norma no sea clara o siendo clara su aplicación es difícil; en este supuesto dicha norma debería ser “interpretada”.

- Que no exista norma para el caso concreto, es decir, que exista un vacío o laguna jurídica; en este caso deberá recurrirse a la figura jurídica de la

integración”. (p.363)

b. Interpretación de la Norma Tributaria

Obregon (2015) En su revista titulada “La interpretación e integración de la norma tributaria” menciona que “La interpretación es necesaria cuando

existiendo norma jurídica, ésta no es clara o cuando siendo la norma clara, su aplicación es difícil” (p.363)

Al aplicar las normas tributarias podra usarse todos los metodos de interpretacion admitidos por el derecho. En via de interpretacion no podra crearse tributos, establecer sanciones, concederse exoneraciones, ni entenderse las disposiciones tributarias a personas o supuestos distintos señalados en la Ley (Decreto Supremo Nª133, 2013, pág. Norma.VIII)

c. Facultades de interpretacion de la SUNAT:

Obregon (2015) Menciona que:

La SUNAT tiene la facultad de sugerir la reglamentación de las normas tributarias gracias a la Ley 24829 en su artículo 2; de acuerdo al DL 501 ley general de la SUNAT; tiene como función proponer la reglamentación de las normas tributarias así como participar en la elaboración y también tiene la función de sistematizar y ordenar la legislación vinculada con los tributos que administra.

La administración tributaria puede dictar normas generales de materia tributaria, absolver consultas por lo que publicadas en el diario oficial “el peruano” son de carácter obligatorio y dictar medidas de organización

interna”. Tales normas generales podrían ser reglamentarias esto gracias al estatuto de la SUNAT aprobado por el D.S 032-92-EF.

RS 092-95/SUNAT (19.11.95) establece lo siguiente:

- Resoluciones de Superintendencia: mediante estas resoluciones se establecerán obligaciones de los contribuyentes o responsables dentro de la competencia de la SUNAT.

- Directivas: establecerán instrucciones y procedimientos tributarios que deban ser de conocimiento de los contribuyentes o responsables para el mejor cumplimiento de sus obligaciones tributarias, también mediante las directivas se interpretan de manera general el sentido y alcance las normas tributarias.

- Informes: La SUNAT da respuestas a las consultas formuladas por las entidades representativas para determinar el sentido y alcance de las normas tributarias, estas respuestas por parte de la administración tributaria están amparadas en los artículos 93º, 94º y 95º del Código tributario por lo tanto la Administración tributaria debe proceder a la elaboración del proyecto de ley o reglamento en ese sentido tiene la facultad de interpretar las normas, pero si existe deficiencia y o falta de

precisión no puede interpretar, y en ese caso se hace necesaria la promulgación de una ley o un reglamento.

d. Integración de la norma tributaria

La integración jurídica es, entonces, la creación de normatividad recurriendo a los medios que el derecho ofrece para llenar las lagunas jurídicas, cuando no existe norma jurídica aplicable a algún caso concreto; es decir, el recurrir a la integración presupone la no existencia de norma tributaria, lo cual implica la existencia de un vacío legal y ante el principio de que “Los Jueces no pueden dejar de administrar Justicia ante vacío o deficiencia de la Ley” se tiene que proceder a la “Integración Jurídica” para lo cual recurrimos a la analogía: consiste en aplicar una norma tributaria a un hecho o supuesto diferente al que la norma contempla (Obregon Sevillano, 2015, pág. p.14)

-

e. Fuentes de derecho tributario Son fuentes del Derecho Tributario:

- Las disposiciones constitucionales;

- Los tratados internacionales aprobados por el Congreso y ratificados por el Presidente de la República;

- Las leyes tributarias y las normas de rango equivalente;

- Las leyes orgánicas o especiales que norman la creación de tributos regionales o municipales;

- Los decretos supremos y las normas reglamentarias;

- La jurisprudencia;

- Las resoluciones de carácter general emitidas por la Administración Tributaria;

- La doctrina jurídica.

Son normas de rango equivalente a la ley, aquéllas por las que conforme a la Constitución se puede crear, modificar, suspender o suprimir tributos y conceder beneficios tributarios. Toda referencia a la ley se entenderá referida también a las normas de rango equivalente. (Decreto Supremo Nª133, 2013, pág. Norma.III)

f. Ley Marco del Sistema tributario nacional

Esta ley se aprobó mediante el Decreto Legislativo Nª 771 publicada el 31.12.1993 con el objetivo de aumentar la recaudación. En este Ley detalla esquemáticamente el dispositivo que regula la materia tributaria en general

“Código tributario” y todos los tributos por parte del gobierno central, local y otros tributos.

Código tributario:

Tributos: se dividen en tres

- Gobierno Central:

- Impuesto a la renta

- Impuesto general a las ventas - Impuesto selectivo al consumo - Régimen único simplificado - Impuesto especial a la minería

- Aportaciones al seguro social de salud ( Essalud)

- Aportaciones a la oficina de normalización previsional (ONP) - Derechos arancelarios

- Regalías mineras

- Gravamen especial a la minería

- Tasas de prestación de servicios públicos

- Gobierno Local:

- Impuesto predial - Impuesto a la alcabala - Impuesto a los juegos - Impuesto a las apuestas

- Impuesto al patrimonio vehicular

- Para otros fines:

- Contribuciones de seguridad social, de ser el caso - Contribución al fondo nacional de vivienda –Fonavi

- Contribución al servicio nacional de capacitación para la industria de la construcción - SENCICO (Decreto Legislativo Nº 771, 1993)

g. Marco normativo de la auditoria tributaria.

Constitución política del Perú:

Flores (2012) Menciona que el artículo 74 de la presente constitución

“principios y potestades tributarias” refiere:

Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo. Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona.

Ningún tributo puede tener carácter confiscatorio. Las leyes relativas a tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de enero del año siguiente a su promulgación. No surten efecto las normas tributarias dictadas en violación de lo que establece el presente artículo (p.16)

Código tributario

Es un dispositivo legal aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF publicado por el diario peruano el 19.08.1993, este dispositivo regula la materia tributaria global; “establece los principios generales institucionales, procedimientos y normas del ordenamiento jurídico-tributario” por lo que se divide en cuatro libros partiendo desde la obligación tributaria, La administración tributaria y los administrados, procedimiento administrativo y por ultimo las infracciones, sanciones y delitos.

Flores (2012) menciona algunos articulos importantes a tomar en cuenta en la realizacion de una auditoria tributaria, el autor se enfoca en los articulos Nº 59, 60 y 61 del capitulo II “ facultades de determinacion y fiscalizacion”

En el articulo 59 se determina la obligacion tributaria por el deudor tributario cuando verifica la realizacion del hecho generador de la obligacion tributaria,señala la base imponible y la cuantia del tributo; asi mismo la determinacion de la obligacion tributaria por parte de la administracion tributaria es cuando verifica la realizacion del hecho generador de la obligacion tributaria, identifica al deudor tributario, señala la base imponible y la cuantia del tributo asi mismo en el articulo 60 indica que la determinacion de la obligacion tributaria se incia por la declaracion del deudor tributario y por la administracon tributaria;por propia iniciativa o denuncia de tercero y en el articulo 61 indica que la determinacion de la

obligacion tributaria efectuada por el deudor tributario esta sujeta a fiscalizacion o verificacion por la administracion tributaria, la que podra modificarla cuando constate la omision o inexactitud en la informacion proporcionada, emitiendo la resolucion de determinacion, orden de pago o resolucion de multa.(pp.16-17)

Ley del Impuesto a la Renta

Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 179-2004-EF publicado por el diario peruano el 08.12.2004 esta ley menciona que el impuesto a la renta grava las rentas que provengan del capital, trabajo y la aplicación conjunta (capital y trabajo) que serían las rentas empresariales.

Flores (2012) Menciona algunos artículos importantes para tomar en cuenta en un proceso de auditoria tributaria, el autor se enfoca en el artículo 65 “obligación de llevar contabilidad

En este articulo Nº 65 se menciona que los obligados a llevar contabilidad son los perceptores de rentas de tercera catogoria cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT por lo que deberan llevar como minimo un registro de ventas, compras y libro diario de formato simplificado; los demas perceptores deberan llevar contabilidad completa.(p.17)

Ley del Impuesto general a la ventas

Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF publicado por el diario peruano el 16.04.99; el IGV es un impuesto indirecto que afecta al consumidor del bien o servicio.

Flores (2012) Menciona algunos articulos importantes a tomar en cuenta en el proceso de auditoria tributaria asi mismo el autor se enfoca en el articulo 37 del capitulo x “de los medios de control de los registros y los comprobante de pago”

En este articulo Nº 37 trata acerca de los registros y medios de control, indica que los contribuyenes del impuesto estan obligados a llevar un registro de ventas y compras en los que se anotara las operaciones que realicen las empresas.(p.19)

Ley penal tributaria

Ley aprobado por Decreto Legislativo Nº 813 publicado por el diario peruano el 20.04.96 esta ley menciona todas las acciones que son considerados delitos y defraudación tributaria por parte del contribuyente.

Flores (2012) Menciona articulos importantes de la ley a tomar en cuenta en el proceso de auditoria tributaria asi mismo el autor se enfoca en el articulo

1 y 2 habla acerca de la defraudacion tributaria y el articulo 5 que habla acerca del delito contable.

En el articulo Nº 1 de la ley menciona que sera reprimido con pena privativa de la libertad quien deja de pagar el tributo valiendose del engaño o fraude;

y el articulo 2 indica que las modalidades de defraudacion tributaria reprimidas con pena `privativa de la libertad es ocultar los ingresos para anular o reducir el tributo a pagar asi como no entregar al acreedor tributario el monto de retenciones y percepciones de tributos en los plazos establecidos.asi mismo en el articulo Nº 5 de la ley menciona que sera reprimido con pena privativa de la libertad quien estando obligado por norma llevar los libros y registros contables destruya u oculta los libros, realice anotaciones falsas, y oculta informacion en los libros.(pp.29-20)

Ley general de sociedades Ley Nª 26887

Flores (2012) Menciona articulos importantes de la ley a tomar en cuenta en el proceso de auditoria tributaria asi mismo el autor se enfoca los articulos Nº 190, 221, 223, 226 y 227 del capitulo II “gerencia”

En el articulo 190 menciona que el gerente responde a la sociedad, los accionistas y terceros por los daños y perjuicios que ocacione por el incumplimiento de sus obligaciones, dolo, abuso de facultades negligencia grave asi mismo en el articulo Nº 221 “ memoria y informacion financiera”

menciona que finalizado el ejercicio el directorio debe formular la memoria , estados financieros y la propuesta deaplicacion de las utilidades en caso de haberla, estos documentos deben ser claros y precisos y en el articulo Nª 223 menciona que los estados financieros se preparan y presentan de conformidad con las dispocisiones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptado en el pais, en el articulo Nº 226 menciona acerca de la auditoria externa que de acuerdo a la junta general adoptado por el 10% de las acciones suscritas con derecho a voto, puede disponer que las SA tenga auditoria externa anual y finalmente en el artiulo Nº 227 menciona acerca de las auditorias especiales donde las sociedades que no cuenten con auditoria externa permanente , los estados financieros son revisados por los auditores externos, si a si lo solicitan los accionistas que representen no menos del 10% del total de las acciones suscritas con derecho a voto. (pp.21-22)

2.2.2. Riesgo Tributario

In document UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL (página 68-80)