Mimen 60
PRECIOS DE SUSCRICION
( Por un trimestre. . Peseta'. 4
EN LA CAPITAL.. . . . l Por un semestre. 7 ( Por un año
( Por un trimestre
1254:,(i
FUERA DE LA CAPITAL. : Por LID semestre. 9
( Por un ario 15 Los edictos y sentencias de los Juzgados y Tribunales que se inserten en este periódico, y no sean de oficio, paga-
i41 25 céntimos de peseta por línea.
130M OFICIAL
Lunes 19 de Mayo de 1890 25 cabos
PRECIOS DE ANUNCIOS
Loe anuncios particulares que se quieran insertar en eJ BOLETÍN, previa lieen ei a del Exemo.Sr. Gobernador, pagaran:
De 1 á 6 líneas, primera vez Pesetas. 1
ve 7 á 15 idem 1'50
De 16 á 30 idem 2
De 30 en adelante, precio convencional; por cada repsti- eión, la mitad.
Se publica los Lunes, Miereoles y Viernes.—Las rede- l:camiones al Director de la Imprenta D. Rafael Serna Lópe7.
PROVINCIA DE ALBÅCTE
HCCIA DE LA GACETA
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
S.
MM. el REYy
la REINARegente
(Q.
D. G.) y Augusta' Real Familia con- tinúan ea esta Corte sin novedad en su importante salud.
(Gaceta del día 1S.)
_SECt-,-101U DE LiiPROkHMCu
GOBIERNO CIVIL
CIRCULAR NÚMERO 98
— PRESUPUESTOS
No habiendo cumplido los Ayuntamientos que á continuación se relacionan con mi circu- lar, núm. 78, iuserta en el BOLETÍN OFICIAL, co- rrespondiente al lunes 14 de Abril último, re- mitiendo á este Gobierno los presupuestos mu- nicipales ordinarios que han de regir en el pró- ximo año económico de 1890-91, como determi- na el art. 150 de la ley Municipal, á pesar de haber transcurrido con exceso el plazo que al efecto en la misma so las concedió, he acorda- do imponer á cada uno de ellos el máximum de la multa que tiene señalada la escala del art. 184 de dicha ley, que harán efectiva en el papel correspondiente y en el plazo de diez días;
sin perjuicio de exigirles las demás responsabi- lidades á que se hicieren acreedores por la mo- rosidad en dicho servicio.
Relación de los, Ayuntamientos que se citan.
Masegoso.
Minaya.
Montealegre.
Manera.
Návas de Jorquera.
Ontur.
Ossa de Montiel.
Peñascosa.
Pozohondo.
Pozo Lorente.
Recueja.
Robledo.
Salobre.
San Pedro, Tobarra.
Valdeganga.
Villa de Ves.
Vianos.
Villapalacios.
Villarrobledo.
Villaverde.
Viveros.
Albacete 18 de Mayo de 1890.
El Gobernador,
Francisco Ballestere.,
CIRCULAR NÚ151ŠR0 99
—
Haciendo uso de las facultades que me con- fiere el art. 4.° del Real decreto de 11 de Marzo de 1886, he prestado mi aprobación al presu- puesto y repartimiento de atenciones carcelarias del partido judicial de Yeste, corrdspondiente al próximo año económico de 1890 á 91, disponien- do se inserte en este periódico oficial, para co- nocimiento de los Alcaldes de los pueblos que comprende el referido partido, encargándoles la mayor puntualidad en el pago de las canti- dades que á cada localidad corresponden.
Albacete 13 de Mayo de 1890.
El Gobernador,
Francisco Ballesteros.
«Provincia de Albacete.—Partido judicial de Yeste.—Presupuesto de gastos é ingresos de la cárcel de este partido judicial para el el año económico de 1890-91_
GASTOS Pesetas.
CAPÍTULO 1—Sueldos del personal.
Alcaide. 750
Portero 182 50
Asistencia facultativa. 375
Sangrador 50
Depositaria: 15 al millar.. 50
CAPÍTULO II--41,/ateriat del estableci- miento.
Gastos del alumbrado. 46
Escritorio 60
Limpieza de lugares inmundos. . 20
GASTOS Pesetas.
CAPÍTULO Hl—Manutención de pre- sos pobres.
Para la manutención de 7 presos diarios que se calculan, al respec- to cada socorro de 45 céntimos de
peseta. 1 149 75
Medicamentos 187
Socorros á presos transeuntes. . 30
Bagajes. 30
CAPÍTULO IV --Audiencia del Juzgado.
Mobiliario y enseres de dicha au-
diencia 30
Alquiler de la casa audiencia del
Juzgado. . . . .. 500
CAPÍTULO V—Imprevistos.
Por los extraordinarios urgentes que
puedan.ocurrir 123
TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS. . 3.583 25
•
INGRESOS—Capitulo único.
Por el importa del reparto que se acompaña, ejecutado sobre todos los pueblos del partido tomando por base las cuotas que satisfacen
al Estado por contr ibución directa. 3.583 60
TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS.. 3.583 60 Alnatana.
Alborea.
Alcaraz.
Bala de
Vés.
Ballestero.
Barrax.
Bienservida.
Vlogarra.
Casas de Juan Naez.
Casas de Lázaro.
Cenizate.
Cotillas.
Chinchilla.
Elche de la Sierra, uensanta.
Hellín.
Herrera (La).
Hoya Gonzalo.
Letur.
Lezuza.
Lietor.
Madrigueras.
REPARTIMIENTO que se ejecuta de la cantidad de 3.583 pesetas 60 céntimos, necesaria para cubrir el precedente presupuesto de gastos entre todos los pueblos del partido, tomando por base las cuotas que por contribución, directa satisfacen. al Estado, segién está prevenido por las disposiciones que rigen en, la materia.
CONTRIBUCIÓN DIRECTA TOTAL CANTIDAD
que Corresponde
QUE SATISFACEN AL ESTADO POR
base imponible corresponde
pagar al
PlITEBLOS Inmuebles. Subsidio. del reparto. á cada pueblo
por el año. trimestre.
— —
Pesetas. Pesetas. Pesetas. Pesetas. Pesetas.
Yeste. 38.061 68 1.941 40.002 68 760 05 190 01
Nérpio. 36.640 67 842 37.482 67 712 17 178 04
Elche 28.649 73 1.130 50 29.780 23 565 82 141 46
Letur. 19.947 16 260 25 20.207 41 383 94 95 98
Socobos 18.204 37 734 18.938 37 359 82 89 96
Molinicos. 15.255 66 437 15.692 66 298 16 74 54
Férez. 12.894 80 572 13.466 80 255 86 63 97
Ayna. . 12.892 51 149 13.041 51 247 78 61 94
TOTALES.. 182.546 58 6.065 75 188.612 33 3.583 60 895 90
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
2 hiena Oficial de la Provincia de Albacete
RESUMEN Pesetas.
Se han repartido 3 583 60
Han debido repartirse. 3 583 25
Repartido de más. 0 35
Resulta que siendo la cantidad repartible 3.583'25 pesetas y la base 188.612'33, sale gravada al respecto de 1'90 pesetas por 100, cuyas cuotas deberán hacerse efectivas por tri- mestres anticipados, remitiéndose por duplica- do este presupuesto a. la Superioridad para los efectos marcados en la legislación vigente.
Yeste 22 de Abril de 189 0. —El Alcalde, Juan Ramón Mulero.—E1 Secretario, José Ló- pez Amo.»
se halle inserta la presente circular, me darán aviso á vuelta de correo.
Albacete 16 de Mayo de 1890.
SI Geb•rnador, Presidente,
Francisco Ballesteros.
DIPUTACIÓN DE ALBACET
COMISION PROVINCIAL
— Anuncio.
El
día 20 del mes de Junio próximo, álas
doce de la mañana, se celebrará en el salón de este Palacio provincial, destinado al efecto, bajo la presidencia del Excme. Sr. Gobernador civil de la provincia, ó del Sr. Diputado provincial en quien delegue, subasta pública para contra- tar el suministro de los artículos de consumo que sean necesarios para los Establecimientos
provinciales de Beneficencia durante ei año eco- nómico de 1890 á 91, que á continuación se re- lacionan, y bajo el tipo máximo á la bajay me- diante el depósito provisional en la Caja de la Diputación que al frente de cada artículo se de- tallan, y cou arreglo al pliego de condiciones que se halla de manifiesto en la Sección respec- tiva de la Secretaría de la Corporación durante las horas de oficina todos los días no festivos y que ha sido publicado en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia, respectivo a1 día de hoy, á conti- nuación del anuncio para contratar el suminis- tro de telas á dichos Establecimientos.
Lo que se hace público en observancia de las disposiciones legales vigentes y para conoci- miento de cuantas personas deseen tomar par- te en dicho acto.
Albacete 16 de Mayo de 1890.—El Vicepre- sidente accidental, Juan Antonio Atienza.—E1 Secretario, Ricardo Archillas.
ESTADO que manifiesta el número y clase de las especies que se subastan para el surtido de los Esta- blecimientos de Beneficencia de esta provincia durante el año económico próximo de 1890-91, se-
grin, el pliego de condiciones d que alude el precedente anuncio, con expresión de los precios, tipos, consumo calculado al aito y depósitos para tomar parte en, la subasta.
EFECTOS
UNIDADPRECIO de la unidad.
— Pesetas.
CONSUMO calculado
al año.
DEPÓSITO
para
tomar parte en la subasta.
Pesetas.
Aceite de oliva de primera clase. Litro. 1 05 4.348 228 26
Cebada Hectolitro. 9 130 81
Patatas de primera clase. Kilogramo. 0 12 52.500 315
Judías de Pinet de primera clase.. 0 50 7.365 184 12
Bacalao de Noruega de primera clase.. . Idem. 1 3.430 171 50
Arroz moscado de segunda clas3.. . Ideua. 0 50 9.195 229 87 Chocolate de la clase que expende la Compa-
ñia colonial á 1'25 ,pesetas los 500 gramos. Idem. 2 50 1.258 157 24
Fideoa blancos para sopa. Idein. 0 70 3.383 118 40
Azucar blanca terciada, primera suerte. . . Idem. 1 20 1.680 100 80 Garbanzos de Castilla, segunda clase. . . . Idern. 1 20 7.683 460 98 Vino común del país, transparente y limpio, de
sabor agradable y nunca agrio, y lo menos cuatro grados sobre cero en el pesavinos de
los Establecimientos benéficos. . Litro. 0 23 5.920 68 08
Leche de cabra. Idem. 0 40 1.795 35 90
Vinagre de vino Idena. 0 16 1.695 13 56
Huevos de gallina Docena. 1 874 43 717
Salvado. Hectolitro. 4 27 420 89 67
Sal común de agua, molida Kilogramo. 0 10 2.642 13 21
Gallinas de peso mínimo de 1'500 gramos. Una. 3 260 39
Vino generoso para enfermos. Litro. 1 50 140 10 50
Paja común. Miriagramo. 0 60 400 12
Leña de raíz de carrasca ú oliva, cortada. Idem. 0 38 6 060 115 14 Carbón de encina ó carrasca, cernido. . Idem. 1 25 2.900 181 25
Carbón mineral de primera clase Idem. 0 75 4.800 180
Petróleo de primera clase Litro. 0 75 3.320 124 50
Tubos para quinqué. Docena. 2 50 5
Mechas para id9m. Motro. 0 40 189 3 78
Jabón duro de Ubeda, hecho con aceite de oli-
va, elaborado con un mes de anticipación. . Kilogramo. 1 4.856 242 80
Sangulej uelas Docena. 2 40 4
Paja de maíz ó arroz para jergones. . . Miriagramo. 1 1.500 75 Albacete 16 de Mayo de 1890.—El Vicepresidente accidental, Juan Antonio Atienza. —El Secretario, Ricardo Archillas.
MODELO DE PROPOSICIÓN
(Téngase
por reproducido aquí el publicado en el BOLETÍN OFICIAL del día 16 á continua- ción del pliego de condiciones para la subasta de géneros de tela,y
aténganse á él los licitadores.) S.COMISION PERMANENTE DE POSITOS CIRCULAR
La reorganización de los Pósitos de la pro- vincia y su marcha franca y desahogada es el fin que se persigue por las distintas leyes y reglamentos, así como por los encargados de velar por su cumplimiento, que son los Sres. Vo cales de la Comisión permanente de Pósitos.
Para conseguir este fin, cree dicha Comi- sión necesario recordar á los Administradores de tan benéficos establecimientos los deberes que por la legislación vigente se les impone, sin dejar transcurrir los plazos legales para cumplimentar los servicios que en cada época les están encomendados; y encontrándose pró- xima una de las épocas que más influyen en la buena administración, como es la de los rein- tegros y formación de cuentas, que para su examen deben remitir á esta Comisión, he creí- do conveniente publicar á continuación las cin- co disposiciones que ya otros ailos vienen publi- cándose, aproximadamente por esta fecha, en- cargando muy especialmente el exacto cumplí.
miento de cuanto en ellas se ordena.
Disposiciones antes citadas.
«I.' Procederán inmediatamente á liquidar á cada deudor su verdadero capital, liquidándo- les el que recibieron con la crez acumulada por reglamento y no pagada hasta tres de Junio actual.
2.
»
Ordenarán que el voz pública anuncie los días y horas que estarán abiertas las pane- ras y arca'', dando parte cada ocho días, sin ex- cusa de ningún género y bajo su responsabili- dad, de las entradas que se celebren.3.' Es deber de los Alcaldes y Secretarios la formación de la relación de deudores, confor- me al número 3.°, regla 4.' de la instrucción de 31 de Mayo de 1864, la que deberán remitir, precisamente por duplicado, el día 1. 0 de Julio próximo venidero á esta Superioridad.
4. a
En vista del resultado que ofrezcan di- chas relaciones, ordenaran el ingreso en la caja de esta Comisión del contingente que le corres- ponda satisfacer para gastos del personal y ma- terial de la misma; y5. Se les recuerda también' el envío de las cuentas de ordenación y Depositaría antes del día 3 de 4gosto venidero, por que, caso contra- rio, se verán privados los cuentadantes de las retribuciones legales que les correspondan.»
De quedar en cumplir lo anteriormente ex- puesto y del recibo del BOLETÍN OFICIAL en que
Anuncio.
El día 19 de Junio próximo, á
las
doce de la mañana, se celebrará en el salón de este Palacio provincial, destinado al efecto, bajo la presidencia del Excmo. Sr. Gobernador ci- vil de la provincia, ó del Sr. Diputado provin- cial en quien delegue, subasta pública para contratar el suministro de materiales de cal- zado eara los Establecimientos de Beneficenciade está provincia y el papel para la Imprenta provincial que sean necesarios durante el año económico próximo de 1890-91, bajo los tipos máximos á la baja que al frente de cada ar- tículo se detallau en el estado que á continua- ción se inserta y con arreglo al pliego de con- diciones que 98 halla de manifiesto en la Sec- ción respectiva de la Secretaría de la Corpora- ción durante las horas de oficina todos los días
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
las disposiciones legales vigentes y para cono- ' cimiento de cuantas personas deseen tomar par-
te en dicho acto.
Albacete 16 de Mayo de 1890.—E1 Vice- presidente accidental, Juan Antonio Atienza.—
EI Secretario, Ricardo Archillas.
ESTADO que manifiesta el número y clase de los artículos que se subastan para el suministro de los Establecimientos de Beneficencia durante el ario eC0726MiC0 próximo . de 1890-91, según, el pliego de condiciones publicado en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia del día 16 del actual para la contrata- ción del suministro de géneros de tela.
OBJ ETOS UNIDAD
PRECIO de la unidad,
— Pesetas.
CONSUMO calculado
al año.
DEPÓSITO para tomar parte en la ubasta.
— Pesetas.
Materiales para calzado.
Hilaza francesa. Paquete. 1 25 40 2 50
Ojetes reforzados, caja de 500 Una. 0 55 100 2 15
Badanas de 2. clase. Docena. 22 5 5 50
Alfileres. Kilogramo. 2 20 2
Torno blanco Idem. 2 20 2
Vaquetilla castellana. . .. .. • Idem
9
50 22 50Simiente. ídem. 2 20 • 2
Cordobán de Baeza de 1.* clase. Idem. 9 46 20 70
Suela de 'bus de 1.' clase Idem. 3 60 120 21 60
Material de Imprenta.
Papel continuo, marca cuádruple, con peso de
14 kilos, para la tirada del BOLETÍN OFICIAL. Resma. 11 15 8 25
Idem Martorell de 2.. clase. . . Idem. 10 11 5 50
Albacete 16 de Mayo de 1890.—E1 Vicepresidente accidental, Juan Antonio Atienza.—E1 Secretario, Ricardo Arcbillas.
MODELO DE PROPOSICIÓN
(Téngase por reproducido aquí el publicado en el BOLETÍN OFICIAL del día 16 á conti- .nuación del pliego de condiciones para la subasta de géneros de tela, y ateuganse á él los
licitadores.)
no festivos y que se ha publicado en el BOLE- TÍN OFICIAL de la provincia, respectivo al día de hoy á continuación del anuncio para subas- ! tar el suministro de telas á dichos Estableci- mientos.
Lo que se hace público en observancia ,de
cuarta parte del importe de la cantidad que sir-, ve de tipo en la subasta.
El pliego de condiciones se halla de mani- fiesto en la oficina del Ayuntamiento á fin de que puedan consultarlo las personas que tengan por conveniente.
Y en convocación de licitadores se anuncia al público por medio del presente.
Corralrubio 6 de Mayo de 1890.—Narciso Alcantud.
ALCALÁ DEL JtiCAR
D. Pedro García García, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que el Ayuntamiento de mi pre- sidencia, asociado de un número igual de con- tribuyentes, al discutir los medios para llevar á efecto el encabezamiento de consumos de esta villa, acordó, en primer término, intentar los en- cabezamientos parciales ó gremiales voluntarios de las especies sujetas al impuesto, lae que no se han realizado por falta de proponentes. Por lo cual, y en segundo término, se verificará el arriendo á venta libre de todas las especies de consumo y de la sal por tres años, ó seau desde el de 1890-91 al de 1892-93, bajo el tipo de 10.981 pesetas 50 céntimos por cupo para el Tasoro, con iuculsión de la sal, con más el 100 por 100 de recargo municipal, con excepción del de la sal, y 3 por 100 de cobranza y conduc- ción, sin perjuicio de estar á las reformas que establezca en más ó en menos en su tipo el Go- bierno de S. M. •
'
cuya primera subasta tendrá lugar á los diez días siguientes al en que apa- rezca inserto este anuncio en el BOLETÍN OFI- CIAL de la provincia, de diez á doce de su ma- ñana, en estas Salas capitulares, presidida por el Sr. Alcalde y una Comisión del Ayuntamien- to, bajo las condiciones que estarán de mani- fiesto en li Secretaría municipal, siendo las pro- posiciones por pujas á la llana.
La segunda subasta de todae las especies ya expresadas, en su caso, tendrá lugar á los diez días siguientes al de celebrarse la primera, en el mismo local é iguales horas y condicio- nes, admitiéndose como tipo de la misma el importe de las dos terceras partes del que sir- vió para aquélla, pero solo por un año.
Si las expresadas subastas resalasen de- siertas por falta de licitadores, se celebrará la primera licitación de los líquidos y carnes por todo el próximo a fio económico, con la facultad de la exclusive, seaahindose los derechos asig- nados á dichos grupos, verificándose de nueve á diez de la mañana el remate de los líquidos y de once á doce de la misma el de carnes, que tendrán lugar á los ocho días de terminada la anterior, celebrándose una segunda, con recti- ficación de los precios de venta, á los ocho días siguientes á aquella, si no diese resultado, de diez á doce de su mañana. Si ambas resultasen desiertas, tendrá lugar la tercera y última á los ocho días de celebrada la segunda, en las mis- mas horas y admitiendo posturas que cubran las dos terceras partes de la anterior; siendo condi- ción precisa para tomar parte en cualquiera de las subastas expresadas, preEentar carta de pago que acredite haber hecho el depósito del 2 por 100 en la Caja municipal del importe total del tipo de subasta, con la obligación de satisfacer los derechos de inserción de este anuncio en el referido periódico oficial y que el rematante se obligue á prestar fianza de la cuarta parte del importe del arriendo.
Alcalá del Júcar 30 de Abril de 1890.—
Pedro García.
VILLA:MALEA
D. Jenaro Cañada Ochando, Alcalde constitu- cional de esta villa.
Hago saber: Que por renuncia del que la desempeñaba se halla vacante la plaza de Mé- dico Cirujano titular de esta villa, dotada con el sueldo anual de 750 pesetas, pagadas del presa-
Boletín Oficial de la Provincia de Albacete.
DELEGACIÓN DE HACIENDA
Se halla vacante el cargo de Recaudador de las zonas de esta capital. Chinchilla, La Roda y Alcaraz, con la fianza de 58.000, 35.100, 50.300 y 40.600 pesetas y premio de una peseta, 1'35, 1'60 y 1'75 por 100 respectivamente de las cantidades que ingresen.
Todos los que deseen interesarse en la ob- tención de dichas vacantes, pueden presentar en esta Delegación las solicitudes que para el efec- to dirijan al Excmo. Sr. Ministro de Hacienda;
en la inteligencia que las fianzas que presten para garantir dichos cargos han de ser defini- tivas.
Albacete 15 de Mayo de 1890.—Miguel Santos.
AYUNTAMIENTOS
FUENTEÁLA MO
D. Cayetano del Hoyo Sáez, Alcalde en fun- ciones de esta villa.
Hago saber: Que confeccionado de nuevo el repartimiento de consumos, cereales y sal para el año económico actual, se halla de manifiesto por término de ocho en la Secretaría de este Ayuntamiento, para que los interesados puedan hacer las reclamaciones que crean conveniente.
Fuenteálamo 8 de Mayo de 1890.—Cayeta- no del Hoyo Sáez.
CORRALRUBIO
D. Narciso Alcantud Parra, Alcalde constitu- cional de esta villa.
Hago saber: Que de acuerdo del Ayunta- tamiento de mi presidencia é igual número de contribuyentes asociados se ha dispuesto, para
; cubrir el encabezamiento de consumos de esta población en el año económico de 1890 á 1891, la convocación de los gremios, para que en el ' término de cinco días, contados desde la fecha i del BJLETÍN OFICIAL en qua tenga lugar la in- serción del presente anuncio, concurran á la Sala Capitular, desde las diez á las doce de las respectivas mañanas, á presentar las proposicio- nes que tuvieren por conveniente
Elt el caso de no concurrir proponentes, se anunciará el arrendamiento de todas las es - pecies en conjunto y á venta libre por el tér- mino de tres años, á contar desde 1. 0 de Julio del actual hasta 30 de Junio de 1893, sirvien- do de tipo para cada un año la cantidad de 7.529 pesetas 88 céntimos á que asciende el cupo del Tesoro, recargo municipal y 3 por 100 de cobranza y conducción, sin perjuicio de la recti- ficación á que hubiere lugar si variasen los cu- pos ó sufriesen alteración las tarifas durante los años del contrato.
No presentándose licitadores cuyas proposi- ciones cubran el tipo de la tasación ya indicado, se celebrará una seguuda subasta, con arreglo las disposiciones del reglamento provisional para la imposición, administración y cobranza de dicha contribución, admitiéndose las postu- ras que cubran las dos terceras partes del tipo referido; pero en este caso, el arrendamiento no se entenderá por tres años, y sí únicamente por uno sólo, ó sea el próximo venidero de 1890 á 1891, siguiéndose en ambas subastas el siste- ma de pujas á la llana, celebrándose en la Sala Capitular, ante una Comisión del Ayuntamiento, de once á doce de la mañana, la primera á los diez días, contados desde la fecha en que ten- ga lugar la inserción del presente en el BOLE-
TÍN OFICIAL, y la segunda después de transcu- rridos diez días de haberse cebbrado la primera
No se admitirá ninguna proposición sin pro' ceder el depósito en arcas municipales de 1.-a
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
4 Mella Oficial de la Pro n incia de ilbacete.
1113.1...11•111111n7.-
puesto municipal por trimestres vencidos, por la asistencia de 80 familias pobres, quedando el Facultativo en libertad de contratar su igua- I latorio con las familias pudientes.
Los aspirantes á dicha plaza presentarán sus solicitudes en el término do 30 días, á contar desde la inserción de este anuncio en el BOLE-
TÍN OFICIAL de la provincia, acompañadas de lcs documentos que acrediten su aptitud legal.
Villamalea 2 de Mayo de 1890.--Jenaro Cañada.
MOTILLEJA
D. Antonio Cuesta Carrasco, Alcalde constitu- cional de esta villa.
Hago saber: Que por acuerdo del Ayunta- miento de mi presidencia se llevarán á efecto, en la Sala Capitular, las subastas del arbitrio- municipal de pesas
y
medidas de uso voluntario en esta villa, correspondiente al período eco- nómico próximo de 1890-91, bajo el tipo de 1.200 pesetas, los días 15y
22 de Junio próxi- mo; debiendo tener lugar otra el día 29 de di- cho mes de Junio, sino tuviera efecto la pri- mera; siendo de cuenta del arrendatario los gas- tos de dicho expedientey
el importe de los de- rechos por la inserción del presente edicto en elBOLETÍN OFICIAL de esta provincia, con sujeción al pliego de condiciones qué se halla de mani- fiesto en la Secretaría de este Municipio.
Motilleja 7 de Mayo de 1890.—El Alcal- de, Antonio Cuesta.—E1 Secretario, Fi ancisco
López.
ALBATANA
Don Antonio Megías, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que el día 25 del mes actual, de diez á doce de su mañana, tendré lugar en estas Salas Consistoriales la primera subasta para el atrendamiento de los derechos de las especies en conjunto de consumos, cereales
y
sal para el año económico de 1890-91, con su- jecion ai pliego de condiciones que se halla de manifiesto en la Secretería de este Municipio.
Sólo se admitirán proposiciones que cubran la cuota,
y
para tomar parte en la subasta de- berán sujetarse los postores á las condiciones de dicho pliego.Albatana 14 de Mayo de 1890.—Antonio Megías.
Don Antonio Megías, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que terminada la matrícula de subsidio, correspondiente á esta villa
y
ejerci- cio económico de 1890-91, queda expuesta al público en la Secretaría de este Municipio, du- rante las horas hábiles de oficina, para que pueda ser examinaday
producir las reclama- ciones que se crean justas.Albatana 14 de Mayo de 1890.—Antonio Megías.
SAN PEDRO
El Alcalde constitucional de esta villa
Hace saber: Que á pesar de haberse anuncia- do en el BOLETÍN OFICIAL de esta provincia, nú- mero 7, correspondiente al die 15 de Enero pró- ximo pasado, la vacante de Médico Cirujano ti- tular de esta localidad,
y
hasta la fecha no se haya presentado solicitante alguno, se anuncia por segunda vez la referida pieza de Médico Ci- rujano titular, dotada con el sueldo anual de 700 pesetas, pagadas del presupuesto munici- pal por trimestres vencidos, con la obligación de asistir á 70 familias pobresy
casos de ofi- cio, pudiendo además ajustar igualas con los vecinos pudientes.Los aspirantes que se hallen en aptitud para desempeñar dicha plaza, presentarán sus selici- tudee., debidamente documentadas, en el térie;ii-
no de 30 días, contados desde el en que aparez- ca el presente inserto en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia.
San Pedro 4 de Mayo de 1890.—E1 Alcal- de, Rufino Lopez.
MADRIGUERAS
D. Juan Tomás Jara Sevilla, Teniente primero de Alcalde de esta villa en funciones por ausencia del propietario.
llego saber: Que por acuerdo del Ayunta- miento
y
asociados de la misma, se arrienda en subasta pública, por pujas á la llana, á la exclusiva, ya en conjunto, ya también por ra- mos separados, el impuesto de consumos de este término municipal, correspondiente á los grupos de líquidosy
carnes comprendidos en la tarifa oficial vigente, durante el año eco- nómico de 1890-91. No habiendo tenido efecto la segunda subasta por falta de-licitadores, se anuncia el tercer remate que está prevenido para el día undécimo, contados desde el si- guiente al en que aparezca inserto este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia, de diez á doce de su mañana, bajo el tipo por total de 3.927 pesetas 5 céntimos á que ascienden las dos terceras partes del cupo anualy
sus re- cargos autorizados de los expresados grupos.La licitación,
y
el arriendo en su caso, se ajustarán al pliego de condicionesy
acuerdo de rectificación de precios de venta que aparecen en el expediente de su razón, el cual se halla de manifiesto en la Secretaría de este Munici- pio; debiendo advertirse que para tomar parte en la subasta es preciso consignar previamen- te, en cualquiera de las formas prevenidas por el art. 50 del reglamento, una cantidad equi- valente al 2 por 100 del tipo señalado á cada uno de los ramos que las proposiciones abra- cen,y
que la persona á cuyo favor se adjudi- que el remate deberá prestar fianza consistente en el 25 por 100 en metálico del importe del arriendo.Lo que se anuncia, por medio del presente, para conocimiento del público.
Madrigueras 10 de Mayo de 1890 .—Juan Tomás Jara.
CASAS DE VES
D. Antonio Alcaüiz Pardo, Alcalde constitucio- nal de esta villa.
Hago saber: Que el domingo, 25 del actual, tendrá lugar en esta Sala Capitular el primer remate del arrendamiento de pesos
y
mèclidas de uso voluntario para el año económico próximo de 1890-91, de once á doce de su mañana, bajo el tipo de 1.500 pesetasy
pliego de condiciones que estará de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento. Y si resultase desierto el expresado acto, se continuarán los domingos sucesivos, según el referido expediente.Casas de Vés 14 de Mayo de 1890.—El Alcalde, Antonio Alcañiz.
de 5.126 pesetas 26 céntimos el primero
y
1.327 pesetas 62 céntimos el segundo.La licitación,
y
el arriendo en su caso, se ajustaran al pliego de coudieiones que se ten- drá de manifiesto en la Secretaría del Ayunta- miento; advirtiendo que para tomar parte en la subasta se depositará er, la Caja municipal provincial el 2 por 100 de las referidas canti-dades.
En el caso de no presentarse licitadores en esta subasta, se celebrará otra el día 4 de Ju- nio próximo, eu el mismo local
y
horas, previa reclificación de los precios de venta;y
si tam- bién quedase esta desierta por falta de propo- nentes, tendrá lugar la terceray
última el día doce del citado mes de Junio, en igual localy
horas señalndas para la primera
y
segunda, en 1 que se admitirán proposiciones que cubran las dos terceras partes del tipo de la segunda.Lo que se anuncia al público para su cono- cimiento
y
mayur concurrencia de licitadores.Pozuelo 13 de Mayo de 1890.—Anselmo Cañadas.
JUZGADOS
ALBACETE
D. Angel Terradillos
y
Brea, Juez de instruc- ción de este partido.Por el presente hago saber: Que en cumpli- miento de lo dispuesto en el art. 31 de la ley del Jurado, he acordado se proceda en el local de este Juzgado, el día 23 del actual, á las doce de la mañana, al sorteo de los seis Voca- les, que bajo mi presidencia
y
en concepto de mayores contribuyentes, cuatro por territorialy
dos por industrial, han de constituir la Junta de este partido para la formación de las listas de jurados correspondientes al mismo.Dado en Albacete á 17 de Mayo de 1890.—
Angel Terradillos. --El Secretario, Alfredo Muñoz.
CASAS IBÁÑEZ
D. Antonio Real
y
Casabuena, Juez de instruc- ción de esta villa de Casas Ibáñezy
su partido.Hago saber: Que en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 31 de la ley esta- bleciendo el juicio por Jurados, he acordado proceder el día 21 del actual, á las diez de la mañana, en la sala audiencia de este Juzgado, á la designación por sorteo de los seis Vocales, que bajo mi presidencia
y
en concepto de mayo- res contribuyentes, cuatro por territorialy
dos por industrial, han de constituir la Junta de este partido para la formación de las listasde
jura- dos correspondientes al mismo.Dado en Casas Ibáñez á 14 de Mayo de 1890.—Antonio Real.—P. M. de S. S., Agustín Descalzo.
CHINCHILLA
D. Demetrio de Motos
y
García, Juez de instruc- ción del partido de Chinchilla.Por el presente hago saber: Que en cumpli- miento de lo dispuesto en el art. 31 de la ley del Jurado, he acordado se proceda en el local de este Juzgado da instrucción, el día 21 del co- rriente, 4 las diez de su mañana, al sorteo de los seis Vocales, que baje la presidencia del juez que suscribe
y
en concepto de mayores contri- buyentes, cuatro por territorialy
dos por indus- trial, han de constituir la Junta de este partido para la formación de las listas de jurados co- rrespondientes al mismo.Dado en Chinchilla á 9 de Mayo do 1890.—
Demetrio de Motos G.—Ante mí: Aarón Tornero.
ALBACETE, 1890.—IMPRENTA PROVINCIAL
POZUELO
D. Anselmo Cañadas López, Alcalde constitu- cional de esta villa.
Hago saber: Que como viene acordado por el Ayuntamiento
y
adjuntos,y
habiendo queda- do desiertas por falta de licitadores las dos su- bastas del arriendo á venta libre del impuesto de consumos, cerealesy
ral por un período de uno á tres años, se arriendan á la exclusiva, ya, en conjunto, ya también por ramos separados, las especies comprendidas en los grupos de lí- quidosy
carnes para el próximo año econó- mico de 1890 á 1891; cuyo primer remate ten- drá lugar en estas Salas Consistoriales el día 27 del mes que cursa, de diez á doce de la ma- ñana, destinando la primera hora al ramo da líquidosy
la segunda al de carnes, bajo el tipo 1Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»