N
úmero63. VIÉRNES 25 DE MAYO DE 1877. 25
CÉNTS. DE PESETA.BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE ALBACETE.
Se publica los Liines, Miércoles y Viernes.—Los suscritores de esla Ciudad pagarán:
Hor iin trimestre 4 pesetas, por un semestre 7, por un año 12‘50.—-Los de fuera paga
rán: Por un trimestre 5 pesetas, por un semestre 9, por un año 15.
ri-
Los anuncios particulares que se quieran insertar en el Boletín, previa licencia del Sr. Gobernador, pagarán; De una á seis líneas, 1.* vez, 1 peseta; de 7 á 15 id. 1,50;
de 16 á 30 id. 2; de 30 en adelante, precio convencional; por cada repetición, la mitad.
Los edictos y sentencias de los Juzgados y Tribunales, que no sean de oficio, pagarán 10 cents, de peseta por línea.—Las reclamaciones á D. Rafael Serna, Director de la Imprenta.
SECCION DE LA CACETA.
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS.
8. M. el R
ey(Q. I). Gr.) y S. A. R.
la Sem a. Sra. Princesa de Asturias con
tinúan en esta Corte sin novedad en su importante salud.
SE CCIO N DE LA P R O V IN C IA .
G O B I E R N O C I V I L .
CIRCULAR NUMERO 94.
En USO de las atribuciones que me confiere el art. 38 de la ley Provincial, he acordado convocar á la Excma. Di
putación provincial á sesión ordinaria, que deberá celebrar en su Salón de ac
tos el dia del próximo mes de Junio, á las doce de su mañana.
Albacete 24 de Mayo de 1877.
El Gobernador, Francisco del Villar y Bustos.
CIRCULAR NÚMERO 95.
A pesar de lo que previne á los Sres. Alcaldes de esta provincia en mi circular núm. 61, inserta en el Boletín del 15 del pasado Abril, se encuen
tran sin llenar aquel importante servicio los de los pueblos que á continuación se expresan, á quienes prevengo que si en el término de tercero dia no remiten los datos reclamados por el Sr. Jefe de la Comisión de reserva de esta capital, les exigiré la responsabilidad que determina el art. 175 de la ley Municipal.
Albacete 24 de Mayo de 1877.
El Gobernador, Fraucisco del Villar y Bustos.
Pueblos que se citan.
Albacete, Alcalá del Júcar, Balsa de Vés, Bar- ráx, Bogarra, Casas-lbañez, Jorquera, Ossa de Monliel, Pozuelo, San Pedro, Víanos, Villaverde, Villarroblcdo y Viveros.
ADMINISTRACION ECONÓMICA.
Contribución industrial.
En el anuncio de esta Administración econó
m ica, publicado en el Boletín oficial núm. 61, correspondiente al 21 del actual, donde se con
vocan los gremios respectivos para la elección de oindicos y clasificadores, dejaron de comprender
se» por una omisión involuntaria, los siguientes;
Vendedores al por mayor de aceite mineral.
Idem al por menor de id.
Idem al por menor de sal.
Y con el fin de que los individuos qne com
ponen los mismos puedan desde luego hacer uso del derecho que al efecto les concede el regla
mento vigente del ramo, sirviéndose concurrir al punto que en aquel se designa el dia 2 del pró
ximo Junio á las horas de las diez, once y do
ce de su mañana respectivamente, he acordado publicar este segundo anuncio, haciéndoles á la vez las mismas advertencias que para los demás aparecen consignadas en el primero.
Albacete 25 de Mayo de 1877.— El Jefe eco
nómico, Antonio Pacheco.
A U D IE N CIA T E R R IT O R IA L .
Secretaria.
—Anuncios.
El limo. Sr. Presidente de esta Audiencia se ha servido mandar, en cumplimiento de lo dis
puesto en la circular de 14 de Mayo de 1875, que se publique en los Bo l e t in e s o f ic ia l e s de las provincias que componen el distrito de aquella y en la Gaceta de Madrid la vacante de la plaza de Médico forense del Juzgado de 1.* instancia de Muía, á fin de que los aspirantes presenten sus solicitudes en el referido Juzgado dentro de los quince dias que se designan en la regla segun
da de la circular expresada.
Albacete 25 de Mayo de 18 7 7 .—El Secre
tario de gobierno, Antonio G. Ocampo.
En virtud de lo dispuesto por Real órden de 16 del actual, se ha servido mandar el limo, se
ñor Presidente de esta Audiencia que se anuncie la vacante de la plaza de Médico forense del Juz
gado de 1.‘ instancia de Cuenca, á fin de que los aspirantes á ella presenten sus solicitudes documen
tadas dentro del término de quince dias, según lo prevenido en el decreto de 14 de Mayo de 1875 al Juez de 1.^ instancia de aquel partido.
Albacete 23 de Mayo de 1877.—El Secre
tario de gobierno, Antonio G. Ocampo.
INSmOIO PRO m iA L DE SEGOIA IS llA IZ A ,
Anuncio.
Al tenor de lo prevenido en las disposiciones vigentes, los exámenes ordinarios del presente cur
so comenzarán en esta Escuela: el dia 1.° de Ju
nio para los alumnos matriculados en enseñan
za oficial, hasta el dia 7, y desde este dia hasta el 15 del mes citado tendrán lugar los de los ma
triculados en enseñanza doméstica. Los ejercicios de premios se verificarán el dia 25, á cuyo efec
to los aspirantes deberán presentar su solicitud, en la Secretaría de este Instituto dentro del ter
cero dia después de haber sufrido el examen.
Albacete 22 de Mayo de 1877,— El Secreta
rle, Felipe Sánchez Rubio.
COMANDANCIA DE LA GUARDIA CIVIL.
El dia 10 de Junio próximo, á las once de su mañana, tendrá lugar en la casa-cuartel que ocupa la fuerza del Cuerpo en Albacete una se
gunda pública subasta para la construcción de las prendas de vestuario, equipo y correaje, som
breros y calzado que por término de cuatro años necesiten los individuos que vayan ingresando en dicha Comandancia, y de las que deseen adqui
rir los veteranos de la misma. El pliego de con
diciones y modelo do proposición son los que se expresan á continuación:
Condiciones que se exigen para tomar parte en la subasta.
1. * El contratista depositará en la Caja de es
ta Comandancia la cantidad de 1.000 pesetas co
mo garantía mientras dure la contrata.
2 . * También se comprometerá á tener siem
pre construidos seis vestuarios, correajes y equipos.
3 . * A admitir sin retribución toda prenda ó efecto que á los seis meses de su uso haya per
dido el color, como asimismo cualquiera que se devuelva en el acto del reconocimiento por no ha
ber resistido á la prueba del ácido de limón ó á cualquiera otra que se le sujete.
4 . * A construir todas las prendas bajo me
dida personal, excepto la capota y capote, que se
rán de primera y segunda talla.
5 . ^ A tener depositados en la Comandancia sus tipos por todo el tiempo que dure la con
trata, pudiéndolos recoger- á su terminación sin retribución alguna por parte del Cuerpo.
6 . ^ A pouer de su cuenta en esta capital to
dos los pedidos que se le hagan.
7. * A admitir cualquiera prenda que sea de
vuelta por la Junta revisora de la Comandancia por no estar ajustada á los tipos aceptados.
8 . * El pago lo verificará la Caja mensual- mente, con arreglo al descuento de la 3.* parle que deben sufrir los individuos de nueva entra
da, y al de 30 reales mensuales los solteros y 20 los casados.
9 . ® El licitador que sólo desee contratar una parte.de los efectos á que se refiere esta subasta, podrá hacerlo, expresando únicamente en el plie
go de proposición los efectos que se comprome
te á construir, debiendo tener presente que se
rá preferido el mejor postor y que lo construya todo.
Modelo de proposición.
D. N. N ., vecino de... , enterado del anun
cio publicado en el Boletín oficial de la' pro.*
vincia de Albacete, de tal fecha, y de los re
quisitos y condiciones que se exigen para la ad
quisición en pública subasta de la contrata del vestuario, equipo, correaje, sombreros y calzado que por el tiempo de cuatro años necesiten los individuos que vayan ingresando en dicha Co
mandancia y de los veteranos de la misma que deseen adquirirlas, se compromete á tomar á su cargo la expresada contrata, con estricta suje
ción á los referidos requisitos y condiciones, y por las cantidades que á cada una de las prendas se les señala á continuación:
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B O L E T I N O F I C I A L .
VESTUARIO. Psts. Cénls.
Una casaca de paño azul tina 2 8 .“...
Una levita de id. id. id. 5 0.“...
Un pantalón de id. id. id. 28.“...
Una capota de id. id. id...
Un par de polainas de carretera...
Una chaqueta de cuartel...
Una gorra de id ...
Una camisa...
Una toalla...
Una servilleta...
Un par de guantes de algodón...
Un par de polainas de gala...
Un calzón de punto...
Un par de hombreras...
Una colcha...
Prendas especiales para caballería.
Un capote de paño azul tina...
Un pantalón de paño cuero...
Un id. de dril para cuadra...
Un {>ar de boca-botines...
Correaje y equipo de infantería.
Cinturón con chapa...
Cartuchera con tirantes...
Vaina de bayoneta...
Porta-sable... ...
Cartera de camino...
Bolsa de aseo, compuesta de peine, ba
tidor, alfiletero, dedal, tijeras, cepi
llo de ropa, untar y betún, tablilla de limpiar, una docena de botones gran
des y rtiedia de chicos... ' Porta-carabina... ' '
ídem de caballería.
Cinturón con chapa, tirantes y ganchos. . Bandolera completa...
Cartuchera... ■ Cordon para espada... ' Carcaj y cordon de rewolver...
Espuelas con guarda-polvo y co rreas.. . Tijeras para las cuartillas...
Lesna...
T rabas.'... : ...
Un par de guantes de ante...
Sombreros.
Uno con funda de hule y barbuquejo.. , Funda blanca de lienzo...
Cbgotera de hule...
Funda suelta de hule... . B arbuquejo...
Calzado.
Par de borceguíes altos ...
Idem de bota.s de montar,...
(Pecha y firma del proponente.) .Albacete 25 de .Vayo do' 1877.— Por ausen
cia del Sr'. primer Jefe, el segundo, Miguel Búr- dils y Caldentey.
ATONTAMIENTOS.
ALCALÁ DEL JÚGAR.
D. Santiago Pelayo y Pelayo, Alcalde constitucio
nal de esta , villa.
Hace saber:. Que por acuerdo del Ayuntamien
to se saca á subasta pública el arbitrio munici
pal de pesos y medidas de uso voluntario de es
ta población para el entrante año económico de 1877-78.
Se celebrarán dos remates, que tendrán lugar:
el primero el 27 del actual, y el segundo el día 3 del próximo Junio, todo bajo el tipo y plie
go de condiciones que se encuentran de manifies
to en la Secretaría del que refrenda.
Alcalá del Júcar 20 de Mayo de 1877.—
Santiago Pelayo.— P. S. M., Prudencio González.
MONTALVOS.
D. Juan Escribano Jimeuéz,..Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que el Ayuntamiento de mi pre
sidencia, en acuerdo del dia de hoy, ha determi
nado sacar á pública licitación el arbitrio de pe
sos y medidas de uso voluntario para el ejerci
cio económico de 1877 á 78, bajo el tipo de 200 pesetas y pliego de condiciones ([ue en Secreta
ría se halla de manifiesto, cuyo acto tendrá lu
gar en dos remates en los dias 27 del presente mes y en (res de Junio el segundo, de once á doce de su mañana; en el primer acto no se ad
mitirán posturas que no cubran el tipo prefijado, y en el segundo con pujas á la llana del 10 por 100 en que hubiere quedado en el primero;
celebrándose un tercer remate en el domingo si
guiente, con arreglo á instrucción, cuando no ha
ya postores en el primero.
Monlalvos 20 de Mayo de 1877.— El Alcal
de, Juan Escribano.— P. M. D. S. S., Pedro Ma
ría Martínez.
ROBLEDO.
D. José Garví Gómez, Alcalde constitucional de es
ta villa.
Hago saber: Que teniendo acordado el Ayun
tamiento de mi presidencia en primer lugar, co
mo la instrucción para la recaudación de los de
rechos de consumos delermiíia, el arrendamiento á venta líbre de los mismos, con destino á cu
brir el encabezamiento con. la.Haoienda pública, y en lo posible el déficit del pi-esupuesto muni
cipal y contingente provihcial del próximo año eco
nómico de 1 8 7 7 -se anuncia la. subasta del expresado arrentlániiento, que tendrá lugar en dos remates y bajo, los tipos y pliego de condiciones que se hallan de manifiesto en esta Secretaría, en los dias tres y 10 del próximo mes de Junio, de diez á doée de sus respectivas mañanas, en esta Sala Consistorial.
Kobledo ,22 de Mayo de 1877. — José Garví Gó
mez.— Lorenzo lUeta, Secrelaiio.
D. José Garví Gómez, Alcalde consUlucional de es
ta. villa.
Hago saber: Que^ teniendo acordiado el Ayunir tamieoto de mi presidencia sacar á pública suba^
lu el arbitrio -municipal de peso y añedida de uso voluntario para el ejercicio eéonómico próximo de 1877 á 78, se anuncia la expresada subasta, que tendrá lugar en dos remates en los dias 17 y 24 del próximo mes de Junio, de diez á doce de sus mañanas^ bajo el tipo de 251 pesetas y pliego de condiciones, qué se halla de manifiesto en es-^
tá Secretaría y Sala Capitular, donde la subasta tendrá efecto.
Robledo 22 "Mayo de 1877.— José Garví Gómez.— Lorenzo' f9kta, Secretario.
' P E m S DE SAN PEDRO.
D. Juan Nepomuceno Alcanlud, Alcalde constilu- cicnal de esta villa.
Hago sabÉ*r:, Que haj)¡eado optadO: .el Ayun
tamiento de mi presidencia y asociados por el ar
riendo de los dere chos de consumos con venta li
bre para hacer efectivo eí ehcabezamienlo del año económico de 1877 á 78 y recargos autorizados, se sacan á la subasta bajólos tipos y pliego de condiciones que se hallan de manifiesto en la Se
cretaría del Ayuntamiento.
Los dos remates de instrucción se celebra
rán en esta Sala Capitular los domingos 3 y 10 del próximo Junio, de diez á doce de sus maña
nas; y caso de no presentarse licitadores en el pri
mero, se celebrará otro el 17 del propio mes, á igua
les horas y en el mismo local.
Peñas de San Pedro 21 de Mayo de 1877’.-^
Juan N. Al&antud.— José Huiz Amores, Secretario.
LA HERRERA.
D. Manuel García, Alcalde constitucional de es
ta villa.
Higo saber: Que por acuerdo del Ayuntamien
to de mi presidencia, será subastado el arbitrio de pesos y medidas de uso voluntario de esta loca
lidad para el ejercicio económico de 1877 á 1878, celebrándose al efecto dos remates, que tendrán lugar en los dias 3 y iO de Junio próximo, de diez á doce de sus mañanas, bajo el tipo y plie
go de condiciones que se hallan de manifiesto en esta Secretaría.
Lo que se anuncia al público para el que quie
ra interesai’se en dicha subasta.
La Herrera 20 de Mayo de 1877.— Manuel García.
MAHORA.
El Alcalde Presidente del Ayuntamiento de la misma.
Hace saber: Que por acuerdo del Ayuntamien
to se saca á pública subasta el arbitrio de uso voluntario de pesos y medidas para el año eco
nómico de 1877 á 1878, teniendo tugarlos re*
mates de dicha subasta los dias 27 deí corriente y 3 del próximo més de Junio, á la hora délas Mez de sus respectivas mañanas hasta las doce de las mismas, siendo el tipo del primer rema
te la cantidad de 1.738 pesetas y además las con
diciones que se hallan de manifiesto en la Se
cretaría del Municipio.
Lo que se inserta en el Boletín oficial de la provincia llamando licitadores.
Mahora 21 de Mayo de 1877.— El Alcalde, Francisco Saez.— P. S. i\L, J. Fernando Jávega, Secretario.
ALATÓZ.
D. Joaqdin Soler Valero, Presidente del Ayunta
miento constitucioTiál de ésta villa.
Hago saber: Que por acuerdo de la Corpora
ción y triple número de Voéales asociados con
tribuyentes mayores, menores é ínfimos, se sa
can á pública subasta por el año económico pró
ximo venidero 1877 á 78, y bajo el pliego de con
diciones y cupos que se hallan de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento, las especies de consumos de. la misma con libertad de ventas, cuyo primer remate está señalado para el dia veinte y siete del corriente mes, y hora de las diez de su mañana, en las Salas Consistoriales, y el se
gundo el dia tres de Junio próximo venidero, y hora expresada, en el mismo local.
Lo que sé h'ace público convocando licitadores.
Alatóz 21 de Mayo de 1877.— El Presidente, Joaquín Soler.
CHINCHILLA.
Extracto de las sesiones celebradas por este Áyunie- miento en el mes dé Noviembre último, que se publica en el Boletín oficial de esta provincia
en cumplimiento del art. 104 de la ley nicipal de 1870, reformada por la de 16 Diciembre de 1876.
MES DE'noviem bre.
ExtraordinarÍH del día 3.
Recayó acuerdo definitivo declarando fallidos á los contribuyentes expresados en la sesión ex
traordinaria de 28 de Octubre último por la con
tribución territorial de 1875-76.
Ordinaria del dia 4.
.Se aprobó la sesión anterior.
Se acordó cumplir con lo mandado en los Bo
letines OFICIALES. . .
Se autorizó al Sr. Presidente para la bucion de ios fondos del presupuesto muniep entre sus acreedores en el presente mes.
• Se aprobó el extracto de las sesiones de Agos
to y Setiembre últimos.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B O L E T I N O F I C I A L . 3
8-
iel
ie
Se acordó declarar vecino de esta ciudad á Ig
nacio Rodríguez Alvarez, cuya vecindad ha levan
tado de la villa de La Herrera, según el escrito que acompaña al de esta petición.
Se acordó librar certificación posesoria á Jo
sefa García Ortega, de esta vecindad, de una casa en la calle del Palomar de esta ciudad, señala
da con el número 16.
Ordinaria del dia 11.
Se aprobó la sesión anterior.
Se acordó cumplir con lo mandado en los Bo
l e t in e s OFICIALES.
A virtud de orden del Sr. Gobernador civil de esta provincia, se acordó ingresar en la Deposi
taría de fondos provinciales la cantidad de una peseta por los socorros que por cuenta de esta Corporación facilitó la de San Sebastian á pre
sentados carlistas.
Enterado el Ayuntamiento de la circular de la Comisión permanente, número 218, sobre for
mación de expedientes por daños sufridos en las cosechas á causa de la langosta y de los inten
sos hielos en el año último, acordó se conteste que dicho insecto no causó daño, y sí el hielo, y que se consulte si debe instruirse el expediente, toda vez que la circular de la Dirección gene
ral de Contribuciones de 10 de Octubre de 1861 declaró que las heladas no se consideran calami
dades para la aplicación de la Instrucción de 20 de Diciembre de 1847.
Se acordó queden archivadas las dos actas le
vantadas á consecuencia de la entrega que se ha hecho á la Guardia civil, para su custodia, de la sierra procomunal de esta ciudad y de la dehe
sa de propios Venta de los Pobres y Charca de Casa Blanca.
Ordiuaria dei dia 18.
Se aprobó la sesión anterior.
Se acordó cumplir con lo mandado en los Bo
l e t in e s OFICIALES.
Se acordó se manifieste á la Junta provin
cial de Instrucción pública, que este Ayuntamien
to sostiene el número de escuelas públicas que previene la ley de 1857, en armonía con el cen
so de 1860, y por ello no está conforme con la creación de otras dos elementales de ambos sexos que dispone en su comunicación de 4 del actual.
Ordinaria dcl dia 21.
Se aprobó la sesión anterior.
Se acordó cumplir con lo mandado en los Bo
l e t in e s OFICIALES.
Se declaró vecino de esta ciudad á Mateo Va
lero Jiménez.
Ordinaria del dia 25.
Se aprobó la sesión anterior.
Se acordó cumplir con lo mandado en los Bo
le t in e s OFICIALES.
Se acordó se libre certificación posesoria á An
tonio Montes García, de esta vecindad, de una ca
sa situada con el núm. 22 en la calle de San Blas de esta ciudad.
Chinchilla 20 de Abril de 1877.— El P. D. A., Federico López de Haro.— El Secretario, Alejan’- dro Buiz.
J U Z G A D O S .
ALCARÁZ.
D. Francisco Alted y Sánchez, Juez de primera instancia de esta ciudad.
Por el presente primer edicto se cita, llama y emplaza á todas las personas que se crean con derecho á los bienes quedados al fallecimiento de D.* Patrocinio Antolinez de Castro y Viviente, na
tural de la Solana, vecina que fué de Castellón de la Plana, para que en el término de treinta dias, contados desde la publicación del presente, comparezcan en este Juzgado á deducir sus de
rechos; apercibidos que de no verificarlo les para
rá el perjuicio que haya lugar; pues así lo he acordado en providencia del dia de ayer en el ex
pediente promovido a instancia del Procurador Don | Cipriano Pretel, en nombre de D. Manuel Rodrí
guez de Vera, como marido de D.* Presentación Viviente, para que se declare á esta última he
redera de su hija la D.® Patrocinio Antolinez.
Dado en Alcaráz á quince de Mayo de mil ochocientos setenta y siete.—Francisco Alted.—
P. S. M., Mariano López.
CASAS-IBAÑEZ.
D. Alejo Sinforoso Villena, Abogado, Juez muni
cipal de esta villa, y como tal Regente del Juz
gado de primera instancia de la misma y su partido por traslación del propietario.
Por la presente requisitoria cito, llamo y em
plazo á José Chornet, cuya naturaleza y vecin
dad se ignora, para que en el término de quin
ce diás, á contar desde la inserción de esta re
quisitoria en la Gaceta de Madrid y Bo l e t ín o f i
c ia l de esta provincia,- se presente en este Juz
gado á contestar á los cargos que le resultan en la causa que contra el mismo estoy instruyen
do sobre robo de 5.000 reales á Bonifacio Tolo- sa Martínez, vecino do Villamalea: en la inteli
gencia que de no verificarlo le parará el perjui
cio que haya lugar con arreglo á la ley.
Al propio tiempo, ruego y encargo á las Autoridades y agentes de la policía judicial pro
cedan á la busca del mencionado sujeto, y si fuere habido se ponga á disposición de este Juz
gado.
Dada en Casas-Ibañez á quince de Mayo de mil ochocientos setenta y siete.—Alejo Sinforoso Villena.—P. M. D. S. S ., José María Alarcon.
J U Z G A D O MU N I C I P A L DE A L B AC E T E .
NUMERO l.°
Nacimientos registrados en este Juzgado durante la primera decena de Mayo de 1877.
D I A S .
N A C ID O S V I V O S . N A C ID O S S IN V ID A
Y MUERTOS ANTES DE SER INSCRITOS. T
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LEGÍTIMOS. HO LEGITIMOS. LEGITIMOS. NO LEGÍTIMOS.
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2 6 8 3 » 3
H
» » i D » 1 1Albacete 11 dé Mayo de 1877.— El Juez municipal, Estéban Macragh.
NUMERO 2.‘
Defunciones registradas en este Juzgado durante la primera decena de Mayo de 1877, clasifica
das por sexo y estado civil de los fallecidos.
DIAS.
FA LLEC ID O S.
TOTAL
GENERAL.
VARONES. HEMBRAS.
Solteros. Casados. Viudos.
To t a l.Solteras. Casadas. Viudas.
To t a l.1 »
3 3 3 3 3 3 32
»»
3 31
3 31 1
3 »
3 3 3 3 3 3 34 »
3 3 31
31
15 )> »
3» 1
3 31 1
6 1 »
31
3 3 3 31
7 2 » 1 3
3 3 3 33
8 » »
3 3 3 3 3 3 39 1
3 31 2 1
33 4
10 1
3 31
3 3 3 31
5
31 6 4 2
36 12
Albacete 11 de Mayo de 1877.— El Juez municipal, Estéban Macragh.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B O L E T I N O F I C I A L .
SECCION DE FUERA DE LA PROVINCIA.
ARTILLERÍA.
Anuncio.
Vacantes en la Fábrica de Trubia las plazas de Maestros de carpintería, afino y forja de ca
ñones y de montajes, dotadas con el sueldo anual de i . 970 pesetas los dos primeros, 2.250 el terce
ro y 2.400 el último, todos con opcion á derechos pasivos, se hace saber para que los que deseen optar á ellas lo veriíiquen bajo las condiciones si
guientes:
1. * Las plazas serán provistas por oposición en la Fábrica de Trubia, en donde se verificarán los exámenes el dia 10 de Junio próximo.
2 . * Los aspirantes dirigirán las instancias para turnar parte en el concurso al Excmo. Sr. Director general de Artillería hasta el dia l.° de dicho mes.
5.* El programa de las materias de que han de ser examinados, será:
PARA MAESTRO DE CARPINTERÍA.
Aritmética: Sistema de numeración.— Opera
ciones con los números enteros, fraccionarios y de
cimales.— Sistema métrico-decimal de pesas y me
didas, reduciendo á él las antiguas españolas y vice
versa.— Razones y proporciones.— Regla de tres simple.
Geometría: Definiciones generales de geometría plana y del espacio.— Angulos y triángulos en ge
neral.— Problemas relativos á la línea recta y cir
cular.— Construcción de escalas.— Propiedades de los polígonos regulares.— Medición de superficies planas regulares y sus expresiones formulares.—
Medición de las superficies y volúmenes de los cuer
pos regulares y sus expresiones formulares.— Cu
bicación de volúmenes.— Medición de superficies y volúmenes irregulares.
Dibujo: Sacar del sólido cualquiera modelo ó pieza que se designe con las acotaciones convenien
tes para su clara inteligencia.—Ampliación ó reduc
ción de planos con sujeción á una escala determi
nada.— Trazado de las plantillas y modelos acce
sorios para la construcción del objeto que se in
dique.
Mecánica: Definición de fuerza, masa, densi
dad y velocidad.— -Qué se entiende por mo
vimiento uniforme y variado.— Método práctico pa
ra encontrar el centro de gravedad de un cuerpo.—
Diferentes clases de rozamientos.— Resistencia de los materiales de construcción á la presión, flexión y tracción.
Práctica de talleres: Conocimiento y manejo de las máquinas y útiles de un taller de modelos de madera, carpintería y carretería.— Conocimiento perfecto de la resistencia, naturaleza y calidad de las maderas.— Ensambladuras de piezas rectilíneas en los casos siguientes: 1.“ Guando formando án
gulo las piezas que se van á ensamblar, el eje de la una termina en un punto de la longitud de la otra; cuando los ejes se terminen mútuamente, y cuando los ejes se crucen ó corlen prolongándose más allá del punto de encuentro: 2 .“ Cuando los ejes de las piezas estén en prolongación uno de otro: 3.° Guan
do siendo ios ejes paralelos, primero las piezas es
tén en inmediato contacto, y segundo las piezas estén á cierta distancia abrazando otras en su in
termedio. Nombres con que se denominan estas di
ferentes ciases de ensamble.— Ensambladuras de piezas curvilíneas.— Principios generales á que de
be sujetarse el trazado de ensambladuras para que tengan el máximo de resistencia. Ejecución de una obra cualquiera que se proponga, especifican
do el material más conveniente; tiempo que se in
vertirá con los elementos de que se disponga, y dibujos necesarios para la dirección de los trabajos, juntamente con el presupuesto del coste.
PARA MAESTRO DE AFINO Y FORJA.
Aritmética: Sistema de numeración.— Opera
ciones con los números enteros, fraccionarios y decimales.— Sistema métrico-decimal de gesos y
medidas, reduciendo á él las antiguas españolas.—
Razones y proporciones.— Regla de tres simple.
Geometría: Definiciones generales de geometría plana y del espacio.— Angulos y triángulos.— Pro
blemas relativos á la línea recta y circular.— Me
dición de superficies planas regulares é irregulares con las expresiones formulares de las primeras.—
Medición de las superficies y volúmenes de los cuer
pos regulares y sus expresiones formulares.— Cu
bicación de volúmenes.— .Medición de superficies y volúmenes irregulares.
Dibujo: Sacar del sólido cualquiera pieza de las diferentes que constituyen un tren laminador.—
Trazado de cualquiera de los útiles empleados en el taller de afino, forja y laminado de hierros.
Práctica de talleres: Fabricación de hierro for
jado.— Hierro colado, sus propiedades físicas más principales.— Clasificación de los hierros colados.—
Hulla ó carbón de piedra.— Ligera clasificación de las hullas.— Clase de minerales más conveniente para los hornos de pudler, manifestando el papel que estos representan en la marcha de la opera
ción.— Hierro forjado; sus principales propiedades físicas: clasificación de los hierros.— Atino.— Indi
cación de los principales métodos para obtener el hierro forjado.— Método inglés: su descripción de- lalldda: práctica de la operación, afirmando una ó más cargas, ya se quiera obleoeí hierro ó acero.—
Clasificación de los productos obtenidos en los hornos de pudler.—Datos económicos relativos á producción de estos y consumo de combustible.— Forja y esti
rado.— Objeto de estas operaciones.— Descripción de las prensas, martillos y cilindros.— Hornos de refino ó recalentado.— Clasificación y descripción de los principales trenes de cilindros que debe ha
ber en un taller donde se fabriquen hierros y cha
pas de todas dimensiones.— Idea de un tren uni
versal.— Formación de paquetes.— Descripción y uso de las tijeras, sierras y aparatos para el en
derezado de los hierros.— Datos económicos relati
vos á la producción de los hornos de recalentado, consumo de combustible y trabajo de los Irenes.—
Explicar, ejecutando las que se designen, todas las operaciones que requiere la fabricación de plan
chuelas, redondos y cuadrados de cualquiera di
mensión, flejes, chapa y hierros angulares.— Me
dios de utilizar la metralla de hierro y recortes procedentes de la fabricación.— Dada la sección ó perfll de un hierro, proyectar los cilindros para hacerlo, calculando las dimensiones de todas las canales.— Fabricación de llantas y sunchos sin sol
dura.— Descripción y uso de los aparatos emplea
dos en la construcción de una llanta y suncho, explicando todas las operaciones que requiere has
ta obtenerlo en estado de forja, ejecutando las que se designen.
PARA MAESTRO DE CAÑONES.
Aritmética: Sistema de nmneracion.—Opera
ciones con los números enteros, fraccionarios y de
cimales.— Sistema métrico-decimal de pesos y me
didas, reduciendo á él las antiguas españolas.—
Razones y proporciones.— Regla de tres simple.
Geometría: Definiciones generales de geometría plana y del espacio.—Angulos y triángulos.— Pro
blemas relativos á la línea recta y circular.— Cons
trucción de ellas.— Propiedades de los polígonos regulares.— Medición de superficies y volúmenes de los cuerpos regulares y sus expresiones formu
lares.— Cubicación de volúmenes.— Medición de su
perficies y volúmenes irregulares.
Dibujo: Sacar del sólido cualquiera pieza ú ór
gano de máquina con las acotaciones convenientes para la forja, fundición ó ajuste.— Trazado de las plantillas y modelos accesorios para la construcción del objeto que se designe.
Mecánica: Definición de fuerza, masa, densi
dad, velocidad é inercia.— Qué se entiende por mo
vimiento uniforme y variado.— Método práctico pa
ra encontrar el centro de gravedad de un cuerpo.—
Teoría de engranajes y trazado práctico de los mis
mos.— Máquinas simples; relación entre la poten
cia y la resistencia.— Diferentes cia-ses de rozamien
tos,— Resistencia de los materiales de construcción
á la presión, flexión y tracción— Distintas ciases
de máquinas y calderas de vapor, determinando las dimensiones de sus accesorios, conocida la presión.
Práctica de talleres: Conocimiento y manejo de las máquinas y útiles de un taller de conclusión mecánica de artillería.— Ejercicio práctico de la forja, temple, taladro, garlopa, torno, rayado, lima y ajuste de cualquier objeto que se designe.—Pre
paración de las herramientas necesarias para cons
truir la pieza que se determine.— Formación de presupuestos de un objeto determinado, especifi
cando el material más conveniente y el tiempo que se invertirá con los elementos de que se dis
ponga.
PARA MAESTRO DE MONTAJES.
Aritmética: Sistema de numeración,— Operacio
nes de los números enteros, fraccionarios y deci
males.— Sistema métrico-decimal de pesas y medi
das, reduciendo á él las antiguas españolas.—Ra
zones y proporciones.— Regla de tres simple.
Geometría: Definiciones generales de geometría plana y dcl espacio.— Angulos y triángulos.—Po- ligónos regulares é irregulares.— Problemas relati
vos á la línea recta y circular.— Medición de su
perficies planas regulares é irregulares con las ex
presiones formulares de las primeras.— Medición ile las superficies y volúmenes de los cuerpos regula
res y sus expresiones formulares.— Desarrollo de las superficies de los cuerpos regulares.— Trazado práctico de las curvas de segundo grado.— Cubica
ción de volúmenes.— Medición de superficies y vo
lúmenes irregulares.
Dibujo: Sacar del sólido una pieza cualquiera de las que se construyen en el taller.— Trazado de una herramienta cualquiera que haya de forjarse ó concluirse en el taller de montajes y obras de pa
lastro.
Práctica de talleres: Condiciones que deben re
unir los hierros destinados á la construcción de re
maches.— Trazado y construcción práctica de los remaches, preparando y construyendo ios útiles ne
cesarios para su fabricación.— Ensambladuras por medio de una ó má.s filas de remaches.—Coloca
ción de los remaches y remachado de las calderas de vapor.— Construcción de útiles y herramientas de calderería.— Conocimiento y manejo de las má
quinas de j)unzar, corlar, encorvar y doblar chapa, Conocimiento y manejo del horno durmiente.—Des
arrollos de las chapas, colocación de los remaches y construcción práctica de la obra que se propon
ga, haciendo los trazados necesarios para su eje
cución.— Formación del presupuesto de la obra que se proponga, apreciando el tiempo que se inver
tirá en su ejecución.— Reglamento francés para la recepción de las calderas de vapor y modificacio
nes introducidas en el mismo.
Madrid 30 de Abril de 1877.— Es copia.
JUZGADO DE G D EEA DE LA GOMANDANGU GENERAL DE CEMÁ.
Don Victoriano de López Pinto, Mariscal de Campo de los Ejércitos nacionales, Gobernador y Co
mandante General de esta plaza, y Don Ramírez de Darnpierre, Auditor de Guerra y Juez civil ordinario de la misma.
Por el presente se cita, llama y emplaza á Fraa- cisco Bascuñana Baeza, confinado cumplido del pe
nal de esta plaza que pasó á fijar su resideo- cía en Hellin, provincia de Albacete, para que en el término de treinta dias comparezca en es
te Juzgado á responder de los cargos que le re
sultan en causa que con oti'os se le sigue por intento de estafa al súbdito francés Mr. Casimiro Boissier; apeixibido que de no verificarlo le p^' rara el perjuicio que haya lugar.
Géuta ocho de Mayo de rail ochocientos se
tenta y siete.— Victoriano de López Pinto.—
Hamirez de Darnpierre. — Teodoro González del /Jo- yo. Escribano general.
IMPRENTA PROVINCIAL.
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