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Número 110. Viérnes 6 de Marzo del año económico de 1873-74. 38 cénts. de peseta.
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE ALBACETE.
Se publica los Lunes, Miércoles y Viérnes. Los suscritores de esta Ciudad pa
garán 2 pesetas al mes. Los de fuera 7,50 por uii trimestre y 13,50 por medio año. Los anuncios particulares que se quieran insertar en el BOLETIN, prévia licencia del Sr. Gobernador, pagarán 13 céntimos de peseta por línea.
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1*
S e c n an íte la ® accta.
Ministerio de la Guerra.
Una comisión de la Diputación provincial de Madrid entregó ayer al Sr. Ministro de la Guerra el si
guiente documento:
Hay un sello.—Díputacmipro- vincial.—Los Diputados que sus
criben, en vista de las criticas cir
cunstancias en que se encuentra el país con ocasión de la guerra civil, inspirándose en altos debe
res de patriotismo, proponen á la Diputación se sirva acordar:
1 Que ofrece su leal patrio
tismo, apoyo moral y material al Gobierno para combatir á los car
listas y conservar el órden públi
co.2.® Que se ofrezca al Gobierno equipar y armar á costa de la pro
vincia cuatro batallones de la re
serva.
Madrid 27 de Febrero de 1874.
José Lois ó Ibarra.—Miguel Car
ranza. -RamosPrieto.—Simón Pé
rez.—B. Pelletao.—Eduardo Ro
jas.—Antonio Rey y García.
Sesión de 27 de Febrero de 1874.—Tomada en consideración y declarada urgente fue aprobada por unanimidad.-El Presidente, Manuel Alonso Martínez.—LosSe- cretarios, Miguel Carranza y Va
lle.—Señores que asistieron á es
ta sesión, Arcas, Berrueco Ceinos.
Coghen.—Collado.—Estóban Co- llantes.—Fernandez de Velasco.-'- Fontagud Gargollo.—Garvizo.—
García Martin—Guerrero Brea.—
León Medina.-Lois.-Martin Mur
ga.—Martínez Escobar.—Martínez Luna.—Montejo Núñez de Velas- co.—Pelletan.—Perez (D. Simón).
Perez (D. Zóiio).—Ramos Prieto.—
Retortillo.—Rey.-Rodríguez Her- múa.—Rojas.—Romero Ortiz.—Ro- vira.—Sánchez López.--Süvela.-- Somaio.— Torres de Mendoza.—
Marqués de W ivel.-Carranza (Se
cretario).—Conde la Romera (Se
cretario).—Alonso Martínez (Pre
sidente).
Ministerio de la Gobernación.
Dirección general de Benelicencia, Sanidad y Establecimientos penales.
Circular.
Entre los diferentes é impor
tantes asuntos que á esta Direc
ción general corresponden, nin
guno como los de Sanidad exige del Gobierno y sus delegados ma
yor estudio y celo, más tacto y previsión, por las funestas conse
cuencias que pueden producir, dada la íudole especial que los caracteriza, y por su relación coa diverso.s intereses sociales y va
rios órdenes de la Administración pública.
Por esto, si el abandono de parte de las Autoridades ó la fal
ta del debido conocimiento en las esferas oficiales de las diversas causas que eula higiene pública influyen ponen en inmediato ries
go la vida del individuo y en pe
ligro inminente el sosegado con
cierto de los intereses de la so
ciedad que en aquel descansan, una resolución poco meditada, y sin tener en cuenta los efectos que pueda producir, es causa de re
sultados negativos, sino contra
producentes; lastima los intereses materiales del país, y suscita á las veces conflictos internaciona
les ó de autoridad dentro de nues
tro mismo territorio.
Pero si grandes son los cui
dados y la responsabilidad do las Autoridades en la conservación de la salud pública y en la preven
ción de las epidemias, cuando des
dichadamente y á pesar de todo es
fuerzo invade nuestro suelo una de estas enfermedades, nada es bastante, todo sacrificio escaso pa
ra salvar á la patria de una de las mayores calamidades y resti
tuirla á su estado normal.
Hoy, pues, nos hallamos en este caso; la viruela, que en los últimos años se ha reproducido en las principales naciones de Euro
pa con la misma violencia que se desplegara ántes del feliz descu
brimiento de Jenner, viene hace tiempo ensañándose con propor
ción creciente en nuestros pue
blos, demostrándose la ineficacia de los medios que el Gobierno te
nia aceptados para alcanzar la profilaxis de aquella enfermedad.
Por la circular de 50 de Di
ciembre último, inserta en la Ga
ceta de 1.® de Enero, habrá V. S.
visto los elementos con que en pri
mer término se trata de combatir tan desastrosa epidemia: la con
servación de la linfa vacuna en la especie bovina para que reúna las mejores condiciones de fuerza
y vitalidad es la base del sistema;
la creación de una Comisión cien
tífica dependiente del Gobierno para el manual operatorio, cuida
do de las terneras, preparación de tubos con destino al sumiuistro del flúido vacuno y demás funcio
nes inherentes á este servicio, su desarrollo y complemento necesa
rios .
Cumpliendo con plausible in
terés nuestros Representantes en París y Nápoles lo determinado en las disposiciones 1.* y 2.^ de la circular referida, han remitido al Gobieruo los tubos y terneras vacuníferas que les fueron encar
gados; y el Director del Institu
to do vacunación de París, Mr. La- noix, llevado de sentimientos fi
lantrópicos y deseoso de que los própositos de nuestro Gobierno ob
tengan ei mejor éxito, se ha pres
tado espontáneamente á acompa
ñar y cuidar durante el viaje á dichas reses para que los granos vacunos llegaran en sazón á esta capital, y á enseñar su método á los Facultativos españoles; con
ducta que este centro directivo ha visto con la mayor satisfac
ción, y que es digna de todo en
comio y del mayor aprecio.
En vista de esto, y reunido el Consejo superior de Sanidad para oir su ilustrado parecer, esta Di
rección general ha nombrado una Comisión provisional honorífica compuesta de ios Sres. D. Bonifa
cio Montejo, Presidente; é indivi
duos de la misma D. Joaquín Ba- dals. Visitador general de Benefi
cencia y Sanidad; D. Gregorio Sánchez Beato, D. Luis Felipe García, Don Antonio Espina y Ca
po; y de dos Profesores designa
dos por el Ministerio de la Guer
ra y uno por el de Marina, que lo han sido los Sres. D. Joaquín Plá y Pujol, D. Gabriel Ramou Adro- ver y D. Luis Alvarez y Zarza, con objeto de presenciar las opera
ciones vacunadoras de Mr. La- noix, en las que aquella ha to
mado parte bajo la dirección de tan distinguido Profesor, inocu
lando en otras el flúido de las in
dicadas terneras; conservar y tras
mitir sucesivamente el virus va
cuno en la especie bovina á fin de mantener perenne el manan
tial de la vacunación; preparar tubos para remitirlos á provin
cias, y cuanto con este servicio
requiere la acción científica en sus operaciones prácticas.
La actividad y esmerado celo desplegados hasta hoy en todos sus actos por la Comisión de va
cuna la hace digna del honroso encargo que se la ha dispensado y de la confianza que ha merecido de esta Superioridad.
Así, pues, aunque de una ma
nera provisional, puede decirse que ei Gobierno ha logrado la principal de sus aspiraciones al cumplir á la vez un deber cuya falta le hacia responsable del des
arrollo de la epidemia; ha conse
guido el medio de combatir tan terrible dolencia, y puede secun
dar los esfuerzos de V. S. en esa provincia remitiéndole los tubos de legítima y fresca linfa vacuna que considere necesarios, y pres
tándole toda clase de apoyo en sus actos administrativos, dirigidos á aminorar Ijs efectos de tan crue i enfermedad.
En las disposiciones 3.*, 4.* y 6.* de la circular mencionada de 50 de Diciembre tiene V. S. tra
zada su regia de conducta. En
cargo á V. S. la fiel observancia de lo que en ellas se previene. Ex
cite el patriotismo y los .senti
mientos de humanidad de la Di
putación de esa provincia, Ayun
tamientos, Juntas provincial y municipales de Sanidad especial
mente, y demás corporaciones del territorio de su mando, para que á semejanza de lo efectuado por el Gobierno establezcan Institu
ios ó centros de vacuna viva, que bien organizados y con el concur
so de los elementos particulares pueden ser sumamente econó
micos. Esto daría una idea muy levantada del estado administra
tivo de esa provincia, como asi
mismo del carácter de sus indi
viduos.
Por último, como término y fundamento necesario de este ser
vicio, es indispensable que fije V. S. su atención en la estadísti
ca, de cuyo estudio depende el progreso de todos los ramos del saber humano. En los adjuntos modelos, que cuidará de llenar con toda exactitud, se reúnen las noticias que este centro directivo necesita conocer, y que deberá V. S. remitirle el dia 15 de cada mes.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
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BOLETIN OFICIAL.
E! celo é inteligencia que V. S.
tiene iicreditado hacen esperar confiadamente á esta Dirección general que mirará con preferen
cia este asunto, y que en un plazo breve se podrá dar por terminada la epidemia variólica que hoy afli
ge y destruye la mayor parte de nuestras poblaciones.
Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 7 de Febrero de 7874.
El Director general, Julián Gar
cía San Miguel.—Sr. Gobernador de la provincia de...
PROVINCIA DE. NUMERO 1,
MES DE... DE 1874.
Estado de las operaciones de vacunación efectuadas en esta provincia durante dicho mes con el fluido vacuno suministrado por el Gobierno, y resultado de las mismas-
PUEBLOS. vacunados.individuos.Númerode
Número revac uñadosde
Número en que ha prendido la vacuna.
Númeroque enD O ha prendido.
T O T A L D E O P E n A C I O N E S .
Sumas...
Lugar y fecha.
El Gobernador
PROVINCIA DE. NUMERO 2.
RELACION
do los Institutos ó centros de vacuna que en la fecha
existen en esta provincia.
SISTEMA
que se sigue en cada establecimiento para la vacunación, trasmisión y suministro del flúido vacuno.
PROVINCIA DE.
Lugar y fecha.
El Gobernador.
NÚMERO 3.
MES DE... DE 1874.
Estado de las operaciones de vacunación efectuadas en esta provincia durante dicho mes con fluido vacuno de Instituios ó centros provinciales, municipales, particula
res o del extranjero, y resultados de aquellas.
PUEBLOS. ORIGEN
D E L A V A C U N A .
Númerode individuos vacunados.
Número revacunados.de
Número . en que ha prendido la vacuna.
Númeroque no en ha prendido.
T O T A L D E O P E R A C I O N E S .
Sl'.mas....
Lugar y fecha.
El Gobernador.
óeccton Ítí IproDtucia.
- GOBIERNO CIVIL.
CIRCULAR NUMERO 163.
En vista del patriótico desin
terés que en todas partes se ha despertado contra los contumaces partidarios de un pasado que no es posible renazca, y en pró de los héroes que hoy derraman su san
gre en defensa de la civilización, de la libertad y de las vigentes instituciones, emanación del dere
cho y de la democracia; y siendo un hecho que algunas corporacio
nes y pueblos de esta provincia se
han aprestado á secundar espon
táneamente tan generosa iniciati
va, llevados de su amor á la bue
na causa de la humanidad, para conocimiento de todos he acordado que desde la presente fecha se in
serten en las columnas de este pe
riódico oficial cuantos ofrecimien
tos se hicieren por estos habitan
tes con tan plausibles propósitos, haciendo así notorios los levanta
dos rasgos de abnegación y pa
triotismo que les distingue en bien de la Nación y por el triunfo de las libertades.
Albacete 5 de Marzo de 1874,
El Gobernador, Joié Gabriel Balcázar.
COMUNICACIONES
y (lespaclios telegráficos dirigidos al Go
bierno de esta provincia.
Madrid 2, 2,30 t.—El Presidente del Consejo de Ministros al Presidente del Comité conslitucional de La Roda;
«Doy á V. y á todos los de ese Comité las más cumplidas gracias en nombre del Gobierno, por el apoyo que ofrecen en favor del orden y de la patria.
IIelhn2, 2 í.—El Alcalde al Go
bernador y Ministro de la Goberna
ción:
«El Ayuntamiento liberal de llellin reitera su apoyo y adhesión al Gobier
no y Autoridades de la provincia, y no omitirá medio para allegar recursos y socorrer á los heridos del Norte.»
Idf,.h 3, 4,50 t.—El Alcalde al Go
bernador y Ministro de la Gobernación:
«El Ayuntamiento liberal dellellin, á pesar de su angustiosa situación por las exacciones de los carlistas y fede
rales, de la caja de su presupuesto ofrece al Gobierno 1.300 pesetas como donativo voluntario para atender á los gastos do la guerra; estando dispuesto á toda clase de sacrificios para conso
lidar las instituciones vigentes y para secundar los patrióticos esfuerzos del Gobierno y autoridad civil de la pro
vincia.»
Idem 4, 12,23 m.—El Alcalde al Gobernador y Ministro de la Gober
nación:
«Entregado al Delegado del Banco de España el donativo de 1.300 pese
tas, y abierta suscricion entre el ve
cindario.»
Li Roda 1.“ de Marzo de 1874.
«Sr. Gobernador civil de esta pro
vincia.—Muy Sr. mió y de toda mi consideración: Como Presidente del Comité del partido constitucional en esta villa, á virtud de acuerdo entre los individuos que lo componen y en nombre de nuestros correligionarios políticos en la misma, tengo el ho
nor de ofrecer á V. S., como represen
tante del Gobierno en esta provincia, nuestro más completo é incondicional apoyo en las presentes circunstancias, para salvar á todo trance el orden y la libertad, á la vez que la integridad y la honra de nuestra querida patria.»
Con tal motivo, le saluda á V. S.
y se ofrece con la mayor considera
ción su más atento s. s. q. b. s. m., Leopoldo Giménez Escribano.«
La Roda 3 de Marzo de 1874.
«Sr. 1). José Gabriel Balcázar.~Muy Sr. mió: No por iniciativa, ni á excita
ción de esta ó de la otra fracción polí
tica, sino á Impulsos de un sentimien
to unánime de humanidad y patriotis
mo, en esta localidad se está cubrien
do una suscricion, que va dando los mejores resultados, para atender en lo posible á la curación de los heridos del heroico ejército de la República, contribuyendo con dinero algunos ve
cinos, y los demás con manta.s de al
godón, sábanas de diversas clases, apósitos, vendas, hilas y otros efectos.
Esto sucede desde el dia de ayer;
y por lo tanto, como V. vé, ha veni
do á coincidir con la patriótica y leal excitación que V. nos hace en su con
testación, fecha del 2 y recibida hoy, á.la comunicación que por acuerdo del Comité constitucional tuve el ho,- nor de dirigirle el 1 de los corrientes.
Y comprendiendo le ha de causar á V. la mayor satisfacción, me cabe el placer de elevarlo á su conocimiento, como lo hago, aunque de una manera puramente confidencial. Con este mo
tivo le saluda á V. con la más distin
guida consideración su más atento s. s. q. b. s. m., Leopoldo Giménez Escribano.^
Alpera2 de Marzo de 1874.
«El Ayuntamiento popular de mi presidencia ha acordado, por conducto deV. S., prestar su leal y decidido apo
yo al Exorno. Sr. Presidente del Poder Ejecutivo de la República para salvar la libertad amenazada por los partida
rios del absolutismo, y que una Comi
sión de su seno salga'por la población para proporcionar recursos á nuestro valiente ejército, los que recogidos serán remitidos á V. S. de la manera que me insinúe.—Sr. Gobernador civil de la provincia.»
OTRA NUMERO 164.
Jurados.
Siendo el Jurado un paso ade
lante en la administración de jus
ticia, un progreso alcanzado en bien de los pueblos por las con
quistas revolucionarias de Setiem
bre, cuyos incalculables beneficios son desconocidos á muchos por desgracia, deber mió es, secun
dando los deseos del Gobierno de la República, inculcar la conve
niencia y necesidad de que por ningún funcionario público se opongan obstáculos á su plantea
miento y desarrollo, encargando muy especialmente á los Alcaldes abandonen la indiferencia punible con que algunos dejan de prestar auxilio á las funciones de aquel alto Tribunal.
Y como se hallen obligadas dichas autoridades á cumplir con las disposiciones contenidas en el capítulo 4.° de la ley de Enjuicia
miento criminal, á contribuir
á
que las leyes no sean desatendi
das y á que los Tribunales en
cuentren expedita su acción si ha de ser acatado el derecho y ensal
zada la justicia, he dispuesto re
cordarles sus deberes, que aguar
do serán cumplidos, ó en otro caso y por sensible que me sea he de verme en la precisión de disponer la corrección á que dieron lugar.
Albacete 5 de Marzo de 1874.
El Gobernador, José Gabriel Balcázar.
Audiencia Territorial,
Secretaría.
Según lo prevenido en la re
gla 6. del art. 5.'* de la ley de 18 de Junio de 1870, y de confor
midad á lo dispuesto por la Direc
ción. general de los Registros Ci
vil y de la Propiedad y del Nota
riado , deben proveerse por oposi
ción las Notarías vacantes en el distrito de esta Audiencia, que se expresan á continuación:
Notarías.
Partidos judiciale' I
á que corresponden.
Nerpio... Yeste.
Malagon... Piedrabuena.
Los aspirantes á ellas dirigi
rán sus solicitudes doco-mentadas á la Junta directiva del Colegio Notarial del distrito de esta Au
diencia, expresando en ellas taxati
vamente la Notaría ó Notarías que solicitan y el órden de preferen
cia en su caso para los efectos del art. 28 del reglamento general del Notariado.
Albacete 2 de Marzo de 1874.
Antonio G. Ocampo.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
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BOLETIN OFICIAL.
^ lu u n ta im e n ta s .
(1) Vóase el número aiilerior de este pe
riódico oficial.
MOLINICOS.
Extracto de los acuerdos tomados por el Ayuntamiento de esta villa en los meses de Octubre, Noviembre y diciembre de 1873, que se publica en el Boletín OFICIAL de esta provincia á los efectos del articulo 104 de la ley municipal de 20 de Ayostode 1870, á saber:
(Continuación.) (1)
Sesióndel du 7 de Diciembre. l .“ Se acordd dar el más exacto cumplimiento á cuanto se dispone en la Instrucción provincial para llevar á efecto la administración y recaudación del impuesto tran
sitorio sobre puertas, ventanas y balcones á la via pública, fijándose los correspondientes edictos en los sitios públicos de esta villa y el núm. del Boletín en que aquella se halla inserta, dirigiéndose á to
dos los Alcaldes de barrio la corres
pondiente circular para que ha
gan saber á todos los vecinos co
mo hasta el dia veinte del actual han de presentar en esta Secreta
ría las relaciones prevenidas en el art. veinte y cinco de dicha ins
trucción, y que el propietario que no lo verifique en indicado plazo incurrirá en la multa que seña
la el art. veinte y siete de la mis- ma; y que pasado el dia veinte del actual se cite á los individuos de la Junta pericial para que en vis
ta de dichas relaciones y de la ta
rifa que acompaña á la expresada Instrucción, se proceda á la forma
ción del repartimiento.
2.” Se did cuenta y fué aproba
do el alistamiento formado para la Milicia nacional local, exponién
dose al público para oir las recla
maciones que contra el mismo se presenten.
Se acordd la distribución de fondos municipales correspon
diente al ejercicio de 1872 á 73 y de 1875 á 74.
Sesióndeldía 14 y 21 de Diciem
bre.
No hubo negocio urgente de que pudiera ocuparse la Corporación.
Sesión del día 28 de Diciembre. Se acordd la distribución de fondos municipales de las canti
dades que quedaban por satisfa
cer, pertenecientes al ejercicio del presupuesto del año económico de 1872 á 1875, que todavía se halla en ejercicio.
Molinicos 15 de Febrero de 1874.— El Alcalde, .Ro7)iau Palo,- El Secretario, loriUo Mo
rales,
CAUDETE.
D. José Albertos Amords, Alcalde popular de esta villa-de Cán
dete.
Hago saber: Que debiendo ve
rificarse la rectificación del ami- llaramiento que ha de servir de base para el repartimiento de la contribución de inmuebles, culti
vo y ganadería del año próximo de 1874-75, se invita á los vecinos y terratenientes de este pueblo á que presenten en la Secretaría de este Ayuntamiento y por término de veinte dias, á contar desde la inserción de este anuncio en el
Boletín oficial, relaciones dupli
cadas de Ja alteración que haya experimentado su riqueza; aper
cibidos que de no verificarlo su
frirán ios perjuicios consiguientes.
Cándete 29 de Febrero de 1874.
José Albertos.
PEÑASCOSA.
D. Higinio Flores, primer Teniente Alcalde de esta villa en funcio
nes de Alcalde por ausencia de este.
Hago saber á todos.los vecinos y hacendados forasteros en este tér
mino: Que debiendo procederse á la rectificación del amillaramiento, base del repartimiento déla contri
bución de inmuebles para el año económico 1874-75, presenten en esta Secretaría dentro del término de quince dias relaciones dupli
cadas del movimiento que haya tenido su riqueza imponible; en inteligencia que pasado dicho pla
zo sin haberlo verificado se les formarán de oficio y no serán oidas sus reclamaciones.
Peñascosa 27 de Febrero de 1874.— Higinio Flores.
ALPERA.
D, Dimas de Hoyos Bonilla, Al
calde popular de esta villa de Alpera.
Hago saber: Que para formar con exactitud el repartimiento de la contribución territorial, culti
vo y ganadería del año económico de 1874 á 75, se hace indispensa
ble que los vecinos y terratenien
tes de esta población presenten en la Secretaría de este Ayunta
miento en el término de treinta dias, contados desde la inserción de este anuncio en el Boletín o fi
cial de esta provincia, relaciones del movimiento que hayan sufri
do sus respectivas riquezas; ad- virtiéndoies que trascurrido dicho término serán desatendidas las que se presenten, parándoles el perjuicio consiguiente.
Lo que se hace notorio para conocimiento de los mismos y efectos conducentes.
Alpera 24 de Febrero de 1874.
El Alcalde, Dimas de Hoyos.—Por su mandado, Enrique Garda, Se
cretario.
BALAZOTE.
D. Juan de Tóbar, Alcalde de es
ta villa de Balazote.
Hago saber: Que para hacer oportunamente la rectificación del amillaramiento, base del reparti
miento territorial que ha de for
marse para el año económico de 1874 á 4875, se invita y reclama de los contribuyentes que hayan tenido aita d baja en su riqueza presenten las oportunas relaciones de la variación de ella en la Se
cretaría de este Ayuntamiento hasta el dia 15 de Abril próximo;
pues pasado dicho plazo no serán recibidas aquellas, siguiéndoseles los perjuicios á que dé lugar su mo
rosidad y apatía.
Balazote 26 de Febrero de 1874.
E. A., Juan de Tébar.
GOLOSALVO.
D. Miguel Vergara, Alcalde popu
lar de esta villa de Golosalvo.
Hago saber: Que debiéndose verificar la rectificación del ami
llaramiento, base del reparto terri
torial de 1874 á 1875, se invita á los contribuyentes, así vecinos co
mo forasteros que hayan tenido alteración en su riqueza, presen
ten relaciones de ellas en la Se
cretaría de este Municipio en el término de 30 dias, á contar des
de la fecha de la inserción en el
Boletín oficial de esta provincia;
apercibidos que de no verificarlo no tendrán derecho á reclamar de los agravios que involuntariamen
te se les puedan inferir.
Golosalvo 1." de Marzo de 1874.
E. A., Miguel Vergara.—Juan Jo
sé García, Secretario.
SECCION
NOOFICIAL.
A N U N C IO S .
Se recomienda con todo interés á los Alcaldes de los pueblos de esta provincia la adquisición del Manual indispensable á la Administración Mu
nicipal, obra publicada por D. Manuel Ruiz de Obregon, Abogado del ilus
tre Colegio de Madrid, de útilísima aplicación á los Ayuntamientos y cu
yo libro tiene el indisputable mé
rito de poner en términos claros y sencillos las disposiciones que pudie
ran aparecer confusas y demasiado oscuras.
En una palabra, este libro, en cuan
to á la Administración municipal ata
ñe, es un guia necesario que contie- ne formularios adecuados, sanos con
sejos y advertencias prudentes que facilitarán la buena marcha adminis
trativa en todos los ramos.
TRATADO PRÁCTICO
BENEFICENCIA PARTICULAR.DE
Instrucción para el ejercicio del Protectorado en la Beneficen
cia particular de 50 de Diciembre de 4873, anotada por D. Fermín Hernández Iglesias, Jefe de la Sec
ción del ramo en el Ministerio de la Gobernación.—12 reales en Ma
drid y 13 en provincias franco de porte.—Los pedidos á nombre del autor, Parada, 15, principal, iz
quierda, 6 Revista de Administra- don, Madera, 27, 2 .\ derecha.
oficina TIPOGRAFICA PROVINCIAL,
OBSERVATORIO DE ALBACETE.
OBSERVACIONES METEOROLÓGICAS CORRESPONDIENTES Á LOS DIAS 4 Y 5 DE MARZO DE 1874,
' E N ilC I L Í M E T R O S Y Á O " .BAROMETRO TERMÓMETROS CENTIGRADOS. PSICRÓMETRO.
H U M E D A D R E L A T I V A . 1
Dirección Atmómetro Pluvióme- DIAS. Altura me
dia. Osdliacon. Máxima
so).a l sombra. Diferencia.Máxima á la Mínimaaire.ai reflector. Diferencia.Idemdel Temperamedia. Oscitación.tura mañana.Nueve de la la tarde.Tresde
viento.del en
mllimeiros. tro eu
milímetros. ESTADO DEL CIELO.
4 709,16 0,72 15,4 8,0 7,4 1,0 —0,5
'
0,5 4,5 7,0 j 86 88 E.N.E. 5,50 Revuelto todo el dia.
5 710,17 1,16 14,4 8,0 6,4 -0 ,5 -2 ,5 -1 ,8 3,8 8,~5 84 76 E. 3,50 Niebla por la mañana
con hielo.
■ —
i
. iP. O. del Catedrático encargado, Francisco Rlanes.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»