Número 107 Lunes 6 de Septiembre de 1915 25 céntimos
BO LETÉ O F IC IA L
DE LA PROVINCIA DE ALBACETE
pRiíoios DE SüBCRiPcióiJ.—Eu la capital: Uu trimestre, -5 pesetas.—Un semestre 7 id. --Uaaüo, 1 2 5 0 id.—Fuera de la Capital; Un trime.stre, 5 pesetas.—Un semes
tre, 9 id.—Uu aüo, 1 5 id.—Los edictos y seuteucias de lo.s Juzgados y Tribimales que se publiquen, y uo sean de oficio, pagnráu 2 5 céntimo.s de peseta por linea.
Preciosde Anüncios.—Los amiucios particulares que se publiquen, previa licencia ' del limo. Sr. Goberuador, pagarán: De una á seis líneas, 1 peseta. De siete á quince,.
; 1 ‘5 0 id.-- De diez y seis á treinta, 2 id.—De treinta en adelante, precio convencional.
Se publica Lunes, Miércoles y Víerue.s.-Las reclamaciones al Director de la Imprenta.
Sección de la Gaceta
P R E S ID E N C IA D E L C O iN S E JO D E M LN 'ISTR O S
S. M. el RiXY lAon Alfonso K lil (que Dios í^uurJe), S. M. la Re in a Vic- toi'ia Eug’enia y SS. A A . RR. el Prínci
pe vle Asturias é Infantes, continiian sin novedad en su importante salud.
De igual beneficio disfrutan las demás personas de la Augusta Real Familia.
f d a n ta 5 Septiembre).
MDÍTSTERIO TJE GRACIA Y JUSTICIA
REALES ORDENES
Exorno: vSr.: El cun)])Iimierito del artícu
lo 626 de ia ley Orgánica del Poder judicial nos presenta en los instantes actuales un ver
dadero problema, aunque forzoso es recono
cer que no de difieil .solución.
Dice textualmente el citado artículo:
‘ En el día 15 de Septiembre de cada año, ó cuando éste fuese fe.stivo en el siguiente, se verificará ia solemne apertura de los Tribu
nales en el ^Suprémo, á cuyo acto concurri
rán todos lo.s que en Madrid desempeñen cargos judiciales ó de! Ministerio Fiscal, la Junta de gobierno del Colegio de Abogados, las de los Colegios de Nolarios y Procurado
res y lo.s auxiliares de los Tribunales y Juz
gados. »
Son, pues, dos las obiigacioues que se nos imponeu por este precepto de la Ley: una, la de que el acto de apertura se verifique en el local ocupado por el Tribunal Supremo;
otra, la de que concurran á la solemnidad cuantas personas y entidades ahí se determi
nan.
Destruido por un incendio el Palacio de Justicias, refugiado el Supremo en donde ha hallado asilo generoso, y forzado por las cir
cunstancias á permanecer en casa que no reúne las condiciones de extensión y de co
modidad necesarias para que puedan actuar con holgura, simultántíamente, las dos altas entidades que en ella habitan, es, además,
’in hecho evidente que no hay en la nueva morada un salón bastante amplio para que co rl quepan todas aquellas personas á las que la ley impone el deber de asistir; que no sólo en ellas un derecho que de todos mo- áo)j había también de ser atendido.
Sí, pues, di acto de apertura .«e realizase la casa que ocupa el Tribunal Supremo, imponía la ausencia de muchas de esas pai’sonas: en cambio, si .éstas no hau de fa l
tar, es necesario- que la solemnidad se cele
bre en local distinto.
Puestos sn tal forzosa alternativa, la elec
ción es obvia, porque lo principal es aten
der á las personas no al local, y además, en donde quiera que se constituya el Tribunal Supremo allí está la entidad á que se refie
re la ley.
•Pu'ü si se estudian los antecedentes de ese precepto y se aquilata lu razón de ser de la obligación impuesta en él, en relación al sitio de la solemnidad, claramente se vé que no hay necesidad de escoger, atendiendo á la importancia de la materia; porque el pro
pósito del legislador fuó tan sólo que el acto de la apertura no se verifique en todas las Audiencias, según venía haciéndose, sino en el Supremo únicamente, pues siendo éi la más alta representación de los Tribunales de justicia, bastaba con que en éi se realizase la ceremonia, con lo cual se le daba aún ma
yor solemnidad á ésta.
Tal consideración, y la imposibilidad material de cumplir en sus dos extremos el artículo 626 de la ley Orgánica, movieron al Ministro que suscribe á buscar un lugar ade
cuado, y previa la a))robación del Consejo de Ministros, obtuvo del señor R ector de la Universidad Central la aquiescencia para que el acto se verificase en el Paraninfo.
Fin su virtud,
S. M. el Rey (q. D. g .) so ha servido dis
poner que la apertura de los Tribunales de justicia, según lo ordenado en el artículo 626 de la ley Orgánica del Poder judicial, se realice el día 15 de Septiembre, concurrien
do las personas y entidades que en el mismo artículo se determinan y á más representa
ciones de las Comisiones asesoras de este Ministerio, á las cuales se invitará; pero no en el local ocupado actualmente por el T ri
bunal Supremo, por su incapacidad evidente, sino en el Paraninfo de la Universidad Cen
tral, para lo cual V. E , á fin de llevar á ca
bo esta Real disposición, deberá ponerse de acuerdo con el señor Rector.
Dios guarde á V. E. muchos años. Ma
drid 26 de Agosto de 1915,
BURGOS Y MAZO Exemo. Señor Presidente del Tribunal Su
premo.
(Gaeet'i 28 Agosto.)
lim o. Sr : Con arreglo á lo prevenido eu el artículo 2 .° del Real decreto de 29 de Ju
lio último sobre designación del Tribunal que bajo la digna presidencia de V. I. ha de for
mar el Cuestionario, disponer lo referente al examen de los Cronistas Reyes de Armas de S. M. y juzgar de la aptitud de los mismos l para expedir válidamente certificaciones en
materia de nobleza, genealogía y escudos de armas,
S. M. el Rey (q. D. g . ) ae ha servido dis
poner lo siguiente:
1. ° Que como Vocales del referido Tribu
nal, en virtud de propuestas formuladas, res
pectivamente, por la Real Academia de la Historia, por la Junta de Gobierno del Ilus
tre Colegio Notarial de Madrid y por el Mi
nisterio de Instrucción pública y Bellas Ar
tes, formen parte de aquél:
El Exorno. Sr. D. Francisco Fernández de Bethencout, individuo de número de las Rea
les Academias Española de la Lengua y de la Historia, Censor de esta última Corporación.
El Sr. D. José Menéndez y de Parra, N o
tario de esta villa y Corte; y
El Sr. D. Juan Menéndez Pidal, individuo de número de la Real Academia Española, electo de la Real de la Historia, Jefe de pri
mer grado del cuei’po facultativo de Archi
veros, Bibloteoarios y Arqueólogos, y Direc
tor del Archivo Histórico Nacioual.
2 . “ Que en calidad de persona de reco
nocida competencia en aquellas materias for
me también parte de dicho Tribunal, en con
cepto de Vocal del mismo, el Señor Don F er
nando Suárez de Tangil y de Angulo, Doctor en derecho, Secretario de la Diputación de la A.samblea de la luclita y Soberana Or
den Militar de San Juan Je Jerusalén (Len
gua de España), Oficial técnico, por oposi
ción, de este Ministerio, excedente; Oficial Letrado del Consejo de Estado.
8.° Que desempeñe con voz y voto las funciones de Secretario del expresado Tribu
nal el Sr. D. Pío Ballesteros y Alava, Doctor en Derecho, Profesor de la Universidad Cen
tral; Oficial segundo, por oposición, del Cuer
po técnico de la Subsecretaría del digno car
go de V. I.
De Real orden lo digo á V, I. para su co nocimiento y efectos procedentes. Dios guar
de á V. I. muchos años. Madrid 28 de Agos
to de 1815.
BURGOS Y MAZO Señor Subsecretario de este Ministerio.
(Gaceta 29 Agosto.)
MINISTERIO DE IiNSTRUCCiÓN PÚBLICA
Y BELLAS ARTES REAL ORDEN
Habiéndose dirigido á este Ministerio al
gunos Rectorados, dando cuenta de las difi
cultades que encuentran para cum p lirlo dis
puesto en la Real orden de 20 de Marzo de 1912, para reunir los respectivos Claustros con objeto de adjudicar, mediante sorteo.
'' Escuelas nacionales á los Maestros de las úi-
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Boletín Oficial de Albacete
K‘-“-
timas catcf^orías que han de ser frasladfiílos por incoinpatihilidail coa las Autoridades (>
el vecindario, en virtud de lo dispuesto en el aríículf' Id del Ueal decreto de T de F e br e ro de 1008,
S. M. .el Rey (q. D. g ) lia tenido á bien resolver que en lo sucesivo el mencionado sorteo se \'(*riíique ante los Consejos univer
sitarios. *
Ue Real orilen In dig*» á V. 1. para su co
nocimiento y demás efeotos. Dios guarde ;t Y. I. muchos anos. Aladrld Ü8 de Agosto de IIU:..
P. ü., .1. SILVELA Sr. Director general do primera enaeñarjza.
iQaceta ScqH.ieinl)ro.)
Sección de la Provincia
( 3 0 3 3 I B J R I s r 0
C ircu la r n ú m ero 148.
Siíi'i'tíloí'u'i,
FjI dj'a '22 de Agosto ultimo, se extravió en el término municipal de Ballestero el jó- ven desús Chacón Rodríguez, hijo de Julián, vecino de Alcaraz, de 14 años, estatura re
gular. pelo castaño, lat)io.s gruesos, algo tar
tamudo, viste clia(|U<-ta y pantalón de pana, con alpargatas.
Encargo á los Señores Alcaldes, Guardia civil y agentes que de mi Autoridad depen
dan, procedan á la busca y detención del in dicado jóven, poniéndolo á di.sposición de la Alcaldía de Alcaraz caso do ser habido, para entregarlo á su padre.
Albacete 4 de Septiembre de 191.').
Kl (iohernudor,
C ircu lar n ú m ero 149.
El día 28 de Agosto último, desapareció del domicilio paterno en esta capital el ¡oven Celestino López Landete, de 10 anos, viste pantalón de j)ana claro color crema con lis
tas, alpargatas blancas, calcetines negros, con bastante pelo, delgado y en la pierna derecha una cicatriz
Encargo á los Señores Alcaldes, Guardia civil y agentes que de mi Autoridad depen
dan, procedan á la busca y detención del in
dicado jóven, poniéndolo á rni disposición caso de ser habido, para entregarlo á sn.s padres.
Albaco.'te 4 de Sp.pliembre de 191.0.
El Gobernador,
Bou Felipe Moníoya Gómez, Gobernador c i
vil de esta provincia.
Hao-o saber: Que ha terminado la con
ducción por los ríos Taibilla y Segura de 25.000 piezas de madera para la cual este Gobierno otorgó autorización con 1‘echa 16 de Abril último á Oon Jenaro López Qui- jano.
Lo que se hace público para que en el plazo de quince días, í'eativos inclusive, á partir del siguiente al en que se inserte el presente édictOj los particulares y Corpora
ciones puedan formular ante las respectivas Alcaldías ó ante este Gobierno cuantas re
clamaciones juzguen convaiiientes por daños y perjuicios que puedan haber sido origina
dos por la conducción en el río y terrenos ribereños; bien entendido que, expirado el citado plazo, no deberán admitirse por las Alcaldías ni se admitirá por este Gobierno reclamación alguna; que los Alcaldes intere
sados, precisamente dentro de los cinco días BÍguientee á loa quince concedidos, habrán
de remitir á e.ste Gobierno una certificación acreditativa de cuantas reclamaciouea se hu
bieren presentado, ó en caso contrario de no haberse foniinlailu ninguna; y que si dentro de esos cinco días no se han recibido las cer
tificaciones, se entenderá que no hay recla
maciones, y se devolverá la fianza con.sti- tuída.
Albacete 4 de Septiembre de 1915.— El Gobernador, Felipe Monloyu.
Don Felipe Montoya Gójiiez, Gobernador ci
vil de e.sta provincia.
Hago saber; Que en 23 de Agosto último en los expedientes de registro minero núme
ros 809 y 810 que se instruyen en este Go
bierno a instancia de Don Jorge Pórtela de la Llera, se ha dictado la siguiente [>rovi- dencia:
«Püí presentada y adaiitida la presente instancia.de Don Jorge Pórtela de la Llera, vecino de Cartagena, en la (|Ue renuncia á los derechos que p.uedan asistirle en los expe
dientes de registro minero que llevan los nú
meros 809 y 8111, iuteresauciü á la vez le sean devueltii.s las cartas de pago de los respecti
vos expedientes y que se oidene la devolu
ción de las cantidades que representan; una, 446‘50 pesetas, y la otra del expediente nú
mero 810, también representa la misma can
tidad, y cuya.s cartas de pago llevan los nú
meros 99 de entrada y 31 de registro, y 100 , de entrada y 32 de registro respectivamente, que llevan fecha 6 de Abril último; haciendo uso de las facultades que me conliere el artí
culo 93 dtd Reglamento de 16 de Junio de 1905, en su caso 3 .‘’; he acordado dejar sin cur.so y fenecidos los referidos expedientes de Don Jorge Pórtela de la Llera y que se en
treguen al mismo las indicada.s cartas de ]>agü, dándose cuenta al iSefior Delegado de Hacienda para que acuerde el pago de refe
ridas cantidades.»
Albacete veintitrés de Agosto de mil no
vecientos quince.— El (Tobevnador, Felipe Montoya.
Lo <iue se anuncia en este periódico ofi
cial para conocimiento del público y efectos legale.s.
Albacete 4 de Septiembre de 1915.-—El Gobernador, Felipe Montoya.
Don Felipe iMontoya Góni'z, Gobernador c i
vil de esta provincia.
Hago saber: Que ha termino la conduc
ción por el río Segura de 3.000 pieza.s de ma
dera para la cual este Gobierno otorgó auto
rización con fecha 26 de Mayo último á Don inocente Paz ^Soriano.
Lo que se hace público para que en el plazo de quince díaKS, festivos inclusive, á partir del siguiente al en que se inserte el presente edicto, los particulares y Corpora
ciones puedan formular ante las respectivas Alcaldícis ó ante este Gobierno cuantas recla
maciones juzguen convenientes por daños y perjuicios que puedan haber sido originados por la oonduoción en el río y terrenos ribe
reños: bien entendido que, expirado el cita
do plazo, no deberán admitir.se por las Al
caldías ni se admitirá por este Gobierno re
clamación alguna; que los Alcaldes inteve.sa- dos, precisamente dentro de los cinco días siguientes á los quince concedidos, habrán de remitir á este Gobierno una certiftcación acreditativa de cuantas reclamaciones se hu
bieren presentado, ó en caso contrario de no haberse formulado ninguna; y qúe si dentro de esos cinco días no se han recibido las cer
tificaciones, se entenderá que no hay recla
maciones, y se devolverá la fianza consti
tuida.
i Albacete 4 de Septiembre de 1915.— El Gobernador, Felipe Mwitoya.
SECCION PROVINCIAL DE POSITOS
E d icto.
El Exemo Señor Delegado Regio, tne co
munica (jue oon fecha 24 de! pasado Agosto se ha servido nombrar á Don Santos Villa- caña, Agente ejecutivo en sustitución de Don Gregorio Velasen, para que realice por la vía (le apremio lo.s de.scubiertos que en 2.“
grado tengan los Pósitos de .Alborea y í^a Roda.
Lo (jue so hace público por medio de es
te periódico oficial, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 14 del Real decreto de 24 de Diciembre de 1909.
Albacete 2 de Septiembre de 1915.—El Jefe de la Sección, Ricardo Castro.
INSTITUTO GENERAL Y TECNICO DE ALBACETE C w ’S/j ( h 1 9 1 3 á 1 9 1 6 .
A nu n cio.
Los alumnos del Bachillerato que hallan do cursar su-s estadios en este Centro oficial
mente, podrán hacer su m atiícula ordinaria durante todo el próximo mes de Septiembre y la extraordinaria en la primera quincena del de Octubre.
Los de en.señanza Colegiada durante la primera (luiucen-a del mencionado mes de Octubre y la extraordinaria en la segunda rjuincena.
Abonarán por matrícula ordinaria 8 pe
setas en papel de pagos al Estado y una pó
liza do 0 ‘10 pesetas por asignatura y una pó- iza de 0 ‘10 pesetas por alumno y por la ex
traordinaria 16 ptísetas en papel de pago.s al Estadíj y una póliza de íVU) por asignatura y una póliza más de 0 ‘10 pesetas por alum
no.
Albacete 31 de Ago-sto de 1915.—El Se
cretario, .rulio Carrilero.
AGENCIA EJECUTIVA DE BONILLO Don Pedro Lava Moreno, Agento ejecutivo
del Ayuntamiento de esta villa.
Hago saber: Que por el Señor Alcalde de esta villa, iie ha dictada con fecha de hoy la siguiente providencia.
«Medíate no haber hecho efectivas sus cuo
tas los contribuyentes incluidos en la ante
rior relación por el concepto de consumos correspondiente al primero y segundo tri
mestres de este año, durante los períodos vo
luntarios de cobranza que al efecto se les se
ñalaron, cumpliendo lo preceptuado en el artículo 50 de la Instrucción de 26 de Abril de 1900, declaro á dichos contribuyentes in- cursos en el recargo de {?rimer grado de apre
mio, que consiste en un 5 por 100 sobre el total importe de sus respectivos débitos;
en la inteligencia de que si en el plazo de tres días no satisfacen el principal y recar
gos referidos, les parará el perjuicio á que hubiere lugar é incurrirán los morosos en el segundo grado de apremio, con nuevo recar
go de 10 por 100 «obre dicho importe y la ejecución eoutra sus bienes».
Y en cumplimiento de lo que dispone el artículo 52 de la citada Instrucción, se pu
blica el presente edicto, por el que anuncio á los contribuyentes el derecho que tienen de solventar sus descubiertos con ed recargo del primer grado de apremio.
Bonillo 51 de Julio da 1915.— El Agente ejecutivo, Pedre.» Lara.
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AGENCIA EJECUTIVA DE TOBARRA Don José MfU'ía Gavcía Guerrero, Agente eje
cutivo del Ayuntamiento de esta villa.
Tingo saber: Que con esta fecha se ha dictado por el señor Alcalde de esta villa la siguiente providencia:
*No habiendo satisfecho sus cuotas los contribuyentes expresados en la presente re
lación, dentro de los plazos hábiles que se les aeñalaron en los edictos de cobranza fijados en esta localidad con la anticipación debida antes de abrirse el pago de dicha contribu- bución, correspondiente al tercer -trimestre de consumos del año actual concedidos para efectúalo, queda:; incursos en el recargo del 5 por 100 .sobre sus respectivas cuotas que marca el artículo 50 de la Instrucción de 26 de Abril de 1900. exceptuándose aquellos que estén en descubierto por trimestres anterio
res, artículo 148, en la inteligencia de que si en el término de 3 días no satisfacen los mo
rosos el principal y recargos referidos, pasa
do dicho plazo se expedirá el apremio de se
gundo grado».
Y en cumplimiento de lo que dispone el artículo 52 de la citada Instrucción, se pu
blica el presente edicto por lo que anuncio á los Contribuyentes el derecho que tienen de solventar sus desoubirtos con el recargo del primer grado de apremio.
Tobarra 1.® de Septiembre de 1915.— El Agente ejecutivo, José María García.
m\mi n f§\iiftrini)iíEíi n li m \w \\ oe ííi B íoeiij
ALPEIÍA
U rban a. ¡j 2 .^ Irim estrefi de 1915.
Don .Tnlitln G arda Ibarrola, Kecandaclor del Arriendo provincial de Contril)ncioiies.
Hago saber; Qne en el expediente que instruyo por débitos del citado concepto, correspondientes al expresado período, se encuentran comprendidos los deudores que á continuación se relacionan, sin que coaste tengan en esta localidad persona que l?s re presente, por lo qne expongo el presente edicto, para que pueda llegar i conocimiento de los mismos, que con fecha 20 de Julio áltimo he dictado la siguiente providencia declarando el apremio de segundo grado.
«De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Instrucción de 26 de Abril de 1900, declaro incursos en el segundo grado de apremio y recargo de 10 por 100 sobre el importe total del descubierto, i los contribuyentes incluidos en la anterior velación.
Notifiquese á los mismos esta providencia. ;í fin de que puedan satisfacer sus débitos durante él plazo de veinticuatro horas; advlrtiéndoles que, de no ve
rificarlo, se procecleni inmediatamente al embargó de todos sus bienes, señalando al efecto las finca.? que han de ser objeto de ejecución, y se expectirán los oportunos mandamientos al Señor Registrador de fa propiídad del partido, para la anotación preA'entiva d#l «mbargo.»
Número del recibo 87. Manuel Cabral, v«cind¿\d ignorada, cuota 3 pesetas.
Idem 157, José Castillo Medallones, id., id. 4 pe
setas.
Idem 158, Juana Trejo Sánchez, id., id. 4 pesetas.
Idem 298. Femando Aldomar Bonete, id., id. 6 peseta.?.
Idem 414, Felicia Arelíano Ortuuo, id., id. 4 ‘68 pesetas.
Idem 466. Fernando Tornero Navajas, id., id. 3'84 pesetas.
Idem 468, Señor Vizconde do San Germán, id., id. 30^02 pesetas.
Idem 477, Feliciano Colomer Ramírez de Arellano, 'd., id. 6'32 pesetas.
. ídem 485, .Jesús Colomer Ramírez de Arellano,
‘d-, id. 1^83 pe.setas.
Idem G02, Fulgencio Castillo, id., id . 2^83 pese
tas.
Idem 652, Mariana Castillo Belmar, id., id. 3 pe
setas.
Idem 704, Feliciano Colomer Ramírez de Avellano, id. o pesetas.
Idpni 739, Jesús Colomer Ramírez 'de Arellano.
iii., id. 5 pesetas.
Idem 190. Jo se fa N a v a ja s P iq u e ra s, id ., id. 1 ‘66 p e s e ta s .
Idem 183, Herederos de Don .José Matías Belmar.
id., id. 2 pesetas.
Idem 282, Juana Navaja.? Pérez, id., id. 3 ‘5S pe
setas.
Idem .318^ .Tnan Antonio Albert Medina, id., id.
5*34 pesetas.
ídem 601, Félix Díaz Arnetlo, id., id. 1-67 pese- -tas.
Idem 740, .Jesús Colomer Ramírez de Arellano.
id., id. 2 ‘07 pesetas.
Idem 789, Eugenio PalencÍB, id., id. 3*34 pesetas.
Idem 8 1 6 , H eredero.? de Ro.sario d el C am po, id ., id. 3'32 p e se ta s.
Idem 817, Fernando Amedo Navaja.?, id., id., 4 ‘02 pesetas.
Id e m 7 2 8 , A lfonso M egías A ruedo, id ., id. 1 ‘3 3 p e s e ta s.
Así, pues, en cumplimiento de lo preceptuado en los párrafos 3.° y del artículo 142 de la Instruc
ción de 26 de Abril de 1900, se publica y fija el pre
sente edicto en los puntos de costumbre, firmando el Señor Alcalde el duplicado de las cédulas de notifica
ción, con dos testigos designados por el mismo, para que surta los oportunos efectos y además se insertai'á en el B o h lín ofieial de la provincia y Gaeita d* M a
drid, entregando en Tesorería de Hacienda los ejem
plares necesarios.
Alpera 23 dexlgo.sto de 1915.—El Recaudador, Julián García.—V.® B.°—El Arrendatario, P. P ..
Pujalte.
JUZGADOS
ALBACETBI Hequisüoria.
Miftari’o Polá, ifrancisco, hijo de D om in
go y Lorenza, soltero, curtidor, de 23 años, natural y vecino de Lorca, con dom icilio en el barrio de San Cristóbal, procesado sobre estafa por viajar sin billete en el tren 9 el día 28 de Julio último, comparecerá en tér
mino de diez días ante el Jnzgaao de instruc
ción de Albacete á efectos de dicha causa;
bajo apercibimiento de declararle rebelde.
Está acordada su prisión provisional en au
to de 1.® de Septembre, por lo cual se inte
resa su basca y captura y prisión, ratificán
dole en su caso en tiempo y forma en tal concepto á disposición de dicho Juzgado.
ALCARÁZ ^
Don Luis Pomares Pérez, Juez de primera instancia de este partido.
Por el presente edicto se convoca á las personas ignoradas á quienes pueda perju
dicar la inscripción de dominio de las fincas siguientes:
Situadas en iéruiino de Bonillo.
Pesetas, 1. ®" Una tierra cebadal en el ca
mino de Lezuza ó Cruz del Capi
tán, de caber tres fanegas, ocho ce- emines y dos cuartillos, ó sean dos lecláreas, cincuenta y nueve áreas, setenta y nueve centiáreas; linda Saliente tierras de Don José Apa
ricio, Mediodía y Poniente camino de Lezuza, Norte camino de la Te
jera: vale... 1.170 2. '^ Otra en loa Alconcejos, de tres fanegas y nueve celemines, ó sean dos hectáreas, setenta y dos áreas, setenta y una centiáreas; lin
da Saliente tierras de la viuda de Francisco Mora, Mediodía las de Antonio Hidalgo, Poniente las de herederos de Don Pedro Sánchez,
Norte camino de la Robledora: vale. 275 S.**" Otra en los Cabezueloa, de
caber dos fanegas, once celemines, dos cuartillos, ó sean dos hectáreas, siete áreas y cinco centiáreas; lin
da Saliente tierras de Miguel Este
ban, Mediodía las de Francisco Ca
lero, Poniente Capellanías y Norte con tierras de José Martínez: vale.
d.*" Otra en Horcajada, de ca
ber tres fanegas, un celemín, dos cuartillos, ó sean dos hectáreas, diez y ocho áreas y noventa y tres centiáreas; linda Saliente tierras de Don Paulino Castellanos, hoy sus^ herederos, Mediodía las de Joa
quín Fernández, Poniente las de herederos de Don Ramón Palomar y Norte los herederos de Don Vi
cente Castellanos: vale. . , . . 5.'^ Otra en el carril del Alto, de caber tres fanegas, siete cele
mines, tres cuartillos, equivalentes á dos hectáreas, cincuenta y cinco áreas y noventa y una centiáreas;
linda Saliente Francisco Calero, Mediodía dicho carril, Poniente Juan Hidalgo y Norte herederos de Don Vicente Castellanos; vale. .
G A Otra en el camino de Lezu
za, de cuatro fanegas, once celem i
nes, dos cuartillos, ó san tres hec
táreas, cuarenta y siete áreas, trein
ta y siete centiáreas; linda Saliente herederos de Don Pedro Sánchez, Mediodía camino deLezuza,Ponien
te Pedro Sánchez López y Norte ca
rril del Alto: vale...
7. “ Otra en el Vallejo de la P ól
vora, de cuatro fanegas y once cele
mines, ó sean tres hectáreas, cin
cuenta y cuatro áreas y cuarenta y cinco centiáreas; linda Saliente Sebastián Canales, Mediodía cam i
no de Murcia, Poniente Ramón Ca
nales y Norte Don José Navarro:
vale...
8. ® Otra tierra en Cañadillas, Cruces ó Mata del Ruedo, de caber ciento veintiuna fanegas, cinco ce
lemines, dos cuartillos, óseanochen- ta y cinco hectáreas, nueve áreas;
linda Saliente Pantaleón Díaz y Pe
dro Sánchez, Mediodía camino de Murcia, Poniente Vereda y Don José Navarro y Norte dicho N ava
rro: vale...
9. * Otra en los Alegos, de caber diez y seis fanegas, ocho celemines y tres cuartillos, ó sean once hec
táreas, setenta y una áreas, noven
ta y nueve centiáreas; linda Salien
te Pedro Hidalgo, Mediodía Don José Navarro, Poniente Vereda de ios Serrano.s y Norte herederos de Don Pedro Sánchez: vale.
10. Otra en la Moscarda, de ca
ber diez celemines, ó sean cincuen
ta y ocho áreas, treinta y ocho cen- tíáreas; linda Saliente Martín Car
pintero, Mediodía Alejandro Moral Ortíz, Poniente Domingo Bláz- quez y Norte Salvador Herrera:
vale...
11. Otra en la Vereda, de diez y siete fanegas, nueve celemines, ó sean doce hectáreas, cincuenta y cinco áreas, diezy nueve centiáreas;
linda Saliente Capellanía de San Pe
dro, Mediodía la Vereda, Poniente Pedro Sánchez y Norte Manuel Ca
nales Sáez: v ale...
12 Otra tierra cebadal en la Senda Ancha, de caber dos celem i
nes, ó sean once áreas, sesenta y ocho centiáreas; linda Saliente Juan Hidalgo, Mediodía la acequia, P o niente la Vereda y Norte el dicho Hidalgo: va le... ... .
P d setai
630
761
550
S22
100
13.812
1.400
180
1.400
C9
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Boletin Oficial de Albacete
Pesetas. Pesetas.
2.040
a a o
iOO
2r)0
13. Oirá Ídem plantada de viña
«u la Menéala, de caber dos l'ane- ffas, seis celemines, cuatro cuarti
llos, ó sean una hectárea, ochenta áreas, noventa y ocho centiareas, linda Saliente Alejandro Solana, Mediodía y Poniente camino de U Virgen y Norte Don Herminio Cas
tellanos: vale. . • • • • , 'u - ■ 14. Otra Ídem cebadal en la no- ya de Santa Ana, de caber una fa
nega, un celemín y un cuartillo, o sean setenta y seis áreas, nueve cen- tiáreas; linda Saliente la Cíirret(Ma, Mediodía .Terdnima Oarpintcro._ 1 o- niünte Martín Carpintero y Norte Tlon Ramdn Palomar: vale. • • • 15. Otra en la era de la Magda
lena, de caber once celemines, y sean sesenta y cuatro árca.s, veinti
dós centiáreas; linda Saliente cami
no viejo de Muñera, Mediodía Tero- nima Carpintero, Poniente la carre
tera y Norte heredero.s de Don 1 e- dro Sánchez: vale... 'ri
10. Otra en el camino de la Oa
sa de Alarcón,
de.caber una fanega, un celemín y un cuartillo, ó sean setenta y siete áreas y treinta y seis centiáreas: linda Saliente cami
no de la Casa de Alarcón, Medio
día Melchor Aparicio, Poniente Juan Hidalgo y Norte doaqmn
CtrilUi: vale... ‘ /17. Otra tierra en la ílnerta de Oovtezón, de dos fanegas, seis c<d('- m iu e s y u n cuartillo, ó sean una hectárea, setenta y sois áreas y se
senta centiáreas; Huda Saliente .luán Hidalgo, Mediodía Don Vi
cente Castellanos. Poniente .laime Ubeda y Norte camino de Dezuza:
v a le ... ... • ; 1 ■ ’
18. Otra en la Hoya del Moro, de una fanega, ocho celemines y dos cuartillos, ó sean una hectárea, diez V nueve áreas 5^ sesenta y odio centiáreas; linda Saliente Pedro Sánchez López, i\íediodía y Ponien
te Juan Buendía Canales y Norte
José Castañeda Sáez: vale. . ■ ■Í9. Otra en la Hoya de la Mag
dalena, de una fanegá, seis celemi
nes. ó sean una hectárea, cinco áreas y nueve centiáreas: linda Sa
liente Don José Navarro Pacheco, Mediodía y Poniente Pedro Gómez López y i^orte camino de la Mag
dalena, existiendo dentro de la fin
ca deslindada una era de pan tn-
llav; vale. ... /20 Otra tierra plantada de vi
ña en las Cabezuelas, de caber una fanega y un celemín, equivalentes á setenta y cinco áreas y noventa centiáreas; linda Saliente Joaquín Blázquez, Mediodía Don _ Vicente Castellanos, Poniente camino de la Casa de Lucas y Norte Cipriano Castellanos:.vale..._■
21 Mitad de una cusa en la vi
lla de Bonillo en la calle de Calde
ras, número 18; que lim a a la de
recha entrando Tomas Alfaro Ru
bio, izquierda calle del Huerto eu la que hace esquina, espalda Sebas
tián Sánchez O rtizy otro y por la lachada dicha calle: vale...
en f r r i n r n o de RaUe^iero.
22. Una tierra en la Dehesa de Gil de. Moya, cebadal, de .Tuan de Dios ó Reboso de la Nava, de caber ocho fanegas y seis celemines, equi-
1.276
47G
600
240
264
125
825 valentes á cinco hectáreas, noventa
V cinco áreas, cincuenta y nueve centiáreas; linda Saliente Nava la Peña, Mediodía herederos de Don Paulino Castellanos. Poniente el ca
mino y Norte Ramón Cuerda: vale.
23 Otra tierra de labor, de caber una fanega, diez celemines, en la aldea de Periboñez. equiva
lentes á una i.ectárea, veintiocho área.s, cuarenta y cuatro ccntiareas;
y linda por Saliente, Poniente y Norte con tierras de esta hacienda y Mediodía José Hidalgo: vale. . .
“ 2‘1. Otra Ídem en la misma al
d e a . ' de caber cinco fanegas seis Cídemines, ó sean tres hectáre^rs, ochenta y cinco arreas, veintiocho centiáreas: linda Saliente herederos de Marcelino Oliver, Alediodia y Norte José Hidalgo, Ponienle c a mino que va desde P enh on ez á
Ballestero: vale.. . • • • . * •
‘>5 fbi cebadal en el V allejo del Pozo de caber cinco fanegas, seis cele.mine.=í. ó sean tres hectáreas, ochenta y cinco T /em tiocho centiáreas: que linda Saliente t edi o Hidalgo. Mediodía y Norte José Hidalgo y Poniente camino dePeri- boñez á ‘Ballestero: vale. . . • • 26 Otra tierra también ceba- ,1a) en el Vallejo del P
omde Perl- boñez, de caber una fanega y seis celemine.«, ó «en una hectárea, cinco áreas v nueve centiáreas;
Saliente Nava la Peña, Mediodía Quintín Sánchez. Poimmte camino de Periboñez á BaUostevo y Norte José Hidalgo: vale. . . • • • • 27. Otra ídem en la Dehesa ne Gil de Moya, llamada la Pastora, incluso lo de la viuda de Ciirraaco, de caber veintidós fanegas
yseis celemines, ó sean quince hectáreas, setenta y seis áreas y veintiocho centiáreás; linda Saliente herederos de Ram.hi Cuerda
yPantaleón Díaz, Mediodía tierras de esta ha
cienda. Poniente Capellanía de San Pedro y Norte herederos de Víctor V Ramón Cnerda: vale. • ; •
“ 28. f na haza en dicho término
Ven el sitio cerro de Periboñez
yd é la Pa.stora, de caber veintiséis
fanegas v tres celemines, ó seaii diez y ocíio hectáreas
ytreinta^ } nueve áreas; linda Saiiente camino del Vallejo de la Pólvora a la aldea.
Mediodía
yNorte herederos de Don Paulino Castellanos
yPoniente José Hidalo-o
yJuliana Garví: vale. . • 29 ° Tina tierra en el sitio ILa- mado Cerro de Don Juan, de caber dos fanegas, nueve celemines; que linda Saliente Navajo de e.ste inte
resado, Mediodía Vicente Torres,
\
Poniente y Norte Don Francisco j Garví: vale...
> 50 Otra Idem labor secano en I el sitio Gualdaperros, de caber siete
1 fanegas, seis celemines; que luida á Saliente José Hidalgo, Mediodía Navaio de este interesado, Poniente herederos de Doña Petra Mlramón I y Norte. Juan Rubio: vale. • • • I 31 Otro pedazo llamado Navaio
! ó Nava de la Peña, de. caber quince
Ifanegas; que linda Saliente y Me- í diodía herederos de Ramón Ouevda,
I Poniente herederos de Juliana Gar- i vi y Norte propietarios de Bonillo:
I
vale... ... . . •
^ • Dicho dominio se solicita por
Carmen Castellanos Maitniez, vecina de Bo
nillo. Y á fin de que comparezcan en estos autos en término de ciento ochenta días las nersonas ignoradas á quienes pueda perju- dirar la inscripción de dominio de las tincas expresadas, se libra este tercer edicto, í haciéndose constar que dicho término empe
zó á correr el día ocho de Febrero ultimo en que. se publicó el ¡irimer edicto.
Aícaraz veinticuatro de Agosto de mil
1 novecientos quince.—Luís Pomares. P. A.
da S. S., José Vicente Fernández.
605
192
CIIiNCHlLLA
Don José María de la Llave y Corral, Juez de instrucción de Chinchilla y su partido.
Por la presente requisitoria se cita, lla
ma v emplaza á Juan Antonio J^arra Her- nánSez, (a) Goncorro, de 18 anos, soiteio,
m i n e r o ,
hijo de Pedro y Juana, natural y vecino de Loroa, cuyo actual paradero _ se ignora, para que conipa»’ezca en el
de diez días
ante este Juzgado al objeto de ser reducido á prisión en cau-sa que se le si
gne
con
elnúmero 92 de 1914 sobre estafa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde si no comparece.
Al propio tiempo ruego y encargo a to
das las Autoridades, así civiles como milita- re.s y demás agentes de la policía judicial, procedan á la busca y captura del expresado sujeto, y caso de ser habido lo pongan á dis
posición de este Juzgado con las seguridades convenientes en la Cárcel del partido.
Dado
en Chinchilla á 3Í de Agosto de
—José María de la Llave.—F1 Secreta
rio, Gabriel Burló.
2.92.^'
l.OOO
100
800
Doña
Sección de fuera de la Provincia
UNIVERSIDAD LITERARIA DE MURCIA
A nu n cio
Creada en esta Universidad la nueva ca
rrera. de Peritos agrónomos-industriales, por
Real orden de 18 de Ago.sto (que ha rectificado la Gaceta de 31 del mismo mes), se hace saber, que durante la segunda quincena de Septiembre estará abierta, en la Seore.,arm de la Universidad, la matrícula ]>ava el pri
mer año de estas nuevas enseñanzas. Lom- nrende dicho primer año las misnms asigna
turas que el preparatorio de Medicina y de
Farmacia.
Para matricular.se con objeto de empren- der esta nueva carrera, el alumno habra de ureseutar certificación de tener aprobadas en L alquier Instituto general y técnico las asig
naturas del Bachillerato siguientes; Gramáti
ca castellana, Geografía general, Geogralía é Historia de España, Aritmética, Algebra, Geometría y Trigonometría, Fisiolog.a y Francés.
Habré de presentar igualmente en In Se
cretaria con la papeleta de solicitud, la cédi -
lapersonal,
yun» certifioaoióa de
cunado ó revacunado dentro de los últimos seis años.
Olíanlo al pago (en metálico) de matri
culas. prácticas, etc. véase el anuncio gene
ral de la matrícula universitaria, oportuna ñámente publicado. Igualmente rige
tos nuevos alumnos lo allí advertido respecto á la targeta de identidad escolar.
Murcia 2 de Septiembre de 1915.—El Co
misario Regio, A. Bnquero-—Fl Secretario interino, Manuel Maza.
5
IM P R E N T A PR O V IN C IA L
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»