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RETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

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( Por un trimestre.. Pesetas.

EN LA CAPITAL. . Y, Por un semestre. • s ( Por un año.. . . s ' Por un trimestre.. s

FUERA DE LA CAPITAL. ) Por un semestre. . D Por un año.. . . »

4 7 12 5 9 15

50

Los edictos y sentencias de loe Juzgados y Tribunalee que se inserten en este periódico, y no sean de oficio, paga- ran 25 eintimoe de peseta por línea.

PRECIOS DE ANUNCIOS

Los anuncios particulares que se quieran insertar en el BOLETIN, previa hunda del Ilmo. Sr. Cobernador, pagarán:

De 1 á 6 lineas, primera vez reacias. 1

De 15 id u 1 50

De 16 á 30 id. 2

De 30 en adelante, precio convencional; por cada repe- tición, la mitad.

Se publica los Lunes, Miércoles y Viernes.— La. recla- maciones al Director de la Imprenta Provincial.

Número 124 Miércoles 16 de Octubre de 1901 25 céntimos

RETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

Sección de la Gaceta

_

_ el reconocimiento definitivo, y otra de los indivi- duos restantes.

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Para la primera clasificación en inútiles y úti- les, se tendrá en cuenta el cuadro de exenciones

SS. MM. el

REY

y la

REINA

Regente

(Q. D. G.) y Augusta Real Familia con- tinúan en esta Corte sin novedad en su importante salud.

(GACETA del día 15 Octubre.)

MINISTERIO DE LA GUERRA

U EA LES ÓRDENES CIRCULARES

Excmo. Sr.: En vista del considerable número de individuos de tropa que se encuentran en ex- pectación de retiro por inútiles ó de ingreso en el Cuerpo y Cuartel de Inválidos ä consecuencia de las últimas campañas:

Considerando la lenta tramitación que por re- gla general experimentan los expedientes que se siguen para la declaración del derecho que á cada uno corresponda, con arreglo ä las disposiciones vigentes:

Teniendo en cuenta que por el tiempo que va transcurrido habrá muchos que razonablemente puede suponerse que están ya curados, así como también la necesidad de que se terminen en el más breve plazo posible los expedientes que se tramitan con el objeto indicado, para impedir que la situación de todos estos individuos se prolongue indefinidamente, y de acuerdo con lo informado por el Consejo Supremo de Guerra y Marina acer- ca del particular;

El REY (Q. D. G.), y en su nombre la Rauss Regente del Reino, ha tenido á bien disponer lo siguiente:

1. 0 En un plazo de seis meses, ä contar desde la fecha de esta disposición, los Cuerpos abrirán los expedientes que falten de los presuntos inúti- les que pertenezcan á los mismos, y los interesa- dos á quienes no se les hubiera incoado lo solici- tarán á su vez en /a forma reglamentaria si se consideran con opción á ello; en la inteligencia de que expirado dicho plazo caducarán todos los de.

rechos y no se derá curso á más solicitudes.

2.° Los Capitanes generales de las regiones y distritos y los Comandantes generales de Ceuta y Melilla dispondrán el reconocimiento de los in- teresados en los puntos que designen por un Tri- bunal, compuesto de tres Médicos militares, que nombrará el Inspector de Sanidad militar corres- pondiente, presididos por el Director del Hospital militar de la plaza, los cuales librarán certificados facultativos, clasificándolos en dos grupos, inúti- les y útiles, desechando desde luego á éstos para evitar la formación ó continuación de sus expe- dientes y distribuyendo los inútiles en otras dos categorías, una, de aquellos cuyas lesiones están incluidas en el cuadro de inutilidades físicas que dan derecho al ingreso en el cuerpo de Inválidos,

que serán los que hau de venir á Madrid á sufrir

de .° de Febrero de 1879 (C. L., núm. 47), y lo que disponen las Reales órdenes de 18 de Sep- tiembre de 1836, 8 de Julio de 1860 y su acla- ratoria de 28 de Enero de 1864 y la de 14 de Abril de 1896 (C. .L., núm. 93), y para la segun- da, además de éstas, el cuadro de inutilidades fí- sicas que dan derecho al ingreso en el Cuerpo Y cuartel de Inválidos de 8 de Marzo de 1877 (C.

.1., núm. 88) y complementarias.

El certificado original del reconocimiento fa- cultativo se remitirá al Capitan general ó Coman- dante general respectivo, para su unión al expe- diente del interesado, quedando copia autorizada de él en la Inspección de Sanidad militar de la re- gión ó distrito.

3.' En el caso de .no existir el certificado de reconocimiento practicado inmediatamente des- pués que se sufrio el traumatismo ó la lesión, así como tampoco la hoja clínica del Hospital en que fué asistido, se prescindirá de dichos documentos, uniendo sólo ä los autos copia de la parte de la re- lama mensual de declaración de inutilidad en que esté comprendido el interesado, que puede obte- nerse de la Comisióu liquidadora de las Capitanías generales y Subinspecciones de Ultramar, donde existen en su mayor parte los originales, sustitu- yéndose dicho documento, en el caso de no haber- lo, con copia autorizada de la propuesta por inútil, que puede interesarse del Archivo general militar de Segovia; en la inteligencia de que en laComisión liquidadora citada se encuentran las relaciones de inútiles del Ejército de Filipinas, correspondientes al año 1897, menos la del .mes de Noviembre; las de 1898, menos las de Junio, Julio, Agosto y Septiembre, y las de Enero y Febrero de 1899; y del Ejército de Cuba, las de los arios 1895 y 1896;

las de 1897, menos las de Mayo, y las de 1898, menos Diciembre, hallándose en el Archivo gene- ral militar las propuestas de inutilidad correspon- diente ä los años 1895 al 1898, ambos inclusive.

4.° La información testifical exigida en estos expedientes no alcanzará á todos los testigos cita- dos por el recurrente, limitándose tan solo al nú- mero de los que se considere estrictamente indis- pensable para probar el hecho.

5.0

Los Capitanes generales y Comandantes generales recomendarán á los Jueces instructores la mayor actividad y exactitud en las actuaciones, del estado de las cuales les darán conocimiento mensualmente, y exigirán á los Médicos que prac- tiquen los reconocimientos facultativos, redacten los certificados con precisión y claridad, á fin de evitar que haya necesidad de pedir ampliaciones por falta de datos ó poca claridad en los que se consignan.

De Real orden lo digo á V. E. para su conoci- miento y efectos consiguientes, debiendo publi-

carse esta resolución en la GACETA DE MADRID y en los Boletines oficiales de las provincias. Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 8 de Octubre de 1901.

WEYLER Señor

(GACETA. del dio 12 Octubre.)

Excmo. Sr.: En vista de un escrito del Ca- pitán general de Castilla la Nueva, .al que acom- paña copia de otro de la Intendencia militar de la primera region, relativos á pasajes en ferroca- rril facilitados por cuenta del Estado ä individuos del Ejército provistos de listas de embarque y que no tenían derecho á tal beneficio;

El REY (Q. D. G.), y en su nombre la REINA

Regente del Reino, de acuerdo con lo expuesto por la Ordenación do pagos de Guerra, ha tenido á bien resolver:

Que ä fin de que las Compañías no sufran perjuicio en sus intereses ni se lesionen tampoco los del Estado, se facilite por aquéllas pasaje al personal militar que se presente con listas de em- barque autorizadas por funcionarios competentes y con los requisitos legales, siendo éstos respon- sables de las que autoricen indebidamente.

l propio tiempo se ha servido resolver S. M.

que para hacer efectiva la responsabilidad en ca- da caso y obtener el reintegro de los pasajes, los Comisarios de Guerra, Interventores del servicio de transportes, al practicar el examen de las cuentas presentadas por las Empresas, desglosen las listas de embarque que resulten improceden- tes, las que, para los efectos de acreditación, se- rán sustituidas por un certificado, que él mismo expedirá, y copia de la lista, sirviendo la origi- nal para formalizar el cargo correspondiente, que sera cursado á la Intendencia respectiva con el fin de que sea hecho efectivo, y en el caso de ser un Alcalde el responsable, se descontará su impor- te, cuando sea posible, do los libramientos que se expidan por suministro, de pueblos, reintegrán- dose siempre al capítulo del «Material de trans- portes» del presupuesto correspondiente:

Si del examen practicado por la Intervención general resultara alguna lista en las condiciones referidas, se deducirá su importe, y devolverá al Comisario de Guerra que autorizó la cuenta, el que expedirá la certificación de que se ha hecho mérito, que con copia de la lista servirá á la Em- presa para la ulterior reclamación de su importe.

De Real orden lo digo á V. E. para su cono- cimiento y el de las Empresas ferroviarias que tienen su domicilio en esa región, procurando, con el fin de qu3 esta circular llegue á conoci- miento de las Autoridades municipales, su inser- ción en los Bolelins oficiales de las provincias.

Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 8 de Octubre do 1901.

WEYLER Señor

(GACETA del día 13 Octubre.)

(2)

Sección de la Provincia

O 33 1 3E1 1

=

t. 1\1

-

0 01 V I

Circular número 165.

Haciendo uso de las facultades que me conce- de el art. 4.° del Real decreto de 11 de Marzo de 1886, con esta fecha he prestado mi aprobación al presupuesto y reparto de atenciones carcelarias del partido de Alcaraz, correspondiente al ejerci- cio de 1902, disponiendo su inserción en este pe- riódico oficial para conocimiento de los Ayunta- mientos de los pueblos que componen el expresa- do partido, encargándoles la mayor puntualidad en el pago de las cantidades que ä cada localidad corresponden, según el detalle expuesto ä conti- nuación.

Albacete 15 de Octubre de 1901.

El Gobernador,

Enrique de "'roña,

Relación que se cita.

Alcaraz. 2.333 54

Ballestero. 614 71

B ienservida . 471 57

Bogarra. 878 34

Bonillo. 1.591 87

Casas de Lázaro 445 80

Cotillas. 168 82

Masegoso 561 73

Ossa de Montiel . • • 459 09

Paterna. 658 83

Peñascosa. 656 01

Povedilla 332 01

Riópar. 556 90

Robledo. 575 60

Salobre. 425 50

Vianos. 997 33

Villapalacios. 407 39

Villaverde. 187 62

Viveros. .. .... 525 34

Circular número 166.

Haciendo uso de las facultades que me conca- de el artículo 4.° del Real decreto de 11 de Marzo de 1886, con esta fecha he prestado mi aproba- ción al presupuesto y repartimiento de atenciones carcelarias del partido de La Roda, correspondien- te al ejercicio de 1902, disponiendo su inserción en este periódico oficial para conocimiento de los Ayuntamientos de los pueblos que componen el expresado partido, encargándoles la mayor pun- tualidad en el pago de las cantidades que á cada localidad corresponden, según el detalle expuesto á continuación.

Albacete 15 de Octubre de 1901.

El Gobernador,

Enrique de tIreiia.

Relación que se cita.

La Roda. . . . 960 74

Fuensanta 156 36

Lezuza. 447 38

Madrigueras. 323 03

Minaya. 162 92

Montalvos. . . 52 70

Munera. 354 29

Tarazona.. . ... 524 63

Villalgordo. . .. . . 206 28

Villarrobledo 1.711 67

Circular número 167.

Haciendo uso de las facultades que nao confie- re el art. 4.° del Real decreto de 11 de Marzo de 1886, con esta fecha he prestado mi aprobación al presupuesto y repartimiento de atenciones caree- lanas deldel partido de Hellín, correspondiente al ejercicio de 1902, disponiendo su inserción en es- te periódico oficial para conocimiento de los Ayuntamientos de los pueblos que componen el expresado partido, encargándoles la mayor pun- tualidad

en el pago de

las cantidades que á cada

localidad han correspondido, según el detalle ex- puesto á continuación.

Albacete 15 de Octubre de 1901.

El Gobernador,

Enrique de T.Irefia.

Relación que se cita.

Lietor 913 24

Ontur-Albatana 650 84

Hellín. . . . ... . 5.14302

Tobarra. 2.128 20

D. Enrique de Ureña y Barthe Licenciado en De- recho civil y canónico y administrativo, Co- mendador de la Real y distinguida Orden de Carlos III, etc., etc., y Gobernador civil de es- ta provincia.

Hago saber: Que D. José Diego Martínez Ruiz, vecino de Socobos, ha presentado en este Gobier- no de provincia el día 23 del actual una solicitud pidiendo la propiedad de 12 pertenencias de una mina de mineral de escoria de hierro, que tendrá por nombre El Madron-o, núm. 599, sita en el punto llamado Barranco de Langosta, término mu- nicipal de Socobos.

Las doce pertenencias están comprendidas dentro de los siguientes linderos: desde el punto de partida 40 metros al Saliente, con terrenos de D. Juan Prudencio Fernández y de Miguel Cano;

desde el mismo punto al Mediodía otros 40 me- tros

'

lindando con terrenos del antedicho Mi- guel Cano y Miguel Represa; otros 40 metros al Poniente y desde el mismo sitio, que lindan con terrenos da los antedichos Represa y Fernández, y 40 metros en dirección N., que lindan con Juan Pablo Alnao, Antonio Martínez

y

otros.

Y habiendo admitido por mi decreto de fecha de hoy la solicitud de registro, he acordado se publique por medio de edictos en el Boletín ofi- cial de la provincia, en la tabla de anuncios de este Gobierno civil y en la de la Alcaldía de Soco- bos en cumplimiento de lo dispuesto en el ar- tículo 23 de la ley de Minas de 6 de Julio de 1859, reformada por la de 4 de Marzo de 1868, con el fin de que los que se crean con derecho presenten sus oposiciones á

mi

Autoridad dentro del plazo de sesenta días.

Albacete 25 de Septiembre de 1901.—E. de Ureria.

D. Enrique de Ureria y Barthe, Licenciado en Derecho civil y canónico y administrativo, Co- mendador de la Real y distinguida Orden de Carlos

III,

etc., etc., y Gobernador civil de esta provincia.

Hago saber: Que D. José Poveda de Cuenca, vecino de Murcia, ha presentado en este Gobier- no de provincia el día 9 del actual una solicitud pidiendo la propiedad de 225 pertenencias de una mina de mineral de carbón de piedra, que tendrá por nombre La Carótida, numero 607, sita en el punto llamado Cortijada de la Tejeruela, término municipal de Yeste.

El terreno registrado linda por todos vientos con terreno franco al parecer.

Designa las 225 pertenencias que solicita, en esta forma:

Se tomará como punto de partida la esquina más al O. del Cortijo de la Tejero ela y desde di- cho punto se medirán al N.

E.

750 metros y se colocará la L a estaca; de l.a ä 2. a N. O. 1.500;

de 2. a ä 3. a S.

0.

1,500; de 3. a á 4. a S. E. 1.500, y de 4. a á punto de partida N. E. 750 metros.

Y habiendo admitido por mi decreto de fecha de hoy la solicitud de registro, he acordado se pu- blique por medio da edictos en el Boletín oficial de la provincia, en la tabla de anuncios de este Gobierno civil y en la de la Alcaldía de Yeste, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la ley de Minas de 6 de Julio de 1859, reformada por la da 4 de Marzo de 1868, con el fin de que los que se crean con derecho presenten sus opo- siciones á mi Autoridad dentro del plazo de sesen- ta días.

Albacete 11 de Octubre de 1901.—E. de Ureña.

AYUNTAMIENTOS

JORQUERA

Por el presente se cita al mozo Sebastián Gó- mez García, hijo de Juan y Juliana, alistado en el sorteo supletorio como indultado recientemente, para que en los días que restan de este mes se presente en este Ayuntamiento para ser tallado, reconocido y alegar las excepciones ó exenciones que estime oportunas, ó bien para que acredite haber sido declarado útil para el servicio ante cualquier Ayuntamiento ó Consulado a efectos del art. 95 de la ley de Quintas; con apercibimiento, caso contrario, de sufrir los perjuicios á que se hiciere acreedor.

Jorquera 11 de Octubre de 1901.—E1 Alcal- de, Andrés Jiménez.

MOLINICOS

D.

Pablo Conchillo Porcel, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que confeccionados los reparti- mientos de contribución sobre las riquezas rús- tica y pecuaria y por urbana por este Ayunta- miento y Junta pericial para el próximo año de 1902, quedan expuestos al público en esta Secre- taría municipal para oir reclamaciones de agravio por término de ocho días, contados desde el en que se inserte este edicto en el Boletin oficial

de

la provincia.

Molinicos 12

de

Octubre de 1901.—Pablo Conchillo.

MUNERA

Terminados los repartimientos de las contri- buciones rústica, pecuaria y urbana para el año 1902, están espuestos al público en la Secretaria del Ayuntamiento por término de ocho días,

en

cumplimiento y á los efectos del artículo 74 del reglamento de 30 de Septiembre de 1885.

Munera 14 do Octubre de 1901.—El Alcalde accidental, Mario López.

FUENTEÁLAMO

D.

Ramón López Molina, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que hallándose terminada la ma- trícula de la contribucien industrial y de comer- cio de este distrito, respectiva a este pueblo y año próximo de 1902, queda de manifiesto al pú- blico en la Secretaría de este Ayuntamiento por término de 15 días, contados desde el siguiente al en que el presente anuncio aparezca inserto en el Bolean oficial de la provincia, á fin de que pueda ser examinada por los contribuyentes en ella comprendidos y aducirse las reclamaciones que crean conducentes.

Fuenteálamo 6 de Octubre de 1901.—Ramón López Molina.

D. Ramón López Molina, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que este Ayuntamiento y asocia- dos en Junta municipal, ha optado por el arrien- do á venta libre de los derechos de consumos, ya en conjunto, ya por ramos separados, para hacer efectivo á la Hacienda el cupo señalado á este pueblo para el próximo año de 1902; y al efecto también acordó, que de no dar resultado la con- vocatoria que se hiciera a los gremios, se anun- cie el remate, como así se hace, el cual tendrä lugar en esta Sala Capitular, ante la respectiva Comisión del Ayuntamiento, á los diez días de aparecer el presente edicto inserto en el Boletín oficial de la provincia, y horas de diez á doce, bajo el tipo anual y total de 16.440 pesetas 35 céntimos á que ascienden en conjunto los dere- chos del Tesoro y recargos autorizados, según

se

expresa

á

continuación.

(3)

3

RAMOS

Derechos del Tesoro.

Pesetas. Cts.

Su 3 por 100 de cobranza y conducción.

Pesetas. Cts.

10 por 100 recargo transitorio.

Pesetas. Cts.

Recargo municipal del 100 por 100.

Pesetas. Cts.

TOTAL de cada ramo.

Pesetas. Cts.

Carnes de todas clases. . Líquidos.

Granos y sus harinas. . . • Pescados

Jabón duro y blando. . Carbón vegetal.

Aguardiente, alcohol y licores.

Sal común.

TOTALES. . .

981 3 179 1 . 682 82 331 296 565 1.130

72 08 70 87 59 04

29 95 50 2 9 8 16 33

43 37 48 49 95 88 95 90

98 317 168 8 33 29 56 113

17 91 27 29 16 60 50

981 3.179 1.682 82 331 296 565

» 72 08 70 87 59 04

2.091

6.771 3.584 176 706 630 1.203 1.276

04 44 15 52 29 56 45 90

8.249 247 45 824 90 7.119 16.440 35

4:151eMil.

La licitación se verificará por pujas á la llana, días siguientes de haber tenido efecto el último y el arriendo, en su caso, se ajustará á las con- que queda expresado, en el sitio, horas y ante la diciones que obran en el expediente que se ins- Comisión antes citada; y si también quedase de- truye, el cual estará de manifiesto en la Secreta- sierto por falta de licitadores, se celebrará un se- ría de este Ayuntamiento, en el que consta, ade- gundo remate, con las mismas formalidades, ä más, la duración del contrato; teniendo opción á los ocho días después, con rectificauión de los examinarlo cuantas personas lo estimen conve- precios de venta; y caso de tenerse que declarar niente y quieran interesarse en la licitación, en éste desierto por falta de proponentes, se celebra- la que ,no podrij admitirse proposición alguna rá la tercera y última subasta, ä los ocho días pos- si los interesados no acreditan la constitución de tenores, con iguales formalidades, en el propio un depósito en metálico en el acto de la misma, sitio y á idénticas horas, y en ella se admitirán ó previamente en las arcas del Tesoro ó en la de posturas que cubran las dos terceras partes del este Municipio, equivalente al 5 por 100 del tipo tipo anunciado.

señalado á cada uno de los ramos que las propo- Lo que se anuncia al público para conoci- siciones abracen; debiendo, por último, prestar miento de todos, convocando licitadores.

fianza la persona á cuyo favor se adjudique el Fuenteálaruo 12 de Octubre de 1901.—Rar remate, consistente en la cuarta parte, por lo món López Molina.

menos, del importe de éste.

Si en la primera subasta no hubiere remate por falta de licitadores, se celebrará una segunda bajo las mismas condiciones, por igual tipo, en idéntica forma y á las propias horas, á los diez días después, y en ella se admitirán posturas por las dos terceras partes del tipo que queda fi- jado á la primera subasta, adjudicándose al mejor postor, sin ulterior licitación y por un año sola- mente.

En previsión de que esta segunda subasta resulte desierta también por falta de proponen- tes, tiene asimismo acordado la Corporación el arriendo con venta á la exclusiva por el periodo de uno á tres arios de los grupos de líquidos, car- nes y sal, bajo el tipo de 11.342 pesetas 83 cén- timos ä que ascienden en conjunto las especies á que se contrae por derechos del Tesoro y recargos

11••••n•••n•

ESPECIES

Cupo para el Tesoro.

Pesetas. Cts.

Carnes de todas clases.. . . 526 40

Líquidos. 1 704 66

Granos y sus harinas.. . 899 54

Pescados. 44 44

Jabón duro y blando 179 21

Carbón vegetal. 158 75

Aguardientes, alcohol y licores 292 75

Sal común 585 50

Totales 4.391 25

SALOBRE

D. Ramón de Llano Navarro, Alcalde cional de esta villa.

Hago saber: Que por acuerdo del Ayunta- miento, asociado de igual número de Vocales, y toda vez que han resultado desiertos por falta de pro p onentes los encabezamientos parciales, se arriendan á venta libre, en conjunto 6 por remes separados, por uno á cinco años naturales, que darán principio el día primero de Enero próximo, los derechos que se devenguen en esta población y su término por el consumo de las especies que después se dirán; cuya primera subasta tendrá lugar en estas Salas Consistoriales el día 25 del mes que cursa, de diez á doce de su mañana, ba- jo el tipo anual de 8.781 pesetas' 4 céntimos á que asciende el cupo del Tesoro y recargos auto- rizados, segun se expresa en el siguiente esta- autorizados; cuyo remate tendrá lugar á los diez 1 do ó presupuesto:

10 por 100 recargo transitorio.

Pesetas. Cts.

52 64 17 37 526 40 1.122 81

170 47 56 25 1.704 66 3.636 04

89 95 29 69 899 54 1.918 72

4 44 1 47 44 44 94 79

17 92 5 91 179 21 382 25

15 88 5 24 158 75 338 62

29 28 9 66 292 75 624 44

58 55 19 32 a 663 37

439 13 144 91 3.805 75 8.781 04

3 por 100 Recargo de cobranza municipal del y conducción 100 por 100.

Pesetas. Cts. Pesetas. Cts.

constitu-

arrendamiento ocho días después de resultar de- sierto el primero, á la misma hora, previa recti- ficación do los precios de venta; y que siendo negativo el segundo, se celebrará el tercero y último por el procedimiento que recomienda el respectivo reglamento, ocho días después,á igual hora.

Lo que 80 anuncia al público para conoci- miento de las personas que deseen interesarse en las subastas.

Salobre 8 de Octubre de 1901.—Ramón de Llano.—P. S. M., Fernando Prados, Secretario.

ALCALÁ DEL JÚCAR

D. Pedro Garcia García, Alcalde constitucional de esta villa,

Hace saber: Que en los días 3, 4 y 5 del pró- ximo mes de Noviembre, y en el sitio y horas de costumbre, tendrá lugar la recaudación volunta- taria, en su primer periodo, de las contribuciones directas de este pueblo, correspondiente al cuar

to trimestre del actual año; y del veinticinco al treinta del expresado mes el segundo período.

Lo que se hace público para conocimiento de los contribuyentes.

Alcalá del Júcar 10 de Octubre de 1901.—

Pedro Garcia.

CENIZATE

D. Isaac Vergara Alviar, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que la matrícula industrial, co- rrespondiente á esta localidad y ejercicio 1902, se halla terminada y expuesta al público en la Secretaría de este Ayuntamiento por diez días, contados desde el siguiente al en que aparezca es- te anuncio en el Boletin oficial de la provincia.

Lo que se publica para conocimiento de los interesados.

Cenizate 12 de Octubre de 1901.—El Alcalde, Isaac Vergara.

Hago saber: Que el padrón de cédulas perso- nales, correspondiente á esta localidad y ejercicio de 1902, se halla confeccionado y expuesto al público por término de quince días, á fin de que los interesados en el mismo formulen las reclama- ciones ä que se crean con derecho.

Cenizate 12 de Octubre de 1901.—El Alcal- de, Isaac Vergara.

D. Isaac Vergara Alviar, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que los repartimientos de rústica y pecuaria y urbana, correspondientes á esta loca- lidad y próximo ejercicio de 1902, se hallan ter- minados y expuestos al publico en la Secretaría del Ayuntamiento por espacio de ocho días, ä fin de que los interesados en los mismos puedan ha- cer las reclamaciones que estimen convenientes.

Cenizate 12 de Octubre de 1901.—El Alcal-

TOTAL

de, Isaac Versara.

de cada ramo.

Pesetas. Cts. i D. Isaac Vergara Alviar, Alcalde constitucional de esta villa.

La licitación se verificará por pujas á la lla- na, y el arriendo, en su caso, se ajustará á las condiciones que aparecen fijadas en el expedien- te de su razón, el cual so halla de manifiesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento;

debiendo advertir que para tomar parte en la su- basta es preciso depositar en el acto de la mis- ma, ó previamente en las Cajas del Tesoro ó en las del Municipio, una cantidad en metálico equi- valente al 5 por 100 del tipo señalado á cada uno de los ramos que las proposiciones abracen, y que la persona á cuyo favor se adjudique el re- mate deberá prestar fianza consistente en la cuar- ta parte del precio anual del arriendo; como se advierte que si on dicha primera subasta no hu- biere remate, se celebrará una segunda bajo las mismas condiciones, por igual tipo, en idéntica

forma y á las propias horas, á los diez días después, ó sea en 4 de Noviembre próximo, y en ella se admitirán posturas por las dos terceras partes del impuesto fijado como tipo, adjudicán- dose al mejor postor, sin ulterior licitación y sólo por el próximo año de 1902.

También se hace saber que de resultar nega- tivo el arriendo á venta libro, se tendrá por ofre- cido con la exclusiva en las ventas en cuanto á los derechos y recargos de las especies compren- didas en los grupos de líquidos y carnes de la tarifa oficial, y habrá de tener lugar el respecti- vo primer remate á los diez días del último seña- miento, y hora de once á doce de la mañana, con- forme al reglamento del impuesto, sirviendo los mismos tipos y condiciones de aplicación; que se celebrará el ,segundo remate para esta clase de

CARCELÉN

D. Alonso Sarria Abad, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que en el expediente de adopción de medios para cubrir el cupo de consumos, al- coholes y sal y recargos autorizados de este pue- blo y próximo año de 1902, y mediante al resul- tado negativo de la convocatoria á los gremios, por el presente se anuncia la subasta á venta libre de los derechos sobre las especies comprendidas en la vigente tarifa durante el período de cinco años, bajo el tipo en cada uno de 12.777 pesetas 41 céntimos, incluidos ya los consiguientes recar- gos, según se demuestra por especies en e/ si- guiente cuadro:

(4)

Derechos del Tesoro.

Pesetas. Cts.

10 por 100 recargo transitorio Pesetas Cs.

100'por 100 recargo mu-

nicipal.

Pesetas. Cts,

3 por 100 do cobranza y conducción.

Pesetas Cs.

TOTAL de cada ramo.

Pesetas. Cts.

RAMOS

Carnes Aceite Vinos.

Vinagre.

Arroz

Trigo y sus harinas.

Cebada.

Los demás granos Pescados

Jabón Carbón

Alcoholes y aguardientes.

Sal.

TOTALES

1

785 13 756 41 770 81

885

159 96 737 30 336 99 105 90 6,5 80 265 45 236 40 373 50 747

78 52 75 64 177 08

088

15 99 73 73 33 70 10 59 6 58 26 55 23 64 37 35 74 70

'785 13 756 41 1.770 81

885

159 96 737 30 336 99 105 90 65 80 265 45 236 40 373 50

23 55 22 69 53 12

027

4 08 22 12 10 11 3 18 1 97 7 96 7 09 11 20 22 40

1.672 1.611 3.771 18 340 1.570 717 225 140 565 503 795 844

33 15 82 85 71 45 79 57 15 41 53 55 10 6 319 50 634 95 5.602 50 190 46 12.777 41

D. José María Talavera Pardo, Alcalde constitu- cional de esta:villa.

Hago saber: Que la cobranza de las contribu- ciones rústica y pecuaria, edificios y solares é industrial, correspondiente al cuarto trimestre del año actual, tendrá lugar, en cuanto

á

su pri- mer período voluntario, en los días 5, 6 y 7 de No- viembre próximo, en el local y horas de costum- bre .

'

y en cuanto su segundo período, durante los días del 25 al 30 inclusives del expresado mes, en el mismo local y horas.

En iguales términos que la anterior se llevará ä efecto la recaudación de los impuestos de con- sumos, líquidos, alcoholes, aguardientes y lico- res y arbitrios extrardinarios, relativos á dicho trimestre y ario.

Lo que se anuncia para conocimiento de los interesados.

Alborea 9 de Octubre de 1901.—José María Talavera.

La subasta tendrá lugar por pujas ä la llana en estas Salas Consistoriales, de diez ä doce da la mañana, al undécimo dia de aparecer inserto el correspondiente anuncio en el Boletin oficial de la provincia; debiendo el postor, como garantía para tomar parte en ella, depositar el 2 por 100 por cualquiera de los medios que establece el ca- so 7.° del art. 277 del vigente reglamento del ra- mo. Las proposiciones han de hacerse por uno más arios, hasta cinco, empezando por el próximo de 1902, siendo inadmisibles las que por cada uno no cubran el tipo referido; y si esta subasta fuera negativa, se celebrará una segunda transcurridos diez días de la anterior, en los mismos sitios y ho-

ra y formalidades, sin rebaja alguna en el cupo;

para el caso de resultar también sin efecto esta subasta, se anuncia el arriendo por un año, con venta ä la exclusiva, de los líquidos, carnes y sa- les, que tendrá lugar el primero pasados diez días de la última subasta, y el segundo y tercero con el intervalo de ocho días y rebaja en los precios de venta; teniendo presente que el que resulte mejor postor en cualquiera de las subastas que se anuncian, deberá prestar fianza por la cuarta par- te del importe del remate en un ario, en la forma que establece el mencionado reglamento.

El pliego de condiciones y antecedentes nece- sarios constan en el respectivo expediente, que se

1.1n111111n1711111n

Y para su inserción en el Boletin Ocia de la provincia á los consiguientes efectos, de orden y .con el visto bueno del Sr. Alcalde, libro la pre- sente en relación, en Carcelén á 10 de Octubre de 1901.—José Serrano.—V.° B.°—EI Alcalde, Sarriá.

ALBOREA

D. José María Talavera Pardo, Alcalde constitu- cional de esta villa.

Hago saber: Que no habiendo tenido efecto por falta de licitadores la primera y segunda su- bastas del arrendamiento á venta libre del im- puesto de consumos, cereales, aguardientes, al- coholes y licores y cupo de sal del próximo año 1902, y acordado para este caso el arrendamiento á la exclusiva de uno á tres años de las espe- cies comprendidas en los grupos de líquidos y carnes, tendrá lugar la primera subasta en esta Casa Consistorial el día 23 del mes actual, y hora de diez á once el grupo de carnes y de once á doce el de líquidos, bajo los tipos y condiciones

halla de manifiesto en la Secretaría de este Ayun- tamiento para que puedan enterarse los que de- seen tomar parte en la licitación.

Carcelén 28 . de Septiembre de 1901.--Alonso Sarriä.

D. José Serrano Palao, Secretario del Ayunta- miento constitucional de esta villa.

Certifico: Que la Junta municipal de esta vi- lla, en sesión de 27 de Septiembre último, visto el déficit de 2.078 pesetas que resulta en el pro- Supuesto ordinario de este Municipio para el pró- ximo año de 1902, acord ä unánimemente propo- ner al Gobierno de S. M. el establecimiento de un impuesto módico sobre el consumo de patatas, paja de cereales y leña de todas clases, excep- tuando la que se dedique á la industria, que se consuman en este pueblo durante el citado año, señalando el gravamen de 8 céntimos por cada diez kilogramos patatas, 4 por cada diez de paja y 2 por cada diez de leña; cuyos tipos no exceden del 25 por 100 del precio medio que en esta localidad tienen dichas especies, y calcula un consumo de diez mil cien unidades de pata- tas, veintidos mil de paja y diecinueve mil qui- nientas de leüa, que producen exactamente las 2.078 pesetas á que asciende el déficit de dicho presupuesto, cual se acredita en la siguiente ta- rifa, copia do la que va unida al expediente.

2.078

expresados en el pliego de ellas, que obra de ma- nifiesto en esta Secretaria municipal.

Si por falta de proponentes no tuviere efecto dicha subasta, se anuncia una segunda para el día 31 del corriente, á las mismas horas, en la que se ratificarán los precios de venta en un 6 por 100 de aumento; y si tampoco tuviere lugar por falta de licitadores, se verificará una tercera, sirvien- do de tipo el importe de las dos terceras partes de los cupos y recargos señalados á cada grupo en la anterior, la cual tendrá lugar el día 8 de Noviembre próximo, y horas marcadas para las anteriores.

No se admitirán proposiciones si no van pre- cedidas del depósito del 2 por 100 en la Deposita- ría del importe de la cantidad objeto del remate, exhibiendo la oportuna carta de pago, ó en la forma que estipula la condicción 7k del pliego de ellas.

Lo que se anuncia para mayor concurrencia de licitadores.

Alborea 9 de Octubre de 1901.—José María Talavera.

-:—

CAUDETE

D. Franciscò Martí Pedrós, Alcalde constitucional de esta villa.

llago saber: Que formados los repartimientos de la contribución rústica y pecuaria y el de ur- bana para el año 1902, quedan expuestos al pú- blico en la Secretaría del Ayuntamiento de mi presidencia durante el término de ocho días, con- tado desde el siguiente al en que aparezca inser- to este edicto en el Boletin oiecial de esta pro- vincia; en cuyo término podrán examinarlos los contribuyentes y formular las reclamaciones pro- cedentes.

Caudete 12 de Octubre de 1901.—Francis- co Martí.

RIÓPAR

D. José Alvarez Cervera, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que la matrícula'de subsidio in- dustrial y de comercio de este término municipal, formada para el próximo año 1902, queda ex- puesta al público en la Secretaría de este Ayun- tamiento por término de diez días, contables des- de el en que aparezca inserto el presente en el Boletin olcial de esta provincia, al objeto de que pueda ser examinada y oir las reclamaciones que se produzcan contra ella.

Riópar 11 de Octubre de 1901.—José Alvarez.

BARRAX

D. Juan Martínez Andrés, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que el repartimiento de la contri- bución territorial por los conceptos de rústica y pecuaria de este pueblo, formado para el próximo ario natural de 1902, se halla terminado y ex- puesto al público en la Secretaría de este Ayun- tamiento por término de ocho días, contados des- de el siguiente al en que el presente anuncio aparezca inserto en el Boletin, o§cial de esta pro- vincia, á fin de que los contribuyentes en él com- prendidos puedan examinarlo y producir contra el mismo las reclamaciones- que crean proce- dentes.

Barrax 11 de Octubre de 1901.—Juan Mar- tínez.

BALLESTERO

D. Marcelino Hidalgo Garví, Alcalde constitucio- nal de esta villa.

Hago saber: Que terminado el repartimiento de la contribución territorial de este pueblo para el próximo ario de 1902, • correspondiente á las riquezas rústica y pecuaria, queda expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento por termino de ocho días; en cuyo plazo, los con- tribuyentes en él comprendidos podrán examinar- lo y producir las reclamaciones que consideren oportunas.

También se hallan concluidas y expuestas al público por término de 15 días las listas cobra- torias del padrón de edificios y solares.

Ballestero 12 de Octubre de 1901.—Marce- lino Hidalgo.—P. A. de la J. P., Julio Herreros.

Precio medio Derechos PRODUCTO

Unidades Consumo de la unidad. en anual.

ESPECIES

calculado durante el alío.

unidad.

Kilogramos. Pesetas. Cts. Pesetas. Cs. Pesetas. C ts.

Patatas. .... 10 10.100

1

0 08 808

Paja de cereales 10 22.000 0 30 0 04 880

,Leña, excluida la que se destina ä

la industria .... . . . 10 19,500 0 15 0 02 390

TOTAL.

(5)

HELLÍN ra el próximo ario 1902, la cual tendrá lugar D. Federico Marín Salazar, Alcalde Presidente del con las formalidades reglamentarias en esta Sala Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad. Consistorial el día 22 del actual, y hora de las diez de su mañana. Se advierte que la elección tendrá lugar sea cualquiera el número de industriales que concurran usando, en su caso, esta Alcaldía de las facultades que le concede el art. 85 de dicho reglamento.

Hellín 12 de Octubre de 1901,—F. Marin.

ease-

PESI A SCOS A

D. Agustín Flores Díaz, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta villa,

Hace saber: Que por acuerdo de la Junta mu- nicipal, y en virtud de haber resultado sin pro- ponentes los encabezamientos parciales volunta- rios, se arriendan á venta libre, conjunta ó sepa- radamente, los derechos que se devenguen en esta población y su término por el consumo de las especies que se expresarán, relativamente al período de uno ä cinco años, que se contará des- de el inmediato 1902, y su primer remate tendrá D. Federico Marín Salazar, Alcalde Presidente lugar en estas Casas Consistoriales el undécimo del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad, día siguiente al de la fecha del Boletin oficial en

Hago saber: Que con arreglo ä lo prevenido que este edicto sea publicado '

y horas de diez ä

• en el art. 84 del reglamento para la imposición doce, bajo el tipo total anual de 7.923'62 pese- y cobranza de la contribución industrial de 28 de tas á que asciende el cupo del Tesoro y los re Mayo de 1886, se convoca ä todos los industria- cargos autorizados, según da ä conocer el si- fes comprendidos en las tarifas primera y cuar- guiente estado ó presupuesto, aumentable en la ta para la elección de Síndicos y clasificadores pa- cuantía del 10 por 100 transitorio.

Hago saber: Que con el fin de dar cumplimien- to al art. 19 del ',reglamento de 28 de Septiembre de 1899 y circular de la Administración de Ha- cienda de 24 de dicho mes del año actual, todos los que posean carruajes de lujo presentarán en esta Alcaldia, del 15 al 30 del corriente, una re- lación duplicada que exprese:

Número de carruajes de lujo que poseen.

La denominación ó clase de los mismos.

Número de caballerías que tengan para el arrastre.

Pueblo, calle y número en que se halle situa- da la cochera y cuadra.

Lo que he dispuesto hacer público, por medio del presente, para conocimiento de los interesa- dos.

Henil] 12 de Octubre de 1901.—F. Marín.

5

RAMOS

Carnes de todas clases. ..

Líquidos

Granos y sus harinas.

Pescados

Jabón duro y blando.

Carbón vegetal. .. . . . • • • Aguardientes, alcohol, etc. o

Sal común.

TOTATES

La licitación se verificará por pujas á la lla- na, y el arriendo, en su caso, se ajustará ä las condiciones que aparecen fijadas en el expedien- te de su razón, el cual puede consultarse en la Secretaria municipal; siendo de advertir que pa- ra tomar parte en la subasta es preciso depositar en el acto, ó previamente en las Cajas del Te- soro õ en la del Municipio, una cantidad en metálico equivalente al 2 por 100 del tipo se- ñalado á cada uno de los ramos que las pro- posiciones abracen, y que la persona ä cuyo favor se adjudique el remate deberá prestar fian- za consistente en la cuarta parte del importe de la adjudicación; como se advierte que si en la primera subasta no hubiere remate, se celebrará una segunda bajo las mismas condiciones, por igual tipo, en idéntica forma y ä las propias horas, diez días después, y en ella se admiti- rán posturas por las dos terceras partes del im- porte fijado como tipo, adjudicándose al mejor postor, sin ulterior licitación y por un ario sola- mente.

También se hace saber que de resultar nega- tivo el arriendo á venta libre, se tendrá por ofre- cido con la exclusiva en las ventas, en cuanto ä los derechos y recargos de las especies compren- didas en los grupos de líquidos y carnes de la tarifa oficial, y habrá de tener lugar el respecti- vo primer remate ä los diez días del último se- ñalamiento, y hora de once ä doce, conforme al reglamento del impuesto, sirviendo los mismos tipos y condiciones de aplicación; que se celebra- rá el segundo remate para esta clase de arrenda- miento ocho días después de resultar desierto el primero, á la misma hora, pre eje rectificación de los precios de venta; y que siendo negativo el segundo, se celebrará el tercero y último remate,

por el procedimiento que recomienda el repetido reglamento, ocho días después, á igual hora.

Lo que se anuncia en convocatoria de licita- dores.

Peñascosa 5 de Octubre de 190 1.—Agustín Flores.

ALATOZ

D. Pedro Gómez Serrano, primer Teniente de Alcalde en funciones del Ayuntamiento consti- tucional de esta villa.

Hago saber: Que Do habiendo tenido efecto por falta de licitadores las dos subastas del arren- damiento ä venta libre de las especies de consu- mos, cereales, aguardientes, alcoholes y licores y cupo de sal del próximo ario natural de 1902, y acordado para en su caso el arrendamiento ä la exclusiva por un año de las especies comprendidas en los grupos de líquidos y carnes tendrá lugar la primera subasta de este arrendamiento en la Sala Consistorial el día veinticinco del actual mes, y hora de las diez el grupo de carnes y de once á doce el de líquidos, bajo el tipo y condiciones expresados en el pliego de su razón, obrante en esta Secretaría municipal.

Y caso de no tener efecto la mencionada su- basta por falta de proponentes, se anuncia una se- gunda para el día 4 del próximo mes de Noviem. bre y horas indicadas, en la que se rectificarán los precios de venta con un 6 por 100 de aumento;

y si tampoco tuviese lugar por la misma causa que la primera, se celebrará una tercera y últi- ma, sirviendo de tipo el importe de las dos ter- ceras partes de los cupos y recargos autorizados, la que «tendrá lugar el día 14 del propio mes, en el sitio y hora que las anteriores.

Para tomar parte en la subasta es preciso de- positar una cantidad en metálico equivalente al 2 por 100 del tipo señalado á cada uno de los ramos.

Lo que se anuncia al público para conoci- miento de las personas que deseen interesarse en la subasta.

Alatoz 13 de Octubre de 1901.—Pedro Gó- mez.

D. Pedro Gómez Serrano, primer Teniente de Al- calde en funciones del Ayuntamiento constitu- cional de esta villa.

Hago saber: Que el padrón de contribuyentes obligados al pago del impuesto de cédulas per- sonales en este término municipal en el próximo año 1902, se halla expuesto al público en esta Secretaría municipal por espacio de ocho días, contados desde la inserción del presente en el Boletin oficial de la provincia, á fin de que los contribuyentes en élicomprendidos puedan produ- cir las reclamaciones que estimen procedentes.

A latoz 11 de Octubre de 1901.—Pedro Gómez.

D. Pedro Gómez Serrano, primer Teniente de Al- calde en funciones del Ayuntamiento constitu- cional de esta villa.

Hago saber: Que el repartimiento sobre la ri- queza rústica, colonia y pecuaria de este termino municipal, correspondiente al próximo año natu- ral de 1902, se halla terminado y expuesto al pú- blico en la Secretaría municipal por espacio de ocho días, contados desde el de la inserción del presente edicto en el Boletin oficial de la provin- cia, á fin de que los contribuyentes en él com- prendidos puedan examinarlo y presentar las re- clamaciones que crean procedentes.

Alatoz 11 de Octubre de 1901.—Pedro Gómez.

ALMANSA

El Ayuntamiento de mi presidencia, en sesión de tres de los corrientes, acordó por unanimidad proveer por concurso el cargo de Depositario de los fondos municipales, vacante por .fallecimiento del que lo desempeñaba.

Lo que se anuncia al público para que los ve- cinos que quieran optar á ella presenten sus soli- citudes dentro del plazo de treinta días, contados desde la fecha de la inserción de este anuncio;

advirtiendo que el que resulte elegido habrá de prestar la fianza que en su día acuerde el Ayun- tamiento.

Almansa 12 de Octubre de 1901.—El Alcal- de, Manuel Andrés.

CORRALRUBIO

D. Antonio Núñez Gómez, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que fijadas por el Ayuntamiento que tengo el honor de presidir las cuentas muni- cipales de esta villa, correspondientes al ejercicio de 1896 ä 97 y al semestral de 1899 ä 900, que- dan de manifiesto en la Secretaria de este Ayunta- miento, en período de reclamaciones, por el térmi- no de 15 días, contados desde el en que aparezca inserto el presente anuncio en el Bolean oficial de esta provincia; pasado el cual no serán admi- tidas las que puedan interponerse.

Lo que se anuncia al público para su cono- cimiento y ä los efectos que determina el artícu- lo 161 de la ley Municipal vigente.

Corralrubio 12 de Octubre de 1901.—Anto- nio Núñez.

D. Antonio Núñez Gómez, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que el proyecto de presupuesto ordinario, correspondiente ä esta localidad y ejer- cicio de 1902, se halla terminado y expuesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento por 15 días, durante los cuales los interesados en el mis- mo pueden presentar las reclamaciones que esti- men convenientes.

Corralrubio 12 de Octubre de 1901.—Antonio Núñez.

Derechos del Tesoro, Pesetas. Cts.

3 por 100 de cobranza y conducción.

Pesetas. Cts.

Recargo municipal del 100 por 100

•••n

Pesetas. Cts.

Total de cada ramo.

nnn•

Pesetas. Cts.

1.125 725 1.150

33 75 21 75 34 50

1.125 725 1.150

2.283 1,471 2.334

75 75 50

45 135 45 91 35

27 081 27 54 81

46 138 46 93 38

389 75 11 69 389 75 791 19

779 50 23 39 e 802 89

4.287 25 128 62 3.507 75 7.923 62

(6)

NACIDOS VINOS

LIGÍTMOS. 1 NO 1.11GiTIMOS.

» e

221 11 »

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1 1 2 »

2 6 8 »

» » » » 18 1 3 4 » 19 1 2 3 e 20 3 1 4 »

9 16 25 1 4

11 12 13 11 15 18 17

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23

13

12 » 2 19

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5 30 o

Días a. I 0

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A

D. Antonio Núñez Gómez, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que los repartos de las contribu- ciones territorial y urbana del año 1902, quedan confeccionados por la correspondiente Junta y expuestos al público en la Secretaría del Ayunta- miento por término de ocho días, contados desde el siguiente al de la inserción del presente en el Boletín oficial de la provincia, con objeto de que puedan ser examinados por los interesados que lo tengan por conveniente, pudiendo en dicho plazo interponer las reclamaciones que juzguen oportu- nas.

Corralrubio 12 de Octubre de 1901.—Anto- nio Núñez.

LEZUZA

D. Joaquín Ortega Tendero, Alcalde constitucio- nal de esta villa.

Hago saber: Que el día 22 del actual, y hora de diez ä once de la mañana, se procederá en es- tas Casas Consistoriales ä la primera subasta, en venta exclusiva, de las especies de líquidos y carnes de este término para el año de 1902, ba- jo el sistema de pujas á la llana y con sujeción al pliego de condiciones, que estará de manifiesto en la secretaría del Ayuntamiento.

Que el importe total de las especies arrenda- bles citadas, es el de 11.629 pesetas 64 céntimos, tipo mínimo para la subasta, más el 3 por 100 pa- ra cobranza y conducción de caadales y el recar- go municipal de 50 por 100 sobre aquella can- tidad.

Que la fianza que habrá de prestarse consisti- rá en la cuarta parte de la cantidad en que resul- te adjudicado el arriendo, debiendo depositarse en la Caja municipal.

Que la garantía necesaria para hacer postura será el 5 por 100 del importe del tipo mínimo de subasta expresado, pudiendo depositarse por cual- quiera de las medios que autoriza el art. 277 del reglamento vigente.

Que los precios máximos ä que podrá vender las especies referidas el arrendatario serán los que, debidamente acordados por el Ayuntamien- to, constan en el respectivo expediente.

Que no será admisible postura alguna que no cubra el importe fijado como tipo mínimo de su- basta, y que ésta se adjudicará á favor del que resulte mejor postor ó que más beneficie los inte- reses del vecindario, según el art. 296 del Regla- mento citado.

De no resultar postor en dicha subaata,.se ve- rificará una segunda, ä los ocho días después, sea el 30, ä las mismas horas, bajo el mismo tipo y con aumento en los precios de venta, según lo acordado por el Ayuntamiento; y si tampoco hu- biera postores en esta última, se verificará una tercera subasta ä los ocho días, ó sea el 7 de No- viembre próximo, en la que servirá de tipo el importe de las dos terceras partes de la anterior, á las mismas horas.

Lezuza 11 de Octubre de 1901.—E1 Alcalde, Joaquín Ortega Tendero.

VILLARROBLEDO

Extracto de los acuerdos tomados por el Ayun- tamiento de esta villa en el mes de Marzo de

1901. • •

Sesión extraordinaria del din 3.

Presidencia de D. Pedro Acacio con número bastante de Sres. Concejales; en ella se practica la clasificacion y declaracion de soldados de los mozos del actual reemplazo.

Sesión ordinaria del dia 4.

La misma presidencia, con asistencia de nú- mero bastante de Sres. Concejales: acordando aprobar el acta de la anterior y dar publicidad y cumplir las disposiciones insertas en los periódi- cos oficiales; suprimir las plazas de Inspector, Vigilante, Subinspector y todos los serenos, crean- I do en su lugar un Cuerpo de Guardia municipal, uniformada, compuesta de cuatro individuos y un Jefe, con arreglo á las vigentes disposiciones, ins-

truyéndose al efecto el oportuno expediente de transferencia de crédito, que se elevará ä la san- cion del Sr. Gobernador civil de la provincia.

Sesión extraordinaria del dia 5.

Con igual presidencia y número bastante de Sres. Concejales, se procede á la revisión de exenciones y excepciones de los mozos de reem- plazos anteriores.

Sesión ordinaria del día 11.

Celebrada el 13, conforme el art. 104 do la ley Municipal.

Preside D. Miguel Laguía Bonillo, por ausen- cia del Alcalde y los Tenientes, acordando apro- bar el acta de la anterior y dar publicidad y cum- plir las disposiciones contenidas en los periódi- cos oficiales; que el presupuesto extraordinario formado con motivo de la transferencia de crédi- to acordada para la creación de la Guardia muni- cipal, se exponga al público por quince días, y transcurridos, se someta á la discusión y vota- cion definitiva de la Junta municipal.

Sesiones extraordinarias de los dias 20 y 24.

Presidencia de D. Pedro Acacio, con asisten- cia bastante de número de Sres. Concejales; trá- tase en ellas de la clasificacion y declaracion de soldados.

Sesión ordinaria del dia 25.

Preside D. Pedro Acacio y asiste número bas- tante de Sres. Concejales, acordando aprobar las actas de las anteriores y cumplir las disposicio- nes contenidas en periódicos oficiales, dándolas publicidad; conceder un socorro domiciliario de dos pesetas ä Emilio Cano, pobre y enfermo;

aprobar y que se pague á D. Coustantino Sa- nou una cuenta de ocho pesetas por objetos de escritorio; autorizar al Sr. Presidente para que satisfaga del capítulo de imprevistos al Sr. Visi- tador de Ganaderos del Reino, 60 pesetas por los dos últimos años y concepto que expresa el art. 125 del reglamento para la ejecucion del Real decreto de 13 de Agosto de 1892; que se gratifique con diez pesetas á los carteros de este pueblo, del capítulo de imprevistos, por los ser- vicios extraordinarios que prestan al Municipio;

y por último, que por la Comision de policía ur- baaa y Peritos alarifes, se emita informe sobre la licencia que solicita para edificar una casa de nueva planta en la calle de San Sebastián el ve- cino José Antonio Cano.

Villarrobledo 17 de Mayo de 1901.—El Se- cretario, Regino Castillo Checano.

Aprobado el precedente extracto en la sesion del día 20 de los corrientes.

Villarrobledo 25 de Mayo de 1901.—Regino Castillo Checano.— V.° B.°—El Alcalde, Miguel Laguía.

JUZGADOS

JUZGADO MUNICIPAL DE ALBACETE Nacimientos registrados en este Juzgado duran-

te la segunda decena de Septiembre de 1901.

NACIDOS SIN VIDA

'y muertosantes de ser inscritos

LIGÍTIMDI.'J %0 LEGÍTIMOS.

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• 4 e 3

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FALLEGIDOS

Dias Sol- Unos

Casa- dos.

VARONES

Vio-

dos. TOTAL. Sol- ieras. Casa-

das.

HEMBRAS

Vin- das. "TAL

1

TOTAL general

11 » » 1

12 le 2 2 2

13 » »

11 1 e 1 1

15 1 2 2 1 3 5

16 2 2 4 » » 4

17 2 2 D » 1 3

1819

20 2 2

1

1 1 3

1 2

5

52

12

7

2

9i21

Albacete 21 de Septiembre de 1901.—El Juez municipal, Manuel Benimeli.—Ricardo Martínez, Secretario.

Warmarlalemsziorfflimlaäo33adgell.3

RECAUDACION DE CONTRIBUCIONES I1 IÀ ZONA DE RUIN D. Miguel Martínez Carrasco, Recaudador volun-

tario de contribuciones de la zona de Hellín.

Hago saber: Que las contribuciones directas, correspondientes al 4.° trimestre del año actual, se cobrarán en los pueblos de esta zona en los días que á continuación se determinan del próxi- mo mes de Noviembre:

Lietor, días 6, 7 y 8.

Ontur, 11, 12 y 13.

Tobarra, 15, 16, 17, 18 y 19.

Hellín, 20, 21, 22, 23, 24 y 25.

Los contribuyentes que no satisfagan sus cuotas en los días señalados, podrán electuario sin costas en la oficina de recaudación do Hellín en los días 26 al 30 del mismo mes.

Hellín 10 de Octubre de 1901.—Miguel Mar- tínez Carrasco.

Sección de fuera de la Provincia

INGENIEROS

RESERVISTAS

Todos los Ingenieros que hayan recibido ins- trucción militar y en la actualidad se encuentren con licencia ilimitada ó en situación de reserva activa ó segunda reserva y residan en Albacete, se presentarán ä pasar revista, con el pase co- rrespondiente, por todo el mes de Octubre, en el Gobierno militar, en las horas marcadas.

Los que estuvieren en población donde no ra- diquen estas oficinas, pero sí Gobierno, Coman- dancia militar ó fuerzas destacadas, pasarán la revista ante estas Autoridades ó Jefe del desta- camento, en igual forma.

Los que residan fuera del punto donde radi- quen dependencias ó destacamentos de los ex- presados anteriormente, pasarán la revista ante los Alcaldes de los pueblos, y los que por encon- trarse en despoblado se hallen más cerca de al- gún puesto de la Guardia civil, lo verificarán ante los comandantes de éstos.

Los que residan en el extranjero pasarán la revista ante los agregados militares á las Emba- jadas, en el punto donde los hubiera, y donde no, el Secretario que designe el Embajador ó Mi- nistro, y, á falta de éstos, el Cónsul ó Vicecón- sul, y de no haber Representante alguno oficial de la Nación, se dirigirán en carta al Jefe de su Cuerpo, expresando en ella el país, población y domicilio.

Los reservistas sólo podrán justificar haber pasado la revista anual con el pase en que conste el revistado y sello correspondiente ála Autoridad

Cuerpo ante quien lo hayan verificado.

Los individuos que no pasen la revista anual reglamentaria quedan sujetos á lo que previenen las disposiciones vigentes, en virtud de las cuales pueden ser llamados ä prestar nuevamente servi- cio en filas en Cuerpo armado de otra Región.

Valencia 1. 0 de Octubre de 1901.—E1 primer Jefe del tercer Depósito de Reserva de Ingenie- ros, Antonio de la Cuadra.

IMPRENTA PROVINCIAL

05.

e l u 1 » 30

Defunciones registradas en este Juzgado durante la segunda decena de Septiembre de 1901.

Referencias

Documento similar

Hago saber: Que el Ayuntamiento de mi pre­ sidencia ha acordado que por los vecinos y ha­ cendados forasteros de este distrito municipal se presenten en la Secretaría de esta