1. MARCO TEÓRICO
2.4. Análisis e interpretación de datos, a la encuesta aplicada a los profesionales
El análisis que se desarrolla a continuación será de acuerdo a la evaluación de los resultados obtenidos, en la encuesta realizada a 202 personas, Miembros de la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Niñez y Adolescencia, Equipo Técnico, denunciantes, denunciados, abogados, autoridades administrativas.
PREGUNTA Nro. 1
1.- ¿Conoce usted, que el principio del interés superior del niño por encima de cualquier Derecho?
Tabla 2 Principio del interés superior del niño
Indicadores Frecuencia Porcentaje
Si 129 64
No 73 36
Total 202 100
Figura 1 El principio del interés superior del niño
Elaborado por: Anita Cárdenas
Análisis e interpretación de resultados
De los resultados obtenidos de la encuesta realizada se llega a la conclusión, que un 64 %, de los encuestados conoce sobre el principio del interés superior del niño prevalece por encima de cualquier Derecho mismo que se encuentran amparados en la Constitución y los Derechos Humanos, es decir, que la población sabe que los derechos de los niños no deben ser violentados por nada y por nadie, mientras tanto que 34%, de los encuestados supo manifestar no tiene conocimiento.
64% 36%
El principio del interés superior del niño
Si No
PREGUNTA Nro. 2
2.- ¿Conoce usted, que él Derecho del interés superior del niño prevalece para tomar una decisión al momento de expedir una resolución?
Tabla 3 El derecho del interés superior del niño
Indicadores Frecuencia Porcentaje
Si 115 56
No 91 44
Total 202 100
Figura 2 El derecho del interés superior del niño
Elaborado por: Anita Cárdenas
Análisis e interpretación de resultados
De la encuesta aplicada se pudo llegar a la conclusión de la siguiente manera es decir que el 56% de la población supo manifestar que él Derecho del interés superior del niño prevalece para tomar una decisión al momento de expedir una resolución mismo que debe ser aplicado por los administradores de justicia observando siempre el debido proceso, y también tomando en consideración que los niños se encuentran en los grupos de atención prioritaria, como lo emana la Constitución del Ecuador y por el mismo hecho de ser niños, que siempre se debe la mayor importancia, mientras que el 44% de los encuestados pues dieron una respuesta no solo al expedir una resolución sino en todo.
56% 44%
El derecho del interés superior del niño
Si No
PREGUNTA Nro. 3
3.- ¿Considera usted, que el personal de la Junta Cantonal le ha brindado la absoluta información para poner una denuncia dentro de este respectivo organismo?
Tabla 4 La Junta Cantonal brinda información como poner una denuncia Indicadores Frecuencia Porcentaje
Siempre 71 35%
Rara vez 59 29%
Nunca 72 36%
Total 202 100%
Figura 3 La Junta Cantonal brinda información como poner una denuncia
Elaborado por: Anita Cárdenas
Análisis e interpretación de resultados
De la encuesta realizada se puede concluir que el 35% de los encuestados manifestaron que el personal de la Junta Cantonal le ha brindado la absoluta información, mientras que el 29% de los encuestados supieron manifestar que la Junta Cantonal rara vez les brinda información como poner una denuncia dentro del mismo organismo, y mientras que el 36% de la población encuestada manifestaron que la Junta Cantonal nunca brinda información.
35%
29% 36%
La Junta Cantonal brinda información como poner una denuncia
Siempre Rara vez Nunca
PREGUNTA Nro. 4
¿Usted considera que las autoridades administrativas de la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Niñez Adolescencia de Ibarra garantizan el derecho constitucional de motivación en las resoluciones dictadas?
Tabla 5 Las autoridades administrativas el derecho constitucional de motivación
Indicadores Frecuencia Porcentaje
Siempre 85 42%
Rara vez 55 27%
Nunca 62 31%
Total 202 100%
Figura 4 Las autoridades administrativas el derecho constitucional de motivación
Elaborado por: Anita Cárdenas
Análisis e interpretación de resultados
De la encuesta aplicada se pudo llegar a la conclusión que el 42% manifiesta que las autoridades administrativas de la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Niñez Adolescencia de Ibarra garantizan el derecho constitucional de motivación en las resoluciones dictadas, mientras que 27% manifestaron que las autoridades administrativas el derecho constitucional les falta motivar y 31% dijeron que nunca motivan las resoluciones.
42%
27% 31%
Las autoridades administrativas el derecho constitucional de motivación
Siempre Rara vez Nunca
PREGUNTA Nro. 5
5.- ¿Considera usted, se debe aplicar el requisito de motivación lógica para tener un criterio de validez, que deben tener las resoluciones administrativas de la Junta Cantonal?
Tabla 6 Deben aplicar motivación lógica las resoluciones administrativas
Indicadores Frecuencia Porcentaje
Si 130 64%
No 72 36%
Total 202 100
Figura 5 Deben aplicar motivación lógica las resoluciones administrativas
Elaborado por: Anita Cárdenas
Análisis e interpretación de resultados
De la encuesta aplicada se pudo llegar a la siguiente conclusión que el 64% de los encuestados manifestaron si se debe aplicar el requisito de motivación lógica para tener un criterio de validez, que deben tener las resoluciones administrativas de la Junta Cantonal, para que de esta manera no se violenten derechos consagrados en la Constitución y no acarren nulidades por falta de motivación mientras que 36% no estuvo de acuerdo la pregunta realizada.
64% 36%
Deben aplicar motivación lógica las
resoluciones administrativas
Si No
PREGUNTA Nro.6
6.- ¿Cree usted, que es necesario que los miembros de la Junta Cantonal deban aplicar los elementos fundamentales del hecho y derecho, principios y la norma para precautelar el debido proceso en una resolución administrativa?
Tabla 7 Deben aplicar principios para precautelar el debido
Indicadores Frecuencia Porcentaje
Si 123 61%
No 79 39%
Total 202 100
Figura 6 Deben aplicar principios para precautelar el debido
Elaborado por: Anita Cárdenas
Análisis e interpretación de resultados
De los resultados obtenidos de la encuesta se llega a la conclusión, que el 61% de las personas ha manifestado que, si es necesario que los miembros de la Junta Cantonal deban aplicar los elementos fundamentales del hecho y derecho, principios y la norma para precautelar el debido proceso en una resolución administrativa, mientras que el los encuestados 39%, manifestaron que es tan necesario que deben aplicar principios para precautelar el debido en las resoluciones administrativas.
61% 39%
Deben aplicar principios para precautelar
el debidoTítulo del gráfico
Si No
PREGUNTA Nro. 7
7.- ¿Conoce usted, cuando una resolución no está debidamente motivada, las autoridades administrativas tienen sanciones disciplinarias hasta llegar a la destitución del cargo?
Tabla 8 Cuando una resolución no está motivada tiene sanciones disciplinarias
Indicadores Frecuencia Porcentaje
Si 90 45%
No 112 55%
Total 202 100
Figura 7 Cuando una resolución no está motivada tiene sanciones disciplinarias
Elaborado por: Anita Cárdenas
Análisis e interpretación de resultados
De los resultados obtenidos de la encuesta se puede evidenciar que el 45% de las personas manifiestan que cuando una resolución no está debidamente motivada, tienen conocimiento que las autoridades administrativas tienen sanciones disciplinarias hasta llegar a la destitución del cargo, manifiestan que si es necesario una sanción cuando no se aplique de manera correcta la ley y la Constitución de la República del Ecuador, mientras que el 55% de los encuestados manifestaron que no.
45% 55%
Cuando una resolución no está motivada tiene sanciones disciplinarias
Si No
PREGUNTA Nro. 8
8.- ¿Considera usted, hace prevalecer el derecho del niño a ser escuchado, para motivar una decisión en la elaboración de una resolución administrativa?
Tabla 9 El derecho del niño a ser escuchado, para motivar una decisión Indicadores Frecuencia Porcentaje
Siempre 70 %
Rara vez 68 %
Nunca 64 %
Total 202 100%
Figura 8 El derecho del niño a ser escuchado, para motivar una decisión
Elaborado por: Anita Cárdenas
Análisis e interpretación de resultados
De la encuesta aplicada se pudo llegar a la siguiente conclusión que el 34% de los encuestados manifiestan que siempre hacen prevalecer el derecho del niño a ser escuchado, mientras que el 34% de los encuestados manifestaron que rara vez que el derecho del niño a ser escuchado, para motivar una decisión administrativa, mientras que el 32% de los encuestados manifestaron que nunca prevalece el derecho de los niños para motivar una decisión.
34%
34% 32%
El derecho del niño a ser escuchado, para motivar una decisión
Siempre Rara vez Nunca
PREGUNTA Nro.9
9.- ¿A su parecer, considera que la Junta Cantonal respeta los derechos de los niños niñas y adolescentes cuando se encuentran vulnerados?
Tabla 10 La Junta Cantonal respeta los derechos de los niños, niñas
Indicadores Frecuencia Porcentaje
Siempre 93 46%
Rara vez 52 26%
Nunca 57 28%
Total 202 100%
Figura 9 La Junta Cantonal respeta los derechos de los niños, niñas
Elaborado por: Anita Cárdenas
Análisis e interpretación de resultados
De los datos recolectados se llega a la siguiente conclusión que el 46%, de los encuestados considera que la Junta Cantonal respeta los derechos de los niños niñas y adolescentes, mientras que el 26%, de los encuestados que rara vez la Junta Cantonal respeta los derechos de los niños, niñas, mientras que un 28% de las personas encuestadas manifiesta que nunca La Junta Cantonal respeta los derechos de los niños, niñas, como la ley los establece razón por la cual se debería de considerar más esta minoría.
46%
26% 28%
La Junta Cantonal respeta los derechos de las niños, niñas
Siempre Rara vez Nunca
PREGUNTA Nro. 10
10.- ¿Considera usted, que es necesario que se dicte un modelo de resolución que regule las resoluciones administrativas de la Junta Cantonal para garantizar su correcta motivación?
Tabla 11 Dicte un modelo de resolución que regule las resoluciones administrativas de la Junta Cantonal para garantizar su correcta motivación
Indicadores Frecuencia Porcentaje
Si 165 82%
No 37 18%
Total 202 100
Figura 10 Dicte un modelo de resolución que regule las resoluciones administrativas de la Junta Cantonal para garantizar su correcta motivación
Elaborado por: Anita Cárdenas
Análisis e interpretación de resultados
De la encuesta realizada se puede llegar a determinar que el 82% de los encuestados están de acuerdo que es necesario que se dicte un modelo de resolución que regule las resoluciones administrativas, para que de esta manera no se violente principios, mientras que el 18% de los encuestados manifestaron no es necesario crear una resolución.
82% 18%
Dicte un modelo de resolución que regule las resoluciones administrativas de la Junta Cantonal para garantizar su correcta motivación
Si No