Javier Añíbarro Rodríguez
CONFLICTOS ANTERIORES ENTRE EL MARQUESADO Y SANTANDER
El estudio que presentamos a continuación forma parte de un trabajo más amplio centrado en los diferentes tipos de relaciones que las Cuatro Villas de la Costa de la Mar (San Vicente de la Barquera, Santander, Laredo y Castro Urdiales) ejercieron en el Cantábrico Oriental durante la Baja Edad Media. En este caso concreto, nos centramos en el conflicto existente entre el Marquesado de Santillana y Santander causado por el dominio de una zona situada en el límite de sus jurisdicciones1. La principal fuente de información que hemos utilizado
ha sido el pleito de los años 1493 y 1494 que Santander interpuso frente al Marquesado de
1 Nuestro trabajo se inscribe dentro Proyecto de Investigación I+D+i “Ciudades y villas portuarias en la articulación del litoral atlántico en la Edad Media” (Ref. HAR 2009-08474) bajo la dirección del Prof. J. A. Solórzano Telechea. El tema que nos proponemos a estudiar fue tratado en profundidad en SOLÓRZANOTELECHEA, J. A.; FERNÁNDEZGONZÁLEZ, L., Conflictos jurisdiccionales entre la villa de Santander y el Marquesado de Santillana en el siglo XV, Santander 1999, pp. 21-60. Nuestra propuesta sigue las líneas trazadas por estos autores, pero desde una perspectiva diferente : las relaciones que se dieron entre los vecinos del Marquesado y Santander a partir de los conflictos entre sus respectivos señores. En este sentido, también merece ser destacado el estudio de SOLÓRZANOTELECHEA, J. A., “La dinámica de relaciones entre el Valle de Camargo y la villa de Santander en la Edad Media Tardía: un caso de “urbanismo colonial” en la periferia norteña”, Camargo, Historia y Patrimonio. Camargo 2001, pp. 142-162, en el que se explica cómo los miembros de los linajes de Santander se hicieron con importantes propiedades en Camargo. Asimismo, hemos tenido en consideración el trabajo de ORTEGACERVIGÓN, J. I., “Usurpaciones de términos y abusos señoriales en la jurisdicción urbana de Cuenca a finales de la Edad Media”, La ciudad medieval y su influencia territorial. Logroño 2007, pp. 221-238 por las similitudes que plantea el caso de Cuenca con el de Santander en aspectos tales como los apropiamientos ilegítimos de términos por parte de la nobleza, o los procesos surgidos como consecuencia de los abusos señoriales. Sobre el tema de conflictos entre jurisdicciones durante la Baja Edad Media, véase también MONSALVOANTÓN, J. Mª., “Usur- paciones de comunales: conflicto social y disputa legal en Ávila y su Tierra durante la Baja Edad Media”, Historia Agraria, nº 24, Agosto 2001, pp. 89-122. LOPEZ-SALAZARPÉREZ, J., “Poderosos y adehesamientos en Castilla la Nueva durante el reinado del Emperador”, Carlos V. Europeísmo y Universidad. Vol. IV, Madrid, 2001, pp. 403-441. ARAGÓNRUANO, A., “Las comunidades de Montes en Guipúzcoa en el tránsito del Medievo a la Edad Moderna”, Revista de Historia Moderna: Anales de la Universidad de Alicante, nº 26 (2008), pp. 249-273;
Santillana por la usurpación de un espacio dentro de sus límites jurisdiccionales2. Este ex-
tenso documento ofrece una rica información sobre el espacio situado en los márgenes de la villa; se habla de las poblaciones y los vecinos que habitaban en los límites de la juris- dicción, de edificios que allí se levantaban, de actividades económicas, de quién y cómo ejercía el poder en aquella zona, etc. Dicho pleito es una fuente clave para conocer el fun- cionamiento de los mecanismos de poder en el punto más alejado donde la villa podía ejercer su jurisdicción3.
Los conflictos comenzaron a principios del siglo XV, cuando el Almirante de Castilla Diego Hurtado de Mendoza, señor de Santillana, propuso hacerse con el control del puerto de San Martín de la Arena, perteneciente a Santander. La situación de dicho puerto creaba necesariamente conflictos entre ambas localidades y poderes. Por la concesión de su fuero (1187), Santander ejercía la jurisdicción marítima de la costa desde Galizano hasta punta Ballota, con todos los derechos de carga y descarga. Dentro de esos términos marítimos se encontraba San Martín de la Arena, puerto en la desembocadura del Besaya, que pasó a pertenecer en 1403 al Señorío de Santillana. El problema estribaba en que éste no podía embarcar y desembarcar mercancías en sus orillas sin pagar previamente esos derechos a la villa de Santander4. Ante esa situación, Diego Hurtado de Mendoza y sus sucesores tra-
taron por todos los medios de apropiarse de los derechos de aquellas aguas; para ello “mandó faser una torre junto con el agua del dicho puerto et casas a do disen San Martin, desiendo que el dicho puerto que era suyo et pertenesçia a el dar la dicha liçençia e congite, e leuar los derechos del puerto”5. No sólo hicieron caso omiso de las continuas advertencias del concejo
de Santander para que no sacasen mercancía sin su permiso, sino que hacia 1425, cuando la villa envió hombres para hacer cumplir la ley y sus derechos en San Martín, los hombres del Marqués respondieron con violencia. A partir de entonces, el concejo de Santander de- cidió recurrir a la justicia del rey, y entabló un pleito por la posesión del puerto. El proceso comenzó en 1434 y la sentencia favorable a Santander se dictó en 14366. Aunque el Marqués
se comprometió en 1440 a respetar los derechos de Santander, la sentencia fue incumplida7.
Así pues, el conflicto seguía latente a pesar de la sentencia dictada y los acuerdos firmados.
2 Archivo Municipal de Santander, leg. 182, B izdo. Nº 1, 368 fols. Publicado en SOLÓRZANOTELECHEA, J. A.; FERNÁNDEZGONZÁLEZ, L., Conflictos jurisdiccionales entre la villa de Santander y el Marquesado de Santillana en el siglo XV, doc. 2, pp. 253-634.
3 Para completar nuestra información hemos revisado la documentación de este período situada en el Archivo de la Chancillería de Valladolid, y los archivos municipales de las entidades afectadas, Santillana-Santander. DÍEZHERRERA, C. et alii, Abadía de Santillana del Mar: colección diplomática. Madrid 1983; SOLÓRZANOTELECHEA, J. A., Colección diplomática del Archivo Municipal de Santander (1295-1504): documentación medieval. Santander 1995; SOLÓRZANOTELECHEA, J. A., Patrimonio documental de Santander en los archivos de Cantabria: documentación medieval (1253-1515). Santander 1998. SOLÓRZANOTELECHEA, J. A., Los conflictos del Santander medieval en el Archivo del Tribunal de la Real Audiencia y Chancillería de Valladolid (1389-1504). Santander 1999; GARCÍADESALAZAR, L., Bien- andanzas e fortunas de Lope García de Salazar, ed. MARÍNSÁNCHEZ, A. M. Zaragoza, 2003.
4 El Fuero de Santander lo encontramos en MARTÍNEZDÍEZ, G., “Fueros locales de la provincia de Santander”, Anuario de Historia del Derecho Español, Tomo XLVI, Madrid 1976, doc. 8, pp. 592. En 1403 el Almirante de Castilla, Diego Hurtado de Mendoza, obtuvo de la Iglesia de Santillana el lugar de San Martín de la Arena a cambio de la Iglesia de San Cristóbal de Ongayo. Pese a que se cede el puerto y los derechos de San Martín, no se especifica en qué consistían. Véase Pérez Bustamante, R., Sociedad, Economía, Fiscali- dad y gobierno en las Asturias de Santillana, s. XII-XIV. Santander 1979, doc. XVI, pp. 317-31.
5 SOLÓRZANOTELECHEA, J. A.; FERNÁNDEZGONZÁLEZ, L., Conflictos jurisdiccionales… op. cit., doc. 1, pregunta 7, p. 211.
6 Ibid, doc. p. 226. El testigo se refiere a unos hechos que sucedieron diez años atrás. El documento es de 1436.
7 SOLÓRZANOTELECHEA, J. A., Colección diplomática… doc. 87 p. 127. SOLÓRZANOTELECHEA, J. A., Los conflictos del Santander… op. cit., doc. 18, p. 1448.
Las malas relaciones continuaron durante los años cuarenta y cincuenta del siglo XV, hasta que en 1464, en plena batalla por el poder entre el rey Enrique IV y el infante don Al- fonso, los acontecimientos dieron un vuelco a favor del Marquesado de Santillana. El linaje de los Mendoza, entre los que estaba el Marqués, apoyó a Enrique como rey, y éste decidió recompensarle en 1466 con la donación de la villa de Santander8. La consecuencia fue el in-
mediato levantamiento en armas de Santander, que apelaba a la inalienabilidad de la Corona, y al reconocimiento hecho por Juan II en las Cortes de Valladolid (1442), donde se establecía que la villa no podría ser enajenada. El conflicto fue muy duro para Santander; hubo nume- rosos muertos y se constata la destrucción de edificios en la revuelta9. Finalmente, Santander
logró rechazar a los hombres del Marqués y consiguió que el monarca revocara la donación. En la concordia firmada entre ambos en 1472, se establece que la villa debía pagar al Marqués 180.000 maravedís en el plazo de tres años por los daños generados en la revuelta de 146610. Ante las dificultades sufridas, la villa trató de establecer alianzas con la nobleza
territorial, concretamente con la casa de los Manrique, Condes de Castañeda, que en 1472 prometieron al concejo de Santander no enajenar, cambiar, donar ni trocar a ningún otro señor los 20.000 maravedís de juro que cobraban en la villa de Santander11.
A pesar de las sentencias favorables a la villa de Santander, el Marquesado siguió ejer- ciendo presión sobre el territorio jurisdiccional de la villa. No acataron las sentencias sobre el puerto de San Martín de la Arena, incumpliendo reiteradamente la ley. Aquello provocó la intervención de Santander que se vio obligada a secuestrar las velas y mástiles de los na- víos una y otra vez, y a impedir que en dicho puerto los del Marquesado descargaran otra mercancía distinta a pescado para su autoconsumo12.
También se ejerció presión en la jurisdicción terrestre, ya que los alcaldes de Igollo y Cacicedo, pertenecientes al Marquesado de Santillana, reclamaban una parte del límite sur-occidental de Santander13. Será este último caso el que más nos interesa: el cabido que
limitaba las dos jurisdicciones había desaparecido bajo hierba y matorrales, por lo que la divisoria entre ambas no quedaba clara y, hacia 1480, se decidió establecer unos nuevos lí- mites. Sin embargo, a la hora de trazarlos hubo desacuerdo, pues beneficiaban al Marque- sado en detrimento de Santander.
El caso se complica cuando años después el Marqués permitió que en 1485 se cons- truyera la venta de Pedro Ortiz, y hacia 1491 la venta de Juan de Miera (conocida como la
8 PÉREZBUSTAMANTE, R., “La resistencia de la villa de Santander al dominio señorial. Concesión y revocación de la villa por el Rey En- rique IV al II marqués de Santillana (1466-1472). Altamira, 1975, vol. I, pp. 1-60.
9 GARCÍA DESALAZAR, L., Bienandanzas e fortunas… op. cit., “Título de cómo fue vendida la villa de Santander al Marqués de Santillana e de los que la vendieron”.
10 “(…) e que el dicho concejo e vesinos e moradores de él (Santander) para la enmienda e satisfaçion de ello, sean tenudos e obligados de dar e pagar al dicho sennor Marques (…) çiento e ochenta mill maravedis (…) pagados en tres annos que comiençen en este dicho anno presente (1474); SOLÓRZANOTELECHEA, J.A., Colección Diplomática… op. cit., doc. 120, p. 155, 5º punto de la concordia.
11“… Lo segundo quedando los dichos veynte mill maravedís de juro en la dicha villa sytuados para el dicho sennor don Garçia e donna Breçeyda, su muger, que el dicho don Garçia dé su fe e prometa commo cavallero, de los non renunçiar, nyn traspasar nyn trocar nin donar nin canvyar en ninguna manera con otro cavallero nin sennor poderosos nin contra otra persona ninguna salvo si fuera así con- sentymiento de la dicha villa” , véase SOLÓRZANOTELECHEA, J. A., Colección Diplomática… op. cit., doc. 122, p. 164.
12 En 1488 el Concejo de Santander se llevó barcas y pinazas del Puerto de San Martín de la Arena pertenecientes al Marquesado, Ibid, doc. 151, p. 209; Ese mismo año se prohíbe utilizar San Martín de la Arena salvo para descargar pescado para consumo propio, doc. 152, p. 217.
venta de la Amenaza) en los terrenos en disputa14. En ese mismo año aproximadamente,
se dio otro episodio de tensión cuando los alcaldes de la Santa Hermandad de Santander colocaron el cadáver de un ejecutado en el espacio comprendido entre los mojones anti- guos y nuevos, es decir, en el espacio en disputa15.
Ante este clima de recelos y tensión, el concejo de Santander inició en 1493 el pleito en el que se centra el presente trabajo, para tratar de recuperar el espacio que consideraba como propio.