E S P A C I O S , S O C I E D A D E S Y P O D E R
MUNDOS
MEDIEVALES
Homenaje al Profesor
JOSÉ ÁNGEL GARCÍA DE CORTÁZAR Y RUIZ DE AGUIRRE
II
Editorial Universidad Cantabria
Homenaje al Profesor
Amélia Aguiar Andrade
Universidade Nova de Lisboa. Portugal
Isabel Alfonso Antón
CSIC. Madrid
Achim Arbeiter
Georg-August-Universität Göttingen. Germany
Agustín Azkárate Garai-Olaun
Universidad del País Vasco
Iñaki Bazán Díaz
Universidad del País Vasco
Juan Antonio Bonachía Hernando
Universidad de Valladolid
María Inés Carzolio
Universidades Nacionales de Rosario y de la Plata. Argentina
Vincent Challet
Université de Montpellier III. France
Maria Helena da Cruz Coelho
Universidade de Coimbra. Portugal
José Ramón Díaz de Durana y Ortiz de Urbina
Universidad del País Vasco
Sauro Gelichi
Università Ca'Foscari de Venezia. Italia
Jelle Haemers
Universiteit Leuven. België
Juan Francisco Jiménez Alcázar
Universidad de Murcia
Ángeles Líbano Zumalacárregui
Universidad del País Vasco
Christian Liddy
University of Durham. United Kingdom
Eduardo Manzano Moreno
CSIC. Madrid
Georges Martin
Université Paris-Sorbonne. France
José María Mínguez Fernández
Universidad de Salamanca
Salustiano Moreta Velayos
Universidad de Salamanca
Giuliano Pinto
Università degli Studi di Firenze. Italia
José Ángel Sesma Muñoz
Universidad de Zaragoza
Josep M. Salrach Marés
Universitat Pompeu Fabra
Louis Sicking
Universiteit Leiden. Nederland
Philippe Sénac
Université de Toulouse. France
Lluis Tó Figueras
Homenaje al Profesor
JOSÉ ÁNGEL GARCÍA DE CORTÁZAR Y RUIZ DE AGUIRRE
Editores
Beatriz Arízaga Bolumburu Dolores Mariño Veiras
Carmen Díez Herrera Esther Peña Bocos Jesús Ángel Solórzano Telechea
Susana Guijarro González Javier Añíbarro Rodríguez
Tomo II
ESPACIOS, SOCIEDADES Y PODER
Editorial Universidad Cantabria
ISBN 978-84-8102-728-0
1. España – Civilización – Edad Media. 2. España – Historia – Edad Media. I. García de Cortázar, José Ángel. II. Arízaga Bolumburu, Beatriz, ed. lit.
94(460)"0414/1474"(082.2)
Diseño y maquetación | digitalización: Daniel Díez Álvarez | emeaov Imagen de la portada: Cripta de San Isidoro de León y Glosas de San Millán
Consejo Editorial
Presidente: José Ignacio Solar Cayón
Área de Ciencias Biomédicas: Jesús González Macías Área de Ciencias Experimentales: Mª Teresa Barriuso Pérez Área de Ciencias Humanas: Fidel Ángel Gómez Ochoa Área de Ingeniería: Luis Villegas Cabredo
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© Editorial de la Universidad de Cantabria
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ISBN: 978-84-8102-728-0 (Tomo II, pdf) 978-84-8102-650-4 (Obra completa, caja) 978-84-8102-649-8 (Tomo II, rústica) Santander, 2014
Esta edición es propiedad de la EDITORIAL DE LAUNIVERSIDAD DECANTABRIA, cualquier
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IV. SIGLOS XIII-XVI
Los secretarios Humanistas del Cardenal Cisneros y las constituciones de 1510... 939 Santiago Aguadé Nieto
Estrategias de escritura y construcción memorial en la Primera Crónica
Anónima de Sahagún ... 957 Leticia Agúndez San Miguel
Aberturas: un despoblado de la periferia de Campo de Calatrava ... 971 Clara Almagro Vidal
Porque en jugar los dados a muchos males desonrra. Prohibiciones y sanciones
de la cofradía del Rey Casto a fines de la Edad Media ... 983 María Álvarez Fernández
Santander y sus límites terrestres a finales de la Edad Media (1467-1494) ... 991 Javier Añíbarro Rodríguez
El gobierno de las hermandades y cofradías andaluzas en la Baja Edad Media ... 1005 Juan Carlos Arboleda Goldaracena
El mar, espacio de sociabilidad de las cofradías pesqueras medievales ... 1015 Beatriz Arízaga Bolumburu / Michel Bochaca
Bartolo da Sassoferrato: introduzione a un giurista globale ... 1029
Mario Ascheri
Las fiestas en la crónica del condestable Miguel Lucas de Iranzo ... 1041 Alberto O. Asla
La delimitación territorial y el control de los espacios en la frontera meridional
del Reino de Valencia. Siglos XIII-XV ... 1053
Juan Antonio Barrio Barrio
Une économie du patronage aristocratique. Le temporel des moniales
cisterciennes en Castille (XIIe-XIIIesiècles) ... 1067
Ghislain Baury
El entorno familiar y monástico de Inés de Ayala ... 1081 Isabel Beceiro Pita
Repoblación y señoríos en Andalucía (siglos XIII y XIV) ... 1109 Emilio Cabrera
Don Sancho de Castilla (1363-1371): apuntes biográficos de un hijo ilegítimo
de Pedro I ... 1125
Francisco de Paula Cañas Gálvez
La Valencia bajomedieval y su integración espacial: percepción del área, dimensión
comunitaria y representación simbólica del término ... 1137
Francisco A. Cardells Martí
La presión real y señorial sobre el patrimonio de los concejos Andaluces en la Baja
Edad Media. El caso de la Dehesa de la Torre de Don Ibáñez (Baeza) ... 1149
María Antonia Carmona Ruiz
Fernando Ruiz, obispo de León (1289-13 01) ... 1161 Gregoria Cavero Domínguez
Fiestas de toros y lidia popular en Medellín (c.1500) ... 1171 Julián Clemente Ramos
La llamada de lo salvaje: reflexiones sobre la caza en la literatura artúrica castellana... 1177 Antonio Contreras Martín
Las rasuras del vino. Aplicaciones y usos del tartrato de potasio en la España
bajomedieval ... 1189 Ricardo Córdoba de la Llave
Medidas procreativas, conceptivas, anticonceptivas y abortivas de la mineralogía,
según El Lapidario de Alfonso El Sabio ... 1201 Julio César Corrales
A “Eternidade” de Deus na filosofia de Ramon Llull (1232-1316) ... 1215 Ricardo da Costa
Nuevas aportaciones a propósito del diagnóstico y tratamiento médico
de Enrique IV de Castilla y su corte ... 1229 Francisco J. Crespo Muñoz / Guillermo A. Cañadas de la Fuente /
Esperanza Luque Sánchez
Porque los moradores en la dicha villa non podriades faser y vida syn término. Villas sin alfoz en el Señorío de Vizcaya: ensayos a partir de tres hipótesis
explicativas de José Ángel García de Cortázar ... 1239 Arsenio Dacosta
Nobleza y reforma monástica en la Castilla tardomedieval. El papel de los
duques de Nájera en los monasterios riojanos ... 1247 Máximo Diago Hernando
Los intereses pontificios, regios, nobiliarios y concejiles en las elecciones
episcopales castellanas: la provisión de la sede de cuenca en 1469 ... 1259 Jorge Díaz Ibáñez
Habices de la alquería de Talará en 1502. Noticias sobre la economía Nazarí ... 1275 Manuel Espinar Moreno
Seis nuevos pinjantes bajomedievales del norte de la Península Ibérica ... 1295 Carmelo Fernández Ibáñez
Notas sobre patrones y mercaderes cántabros en el Mediterráneo medieval ... 1307 Maria Teresa Ferrer i Mallol
Población y reparto de la propiedad en Chipiona en el primer cuarto
del siglo XVI ... 1319 Alfonso Franco Silva
Las patologías no epidémicas a través de las fuentes medievales valencianas ... 1339 Mercedes Gallent Marco
Viñedo y vino en Álava durante la Edad Media ... 1351 Ernesto García Fernández
Aragón y el monasterio de la Trinidad de Valencia: la renuencia a financiar
el proyecto de la reina María ... 1365 María del Carmen García Herrero
Producción cerámica y organización política. El caso de la cerámica Nazarí ... 1379 Alberto García Porras
Una aportación al estudio de la señorialización y de las conflictivas relaciones señores-vasallos en La Rioja de finales de la Edad Media: los casos de las villas
de Quel y Autol ... 1391 Francisco Javier Goicolea Julián
La práctica de la flebotomía en España a través de algunos tratados médicos
(siglos XIV-XVI) ... 1403 María Estela González de Fauve
El latifundio en Carmona: del repartimiento a los tiempos modernos ... 1417 Manuel González Jiménez
El protagonismo nobiliar durante el reinado de Sancho IV de Castilla ... 1433 César González Mínguez
Disciplina clerical y control social en la Castilla Medieval: El Estatuto de corrección y punición del cabildo catedralicio de Burgos (1452) ... 1453 Susana Guijarro González
Sal, fiscalidad y cultura material en el reino de Valencia a fines de la Edad Media... 1467 José Hinojosa Montalvo
La molienda en Toledo en el siglo XV ... 1479 Ricardo Izquierdo Benito
Sanlúcar de Barrameda, antepuerto de Sevilla, a finales del Siglo XV ... 1491 Miguel Ángel Ladero Quesada
Amistad y poder entre la baja nobleza aragonesa del Trescientos ... 1509
Mario Lafuente Gómez
Parroquias y práctica sacramental en Toledo a fines de la Edad Media ... 1523 María José Lop Otín
Control de la actividad cotidiana y preservación de la paz social en Valladolid
a fines de la Edad Media y principios de la Edad Moderna ... 1549
Beatriz Majo Tomé
En los bosques andaluces. Los carboneros a finales de la Edad Media ... 1561
Emilio Martín Gutiérrez
Estructura y evolución de los derechos y rentas señoriales en la Castilla
bajomedieval: El caso de Alcocer ... 1573
Pablo Martín Prieto
Oficios y cofradías: aproximación a la vida de los trabajadores del vestido
en la Zamora bajomedieval ... 1585
María Martínez
La territorialización del poder señorial en Castilla. Sobre los límites
del Campo de Calatrava en el siglo XIII ... 1605 Jesús Molero García
El Infante don Felipe, primer arzobispo electo de Sevilla (1249-1258).
Breve notas sobre un destino frustrado ... 1619 Isabel Montes Romero-Camacho
Vida cotidiana de los judíos de Teruel en el siglo XV: sintaxis social
y geometría punitiva ... 1633 Miguel Ángel Motis Dolader
Las bases de poder de un príncipe real castellano en la Baja Edad Media:
el infante Fernando de Antequera en el reinado de Enrique III (1390-1406) ... 1647 Víctor Muñoz Gómez
Divergences et convergences: identités urbaines en France et en Allemagne
à la fin du Moyen Âge ... 1663 Gisela Naegle
Las élites rurales de Bailía de Cantavieja en el siglo XV ... 1677 Germán Navarro Espinach
La ceremonialización de la vida política durante la regencia de Fernando
de Antequera (1406-1416) ... 1687 José Manuel Nieto Soria
Las relaciones entre los Luna y los Albornoz y su reflejo artístico en el Aragón del
siglo XIV: el castillo de Mesones de Isuela y la parroquieta de Zaragoza ... 1699 Antonio Olmo Gracia
Testamentos y actas capitulares como fuentes de estudio de las mentalidades
colectivas de la Úbeda bajomedieval ... 1711 María Josefa Parejo Delgado
Los moriscos y las élites dirigentes del Reino de Granada a comienzos
del siglo XVI ... 1721 Rafael G. Peinado Santaella
Una invención medieval: El reloj mecánico. Aproximación historiográfica ... 1743 Víctor Pérez Álvarez
El prestigio sociorreligioso de los monasterios y conventos sevillanos durante
la Baja Edad Media ... 1757
Silvia María Pérez González
El císter hispano y la ganadería ... 1769 Javier Pérez-Embid
Sobre la justicia señorial y el señorío político (Corona de Castilla, siglo XV) ... 1787 María Concepción Quintanilla Raso
Las dudas del hereje: el proceso inquisitorial contra Andrés González
de Alía (1486) ... 1801 María del Pilar Rabadé Obradó
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Apropiación y organización social de un medio natural: pesca fluvial y pesqueras
en la Galicia Medieval ... 1827 María Luz Ríos Rodríguez
Dolencias y sanaciones en los Milagros de Guadalupe (Península Ibérica,
siglos XV y XVI) ... 1843 Gerardo Rodríguez
La presencia vasca en las Islas Canarias a raiz de la conquista realenga (1476-1500) 1851 Manuela Ronquillo
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Hermandades concejiles en la frontera oriental de Castilla (siglo XV) ... 1877 José María Sánchez Benito
El Libro de Regla de la Cofradía de Santa María del rey Casto de Oviedo.
Una aproximación a su estudio ... 1889 María Josefa Sanz Fuentes
Las previsiones penales y procesales marítimas de los Capitols del Rei en Pere
de 1340 incluidos en el Llibre del Consolat de Mar ... 1901 Margarita Serna Vallejo
Análisis de la evolución del manso en la organización del espacio rural
y en su forma constructiva (Catalunya ss. XI-XVIII) ... 1915 Assumpta Serra i Clota
Los extranjeros en las villas portuarias de la costa cantábrica en la Baja Edad Media 1933 Jesús Ángel Solorzano Telechea
El clero rural asalariado y la orden militar de Calatrava al final de la Edad Media ... 1949 Raquel Torres Jiménez
XIV: una aproximación a través de la obra cronística de Pedro López de Ayala ... 1977 Covadonga Valdaliso
La capacidad de resistencia del mundo agrario ante las exacciones
de la Monarquía. Un caso madrileño en la Baja Edad Media ... 1989
Óscar Villarroel González
La privatización de las aguas de abasto urbano. El ejemplo de Santa Cruz
de La Palma (Canarias) en los inicios de la colonización ... 2001
Resumen
El presente trabajo pretende llevar a cabo la reconstrucción de la cancillería del arzobispo/cardenal fray Francisco Jiménez de Cisneros, y el papel desempeñado por sus componentes en la puesta en práctica de los proyectos formulados por éste, en general, y, en concreto, en sus empresas de contenido más estrictamente cultural, la fundación del Colegio/Universidad de San Ildefonso de Alcalá, una de las primeras instituciones docentes en Europa que responde a esta nueva fórmula, la elaboración de sus primeras Constitu-ciones, promulgadas el 22 de enero de 1510, la política libraria llevada a cabo por el prelado, y, más en concreto, la adquisición sistemática de libros destinados a su biblioteca entre 1496 y 1509, que contribuye e hacer de él uno de los centros más importantes de difusión del humanismo en España, y posibilita la realización de otros proyectos como la Edición de la Biblia Políglota o la de una nueva traducción al latín del Corpus Aristotélico.
Para ello, se ha procedido a estudiar la estructura de la “domus” del arzobispo/cardenal desde su ascenso a la sede toledana hasta su muerte en 1517, identificando dentro de ella la “capilla”, y el grupo de secretarios/notarios que forman parte de ella, analizando los rasgos perceptibles de su currículum, su práctica escrituraria, caracterizada por el uso sistemático de la minúscula humanística, rasgo que, junto con su formación intelectual, los vincula a los humanistas que configuran el primer claustro del nuevo Colegio, su participación en los proyectos de su patrono, y, en concreto, en la elaboración de las primeras constituciones de 1510, dentro del marco más amplio del enorme esfuerzo de escrituración que significa la puesta en práctica de los mismos, que significa la elaboración de la documentación que integra el archivo del Colegio/Universidad, el despacho diario de la correspondencia del
Y LAS CONSTITUCIONES DE 1510
Santiago Aguadé Nieto
cardenal y la elaboración de los dos primeros volúmenes del libro copiador conocido como Bulario de la Universidad de Alcalá.
Por lo que se refiere concretamente a las Constituciones su papel ha sido fundamental en la elaboración de los textos que se nos conservan y en la actualización permanente de su contenido a medida que se renovaba como consecuencia de las concesiones pontificias y de las decisiones adoptadas por el propio claustro del Colegio/Universidad.
Abstract
This paper attempts to reconstruct the chancellery of the Cardinal Archbishop Fray Fran-cisco Jiménez de Cisneros and the role played by its members in the implementation of the projects formulated by him in general, and, in particular, in his venture of a more strictly cultural content, the foundation of the San Ildefonso College- University at Alcalá de Henares, one of the first educational institutions in Europe to embrace this new structure; the writing of its first Constitutions promulgated on January 22, 1510; and the book policy, more specifically, the systematic acquisition of books destined for its library between 1496 and 1509, which contributes to making it one of the most important centers for the diffu-sion of humanism in Spain and makes it possible to realize other projects such as the edi-tion of the Polyglot Bible or a new translaedi-tion into Latin of the Aristotelian Corpus.
This reconstruction has proceeded to study the structure of the domus of the Cardinal Archbishop, from his ascent to the See of Toledo to his death in 1517, by identifying within it the “capilla” and the group of secretaries/notaries who form part of it; and by analyzing the perceptible characteristics of their curriculum, their writing practices, characterized by the systematic use of humanist miniscule, a characteristic which, together with their intellectual formation, linked them to the humanists who give for to the first professoriate of the new College.
Their participation in the projects of their patron, and specifically in the elaboration of the first Constitution in 1510, within the wider framework of the enormous effort of writing that their implementation entails, that is, the creation of the documentation that constitutes the archive of the University College, the daily handling of the Cardinal’s cor-respondence, and the creation of the first two volumes of the copy book known as the Bu-lario of the University of Alcalá.
As for the Constitutions, its role has been fundamental in the creation of the texts that we currently have and in the permanent updating of it content, as it was continually re-newed as a consequence of pontifical concessions and the decisions taken by the College-University professoriate.
INTRODUCCIÓN
El 22 de enero de 1510, fray Francisco Jiménez de Cisneros, arzobispo de Toledo y cardenal de Santa Sabina, promulga las constituciones del Colegio/Universidad de San Ildefonso de Alcalá de Henares, constituciones que representan un nudo de problemas que sólo el aná-lisis pormenorizado de las mismas irá permitiendo resolver.
Desde el punto de vista jurídicopolítico el Cardenal debe ser considerado su verdadero autor porque es él quien ostenta el poder de elaborarlas y promulgarlas, conferido por el papa Alejandro VI en el mismo documento, la carta bulada “Inter cetera” de 13 de abril de 1499, en la que le concede autorización para llevar a cabo su proyecto, y en la que dispone que “…necnon quecunque alia statuta et ordinationes honesta et sacris canonibus non
contraria super erigendum collegium et capellam ac cathedras huiusmodi ipsiusque erigendi
collegii fructus, redditus, proventus et alia bona quecunque, ac regentes seu lectores, capellanos et familiares in eodem erigendo collegio pro tempore recipiendos, eorunque receptionem et admissionem, necnon eorum ac erigendi collegii et capelle huiusmodi salubre regimen et
bo-nam gubernationem concernentibus, edendi et ordinandi, auctoritate apostolica, tenore presentium, liberam et omnimodam facultatem concedimus”1.
Pero, por otra parte, el control que ejercía sobre todo lo concerniente al Colegio/Uni-versidad que había fundado años antes, en 1499, control que incluía la orden expresa de que se le consultase cualquier asunto grave que se refiriese al mismo, tal como se reconoce en la carta que le dirigen, el 20 de diciembre de 1511, el rector y consiliarios del Colegio de san Ildefonso: “Como en las cosas graues deste Colegio y universidad ayamos de ocurrir a V. S. Rma., segund lo tiene espresamente mandado…”2, deja un escaso margen de duda sobre
el seguimiento por él, paso a paso, de la elaboración de las constituciones y su conocimiento detallado del contenido de las mismas.
Esa obsesión suya por el control se manifiesta, incluso, en su pretensión de prolongar su influencia sobre San Ildefonso más allá de su muerte, dejando firmado un documento en el que nombra rector perpetuo a Miguel Carrasco, hombre de su plena confianza, que lo presenta ante el claustro celebrado el 17 de octubre de 15183, pero sobre todo, en las
pro-pias Constituciones, a través de las cuales, no sin tensiones, trata de definir y configurar esa entidad, nueva en Europa, del Colegio/Universidad .
En cambio, por lo que se refiere a la autoría intelectual, no existe la misma certeza. La afirmación de José García oro, relativa a las constituciones del Colegio de San Ildefonso, y plasmada en su obra de 1992, en el sentido de que “Carecemos de información precisa sobre la génesis histórica y diplomática de estos textos que en su día fueron presentados, promul-gados solemnemente y jurados colegialmente, como norma superior y definitiva dictada por el fundador. Se nos ocultan por tanto las personas de los consejeros y sus aportaciones en esta construcción a la que el arzobispo impone su sello de fundador”4, a pesar de la serie de
hi-pótesis que elabora sobre el particular, a día de hoy, sigue siendo sustancialmente válida. Por este motivo, he decidido dedicar este trabajo a investigar un tercer aspecto, el de su origen material, con la esperanza de que pueda ilustrarnos no sólo sobre el mismo pro-ceso de elaboración y promulgación, sino también sobre el medio cultural e intelectual en que se lleva a cabo.
1 AHN, Madrid, Sección de Universidades, Carpeta núm. 1, doc. 5. SANTIAGOAGUADÉNIETO, Carta bulada de Alejandro VI, Edición facsimilar, transcripción y comentario, s/l., Centro Internacional de Estudios Históricos Cisneros, 1999. Los subrayados son míos.
2 ANTONIO DE LATORRE Y DELCERRO, La Universidad de Alcalá. Datos para su historia, Cátedras y catedráticos. Revista de Archivos, Bi-bliotecas y Museos, XXI (1909, julio-diciembre), p. 415.
3 J. GARCÍAORO, El Cardenal Cisneros. Vida y empresas, Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, II, 1993 p. 385, n. 97.
En este sentido, es preciso partir de un hecho aparentemente banal, pero lleno de sig-nificado. Todos los ejemplares de las constituciones que se nos conservan se hallan escritos no en la letra cursiva derivada de la gótica, propia de la tradición cultural medieval caste-llana, la letra cortesana y procesal, sino en la escritura importada de Italia, derivada de la minúscula carolina en la que se hallaban copiadas las obras de escritores clásicos descu-biertas durante el siglo XV por Poggio Bracciolini y otros humanistas italianos, la minús-cula humanística.
Por otro lado, los años transcurridos entre 1507 y 1512 son decisivos para la puesta en marcha del nuevo Colegio/Universidad.
En la primera de ambas fechas, en mayo, Cisneros accede al cardenalato, y dada esta circunstancia, no me parece una mera casualidad que el año siguiente, 1508 sea un año clave en la evolución de la realización de su proyecto, ya que es entonces cuando se pone en marcha el Colegio con la llegada a Alcalá desde Salamanca de los que habrán de ser los primeros colegiales, estudiantes de Teología,5, pero también cuando comienzan a funcionar
los estudios de Artes, en medio de problemas que no suelen tenerse en cuenta por los bió-grafos panegiristas del Cardenal6. Por añadidura, este último veía ampliada por Julio II su
facultad de testar, que le había sido concedida el 9 de agosto de 1505 , mediante el breve “Licet alias”, de 16 de agosto7, que le autoriza a legar todos sus bienes a San Ildefonso,
exi-miéndole del pago a la cámara pontificia del tercio de los bienes legados8.
El año siguiente, 1509, entre febrero y junio, el Cardenal lleva a cabo la campaña de Orán9, pero también, el 5 de febrero, la dotación del Colegio, y ambos acontecimientos se
hallan estrechamente relacionados, ya que en vísperas de una expedición de resultados im-previsibles para un hombre de su edad estaba más que justificada su preocupación por asegurar el futuro de la institución que estaba conformando. Es más, el 18 de abril, en la misma ciudad de Cartagena, de la que debía zarpar la escuadra con destino a Orán, el 13 de mayo siguiente, redacta un nuevo documento de dotación del Colegio10. Momento clave
para este último, y, en particular, para su biblioteca, entre otras razones, porque el 5 de fe-brero de 1509, le hace donación, entre otras muchas cosas, “de todos los libros de la libreria del dicho collegio con toda la utensilia del dicho collegio según como oy dia esta…”11, y porque
ese mismo año acaba de realizarse la auditoría encargada por Cisneros sobre la compra de libros destinados a ella. Las fechas extremas que aparecen en el documento son el 24 de septiembre de 1496 y el 24 de septiembre de 150912.
Y así, una vez puesto en marcha el Colegio/Universidad, es el momento de promulgar sus constituciones, como se hace el 22 de enero de 1510.
5 ALVARGÓMEZDECASTRO, De las hazañas de Francisco Jiménez de Cisneros, ed. José Oroz Reta, Madrid, Fundación Universitaria Es-pañola, 1984. pp. 215-217.
6 VICENTEBELTRÁN DEHEREDIA, Cartulario de la Universidad de Salamanca, Salamanca, Universidad, V, 1972, doc. 2094, pp. 331-332.
7 Archivo Histórico Nacional, Madrid, Sección de Universidades, Universidad de Alcalá, Carp 1, doc. 44.
8 J. GARCÍAORO, El Cardenal Cisneros…, II, pp. 333 y n. 53, y 343 y n. 24.
9 Ibíd., pp. 211-212 y 214.
10 AHN., Madrid, Universidades, Libro 1096, fols. 40v-48r.
11 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 18, doc. 1, [fol. 5v].
12 SANTIAGOAGUADÉNIETO, De la manuscritura a la imprenta: formación de la biblioteca del Colegio de San Ildefonso, en: Santiago Aguadé Nieto (dir.), Civitas Librorum. La ciudad de los libros, Alcalá, Universidad, 2002, p. 58.
En fin, el proceso culmina en 1512, el año de la recuperación del Estudio General de 1293, del comienzo de la creciente intervención de la Monarquía en el nuevo Colegio, de la concesión por Julio II de las bulas “Quoniam per litterarum studia”, la “Carta Magna” del Colegio/Universidad, y “Super familiam”, y, en fin, el año en que Cisneros otorga su tes-tamento en el que lo declara su heredero universal.
LOS SECRETARIOS DEL CARDENAL CISNEROS
El problema de la elaboración material de las primeras Constituciones destinadas a la nueva academia debe plantearse en el contexto de la formación y desarrollo del personal al ser-vicio de su fundador, fray Francisco Jiménez de Cisneros, arzobispo de Toledo a partir del 20 de febrero de 1495, y más tarde cardenal de Santa Balbina, desde el 18 de mayo de 1507. Como ya hemos visto, esta última fecha es clave desde el punto de vista de la aceleración que experimenta la puesta en práctica de su proyecto colegial de Alcalá, pero también porque a partir de ella se hace preciso organizar lo que desde el siglo XII se llama la “familia” car-denalicia, es decir, el conjunto de personas que están al servicio de un cardenal, y que, vin-culados a él por un juramento de fidelidad, le sirven y le aconsejan en una servidumbre do-méstica que se distingue de la del papa por el número de las personas que la integran, pero no por la estructura y las calificaciones13. A partir de ese momento, en el caso concreto de
Cisneros, y de forma significativa, ese personal, es decir, los “oficiales” de su “casa”, aumenta considerablemente14, en función de la necesidad de crear en torno a él la corte que
corres-pondía a un príncipe de la Iglesia de principios del siglo XVI, como lo demuestran sendas relaciones que se conservan sobre la organización de la casa de los cardenales, datada en 1507, y sobre el protocolo e indumentaria de los mismos15. Hasta tal punto es así, que, sin
citar la fuente de la que extrae la información, García Oro asegura que se criticaba a Cisneros por rodearse de un número excesivo de secretarios, mientras que en realidad sólo era muy necesario el de latín, puesto que debería ocupar una persona de la máxima cualificación como el maestro Vergara, “ques persona abile e de mucha suficiencia e conciencia”16.
En las relaciones conservadas, y publicadas por Antonio de la Torre, el personal que integra la casa de Cisneros recibe la calificación de “gente asy contina como de acostamien-to”17, y de“gente contina”18, a secas, y adopta una estructura a medio camino entre el modelo
de la Casa Real castellana, aunque evidentemente a menor escala, y el de la “domus” car-denalicia, con sus “continos” y su “consejo”19, de acuerdo con el primero, y con sus
“secre-tarios”, existentes en ambos modelos, si bien con la diferencia de que en este caso los “se-cretarios” se integran en la “capilla”, tal como ocurría en el segundo.
Al menos, esta es la configuración que aparece en una de las cuatro relaciones que se conservan de los oficiales que trabajaban al servicio de Cisneros, la denominada con la
13AGOSTINOPARAVICINIBAGLIANI, La cour des papes au XIIIe. siècle, s/l., Hachette, 1995, pp. 141-142.
14ANTONIO DE LATORRE, Servidores de Cisneros, “Hispania”, núm. XXIII (1946, abril-junio), pp. 179-241. p. 182.
15Ibíd., pp. 185 y 216-221.
16JOSÉGARCÍAORO, El Cardenal Cisneros…, II, p. 10.
17ANTONIO DE LATORRE, Servidores…, Relación A, p. 187.
18Ibíd., Relación C, p. 202, Relación D, p. 214.
letra “c” por Antonio de la Torre, datada el 4 de abril de 151220, y en la que encontramos lo
que se puede considerar como una pequeña cancillería primero arzobispal, y más tarde cardenalicia, integrada por un equipo de secretarios, que reúnen también la condición de notarios pontificios, y, al menos a veces, imperiales, aunque en ocasiones, como en el caso de Sebastián de Paz, Jorge Baracaldo, Andrés de Torre y Diego López de Molina, también se los puede encontrar formando parte de la sección de “continos”21.
Son ellos quienes elaboran tanto la propia correspondencia del cardenal, o la mayor parte de los documentos, más o menos solemnes, relativos a la Universidad de Alcalá que se conservan en la Sección de Universidades del Archivo Histórico Nacional, como los pri-meros tomos del libro copiador que se conoce como “Bulario” de la Universidad, al menos una parte de los libros 1095 y 1096, y, en fin las propias Constituciones. Por consiguiente, es preciso tratar de reconstruir, en la medida de lo posible, la relación existente entre todos esos textos, y dejar de tratarlos por separado, como se ha venido haciendo hasta ahora.
Este grupo de técnicos de la gestión escrita que integra la casa de Cisneros se diferencia claramente tanto del personal que forma parte de la administración señorial, como del que las propias Constituciones disponen para la tramitación de los asuntos del Colegio/Uni-versidad.
En el primero de ambos sentidos, el 4 de marzo de 1514, Gregorio Fernández de Alcalá, capellán regio, clérigo de la diócesis de Toledo, notario público por la autoridad pontificia, redacta un documento, trabajando a las órdenes de Diego de Avellaneda, licenciado en ambos derechos, “in curia Complutensi….. in spiritualibus et temporalibus auditor officialis et vicarius generalis…”22, por el Ilustrísimo y Reverendísimo padre en Cristo y Señor, fray
Francisco Jiménez de Cisneros, cardenal de España y Arzobispo de Toledo. Lo que este do-cumento nos transmite es un aspecto del funcionamiento diario de uno de los cuatro vi-cariatos arzobispales que tienen sus sedes en Toledo, Alcalá, Talavera y Ciudad Real. Se trata, en concreto, del complutense, desempeñado por el licenciado Avellaneda, “persona de letras e conçiencia y bien quisto de todos”, con fama de “muy buen juez”23.
En el segundo, las constituciones de 1510 disponen la existencia en el Colegio de San Ildefonso de su propio notario, al que se designa también con el clásico nombre latino de “tabellio”, encargado de elaborar las actas y documentos tanto en lengua vernácula como en latín, a saber los certificados correspondientes a la colación de grados y otros actos aca-démicos (“Scholasticis”) en el Colegio/Universidad y la documentación de las causas judi-ciales correspondientes al fuero del rector, y al que se le provee de un ayudante, un escri-bano (“officialem ydoneum”), para que resulte más fácil expedir los asuntos corrientes24.
Estas disposiciones debieron ponerse en práctica rápidamente, puesto que, el 10 de agosto de 1511 encontramos un documento elaborado por Fernando de Loranca, bachiller en Decretos, notario apostólico, y “scriptor ordinarius” del Colegio y la Universidad, que
20 A. DE LATORRE, Servidores…, Relación C, pp. 202, 203 y 210.
21 Ibíd., Relación A, p. 188.
22 AHN., Madrid, Universidades, Libro 1096, fols. 209r y 212r-212v.
23 J. GARCÍAORO, El Cardenal Cisneros, II, p. 10.
24 Constitución del Colegio Mayor San Ildefonso de Alcalá de Henares, ed. Maria Dolores CABAÑAS GONZÁLEZ, s/l.,1999. Const. 59, pp. 118-119.
recoge lo actuado en un claustro presidido por el rector Miguel Carrasco el 10 de agosto de 151125.
En todo caso el crecimiento constante del grupo y la versatilidad sus miembros son otros tantos índices, por una parte, de la importancia creciente del papel desempañado por su patrón, y, de otra, del aumento de la función de la escritura en la gestión de instituciones públicas y privadas.
La que podría llamarse “obsesión” de Cisneros por un tratamiento escrito y escrupu-loso de la gestión del arzobispado ha sido puesta de relieve por García Oro al referirse a la Cámara Arzobispal: “Fue voluntad de Cisneros que sus camareros llevasen una administación muy precisa y escriturada de todas sus disposiciones, para lo cual exigía que las operaciones se asentasen por los escribanos de cámara en libros, de cuya exactitud y requisitos se respon-sabilizaba siempre económicamente el camarero mayor”26. Otra manifestación la constituye
la auditoría encargada por él y llevada a cabo sobre la adquisición, entre 1496 y 1509, de los libros destinados a la biblioteca del Colegio de San Ildefonso27.
Un aspecto que conviene notar en la actividad de esta pequeña cancillería es la exis-tencia del registro, que se refleja en el reverso de los propios documentos expedidos por ella mediante la aposición de una gran “R” a la que se añade el nombre del secretario en-cargado de esta función, en general Diego de Bañares, y que es una práctica que aparece aplicada fundamental si no exclusivamente a la documentación recogida en las carpetas 8 a 12, correspondientes a la Universidad de Alcalá, de la Sección de Universidades del Ar-chivo Histórico Nacional de Madrid. Diego de Bañares es, junto a don Carlos de Mendoza, contador mayor, uno de los peritos del Cardenal en materia de percepción de rentas, con-tador de cuentas en el partido de Toledo, “en quien el cardenal hazia mucho caso”28.
Los secretarios que figuran en las cuatro relaciones de servidores de Cisneros conser-vadas son: Sebastián de Paz29, Jorge Baracaldo30, Andrea de Torre31, [Cristóbal] Camañas32,
Doctor Tiedra33, Jerónimo Illán34, Juan Díaz35, Bachiller Isla36, Diego López de Molina37, y
Medina38que hacen un total de diez. Todos ellos aparecen retribuidos con el mismo sueldo
de quince mil maravedíes, y cuatro, Baracaldo, Juan Díaz, Jerónimo Illán y Camañas, figu-ran entre el personal de la capilla de Cisneros en abril de 151239.
El más antiguo en entrar al servicio de Cisneros es Sebastián de Paz (20.XI. 1498), se-guido de Jorge Baracaldo (15.VII.1503), Andrea de Torre (6.XI. 1503), el doctor Tiedra
25RAMÓNGONZÁLEZNAVARRO, Universidad Complutense. Constituciones originales cisnerianas, Alcalá de Henares, 1984, p. 465.
26J. GARCÍAORO, El Cardenal Cisneros, II, p. 21.
27S. AGUADÉNIETO, De la manuscritura…, passim.
28J. GARCÍAORO, El Cardenal Cisneros, II, p. 12, n. 7.
29ANTONIO DE LATORRE, Servidores de Cisneros, pp. 188, 198.
30Ibíd., pp. 188, 207, 214. 31Ibíd., pp. 188, 197. 32Ibíd., pp. 207, 214. 33Ibíd., pp. 195-196. 34Ibíd., pp. 207, 214. 35Ibíd., pp. 207, 214. 36Ibíd., p. 197. 37Ibíd., p. 188. 38Ibíd., p. 214. 39Ibíd., p. 207.
(1.VIII. 1507), Jerónimo Illán (10.IX.1508), Juan Díaz (15.IX.1508), [Cristóbal] Camañas (1.II.1509), y el bachiler Isla (21.IX.1509). En cambio, de dos de ellos, Diego López de Mo-lina y Medina, no conocemos más que el nombre.
De todos ellos, los que nos consta que seguían formando parte de la casa del Cardenal el cuatro de abril de 1512, son, como acabo de decir, Jorge Baracaldo, Juan Díaz, Jerónimo Illán, y Cristóbal Camañas40.
Ahora bien, si acudimos a la documentación emanada de esta pequeña cancillería, nos encontramos con algunas variantes respecto a la lista confeccionada a base de la in-formación contenida en las relaciones, de manera que mientras nos quedan documentos extendidos por Sebastián de Paz (1500-1503)41, Jorge Baracaldo (1503-1513)42, Andrés de
Torre (1503-1505 )43, y Cristóbal Camañas (1513)44, nos faltan los que debieron redactar
el doctor Tiedra, Jerónimo Illán, Juan Díaz, El bachiller Isla, Diego López de Medina y Mo-lina, mientras encontramos actuando a dos secretarios que las relaciones no mencionan, al menos como tales, Juan de Frías (1499-1501)45y Juan Muñoz (1501-1503)46, que harían
aumentar el número de secretarios/notarios al servicio de Cisneros hasta un total de 12. A todo esto hay que añadir que los secretarios que aparecen redactando la correspon-dencia de Cisneros publicada por Pascual Gayangos y Vicente de la Fuente son Sebastián de Paz, Jerónimo Illán, Jorge Baracaldo, Fr. Francisco Ruiz, obispo de Avila, Juan Díaz y Gabriel Sánchez47, siendo este último y el prelado abulense los únicos que no se hallan
pre-sentes en las listas que he mencionado anteriormente, con lo que el número de estos ofi-ciales que trabajan al servicio del Cardenal entre 1498 y el momento de su muerte, en 1517, ascendería a 13.
Hay un hecho que debemos tener en cuenta, y es que la formación del grupo arranca de 1498, año clave en el proceso de fundación del Colegio de San Ildefonso, puesto que es el momento, según refiere Juan de Vallejo, en que Cisneros envía a Roma a dos de los miem-bros de su casa, su mozo de cámara, Juan de Astudillo, y Hernando de Herrera, abad de la iglesia de los santos Justo y Pastor de Alcalá, con objeto de gestionar las bulas fundacionales del Colegio48, y la súplica presentada para su obtención recibe el fiat pontificio en diciembre
de ese mismo año. Por consiguiente, su nombramiento como arzobispo de Toledo, y la ace-leración de las gestiones requeridas por la fundación del Colegio y la consiguiente inten-sificación de las relaciones del fundador con la curia romana, parecen haber originado la
40 Ibíd.
41 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 8, doc. 5; Carp. 8, doc. 6; Carp. 8, doc. 7; Carp. 8, doc. 18; Carp. 8, doc. 19; Carp. 10, doc. 5; Carp. 10, doc. 6; Carp. 10, doc. 7; Carp. 10, doc. 12.
42 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 8, doc. 22; Carp. 8, doc. 23; Carp. 8, doc. 26; Carp. 8, doc. 27; Carp. 8, doc. 28; Carp. 8, doc. 30; Carp. 8, doc. 32; Carp. 8, doc. 33; Carp. 8, doc. 34; Carp. 8, doc. 35; Carp. 10, doc. 9; Carp. 10, doc. 16; Carp. 10, doc. 17; Carp. 10, doc. 19; Carp. 11, doc. 1; Carp. 11, doc. 3; Carp. 11, doc. 5; Carp. 11, doc. 6; Carp. 11, doc. 6 bis.
43 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 8, doc. 24; Carp. 8, doc. 25; Carp. 9, doc. 2; Carp. 10, doc. 18.
44 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 5, doc. 2; Carp. 10, doc. 3; Carp. 10, doc. 4.
45 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 8, doc. 1; Carp. 8, doc. 11; Carp. 8, doc. 12.
46 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 8, doc. 13; Carp. 8, doc. 14; Carp. 8, doc. 15; Carp. 8, doc. 16; Carp. 8, doc. 17; Carp. 8, doc. 20; Carp. 8, doc. 21; Carp. 9, doc. 1; Carp. 9, doc. 3; Carp. 9, doc. 4; Carp. 9, doc. 5; Carp. 9, doc. 11; Carp. 10, doc. 1; Carp. 10, doc. 2; Carp. 10, doc. 11; Carp. 10, doc. 13; Carp. 10, doc. 14.
47 PASCUALGAYANGOSy VICENTE DE LAFUENTE(eds.), Cartas del cardenal don fray Francisco Jiménez de Cisneros, dirigidas a don Diego López de Ayala, Madrid, 1867, p. xxvii.
creación en su entorno de este equipo, que adopta las maneras de los secretarios de la mis-ma curia papal, como, por ejemplo, la letra, la minúscula humis-manística.
Además, estos secretarios del cardenal no lo son simplemente “a título privado”, sino que, como ya he advertido, reúnen frecuentemente en su persona la condición de notarios públicos pontificios, y, en ocasiones, también imperiales, lo que constituye un elemento que contribuye a dotar de una particular importancia a la cancillería cardenalicia de Cisneros. Por lo demás, de la misma casa de Cisneros formaban parte otras personas expertas en la confección y copia de documentos, como el propio Juan de Astudillo, al que se le llama en 1502 para copiar las bulas del Colegio49.
En fin, la información contenida en las relaciones y otros documentos, como las cartas, nos permite reconstruir, aparte de su antigüedad al servicio de Cisneros, distintos aspectos del currículum de estos personajes.
Algunos de ellos aparecen promocionándose, tanto desde el punto de vista académico como profesional, a lo largo de los años en que forman parte de la casa del Arzobispo/Car-denal. Así Juan de Frías, figura, formando parte del Consejo, no de la Capilla, de Cisneros, como bachiller en la relación “a”50, como licenciado en la “c”51, y como vicario de Alcalá en
el “Memorial” de Juan de Vallejo52.
Desde los primeros años colabora en las empresas de su patrón, desempeñando las más diversas funciones, participa en la conversión de los musulmanes de Granada desde el otoño de 149953, y forma parte del Consejo Arzobispal en los últimos años del gobierno
de Cisneros54. La estancia de algunos al servicio del arzobispo/cardenal es muy breve, como
ocurre en el caso del bachiller Isla, que sólo permaneció en él entre el 21 de septiembre de 1509 y el 31 de enero de 1510, momento en que pasó al servicio de un duque, cuyo nombre no se precisa55.
Otros entran y salen del servicio del arzobispo/cardenal, es el caso de Sebastián de Paz, que parece ser salmantino, y que permanece en él diez años, desde 1498 hasta 1508, con algún período de estancia en Salamanca, y vuelve a contratarse durante unos meses, desde noviembre de 1510 hasta enero de 151156.
Algunos cambian de oficio dentro de la misma organización. Tal es el caso de Andrés de Torre, que trabaja como secretario entre 1503 y 1507 con un sueldo de 15.000 marave-díes, y pasa a desempeñar el oficio de camarero desde el 1 de enero hasta el 30 de abril de 1508 con una retribución de 10.000, para volver a ejercer como secretario entre el 1 de ma-yo y el 1 de agosto de 1508 aumentando de nuevo su salario a 15.000 maravedíes, sueldo y oficio que conservará en su nuevo contrato de 6 de diciembre de 1508 hasta 30 de sep-tiembre de 151057.
49Ibíd., p. 183, n. 18.
50Ibíd., Relación A, p. 187.
51Ibíd., Relación C, p. 202.
52Ibíd., p. 182.
53J. GARCÍAORO, El cardenal Cisneros, II, p. 512.
54Ibíd., p. 9.
55ANTONIO DE LATORRE, Servidores de Cisneros, Relación B, p. 197.
56Ibíd., Relación B, p. 198.
En fin, unos pocos, en concreto Jorge Baracaldo, al que los editores de las cartas cali-fican de confidente de Cisneros58, parecen haber desempeñado un papel que va más allá
del que se esperaría de un secretario, y haber gozado de una confianza especial de su patrón. Admitido en 1512 en los colegios de pobres en calidad de estudiante de Artes59, ya en 1507
lo utiliza como agente en la adquisición de libros con destino a la biblioteca del Colegio de San Ildefonso60, en 1516 le confia la secretaría de las órdenes militares de Santiago,
Ca-latrava y Alcántara61, y en enero de 1517 lo envía a Bruselas, donde permanecerá hasta el
mes de junio siguiente, en una misión delicada cerca del monarca, Carlos I62.
Varios de ellos actúan como agentes del Cardenal en la compra de libros destinados a la biblioteca del nuevo Colegio. Es lo que ocurre en el caso del mismo Jorge Baracaldo, al que Cisneros escribe desde Hornillos el 27 de junio de 1507, una carta redactada por su compañero Sebastián de Paz: “en eso de los libros, esas obras nueuas, que son venidas, com-prense todas, y alla escriuo a Salinas que de el dinero, que para ello fuere menester: sy d’ese Juan de la Fuente cobrares esos dineros que ha de dar, d’estos se den a aquel librero de Sala-manca docientos ducados, como a Salinas escriuo…”63, y que en el texto de la auditoría
en-cargada por Cisneros sobre la compra de libros destinados a la biblioteca del Colegio entre 1496 y 1509 aparece como uno de los agentes más destacados64. Junto a él figuran su colega
Juan de Frías, y el receptor Juan de Viana65.
Con todo, el caso más notable de todos es el de Juan de Vergara, cuyo currículum re-sulta impresionante: Nacido en 149266y muerto en 155767, estudiante en Alcalá, como
he-mos visto, desde 1508, familiar del Colegio desde el 12 de abril de 1509 hasta el 3 de enero de 1512, en que “se salió del Colegio”, y colegial por mandato de Cisneros, en 10 de marzo de 151468, momento en el que ya tiene el título de “Magíster Artium”, con el que aparece
firmando unos versos al final del quinto volumen de la Políglota. Doctor en Teología por la Universidad de Alcalá, en 1516/17 Cisneros le nombra secretario suyo, cargo que man-tiene con los siguientes arzobispos toledanos, Guillermo de Croy (1518-1521) y Alonso de Fonseca (1523-1534)69, el primero de los cuales le envía a Flandes en 1520, donde conoce
a Erasmo, Vives y Carlos V, con el que vuelve a España como capellán en 152270. Llega a
reunir a lo largo de su vida, al menos, ocho beneficios, convirtiéndose en una persona fran-camente rica, incluso en comparación con la mayor parte de sus colegas de San Ildefonso71.
Su brillante carrera se ve truncada en 1533 por el proceso incoado contra él por la Inqui-sición de Toledo entre 1533 y 153772, de cuyas consecuencias nunca se recuperaría.
58 P. GAYANGOSy V. DE LAFUENTE(eds.), Cartas del cardenal…, p. xix.
59 ANTONIO DE LATORRE, La Universidad de Alcalá, XXI, p. 282.
60 P. GAYANGOSy V. DE LAFUENTE(eds.), Op. cit., Apéndice V, p. 260.
61 Ibíd., Carta LXIX, p. 120.
62 Ibíd., Carta XCII, p. 196.
63 Ibíd., Apéndice V, p. 260.
64 Biblioteca Nacional, Madrid, manuscrito 20056/47, fols. 1v, 3v, 7v.
65 Ibíd., fol. 3v.
66 ANTONIO DE LATORRE, La Universidad de Alcalá, p. 281.
67 INMACULADAPÉREZMARTÍN, Las bibliotecas del doctor Juan de Vergara y de Alonso de Cortona, Madrid, Ediciones Clásicas, 2008, p. 15.
68 ANTONIO DE LATORRE, La Universidad de Alcalá, pp. 280-282.
69 INMACULADAPÉREZMARTÍN, Op. cit., p. 22.
70 Ibíd., p. 23.
71 LUANNHOMZA, Religious authority in the spanish Renaissance, Baltimore and London, John Hopkins University Press, 2000, pp. 3-4.
Refiriéndose a su actitud y formación intelectual, la historiadora estadounidense Lu Ann Homza ha escrito que “Vergara era un erasmista y un humanista que manejaba el vo-cabulario y las autoridades escolásticos. Si su dominio de la crítica histórica y filológica era notable, también lo era su dependencia de los lugares comunes medievales”73, juicio que,
aun-que pueda parecer paradójico, refleja perfectamente no sólo un caso concreto, sino la rea-lidad sociocultural del momento. En palabras de la misma autora, “Las investigaciones sobre la autoridad religiosa demuestran que en España existió un Renacimiento y que los clérigos tomaron parte en él. Pero los clérigos humanistas españoles, como los humanistas europeos en general, realizaron sus esfuerzos críticos e históricos dentro de una herencia escolástica que podían reconocer en mayor o menor medida”74.
Evidentemente, no todos los secretarios de Cisneros alcanzaron el nivel de Juan de Vergara, pero sin personas como ellos resulta imposible entender la difusión social alcan-zada por el humanismo en España.
Este equipo es una de las herramientas fundamentales de las que se sirve Cisneros para llevar a cabo la labor de gobierno y gestión que desarrolla como arzobispo de Toledo, creador del Colegio de San Ildefonso, cardenal y regente, y a sus miembros debemos, por ejemplo, el considerable trabajo de escrituración que significa la puesta en práctica de la política beneficial del Cardenal, imprescindible para la financiación de su nuevo Colegio/Universidad.
Por otra parte, la información de que disponemos nos permite, de un lado, captar su “modus operandi”, muy útil para comprender el proceso de elaboración material de las Cons-tituciones, y, de otro, el mecanismo que asegura su retribución, que no es otro que el complejo sistema beneficial sistemáticamente desarrollado por Cisneros desde los primeros momentos de la fundación del Colegio, y que le permite crear y mantener en torno a sí un nutrido grupo de colaboradores, a los que podríamos calificar de “humanistas de segunda fila”, como ese Cristóbal Camañas que regenta la iglesia parroquial de Santa María de Yébenes.
En este sentido, en general, el personal a su servicio, y en concreto, sus secretarios, a partir de un determinado momento, forman parte del complejo sistema configurado por su patrono, se forman en el nuevo Colegio/Universidad fundado por él, se integran en los equipos que trabajan en sus distintas empresas, y son retribuidos mediante el mismo sis-tema de rentas eclesiásticas desarrollado para financiar sus proyectos.
LA CONSCRIPTIO DE LAS CONSTITUCIONES
Abordar el problema de la puesta por escrito de las Constituciones significa abordar el tema de los profesionales que han trabajado en ella y del sistema escriturario empleado por ellos, la letra, y al hacerlo es preciso hacer algunas observaciones que dejen clara la forma de enfocarlo.
La primera es que en modo alguno se trata de una cuestión menor, ya que la letra, co-mo la lengua, son indicadores fundamentales del medio cultural en que se genera la fuente
73LUANNHOMZA, Op. cit., p. 40.
que se trata de estudiar, en este caso las Constituciones. El tipo de escritura elegido no es casual, sino que se halla en función de otras opciones culturales tanto del escriba como de los patronos a cuyo servicio trabaja.
La segunda que un especialista tan cualificado como Walter Ullmann afirma que los exámenes paleográficos son algunos de los más difíciles y más traicioneros que un medie-valista está forzado a hacer75, y si esto es así en general, en el caso de la minúscula
huma-nística hay que añadir que se trata de un tipo de letra que se caracteriza por su uniformidad y regularidad, lo que hace que no suelan existir diferencias notables entre las escrituras de distintos escribas, con la consiguiente dificultad para identificar las grafias con las manos de quienes las han trazado.
A ello hay que añadir que la letra de un mismo notario cambia sustancialmente de un documento de aplicación del derecho escrito en la rutina diaria a un texto solemne co-mo son las constituciones, en el sentido de que mientras en el primero el ductus es más cursivo, en el segundo se hace mucho más cuidado, más caligráfico.
Con vistas a la realización de este estudio, me propongo tomar en consideración los tex-tos de las Constituciones contenidos en los libros 1085 y 1086 de la sección de Universidades del Archivo Histórico Nacional, que son los que cabe considerar como originales, ya que en ambos el mismo notario, Cristóbal Camañas, levanta acta de su aprobación en las cámaras que eran residencia habitual del cardenal, y su posterior promulgación solemne en la capilla de San Ildefonso del Colegio, y da fe pública de todo ello mediante la aposición de su signo. Por otra parte, también en ambos, el notario utiliza idéntica expresión para referirse al correspondiente ejemplar de las constituciones “Ideo prefatum presens publicum volumen constitutionum, manu eiusdem Reuerendissimi Domini subscriptum et suo sigillo munitum et roboratum…”76, y en ambos aparece la suscripción solemne del Cardenal, aunque en
ninguno de los dos se conserva su sello pendiente, si es que alguna vez existió. En este sen-tido, hay que tener en cuenta que las propias Constituciones disponen la elaboración de tres ejemplares de las mismas, uno se situaría en la biblioteca del colegio, sujeto con la co-rrespondiente cadena, para que todo el que quisiera pudiese obtener fácilmente una copia; otro, provisto y autenticado con el sello del cardenal, que se guardaría permanentemente en los archivos del Colegio, en los que se custodian los libros de posesiones y rentas del mismo Colegio; en fin, un tercero, que deberá hallarse en poder del rector77.
Por consiguiente, parece claro que de los tres, sólo uno se hallaba validado con el sello pendiente del cardenal, lo que nos llevaría a pensar que los que se nos conservan son el que se hallaba en la biblioteca y el que estaba en poder del rector. Pero esto, de momento, no es más que una hipótesis. También está claro que hasta aquí llegan las coincidencias y a partir de aquí se inician las diferencias.
En primer lugar, sólo el texto contenido en el libro 1086 está datado, el 22 de enero de 151078, mientras que el contenido en el 1085 carece de data, aunque debió tenerla en algún
75 WALTERULLMANN, The individual and society in the Middle Ages, Baltiomore, The John Hopkins Press, 1966, p. 33.
76 AHN, Madrid, Universidades, Libro 1085, fol. 56v; Libro 1086, fol. 49r.
77 Constituciones, ed. Cabañas, Const. 72, p. 131.
momento, puesto que el acta del notario que precede a la suscripción del Cardenal y a la del propio notario figura la fórmula de rigor “Acta fuerunt hec… sub anno, indictione, mense et die ac pontificatu et cetera…”79.
En segundo, si en ambos casos el notario es el mismo, no es la misma mano la que es-cribe ambos textos. Mientras en el caso del libro 1085, Cristóbal Camañas afirma “Et ego Christophorus Camañas, eiusdem illustrissimi et reuerendissimi Domini secretarius, publicus apostolica et imperiali auctoritatibus notarius, dum sic a prefato illustrissimo et reuerendis-simo Domino suprascripte constituciones ordinarentur et fierent ac solemniter publicarentur, et eas propria manu scripsi”80, añadiendo su signo consistente en dos llaves cruzadas sobre
el eje de una cruz latina, en el texto del libro 1086 sustituye la última frase por “…presens
interfui et eas manu alterius fideliter scribi feci”81.
De la letra de Cristóbal Camañas nos quedan abundantes muestras a través de los re-sultados de su actividad como notario.
Escribe por entero, en letra humanística, uno de los dos ejemplares de la dotación del Colegio llevada a cabo por Cisneros en el momento de embarcar en Cartagena con destino a Orán, el 18 de abril de 150982, y toma la pluma al final del segundo, cuyo cuerpo se halla
es-crito en letra procesal, para escribir, también en letra humanística, la data tópica y crónica y los nombres de los testigos, dar fe publica de lo documentado y añadir su signo, presentán-dose como “El bachiller Cristóbal Camannas, rector de la iglesia parroquial de Sancta María
de Yeuenes, de la diócesis de Toledo, notario público apostólico, secretario del dicho
Reueren-disimo Señor, presente fuy en uno con los dichos testigos a todo lo suso y cada una cosa y parte dello, y por tanto lo fiz escribir fielmente de mano de otro por estar yo ocupado en otros
nego-cios, y ansi escripto lo suscribi de mi mano y signe de mi signo y firme de mi nombre”83. En este
documento, cuyo cuerpo se halla escrito en letra procesal, “de mano de otro”, cuando interviene el propio notario, al final del mismo, cambia la letra, pasando a minúscula humanística. Y así, otra vez volvemos a encontrar la misma preocupación por dejar constancia de los detalles de la elaboración del documento, que ya constatamos en el caso de las Constituciones.
Es él quien valida una copia de la bula “Super familiam” de Julio II, de 29 de octubre de 151284, cuyo original también se conserva85, y quien escribe por entero el documento de
anexión al Colegio por Cisneros de los beneficios de Uceda y Madrid, en 150286.
El análisis de las distintas muestras de su escritura no deja lugar a dudas. Cristóbal Camañas, secretario de Cisneros y notario imperial y pontificio, escribe el grueso del texto de las Constituciones contenido en el Libro 1085, incluida la “Tabula Constitutionum”, pero tanto los añadidos al mismo en espacios en los que la escritura anterior ha sido suprimida mediante raspado como folios enteros de las mismas87, han sido escritos por otra mano.
79AHN, Madrid, Universidades, Libro 1085, fols. 1r y
80AHN, Madrid, Universidades, Libro 1085, fols. 56r-56v. El subrayado es mío.
81AHN, Madrid, Universidades, Libro 1086, fol. 49r. El subrayado es mío.
82AHN, Madrid, Universidades, Carp. 18, doc. 3.
83AHN, Madrid, Universidades, Carp. 18, doc. 2. Los subrayados son míos.
84AHN, Madrid, Universidades, Carp. 5, doc. 2
85AHN, Madrid, Universidades, Carp. 5, doc. 1
Esta mano es la de un escriba o notario que ha desempeñado un papel clave en la ela-boración material, puesta por escrito, de las Constituciones de 22 de enero de 1510, y es la misma que escribe la constitución promulgada por Cisneros el 9 de octubre de 1513 88,
para regular la puesta en práctica del contenido de la bula “Super familiam” de Julio II, de 29 de octubre de 1512.
El es también quien ha trazado el texto de las Constituciones conservado en el Libro 1086, al que dota de fe pública, como acabamos de ver, el notario apostólico e imperial y secretario del Cardenal Cristóbal Camañas. Además, copia la misma constitución cisne-riana de 9 de octubre de 1513, mencionada dos párrafos atrás, que él mismo había caligra-fiado y cuyo original se conserva en la Sección de Universidades, Carp. 12, doc. 4, y en el Libro 1086 de la misma Sección, a Continuación de las Constituciones de 1510, entre los folios 50r y 52r.
Escribe, además, las Constituciones de los Colegios de Estudiantes Pobres contenidas en los folios 71 recto a 77 recto del Libro 674 de la Sección de Universidades del Archivo Histórico Nacional. Y también caligrafía los folios y pasajes del texto de las constituciones contenido en el Libro 1085 de la Sección de Universidades no escritos por Cristóbal Ca-mañas.
Esto último significa, entre otras cosas, que su papel en la constante actualización del texto constitucional mediante la supresión de los pasajes que se han hecho obsoletos, y la introducción de las normas nuevamente aprobadas o concedidas por la autoridad ponti-ficia es fundamental.
Un caso concreto es el de la introducción del fuero universitario en la constitución 61, ya que la jurisdicción del rector sobre la comunidad colegial no figuraba en los docu-mentos fundacionales, en los que únicamente se establecía un régimen de jueces conser-vadores, ni tampoco en el texto de las Constituciones promulgado en 1510, puesto que di-cho privilegio fue objeto de concesión posterior de Julio II en la bula “Quoniam per litte-rarum studia”, de 23 de julio de 1512, que exime a todos los miembros del colegio y uni-versidad de la jurisdicción de los arzobispos de Toledo, y cualesquiera obispos, así como de la de sus oficiales y jueces, los sitúa bajo la protección directa de la Santa Sede y establece la jurisdicción del rector sobre toda la comunidad colegial y universitaria 89.
Por consiguiente, el texto de la constitución 61, en el que se establece el fuero univer-sitario, ha sido corregido con posterioridad a su concesión, como se puede comprobar me-diante un simple análisis del original contenido en el Libro 1085, ya que en la Constitución
87 Constituciones, ed. Cabañas, Edición facsimilar: folio 1r-v; Constitución 8, párrafo inicial; fol. 7r-v y primer párrafo del folio 8r; Cons-titución 13, párrafo final, fol. 10v; ConsCons-titución 17 final, fols. 13v-14r; ConsCons-titución 25 final, fol. 18r; ConsCons-titución 26 final, fol. 20r; buena parte de la Constitución 28, fols. 21v-22 r; un párrafo de la Constitución 29, fol. 23r; todo el final de la Constitución 30, fol. 23v; folios 25r-27v y 29r-30v; Constitución 39 final, fol. 32 v; Constitución 42 final, fol. 35 r-v; folio 36r-v; Constitución 49, fol. 40r y v; Constitución 52 final, fol. 42 v; buena parte de la Constitución 61, fol. 48r-v; parte de la constitución 67, fols. 52v-53r, y algunos otros pasajes menores y frases.
88 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 12, doc. 4.
89 AHN, Madrid, Universidades, Libro 1095, fol. 16v. “…coram eodem rectore pro tempore existente dumtaxat teneantur de iustitia, tam in ciuilibus quam in criminalibus, siue agatur de crimine ex oficio vel inquisitione aut partis accusatione vel alias quomodolibet, ciuiliter vel criminaliter respondere, nec ratione delicti vel alia ex causa in alio quam dicti Colegii et Uniuersitatis carcere mancipari possint”.
61, en el fólio 48, en la tirada que comienza “Sed si forsan inter se aliquas causas civiles vel criminales…”, a partir de “…rectorem ipsius Collegii et totius Uniuersitatis, qui est suus ordi-narius et iudex proprius…”, hasta “Et si fuerit collegialis vel alia persona de habitantibus in Collegio, expellatur ab eodem, sed si fuerit scolaris de Uniuersitate omnino ab ea expellatur”90,
ha sido reescrito por nuestro amanuense, tras borrar cuidadosamente un texto anterior, y lo añadido consiste, precisamente, en las frases en que se formula la exención universitaria, la jurisdicción del rector, y las penas, apostólicas y constitucionales en que incurrirá el con-traventor. Queda claro que, tras la concesión de Julio II la Constitución 61 ha sido modificada, con objeto de introducir la nueva concesión del fuero universitario.
En suma, de lo dicho hasta aquí se deduce claramente que la aportación de nuestro escriba a la elaboración material de las Constituciones de 1510 es considerable.
A todo esto hay que añadir que copia una buena parte de los documentos recogidos en la parte más antigua del cartulario del Colegio/Universidad denominado “Bulario de la Universidad”, y, en concreto, la integrada por la documentación en la que se plasma la po-lítica beneficial desarrollada por Cisneros desde el mismo momento de su elevación a la sede Toledana, pero sobre todo desde 1500, documentación que llena buena parte del tomo segundo del bulario, el libro 1096 de la Sección de Universidades del Archivo Histórico Nacional. Esa documentación presenta una estructura sumamente regular, muy pensada, y directamente relacionada con el contenido de los documentos, de manera que estos úl-timos se agrupan, en general de dos en dos, a veces de tres en tres, en función del beneficio al que se refieren, y de acuerdo con un sistema en virtud del cual, el primer documento re-coge la anexión del beneficio al Colegio, sobre la base de la correspondiente concesión pontificia, está escrito en latín y en minúscula humanística, y el segundo contiene la cola-ción o toma de posesión, que sigue un procedimiento formal fijo, está escrito en castellano y en letra procesal. Casi no hace falta decir que los documentos que se deben a la mano de nuestro escriba desconocido son los copiados en latín y en letra humanística.
Estos detalles revelan una de las características de la parte más antigua del Bulario, que es la preocupación de quienes participaron en su elaboración por la fidelidad, el respeto a la reproducción de los originales, cuya letra, por ejemplo, se mantiene escrupulosamente en la copia o inserción.
Hay que tener presente que la constitución 24, “De libris possessionum et reddituum”, dispone la confección de un libro en pergamino en el que se copien, autentificándolos, todos los documentos, bulas, anexiones de bienes al colegio, tomas de posesión de los mismos, pro-visiones de beneficios, donaciones, privilegios y otros documentos relativos a rentas, compras y otras escrituras y bienes concernientes al Colegio91, y que la consiguiente labor de copia
sistemática de los primeros documentos ha debido comenzar de inmediato, si es que no se había iniciado ya con anterioridad, como consecuencia del ejercicio de la práctica notarial de los secretarios del cardenal autores de los originales, ya que la documentación más antigua recogida en el bulario es muy anterior a la promulgación de las Constituciones.
90Constituciones, ed. Cabañas, Facsímil, fol 48r-48v.
Por consiguiente, podríamos decir que el escribano en cuestión es una figura clave en la producción y organización de la documentación a través de la cual Cisneros lleva a cabo su proyecto. De momento utilizo términos vagos, como “amanuense” o “escribano”, en lugar de recurrir a nombre concreto alguno, porque prefiero dejar para más adelante apuntar una posible identificación.
Esta primera conclusión se apoya tanto en el análisis de la grafía, del ductus, de la letra como del sistema abreviativo que aparecen en ambos documentos.
Desde el primer punto de vista, se trata, en ambos casos, de una letra muy elegante y estilizada, claramente minúscula, caligráfica, cuyos alzados y caídos rebasan claramente la caja de escritura, contrastando en este sentido con la de Cristóbal Camañas, más pesada y que tiende a adaptarse a la caja de escritura. Se trata de una letra directamente emparentada con la minúscula carolina, de la que deriva directamente la humanística, y, por todo ello, sumamente legible.
Esta legibilidad se ve favorecida, en general, por la escasez de nexos entre letras, que se reducen al de “st”, “sp”, y “ct”, este último, en forma de bucle, sumamente característico de este escriba, y la relativa parquedad en el uso de abreviaturas.
Pero quizá uno de los rasgos más característicos es el empleo de un signo con forma de β griega para representar la doble ese, rasgo que comparten cuatro secretarios de Cis-neros, Jerónimo Illán92, Jorge Baracaldo93, Sebastián de Paz94, y Andrés de Torre95.
Hasta el momento, no he encontrado ningún documento, exceptuados los que he ci-tado, cuya letra coincida con la de ese escriba o notario anónimo. Lo más sencillo sería op-tar por el propio Jerónimo Illán, que valida la constitución, de 9 de octubre de 151396, que
regula la aplicación de la bula “Super Familiam”, a la que he aludido en párrafos anteriores. Pero el problema es que las diferencias claramente perceptibles entre la letra de la valida-ción notarial y la del resto del documento no permiten optar por esta soluvalida-ción, y a ello hay que añadir que la escritura de un mismo notario puede cambiar de forma sustancial cuando escribe un documento de aplicación del derecho en la práctica cotidiana, y cuando redacta un documento solemne o semisolemne, para el que opta por una grafía mucho más cui-dada, mucho más caligráfica.
Sin embargo, tras llevar a cabo un estudio comparativo de las letras de los secretarios de Cisneros que aparecen en la documentación original conservada y en los diferentes tex-tos de las Constituciones, he llegado a la conclusión de que la que más se asemeja es la de Jorge Baracaldo.
Es él quien redacta y firma el documento de anexión al Colegio del hospital de Santa María la Rica, el 20 de marzo de 1513, como “Georgius Baracaldo, secretarius”97, pero ante
él también se congregan el rector Miguel de Carrascosa, los consiliarios y colegiales e San Ildefonso, el 19 de julio de 1511, para constituir como su procurador a Cristóbal de
Alma-92 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 12, doc. 4.
93 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 11, doc. 1.
94 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 10, doc. 6.
95 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 10, doc. 18.
96 AHN, Madrid, Universidades, Carp. 12, doc. 4.