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14-20 conforman la denominada “Ley del Rey” Algunos exegetas consideran que los vv 16-17 constituyen el material primiti-

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vo y original de esta ley, mientras que los restantes versículos serían suplementos tardíos. Esta ley es el resultado de una crítica satírica pre-deuteronomista de un movimiento opuesto a la monarquía que constantemente continuó vigente en Israel. Relativamente hostil a la monarquía, tiene su refrendo deuteronomista en Jc 8,22-32 y 1 S 8,7- 8; 10,18-19a; 12,6b-13a.14-24, textos que deben situarse en la situa- ción del Judaísmo postexílico, confrontado con el dilema de cómo organizarse de nuevo: si bajo el sistema monárquico «como todas las naciones» (véase Dt 7,14; 1 S 8,20) o de forma distinta, de acuerdo al estatus de Israel como pueblo de Yahvé. Estos textos reflejan una con- cepción peyorativa de la realeza, querida por Israel pero no por Yahvé, lo cual es juzgado como un lamentable error (véase 1 S 8,18), pues supone desdeñar a Yahvé (1 S 8,7), el que liberó a su pueblo de la esclavitud de Egipto y el único que, por tanto, debiera reinar en Israel (véase Jc 8,23; 1 S 12,12). Saúl, el primer rey de la monarquía, fue ele- gido por Israel (1 S 12,13), hecho que corrobora su grave error. Preci- samente, en la unción de David (1 S 16,1-13) se encuentran dos verbos claves para mostrar el rechazo de Dios a Saúl y a los hermanos mayo- res de David, y la elección de éste: “rechazar” (1 S 16,1) y “elegir” (1 S 16,3.8-10). Yahvé es quien, en última instancia, debiera elegir al rey (Dt 17,15).

Dt 17,14-20 parece mediar entre dos posturas extremas: la que rechaza absolutamente la monarquía y la que la acepta acríticamente con menoscabo de la soberanía de Yahvé. La introducción del v. 14 es muy significativa al respecto: recuerda que es Yahvé quien da a Israel la tierra que conquistará y habitará (véase Dt 5,31; 9,6; 11,31; 12,1; 15,4; 16,20), y donde deseará tener un rey «como todas las naciones» (esta expresión sólo aparece aquí y en 1 S 8,5.20). El v. 15 intercede, aceptando la monarquía como mal menor para mitigar el error de Israel, pero subrayando que el rey debe ser elegido por Yahvé. De esta forma, esta ley es compatible con la designación divina de los reyes de Judá, y de Jehú de Israel, como muestra la Historia Deuteronomista (véase 1 S 9,15-10,8; 10,20-24; 16,1-12; 2 S 5,1-2; 6,21; 7,8-13; 12,8-25; 1 R 1,36-37; 2,4; 3,7; 8,16.20.25; 9,4-5; 11,11-13.26-39; 2 R 9,1-13), aunque no sea tan entusiasta como la promesa de Natán a David de

que su dinastía gobernará siempre en Judá (2 S 7,12-16), ni proclive a afirmar del rey que es el hijo adoptivo de Yahvé (como hace Sal 2,7).

Además de que sea elegido por Yahvé, las condiciones que se piden al rey son básicamente cuatro: 1) que su origen no sea extranjero (v. 15); 2) que no multiplique su caballería (v. 16); 3) que no multiplique ni sus mujeres ni sus riquezas; 4) que cumpla la Ley y no se engría sobre sus hermanos (vv. 18-20). En el fondo de estas condiciones late la prevención contra el peligro del sincretismo religioso, pues un rey “extranjero” (no residente, ni próximo o consanguíneo), lo mismo que las mujeres extranjeras del harén (caso de Salomón; véase 1 R 11,1- 11), podían introducir cultos foráneos que amenazaran al Yahvismo. La segunda condición, que el pueblo no debe volver a Egipto para aumentar la caballería del rey (Is 2,7 y Mi 5,9 previenen contra la con- fianza militar en carros y caballería) puede aludir a un posible inter- cambio de esclavos israelitas por caballos egipcios (véase Dt 28,68), como las cartas de El-Amarna atestiguan que hacían con sus súbditos los antiguos reyezuelos de Canaán vasallos de Egipto (cartas 107,38; 287,55; 288,18), o simplemente al hecho de la existencia de intercam- bios comerciales entre Israel y Egipto, no deseados tampoco por esta ley al considerarlos una amenaza religiosa o una forma de sutil escla- vitud (una especie de “anti-éxodo”). Precisamente el faraón Necó, quien derrotó y mató a Josías en la batalla de Meguidó (2 R 23,29), hizo prisionero a Joacaz, impuso como rey de Judá a Eliaquín/Joa- quín y cargó con un fuerte gravamen al país. Los versículos tardíos de esta ley bien pudieron tener en cuenta estos acontecimientos.

Los vv. 18-19 (que parecen interrumpir la aparente secuencia lógi- ca entre los vv. 17 y 20) hacen un retrato ideal de cómo debe ser el rey, el cual aparece más como un simple israelita cumplidor de la Ley (véase Dt 6,4-9; 11,18-21), cuya copia o duplicado debe poseer y leer, que como un rey emprendedor y legislador, como era común en los códigos legales del Próximo Oriente antiguo. Así, por ejemplo, según el Código o Leyes de Esnunna (hacia 1800 a.C.), los asuntos de pena de muerte sólo competen al rey (LE 48, 58) y el Edicto de Ammisaduqa, décimo rey de la I Dinastía babilónica (1646-1626 a.C.), subraya que el rey es el garante de la justicia y la equidad (EAS Preámbulo, 2-4, 11, 12, 14-16, 19, 20). En este sentido, la ley de Dt 17,14-20 descarga al rey de numerosas funciones que anteriormente le eran asignadas, funda-

mentalmente aquellas de índole judicial (en etapas anteriores el rey era el juez supremo y administrador de los santuarios reales; véase 1 R 12,26-33; Am 7,13). Estas funciones judiciales quedan asignadas, como ya se ha visto, a jueces y escribas (16,18-20), a sacerdotes levitas (17,8-13) y a los ancianos de la ciudad (21,19; 22,15; 25,7). La única Ley a cumplir en este caso no viene tanto del rey cuanto del propio Yahvé. Al rey únicamente le compete cumplirla personalmente, «observando todas las palabras de esta ley» (v. 19), y hacerla guardar y observar en su reino. De esta manera, la monarquía queda subordi- nada a la Ley, y el rey instruido por el sacerdocio levítico, o bajo su tutoría. No es fácil determinar cuál pudo ser el contenido exacto de esta Torá, cuya copia debe tener el rey, pero probablemente debió ser el embrión del futuro Código Deuteronómico (Dt 12-26). El cumpli- miento íntegro de estas condiciones garantiza la prolongación del rei- nado del rey y de su descendencia (v. 20), pero no se trata de una pro- longación “para siempre” como la prometida en 2 S 7,16 a la dinastía davídica. El final de este versículo enfatiza que el rey gobierna «en medio de Israel», pero no “sobre”, ya que el rey es uno más entre sus hermanos. La teología real también se refleja en la literatura sálmica (Sal 72) y profética (Is 2,6-9; Jr 22,13-17), las cuales exigen un rey jus- to y fiel a Yahvé, o denuncian su excesivo lujo e injusticia.

El sacerdocio levítico (18,1-8)

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