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DE LAS DEMOLICIONES Artículo 268º: Generalidades sobre las demoliciones.

In document Código LA MATANZA (página 188-192)

DE LA CONSTRUCCION DE LAS OBRAS CAPITULO

DE LAS DEMOLICIONES Artículo 268º: Generalidades sobre las demoliciones.

Inc. a) Chapas identificadoras de la calle, del número de la finca, otras señales de carácter

público, marcas, soportes, aplicados en obras a demoler:

1) Si la demolición afecta a chapas de nomenclatura numeración u otras señales de carácter público, el responsable debe:

 Conservarlas en buen estado y colocarlas en el lugar bien visible mientras dure la demolición.

 Asegurarlas definitivamente a la obra en caso de edificación inmediata.  Entregarlas a la autoridad respectiva si no se edifica de inmediato.

2) Si la demolición afecta a marcas de nivelación, soportes de alumbrado, teléfono, riendas de cables u otros servicios públicos, el responsable debe dar aviso, en forma fehaciente, con anticipación no menor de quince (15) días, para que las entidades interesadas intervengan como mejor corresponda.

Inc. b) Cumplimiento de disposiciones sobre exterminio de ratas e insectos:

No puede iniciarse trabajo alguno de demolición de un edificio sin haberse realizado el exterminio respectivo, con posterior desinfección que asegure la no transmisibilidad de enfermedades y que los productos utilizados en el exterminio, no estén presentes en cantidades, que puedan afectar la salud de los operarios y el medio ambiente.

Se deberá agregar el certificado de desratización en el expediente de obra por el cual se tramita la demolición parcial de una construcción que contenga una superficie mayor a 50m² o cuando se trate de una demolición total.

Artículo 269º: Medidas de protección en las demoliciones. Inc. a) Dispositivo de seguridad:

No se pondrá fuera de uso ninguna conexión de electricidad, gas, cloaca, agua corriente u otro servicio sin emplear los dispositivos de seguridad que se requieren en cada caso.

El responsable de una demolición dará el aviso que corresponda a las empresas concesionarias o entidades que presten servicios públicos en la forma prescripta en el Art. 309, Inc. a), punto 2.

Inc. b) Limpieza de la vía pública:

Al efecto de la propagación de polvo o escombros provenientes de una demolición que cause molestias al tránsito en la calle, el responsable de los trabajos debe proceder a humedecer permanentemente las zonas de trabajo que generan polvos y a la limpieza de la vereda y de la calle afectada.

Inc. c) Peligro para el tránsito:

En caso de que una demolición ofrezca peligro al tránsito peatonal o vehicular se usarán señales visibles de precaución, y además a cada costado de la obra, se colocarán personas que avisen del peligro a los transeúntes. Eventualmente se podrá impedir, durante el tiempo necesario, la circulación peatonal y / o vehicular, frente al edificio a demoler.

La Municipalidad puede imponer el cumplimiento de cualquier medida de protección que el caso demande, como por ejemplo: cobertizo sobre aceras, puente para pasajes de peatones, etc.

Inc. e) Mamparas protectoras para demoler muros entre predios:

Antes de demoler un muro entre predios, paralelo a éste se colocará en correspondencia con los locales del predio lindero mamparas que suplan la ausencia transitoria de ese muro. Las mamparas serán de madera machihembrada y forrados al interior del local con papel o bien pueden realizarse con otros materiales de equivalente protección a juicio de la Municipalidad. En los patios se colocará un vallado de altura no menor a 2,50 m. El propietario o el ocupante del predio lindero deberán autorizar el uso del espacio para colocar las mamparas o vallados, distantes hasta 1,00 m. del eje divisorio.

Inc. f) Obras de defensa en demoliciones:

El responsable de una demolición debe tomar las medidas de protección necesarias que, aseguren la continuidad del uso normal de todo predio adyacente. Extremará la protección en caso de existir claraboyas, cubiertas de cerámica, pizarra, vidrio u otro material análogo, desagües de techos, conductos deshollinadores.

Inc. g) Retiro de materiales y limpieza en demoliciones:

Durante el transcurso de los trabajos y hasta su terminación, el responsable de una demolición hará retirar de la finca lindera, los materiales que hayan caído y ejecutará la limpieza que corresponda.

Artículo 270º: Procedimiento de la demolición. Inc. a) Riego obligatorio en demoliciones:

Durante la demolición es obligatorio el riego dentro del obrador para evitar el levantamiento de polvo.

Inc. b) Puntales de seguridad en demoliciones:

Cuando sea necesario asegurar un muro próximo a la vía pública mediante puntales de seguridad, éstos se apoyarán en zapatas enterradas lo suficiente para llegar a una capa arcillosa homogénea, apta para fundación, no menos que 0,50 m. del nivel natural del terreno. El pie del puntal se colocará de modo que no obstaculice el tránsito y distará no menos de 0,80 m. del borde exterior del cordón del pavimento, de modo de asegurar un paso mínimo.

Inc. c) Lienzos o cortinas contra el polvo en demoliciones:

Toda parte de edificio que deba ser demolida será previamente cerrada con lienzos o cortinas que protejan eficazmente contra el polvo desprendido del obrador. Preferentemente los frentes sobre la vía pública.

Inc. d) Elementos de vidrio en demoliciones:

Antes de iniciarse una demolición, deben extraerse todos los vidrios y cristales que hubiera en la obra a demolerse.

Inc. e) Derribo de paredes, estructuras o chimeneas:

1) Caso de demolición total de edificios de una manzana o edificios aislados:

Cuando la demolición abarque la totalidad de las construcciones existentes en una manzana, su derribo en el caso de edificios de más de un piso alto, deberá efectuarse con métodos adecuados que aseguren la inexistencia de perjuicios a terceros.

2) En caso de construcciones entre muros divisorios en edificios lindando con parcelas edificadas, las paredes, estructuras y chimeneas no debe derribarse como grandes masas aisladas. La demolición se hará por partes y si éstas fueran tan estrechas o débiles que ofrezca peligro para que los obreros trabajen sobre ellas, debe colocarse un andamio adecuado. Ningún elemento de edificios debe dejarse en condiciones que pueda volcarlo el viento o por eventuales vibraciones. Toda cornisa y cualquier clase de

salidizo serán atadas o apuntalado antes de remover. La demolición de un edificio será realizada piso por piso y en ningún caso podrán removerse otro piso hasta que no se haya derribado todo lo correspondiente al piso superior. Las columnas, vigas y tirantes, no deben dejarse caer por volteo. Las vigas que estuvieran empotradas en muros o estructuras, serán cuidadosamente aflojadas o cortadas de sus empotramientos antes de ser bajadas.

Inc. f) Caída y acumulación de escombros en demoliciones:

Los escombros provenientes de una demolición, deben llevarse hacia el interior del predio, prohibiéndose arrojarlos desde alturas superiores a 2,00 m. Cuando sea necesario bajarlo desde mayor altura, se utilizarán conductos de descarga. Queda prohibido acumular en los entrepisos los materiales de derribos, para no sobrepasar su carga admisible y poner en riesgo de derrumbe a esas estructuras...

Inc. g) Rotura de ladrillos en demoliciones:

En el mismo lugar de la demolición queda prohibido realizar rotura de lo demolido y producir polvo con materiales provenientes de los derribos.

Los elementos a recuperar, como ladrillos, pueden ser procesados en la misma obra, si se van a reutilizar como constituyentes de la obra nueva cumpliendo la misma función como mampuestos. Con el mismo criterio, se podrá procesar todo elemento que en la obra nueva sea utilizado.

Inc. h) Zanjas y sótanos en demoliciones:

Deberán realizarse tomando todas las precauciones necesarias, para evitar perjuicios a construcciones propias o linderas.

Toda zanja, sótano o terreno cuyo suelo tenga nivel inferior al del terreno natural, debe ser rellenado en capas compactadas de aproximadamente 0.15 m, con suelo apto hasta alcanzar el nivel del terreno natural, según lo establecido en “Terraplenamientos”. Puede hacerse también con escombros limpios (libres de basura y sustancias orgánicas, no contaminados con combustibles u otros elementos que puedan afectar la salud de los futuros habitantes, o la estabilidad de las futuras construcciones).

El suelo de zanjas, sótanos o terrenos con niveles inferiores al del terreno natural, no puede permanecer en esa situación más que 180 días corridos, siempre que razones de seguridad o fuerza mayor así lo permitan. Si se superase este plazo, la Municipalidad emplazará la ejecución de los trabajos mencionados precedentemente, y ante su incumplimiento, podrá ejecutarlos por administración y a costa del titular o propietario.

La Municipalidad puede acordar un lapso mayor cuando la magnitud de la obra lo justifique. En todos los casos el responsable procederá al desagote de aguas estancadas. Cuando el estado de los trabajos a los que se les acordó un lapso mayor, pongan en riesgo la vida de las personas o bienes de terceros, la Municipalidad procederá conforme lo indicado en el párrafo anterior.

Inc. i) Conservación de muros divisorios en demoliciones:

Todo hueco, canaleta, falta de revoques o cimentación defectuosa que afecte a un muro divisorio como consecuencia de una demolición, debe ser reparado totalmente en forma inmediata conforme a las reglas del arte en la materia y las especificaciones del presente Código, tomando todos los recaudos necesarios para asegurar la estabilidad de las construcciones vecinas, antes de realizar los trabajos que puedan afectarlas.

Inc. j) Continuidad de los trabajos de demolición:

Los trabajos de demolición deberán ejecutarse en su totalidad sin interrupciones, de acuerdo con lo autorizado en el respectivo permiso, prohibiéndose por razones de seguridad e higiene pública, paralizar demoliciones.

Inc. k) Limpieza del terreno. Cerca y acera, en demoliciones:

Terminada una demolición se limpiará totalmente el terreno y se cumplirá de inmediato lo dispuesto en el capítulo “De las cercas y aceras” y en el inc. h) de “Procedimiento de la

demolición” referido a “Zanjas y sótanos en demoliciones”, sin cuyo requisito no se otorgará el

certificado de inspección final de obra de demolición efectuada.

Inc. l) Muros divisorios a restaurar:

Los paramentos de muros divisorios que quedasen expuestos a la vista después de una demolición, deberán ser tratados para liberarlos de cualquier rastro del edificio o estructura demolida, reparándolos por lo menos hasta la altura dada por la línea horizontal trazada a 1,00 m. por encima del punto más alto de la demolición efectuada.

Artículo 271º: Medidas especiales vinculadas a la conservación de energías y protección ambiental.

Sin perjuicio de la documentación y requisitos establecidos en los artículos anteriores, y con el objeto de incorporar criterios vinculados a la conservación de energía y preservar el medio ambiente, en carácter de cumplimiento voluntario, tendrán consideración especial las presentaciones que incluyan procesos con aplicación de tecnologías limpias que evidencien una responsabilidad social en el cuidado de la salud y el ambiente, como ser:

1 Evaluación ambiental de impactos negativos o positivos de la obra de demolición. 2 Plan de mitigación por los efectos negativos que puedan afectar la salud y calidad de

vida de la comunidad de vida vecina del edificio a demoler, de los trabajadores y futuros ocupantes.

3 Plan de control de erosión y sedimentación durante la demolición.

4 Responsabilidad en detectar, analizar y remover contaminantes; en especial para la eliminación de materiales peligrosos como el Asbesto-Plomo BPCs (Bifenilos Ppoliclorados), etc.

5 Eliminar CFCs (clorofluorocarbonos) y HCFCs (hidroclorofluorocarbonos) encontrados en el edificio a demoler.

6 Plan de gestión de los residuos de construcción, remodelación y demolición. Selección para reutilizar ladrillos, cerámicas, hormigón para áridos del hormigón de limpieza y no estructural.

7 Implementación de Sistemas de Demolición Selectivos.

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Consideración de un tratamiento especial durante las demoliciones en las siguientes situaciones:

▬ Desmantelamiento de chimeneas con presencia de hollín conteniendo HAPs (Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos)

▬ Incineradores cuyas cenizas puedan contener metales pesados.

▬ Transformadores por probable presencia de BPCs (Bifenilos Policlorados. ▬ Tubos fluorescentes y balastos.

▬ Tableros y aparatos eléctricos, por presencia de interruptores y/o switchs con mercurio.

▬ Otros que puedan verificarse durante el proceso de demolición.

Los artículos establecidos en este capítulo quedan sujetos a no contraponerse con normas vigentes de superior jerarquía, y sin perjuicio de satisfacerse los recaudos previstos en otras normativas específicas que regulen todo lo relacionado con “Demoliciones”, serán imperativos para su aprobación

CAPITULO XXXIII

DE LOS CIMIENTOS

In document Código LA MATANZA (página 188-192)

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