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El Derecho como actividad por la que se da significado a la experiencia y la justicia

I. Cuestiones preliminares

1. El abogado-escritor: dominio del lenguaje y calidad del pensamiento

1.2. Una poética para el Derecho

1.2.4. Living speech

1.2.4.4. El Derecho como actividad por la que se da significado a la experiencia y la justicia

Del estudio de los diferentes textos que componen este syllabus podría extraerse un propósito en cuanto al tipo de enseñanza que el autor buscaría transmitir: que se adquiera una sensibilidad que permita apreciar si lo que se escribe o lee trivializa o degrada la idea de experiencia humana, invitando a un tipo de vida sin significado o si, por el contrario, se dignifica y ensalza al ser humano y su experiencia. La diferencia entre uno y otro modo de expresión residiría en que uno sería capaz de encontrar una manera de reconocer, el otro de negar, la capacidad humana de dar un significado a la experiencia. White considera que es en esta capacidad donde nuestra dignidad más profunda reside y de cuya desaparición siempre dependería el imperio de la fuerza.357Si careciéramos de ella y todo lo que tuviéramos fuera, por ejemplo, información, no podríamos decir lo que las cosas significan para nosotros ni explicar nuestras prefencias, “no podríamos entablar el tipo de conversación por la que descubrimos quienes somos, qué deseamos y deberíamos desear, qué tipo de vida vivimos y queremos vivir.”358Un tipo de existencia que, para

White, no sería, entonces, humana, en un sentido o aspecto fundamental. Descripción, explicación y justificación serían las actividades que el autor destaca, entonces, como esenciales de la mente y del lenguaje. Éstas tendrían lugar en la conversación que se crea entre seres humanos que son concebidos como iguales, todos ellos centros únicos de valor, de imaginación y significado,359los cuales pueden llamar y ser llamados por otros a formas más profundas de vida y pensamiento.360 Estas actividades

357 Ibid, pág. 169.

358 Ibid, pág. 195.

359 Para White, el valor único de cada persona residiría en que cada una es un centro único de

signficado, con sus propias experiencias, nunca totalmente compartidas y compartibles con oros, pero de las que tendrá que saber hablar y extaer un significado. Ibid, pág. 208.

resistirían la desconsideración o cosificación del otro, lo cual, como se ha dicho, sería un sello distintivo del imperio de la fuerza.361

White considera que en esa capacidad de demanda de sentido o significado acerca de la propia experiencia y la de otros, una cuestión o tema fundamental ha de ser la justicia. Y es que, para el autor, nada puede adaptarse mejor al imperio de la fuerza que un mundo en el que la justicia no sea un tema, en el que ésta sea reemplazada por un lenguaje de objetivización, gratificación, de búsqueda del interés propio, de instrumentalismo o mera causa. El autor ve en la capacidad de hacer esa demanda de significado un ingrediente fundamental de nuestra humanidad y en la negación de la misma un fundamento esencial del

361 Ibid, Págs. 209 Y 210. White dirige entonces su atención y estudio hacia la tragedia

ateniense, por ser ésta, como él mismo señala, un género que ha sido considerado, como ningún otro en la literatura occidental, especialmente expresivo de la esencial dignidad y valor del ser humano. White analiza en la trilogía de Esquilo Oresteia y los Persas, en Antígona y Ajax de Sófocles por qué esto es así y, después, mira al Derecho, especialmente a las decisiones judiciales, preguntándose si pueden ser éstas también la ocasión para un tipo de escritura que dignifique la experiencia humana en vez de trivializarla. Con la lectura de la tragedia y de las decisiones,el autor no busca establecer una comparación entre ellas viendo similitudes y diferencias, sino que lo que estaría intentando es capturar algo que estuviera presente o funcionara en las dos. El resultado de ello sería la percepción de que en los mejores ejemplos de ambas el logro más importante sería el de que habrían coseguido resistir el impulso, siempre presente, de borrar y trivializar la experiencia humana, conferiendo sobre el individuo, sus esfuerzos y luchas en el mundo, una especial dignidad. Ibid, págs. 169-197. En el caso por ejemplo de los Persas, se cuenta la historia naval de Salamis en la que los atenienses destrozaron a los invasores persas. Escrita solo diez años después de la batalla, White señala que Esquilo, sorprendentemente, localiza la acción de la obra sobre los persas, una forma de hacerlo que permite a la audiencia ver los hechos no sólo desde el punto de vista del triunfo de los atenienses, sino desde el de las mujeres persas para quienes esto fue un desastre, invitando a la audiencia a simpatizar con su sufrimiento. Esta doble visión es, para White, una parte fundamental del significado de la obra, la cual, por una parte, estimularía en el lector su orgullo por la gran victoria y, a la vez, lo estaría disciplinando, presentándole la terrible pérdida que supone para el otro. White plantea la posibilidad de establecer algún paralelismo iluminador entre la tragedia y las decisiones judiciales, especialmente las de la Corte Suprema. Su propuesta en este sentido sería la de que ambas, limitadas por sus estucturas y reglas tendrían, como una de sus funciones, la de traer ciertas historias y problemas a la atención pública, no para su entretenimiento, sino para ser esclarecidas, ofreciendo una cierta educación sobre ellas. La idea sería la de plantear si las decisiones judiciales, en su manera de presentar y hablar de los asuntos sobre los que tratan, podrían ofrecer un tipo de educación similar a la de la tragedia, es decir, una capaz de complicar y transformar las expectativas, la manera de hablar y pensar que la cultura del momento hace llevar a cualquier asunto que la Corte esté decidiendo, descubriendo con ello una complejidad y riqueza de significado que no se conocía, trabajando entonces para resistir y complicar las formas simpliflificadas en que necesariamente nos expresamos y pensamos y que usamos normalmente para imaginar nuestro mundo y formar nuestros juicios y conductas. Ibid, págs. 171-176.

imperio de la fuerza en todas sus formas.362 Es necesario, por tanto, que

forme parte de la conciencia de los individuos y, muy especialmente, de aquellos que se dedican profesionalmente al Derecho, donde la importante presencia de otros lenguajes, como el económico, ha prescindido de ella, corriendo entonces el Derecho el riesgo, como ya se ha visto, de convertirse en un agente del imperio de la fuerza.

Estos son algunos de los asuntos en los que White fija la atención cuando busca proporcionar una educación al abogado como escritor a través de la única forma en que él entiende que ésta es posible: el estudio dirigido de obras concretas de literatura y su comparación con textos jurídicos. Como se ha tratado de mostrar, para White, el significado de un texto no se encuentra simplemente encerrado en él, como una joya en una caja, ni es algo que está fuera del texto y que depende únicamente del lector, sino que éste se crearía a través de la interacción entre ambos. En este sentido, podría decirse que la buena escritura que ha tratado de definir White requeriría buena lectura ya que, una no adecuada podría reducir aquello lleno de pensamieto y vida en algo muerto y mecánico. Por otro lado, la buena lectura, tendría que ver entonces con una forma de escuchar y responder al texto, actividades que, como se ha visto, el escritor puede hacer mucho por conformar y estimular. De esto último, podría deducirse que, aprender a escribir bien comportaría, necesariamente, un aprendizaje de lectura y lo mismo podría decirse en sentido inverso. Escribir y leer se convierten en actividades semejantes y ello porque, como se ha dicho, la vida del texto recaería en lo que es creado por el escritor y el lector juntos, en la “conversación” que se produce entre ellos. Aprender a escribir, para White, sería, entonces, una manera de aprender a leer y viceversa.363

A continuación se analizará el estudio que hace el autor de las obras literarias desde esta perspectiva, como lector. Podrá apreciarse que en

362 Ibid, pág. 198.

ellas el autor dirigirá la atención a cuestiones que muchas veces son coincidentes con las del abogado- escritor.