• No se han encontrado resultados

Las obligaciones que han contraído los dos estados por sus relaciones privilegiadas:

3. Instrucciones dadas a don Antonio para la embajada genovesa:

3.4. Las obligaciones que han contraído los dos estados por sus relaciones privilegiadas:

En las instrucciones, por otra parte, también se le pide a don Antonio que intente mantener las buenas prácticas que hay en otras materias. Es el caso de las buenas relaciones que hay entre el gobierno genovés y el milanés a la hora de entregar

132 BNE, MSS/7938, 1r.-19v. 133 Ibídem.

134 AGS, Consejo de Estado, Negociación de Génova, Leg. 3636, 143.

135 En la instrucción de la BNE se especifica que son el puerto de Saona y el fuerte de la Especie.

BNE, MSS/7938, 1r.-19v.

delincuentes, lo que centra el capítulo decimoctavo. En este apartado se le ordena a don Antonio que siga con estos buenos hábitos y que dé cuenta al gobernador de Milán de todo lo que sea necesario para administrar justicia por ambas partes137. En cambio, en el

punto vigésimo tercero, se le pide a don Antonio que se informe sobre la isla de Tabarca, situada en la costa norte de África, y que se encuentra en posesión de la familia genovesa de los Lomelines138. Don Antonio deberá recabar información sobre si cumplen con sus

obligaciones relativas a la posesión, dando cuenta al contador y veedor que reside en Génova y a su vez a la corte de Madrid. Villagarcía debe mostrarse vigilante en ciertos aspectos, como se le especifica en el capítulo décimo quinto, donde se le pide que esté atento a que los príncipes italianos cercanos a Génova no adquieran tierras o feudos libres adherentes al estado de Milán y que si esto llegara a suceder avise inmediatamente al gobernador milanés139.

A pesar de estos apartados, ante la importancia de acabar con la deriva hacia la neutralidad que en los últimos años han tenido los dirigentes genoveses, se intenta que don Antonio les haga presente las obligaciones mutuas que se dan entre los dos estados. A partir del capítulo tercero se le advierte al nuevo embajador que “en todas vuestras acziones procurareis vea la República la proteczión en que la tengo y lo mucho que estimo sus cosas”140. Se insta al nuevo embajador para que trate de que los dirigentes ligures sean

conscientes de los beneficios que consiguen por parte de los españoles, pero sin dejar de recalcarles que estas relaciones entre los dos estados se basan en un carácter reciproco que los genoveses deben mantener. Asimismo, en este mismo capítulo se le puntualiza que deberá seguir las instrucciones que se le dieron a don Juan de Eraso, embajador en 1641 en Génova y el primero que supo analizar el comienzo de la búsqueda de la neutralidad en su política exterior por parte de los genoveses141.

Estas ideas se vuelven a remarcar en el apartado quinto, donde se le solicita a don Antonio que repita durante su embajada siempre que sea apropiado las obligaciones que ha contraído y que siempre mantendrá la Corona hispana con la republica de Génova. Se le pide que “encaminando las pláticas con destreza y de manera que entendieran se trata de su bien y conserbazión y que sino se reduzen a lo que por lo pasado se solía hazer

137 AGS, Consejo de Estado, Negociación de Génova, Leg. 3636, 147. 138 BNE, MSS/7938, 1r.-19v.

139 BNE, MSS/7938, 1r.-19v.

140 AGS, Consejo de Estado, Negociación de Génova, Leg. 3636, 147. 141 BNE, MSS/7938, 1r.-19v.

correrá evidente riesgo su libertad”142. Parece que se busca con estos términos

diferenciarse de Francia, recalcando las obligaciones y los servicios que ha hecho la Monarquía Hispánica a los genoveses en el pasado y que justifican los privilegios que tenían en la República. Es también en este apartado cuando se le vuelve a ordenar que informe de todo lo que sea importante al gobernador de Milán, obedeciéndole y convirtiéndole en su principal interlocutor, siendo al que primero que debe referir toda la información relevante de la que disponga143.

Continuando en este ámbito de reciprocidad, en el noveno apartado se le recalca la idea de que Génova está “olvidada de sus obligaziones”144 y con pretensiones en el

dominio de ciertas partes de Italia, algo a lo que don Antonio tiene que prestar mucha atención según las instrucciones. Sin olvidar, por otra parte, que los franceses se aprovechan de todos los medios de los que disponen para limitar o socavar la influencia española entre los genoveses, algo en lo que se ven favorecidos por la situación presente de Génova y por el partido que gobierna en ella. Parece que desde Madrid se quiere que don Antonio intente controlar al gobierno genovés en sus pretensiones, pero sin darles motivos para una deriva hacia el bando francés, debiéndoles recordar a los genoveses las ventajas de las medidas y leyes que se han venido desarrollando en las relaciones entre Génova y la Monarquía Hispánica145.

Unas relaciones que como se remarca en el capítulo vigésimo quinto “no da lugar a que ninguno otro príncipe, potentado, eclesiástico ni seglar, tenga en ella nunzio o embaxador ordinario sino yo solamente, porque se ha conozido por experienzia que estos tales hazen siempre efectos contrarios a la unión, paz y libertad de la República, de que ha gozado y goza devajo de la proteczión y sombra del emperador y reyes antezesores de mi hijo y mía”146. El gobierno español no quiere tener competidores en el “afecto”

genovés, por lo que se le encomienda a don Antonio que bajo ningún pretexto permita que en Génova haya ningún embajador ordinario, incluso aunque sea del pontífice con algún subterfugio, y si se tratase de un extraordinario no pueda residir en la ciudad salvo por unos pocos días147. Sin embargo, a pesar de estas instrucciones veremos como a lo

142 AGS, Consejo de Estado, Negociación de Génova, Leg. 3636, 143. 143 AGS, Consejo de Estado, Negociación de Génova, Leg. 3636, 147. 144 AGS, Consejo de Estado, Negociación de Génova, Leg. 3636, 143. 145 BNE, MSS/7938, 1r.-19v.

146 AGS, Consejo de Estado, Negociación de Génova, Leg. 3636, 147. 147 Ibídem.

largo de toda la embajada de Villagarcía se van a suceder las cartas con avisos de la llegada principalmente de embajadores franceses a la República.

Los genoveses intentaran mantener la tesis de la neutralidad entre las coronas Cristianísima y Católica, y todo ello ante el aparente temor que les produce el incremento de efectivos militares que está realizando Luis XIV, desconfiando de las intenciones que pueda albergar. Como le informan en el apartado octavo a Villagarcía, el embajador genovés en Madrid les ha dado cuenta de las numerosas tropas que han reclutado los franceses tanto en Italia como en otras partes148. Este motivo ha provocado el interés de

la República, que ha mostrado el mismo embajador genovés, en colaborar con la Monarquía Hispánica para impedir las posibles intenciones de Luis XIV en Italia149, quizá

movidos por el temor a que uno de esos objetivos fuese sojuzgar a la republica ligur, como ya estaban intentado los saboyanos, aliados de Francia.