PARTE I. CUESTIONES PRELIMINARES
II. DE LAS TRECE COLONIAS A UNOS ESTADOS UNIDOS INDEPENDIENTES
1. Aproximación al origen y evolución de las personas jurídicas en el Derecho inglés El
2.3. Personas jurídicas privadas Business Corporations
Como ya hemos indicado, las primeras personas jurídicas privadas dedicadas a la actividad económica tenían por objeto realizar funciones muy próximas a aquellas que correspondían a las entidades municipales públicas, y por tanto los Tribunales no tuvieron mayores dificultades en extender a ellas los razonamientos que estaban empleando respecto de estas últimas276. Efectivamente, la naturaleza cuasi pública de las actividades que estas
desarrollaban, relacionadas principalmente con la construcción de puentes, canales o
272State v. Morris & Essex Railroad Co., 23 N.J.L 360 (1852).
273Green, Stuart P., «The Criminal Prosecution…», cit.., p. p. 1204-1205. 274State v. Barksdale, 24 Tenn. (5 Hum) 154 (1844).
275State v. City of Bangor, 41 Me. 533 (1856). Véase al respecto, Green, Stuart P.,«The Criminal Prosecution…»,
cit., p. p. 1206-1207.
carreteras277, permitió que, a partir del año 1820, algunas de ellas fueran condenadas
penalmente, de forma análoga a lo que estaba ocurriendo con las entidades municipales públicas y por los mismos delitos278.
En 1836, en un supuesto relacionado con una compañía privada encargada de la construcción de una autopista de peaje, que había sido acusada y condenada por no reparar debidamente la citada vía279, el Tribunal del Estado de Nueva York encargado del caso declararía expresamente que no había duda alguna de que la citada compañía estaba sujeta a responsabilidad penal280.
Precisamente, en este ámbito de la construcción y mantenimiento de las vías de peaje, también el legislador, además de los jueces, dio algún paso temprano para declarar penalmente responsable a las corporations, por los daños que pudieran derivarse del incumplimiento por su parte de determinadas obligaciones. Fue el caso de la General Turnpike Act de 1804 del Estado de Massachussets, que declaró penalmente responsables a las entidades, cuyo objeto fuera el expuesto, por los daños que pudieran derivarse a cualquier persona como consecuencia de defectos en los puentes o en las reparaciones de las vías; declarando además que podrían ser sometidas a una investigación ante el Gran Jurado por no conservar dichas vías en buen estado281.
Como en el caso de las entidades públicas municipales, la responsabilidad penal exigible a estas personas jurídicas privadas podía sólo basarse inicialmente en una mera omisión, en el mero incumplimiento de las obligaciones que como tales les correspondían, ya se tratara de obligaciones derivadas del common law o ya impuestas por las leyes282.
277Salvo el sistema de correos, la mayoría de los transportes, las comunicaciones y las infraestructuras que se
desarrollaron durante las seis primeras décadas del siglo XIX en los Estados Unidos, no fueron financiados o dirigidos por los gobiernos estatales o federales, sino por el sector privado. Véase sobre el particular, Blair, Margaret M., «Reforming Corporate…», cit., p. 5.
278Elkins, James R., «Corporations and the…», cit., p. 93.
279Susquehannah & Bath Turnpike Co. v. people, 15 Wend. 267 (N.Y.1836).
280Expresamente, el Tribunal correspondiente del Estado de Nueva York señaló: «No room for doubt that the
company was liable to be proceed against by indictment».
281El Gran Jurado es una institución consagrada en la Constitución de los Estados Unidos, aunque no vinculante
para los Estados, según ha entendido el Tribunal Supremo Federal, cuya función primordial es decidir, en los casos de delitos castigados con más de un año de prisión, si la acusación pretendida por el Ministerio Fiscal tiene base suficiente para someter a una persona a juicio. Para ello puede investigar los hechos que a esta persona se le imputan. Esta investigación tiene unas características muy determinadas.
282En el Estado de Virginia Occidental se publicó una ley, según la cual las compañías ferroviarias podían ser
En 1841, en la sentencia dictada en el caso State v. Great Works Milling & Manufacturing Co.283, un tribunal revocó la acusación formulada contra una persona jurídica por un delito constitutivo de public nuisance, derivado del levantamiento de una presa en el río Penosbscot, entendiendo que aún cuando podía ser responsable penalmente por el incumplimiento de sus obligaciones legales, no podía serlo por cometer un delito que consistiese en un acto positivo. Sin duda, la idea que subyacía en esta conclusión era que las personas jurídicas, como tales, no podían físicamente actuar, no tenía capacidad de acción y, por tanto, no podían ser castigadas por ello.
A mediados de siglo XIX, sin embargo, esta distinción entre acción y omisión, a efectos de exigir responsabilidad penal a las personas jurídicas en el ámbito de las public nuisance, comienza a cuestionarse, dictándose sobre el particular dos sentencias muy importantes284.
La primera por el Tribunal Supremo del Estado de New Jersey, en 1852, en el caso State v. Morris & Essex Railroad Co.285, en el que una compañía ferroviaria había sido acusada por construir un edificio, cerca de una autopista, dificultando el tráfico en ella. El tribunal, confrontan dos decisiones judiciales: la dictada en 1841 en el caso ya citado, State v. Great Works Milling & Manufacturing Co.286; y la dictada apenas seis años antes por un tribunal inglés en el caso, también ya citado, The Queen v. Great North of England Railway287. Y concluye, como en esta última sentencia, que también debe exigirse responsabilidad penal a las personas jurídicas cuando realicen una acción que constituya un delito de public nuisance288.
Sobre este extremo, son varias las declaraciones que dicho Tribunal realiza en esta sentencia y que merecen ser destacadas289: la primera, que una vez que se ha admitido que las personas jurídicas pueden ser penalmente responsable por omisiones -nonfeasance-, salvando así las objeciones que suelen plantearse para exigir, con carácter general, responsabilidad
perturbación se consideraba a public nuisance. Para ello, era preciso que se acreditase que se trataba de una actividad habitual. Véase sobre el particular, Hamilton, Adelbert, «Indictment of …», cit., p. 328.
283State v. Great Works Milling & Manufacturing Co., 20 Me. 41 (1841).
284Brickey,Kathleen F., «Corporate Criminal Accountability: A Brief History…», cit., p. 407. 285State v. Morris & Essex Railroad Co., 23 N.J.L. 360 (1852).
286State v. Great Works Milling & Manufacturing Co. 20 Me. 41 (1841).
287The Queen v. Great North of England Railway, 115 Eng. Rep. 1294 (Q.B. 1846). 288Elkins, James R., «Corporations and the…», cit., p. 94.
289Véase sobre el particular, Brickey, Kathleen F., «Corporate Criminal Accountability: A Brief History…», cit., p.
penal290, carece de sentido mantener la distinción entre acciones y omisiones, pues dichas objeciones serían predicables igualmente de unas y otras; la segunda, que si bien es cierto que una persona jurídica no puede actuar por sí misma, sí puede hacerlo a través de «las manos de otros»291; y la tercera, que si en vía civil ya se estaba imponiendo a las personas jurídicas responsabilidad por los actos dañinos cometidos por sus empleados, no había razón alguna para afirmar que esos mismos actos no dieran lugar a responsabilidad de naturaleza penal.
Dos declaraciones más se hacen en esta sentencia que son importantes, y ello al contestar a dos alegaciones que habían sido planteadas por la defensa de la entidad contra la condena292. Por un lado, el tribunal descarta expresamente la aplicación, pretendida por la defensa, de la doctrina ultra vires, según la cual sólo son actos de la persona jurídica aquellos que estén autorizados por su acto de constitución. Para el Tribunal, la aplicación de dicha doctrina conduciría a negar, por la misma razón, la responsabilidad de naturaleza civil, lo que, sería, según se declara, no sólo injusto, sino claramente contrario a los principios establecidos.
Por otro lado, el Tribunal considera justificado el castigo de la entidad misma, al margen del que en su caso podría corresponder a las personas concretas que realizaron el acto ilícito en cuestión. Según el Tribunal, la persona jurídica ha instigado y se ha beneficiado del hecho, y es muy probable que las personas concretas que lo realizaron o no puedan ser identificadas, o sean económicamente insolventes. Además -y este sería un argumento que podríamos considerar como de naturaleza más procesal-, para el Tribunal lo que se pretende fundamentalmente con estas acusaciones penales es poner fin al daño o la perturbación que se está produciendo, para lo que es necesario condenar a la persona jurídica a realizar aquello que sea preciso a estos efectos; y para conseguirlo, será necesario que dicha persona jurídica sea parte en el procedimiento y que tenga en él la posibilidad de defenderse. Si ello no fuera así, en ningún caso podría imponérsele la ejecución del fallo, que en el caso estudiado en esta sentencia incluía la demolición del puente en cuestión293.
290El Tribunal señala entre ellas su intangibilidad y, por tanto, su imposibilidad de ser arrestadas, o de
comparecer ante un Tribunal, o de ser enviadas a prisión; además de la injusticia que supondría esta condena penal para los «inocentes accionistas».
291«If a corporation has itself no hands with which to strike, it may employ the hands of others».
292Véase sobre el particular, Brickey, Kathleen F., «Corporate Criminal Accountability: A Brief History…», cit., p.
p. 407-409.
293Véase sobre el particular Kathleen F., «Corporate Criminal Accountability: A Brief History…», cit., p. p.407-
Esta nueva línea jurisprudencial favorable a imputar responsabilidad penal a las personas jurídicas por actos que constituyeran public nuisance, y sin distinguir entre si su origen era una acción o una omisión, se consolida dos años más tarde en la sentencia dictada en el caso Commonwealth v. New Bedford Bridge294. En este caso,la acusación se basaba en la construcción de un puente sobre un río que obstaculizaba la navegación, causando con ello una
public nuisance; y, de nuevo295, se rechaza la distinción entre acción y omisión a los efectos de
imputar a la persona jurídica responsabilidad por esta última clase de delitos.
La superación de la distinción entre la mera omisión y la acción como origen de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el ámbito de las public nuisance, abrió la puerta para que el legislador pudiera declarar penalmente responsable a las personas jurídicas por otras infracciones, aún cuando estas no constituyeran estrictamente un delito de public
nuisance296. Precisamente el legislador crea estas infracciones porque cada vez está más
preocupado por el papel que estas entidades comienzan a jugar en la economía; y lo hace no tanto, como en el caso de las public nuisance, para poner fin a la perturbación, daño o molestia, que se estaba produciendo a la Comunidad, sino para prevenir que pudieran producirse297, esto es, que pudiera ser dañado el interés público. Son las denominadas public welfare offenses, dirigidas fundamentalmente a proteger bienes jurídicos generales, como la salud o la seguridad pública298.
En cualquier caso, como en las public nuisance, aún nos movemos en un ámbito de responsabilidad claramente objetiva299. La imputación a la persona jurídica de estas infracciones
294Commonwealth v. New Bedford Bridge, 68 Mass. 339 (1854).
295Véase sobre el particular, Brickey, Kathleen F., «Corporate Criminal Accountability: A Brief History…», cit., p.
p. 409-410; Elkins, James R., «Corporations and the …», cit., p. p. 95-96.
296En este sentido, Brickey, Kathleen F., «Corporate Criminal Accountability: A Brief History…», cit., p. 410;
Elkins, James R., «Corporations and the …», cit., p. p. 95-96; Laufer, William S., Corporate Bodies …, cit., p. 9.
297Elkins, James R., «Corporations and the …», cit., p. p. 95-96; Walsh, Charles J. y Pyrich, Alissa, «Corporate
Compliance as a Defense to Criminal Liability: Can a Corporation Save its Soul?», 47 Rutgers Law Review, 605 (1995), p. p. 614-615.
298Walsh, Charles J. y Pyrich, Alissa, «Corporate Compliance as a Defense…», cit., p. 614; Elkins, James R.,
«Corporations and the …», cit., p. p. 97-98.
299La conformidad con la Constitución Federal de los delitos para los que no se exige ningún elemento subjetivo
- strick liability- ha sido confirmada por el Tribunal Supremo Federal en varias sentencias, en las que la persona condenada por esta clase de infracciones alegaba, esencialmente, que dicha condena, especialmente en supuestos de condena a penas de prisión, violaba su derecho al proceso debido. Entre las primeras, la dictada en el caso
Shevlin-Carpenter Co. v. State of Minn., 218 U.S. 57 (1910), donde la condena impugnada se había impuesto con
base en una ley del Estado de Minnesota que castigaba penalmente a cualquier persona, incluidas expresamente las jurídicas -any person, firm, or corporation- que, sin los debidos permisos, utilizara o se llevara, entre otros efectos, la madera de los árboles de una propiedad estatal. La pena por estas infracciones, que iba desde la multa, a un pena de prisión de hasta dos años, podía ser más o menos grave en función de que el hecho se hubiera cometido o no intencionadamente, pero podía imponerse aún cuando no hubiera existido ningún tipo de intención o
penales es ajena a cualquier noción de culpabilidad, por lo que la misma no plantea especiales dificultades. Continuamos, como hemos dicho, en el ámbito de la responsabilidad objetiva, donde la finalidad de la norma es sencillamente proteger el bien común300.
La atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicas por delitos que exigieran la concurrencia de algún subjetivo planteaba todavía serias dificultades, derivadas, fundamentalmente, de una determinada concepción de la persona jurídica proveniente del
common law, aún fuertemente arraigada301, y basada en dos ideas esenciales: las personas
jurídicas son meros entes creados por el Derecho; en consecuencia y, en segundo lugar, solo le son imputables aquellos actos que estén autorizadas a realizar según su acto de constitución.
Efectivamente, durante gran parte del siglo XIX, la doctrina y la Jurisprudencia norteamericana, como había pasado con la británica, estuvieran dominadas, respecto a la naturaleza de las personas jurídicas, por la teoría de la ficción302. Y si estas, conforme a dicha concepción, eran entidades creadas por el Derecho, sólo podían hacer aquello que les permitía el acto de la autoridad por el que habían sido creadas. Por tanto, todas aquellas actuaciones realizadas fuera de estos márgenes, eran actos realizados ultra vires que, como tales, no eran imputables a la persona jurídica, sino solo y exclusivamente a la persona física que lo hubiera realizado. Aquéllas, a diferencia de esta, no tenía derechos y facultades inherentes a las
de actitud negligente, y por tanto, se hubiera producido de una manera meramente casual o involuntaria. A esta sentencia se refiere una posterior, la dictada también por el Tribunal Supremo Federal, en 1922, en el caso U. S. v.
Balint, 258 U.S. 250 (1922), donde se impugnaba una condena, basada esta vez en una ley federal, según la cual la
venta de ciertas drogas sin los permisos correspondientes constituía un delito, al margen, de nuevo, de cualquier elemento subjetivo. Dice el Tribunal en esta sentencia: «It has been objected that punishment of a person for an act in violation of law when ignorant of the facts making it so, is an absence of due process of law. But that objection is considered and overruled in Shevlin-Carpenter Co. v. Minnesota, 218 U.S. 57, 69 , 70 S., 30 Sup. Ct. 663, 666 (54 L. Ed. 930), in which it was held that in the prohibition or punishment of particular acts, the state may in the maintenance of a public policy provide 'that he who shall do them at his peril and will not be heard to plead in defense good faith or ignorance.' Many instances of this are to be found in regulatory measures in the exercise of what is called the police power where the emphasis of the statute is evidently upon achievement of some social betterment rather than the punishment of the crimes as in cases of mala in se».
Este tipo de infracciones penales, basadas en una responsablidad objetiva, forman parte de los tradicionalmente conocidos como delitos mala prohibitia, esto es, delitos que son tales porque así lo ha querido el legislador; lo que los distingue de los conocidos como delitos mala in se, que son aquellos en los que se castiga un acto que ya es por sí inmoral, como sería un asesinato o una violación. En general sobre esta clase de delitos, véase LaFave, Waine R., Criminal Law, cit., p. p. 288-298; Dressler, Josua, Undestanding Criminal Law, 7ª ed., 2012, p. p. 145-151 y Emanuel, Steven L., Criminal Law, 7ª ed., 2010, p. p. 31-34.
300Walsh, Charles J. y Pyrich, Alissa, «Corporate Compliance as a Defense…», cit., p. 615.
301Véase sobre el particular, Brickey, Kathleen F., «Corporate Criminal Accountability: A Brief History…», cit., p.
p. 411-412.
302Horwitz, Morton J., «Santa Clara Revisited: The Development…», cit., p. 181; también, Harris Ron, «The
mismas. Creadas por el Derecho sólo tenían las facultades que el Estado les había conferido, y por ello los actos realizados fuera de este ámbito eran nulos303.
En el año 1804, en la sentencia dictada en el caso Head & Armory v. Providence
Insurance Co.304, el Tribunal Supremo Federal de los Estados Unidos enunciaba por primera vez
los principios fundamentales de esta doctrina de los actos ultra vires305, que estaría presente en los Tribunales de este país especialmente hasta el comienzo de la Guerra Civil306; siendo el ámbito contractual el último bastión en el que permanecería. Declaraba el Tribunal Supremo en esta resolución, en la que se discutía si un contrato había sido o no rescindido en forma por una persona jurídica, y oponiendo la capacidad natural de estas últimas a la de una persona física, lo siguiente307: «Aquel que autoriza a otro a hacer un escrito por él, lo hace él mismo; pero con estas entidades, que tienen sólo existencia legal, esto es de otra manera. El acto de constitución es el que las faculta para actuar, le da todos los poderes que poseen, les permite contratar y cuando para ello prescriba una forma determinada, tendrán que observarla, o no existirá contrato alguno, será entonces como si la entidad no tuviera personalidad»308; añadiendo que «es una regla general que una persona jurídica sólo puede actuar en la manera establecida por el Derecho»309. Por tanto, concluyó el Tribunal, «aquel acto que no cumpla los requisitos establecidos en la ley, no puede ser considerado un acto de la entidad»310.
Años más tarde, concretamente, en 1819, el mismo Tribunal, en la sentencia dictada en caso Dartmouth College v. Woodward311, se referiría a las personas jurídicas como unos seres artificiales, invisibles e intangibles, que existían sólo para el Derecho, y que poseían sólo
303Véase al respecto, Reese, Reuben A.,The True Doctrine of Ultra Vires in the Law of Corporations, 1ª ed.,
1897, p. 29.
304Head & Armory v. Providence Insurance Co., 122 Cranch 127, 2 L. Ed. 229 (1804).
305Reese, Reuben A. ,The True Doctrine of Ultra…, cit., p. 80; Colson, Clyde L., «The Doctrine of Ultra Vires in
United States Courts Decisions», 42 W. Va. L. Q. 179 (1936), p.185.
306Horwitz, Morton J., «Santa Clara Revisited: The Development…», cit., p. p. 186-187. 307Véase al respecto, Colson, Clyde L, «The Doctrine of Ultra Vires ...», cit., p. p. 185-186.
308Dice literalmente la sentencia: «He who authorizes another to make a writing for him, makes it himself; but with
these bodies which have only a legal existence, it is otherwise. The act of incorporation is to them an enabling act; it gives them all the power they possess; it enables them to contract, and when it prescribes to them a mode of contracting, they must observe that mode, or the instrument no more creates a contract than if the body had never been incorporated».
309Declaró la sentencia: «It is a general rule that a corporation can only act in the manner prescribed by law». 310«An act not performed according to the requisites of the law cannot be considered as the act of the company». 311Dartmouth Collage v. Woodward, 17 U.S. 519 (1819).
aquellas propiedades que se le confirieron en su constitución o que precisaban para el ejercicio de su existencia312.
Resulta evidente que esta manera de entender el ser de las personas jurídicas dificultaba enormemente la exigencia de la responsabilidad penal a las mismas. Si no tenían ni «personalidad» ni «voluntad» propia, no se les podía imputar el necesario state of mind exigido