En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BO- LETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENERALESde la pregunta nú- mero 15441, seguida de la contestación remitida por el Gobierno, formulada por la Senadora del Grupo Popular en el Senado, doña CARMEN PRIMO ALBERT, sobre la cuantía del Programa Global de Regulación y Coordina- ción de la Extranjería y la inmigración en España (GRECO) que le ha correspondido a los ayuntamientos de la provincia de Teruel durante los años 2001 y 2002.
El anuncio de la presentación de la referida pregunta fue publicado en el BOLETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENE- RALES, Senado, Serie I, número 524, 25 de octubre de 2002. Palacio del Senado, 19 de diciembre de 2002.—P. D.,
Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.
A la Presidenta del Senado
Carmen Primo Albert, Senadora por Teruel, del Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo previsto en los ar- tículos 160 y 169, del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentarla siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea obtener respuesta por escrito.
¿Cuál es la cuantía del Plan GRECO que ha correspon- dido a los Ayuntamientos de la provincia de Teruel durante los años 2001 y 2002?
Palacio del Senado, 15 de octubre de 2002.—Carmen
Primo Albert.
Excmo: Sr.: A los efectos del artículo 169 del Regla- mento del Senado, se traslada respuesta del Gobierno res- pecto al asunto de referencia.
(684) Pregunta escrita Senado. 684/015441.
AUTORA: Primo Albert, Carmen (GP).
Asunto: Cuantía del Programa, global de regulación y co- ordinación de la extranjería y la inmigración en España (GRECO) que les ha correspondido a los ayuntamientos de la provincia de Teruel durante los años 2001 y 2002. Respuesta:
El Programa global de regulación y coordinación de la extranjería y la inmigración en España, aprobado me-
diante Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de marzo de 2001, representa la primera iniciativa preparada en nuestro país para afrontar el tratamiento de la inmigración desde todas sus vertientes, por lo que la mayoría de las medidas afectan directa (realización de medidas concretas y específicas) o indirectamente (planificación, actuacio- nes previas a la ejecución de las medidas concretas, parti- cipación diferentes administraciones públicas en diferen- tes aspectos de la integración de los extranjeros, mejora de procedimientos y estructuras, etc.) al fenómeno migra- torio de todas las comunidades autónomas, provincias y municipios.
El desarrollo del mismo implica los mecanismos de fi- nanciación que garantizan el mantenimiento de los pro- gramas y actividades en cada uno de los ministerios im- plicados a través de los Presupuestos Generales del Es- tado.
El ejercicio que se ha realizado para evaluar la puesta en marcha del Programa GRECO ha sido analizar las me- didas del mismo, las unidades responsables del desarrollo de cada medida y las cantidades existentes en el Presu- puesto General del Estado para el año 2001 y 2002 para cada departamento ministerial atendiendo a la finalidad de la partida presupuestaria. No se ha elaborado ni tramitado un presupuesto específico.
Asimismo, se ha tenido en cuenta que muchas de las medidas no implican un coste económico, o no puede eva- luarse el coste de las mismas a priori.
Fruto de esta evaluación y análisis, realizado se con- cluyó que a lo largo del año 2001 la aplicación del Pro- grama GRECO supondría a la Administración General del Estado un coste de 226.978,231 euros.
El porcentaje total de ejecución del Programa GRECO en el año 2001 ha sido de 93,35 % sobre las previsiones, presupuestarias existentes.
Para el año 2002, el Programa GRECO cuenta con un total de 252.041.747 euros, lo que significa un incremento de 25.063.516 euros, es decir, un 11% más de financiación respecto del año 2001.
Respecto a las actuaciones concretas que afectan a los municipios, se señala que el contenido se ha estructurado en torno a cuatro grandes líneas básicas, sistematizadas de una manera coherente, estas líneas, se desarrollan, a su vez, en 23 acciones y 72 medidas necesarias para alcanzar su efectividad.
Entre las medidas del Programa GRECO que inciden directamente en todas las comunidades autónomas, muni- cipios y provincias o en las que pueden participar, se seña- lan las siguientes, enumerándose las mismas así como su contenido:
— Dotar al Observatorio Permanente de la Inmigra- ción de los medios necesarios para que tenga capacidad de análisis, así como de alcanzar conclusiones y elevar pro- puestas.
Mediante el Real Decreto 345/2001, de 4 de abril, se ha regulado el Observatorio Permanente de la Inmigración, su naturaleza, composición y funciones, y se constituyó el pa- sado 3 de julio de 2001.
El Observatorio Permanente de la Inmigración desem- peña la función de analizar las magnitudes y característi- cas del fenómeno migratorio, para conocer sus tenden- cias.
Con esta información procedente del análisis sistemá- tico de diversas magnitudes sobre inmigración, el Obser- vatorio prepara y facilita información que permita la cana- lización de los flujos migratorios y la integración de los re- sidentes extranjeros.
De conformidad con lo previsto en el mismo, las comu- nidades autónomas también participan en el Observatorio Permanente de la Inmigración.
— Coordinación de las distintas administraciones pú- blicas que puedan suministrar datos sobre inmigración, para que el conocimiento de todas ellas contribuya al ade- cuado tratamiento del fenómeno.
La aplicación efectiva de esta medida ha supuesto el es- tablecimiento de mecanismos e instrumentos de coordina- ción y comunicación entre todas las administraciones pú- blicas con competencias en materias que afecten a los in- migrantes (Administración General del Estado, adminis- traciones autonómicas y locales) al objeto de obtener datos e información globales y consolidados sobre el colectivo de inmigrantes en nuestro país, sus características, tenden- cias y comportamientos.
— Estudio de las necesidades de mano de obra de acuerdo con la situación nacional del empleo en cada mo- mento y la necesidad de cubrir puestos de trabajo según sectores, perfiles profesionales y, en su caso, áreas geográ- ficas de origen.
El objetivo de esta medida es la cuantificación de las ofertas de empleo y características de las mismas, sectores de actividad profesionales, localización geográfica en Es- paña de la oferta, e incluso lugares, zonas geográficas donde irán destinadas las mismas.
Se realizan análisis y estudios sobre las necesidades la- borales en nuestro país partiendo de la evolución de la tasa de ocupación en España en cada momento y de la insufi- ciencia de mano de obra nacional, comunitaria y extraco- munitaria con residencia legal para cubrir los puestos de trabajos ofertados.
Es una medida en cuya ejecución, necesariamente y para afrontarla con garantías de efectividad, deben partici- par todos los agentes implicados (administraciones públi- cas, organizaciones empresariales, sindicatos y asociacio- nes), dando con ello respuesta a las demandas y necesida- des planteadas por todos los colectivos afectados por el proceso.
Se debe señalar, asimismo, que el pasado 21 de di- ciembre se adoptó el Acuerdo de Ministros por el que se determina el contingente de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario para el año 2002, en el que han participado todas las provincias en la estimación y valo- ración de las necesidades. Teruel ha contado con 323 plazas de contingente para trabajadores extranjeros esta- bles.
— Participación de las distintas administraciones auto- nómicas y locales a través del Consejo Superior de Política de Inmigración.
Mediante el Real Decreto 344/2001, de 4 de abril, se crea y regula el Consejo Superior de Política de Inmigración.
En el Consejo Superior de Política de Inmigración, el Estado está representado por los departamentos ministeria- les que forman parte de la Comisión Interministerial de Extranjería, las comunidades y ciudades autónomas están representadas por las correspondientes consejerías, y la Administración Local por representantes designados por la Federación Española de Municipios y Provincias.
Este órgano establece las bases y criterios sobre los que se asienta una política global en materia de integración so- cial y laboral de los inmigrantes.
El Consejo se ha reunido en diferentes ocasiones en Se- villa, Valencia, Barcelona y Valladolid. Entre los puntos fundamentales abordados en estas reuniones, se analizó e informó el contingente de trabajadores extranjeros de régi- men no comunitario para el año 2002, que posteriormente fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2001, y la situación jurídica y social de los menores extranjeros no acompañados.
— Programas específicos para jóvenes extranjeros. Se están realizando campañas de información dirigidas a los jóvenes sobre los planes de las administraciones pú- blicas dirigidos a la juventud, con el objeto de evitar la ex- clusión social y el desarraigo cultural de los jóvenes inmi- grantes, impidiendo que se prolonguen las situaciones cau- santes de desarraigo social.
Los programas públicos dirigidos a la juventud serán, en algunos casos, adaptados a las circunstancias del colectivo inmigrante (cursos de formación del idioma español, etc). — El funcionamiento del Foro para la Integración So- cial de los Inmigrantes.
Se están desarrollando las actuaciones necesarias para hacer efectiva la configuración y funcionamiento del Foro para la integración de los inmigrantes como un órgano de consulta, información y asesoramiento en materia de inte- gración de inmigrantes. En el Real Decreto 367/2001, de 4 de abril, se regula la composición, competencia y régimen de funcionamiento del Foro para la Integración Social de- dos Inmigrantes.
El Foro se configura corno un órgano colegiado de con- sulta, información y asesoramiento del Gobierno adscrito al Ministerio del Interior, a través de la Delegación del Go- bierno para la Extranjería y la Inmigración.
En este Real Decreto se asegura la adecuada represen- tación en el mismo de los representantes de las administra- ciones públicas, de las asociaciones de inmigrantes y de las organización sociales de apoyo, entre ellas los sindicatos de trabajadores y las organizaciones empresariales con in- terés e implantación en el ámbito de inmigración.
Entre los vocales del Foro, dos son representantes de la Administración Local (Puente Genil y Valencia) y dos vo-
cales en representación de las comunidades autónomas (Madrid y Cataluña). Estos cuatro vocales han sido desig- nados por el Consejo Superior de Política de Inmigración. De conformidad con lo previsto en la disposición adi- cional primera del citado Real Decreto, el Foro para la In- tegración Social de los Inmigrantes se constituyó e1 pa- sado 19 de diciembre.
— Convenios con comunidades autónomas y ayunta- mientos.
Las comunidades autónomas y la Administración Local tienen atribuidas competencias en materias claves para la integración de los inmigrantes, como la sanidad, servicios y prestaciones sociales, vivienda, educación y cultura, por lo que se han articulado mecanismos de actuación coordi- nada y de colaboración en todas estas materias.
En este sentido, se señala que durante el pasado año, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha firmado con- venios de carácter sectorial con todas las comunidades y ciudades autónomas, excepto con País Vasco y Navarra. En estos convenios se han incluido diversos programas di- rigidos a la integración y acogida de la población extran- jera en esas comunidades y ciudades.
Por otra parte, el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha firmado convenios de colaboración con las comunidades y ciudades autónomas con presencia de población extran- jera, de cara al desarrollo de actuaciones conjuntas en ma- teria de acogida básica a inmigrantes.
Estos convenios tienen por objeto establecer un marco de colaboración entre la Administración General del Es- tado y la comunidad autónoma correspondiente para el de- sarrollo de actuaciones conjuntas destinadas a propiciar la integración social de los inmigrantes a través del desarro- llo de un Programa de acogida básico que facilite el acceso de los inmigrantes a las prestaciones y servicios sociales básicos y a una vivienda digna, y establezca acciones para su inserción sociolaboral.
Se contemplan como acciones prioritarias de dicho Pro- grama las siguientes:
— Garantizar la no discriminación de los inmigrantes en el acceso a las prestaciones sociales generales.
— Mejorar las condiciones de alojamiento y facilitar el acceso a una vivienda digna, a través de la creación de asentamientos provisionales, alojamientos de temporada para trabajadores temporeros, centros de acogida a aque- llos que por su situación de vulnerabilidad lo precise.
— Prestar los servicios necesarios para facilitar la in- serción sociolaboral a través de programas formativos e in- formativos, desarrollo de técnicas y estrategias para la bús- queda de empleo, campañas de sensibilización a los em- presarios, servicios específicos para mujeres, guarderías, servicios de asesoramiento jurídico e interpretación.
Madrid, 11 de diciembre de 2002.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.
684/015442 a 684/015447 PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BO- LETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENERALESde las preguntas números 15442 a 15447, seguidas de la contestación re- mitida por el Gobierno, formuladas por la Senadora del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, doña CAR- MEN PRIMO ALBERT, sobre el número de hombres que han solicitado una reducción de jornada de trabajo o una excedencia para la atención de hijos o cuidado de familia- res durante los años 2000 a 2002 en la provincia de Teruel. El anuncio de la presentación de las referidas preguntas fue publicado en el BOLETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENE- RALES, Senado, Serie I, número 524, 25 de octubre de 2002. Palacio del Senado, 16 de diciembre de 2002.—P. D.,
Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.
A la Presidenta del Senado
Carmen Primo Albert, Senadora por Teruel, del Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo previsto en los ar- tículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea obtener respuesta por escrito.
¿Cuál es el número de hombres que han solicitado una reducción de su jornada de trabajo en media hora por lac- tancia de un hijo menor de nueve meses durante los años 2000 a 2002 en la provincia de Teruel?
Palacio del Senado, 15 de octubre de 2002.—Carmen
Primo Albert.
A la Presidenta del Senado
Carmen Primo Albert, Senadora por Teruel, del Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo previsto en los ar- tículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea obtener respuesta por escrito.
¿Cuál es el número de hombres que han solicitado una reducción de su jornada de trabajo para el cuidado de hijos menores de seis años durante los años 2000 a 2002 en la provincia de Teruel?
Palacio del Senado, 15 de octubre de 2002.—Carmen
Primo Albert.
A la Presidenta del Senado
Carmen Primo Albert, Senadora por Teruel, del Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo previsto en los ar-
tículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea obtener respuesta por escrito.
¿Cuál es el número de hombres que han solicitado una reducción de su jornada de trabajo para el cuidado de hijos minusválidos durante los años 2000 a 2002 en la provincia de Teruel?
Palacio del Senado, 15 de octubre de 2002.—Carmen
Primo Albert.
A la Presidenta del Senado
Carmen Primo Albert, Senadora por Teruel, del Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo previsto en los ar- tículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea obtener respuesta por escrito.
¿Cuál es el número de hombres que han solicitado una reducción de su jornada de trabajo para el cuidado de un familiar que no puede valerse por sí mismo durante los años 2000 a 2002 en la provincia de Teruel?
Palacio del Senado, 15 de octubre de 2002.—Carmen
Primo Albert.
A la Presidenta del Senado
Carmen Primo Albert, Senadora por Teruel, del Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo previsto en los ar- tículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea obtener respuesta por escrito.
¿Cuál es el número de hombres que han solicitado una excedencia para atender al cuidado de hijos durante los años 2000 a 2002 en la provincia de Teruel?
Palacio del Senado, 15 de octubre de 2002.—Carmen
Primo Albert.
A la Presidenta del Senado
Carmen Primo Albert, Senadora por Teruel, del Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo previsto en los ar- tículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea obtener respuesta por escrito.
¿Cuál es el número de hombres que han solicitado una excedencia para atender al cuidado de un familiar durante los años 2000 a 2002 en la provincia de Teruel?
Palacio del Senado, 15 de octubre de 2002.—Carmen
Excmo. Sr.: A los efectos del artículo 169 del Regla- mento del Senado, se traslada respuesta del Gobierno res- pecto al asunto de referencia.
(684) Pregunta escrita Senado. 684/015442 a 684/015447.
AUTORA: Primo Albert, Carmen (GP).
Asunto: Número de hombres que han solicitado una re- ducción de jornada de trabajo o una excedencia para la atención de hijos o cuidado de familiares durante los años 2000 a 2002 en la provincia de Teruel.
Respuesta:
En relación con la información solicitada por Su Seño- ría, y dado el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, se indica la cuestión rela- tiva al número de hombres que han solicitado una exce- dencia para atender al cuidado de hijos, que en la provincia de Teruel ha sido de uno.
Las reducciones de jornada por las causas expresadas no tienen clave informática asignada, por lo que no es po- sible proporcionar su número.
Tales incidencias tampoco se registran en el Instituto Nacional de Empleo.
Madrid, 2 de diciembre de 2002.—El Secretario de Es- tado de Relaciones con las Cortes.
684/015456