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LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LOS NIÑOS ENVUELTOS EN CONFLICTOS ARMADOS

CAPÍTULO II: NIÑOS EN CONFLICTOS ARMADOS: EL RECLUTAMIENTO Y SUS

2.2. LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LOS NIÑOS ENVUELTOS EN CONFLICTOS ARMADOS

La temática de los niños ganó relevancia en los años 90, cuando ocurrió una expansión de los discursos y de las prácticas a favor de los derechos de los niños. Ese avanzo es consecuencia de la promulgación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño en 1989, que fue ratificada por casi todos los Estados miembros de la sesión2. La protección del niño está asegurada tanto en el ambiente familiar, cuanto en la comunidad, donde los menores deben tener

2 Solamente Estados Unidos y Somalia no ratificaran la Convenio hasta hoy de acuerdo con el Centro Regional de las

acceso a salud, alimentación, educación y ser protegidos durante los conflictos armados. En el artículo 38 de la convención, los Estados se comprometen a no utilizar niños con menos de quince años en los conflictos armados y deben priorizar en las fuerzas armadas los niños de mayor edad entre las personas de edad superior a quince e inferior a dieciocho. Lastimosamente, hay que se recordar que apenas Estados pueden firmar la Convención, factor que excluye el comprometimiento de los grupos insurgentes actuales. (UNICEF: 1989)

Aún, los niños son considerados parte de la población civil y deben ser protegidos como tal en situaciones de conflicto interestatal desde el IV Convenio de Ginebra de 1949. También en ese convenio solamente se consideran como niños los individuos hasta quince años y aparte de eso no existe ninguna mención a una protección especial a los menores entre quince y dieciocho años.

En los dos protocolos adicionales a Ginebra de 1977, los niños, aún como miembros de la sociedad civil también pasan a estar protegidos en situaciones de conflictos intraestatales. En ambos documentos, no existe una definición clara de lo que se considera niño. Cuando el Protocolo I hace mención a los niños en el párrafo 77, se observa que la restricción al reclutamiento tanto por las milicias cuanto por los gobiernos está garantizada apenas para los menores de quince años. Cuando se consideran aquellos que tienen entre quince y dieciocho, el protocolo sugiere dar preferencia a los más viejos. (Protocolo I y II adicionales a los Convenios de Ginebra: 1977)

También en el Protocolo II, la protección ofrecida está limitada a los niños de hasta quince años, factor que comprometió la situación de los otros menores. Para comprender el establecimiento de la edad de quince años como límite, debemos entender el juego de poderes y de intereses entre los Estados que ratificaron los protocolos. Muchos Estados defendían la necesidad de mantener los jóvenes en sus ejércitos y sería hipocresía decir que frente a una necesidad, las Fuerzas armadas abrirían mano de sus reclutas más jóvenes. De esta manera, la opción por los quince años fue el acuerdo mínimo que los Estados se comprometieron a cumplir sin perjudicar sus intereses particulares. Es evidente que la voluntad de los Estados prevaleció sobre los derechos de los infantes, sin embargo, no se debe apenas criticar la limitación del protocolo. Hay que se considerar el avanzo significativo e innovador de las leyes de derecho humanitario que pasaron a dar especial atención al caso de los niños envueltos en conflictos. (Protocolo I y II adicionales a los Convenios de Ginebra: 1977)

En 1998, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional elevó el reclutamiento o uso de niños con menos de quince años en conflictos armados para el nivel de crimen de guerra. Aún hay que se observar que cuando se refiere al reclutamiento, el estatuto cubre tanto la actuación de

los grupos armados cuanto el alistamiento militar del Estado. Por consiguiente, el rol del estatuto es muy relevante ya que se trata del primer medio internacional para sancionar violaciones a los derechos de los niños en conflictos.

La primera investigación de la corte embasada en ese estatuto ocurrió en 2003 y juzgó Thomas Lubanga Dilo, un señor de la guerra acusado por el uso de niños en los conflictos en República Democrática del Congo y Uganda. Un otro gran marco en la corte fue la condenación de cuatro reclutadores de niños actuantes en la guerra civil en Sierra Leona en 2007, ya que esas fueron las primeras prisiones bajo el Estatuto de Roma y fueron resultado del establecimiento de la corte de Sierra Leona. Otra gran victoria de la comunidad internacional a través de la corte fue la primera persecución de un jefe de Estado, el ex presidente de Liberia, Charles Taylor, acusado por el reclutamiento de diversos menores. En ese caso, se demostró que las leyes no apenas son válidas para los guerrilleros insurgentes pero también deben ser aplicadas para los representantes del poder burocrático. También la Corte Penal Internacional busca implementar la justicia en los casos de reclutamiento en Timor Oriental.

Cabe señalar que en el artículo 26, los Estados acuerdan que la corte no posee jurisdicción para juzgar los menores de dieciocho años que cometieron crímenes de guerra, ya que eses menores son entendidos como victimas y no como responsables por los delitos causados. No obstante, cabe cuestionarnos: ¿Si los niños hasta dieciocho años son considerados víctimas, porque en el Estatuto de Roma se permite el reclutamiento de menores entre quince y dieciocho? Si apenas la participación de niños hasta quince años es prohibida, ¿cómo debemos comprender la situación de los menores entre quince y dieciocho?

Por fin, en 1999, los Estados miembros de la Organización Internacional del Trabajo prohibieron el reclutamiento forzado de niños con menos de dieciocho años en el Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil. Aparte del caso específico del reclutamiento, el convenio condena cualquier trabajo que amenace las condiciones de salud, de seguridad y de desarrollo moral de los niños.

En el mismo año entró en vigor la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño de 1990. A través de ella, la Organización de la Unidad Africana, hoy la Unión Africana, define como niño en conflicto armado cualquier uno con menos de dieciocho años de edad. Además, se trata del primer y único tratado regional que protege los niños en situaciones de conflictos armados, pues resalta la obligación que tienen todos los Estados partes en la prevención del reclutamiento infantil.

Otras iniciativas regionales fueron desempeñadas en lo transcurrir del tiempo. La Unión Europea elaboró un guía sobre niños y conflictos armados, que posibilitó orientar la implementación de estrategias para el combate del reclutamiento en el bloque. También diversos estudios fueron frecuentemente elaborados por organizaciones no gubernamentales europeas con el intuito de diseminar las acciones que amenazan los niños y como se puede buscar la recuperación de los menores afectados por su participación en las guerras.

Fue apenas en 2000 que se logró la elaboración de un protocolo por las Naciones Unidas que estableció los dieciocho años como la edad mínima para el alistamiento o reclutamiento de personas por las fuerzas armadas o por grupos no estatales. El Protocolo Facultativo a Convención sobre los Derechos de los Niños significó la victoria de los organismos internacionales, de las organizaciones no gubernamentales y de la comunidad internacional como un todo, ya que prevalecieron los derechos de los niños. (Human Rights: 2005)

Dentro de las Naciones Unidas, el Consejo de Seguridad emitió dos resoluciones, la 1539 y la 1612 de 2004 y 2005 respectivamente, con el intuito de posibilitar el acompañamiento real de la situación de los niños en conflictos. Los grupos de trabajo de la organización pasaron a documentar actos de violación graves a los derechos de los niños, como el reclutamiento y participación en conflictos armados. Eses documentos fueron utilizados por el Consejo de Seguridad para la emisión de informes y resoluciones que denuncien y clamen por la actuación de los Estados donde acontecen esas violaciones. Un ejemplo del resultado de eses trabajos puede ser observado en la prohibición de viajes impuesta a un líder de un grupo armado de Costa del Marfil que practicaba el reclutamiento infantil.

Los comprometimientos establecidos en el protocolo de 2000 fueron reforzados en 2007 a través de los Compromisos y los Principios de París, resultantes de la conferencia “Liberemos a los Niños de las Guerras” en la cual participaron representantes gubernamentales, representantes de agencias de las Naciones Unidas y de diversas organizaciones no gubernamentales. Los dos documentos finales buscaron reafirmar los procedimientos legales y operacionales para combatir el reclutamiento de menores. Tanto el proceso para prevenir el reclutamiento cuanto el proceso para desmovilizar y reintegrar los niños a la sociedad fueron detallados en los documentos, buscando soluciones de longo plazo a ese problema internacional. Hasta Septiembre de 2010, 95 Estados endosaron los Principios de París. (UNICEF: 2010)

Por fin, podemos observar que el establecimiento de los dieciocho años como edad mínima para el reclutamiento no fue una tarea sencilla. Gran parte de las discusiones en torno del tema de

los niños soldados fue y sigue siendo la edad en que se considera la adquisición de la madurez. Muchos Estados siguen afirmando que el desarrollo tanto psicológico, emocional cuanto físico puede ser distinto en diferentes sociedades, pues varia de acuerdo con las culturas y los valores establecidos.

Después de muchas negociaciones, observamos que prevaleció la voluntad internacional, sin embargo, debemos ser realistas y observar los límites impuestos por los Estados. Primero, hay que se observar que el límite definido para la infancia de dieciocho años hace parte de un protocolo facultativo en el ámbito de las Naciones Unidas, es decir, frente a la negativa de diversos Estados, fue necesario buscar una alternativa para garantizar mayor protección a los niños. La alternativa, entonces, fue establecer una Convención sobre los derechos de los niños de acuerdo con la voluntad de los Estados y donde los mismos se comprometen con el consenso mínimo y un protocolo facultativo, donde los Estados tengan la opción de ratificar o no una propuesta más completa.

De esta manera, en la elaboración del protocolo facultativo no fue necesario considerar ninguna legislación nacional como un obstáculo al establecimiento de la regla internacional. La voluntad de la sociedad internacional prevaleció, independientemente de los intereses de los Estados y mismo de los grupos insurgentes. Las personas percibieron la importancia de proporcionar derechos de protección más amplios a los menores y a través de muchos debates, fue posible establecer un derecho internacional cada vez más rígido con los reclutadores.

Podemos concluir que en el Derecho Internacional, la participación de niños en conflictos es un hecho grave, ya que atenta contra el más esencial del ser humano, es decir contra su vida, su libertad y su integridad física. Los derechos a tener una familia, a vivir en comunidad, a recibir educación y tener acceso a programas de salud también son negados a eses menores. El acceso a la educación, merece especial importancia, ya que desarrolla las habilidades mentales y físicas bien como la personalidad de los niños y cuando está ausente implica en el comprometimiento del desarrollo físico y psicológico de ellos. No obstante, las escuelas son blancos durante los conflictos, ya que son edificios públicos que acaban siendo destruidos sin considerar la presencia de civiles menores y que poco pueden hacer para defenderse.

Por consiguiente, vale aprovechar para desmitificar el rol de “pequeños terroristas” que los medios de comunicación tienen atribuido a eses niños, los culpando por los crímenes cometidos en conflictos armados sin considerar su situación de victimas. Mientras el caso del reclutamiento de niños no sea comprendido como una amenaza a la vida de toda una generación de menores, la sociedad seguirá con su futuro amenazado.

El gran problema es que en algunos Estados, los niños no son vistos apenas como victimas y acaban siendo juzgados como autores responsables por las muertes resultantes de los conflictos. En algunos casos, los testimonios de los niños pueden ser benéficos para comprender las motivaciones que llevaran los menores a cometer los crímenes y para prevenir reclutamientos futuros, todavía, puniciones que no respectan los derechos de los niños no contribuyen para el proceso de reintegración del mismo a la sociedad.

Además, la imposibilidad de defensa y la vulnerabilidad de los niños, que son consideradas en la elaboración de las convenciones y protocolos, son realidades que aguzan aún más las tragedias resultantes del reclutamiento. Muchas personas reclaman de la fragilidad del derecho internacional, sin embargo, el problema no es la falta de instrumentos internacionales y sí la poco efectividad de medios para asegurar su cumplimento. Los juzgamientos aún son muy demorados y la punición de los reclutadores es difícilmente cumplida. Lastimosamente, las normas de derecho internacional no son respectadas y la participación de los menores sigue creciendo.

2.3.¿Por qué reclutar niños?

Como soldados, los niños representan diversas ventajas frente a los adultos, pues son más fáciles de intimidar, son más obedientes y difícilmente cuestionan las decisiones de sus líderes. Generalmente no cuestionan órdenes y son más leales, despertando una mayor predilección por los entrenadores. Por ser más dóciles, los niños se adaptan mejor a los campos de formación, donde su fragilidad es comprendida como una ventaja a ser explorada. Además, como son más jóvenes aprenden con mayor facilidad y velocidad

Los menores no reclaman por salario y demandan menos alimento, se tornando una mano de obra barata para los campos de batalla. La facilidad presentada por los niños para aprender en los campos de formación aliada a cantidad de niños disponible en las regiones de conflicto tornan los soldados fácilmente substituibles. Eso posibilita el abuso por los entrenadores de las capacidades físicas y psicológicas de los niños, ya que la supervivencia o la muerte de un menor no implicará en grandes pierdas al movimiento.

En el campo de batalla, los niños pueden ser más ágiles que los adultos y por ser más pequeños, consiguen pasar escondidos en el territorio enemigo sin ser percibidos. Así, además de lucharen, los menores pueden servir como espiones y transportar bombas. Por se aproximar del

enemigo, los niños se quedan más amenazados, ya que pueden ser capturados y torturados o hasta muertos por su actuación, pero la percepción del peligro es poco conocida por los menores, que acaban dispuestos a se arriscar más que los adultos.

Como observó Graça Machel, los niños enfrentan las batallas de maneras distintas de los adultos. La adrenalina generada durante los bombardeos crea una excitación en los menores que se olvidan de se esconder. Esa aparente ausencia del medo es resultado del desconocimiento de los menores de la gravedad de los efectos de la guerra. Lastimosamente, esa es otra característica que los reclutadores aprovechan en los niños para explorar sus vidas. (Machel: 1996)

Otra ventaja en el uso de menores es el impacto que la muerte de niños genera en la sociedad global. Las tropas que se chocan con grupos de niños son juzgadas como culpadas, ya que luchar contra menores es considerado un acto inmoral en la sociedad Occidental. Juzgar los soldados que enfrentan tropas de menores también es una tarea muy ardua, ya que en algunos casos, es necesario defenderse para preservar su supervivencia.

Independientemente de la situación, cuando la prensa anuncia el sufrimiento y la muerte de niños en combate, muchas personas pasan a juzgar aquellos que cometen esas barbaridades o mismo aquellos que permiten que eso acontezca. Aquellos Estados que son considerados perpetuadores de eses conflictos pasan a tener su moral cuestionada bien como su rol de agente protector de sus ciudadanos. (Hart: 2006)

Los grupos que utilizan menores también ya notaron que deparados con un ejército de niños, los adversarios se cuestionan y tienen su proceso cognitivo paralizado. Al desorganizar el raciocinio de un combatiente que se depara con una situación contraria a su ética y sus valores morales, los niños se tornan un gran martirio a sus adversarios. Según algunos estudios, un dilema moral es procesado tanto en nivel emocional cuanto en nivel cognitivo y resulta, en los campos de batalla, en una respuesta tardía.

Por consiguiente, debemos observar como la proliferación de armas contribuyó anchamente para el reclutamiento infantil en los conflictos Además de leves, las armas son simples, tanto para montar cuanto para manejar, posibilitando su uso por niños de diez años. Además, los armamentos se tornaron muy baratos, debido al comercio internacional de armas. Eso posibilitó la compra de gran cantidad de armamentos por los grupos insurgentes. Como bien observó Graça Machel, en Uganda, una pistola AK-47 costa el mismo precio de una gallina y en Kenia costa el mismo que un cabrito. (Machel: 1996)

De esta manera, el uso de menores se tornó una nueva táctica utilizada por los grupos insurgentes para conquistar el poder. Por observaren que las oportunidades de combate se maximizan para los menores, los reclutadores invierten en la presencia de niños en sus ejércitos, que pueden aprovechar los cuestionamientos morales de sus enemigos y actuar rápidamente para derrocar el adversario.