que el hecho de que se suscriban acuerdos sobre intercambio de información fiscal no debía ser suficiente para quitar la condición de ‘paraíso’ a un país.
La escasa o nula determinación del Gobierno español por combatir los paraísos fiscales se muestra en el caso del empleado del HSBC, Hervé Daniel Falciani, que proporcionó a las autoridades francesas los nombres de esos evasores de capitales a través del Programa Hexagon, que permite desplazar en un solo clic fortunas entre Ginebra y Hong Kong sin dejar huella numérica, ha estado encarcelado en España y el Gobierno ha negociado con el gobierno suizo su extradición, en base a un delito de revelación del secreto bancario… inexistente en el ordenamiento jurídico español, tras ser derogado por la ley 50/1977, de 14 de noviembre, de medidas urgentes de reforma fiscal, tal como ha puntualizado la Agencia Tributaria, que recuerda que el art. 31 de la Constitución, al establecer la obligación de todos los ciudadanos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos, limita el alcance del derecho a la intimidad y agrega que es indiferente la regulación del derecho ban- cario “fuera de nuestras fronteras” (el informe de la Agencia se recoge en Romero: 2013). En agosto de 2012 Izquierda Unida formuló una pregunta por escrito en el Congreso –y tuvo que pedir amparo al Presidente del Congreso ante la falta de respuesta del Gobierno a la pregunta formulada por escrito- si el Gobierno pensaba “aceptar la colaboración ofrecida por Falciani a la Justicia española para descubrir a nuevos defraudadores” y si iba a “publicar el listado de defraudadores españoles que figuran en la ‘lista Falciani’”. En enero de 2013 Izquierda Unida ha ampliado la pregunta a la posible implicación de I. Urdangarin, su socio D. Torres y Cristina de Borbón en la trama “Falciani”. La Audiencia Nacional ha decidido su puesta en libertad a finales de 2012, mientras se tramita el procedimiento de
extradición. Finalmente, quizá por las urgencias del déficit público, el gobierno español está defendiendo el uso de la información Falciani sobre las más de 3.000 cuentas de españoles en el HSBC que figuran en su lista y habría permitido ya recuperar más de 300 millones de euros. Los antece- dentes no son buenos, ya que en 2010 la Agencia Tributaria avisó con antelación a 659 grandes fortunas con depósitos en el HSBC (incluidas en la lista Falciani) para que “regu- larizaran” su situación, mediante el pago de los recargos por presentación fuera de plazo y los intereses de demora, evitando de este modo las sanciones y una posible condena penal. Entre los contribuyentes favorecidos se encontraba el Presidente del Banco Santander, Emilio Botín (Cruzado, 2013b), que tenía depósitos sin declarar desde la década de los cuarenta del pasado siglo. En resumen, “el Ejecutivo incumple las leyes españolas que protegen a los que delatan a los delincuentes (la de Extradición Pasiva y la de Prevención del Blanqueo de Capitales) para satisfacer los intereses de un paraíso fiscal y mantener ocultas las identidades de los que han estafado al conjunto de los contribuyentes” (Bayo: 2012). La práctica de las grandes empresas del IBEX 35 era descrita muy gráficamente por el ex-fiscal Antico- rrupción, Luis Pastor, cuando dijo que "Los paraísos fiscales están en el Paseo de la Castellana"9.
9 Las tramas de fraude fiscal llevan funcionando con
impunidad desde hace décadas. Recientemente se ha puesto de relieve la relación con la “Operación Emperador” de la macroorganización criminal china sita en el Estado Español con la multinacional de la evasión fiscal dirigida por el ciudadano belga François Leiser que lleva dedicándose largo tiempo a que la grandes fortunas no paguen impuestos mediante la conversión de cantidades millonarias de cuentas radicadas en Suiza en billetes pequeños que se entregan en mano a sus clientes. Pues bien, Leiser tenía antecedentes por tráfico ilegal de divisas en España desde 1977 y fue también detenido en Bélgica en 1986, pero al parecer sus operaciones no se han interrumpido. Véase la crónica de Ceberio (2012).
La consideración de paraíso fiscal determina la obligación de hacer constar específica- mente las operaciones con dichos territorios en la declaración de la renta o del impuesto de sociedad que excedan de determinados importes al año. También pueden aplicarse ciertas limitaciones o condiciones con respecto al descuento de facturas, como por ejemplo la obligación de probar que los servicios efectivamente se prestaron o que las transacciones se realizaron a precios de mercado. A los paraísos fiscales también se les aplica con carácter general la llamada “transparencia fiscal internacional”, por la cual se imputan los beneficios de una sociedad directamente a sus propietarios o beneficiarios económicos. No obstante, dicha medida también afecta a otras sociedades de baja tributación, sin importar si están incluidas en la lista de paraísos fiscales, española o no10.
En otros casos son los gobiernos los que toman la iniciativa de promover rebajas fiscales a las empresas transnacionales para atraer sus inversiones (a veces inexistentes). Ahí está el caso, en Mozambique, de la política del gobierno del Frente de Liberación de Mozambique (Frelimo), de intentar atraer las inversiones de las industrias extractivas a cielo abierto mediante la exención de impuestos11. Cuando existen la imposición es reducidísima: “Un ejemplo es la explotación minera, en Guatemala las compañías pagan el 1% de regalías, en Perú pagan del 1% al 3% de regalías y en Argentina hasta el 3%. Por lo que la extracción de los recursos naturales de un país no aporta riqueza al Estado donde se desarrolla” (entrevista de Pedro Ramiro y Erika Gonzalez, de OMAL).
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Información proveniente de la web paraísos- fiscales.info: http://paraisos-fiscales.info/lista-paraisos- fiscales-espanola.html
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La eliminación de la imposición va acompañada de “la oferta de oferta de docilidad (por las buenas o por las malas de las poblaciones que están siendo afectadas” (De Sousa Santos, 2012).
Las medidas de incremento de la fiscalidad a las empresas transnacionales del sector energético y minero adoptadas por algunos gobiernos latinoamericanos, señaladamente el de Bolivia12, reciben el apoyo de varios sindicatos vascos, siendo reseñables las opi- niones que señalan “las campañas de difamación y criminalización a las que se somete a los mandatarios de Bolivia, Vene- zuela o Ecuador por la derecha mediática europea y en cada uno de sus países (ya que los dueños de los medios de comunicación son los mismos aquí y allí)” (entrevista de Igor Urrutikoetxea, del sindicato LAB). La elevación de la recaudación impositiva es considerada insuficiente por algunos sectores del movimiento sindical boliviano que preci- san que, por ejemplo, la empresa REPSOL ha mantenido intacta su tasa de beneficio debido a la elevación de los precios del crudo (entrevista de Vladimir Mendoza, de la
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Según la organización Christian Aid, el aumento de la imposición, desde el 25% al 50%, a las transnacionales efectuada por el Gobierno de Evo Morales sobre la extracción de hidrocarburos, trajo consigo una eleva- ción de dos mil a casi tres mil millones de dólares de la recaudación por este concepto. Ello permitió atender necesidades sociales urgentes a través de la instau- ración de la llamada Renta Dignidad, que concede una prestación de 313 dólares anuales a los mayores de 60 años, frente a los 235 dólares que recibían anterior- mente los mayores de 65 años (Red por la Abolición de la Deuda Externa y la restitución de la Deuda Ecológica, 2008: 3).