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VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2004-017105 por la empresa TELEVISION SATELITAL CONCEPCIÓN S.R.L., para que se le otorgue concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en el distrito de Concepción, de la provincia de Concepción, del departamento de Junín;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 3) del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones;

Que, el artículo 126 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios públicos de difusión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y el Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes, y Comunicaciones;

Que, el artículo 93 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos de difusión se encuentra el servicio público de distribución de radiodifusión por cable;

Que, mediante Informes Nºs. 199-2005-MTC/17.01.ssp y 300-2005-MTC/17.01.ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, señala que, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa TELEVISIÓN SATELITAL CONCEPCION S.R.L.;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio;

Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1 - Otorgar a favor de la empresa TELEVISIÓN SATELITAL CONCEPCIÓN S.R.L., concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende el distrito de Concepción, de la provincia de Concepción, del departamento de Junín.

Artículo 2.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa TELEVISIÓN SATELITAL CONCEPCIÓN S.R.L, para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulas y tres (3) anexos que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Addendas que se suscriban al mismo.

Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión.

Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA

Ministro de Transportes y Comunicaciones

Designan representante del Ministerio ante el Consejo Nacional de Seguridad Vial RESOLUCION MINISTERIAL Nº 573-2005-MTC-02

Lima, 17 de agosto de 2005 CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-96-MTC, modificado por Decretos Supremos Nº 024-2001-MTC y Nº 027-2002-MTC, se creó el Consejo Nacional de Seguridad Vial, como ente rector encargado de promover y coordinar las acciones vinculadas a la seguridad vial en el Perú;

Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 027-2002-MTC mencionado, el Consejo Nacional de Seguridad Vial estará presidido por un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien será designado por resolución del Titular del Sector;

Que, con Resolución Ministerial Nº 471-2004-MTC/02, se designó a la doctora Greta Cecilia Jáuregui Lambruschini, como representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Nacional de Seguridad Vial, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2002-MTC;

Que, de acuerdo a lo informado por el Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Vial, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo de representante de este Ministerio ante dicho Consejo;

Que, en tal sentido, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente y designar al representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Nacional de Seguridad Vial;

De conformidad con lo previsto en las Leyes Nº 27594 y Nº 27791 y en los Decretos Supremos Nº 041-2002-MTC y Nº 027-2002-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la doctora Greta Cecilia Jáuregui Lambruschini, como representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Nacional de Seguridad Vial, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar al Ing. Alfredo Rodríguez León, como representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Nacional de Seguridad Vial.

Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA

Otorgan a Transportes Aéreos Cielos Andinos S.A.C. permiso de operación de aviación comercial - transporte aéreo no regular nacional de pasajeros, carga y correo

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 119-2005-MTC-12