3.1. El reconocimiento médico-jurídico
3.1.1 Sistemas de reconocimiento de enfermedades profesionales
Debido a la gran complejidad que hay en materia laboral en cada país para establecer un marco e incluir una nueva enfermedad profesional, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) describe dos sistemas para el reconocimiento de las enfermedades profesionales, que cada país puede elegir libremente y estructurar su normativa legal en función del que adopte.
Estos sistemas se dan debido a que en muchos países existen diversas profesiones con riesgo laboral por las actividades que se desempeñan, y estas no están incluidas en la lista de enfermedades profesionales de la OIT, por ello, esta organización decidió incluir sistemas para el reconocimiento de enfermedades profesionales en donde deben ser comprobadas como tal y como se especifica para poder indemnizar a los trabajadores
Estos sistemas son los siguientes.90
3.1.1.1. Sistema de listas cerradas.
Este tipo de sistema establece un listado de enfermedades asociadas a ocupaciones y agentes causantes. Se reconocen como enfermedades profesionales incluidas en la lista, siempre y cuando hayan sido contraídas en las condiciones predefinidas, sin necesidad de comprobar la relación causa-efecto.
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M. Lezaun Instituto Navarro de Salud Laboral. Pamplona, Legislación sobre enfermedades profesionales [En línea], España. [Consultado el 15 Julio 2010] Disponible en:
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Tiene el inconveniente de que únicamente comprende un determinado número de enfermedades profesionales, es decir aquellas que ya están incluidas en el cuadro. La ventaja que tiene es que en las condiciones señaladas, se presume su origen profesional de manera que el trabajador no tiene la necesidad de demostrarlo.
3.1.1.2. Sistema mixto o de listas abiertas.
Establecen una lista en el cual se da una definición genérica de la enfermedad profesional.
Esta definición contiene una referencia a la relación causa-efecto que debe existir entre el trabajo y la enfermedad que no figura en la lista o que se manifiesta bajo condiciones diferentes a las predefinidas. En este sistema, el trabajador siempre debe demostrar que la enfermedad ha sido producida por su actividad laboral, tiene la ventaja de que permite ampliar el cuadro de enfermedades profesionales.
En México hay una serie de enfermedades y daños que no están reconocidas en la legislación mexicana, entre ellas las del ámbito archivístico.
Cabe mencionar que la Ley Federal del Trabajo señala ciertas profesiones y actividades relacionadas con enfermedades que pueden ser causadas por dicha actividad; pero aún no hay nada referente a la actividad archivística, sólo se señalan ciertos padecimientos que pueden ser asociados con algún agente como es el polvo, insectos o productos químicos, entre otros, los cuales pudiéramos asociarlo con nuestra profesión.
Por eso es fundamental obligar al patrón a mejorar los procesos de trabajo ya que debido a la falta de inspección de las Comisiones Laborales de la Secretaría del Trabajo y Prevención Social, las Comisiones de Seguridad e Higiene han permitido que la mayoría de las empresas no cumplan con las medidas de protección para sus trabajadores y estos se encuentren en un peligro constante. Debido a esto es necesario que se dediquen a corregir todas las deficiencias en los sistemas de trabajo y reconocer las condiciones laborales que repercuten en la salud física de los trabajadores; pues como se sabe, en nuestro país, se encuentran muchos archivos desorganizados y se ponen en riesgo a los trabajadores que manipulen el material de archivo que se encuentre contaminado por algún agente dañino.
Todo esto es ignorado por la mayoría de los trabajadores tanto del sector público como del privado, pues por lo general no sabemos que la empresa en donde estamos laborando es la responsable de indemnizar las enfermedades profesionales generadas por agentes que se encuentren en los centro de trabajo, dañando nuestra integridad física. Asimismo no se reclaman como profesionales debido a que no nos percatamos si es una enfermedad profesional o una común, en la cual también influye la falta de información. Esta situación le conviene al patrón ya que deja la responsabilidad de proporcionar tratamiento médico y salario al trabajador hasta que se recupera, lo que es un costo muy elevado, por eso no hay tanta difusión en materia laboral.
Así pues de los aspectos ya mencionados es necesario informar a la comunidad archivística, ya que si no reconocemos los riesgos que tenemos nosotros mismos al
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trabajar con los archivos en condiciones insalubres, menos va a ser reconocidos médica y jurídicamente por no haber registros de padecimientos similares o enfermedades relacionadas como tales, por eso reitero, que es necesario acudir al médico cada vez que se nos presente algún síntoma o enfermedad que puedan ser causados por nuestro trabajo.
En el ámbito archivístico, para que una enfermedad sea reconocida médica y jurídicamente debe tener una relación causal con un agente, una exposición o proceso de trabajos específicos, producirse en relación con el medio ambiente laboral determinado o en ocupaciones específicas que afectan a determinados grupos de personas.
También deben realizarse evaluaciones de riesgos de trabajo, los cuales consideran el sitio de trabajo, los instrumentos utilizados, las medidas de prevención que apliquen así como el equipo de protección personal que se emplee.
Para respaldar este primer apartado se presenta las entrevistas realizadas a las siguientes clínicas: Hospital Regional 1º. de Octubre del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y la Clínica 49 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La primera atiende a trabajadores del sector público mientras que la segunda presta sus servicios para las empresas privadas (ver anexos de entrevistas a clínicas). Ambas son instituciones oficiales que por su naturaleza atienden a trabajadores de cualquier profesión y son las instancias para calificar dichas enfermedades profesionales en caso de presentarse desde el punto de vista médico legal.
Con base en entrevistas realizadas en las clínicas puedo resumir lo siguiente:
Como se planteó en el capítulo primero el área de medicina laboral estudia el proceso salud-enfermedad de los trabajadores, los riesgos que se relacionen con cualquier actividad laboral y con los especialistas en la materia, ya que son ellos quienes determinan si se trata de una enfermedad profesional. Para ello, es necesario realizar una serie de pruebas y evaluaciones clínicas al trabajador de archivo para encontrar el agente, la relación causal con el agente, la exposición o proceso de trabajos específicos y con relación al ambiente laboral o en labores determinadas que se encuentren dañando la salud del empleado.
Por lo expuesto anteriormente dentro de nuestra profesión aún no hay reconocimiento de las enfermedades profesionales ya que actualmente no hay un gran número de incidencias, pues nosotros mismos no nos preocupamos en lo más mínimo para el cuidado de nuestra salud ya que rara vez nos checamos y no nos imaginamos que podemos contraer una enfermedad profesional causado por agentes que se encuentran en nuestro entorno laboral. Además puede influir el desconocimiento de la profesión, pues si esta no es conocida menos las enfermedades que pueden afectar al gremio. También se cuestionó si se considera que esta profesión tiene riesgos por las actividades que se realizan o por los lugares inapropiados para destinara los archivos.
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Ante esta pregunta me comentaron que no se habían puesto a pensar en los riesgos que conlleva la actividad archivística, pero sí aceptaron que es una profesión riesgosa si no se toman las medidas de prevención e higiene y las condiciones en las que se trabaje pueden causar algún padecimiento o lesión.
Debido a lo anterior se deben llevar a cabo evaluaciones periódicas para evitar los riesgos de trabajo, en este caso en los archivos, revisando principalmente al sitio de trabajo, los instrumentos utilizados, las medidas de prevención que se apliquen así como el equipo de protección personal que se emplee.
Para este caso se debe obtener toda la información sobre las condiciones en las que se lleva a cabo el trabajo: lugar, instrumentos, las condiciones en las que se realiza, las actividades realizadas, la exposición de riesgos. Una vez recogida la información podrán ser analizados los puestos de trabajo y posteriormente tomarse las decisiones sobre las medidas para evitar los riesgos posibles.
Para la aplicación de las evaluaciones debe participar un trabajador de la Secretaría del Trabajo y Prevención Social con especialidad en higiene y por otra parte un representante de la comisión de seguridad e higiene de la empresa.
Respecto a los programas de carácter preventivo cuyo fin específico es abatir la incidencia de enfermedades y accidentes de trabajo en archivo, en la clínica del ISSSTE se señaló que esta institución cuenta con un programa de prevención de riesgos laborales, además mencionaron que en toda institución debe aplicarse, pero desafortunadamente no siempre se ejecuta al 100%.
Dentro del IMSS también se da un programa de prevención laboral, pero además señalan que cada empresa debe implementar o formular medidas preventivas pues al no llevarlas a cabo o tener un índice frecuente de accidentes o en su caso de enfermedades profesionales, sea cual sea su profesión, son sancionadas e incluso pueden ser clausuradas. Por ese motivo la mayoría de las empresas privadas prefieren llevar a sus trabajadores a clínicas privadas con el fin de evitar ser sancionadas.
Como resultado el reconocimiento de las enfermedades profesionales médico-jurídico ante las dos clínicas es un tema desconocido, debido que la profesión del archivista no es conocida por lo que no se han registrado incidencias de trabajadores que hayan sido afectados por causas de agentes que se concentren en sus centros de trabajo. Asimismo se asegura que hace falta difusión acerca de las enfermedades profesionales en general, ya que hay muchos trabajadores que desconocen el tema. Otro aspecto que comentaron es que las empresas privadas prefieren mandar a sus trabajadores a clínicas particulares para deslindar responsabilidades y de este modo no se registren esos riesgos laborales.
Debido a esta falta de interés y de información por los mismos trabajadores de archivo, aún no se ha dado un reconocimiento médico jurídicamente, por lo que es conveniente atacar desde el aspecto laboral y comunicarlo a los empleados y jefes de archivo.
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3.2. El reconocimiento de las enfermedades profesionales del archivista en el