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7. De la sociedad del progreso infinito a la sociedad global del riesgo

7.1. La sociedad del riesgo

El proceso conocido como modernidad se ha finiquitado245. La sociedad globalizada, del conocimiento y de la información y del desarrollo tecnológico implica múltiples posibilidades de opción y, por tanto, los riesgos de error se multiplican. Eso es lo que se conoce como la "sociedad del riesgo246”. Desde la Ilustración se pensaba que el progreso era esa aspiración hacia la mejora constante de la sociedad: “Desde el siglo XVIII en adelante ha cuajado la creencia de que el incremento del conocimiento científico y la emancipación de la humanidad iban de la mano”247. Pero, justamente por el imperativo de la sociedad del riesgo, “la esperanza en el progreso y el desarrollo técnico como factores de disminución del miedo ha demostrado ser falsa” 248. Naturalmente, el progreso tiene, como contrapartida, nuevos peligros desconocidos y, por tanto, nuevas inseguridades tal como indica Beck249: “En la modernidad avanzada, la producción social de riqueza va acompañada sistemáticamente por la producción de los riesgos”. Y añade que “lo nuevo de la sociedad del riesgo mundial es que nuestras decisiones como civilización desatan unos problemas y riesgos globales que contradicen radicalmente (...), la promesa de controlar las catástrofes”. De esta forma, donde antes la sociedad garantizaba el control, ahora, simplemente, hay descontrol. En materia de seguridad

244

Gil Calvo, Enrique. Ob. cit. 2003, p. 27.

245 “La modernidad es una condición única, algo que está en todas partes igual y siempre benigno. a

medida que las sociedades se hacen más modernas, también se hacen más similares. y al mismo tiempo se hacen mejores. Ser moderno significa realizar "nuestros" valores: los valores de la Ilustración...”.Ver: Gray, John. Al Quaeda y lo que significa ser moderno. Barcelona : Paidós, 2004, p. 13.

246 Ver: Beck, Ulrich. Ob. cit. 1986. 247 Gray, John. Ob. cit. 2004, p. 14. 248 Mongardini, Carlo. Ob. cit. 2007, p. 23. 249

Torrente250 ha señalado claramente que en la actualidad el concepto de seguridad se presenta como el contraconcepto de riesgo251.

Esto abre una auténtica nueva perspectiva en materia de seguridad, ya que ahora habrá que tener en cuenta que no hay seguridad absoluta, sencillamente porque no se pueden prever todos los riesgos y aunque (hagamos la hipótesis que) se pudieran prever todos los riesgos, sería inimaginable que se pudieran evitar todos, para todo el mundo, y al mismo tiempo252. En todo caso, lo cierto es que vivimos en una nueva sociedad, que, por efecto de las nuevas tecnologías, se ha convertido en la sociedad del riesgo que, sin embargo, no podemos dejar de mencionar. La ciencia, el brazo armado del progreso, que encaminaba a la humanidad hacía continuas mejoras de la calidad de vida ha dejado de tener esa única vertiente; ahora sabemos que los avances tecnológicos también traen consigo riesgos y pueden comportar daños.

Ello abre la perspectiva actual en materia de seguridad. Pese a vivir en una de las sociedades más seguras de todos los tiempos, de manera que, si bien, determinados riesgos han sido extinguidos para todo el mundo de manera permanente (así ocurre con el caso de determinadas enfermedades que literalmente han desaparecido por los avances científicos), por otro lado, hemos tomado conciencia que no existe la seguridad absoluta, sencillamente porque no se pueden prever todos los riesgos.

Es decir, que para definir la seguridad, no solamente deberemos tener en cuenta las definiciones más habituales sobre lo que es o no seguridad, que de manera habitual incorpora el pequeño delito y el vandalismo. De lo contrario, hará falta, también, tener en cuenta los riesgos, de manera que los poderes públicos deben proteger, también, a los ciudadanos de los riesgos253. Así,

250 Torrente, Diego. Ob. cit. 2001, p. 32.

251 La idea de incorporar los riesgos como nuevo elemento de seguridad, no es nueva en 1988 Ballbé ya la

había introducido: “La seguridad pública tiene en los sistemas democráticos un contenido diferente al mantenimiento del orden en la calle. seguridad es la protección de los bienes jurídicos colectivos y la vigilancia ante los peligros que corren estos bienes. Y estos peligros ya no son únicamente el desorden en la calle, sino las amenazas contra la salud, contra el medio ambiente y, en definitiva, todas las actividades que puedan comportar un daño grave e incluso irreversible para un sector de la sociedad, ya sea en materia de utilización de la energía nuclear, del transporte o de la producción alimentaria, entre otros”. En: Ballbé, Manuel. Ob. cit. 1988.

252 Innerarity, Daniel. Ob. cit. 2004, p. 176. 253

podemos agrupar los riesgos254 en torno a una serie de indicadores tan variopintos, pero tan reales, como los siguientes:

– Riesgo en la red. – Riesgo alimentario. – Riesgo ambiental.

– Riesgo de inseguridad ciudadana. – Riesgo de prevision social.

– Riesgo de incendio.

– Riesgo economico financiero. – Riesgo energético.

– Riesgo general. – Riesgo industrial. – Riesgo laboral.

– Riesgo para la salud; y, finalmente, – Riesgo viario.

Quedarían aún, por evaluar, un último paquete que podríamos denominar riesgos emergentes que serían los agrupables respecto de los fenómenos NIMBY (Not in my back yard). Todos ellos conformarían lo que se ha dado en llamar el “ágora del riesgo”.

Si intentamos cerrar el círculo de los riesgos y su incardinación en el mapa de la seguridad podemos acudir al concepto de seguridad humana que, a partir de siete categorías, define la seguridad de una forma integral, prácticamente

254 Ver la página web de l’Institut d’Estudis de la Seguretat:

cosmogónica. Así, la seguridad humana, que coincidiría con el concepto del PNUD de 1984, se compondría de255: – Seguridad económica. – Seguridad alimentaria. – Seguridad en la salud. – Seguridad ambiental. – Seguridad personal. – Seguridad de la comunidad. – Seguridad política.

Donde mutatis mutandis, la seguridad económica, la seguridad personal y la seguridad comunitaria (si bien estas dos últimas, entiendo que deberían estar más centradas en el ámbito del delito y los actos incívicos) se correspondería con el riesgo para el futuro personal y el riesgo de ruptura social, la seguridad alimentaria y la seguridad en la salud con el riesgo para la salud, la seguridad ambiental con el riesgo ambiental quedando sin correspondencia o con correspondencias indirectas, la seguridad política y los riesgos viarios, laboral y los emergentes que podrían adscribirse a la seguridad personal y de la comunidad.

Específicamente en el campo de la seguridad, Crowe256 vincula el avance del crímen con el de la tecnología, a pesar de que nos recuerda que ésta mejora las condiciones de vida de las personas: “El desafío de la delincuencia a la sociedad cambia con el avance de la civilización, particularmente cuando la tecnología sigue mejorando. El avance de la tecnología lleva consigo más oportunidades y comodidades a la humanidad. Pero introduce nuevas tentaciones para la codicia humana”.

255

Fernández Pereira, Juan Pablo. «Seguridad humana.» Tesis Doctoral, Programa de Doctorado en Seguridad y Prevención, Departamento de Derecho Público y Ciencias Histórico-Jurídicas, Universidad Autónoma de Barcelona. Barcelona, 2005, p. 43.

256 Crowe, Timothy. Crime Prevention Throug Environmental Design. Stoneham, MA (USA):

Es decir, que para definir la seguridad, no sólo deberíamos tener en cuenta las definiciones más habituales sobre lo que es o no seguridad, que de manera habitual incorpora el pequeño delito y el vandalismo. Además, hay que incluir los riesgos, de manera que los poderes públicos deben proteger, también, los ciudadanos de los riesgos257. A más factores de inseguridad, mayor percepción de inseguridad. Este proceso se ha definido como una “etapa crítica necesaria que hay que atravesar” 258 pero que se superará259. O dicho de otro modo, que si bien es cierto que el progreso crea riesgos, no lo es menos que también el progreso, hasta ahora, ha sido capaz de conjurarlos. Si bien ello puede ser cierto, no lo es menos que todo proceso de superación es traumático y que nunca como antes se había puesto en peligro la existencia misma del planeta por la explotación ecológica a la que la humanidad le está sometiendo.

Sin embargo, la tesis de Beck no sería completamente nueva. Descontando que como se encarga de recordarnos Esteve Pardo260, el Derecho Romano ya tenía previsiones sobre la incertidumbre. Mary Douglas261 habría publicado con anterioridad la monografía “La aceptabilidad del riesgo según las ciencias sociales”, publicada originalmente un año antes (1985) de la obra de Beck (1986). Douglas pone de relieve un concepto interesante que es el de la percepción social del riesgo, con el que coincidiría con Beck, según se encarga de señalarnos Montenegro262. Siendo ello así, la teoría de la sociedad del riesgo, pese a ser posterior en el tiempo, tendría un vínculo fundamental con la teoría criminológica que nos encargaremos de analizar en la siguiente parte de la obra, la Broken Windows Theory. Las dos tienen en común resaltar la importancia de la percepción, en un caso, del riesgo y, en el otro, del delito.

257 Quien escribe estas páginas ya había defendido esta tesis algunos años antes, concretamente el 20 de

marzo de 2003 (fecha, por otro lado, del inicio de la llamada “segunda guerra de Irak” lo que motivó una asistencia de público repartida entre parientes y amigos, ya que la hora en la que se dictó la conferencia coincidió con una convocatoria de una manifestación unitaria de partidos y sindicatos contra la guerra), en una conferencia en la sede del Institut d'Estudis Catalans bajo el título "Las tres paradojas de la seguridad".

258 Castel, Robert. Ob. cit. 2004, p. 15. 259

“De hecho, la historia humana está jalonada por acontecimientos semejantes (...). Pero siempre, cómo respuesta a tanto desastre, los seres humanos lograron sobrevivir (...) gracias al conocimiento experimental”. En: Gil Calvo, Enrique. Ob. cit. 2003, p. 29.

260 Esteve Pardo, José. «El Derecho al Medio Ambiente como Derecho de Regulación y Gestión de

Riesgos.» En Estudios de Derecho Ambiental Europeo, de García Ureta (Coordinador), 45-61. Pamplona (Iruña): LETE, 2005.

261 Ver: Douglas, Mary. La aceptabilidad del riesgo según las ciencias sociales. Barcelona: Paidós, 1996. 262 Montenegro, Sílvia. «La sociología de la sociedad del riesgo: Ulrich Beck y sus críticos.» Pampa.