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Véase T H Marshall, 195, en el que se reproduce el texto original de 1949.

In document SECCIÓN DE OBRAS DE SOCIOLOGÍA (página 32-34)

L a base de las ideas que se desarrollan en este traba-

6 Véase T H Marshall, 195, en el que se reproduce el texto original de 1949.

ciudadanía. Hace viable que los derechos “se realicen”, pero la condición necesaria para ello es que la democracia tenga poder para ordenar el poder asimétrico en la sociedad.

Así, la democracia es una forma de organización del poder en la sociedad con

el objetivo de ampliar la ciudadanía, evitar o limitar la dominación de individuos o grupos que impidan este objetivo y lograr la perdurabilidad de la organización democrática. Regula las relaciones entre individuos, organizaciones y Estado de acuer- do con normas emanadas de la voluntad popular y procedimientos democráticos. En el ejercicio de ese poder el Estado es una pieza vital. Una democracia con un Estado ana- crónico, inei ciente e inei caz no puede resolver las carencias que la debilitan.

La organización democrática del poder posee, en este sentido, tres rasgos que se vinculan de manera estrecha con su legitimidad:

■ Su origen en la soberanía popular expresada mediante procesos electorales perió- dicos, libres y transparentes. La democracia parte de la idea de que el poder descan- sa en el pueblo y que su ejercicio sólo es delegado. Lo que implica un mandato, capacidad para ser controlado y la posibilidad de alternancia y periodicidad de los mandatos.

■ Su ejercicio, organizado a través de las instituciones republicanas de gobierno y normado en el Estado democrático de derecho, se rei ere a cómo se toman las deci- siones para formular las políticas públicas y las normas.

[…] comenzaré proponiendo una división de la ciudadanía en tres partes o elementos, civil, política y social. El elemento civil se compone de los derechos para la libertad individual: libertad de la persona, de expre- sión, de pensamiento, y religión, derecho a la propiedad y a establecer contratos válidos y derecho a la justicia. Este último es de índo- le distinta a los restantes, porque se trata del derecho a defender y hacer valer el conjun- to de los derechos de una persona en igual- dad con los demás mediante los debidos procedimientos legales. Esto nos enseña que las instituciones directamente relacionadas con los derechos civiles son los tribunales de

justicia. Por elemento político entiendo el derecho a participar en el ejercicio del poder político como miembro de un cuerpo inves- tido de autoridad política o como elector de sus miembros. Las instituciones correspon- dientes son el parlamento y las juntas de gobierno local. El elemento social abarca todo el espectro, desde el derecho a la segu- ridad y a un mínimo de bienestar económi- co, al de compartir plenamente la herencia social y vivir la vida de un ser civilizado con- forme a los estándares predominantes en la sociedad. Las instituciones directamente relacionadas son, en este caso, el sistema educativo y los servicios sociales.

RECUADRO 1.1

Las tres dimensiones de la ciudadanía

Fuente: T. H. Marshall, “Citizenship and Social Class”, en T. H. Marshall (comp.), Class, Citizenship and Social Development, Doubleday, Nueva York-Garden City, 1965, pp. 22 y 23, donde se reproduce el texto original de 1949.

“Los ciudadanos y las ciudadanas no [deben ser] entendidos como receptáculos de dere- chos sino como actores fundamentales de la democracia. […] Los sectores excluidos son un llamado a repensar el pacto so - cial.” (Representante de osc de Costa Rica, 16/11/09.)

“[Es necesario] pasar de las democracias instrumentales, que se centran sólo en las elecciones, hacia una democracia sustanti- va, basada en el cumplimiento de los dere- chos, más vividos y no solamente derechos negados que sólo están escritos y no tienen ningún ejercicio.” (Representante de osc 2 de El Salvador, 18/03/10; cita aproximada.) “La construcción de ciudadanía es una cons- trucción cotidiana, no simplemente un lla- mado cada cinco años o cada vez que hay elecciones. Así no se construye la ciudadanía: se construye un clientelismo que sabemos es muy costoso al Estado.” (Representante de la Federación de osc de Paraguay, 26/10/09.) “Participan más electores, pero no son ciu- dadanos. El problema es cómo convertir al elector en ciudadano. Ampliar la ciudada- nía no es aumentar el número de los que votan, sino, entre otras cosas, hacer que el ciudadano que vota tenga una presencia más permanente en el escenario político nacional.” (Académico de Guatemala 1, 10/11/09.)

“El concepto de ciudadanía tal como fue formulado en los siglos xviii, xix e incluso xx ya no está expresando los complejos pro- blemas políticos actuales, por lo menos en Bolivia. […] Es un concepto que es necesario construir y reconstruir permanentemente. […] La experiencia boliviana nos enseña algunas cosas importantes: la primera es que no basta con las leyes. Tenemos una nueva constitución política en la cual se han inscrito cerca de cien artículos sobre dere- chos. […] Sin embargo, ¿cómo hacemos para que el Estado efectivamente pueda garanti-

zar su cumplimiento? Pero no podemos pensar la ciudadanía solamente desde el punto de vista del Estado: hay que pensar la ciudadanía desde el punto de vista de los ciudadanos, de la propia sociedad civil.” (Investigador de Bolivia 2, 10/03/10.)

“En México construimos ciudadanía me- diante la construcción de electores. Sin em- bargo, el sujeto de la democracia son los ciu dadanos y ciudadanas. […] El pacto so- cial fundado en el cumplimiento de los dere- chos no está funcionando. En México no hemos logrado hacer una reforma constitu- cional donde se incluya el concepto de dere- chos humanos. En otras constituciones de la región se ha avanzado de manera signii cati- va en eso, pero no se ha traducido en política pública que garantice el cumplimiento de los derechos.” (Experto mexicano en temas de ddhh, 22/03/10; cita aproximada.)

“Más que ciudadanos, [el libremercado] ha generado consumidores. Y los consumido- res resuelven sus problemas solos; a diferen- cia de los ciudadanos, que los resuelven en comunidad. […] [El terremoto ocurri- do en Chile mostró] la diferencia que hay entre una comunidad organizada, consoli- dada, para resolver sus problemas, frente a una comunidad totalmente fragmentada.” (Vicepresidenta de un partido político de Chile, 27/04/10.)

“Resulta pertinente establecer la diferencia entre el ciudadano de la democracia liberal —que se limita, cuando puede, a exigir el respeto y reconocimiento a sus derechos y deberes y se sumerge en la individuali- dad proclive al egoísmo y la insolidaridad— y el ciudadano republicano que […] es consciente de que el orden social al que pertenece no está dado y se puede cambiar para bien, y [por lo tanto] no permanece inerte sino que se involucra responsable y racionalmente.” (Académico colombiano 2; comentario escrito.)

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