OPERACIONES VITALES Y REINOS DE LOS VIVIENTES
Definición 23: La voluntad es la facultad racional, por lo tanto espiritual, mediante la cual el
hombre desea alcanzar determinados fines conscientes u ―objetivos,‖ y mediante la cual controla el ejercicio efectivo de todas sus facultades, tanto intelectivas, cuanto sensibles y motoras, en
vista de alcanzar efectivamente estos objetivos. Estos objetivos deseados y buscados por el
hombre mediante su voluntad son de dos tipos:
1. El fin natural ―último‖ al cual todo hombre, en cuanto ente racional, está determinado por naturaleza, es decir, aquel fin que todo hombre ―no puede no querer.‖ Este fin consiste en la auténtica y perfecta felicidad del hombre mismo, es decir, en la realización de sí según la plenitud de todos los componentes de su naturaleza personal: física y espiritual, individual y relacional.
179 acciones como medios para alcanzar el fin ―último.‖
Si es, en efecto, mediante el intelecto que el hombre alcanza la consciencia de su propia emotividad, es mediante la voluntad que decide si se deja dominar por la emotividad y/o instintividad, o bien, si domina esta instintividad integrándola en actos libres finalizados a alcanzar objetivos superiores conocidos y definidos por su intelecto. El efectivo ejercicio del acto libre está, por lo tanto, intrínsecamente ligado a la fuerza de la voluntad. Un componente esencial, pero con frecuencia olvidado, que hay que tener presente cuando se habla de la
moralidad efectiva de un acto. Regresaremos al punto cuando tratemos la delicada relación entre
intelecto y voluntad en el ejercicio concreto del acto libre (cf. § 5.3.1. y § 5.3.2).
En la deliberación, como primer componente del acto libre, por lo tanto, una voluntad ―fuerte‖ ejercita un control sobre la instintividad. Tal control le permite, ante todo, a la cogitativa desarrollar su tarea de una valoración afectiva desde múltiples puntos de vista del objeto. Y aquí emerge una primera esencial diferencia entre el hombre y el animal. Por ejemplo, en el clásico ejemplo del cordero que ve al lobo, la estimativa del animal (cf. § 4.2.3), juzgando instintivamente nocivo al lobo, produce ―automáticamente‖ y, por lo tanto, inconscientemente, la respuesta también instintiva de la fuga. En el hombre, la análoga valoración y respuesta instintiva, dado que es hecha consciente por el intelecto, puede producir el control por parte de la voluntad sobre el propio instinto de miedo, de manera que el hombre comienza a ―deliberar,‖ ante todo sometiendo el objeto a valoraciones instintivas de sentido opuesto, e.g., de tipo agresivo contra el lobo. Es obvio que a este primer nivel de la deliberación pueden tener un rol esencial también los diversos condicionamientos individuales y culturales, conservados en la memoria del hombre y dependientes, sea de las pasadas acciones del individuo (un individuo habituado a ceder a determinados instintos, es más fácilmente llevado a ceder inmediatamente), sea por una excesiva solicitación de determinados instintos (e.g., en nuestra situación socio- cultural, la excesiva solicitación de estos instintos por obra de los medios de comunicación social). La acción de la voluntad en la deliberación y en la elección final de la acción a realizar puede ser, por lo tanto, más o menos fuertemente condicionada por todos estos componentes, presentes en el componente psicofísico del actuar humano.
Por eso, para hacer posible una auténtica deliberación, es fundamental el concurso de las operaciones del intelecto, para que la deliberación se convierta en una verdadera y propia ―liberación de‖ estos condicionamientos en la valoración del objeto y/o de la acción a realizar respecto a este objeto, a fin que la elección del objeto y/o de la acción a realizar se convierta en un acto verdaderamente ―humano.‖ En tal sentido, las múltiples valoraciones particulares, emotivo-instintivas del objeto que obra la cogitativa, preparan el segundo momento del ejercicio del acto libre, el momento del juicio, donde se obra el discernimiento entre todas estas posibles valoraciones particulares y contingentes (es decir, dependientes del condicionamiento de la situación) del objeto y/o de la acción a realizar, que la cogitativa ofrece, abriéndolas a consideraciones racionales de tipo universal en vista de la elección.
5.2.2.3. El juicio
Como la deliberación se da esencialmente al nivel de la cogitativa, si bien a la luz de la consciencia intelectual y del control voluntario de los propios actos, el juicio, como el término
180 mismo expresa, se da esencialmente al nivel del intelecto. No obstante, la relación con las otras dos facultades, la voluntad y la cogitativa, es estrechísima. La relación del intelecto con la voluntad es fundamental en el juicio, sea al inicio que al término del juicio mismo. Es fundamental al inicio porque depende de la voluntad el ejercicio o no-ejercicio por parte del intelecto de toda aquella reflexión racional que la filosofía escolástica definía como ―consejo‖ (consilium) y que precede el juicio práctico realizado por el mismo intelecto sobre cual deba ser el acto a efectivamente realizar. Una voluntad que cediera a la instintividad reduciría al mínimo la operación intelectiva del juicio sobre la ―bondad‖ del objeto y/o del acto a cumplir y, por lo tanto, reduciría al mínimo la libertad del acto mismo: ¡el hombre elegiría ser esclavo de los propios condicionamientos y/o pasiones (cf. § 5.3.4)! Pero, también, el intelecto está ligado a la voluntad al término de la operación del juicio, porque el juicio práctico sobre cual deba ser el acto a realizarse es propuesta a la voluntad misma para que efectivamente lo elija. Una cosa, en efecto, es saber cuál es el ―bien‖ a realizar y cuál es el acto que me permitiría en concreto realizarlo, otra cosa es tener luego la fuerza de voluntad para elegir realizar efectivamente ese acto. El intelecto en el juicio está, además, estrechamente ligado a la cogitativa, como ya hemos dicho, sea al inicio que al término del juicio mismo. Al inicio, porque los datos perceptivos del problema sobre los cuales el intelecto realiza su reflexión racional que prepara la formulación del
juicio práctico sobre cuál acción se deba cumplir, son datos abstraídos por el intelecto agente a
partir de las diversas valoraciones afectivas ―instintivas‖ realizadas en los sentidos (en la cogitativa). Al término, porque el juicio realizado por el intelecto, siendo un juicio práctico, es decir, que tiene que ver con la decisión sobre cuál es la singular acción a cumplir por parte del hombre mismo y que la voluntad debe tener la fuerza de elegir, involucra directamente las facultades motoras del individuo, sobre las cuales la cogitativa, localizada, como sabemos, en las estructuras más profundas del cerebro, ejercita, de hecho, el control a nivel neurofisiológico (cf. § 4.2.3, Figura 12). La voluntad, en fin, ―elige‖ realizar aquel acto que el intelecto ha juzgado ser el apropiado, determinando formalmente (ordenando) el acto de la cogitativa que a su vez determina formalmente (ordena) los actos de las facultades motoras, a través de los complejos esquemas neurofisiológicos de control que hemos delineado en el capítulo precedente.
Aclarada así la relación entre las tres facultades del intelecto, de la cogitativa y de la voluntad respecto al juicio práctico realizado por el intelecto mismo en el ejercicio del acto libre, veamos brevemente en qué consiste tal juicio.