Prescripciones de las materias de
servicio
Todas las series comerciales de MTU
(a excepción de las series 1000 - 1600, 1800), DDC S60 Off-Highway
y motores de dos tiempos
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Índice
1 Prólogo
1.1 Generalidades 5
2 Productos lubricantes para motores de cuatro tiempos
2.1 Aceites de motor 7
2.2 Colorantes fluorescentes para detección de
fugas en el circuito de aceite lubricante 16
2.3 Grasas lubricantes 17
3 Lubricantes para motores de gas
3.1 Aceites de motor 18
4 Lubricantes para motores de dos tiempos
4.1 Aceites para motores 20
5 Líquidos refrigerantes
5.1 Generalidades 23
5.2 Materiales inapropiados en el circuito de
líquido refrigerante 26
5.3 Requerimientos al agua fresca 27
5.4 Aceites anticorrosivos emulsionables 29
5.5 Anticongelantes 31
5.6 Líquido refrigerante sin anticongelante 33
5.7 Vigilancia del servicio 34
5.8 Valores límite para líquidos refrigerantes 38
5.9 Estabilidad de almacenaje de los
concentrados de líquido refrigerante 39
5.10 Aditivos colorantes para el reconocimiento de fugas en el circuito de líquido
refrigerante 41
6 Combustibles
6.1 Combustibles diesel - Generalidades 42
6.2 Autorización de combustibles para series
específicas de motores MTU 47
6.2.1 Combustibles destilados según DIN EN590 y
ASTM D975 47
6.2.2 British Standard 54 6.2.3 Aceite combustible 56 6.2.4 Combustibles de destilación de la marina
conformes a ISO 8217:2013-12 61 6.2.5 Combustibles para turbopropulsores 66 6.2.6 Combustibles diesel de la OTAN (NATO) 68 6.2.7 Combustible diesel parafínico según DIN EN
15940 82
6.2.8 Combustible diesel B20 83
6.3 Combustibles diesel para motores con tratamiento posterior de gases de escape
(AGN) 88
6.4 Biodiesel - Mezcla de biodiesel 90
6.5 Aceite combustible EL 93
6.6 Aditivos para el combustible 94
6.7 Materiales inapropiados en el circuito de
combustible diésel 97
6.8 Materiales combustibles para motores de
gas 98
7 Agente reductor de NOx - AUS 32 - para instalaciones SCR de tratamiento posterior de gases de escape
7.1 Generalidades 108
8 Aceites de motor y grasas lubricantes autorizados
8.1 Aceites de motor para motores de cuatro
tiempos 110
8.1.1 Utilización de aceites de motor de la categoría de aceites MTU 1 en series específicas 110 8.1.2 Aceites monogrado - Categoría 1 de las clases
SAE 30 y 40 para motores diesel 112 8.1.3 Aceites multigrado - Categoría 1 de las clases
SAE 10W-40 y 15W-40 para motores diesel 113 8.1.4 Utilización de aceites de motor de la categoría
de aceites MTU 2 y 2.1 (Low Saps) en series
específicas 114
8.1.5 Aceites monogrado - Categoría 2 de las clases SAE 30 y 40 para motores Diesel 117 8.1.6 Aceites multigrado – Categoría 2 de las clases
SAE 10W-40, 15W-40 y 20W-40 para motores
diesel 120
8.1.7 Aceites multigrado – Categoría 2.1 (aceites
Low SAPS) 128
8.1.8 Utilización de aceites de motor de la categoría de aceites MTU 3 y 3.1 (Low Saps) en series
específicas 131
8.1.9 Aceites multigrado – Categoría 3 de las clases SAE 5W-30, 5W-40 y 10W-40 para motores
diesel 133
8.1.10 Aceites multigrado - Categoría 3.1 (aceites Low
SAPS) 137
8.2 Aceites de motor para motores de gas 141
8.2.1 Utilización de aceites de motor de la clase SAE 40 en series específicas 141
A001061/37S 2016-12 | Índice | 3
8.3 Aceites de motor para motores de dos
tiempos 143
8.3.1 Ulilización de aceites para motores de dos
tiempos en series específicas 143 8.3.2 Aceites de motor para motores de dos tiempos 144
8.4 Grasas lubricantes 145
8.4.1 Grasas lubricantes para aplicaciones generales 145
9 Líquidos refrigerantes autorizados 9.1 Utilización de aditivos de líquido
refrigerante en aplicaciones y series
específicas 146
9.2 Aceites de protección anticorrosiva
emulsionables 155
9.3 Líquido refrigerante sin anticongelante para sistemas de refrigeración que contengan
metales ligeros 156
9.3.1 Líquido refrigerante sin anticongelante – Concentrados para sistemas refrigerantes que contengan metales ligeros 156 9.3.2 Líquido refrigerante sin anticongelante –
Mezclas prefabricadas para sistemas de
refrigeración que contengan metales ligeros 157
9.4 Líquido refrigerante sin anticongelante para sistemas de refrigeración que no contengan
metales ligeros 158
9.4.1 Líquido refrigerante sin anticongelante – Concentrados para sistemas refrigerantes que no contengan metales ligeros 158 9.4.2 Líquido refrigerante sin anticongelante –
Mezclas prefabricadas para sistemas
refrigerantes que no contengan metales ligeros 160
9.5 Agente anticongelante para sistemas de
refrigeración que contengan metales ligeros 161
9.5.1 Agente anticongelante – Concentrados para sistemas de refrigeración que contengan
metales ligeros 161
9.5.2 Agente anticongelante – Concentrados para
aplicaciones especiales 164 9.5.3 Agente anticongelante – Mezclas
prefabricadas para sistemas de refrigeración que contengan metales ligeros 165
9.6 Agente anticongelante para sistemas de refrigeración que no contengan metales
ligeros 167
9.6.1 Agente anticongelante – Concentrados para sistemas de refrigeración que no contengan
metales ligeros 167
9.6.2 Agente anticongelante – Concentrados para
9.7 Aditivos del líquido refrigerante para
motores de las series 60 174
9.7.1 Agente anticongelante – Concentrados para
motores de la serie 60 174 9.7.2 Agente anticongelante – Mezclas
prefabricadas para motores de la serie 60 176 9.7.3 Líquido refrigerante sin anticongelante –
Concentrados para motores de la serie 60 178 9.7.4 Líquido refrigerante sin anticongelante –
Mezclas prefabricadas para motores de la serie
60 179
9.8 Aditivos del líquido refrigerante para
motores de dos tiempos 180
9.8.1 Agente anticongelante – Concentrados para
motores de dos tiempos 180 9.8.2 Agente anticongelante – Mezclas
prefabricadas para motores de dos tiempos 182 9.8.3 Líquido refrigerante sin anticongelante –
Concentrados para mototres de dos tiempos 184 9.8.4 Líquido refrigerante sin anticongelante –
Mezclas prefabricadas para mototres de dos
tiempos 185
9.9 Aditivos para el líquido refrigerante para
todas las series 186
9.9.1 Agente anticongelante – Concentrados basados en glicol etilénico para series que
contengan y que no contengan metales ligeros 186 9.9.2 Agente anticongelante – Mezcla prefabricada
basada en glicol propénico para series que no contengan metales ligeros 187
10 Prescripciones de enjuague y limpieza para circuitos de líquido refrigerante del motor
10.1 Generalidades 188
10.2 Productos de limpieza autorizados 189
10.3 Enjuague de los circuitos de líquido
refrigerante del motor 190
10.4 Limpieza de los circuitos de líquido
refrigerante del motor 191
10.5 Limpiar los grupos constructivos 192
10.6 Circuito de refrigeración con infestación de
bacterias, fermentos, hongos 193
11 Resumen de modificaciones
11.1 Resumen de modificaciones de la versión
A001061/36 a la A001061/37 194
12 Anexo A
1 Prólogo
1.1 Generalidades
Símbolos y medios de presentación empleados
Deben tenerse en cuenta las siguientes instrucciones resaltadas en el texto:
Este símbolo remite a instrucciones, trabajos y actividades que deben respetarse para evitar peligros para las personas, y daños o destrucción de materiales.
Nota:
Una nota informa sobre cuándo debe tenerse algo especialmente en cuenta al efectuar un trabajo.
Sustancias de servicio
La vida útil, la seguridad de servicio y el funcionamiento de las plantas propulsoras dependen en gran medi-da de las sustancias de servicio empleados. Por esta razón, la elección correcta y el cuimedi-dado adecuado de las sustancias de servicio son extraordinariamente importantes. Están fijados en estas prescripciones sobre sus-tancias de servicio.
Norma de control Denominación
DIN Deutsches Institut für Normung (Instituto alemán de normalización)
EN Europäische Normung (Normalización europea)
ISO Norma internacional
ASTM American Society for Testing and Materials
IP Institute of Petroleum
DVGW Deutscher Verein des Gas- und Wasserfaches e.V. (asociación alemana del sector de gas y agua)
Cuadro 1: Normas de ensayo de las sustancias de servicio:
Actualidad de la presente documentación
Las prescripciones sobre sustancias de servicio se modifican o complementan en caso de necesidad. Asegu-rarse antes del uso de que se dispone de la versión más actual. La versión más actual está disponible bajo: http://www.mtu-online.com/mtu/technische-info/betriebsstoffvorschriften/index.de.html
Si tiene preguntas, su persona de contacto en MTU le ayudará.
Prestación de garantía
El empleo de sustancias de servicio autorizadas, bien de acuerdo con su denominación o con su especifica-ción indicada, es parte integrante de las condiciones de garantía.
El proveedor de las sustancias de servicio se hace responsable de que la calidad de los productos menciona-dos sea permanente a escala universal.
Las sustancias de servicio para plantas propulsoras pueden ser sustancias peligrosas. Para su manejo, así como en el almacenamiento y en la eliminación de residuos de dichas sustancias, hay que atenerse a ciertas reglas.
A001061/37S 2016-12 | Prólogo | 5
Estas normas están basadas en los datos del fabricante, como son las hojas de especificaciones de seguri-dad específicas del producto, las disposiciones legales y los reglamentos técnicos vigentes en el respectivo país. Debido a que entre los distintos países pueden existir diferencias importantes, no es posible indicar con carácter de validez general en el marco de estas prescripciones sobre sustancias de servicio, qué nor-mas deben tenerse en cuenta.
El usuario de las sustancias aquí indicadas está obligado por ello a informarse personalmente sobre las dis-posiciones vigentes. MTU no asume responsabilidad alguna en caso de un empleo indebido o ilegítimo de las sustancias de servicio autorizadas.
Conservación
Encontrará toda la información sobre la conservación, la conservación posterior y deconservación, incluidas las sustancias de conservación autorizadas, en las normas para la conservación y la conservación poste-rior MTU (n.º de publicación A001070/...). La versión más actual está disponible bajo:
http://www.mtu-online.com/mtu/technische-info/konservierungs-und-nachkonservierungsvorschrift/ index.de.html
2 Productos lubricantes para motores de cuatro
tiempos
2.1 Aceites de motor
¡Los residuos de las sustancias de servicio deben ser eliminados conforme a las normas vigentes en el lugar de empleo!
¡Los aceites usados no deben eliminarse a través del motor de combustión interna!
Requisitos de autorización de MTU para aceites de motor
Las condiciones MTU para la autorización de aceites destinados a motores diesel están fijadas en la norma MTU MTL 5044, para aceite utilizado en el período inicial de funcionamiento y aceite anticorrosivo, en la ma MTL 5051, para motores de gas, en la norma MTU MTL 5074, y para motores de dos tiempos en la nor-ma MTU MTL 5111, y se pueden obtener con estos números.
La autorización de un aceite para motores se confirma por escrito al fabricante.
Los aceites autorizados para motores diesel están subdivididos en los siguientes grupos de calidad MTU: • Categoría de aceite 1: nivel normal de calidad / aceites monogrado y multigrado
• Categoría de aceite 2: nivel elevado de calidad / aceites monogrado y multigrado
• Categoría de aceite 2.1: aceites multigrado de contenido bajo de aditivos que producen cenizas (aceites Low SAPS)
• Categoría de aceite 3: nivel máximo de calidad / aceites multigrado
• Categoría de aceite 3.1: aceites multigrado de contenido bajo de aditivos que producen cenizas (aceites Low SAPS)
Los aceites “low saps” tienen un bajo contenido en azufre y fósforo y un contenido inferior a ≤1 % en aditivos generadores de cenizas.
Su empleo está únicamente autorizado si el contenido de azufre en el combustible no sobrepasa los 50 mg/kg. Si se usan filtros de partículas diesel, es conveniente usar estos aceites para evitar que los filtros queden bloqueados rápidamente por partículas de ceniza.
La elección de un aceite para motores adecuado depende de la calidad del combustible, del tiempo de servi-cio previsto del aceite y de las condiservi-ciones climáticas en el lugar de aplicación. En la actualidad no existe ninguna norma industrial internacional que tenga en cuenta, por si sola, todos estos criterios.
El uso de aceites de motor que no estén autorizados por MTU puede llevar a que no se cumplan los valores límite para emisiones determinados legalmente. Esto puede ser pu-nible.
¡Por regla general no está permitido mezclar aceites de motor!
Al efectuar un cambio del aceite del motor puede efectuarse un cambio de la clase de aceite y rellenar otro aceite del motor autorizado. El volumen residual de aceite que per-manece en el circuito del motor después de vaciar el aceite usado carece de significado. Este procedimiento también es válido para los aceites de motor MTU de Europa, Oriente Medio, África, América y Asia.
Téngase en cuenta que al cambiar a un aceite de la categoría 3 y debido al mejor efecto limpiador de estos aceites puede darse un desprendimiento de residuos del motor (p. ej. capas de carbonilla de aceite).
Por esta causa ha de reducirse en caso necesario el intervalo del cambio de aceite y el periodo de servicio del filtro de aceite (una sola vez en el cambio).
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Particularidades
Aceites para motores diesel de MTU
MTU ofrece los siguientes aceites monogrado y multigrado en cada una de las regiones:
Fabricante y área de distribución
Denominación del produc-to
Clase SAE Catego-ría de aceite
Número identificativo del producto MTU Friedrichsha-fen Europa Oriente Medio África
Diesel Engine Oil DEO SAE 15W-40 15W-40 2 Bidón 20 l: X00070830 Barril 210 l: X00070832 IBC: X00070833 Mercancía a granel: X00070835 (sólo a demanda)
Power Guard® DEO SAE 40 40 2 Bidón 20 l: X00062816
Barril 210 l: X00062817 IBC: X00064829 MTU América
América Power Guard
® SAE 15W-40
Off Highway Heavy Duty
15W-40 2.1 5 galones: 800133
55 galones: 800134 IBC: 800135 Power Guard® SAE 40 Off
Highway Heavy Duty
40 2 5 galones: 23532941
55 galones: 23532942 MTU Asia
Asia
Diesel Engine Oil DEO SAE 15-W40
15W-40 2 Bidón 18 l: 64247/P
Barril 200 l: 65151/D MTU Asia
China
Diesel Engine Oil - DEO 15W-40
15W-40 2 Bidón 20 l: 64242/P
Barril 205 l: 65151/D Diesel Engine Oil - DEO
10W-40
10W-40 2 Bidón 20 l: 60606/P
Diesel Engine Oil - DEO 5W-30
5W-30 3 Bidón 20 l: 60808/P
MTU Asia Indonesia
Diesel Engine Oil - DEO 15W-40
15W-40 2 Bidón 20 l: 64242/P
Barril 205 l: 65151/D MTU India Pvt. Ltd.
India
Diesel Engine Oil - DEO 15W-40
15W-40 2 Bidón 20 l: 63333/P
Barril 205 l: 65151/P
Diesel Engine Oil - DEO 40 40 2 Bidón 20 l: 73333/P
Barril 205 l: 75151/D
Cuadro 2:
Restricciones de empleo en las series 2000 y 4000 Serie 2000: Cx6, Gx6, Gx7, Mx6, M84, M94, Sx6
Serie 4000: M73-M93L, N43 y N83, 4000-03 Genset (Grupo de aplicación 3F, 3G, 3H), 4000-04 C&I, 4000-05 C&I, 4000-04 Marine, 4000-04 Rail, 4000-05 Genset, 4000-04 Oil&Gas, 4000-05 Oil&Gas
Restricciones de empleo en la serie 2000 M72
¡No deben utilizarse Mobil Delvac 1630/1640 ni Power Guard® SAE 40 Off-Highway
Heavy Duty!
Limitaciones en las aplicaciones de la serie 4000 C, R, T
¡En los motores de las series 4000 C64, T94, T94L sólo pueden usarse aceites de motor de la categoría de aceite 3 ó 3.1 de las clases SAE 5W-40 ó 10W-40!
Excepciones:
• En la serie 4000 T también puede utilizarse Chevron Delo 400 LE SAE 15W-40 (cate-goría de aceite 2.1).
• En la serie 4000 C también se puede utilizar Fleet Supreme EC SAE 15W-40 (catego-ría de aceite 2.1).
¡En los motores de las series 4000 R64, R74 y R84 sólo pueden usarse aceites de motor de la categoría de aceite 3.1 de las clases SAE 5W-40 ó 10W-40!
¡El periodo máximo de servicio del aceite es de 1000 horas de servicio bajo cumplimien-to de los valores analíticos límite para aceites usados!
Limitaciones en las aplicaciones de la serie 8000
Deben utilizarse solamente los aceites de motor citados a continuación: • Castrol HLX SAE 30 / SAE 40
• Chevron Delo 400 SAE 30 / SAE 40 • Exxon Mobil Delvac 1630 SAE 30 • Exxon Mobil Delvac 1640 SAE 40
• PowerGuard® SAE 40 Off-Highway Heavy Duty (número identificativo del producto: 5
galones 23532941; 55 galones 23532942) • Shell Sirius X SAE 30 / SAE 40
¡Los aceites de motor de la clase SAE 40 pueden utilizarse sólo en combinación con pre-calentamiento y prelubrificación (Taceite > 30 °C)!
Restricciones de empleo en la serie S60
Sólo pueden utilizarse aceites multigrado de la clase SAE 15W-40 que estén identifica-dos con el índice 2).
El periodo máximo de servicio del aceite es de 250 horas de servicio o 1 año. Limitaciones en el uso de aceites Low Saps
¡Las categorías de aceite 2.1 y 3.1 pueden utilizarse si el contenido de azufre en el com-bustible no sobrepasa los 50 mg/kg!
Restricciones de empleo en las series 595 y 1163
¡Para transbordadores comerciales rápidos con motores de las series 595 y 1163 se prescriben en general aceites de la categoría 2 ó 3!
A001061/37S 2016-12 | Productos lubricantes para motores de cuatro tiempos | 9
Restricciones de empleo en las series 956 TB31 / TB32 / TB33 / TB34 y 1163 TB32
Por lo general, no están autorizados los aceites de motor de las categorías de aceite 1, 2.1 y 3.1.
Para los motores de las series 956 TB 31, TB 32, TB 33, TB 34 para aplicaciones en centrales nucleares y para la serie 1163-02 TB32 sólo están autorizados los siguientes aceites de motor.
Serie Categoría de aceite 2, aceite monovalente
Categoría de aceite 2, aceite multigrado
Categoría de aceite 3
956 TB 31 Power Guard® SAE 40
Off-Highway Heavy Duty Mobil Delvac 1630 Mobil Delvac 1640
Sin habilitación Shell Rimula R6 MS SAE 10W-40
956 TB 32 Power Guard® SAE 40
Off-Highway Heavy Duty Mobil Delvac 1640
Sin habilitación Shell Rimula R6 MS SAE 10W-40
956 TB 33
Ɛ = 9 Power Guard
® SAE 40
Off-Highway Heavy Duty Mobil Delvac 1640
Sin habilitación Shell Rimula R6 MS SAE 10W-40
956 TB 33
Ɛ = 12 Power Guard
® SAE 40
Off-Highway Heavy Duty Mobil Delvac 1640 Shell Sirius X 30
Lukoil Avantgarde Ultra NP 15W40
Shell Rimula R6 MS SAE 10W-40
956 TB 34 Power Guard® SAE 40
Off-Highway Heavy Duty Mobil Delvac 1640 Shell Sirius X 30
Lukoil Avantgarde Ultra NP 15W40
Shell Rimula R6 MS SAE 10W-40
1163-02 TB 32 Suministro eléctrico de emergencia, Genset
Power Guard® SAE 40
Off-Highway Heavy Duty Mobil Delvac 1640 Shell Sirius X 30
Sin habilitación Shell Rimula R6 MS SAE 10W-40
Cuadro 3:
Autorizaciones de aceites de motor a petición del cliente para aplicaciones de las series 956 TB 31, TB32, TB33, TB34
El aceite de motor debe disponer de una autorización de MTU válida según MTL 5044 y tener un nivel de calidad equivalente a la categoría de aceite 2 o 3.
Para la aprobación del cliente se requiere una prueba de motor en las siguientes condiciones. Prueba de un cilindro 50 horas, en caso de un resultado positivo debe realizarse una prueba de motor como se describe a continuación:
• Tiempo de funcionamiento del motor con aceite específico: mín. 50 horas (al menos 30 de las cuales al 100% de potencia)
• A continuación, diagnóstico por endoscopia de las cámaras de combustión.
• Desmontaje de 4 pistones (2 en el lado A del motor y 2 en el lado B) para un diagnóstico detallado.
Aceites de motor para motores con tratamiento posterior de gases de escape (AGN)
Los motores con tratamiento posterior de los gases de escape plantean exigencias especiales a los aceites utilizados a efecto de poder garantizar una seguridad y un periodo de servicio de la instalación de escapes y del motor.
Tecnología de gases de escape Autorización para la categoría de aceite
1 2 2.1 3 3.1
Convertidor catalítico de oxidación sin
filtro de partículas no
1) no1) sí no1) sí
Sistema SCR con catalizadores de va-nadio (sin filtro de partículas)
no1) no1) sí no1) sí
Sistema SCR con catalizadores de zeo-lita (sin filtro de partículas) no
1) no1) sí no1) sí
Filtro de partículas cerrado no1) no1) sí no1) sí
Sistema combinado SCR + filtro de
partículas no
1) no1) sí no1) sí
Cuadro 4:
1) = Es posible un control individual en sistemas AGN opcionales o instalados posteriormente
El empleo de aceites de motor de las categorías 1, 2 y 3 (con porcentaje de ceniza >1%) en instalaciones con AGN lleva a un periodo de servicio ostensiblemente inferior del AGN y en los filtros de partículas a un aumento de la contrapresión.
Para motores certificados con tratamiento posterior de gases de escape EPA Tier 4i ó Tier 4 y EU IIIb sólo están autorizados aceites de motor bajos ceniza de la categoría 2.1 ó. 3.1.
Han de observarse adicionalmente las eventuales restricciones que existan debido a las exigencias del mo-tor.
Elección de la clase de viscosidad
La elección de la clase de viscosidad depende en primer lugar de la temperatura ambiente a la que debe arrancar y funcionar el motor. Tomando en consideración los criterios de potencia fundamentales, se puede hacer funcionar los motores tanto con aceites monogrado como multigrado, según la aplicación. Los valores normativos de los límites de temperatura de las distintas clases de viscosidad se especifican en
(→ Ilustración 1).
En caso de reinar temperaturas demasiado bajas es necesario precalentar el aceite de motor.
Ilustración 1: Diagrama de las clases de viscosidad
A001061/37S 2016-12 | Productos lubricantes para motores de cuatro tiempos | 11
Tiempo de servicio del aceite para motores diesel
En el tiempo de servicio del aceite influyen la calidad del aceite de motor, su cuidado, así como las condicio-nes de servicio y el combustible empleado.
Los tiempos establecidos a base de experiencias obtenidas en el servicio son valores orientativos válidos en aplicaciones con perfil de carga estándar.
Intervalos de cambio de aceite
Categoría de aceite sin filtro centrífugo de aceite
Con filtro centrífugo de aceite o filtro de aceite en derivación
1 250 horas de servicio 500 horas de servicio
2 500 horas de servicio 1000 horas de servicio
2.11) 500 horas de servicio 1000 horas de servicio
3 750 horas de servicio 1500 horas de servicio
3.11) 750 horas de servicio 1500 horas de servicio
Cuadro 5:
1) = Uso únicamente en combinación con un combustible con contenido en azufre de 50 mg/kg como
máxi-mo
Los intervalos de cambio de aceite indicados en la tabla son valores orientativos recomendados si se em-plean combustibles diesel con contenidos de azufre de <0,5 %. Han de cumplirse los valores límite estableci-dos para el aceite usado (→ Cuadro 6). Los tiempos de servicio del aceite deberán ser confirmaestableci-dos por análi-sis de aceite.
En caso de existir una o varias de las siguientes condiciones de servicio muy duras, los tiempos de servicio del aceite se deberán fijar mediante análisis del aceite:
• Condiciones de empleo climáticas extremas • Número elevado de arranques
• Frecuentes fases largas de marcha en vacío o de poca carga durante el servicio del motor
• Alto porcentaje de azufre en el combustible de 0,5 a 1,5% en peso (véase en el uso de combustibles diesel con alto contenido de azufre).
En aplicaciones con tiempos de servicio reducidos, los aceites de motor deberán ser cambiados cada 2 años, a más tardar, sin tener en cuenta la categoría de los mismos.
Al emplearse aceites de motor de calidades anticorrosivas superiores (→ Página 110) es necesario cambiar-los a más tardar cada 3 años.
En casos concretos, también podrá optimizarse el tiempo de servicio del aceite de motor a través de análisis de laboratorio periódicos y diagnósticos acordes del motor conforme a lo acordado con el servicio MTU com-petente:
La primera muestra de aceite, considerada como “muestra base”, se tomará del motor una vez trans-currido un período de marcha de aproximadamente 1 hora después del llenado de aceite nuevo. Se analizarán muestras de aceite adicionales en arreglo a los tiempos de servicio del motor que se
determinen (véase en los análisis de laboratorio)
Antes de comenzar y después de concluir los análisis de aceite, deberán realizarse diagnósticos co-rrespondientes del motor.
Terminados todos los análisis, se podrán tomar acuerdos especiales para el caso individual respecti-vo, en dependencia del resultado de los diagnósticos.
Las muestras de aceite se deberán tomar siempre en idénticas condiciones, en el punto previsto para ello (véanse las Instrucciones de servicio).
Aditivos especiales
Los aceites de motor autorizados para su empleo han sido desarrollados especialmente para motores diesel. Poseen todas las propiedades requeridas. Por tanto, es superfluo el uso de aditivos adicionales y, en ciertas circunstancias, incluso perjudicial.
Análisis de laboratorio
Análisis espectrométrico del aceite
En MTU se realiza una determinación del contenido de metales existentes en el aceite de motor, con objeto de identificar la marca de aceite a base de los metales aditivos.
En general, MTU no determina los contenidos de metales para valorar el estado del motor respecto al des-gaste. Dichos contenidos dependen en gran medida, entre otros, de los factores siguientes:
• Estado de equipamiento del motor • Dispersión modelo
• Condiciones de uso
• Perfil de la marcha del motor • Sustancias de servicio
• Materias auxiliares de montaje
Por tanto, no es posible extraer conclusiones claras sobre el desgaste de componentes importantes del mo-tor, siendo imposible indicar valores límite para los contenidos de metales de desgaste.
Análisis de aceites usados
Para el control del aceite usado se recomienda realizar regularmente un análisis del aceite. Se deberían to-mar y analizar muestras de aceite como mínimo una vez al año o cada vez que se cambie el aceite, según la aplicación o las condiciones de servicio del motor, incluso con más frecuencia.
Los métodos de verificación y los valores límite (Valores analíticos límite para aceites de motores diesel usa-dos (→ Cuadro 6)) muestran cuando ha de contemplarse el resultado de un sólo análisis de aceite de mues-tra como anormal.
Un resultado anormal exige una investigación y eliminación inmediatas del estado de servicio irregular cons-tatado.
Los valores límite se refieren a muestras de aceite individuales. Al alcanzarse o sobrepasarse estos valores límite, es conveniente realizar inmediatamente un cambio del aceite. Los resultados del análisis del aceite no permiten extraer una conclusión clara sobre el desgaste de determinados componentes.
Aparte de los valores límite analíticos, para el cambio de aceite también son decisivos el estado, el estado de funcionamiento así como eventuales fallos del motor durante su funcionamiento.
Pueden ser también indicios de agotamiento del aceite:
• Depósitos o segregaciones extraordinariamente importantes en el motor y en piezas adosadas a éste, ta-les como filtros, filtros centrífugos o separadores, sobre todo en comparación con el análisis anterior. • Descolorimiento anormal de componentes.
Valores analíticos límite en aceites de motores diesel
Método de compro-bación Valores límite Viscosidad a 100 °C mm²/s como máximo ASTM D445 DIN 51562 SAE 30 SAE 5W-30 SAE 10W-30 15.0 SAE 40 SAE 5W-40 SAE 10W-40 SAE 15W-40 SAE 20W-40 19.0
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Método de compro-bación
Valores límite
mm²/s como mínimo SAE 30
SAE 5W-30 SAE 10W-30 9.0 SAE 40 SAE 5W-40 SAE 10W-40 SAE 15W-40 SAE 20W-40 10.5
Punto de inflamación °C (COC) ASTM D92 DIN EN ISO 2592
190 como mínimo
Punto de inflamación °C (PM) ASTM D93
DIN EN ISO 2219
140 como mínimo Contenido de hollín (% en peso) DIN 51452
CEC-L-82-A-97
máx. 3,0 (categoría de aceite 1) máx. 3,5 (categorías de aceite 2, 2.1, 3 y 3.1)
Índice de basicidad total (mg KOH/g)
ASTM D2896 ISO 3771 DIN 51639
50 % del valor del aceite nuevo, como mínimo
Contenido de agua (% del vol.) ASTM D6304 EN 12937 ISO 6296
Máx. 0,2
Oxidación (A/cm)1) DIN 514531) Máx. 25
Glicol etilénico (mg/kg) ASTM D2982 Máx. 100
Cuadro 6:
1) = Es sólo posible cuando no existe un compuesto de éster
Uso de combustibles diesel con alto contenido de azufre
Con combustibles diesel con contenido en azufre superior al 0,5 %, deben tomarse las siguientes medidas: • Empleo de un aceite de motor con un índice de basicidad total (TBN) de más de 8 mgKOH/g
• Reducción del tiempo de servicio del aceite (véanse los intervalos de cambio de aceite)
Del (→ Ilustración 2) índice total de basicidad (aceite de motor dependiendo del contenido de azufre en el combustible diesel) pueden deducirse los índices totales de basicidad para aceites nuevos y usados en fun-ción del contenido de azufre del combustible diesel.
En el capítulo sobre aceites de motor autorizados figuran los índices totales de basicidad de los aceites de motor autorizados (→ Página 110).
Ilustración 2: Índice total de basicidad del aceite de motor en función del contenido de azufre en el combustible diesel
A Basicidad total en mgKOH/g, ISO 3771 B Basicidad total mínima
re-comendada para aceites nuevos
C Basicidad total mínima para aceites usados
D Contenido en azufre del combustible en % del peso
Uso de combustibles diesel con bajo contenido de azufre
El uso de combustibles diesel con contenido de azufre más bajo (< al 0,5 %) no ejerce influencia alguna en el tiempo de servicio del aceite.
Requisitos mínimos para la vigilancia del servicio
Los análisis de aceite pueden ser realizados con el maletín de pruebas MTU. El maletín de pruebas contiene todos los instrumentos necesarios para ello y unas instrucciones de empleo.
Se pueden efectuar los análisis siguientes:
• Determinación de la capacidad de dispersión del aceite (prueba a la gota) • Determinación del contenido de combustible diesel en el aceite
• Determinación del agua en el aceite
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2.2 Colorantes fluorescentes para detección de fugas en el
circuito de aceite lubricante
Los siguientes colorantes fluorescentes están autorizados para detectar fugas en el circuito de aceite lubri-cante. Fabricante Designación del producto Concentración de uso Número identi-ficativo del producto Tamaño de en-vase Estabilidad de almacenamien-to1) Chromatech Eu-rope B.V. D51000A Chro-matint Fluorescent Ye-llow 175 0,04% - 0,07% X00067084 16 kg 2 años Cimcool, Cincin-nati Producto YFD-100 0,5% - 1,0% 5 galones (bi-dón) 55 galones (ba-rril) 6 meses Cuadro 7:
1) = Desde la entrega de fábrica, referido a envases originales y herméticos en almacenamiento sin heladas
(> 5 °C).
La fluorescencia (color amarillo claro) de ambos colorantes se aprecia con una lámpara UV (365 nm).
2.3 Grasas lubricantes
Requisitos
Las condiciones de MTU para la autorización de grasas lubricantes están especificadas en la norma MTU, MTL 5050, pudiendo obtenerse bajo dicho número.
La autorización de una grasa lubricante se le confirma por escrito al fabricante. Grasas lubricantes para aplicaciones generales
Para todos los puntos de engrase deben emplearse grasas saponificadas a base de litio, excepto en los que corresponden a:
• Chapaletas de cierre rápido montadas entre el turbosobrealimentador de gases de escape y el refrigera-dor de aire de sobrealimentación (véanse las sustancias lubricantes para aplicaciones especiales) • Centrajes interiores de acoplamientos
Grasas lubricantes para aplicaciones a temperaturas más altas
Para chapaletas de cierre rápido montadas entre el turbosobrealimentador de gases de escape y el refrigera-dor de aire de sobrealimentación deben emplearse grasas resistentes a temperaturas altas (hasta 250 °C): • Aero Shell Grease 15
• Optimol Inertox Medium
Para chapaletas de cierre rápido montadas delante del turbosobrealimentador de gases de escape o des-pués del refrigerador de aire de sobrealimentación son suficientes las grasas lubricantes para aplicaciones generales.
Grasas lubricantes para centrajes interiores de acoplamientos Grasas lubricantes para centrajes interiores:
• Esso Unirex N3 (resistente a temperaturas hasta aprox. 160 °C)
Lubricantes para aplicaciones especiales
Aceites para turbosobrealimentadores de gases de escape
En general, los turbosobrealimentadores de gases de escape con abastecimiento de aceite integrado están conectados al circuito de lubricación del motor.
Para los turbosobrealimentadores de gases de escape ABB, que no están conectados al circuito de lubrica-ción del motor, deben emplearse aceites para turbinas sobre la base de aceite mineral de la clase de viscosi-dad ISO-VG 68.
Lubricantes para acoplamientos de engranajes de dientes bombeados
Para acoplamientos de engranajes de dientes bombeados se han autorizado según el caso de aplicación los siguientes lubricantes:
• Fabricante Klüber: Structovis BHD MF (aceite lubricante de viscosidad intrínseca) • Fabricante Klüber: Klüberplex GE11–680 (lubricante adherente para transmisiones)
En las instrucciones de servicio o en los planes de mantenimiento correspondientes están especificados el respectivo lubricante a emplear y sus tiempos de servicio.
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3 Lubricantes para motores de gas
3.1 Aceites de motor
Los residuos de las sustancias de servicio deben ser eliminados conforme a las normas vigentes en el lugar de empleo.
Por regla general no está permitido mezclar aceites de motor.
Al efectuar un cambio del aceite del motor puede cambiarse la clase de aceite y rellenar con otro aceite de motor autorizado. El volumen residual de aceite que permanece en el circuito del motor después de vaciar el aceite usado resulta inocuo.
Requisitos que deben cumplir los aceites destinados a motores de gas
Para motores de gas está prescrita la clase de viscosidad SAE 40. No está autorizado el uso de aceites multigrado.
Al seleccionar un aceite de motor para motores de gas, la composición del combustible que utiliza el motor es fundamental. Los motores de gas sólo pueden utilizarse con aceites lubricantes autorizados. Consulte los aceites de motor autorizados en la tabla (→ Página 141). Es también un factor esencial la calidad del gas respecto a su pureza. Eso presupone controles regulares del gas por parte del usuario. Los aceites a utilizar en motores de gas se distinguen por un mínimo posible del contenido de cenizas. De ese modo se evitan depósitos elevados de cenizas que podrían ocasionar una disminución de la eficiencia del catalizador o una combustión acíclica.
Tiempo de servicio del aceite para motores de gas de la serie 4000
En el tiempo de servicio del aceite influyen la calidad del aceite de motor, su cuidado, así como las condicio-nes de servicio y el combustible empleado.
Por este motivo, debe tomarse una muestra de aceite cada 250 horas de servicio y comparar el análisis con los valores límite (→ Cuadro 7). Las muestras de aceite deberán tomarse siempre en idénticas condiciones (motor a temperatura de régimen) y en el punto previsto para ello (racor de toma de la caja del filtro de aceite). Debe realizarse un cambio de aceite inmediatamente después de alcanzar o sobrepasar los valores límite (→ Cuadro 7). Si se utiliza un mayor volumen de aceite, los valores límite para los elementos de des-gaste deben reducirse de forma inversamente proporcional al aumento del volumen (véase el siguiente ejem-plo).
Doble volumen de aceite = mitad del valor límite del elemento de desgaste (p. ej. hierro (Fe) --> 15 mg/kg). La reducción máxima de los valores límite para los elementos de desgaste es del 50% del valor (→ Cuadro 7). Los resultados de los análisis de aceite han de archivarse y la última muestra ha de guardarse para una eventual investigación posterior.
En el caso de que no se alcancen los valores límite, deberá realizarse un cambio de aceite transcurrido un año como máximo.
Gas especial
Cuando se utilizan gases siliciosos, debe prestarse mucha atención al aumento del contenido de silicio en el aceite. Para ello, debe calcularse el valor de servicio de silicio SiB con ayuda de la siguiente fórmula. El valor
de servicio límite de silicio es de 0,01. Cuando se supere este valor, el motor funcionará sin observar las prescripciones del combustible, por lo que se perderá la garantía. Consulte el capítulo "Combustibles para
SiB = delta Si (ppm) análisis de aceite (Si(n) – Si(n – 1)) x
[Cantidad de aceite + cantidad de relleno (litros)] Trabajo eléctrico producido (kWh)
Si se superan los valores permitidos para compuestos de cloro, flúor, azufre y silicio en el combustible, pue-de producirse pue-desgaste corrosivo, sedimentación en la cámara pue-de combustión y reducción precoz pue-de la re-serva de aceite lubricante alcalino.
En este caso, es obligatorio el tratamiento del gas.
Tiempo de servicio del aceite para motores de gas de la serie 4000
Véase el plan de mantenimiento
Valores límite analíticos correspondientes a aceites SAE 40 usados en motores de
gas
Método de comprobación Valores límite
Viscosidad a 100 °C (mm²/s) ASTM D445 DIN 51562
máx. 17,5 mín. 11,5 Índice de basicidad total TBN
(mgKOH/g)
ASTM D2896 ISO 3771
mín. 3 y TBN > TAN
Índice de acidez TAN (mg KOH/g) ASTM D664 Valor aceite nuevo + 2,5
Valor iph mín. 4,5
Agua (% del volumen) ASTM D6304
EN 12937 ISO 6296
máx. 0,2
Glicol (mg/kg) ASTM D2982 máx. 100
Oxidación (A/cm) DIN 51453 máx. 20
Nitración (A/cm) Procedimiento IR máx. 20
Elementos de desgaste (mg/kg) Hierro (Fe) Plomo (Pb) Aluminio (Al) Cobre (Cu) Estaño (Sn) Silicio (Si) RFA, ICP máx. 30 máx. 20 máx. 10 máx. 20 máx. 5 máx. 15 *
• * El valor límite para el elemento de desgaste Si sólo hace referencia al servicio con gas natural
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4 Lubricantes para motores de dos tiempos
4.1 Aceites para motores
Los residuos de los fluidos de servicio deben ser eliminados conforme a las normas vi-gentes en el lugar de empleo.
¡Los aceites usados no deben eliminarse en ningún caso a través del depósito de com-bustible!
Requisitos para aceites de motor para motores de dos tiempos de la serie
53/71/92 y 149
Especificación Clase SAE
Método de comprobación 40 50
API CF-2 ASTM ISO Valores límite Valores límite
Viscosidad a 100 °C (mm2/s) D445 EN 3104 12,5 - 16,3 16,3 - 21,9 Viscosidad a 40 °C (mm2/s) D445 EN 3104 130 - 150 200 - 300 Pour Point (°C) D97 3016 Máx. -15 Máx. -10 Punto de inflama-ción (°C) D92 2592 Mín. 225 Mín. 230 Cenizas de sulfato (% en peso) D874 DIN 51575 Máx. 1,0 Máx. 0,8 Índice de basicidad total (mgKOH/g) D2896 3771 7,0 - 10,0 Mín. 7,0
Calcio (mg/kg) 14596 Sin valor límite Máx. 500
Fósforo (mg/kg) DIN 51363-2/3 Mín. 700 Máx. 100
Cinc (mg/kg) DIN 51391-3 Mín. 700 Máx. 100
Cuadro 8:
Particularidades
En MTU América están disponibles los siguientes aceites para motores de dos tiempos:
Aceites MTU para motores de dos tiempos
Fabricante y área de distribución
Nombre del pro-ducto
Clase SAE Especificación Observaciones/ número identifica-tivo del producto
MTU América
América PowerGuard
®
Heavy Duty Engine Oil para Detroit Die-sel 2 ciclos (4x1G) SAE 40
40 API CF-2 4x1 galones:
23512701
PowerGuard®
Heavy Duty Engine Oil para Detroit Die-sel 2 ciclos SAE 40
40 API CF-2 5 galones: 23512734 55 galones: 23512702 IBC: 23512739 Cuadro 9:
Restricciones de empleo en las series 53/71/92 - en todas las aplicaciones a
excepción de la marina
A temperatura ambiente < 0 °C puede que ya no sea posible poner en marcha el motor si se utilizan aceites de la clase SAE 40.
Si no existen ayudas para el arranque, pueden utilizarse asimismo por un breve periodo de tiempo aceites de la clase SAE 30. A bajas temperaturas (–18 a –32 °C) pueden utili-zarse también adicionalmente aceites de la clase SAE 15W-40. Los aceites deben cum-plir sin embargo la especificación API CF-2 y una viscosidad a alta temperatura de como mínimo 3,7 cP a 150 °C.
En el momento en que lo permitan las temperaturas deberá cambiarse de nuevo a un aceite de la clase SAE 40.
Restricciones de empleo en la serie 53/71/92 Marina
¡No está permitido usar aceites multigrado ni monogrado de la clase SAE 30!
Restricciones de empleo en la serie 53/71/92
¡En aplicaciones con temperaturas de salida del líquido refrigerante > 94 °C, deben utili-zarse aceites de la clase SAE 50!
El periodo de servicio del aceite se reduce si se utilizan combustibles con un porcentaje de azufre del 0,5 al 1,0%.
Restricciones de empleo en la serie 149
¡En aplicaciones con temperaturas de entorno > 35 °C tienen que utilizarse aceites de la clase SAE 50!
Los aceites de la clase SAE 50 no son recomendables a partir de temperaturas de entor-no de <7 °C.
Se pueden utilizar también aceites de la clase SAE 40 si ya no se alcanza la velocidad de arranque usando aceites de la clase SAE 50.
¡No está permitido usar aceites monogrado de la clase SAE 30 o aceites multigrado! ¡Si se utilizan combustibles con un porcentaje de azufre entre 0,5 y 1% han de emplearse aceites con un índice de basicidad de al menos 10mg/KOH/g y con un contenido de cinc y fósforo de un máximo de 100 mg/kg!
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Valores analíticos límite en aceites de motor usados de dos tiempos
ASTM ISO Valores límite SAE
40
Valores límite SAE 50 Viscosidad a 100 °C (mm2/s) D445 EN 3104 Mín. 12,5 Máx. 16,3 Mín. 16,0 Máx. 22,0 Contenido de hollín (% en peso) DIN 51452 Máx. 0,8 Máx. 0,8
Agua (% del volu-men)
D1744 EN 12937 Máx. 0,3 Máx. 0,3
Glicol etilénico D2982 DIN 51375 Negativo Negativo
Hierro (mg/kg) ASTM D5185 Máx. 150 Máx. 35
Aluminio, Silicio, co-bre (mg/kg)
ASTM D5185 Máx. 25 Máx. 25
Plomo (mg/kg) ASTM D5185 Máx. 10 Máx. 10
Cuadro 10:
Intervalos de cambio de aceite en el uso de combustible con un porcentaje de
azufre < 0,5%
Aplicación Serie Intervalo de cambio de aceite
C&I, Marina S 53/71/92 150h ó 1 año
C&I, Marina S 149 300h ó 1 año
Generador - Suministro eléctrico de emergencia
S 53/71/92/149 150h ó 6 meses
Generador - Servicio continuo S 53/71/92/149 150h ó 3 meses
Cuadro 11:
5 Líquidos refrigerantes
5.1 Generalidades
Definición de líquido refrigerante
Líquido refrige-rante
= aditivo de líquido refrigerante (concentrado) + agua dulce en un porcentaje de mezcla determinado
Listo para emplearlo en el motor
Los efectos protectores contra la corrosión del líquido refrigerante están garantizados sólo si está completa-mente lleno el circuito de refrigeración. Una excepción es el Shell Oil 9156 que protege de la corrosión me-diante la formación de una película de aceite incluso después de haberse purgado.
Por lo demás, sólo los productos protectores contra la corrosión autorizados para la conservación interior del circuito de refrigeración aportan una protección anticorrosión suficiente estando asimismo vaciado el medio. Quiere decir, que después de haber purgado el líquido refrigerante ha de realizarse una conservación del circuito de refrigeración si no se lleva a cabo un llenado con líquido refrigerante nuevo. El procedimiento está descrito en la Prescripción de conservación MTU A001070/.. .
La carga de líquido refrigerante debe prepararse a base de agua dulce apropiada y un aditivo de líquido refri-gerante autorizado por MTU. ¡La preparación del refrirefri-gerante debe efectuarse fuera del motor!
¡No están permitidas las mezclas de diferentes aditivos de líquido refrigerante, así como aditi-vos adicionales (tampoco en los filtros de refrigeración de agua y en los filtros tras componen-tes de la instalación)!
Las condiciones para la autorización de aditivos para el líquido refrigerante están fijadas en las siguientes normas de suministro MTU (MTL):
• MTL 5047 Aceite protector contra la corrosión emulsionable • MTL 5048 Producto anticorrosivo y de protección anticongelante • MTL 5049 Producto protector contra la corrosión soluble en agua
La autorización de un aditivo de líquido refrigerante será confirmado por escrito al fabricante.
Para evitar daños en el sistema de refrigeración ha de tenerse en cuenta lo
siguiente:
• Al efectuar un relleno (tras una pérdida de líquido refrigerante) debe tenerse en cuenta que no se debe añadir solamente agua sino también el producto concentrado. Debe alcanzarse la protección anticonge-lante o anticorrosión prescritas.
• No emplear más del 55 % en volumen (protección anticongelante máx.) utilizar anticorrosivo. En caso con-trario disminuirá la propiedad anticongelante y empeorará la evacuación del calor. Única excepción: BASF G206 (aplicación especial)
• El líquido refrigerante no debe presentar restos de aceite ni cobre (en estado sólido o líquido).
• Los anticorrosivos autorizados actualmente para la conservación interior del circuito de refrigeración es-tán fabricados principalmente con una base acuosa y no ofrecen una protección anticongelante. Debido a que después de vaciar el medio permanece todavía un volumen residual en el motor, debe tenerse en cuenta que los motores conservados se almacenen asegurados contra la congelación.
• Por lo general, el circuito de líquido refrigerante no puede vaciarse por completo, por lo que quedan res-tos en el motor de líquido refrigerante usado y agua dulce de la operación de limpieza. Esres-tos resres-tos pue-den causar un efecto diluyente al rellenar el líquido refrigerante (mezclado a partir de concentrado o utili-zando una mezcla prefabricada). Este efecto diluyente será superior cuantas más piezas tenga el motor. Debe comprobarse y ajustarse la concentración del líquido refrigerante en el circuito de líquido refrigeran-te.
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Todos los medios de refrigeración autorizados en esta prescripción de las sustancias de servi-cio se refieren en general sólo al circuito de líquido refrigerante de motores MTU. ¡En las insta-laciones de propulsión completas ha de tenerse en cuenta adicionalmente la autorización de sustancias de servicio de los fabricantes de componentes!
Por razones de protección frente a la corrosión no se permite la puesta en funcionamiento del motor con agua pura sin añadir inhibidores de corrosión autorizados.
Particularidades
MTU – Líquido refrigerante
MTU ofrece los siguientes aditivos para el líquido refrigerante:
Fabricante y área de distribu-ción
Denominación del producto Número identificativo del pro-ducto
MTU Friedrichshafen, MTU Asia Europa
Oriente Medio África
Asia
Anticongelantes Coolant AH 100 Antifreeze
Con-centrate
X00057231 (20 l) X00057230 (210 l) X00068202 (1000 l) Coolant AH 50/50 Antifreeze
Pre-mix
X00070528 (20 l) X00070530 (210 l) X00700527 (1000 l)
(Área de distribución: Inglaterra) Coolant AH 40/60 Antifreeze
Pre-mix
X00070533 (20 l) X00070531 (210 l) X00700532 (1000 l)
(Área de distribución: Inglaterra, España)
Coolant AH 35/65 Antifreeze Pre-mix
X00069382 (20 l) X00069383 (210 l) X0006938 (1000 l)
(Área de distribución: Italia) Líquido refrigerante sin anticongelante Coolant CS 100 Corrosion
Inhibi-tor Concentrate
X00057233 (20 l) X00057232 (210 l) X00070455 (1000 l) Coolant CS 10/90 Corrosion
Inhi-bitor Premix
X00069385 (20 l) X00069386 (210 l) X00069387 (1000 l) (Área de distribución: Italia)
Fabricante y área de distribu-ción
Denominación del producto Número identificativo del pro-ducto
MTU América
América Power Cool® Off-Highway CoolantAnticongelantes
50/50 Premix
23533531 (5 galones) 23533532 (55 galones) Power Cool®Universal 50/50 mix 800069 (1 galón)
800071 (5 galones) 800084 (55 galones) Power Cool®Universal 35/65 mix 800085 (5 galones
800086 (55 galones) Power Cool®3149 Concentrate 23528572 (55 galones)
23528571 (1000 litros) Líquido refrigerante sin anticongelante Power Cool®Plus 6000
Concentra-te 23533526 (1 galón) 23533527 (5 galones) Coloración verde Cuadro 12: Nota:
En las mezclas prefabricadas, se indica primero la proporción de aditivo de líquido refrigerante (concentra-do). Ejemplo:
• Coolant AH 40/60 Antifreeze Premix = 40% del vol. aditivo de líquido refrigerante / 60% del vol. agua dulce
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5.2 Materiales inapropiados en el circuito de líquido refrigerante
Componentes de cobre, cinc y latón
Si no se tienen en cuenta distintos requisitos, los componentes de cobre, cinc y latón del circuito de líquido refrigerante pueden causar una reacción electroquímica al entrar en contacto con metales comunes (p. ej. aluminio). A consecuencia de lo anterior, los componentes de metales comunes se oxidarán o picarán. El circuito de líquido refrigerante dejará de ser estanco en esos puntos.
Requisitos
Según los conocimientos de que disponemos en la actualidad, los siguientes materiales y revestimientos no pueden utilizarse en el circuito de líquido refrigerante de un motor, ya que pueden generar interacciones ne-gativas incluso con los aditivos de líquido refrigerante autorizados.
Materiales metálicos
• Sin superficies galvanizadas
El sistema de refrigeración completo debe estar exento de cinc. Están incluidos tanto las tuberías de ali-mentación y derivación de líquido refrigerante como el depósito de almacenamiento
• Sin materiales de aleaciones de base cobre al utilizar líquidos refrigerantes que contengan nitrito, a ex-cepción de las dos aleaciones siguientes:
– CuNi10Fe1Mn corresponde a CW-352-H – CuNi30Mn1Fe corresponde a CW-354-H
• No utilizar componentes que contengan latón en el circuito de líquido refrigerante (p. ej. radiador de CuZn30) si van a estar expuestos a soluciones amoniacales (p. ej. aminas, amonio, etc.) o soluciones que contienen nitrito o sulfuro. Si aparecen esfuerzos de tracción y existe un rango crítico de potencial, puede producirse corrosión interna por fisuras. Bajo "soluciones" se entienden los agentes limpiadores, líquidos refrigerantes y similares.
Materiales no metálicos
• No utilizar elastómeros de silicona ni EPDM al usar aceites anticorrosivos emulsionables u otros produc-tos a base de aceite en el circuito de líquido refrigerante.
Filtro del agua de refrigeración / filtro tras los componentes de la instalación
• Al usar filtros de este tipo sólo está permitido emplear productos que no contengan ningún aditivo. Los aditivos adicionales como silicatos, nitritos, etc pueden reducir el efecto de protección, o bien el tiem-po útil de un líquido refrigerante y llevar eventualmente a una corrosión de los materiales que van monta-dos en el circuito de agua de refrigeración.
Información:
En caso de dudas sobre el uso de combustible en el motor y las piezas de montaje/los componentes en circuitos de líquido refrigerante, consulte con el departamento correspondiente de MTU.
5.3 Requerimientos al agua fresca
Para el tratamiento del líquido refrigerante debe emplearse únicamente agua limpia y clara que tenga los valores indicados en las siguientes tablas. Si se sobrepasan los valores límite del agua, puede reducirse la dureza o la salinidad añadiendo agua desalinizada.
Para la preparación de líquido refrigerante sin protección anticongelante y
anticongelante:
Item Mínimo Máximo
Suma de las tierras alcalinas1)
(dureza del agua)
0 mmol/l 0°d 2,7 mmol/l 15°d Valor pH a 20 °C 5,5 8,0 Iones de cloruro 100 mg/l Iones de sulfato 100 mg/l
Suma cloruro + iones de sulfato 200 mg/l
Bacterias 103UFC (unidades formadoras de
colonias)/ml
Hongos, fermentos no están autorizadas.
Cuadro 13:
1) = Designaciones usuales para la dureza del agua en distintos países:
1 mmol/l = 5,6°d = 100 mg/kg CaCO³
• 1°d = 17,9 mg/kg CaCO³, dureza EEUU
• 1°d = 1,79° dureza francesa • 1°d = 1,25° dureza inglesa
Para preparar anticorrosivos emulsionables:
Item Mínimo Máximo
Suma de las tierras alcalinas1)
(dureza del agua)
0,36 mmol/l 2°d 1,8 mmol/l 10°d Valor pH a 20 °C 7,0 8,0 Iones de cloruro 100 mg/l Iones de sulfato 100 mg/l
Suma cloruro + iones de sulfato 200 mg/l
Bacterias 103UFC (unidades formadoras de
colonias)/ml
Hongos, fermentos no están autorizadas.
Cuadro 14:
1) = Designaciones usuales para la dureza del agua en distintos países:
1 mmol/l = 5,6°d = 100 mg/kg CaCO³
• 1°d = 17,9 mg/kg CaCO³, dureza EEUU
• 1°d = 1,79° dureza francesa • 1°d = 1,25° dureza inglesa
El agua demasiado blanda hace que se forme espuma y debe endurecerse antes de utilizarla añadiendo agua más dura. El agua demasiado dura perjudica la estabilidad de la emulsión y causa una mayor separación del aceite y la formación de depósitos en el sistema. Por ello, el agua demasiado dura debe desendurecerse con agua más blanda.
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5.4 Aceites anticorrosivos emulsionables
Aceites anticorrosivos emulsionables
Las emulsiones con aceites anticorrosivos emulsionables autorizados, de 1,0 al 2,0% de volumen, y agua dul-ce (→ Página 27) adecuada ofredul-cen una buena y amplia protección anticorrosiva.
Pero no ofrecen una protección anticongelante.
La concentración inicial para cargas nuevas es del 2,0 % del volumen.
Es conveniente preparar una solución previa, mezclando en un recipiente la cantidad necesaria de aceite an-ticorrosivo con una cantidad de agua dulce de 4 a 5 veces mayor, y agregar esta mezcla al agua refrigerante, estando el motor en marcha a la temperatura de servicio.
En estaciones de mantenimiento, o en caso de funcionamiento de varios motores, se recomienda preparar toda la cantidad de líquido refrigerante en una instalación exterior al motor. De esta manera es posible dis-poner de una cantidad suficiente tanto para la nueva carga como para las reposiciones.
En casos aislados puede producirse, en condiciones desfavorables, un ataque de bacterias en los aceites anticorrosivos emulsionables. En este caso debe tratarse la emulsión de líquido re-frigerante con biocida. Véase el capítulo "Prescripciones de enjuague y limpieza para los circui-tos de refrigeración de motores" (→ Página 188).
Nota:
Cuando se emplean emulsiones de líquido refrigerante puede producirse durante el servicio una descomposi-ción poco importante de la emulsión y formarse en el depósito de expansión una capa sobre el líquido refri-gerante. Esto carece de importancia mientras la concentración de la emulsión se mantenga dentro de los valores límite prescritos. Si la concentración desciende bruscamente o si el aditivo de líquido refrigerante deja de ser absorbido, debe cambiarse también el líquido refrigerante. En caso dado deben limpiarse los es-pacios para agua refrigerante del motor, véase el capítulo "Prescripciones de enjuague y limpieza para los circuitos de líquido refrigerante de motores" (→ Página 188).
En las series indicadas a continuación no está permitido utilizar aceites
anticorrosivos emulsionables:
• Serie 099 • Serie 183 • Serie 2000 • Serie 396 • Serie 4000 • Serie S60• Motores de dos tiempos
Las series autorizadas para el uso con aceites anticorrosivos emulsionables se indican en el capítulo "Líquidos refrigerantes autorizados" (→ Página 146).
Para los siguientes números de la serie V 20V956TB33 hasta finales de 2008 (según la placa de característi-cas) sólo se puede utilizar aceite anticorrosivo emulsionable:
Número de serie Número de serie Número de serie Número de serie Número de serie
5870001 5870002 5870003 5870004 5870005
5870006 5870007 5870008 5870009 5870010
5870011 5870012 5870013 5870014 5870015
5870016 5870017 5870018 5870019
Cuadro 15:
Las autorizaciones especiales existentes siguen siendo válidas.
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¡El aceite anticorrosivo emulsionable no está permitido en principio para temperaturas del líqui-do refrigerante >90°C!
Con cada cambio de líquido refrigerante a otro producto debe efectuarse un proceso de enjuague. En los motores conservados (motores nuevos, motores de campo, motores almacenados, etc.), antes del llenado con refrigerante del motor debe realizarse un enjuague. Los trabajos necesarios están descritos en el capítu-lo "Prescripciones de enjuague y limpieza para circuitos de líquido refrigerante de motores" (→ Página 188).
5.5 Anticongelantes
En la versión precedente de las prescripciones para las sustancias de servicio MTU se ha utilizado el término "Producto anticorrosivo y de protección contra la congelación". Para una mejor comprensión se utiliza ahora el término "Anticongelante".
El empleo de anticongelantes es imprescindible en motores sin equipo de conservación del calor, en lugares de servicio donde puedan presentarse temperaturas inferiores al punto de congelación.
Para su uso a temperaturas árticas (< -40 °C) está disponible el producto BASF G206. La mayoría de los anticongelantes autorizados por MTU se basan en glicol etilénico. Excepciones:
• Mezcla prefabricada Fleetguard PG XL a base de glicol propénico (→ Página 187) • Concentrado BASF G206 como mezcla de glicol etilénico y propénico
Los anticongelantes autorizados por MTU poseen un buen efecto anticorrosivo, siempre que sean empleados en la concentración autorizada, véase la vigilancia del servicio (→ Página 34).
La concentración del anticongelante no se debe determinar solamente de acuerdo con las temperaturas mí-nimas que sean de esperarse, sino que también debe estar ajustado a los requerimientos de la protección anticorrosiva.
Los aditivos de líquido refrigerante autorizados para cada serie figuran en el capítulo “Líquidos refrigerantes autorizados" (→ Página 146) .
Las autorizaciones especiales existentes siguen siendo válidas.
¡No está permitido utilizar aditivos de líquido refrigerante que contengan nitrito junto con líqui-dos refrigerantes que contengan latón!
Para el empleo de anticongelantes en motores marinos existen las siguientes
limitaciones:
• Series 538, 595 y 8000:
En estos motores no está permitido el empleo de anticongelantes. • Series 956-01, 956-02, 1163-02, 1163-03, 1163-04:
Estos motores están dotados de un equipo de conservación del calor. Debido a la capacidad del radiador no está permitido emplear anticongelantes.
• Series 099, 183, 396:
En estos motores se admite el empleo de anticongelantes únicamente en caso de temperaturas del agua salada de hasta 20 °C como máximo.
• Series 2000 y 4000:
En estos motores se admite el empleo de anticongelantes en caso de temperaturas del agua salada de hasta 25 °C como máximo, si va montado un intercambiador de calor. En los motores sin intercambiador de calor integrado está permitido por regla general el uso de anticongelantes. Debe comprobarse que el dimensionado del intercambiador de motor no integrado en el motor sea adecuado y suficiente.
Los valores máximos indicados para las temperaturas del agua salada son válidos para todos los motores de un buque que se refrigeren con agua salada, como son, por ejemplo, el motor propulsor y el grupo electrógeno de a bordo.
La posibilidad de empleo de anticongelantes de las series citadas en otras aplicaciones (p. ej. Genset, Ferro-carriles) puede verse en la visión general del capítulo "Líquidos refrigerantes autorizados" (→ Página 146).
Nota:
En algunos sectores de aplicación está prescrito el empleo de anticongelantes sobre la base de glicol propé-nico. Dichos productos poseen una conductibilidad térmica más baja que los productos usuales de glicol eti-lénico. Por consiguiente se produce en el motor un aumento del nivel de temperatura.
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Con cada cambio de líquido refrigerante a otro producto deberá efectuarse una marcha de enjuague con agua. En los motores conservados (motores nuevos, motores de campo, motores almacenados, etc.), antes del llenado con líquido refrigerante del motor debe realizarse un enjuague si los motores se han conservado con un anticorrosivo emulsionable. Los trabajos necesarios están descritos en el capítulo "Prescripciones de enjuague y limpieza para circuitos de líquido refrigerante de motores" (→ Página 188).
5.6 Líquido refrigerante sin anticongelante
En las versiones precedentes de las prescripciones para las sustancias de servicio MTU se ha venido utilizan-do el término "Agente anticorrosivo soluble en agua". Para una mejor comprensión se utiliza ahora en su lugar el término "Líquido refrigerante sin anticongelante".Los aceites anticorrosivos emulsionables no están incluidos en este capítulo. Véase para ello el capítulo "Aceites anticorrosivos emulsionables" (→ Página 29) Se requieren líquidos refrigerantes sin anticongelante en el caso de temperaturas más elevadas del agua re-frigerante o de enfriamientos notables en los intercambiadores de calor, p. ej. en circuitos TB (con intercam-biador de calor de placas) y TE, en motores de las series 099, 183, 2000, 396 y 4000.
Los líquidos refrigerantes sin anticongelante autorizados por MTU poseen un buen efecto anticorrosivo, siempre que sean empleados en una concentración suficiente.El respectivo margen de concentración para la aplicación figura en el apartado sobre la vigilancia del servicio.
Los aditivos de líquido refrigerante autorizados para cada serie figuran en el capítulo “Líquidos refrigerantes autorizados" (→ Página 146) .
Los acuerdos especiales existentes siguen siendo válidos.
¡No está permitido utilizar aditivos de líquido refrigerante que contengan nitrito junto con líqui-dos refrigerantes que contengan latón!
Con cada cambio de líquido refrigerante a otro producto deberá efectuarse una marcha de enjuague con agua. En los motores conservados (motores nuevos, motores de campo, motores almacenados, etc.), antes del llenado con líquido refrigerante del motor debe realizarse un enjuague si los motores se han conservado con un anticorrosivo emulsionable. Los trabajos necesarios están descritos en el capítulo "Prescripciones de enjuague y limpieza para circuitos de líquido refrigerante de motores" (→ Página 188).
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5.7 Vigilancia del servicio
La revisión del agua fresca y el control permanente del líquido refrigerante son muy importantes para el buen funcionamiento del motor. La comprobación del agua dulce y del líquido refrigerante debe efectuarse, como mínimo, una vez al año o en cada carga, y puede realizarse con ayuda del maletín de pruebas MTU. El male-tín de pruebas contiene todos los instrumentos necesarios para ello, así como los productos químicos y unas instrucciones de empleo.
Con el maletín de pruebas MTU se pueden efectuar los análisis siguientes: • Determinación de la dureza total (°d)
• Determinación del valor pH
• Determinación del contenido de cloruros del agua fresca • Determinación de la concentración de aceite anticorrosivo • Determinación de la concentración de agente anticongelante
• Determinación de la concentración de líquido refrigerante sin anticongelante
El análisis del agua dulce y de los líquidos refrigerantes puede encargarse a MTU. Para ello deben ponerse a disposición como mínimo 0,25 l.
Dado que en la serie 4000-04 se encuentra montado un radiador de retorno de gases de esca-pe adicional y el sistema de refrigeración reacciona por ello con más sensibilidad, es muy im-portante que se realice con regularidad un control del líquido refrigerante para tener así un fun-cionamiento del motor libre de fallos. Este control ha de realizarse anualmente o después de 3000 horas de servicio, así como en cada carga de líquido refrigerante.
La concentración, el valor pH y el contenido de silicio (sólo en refrigerantes que contengan sili-cio) tienen que estar dentro de los valores indicados en las prescripciones de las sustancias de servicio MTU.
concentraciones admisibles
Mínimo Máximo
Aceites anticorrosivos emulsionables sin anticongelante
1 % del vo-lumen
– – – 2% del
vo-lumen Agente anticongelante sobre la base de
gli-col etilénico 35% del volumen 40 % del volumen 45 % del volumen 50 % del volumen 55 % del volumen
Con protección anticongelante hasta* -20 °C -25 °C -31 °C -37 °C -45 °C
Agente anticongelante sobre la base de gli-col propénico
35% del volumen
– – – 50 % del
volumen
Con protección anticongelante hasta* -18 °C – – – -32 °C
BASF G206 65 Vol.-% para la aplicación con temperaturas de hasta
-65 °C en regiones árticas
* = especificaciones sobre la protección anticongelante determinadas según ASTM D 1177
Vigilancia del servicio para las concentraciones permitidas, líquido refrigerante sin
anticongelante
Margen de con- centra-ción permiti-doFabricante Marca Valor leído en el refractómetro manual1) a 20 °C
(= índice de Brix) porcentaje en volumen 7 8 9 10 11 12 9 a 11 porcen-taje en volumen MTU Friedrichs-hafen Coolant CS 100 Corro-sion Inhibitor Concentra-te
3,5 4,0 4,5 5,0 5,5 6,0
Coolant CS 10/90
Co-rrosion Inhibitor Premix 3,5 4,0 4,5 5,0 5,5 6,0
MTU América Power Cool® Plus 6000 3,5 4,0 4,5 5,0 5,5 6,0
Arteco Freecor NBI Utilizar el kit de comprobación del fabricante
BASF SE Glysacorr G93-94 3,5 4,0 4,5 5,0 5,5 6,0
BP Lubricants Castrol Extended Life
Corrosion Inhibitor 4,9 5,6 6,3 7,0 7,7 8,4 CCI Corporation A 216 4,9 5,6 6,3 7,0 7,7 8,4 CCI Manufactu-ring IL Corpora-tion A 216 4,9 5,6 6,3 7,0 7,7 8,4
Chevron Texcool A -200 Utilizar el kit de comprobación del fabricante Detroit Diesel
Corporation
Power Cool Plus 6000 4,9 5,6 6,3 7,0 7,7 8,4
Drew Marine Drewgard XTA 3,5 4,0 4,5 5,0 5,5 6,0
ExxonMobil Mobil Delvac Extended
Life Corrosion Inhibitor 4,9 5,6 6,3 7,0 7,7 8,4
Ginouves York 719 3,5 4,0 4,5 5,0 5,5 6,0
Old World In-dustries Inc.
Final Charge Extended Life Corrosion Inhibitor (A 216) 4,9 5,6 6,3 7,0 7,7 8,4 Valvoline Zerex G-93 3,5 4,0 4,5 5,0 5,5 6,0 7 a 11 porcen-taje en volumen
Arteco Havoline Extended Life Corrosion Inhibitor XLI [EU 32765]
2,6 3,0 3,4 3,7 4,1 4,4
Nalco Alfloc (Maxitreat) 3443 1,75 2,0 2,25 2,5 2,75 3,0
Alfloc (Maxitreat) 3477 1,75 2,0 2,25 2,5 2,75 3,0 Total WT Supra 2,6 3,0 3,4 3,7 4,1 4,4 5 a 6 porcen-taje en volumen Fleetguard DCA-4L
Utilizar el kit de comprobación del fabricante Detroit Diesel
Corporation
Power Cool 3000
Penray Pencool 3000
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