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Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA PLAN INSTITUCIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL PIGA 2008

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PLAN INSTITUCIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL

PIGA 2008

SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR

OFICINA DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO

ABRIL DE 2008

BOGOTÁ

CONTENIDO

1. INTRODUCCIÓN

2. OBJETIVOS

3. POLÍTICA AMBIENTAL

4. RESPONSABLES

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5. CONDICIONES AMBIENTALES DEL ENTORNO

5.1. Condiciones geográficas

5.2. Condiciones medioambientales del entorno

5.3. Problemática ambiental urbana

6. MARCO NORMATIVO AMBIENTAL APLICABLE

6.1. Normatividad General

6.2. Normatividad de Residuos Sólidos

6.3. Normatividad del Recuso Energético

6.4. Normatividad del Recuso Hídrico

6.5. Normatividad del Recuso Aire

6.6. Normatividad del Ruido

6.7. Normatividad de la Contaminación visual

7. IDENTIFICACIÓN DE ASPECTOS E IMPACTOS AMBIENTALES

7.1. Aspectos ambientales identificados

7.2. Impactos ambientales identificados

8. PROGRAMA INSTITUCIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL

8.1. Subprograma uso eficiente del agua

8.2. Subprograma de Residuos Sólidos

8.3. Subprograma uso eficiente del Recurso energético

8.4. Subprograma de Calidad del Aire

9. EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO

9.1. Indicadores

9.2. Informes - Control Interno

1. INTRODUCCIÓN

Teniendo en cuenta que los niveles de contaminación en Colombia han tenido un

comportamiento progresivo debido al crecimiento y el desarrollo adoptado por el

país, acompañado de grandes impactos negativos en su entorno natural, impactos

en el aire, el agua y los suelos que afectan nocivamente a los seres humanos y a

otros organismos vivos, enmarcado en un ambiente con creciente contaminación

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representando peores niveles de vida para la sociedad y más aun cuando se

comienzan a afectar recursos vitales los cuales se revierten hacia el ser humano y

la sociedad en conjunto.

En busca de mejorar las condiciones anteriormente mencionadas, el Distrito

Capital formalizó el Plan de Gestión Ambiental 2001 – 2009 mediante Decreto 061

de 2003, dando inicio a un nuevo ciclo de Gestión Ambiental a través del cual se

establecieron las políticas, las estrategias y los programas en materia ambiental

para la ciudad, dando los lineamientos para que las entidades gubernamentales

formulemos el Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA) y demostremos el

compromiso con la ciudad.

Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Acuerdo 9 de 1990, cada entidad

ejecutora del PGA deberá incorporar en su presupuesto de inversión un rubro

denominado "Plan de Gestión Ambiental" en el que se incluirá una partida de entre

el 0.5% y el 3% de su presupuesto total de inversión. Para la ejecución de dichos

recursos y los proyectos que soportan, la entidad ejecutora podrá suscribir un

convenio de cooperación interinstitucional con el DAMA.

Sistema Ambiental del Distrito Capital. Conforme a lo dispuesto por el Acuerdo 19

de 1996, las entidades que integran el Sistema Ambiental del Distrito Capital

-SIAC- son las ejecutoras del Plan de Gestión Ambiental, en especial las

pertenecientes a los grupos uno y dos del SIAC y las involucradas en los

programas y subprogramas del PGA.

2. OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

Concentrar razones ambientales que optimicen el consumo de recursos,

minimicen y prevengan las cargas contaminantes que se generan de las

actividades propias que realiza la Superintendencia del Subsidio Familiar.

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OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Reconocer los agentes y factores que pueden tener impacto sobre el

medio ambiente.

Diseñar medidas de prevención y control de riesgos del ambiente interno

de trabajo, así como las condiciones ornamentales de la planta física.

Concientizar y sensibilizar a funcionarios y visitantes, para la adopción

permanente de hábitos pro ambientales.

Mejorar el control de los costos y generar ahorro en el consumo de los

recursos.

Disminuir el impacto ambiental producto de la actividad económica que

produce la Superintendencia hacia su entorno.

3. POLÍTICA AMBIENTAL

La Superintendencia del Subsidio Familiar busca desarrollar, comunicar y

mantener el Plan de Gestión Ambiental, que asegure un manejo ambiental

responsable de acuerdo con la legislación vigente aplicable, con énfasis en el

uso eficiente de los recursos no renovables, en el control y prevención de la

contaminación y la protección de su talento humano, de la comunidad y de su

patrimonio físico.

SISTEMA AMBIENTAL DE LA SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO

FAMILIAR

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4. RESPONSABILIDADES

Responsabilidad de la Alta Dirección.

La Alta Dirección debe asegurarse de

que los diferentes niveles de responsabilidad y autoridad en materia de Gestión

Ambiental, estén definidos y comunicados dentro de la Entidad.

Coordinación del Plan de Gestión Ambiental. La Coordinación del Plan de

Gestión Ambiental está a cargo del Comité Paritario y la Brigada de

Emergencias, los cuales se reunirán por lo menos una vez cada tres (3)

meses.

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Responsabilidad de los Servidores Públicos. Los Servidores Públicos y/o

Particulares que ejercen funciones públicas, son responsables de la

operatividad eficiente de los procesos, actividades y tareas a su cargo; por la

supervisión continua a la eficacia de los controles integrados. Así mismo, por

desarrollar la autoevaluación permanente a los resultados de su labor, como

parte del cumplimiento de las metas previstas por la dependencia o unidad

administrativa a la cual pertenecen.

Oficina de Control Interno, Unidad de Auditoría Interna o Quien haga sus

veces. La Oficina de Control Interno, Unidad de Auditoria Interna o quien haga

sus veces con base en los artículos 3º numeral d), 9º y 12º de la Ley 87 de

1993, es responsable por la evaluación independiente y objetiva del desarrollo,

implementación, mantenimiento y mejoramiento continuo, así como por el

seguimiento al Plan de Mejoramiento Institucional, generando las

recomendaciones correspondientes y asesorando a la Alta Dirección para su

puesta en marcha.

5. CONDICIONES AMBIENTALES

Condiciones geográficas

La Superintendencia del Subsidio Familiar se encuentra ubicada dentro de

la Localidad de Chapinero, en el barrio Palermo. Limita al Norte con la

localidad de Usaquén, al Sur con la localidad de Santa Fe, al Oriente con el

municipio de La Calera y al Occidente con las localidades de Barrios Unidos

y Teusaquillo. Su población es de aproximadamente 122.990 habitantes,

compuesta por estratos del 1 a 5, pero predomina el estrato 2. Su área total

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es de 3.846 Hectáreas, distribuidas así: 1.349 Hectáreas de Área Urbana y

2.497 Hectáreas de Reserva Natural.

Condiciones ambientales del entorno

Hidrografía:

Parte del territorio de la localidad de Chapinero comprende los

Cerros Orientales donde nacen las quebradas que la atraviesan y

conforman la cuenca media del río Bogotá y la cuenca alta del río Teusacá.

Entre las principales corrientes se encuentran el río Arzobispo y las

quebradas Las Delicias, Los Rosales, Chicó, Chorrera y La Vieja.

Suelos:

La zona de la localidad ubicada en el área de los Cerros

Orientales, por su vocación ecológica, es de uso eminentemente forestal, y

debe orientarse a la conservación de la vegetación existente, garantizando

la permanencia de la fauna y de la oferta hídrica, restringiendo otro tipo de

actividades como la construcción de urbanizaciones o la explotación minera

y/o forestal.

Vegetación:

En la localidad se distinguen tres tipos de vegetación,

relacionada directamente con el uso del suelo: En el área urbana existe

predominio de especies ornamentales tanto nativas como exóticas, como

ornato de separadores, parques urbanos, zonas verdes y antejardines. La

zona rural ubicada en el área de los Cerros Orientales, en el sector central

de la localidad, se encuentran bosques primarios (cobertura vegetal donde

poco o nada ha intervenido el hombre) y bosques secundarios entre los

2.650 a 3.200 metros de altura.

Problemática ambiental urbana

La concentración del tráfico automotor sobre los principales corredores

viales, genera deterioro en la calidad del aire, tanto por gases como por

ruido. En el borde urbano se presentan asentamientos humanos en zonas

de alto riesgo por deslizamientos.

Suelos

: En el área urbana en general, los mayores problemas se presentan

en barrios subnormales como: Bosque Calderón I, II, y III, Juan XXIII, Los

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Olivos, Luis A. Vega, Mariscal Sucre, Pardo Rubio, San Martín de Porres y

El Paraíso.

Aguas:

Algunas quebradas que se encuentran sobre el flanco occidental de

los Cerros Orientales, son contaminadas por el vertimiento de aguas

residuales sin tratamiento provenientes de barrios suburbanos de este

sector, como El Castillo, El Pesebre, Juan XXIII, Los Olivos, Bosque

Calderón entre otros. Igualmente en algunas zonas se presenta

contaminación por residuos orgánicos y desechos de materiales de

construcción (escombros).

Aire:

Deterioro de la calidad del aire producido por el tráfico vehicular en las

principales vías como las calles 34, 53, 57, 63, 72 y 80, las carreras 7, 13 y

la Avenida Circunvalar. Los mayores niveles de contaminación atmosférica

se presentan en las horas pico (7a.m. a 10 a.m. y 5 p.m. a 8 p.m.).

Ruido:

La contaminación por ruido se asocia al tráfico automotor que circula

por los principales corredores viales de la localidad y a las zonas

comerciales de Chapinero, Calle 72 y El Lago (Zona Rosa), por la presencia

de bares, tabernas y discotecas.

Contaminación Visual:

Contaminación visual relacionada con la presencia

de la actividad comercial tanto formal como informal, por la proliferación en

el uso de avisos, pancartas, letreros y pasa calles.

Residuos sólidos:

La dificultad en el acceso a algunos barrios ubicados en

la zona de ladera de los Cerros Orientales ocasiona que se generen

botaderos a cielo abierto, especialmente en la parte superior de la UPZ. En

el resto de la localidad con el cambio de horarios es muy común la

presencia de basuras en las calles, impacto acentuado por los residuos

provenientes de la actividad de separación que adelantan los recicladores

en los espacios públicos.

Urbanismo:

Desarrollos urbanísticos informales (ilegales) en zonas de alto

riesgo en los Cerros Orientales de la localidad, al igual que la presencia de

chalet y condominios en el área de Los Rosales sobre los 2.800 m.s.n.m.

6. MARCO NORMATIVO AMBIENTAL APLICABLE

Normatividad General

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Constitución Política

de Colombia El Capítulo III del Título II

Consagra lo referente a los derechos colectivos y del ambiente, específicamente, establece el derecho de todos los colombianos a gozar de un ambiente sano y el deber de Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente. Decreto 2811 de

1974.

Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

Regula: a) El manejo de los recursos naturales renovables

b) La defensa del ambiente y de los recursos naturales renovables contra la acción nociva de fenómenos naturales

c) Los demás elementos y factores que conforman el ambiente o influyan en él.

Decreto 061 de 2003

Por el cual se adopta el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital

Adopta el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital, con una proyección a 10 años, este Decreto obliga a las diferentes entidades del distrito a crear compromisos dentro de los cuales las instituciones, según su tema o misión particular, establecerán las directrices para el diseño y evolución de los escenarios en los cuales participan como actores institucionales mediante la adopción de sus Planes Institucionales de Gestión Ambiental - PIGA.

Decreto 619 de 2000 Adopta el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá

En su artículo primero señala como objetivo ambiental promover un modelo territorial sostenible y el mejor aprovechamiento y manejo adecuado de los recursos naturales, para lo cual adopta políticas de largo plazo. Acuerdo 079 de

diciembre 20 de

2002 Nuevo Código de Policía

Este Código de Policía local, enfoca el medio ambiente bajo el principio de que es patrimonio es de todas las personas residentes en Bogotá D.C. y que por lo tanto, su preservación y conservación es de primordial interés para la comunidad que habita dentro de su radio de jurisdicción. ( Capitulo V, art. 55).

Acuerdo 119 de 2004

Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2004-2008

Plantea en el Artículo 12, como parte de las políticas del Eje Urbano Regional, la Política de sostenibilidad ambiental.

Normatividad Residuos Sólidos

NORMA DISPOSICIÓN OBSERVACIONES

Decreto Ley 2811 de

1974 El Código de los Recursos Naturales

El Artículo 34 trata sobre los residuos, basuras, desechos y desperdicios, se establecen las reglas con relación a los mismos.

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Ley 9 de 1979 Código Sanitario Nacional

Es un compendio de normas sanitarias relacionadas con la afectación de la salud humana y el medio ambiente. Esta Ley desarrolla parcialmente algunos de los más importantes aspectos relacionados con el manejo de los residuos, desde la definición del término hasta su tratamiento y algunas prohibiciones (Ver artículo 22 al 40).

Ley 253 de 1996 Ley de aprobación en Colombia del Convenio de Basilea

Controla el movimiento transfronterizo de los residuos peligrosos. Esta Ley incluye obligaciones para el país tales como la reducción al mínimo de generación de residuos peligrosos, creación de establecimientos e instalaciones apropiadas para la eliminación de estos residuos Ley 511 de 1999

Por la cual se establece el Día Nacional. del Reciclador y del Reciclaje.

Se trata de una Ley que en líneas generales establece incentivos para el reciclaje mediante reconocimientos a cargo del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y de los entes municipales. Fija competencias en este campo para el Servicio

Decreto 605 de 1996 Modificado por el Decreto 1713/02

Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994 en relación con la prestación del servicio público domiciliario de aseo.

Este Decreto fue derogado por el Decreto 1713 de 2002, quedando vigente únicamente el Capitulo I del Titulo IV, que se refiere a las prohibiciones y sanciones que se harán a los usuarios en relación con la prestación del servicio público domiciliario de Aseo.

Decreto N° 1713, agosto 6 de 2002,

Por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo y la Gestión Integral de Residuos Sólidos

Regula todo lo referente al manejo integral de residuos sólidos.

Decreto 1505 de 2003

Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 1713 de 2002, en relación con los planes de gestión integral de residuos sólidos (PGIRS) y se dictan otras

disposiciones

Se aplican las siguientes definiciones: “Aprovechamiento en el marco de la gestión integral de residuos sólidos” y “Aprovechamiento en el marco del servicio público domiciliario de aseo”.

Decreto 1140 de 2003

por el cual se modifica

parcialmente el Decreto 1713 de 2002, en relación con el tema de las unidades de almacenamiento, y se dictan otras disposiciones

Define los requisitos que deberán cumplir las unidades de almacenamiento de residuos sólidos, establece los lugares en los que podrá realizarse la presentación de los residuos.

Resolución 2309 de 1986 del Ministerio de Salud

Por la cual se dictan normas para el cumplimiento en cuanto a Residuos Especiales

Regula el almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos especiales.

NORMA DISPOSICIÓN OBSERVACIONES

Resolución 189 de 1994 del Ministerio de Medio Ambiente

Se prohíbe la introducción al territorio nacional de residuos peligrosos y define los criterios de clasificación de un residuo peligroso.

Se definen teniendo en cuenta sus características exclusivas los siguientes tipos de residuo: peligroso, infeccioso,

combustible, inflamable, explosivo, radioactivo, volátil, corrosivo, reactivo y tóxico.

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Acuerdo 114 de 2003

Por el cual se impulsa en las entidades distritales, el aprovechamiento eficiente de residuos sólidos

Establece que todas las entidades del Distrito deberán implementar medidas para el manejo de residuos sólidos capacitando y concientizando a sus servidores. La Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos -UESP- será la encargada de coordinar y asesorar en el montaje del sistema.

Decreto 400. 15/12/04. Alcaldía de Bogotá

Aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos producidos en las entidades distrital y reglamenta Acuerdo 114/03.

Impulsa el aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos producidos en las entidades distritales. Señala el objeto y ámbito de aplicación, principios, coordinación y

asesoramiento, promotores institucionales, contenido mínimo del plan de acción interno y disposición de aplicación inmediata.

Normatividad recurso energético

Normatividad recurso hídrico

NORMA DISPOSICIÓN OBSERVACIONES

NORMA DISPOSICIÓN OBSERVACIONES

Ley 697 de 2001 Nivel Nacional

Mediante la cual se fomenta el uso racional y eficiente de la energía, se promueve la

utilización de energías alternativas y se dictan otras disposiciones

Declara el Uso Racional y Eficiente de la Energía (URE) como un asunto de interés social, público y de conveniencia nacional, fundamental para asegurar el abastecimiento energético pleno y oportuno, la competitividad de la economía colombiana, la protección al consumidor y la promoción del uso de energías no convencionales de manera sostenible con el medio ambiente y los recursos naturales.

Decreto 3683 de 2003 Nivel Nacional

Por el cual se reglamenta la Ley 697 de 2001 y se crea una Comisión Intersectorial

Reglamenta el uso racional y eficiente de la energía, de tal manera que se tenga la mayor eficiencia energética para asegurar el abastecimiento energético pleno y oportuno, la competitividad del mercado energético colombiano, la protección al consumidor y la promoción de fuentes no convencionales de energía, dentro del marco del desarrollo sostenible y respetando la normatividad vigente sobre medio ambiente y los recursos naturales renovables.

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Ley 373 de 1997 Nivel Nacional

Por la cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua

Impulsa el programa para el uso eficiente y ahorro del agua. Se entiende por programa para el uso eficiente y ahorro de agua el conjunto de proyectos y acciones que deben elaborar y adoptar las entidades encargadas de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado, riego y drenaje, producción hidroeléctrica y demás usuarios del recurso hídrico.

Decreto 475 de 1998

Nivel Nacional Normas técnicas de calidad del agua potable.

Regula las actividades relacionadas con la calidad del agua potable para consumo humano, se definen los parámetros de agua segura, sus métodos de análisis.

Resolución 1558 de 1998 DAMA

Por medio de la cual se adoptan las metas de reducción de carga contaminante para Bogotá

Es deber de toda persona que realice vertimientos líquidos, contribuir con el cumplimiento y el alcance de las metas de reducción de carga contaminante establecidas, de acuerdo con las normas vigentes.

Resolución D.A.M.A. 1596 de 2001 (19 Diciembre).

Por medio de la cual se modifica la resolución 1074 de 1997.

Que establece Estándares Ambientales en materia de Vertimientos (Solicitud de Permiso de Vertimientos Industriales, Solicitud de Permiso de Vertimientos para Estaciones de Servicio y Establecimientos Similares).

Resolución D.A.M.A. 1074 de 1997

Por la cual se establecen los estándares ambientales en materia de vertimientos

Regula concentraciones máximas permisibles para verter a un cuerpo de agua y o red de alcantarillado público y fija las correspondientes sanciones.

Resolución 1433 de 2004 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

Reglamenta el artículo 12 del Decreto 3100 de 2003, sobre Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, PSMV

Establece el conjunto de programas, proyectos y actividades, con sus respectivos cronogramas e inversiones necesarias para avanzar en el saneamiento y tratamiento de los vertimientos, incluyendo la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de las aguas residuales descargadas al sistema público de alcantarillado, tanto sanitario como pluvial.

Normatividad recurso aire

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NORMA DISPOSICIÓN OBSERVACIONES

Decreto 948 de 1995 Nivel Nacional

Por el cual se reglamentan, parcialmente la Ley 23 de 1973, los artículos 33, 73, 74, 75 y 75 del Decreto-Ley 2811 de 1974; los artículos 41, 42, 43, 44, 45, 48 y 49 de la Ley 9 de 1979; Ley 99/93.

Contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire, de alcance general y aplicable en todo el territorio nacional, mediante el cual se establecen las normas y principios generales para la protección atmosférica, los mecanismos de prevención, control y atención de episodios por contaminación del aire generada por fuentes contaminantes fijas y móviles.

Resolución 005 de 1996 y 909 de 1996 de Min. Ambiente

Por la cual se reglamentan los niveles de emisión permisibles de contaminantes producidos por las fuentes móviles.

Define los equipos y procedimientos de medición de emisiones de contaminantes producidos por fuentes móviles terrestres a gasolina o diesel.

Decreto 2107 de 1995 Nivel Nacional

Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 948/95 Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire

Prohibición de uso de crudos pesados, art. 1. Quemas abiertas en áreas rurales, art. 2. Emisiones de vehículos diesel, art. 3. Solicitud del permiso, art. 4. Tramite del permiso de emisión atmosférica, art. 5. Vigencia, alcance y renovación del permiso de emisión, art. 6. Evaluación de emisiones de vehículos automotores.

Acuerdo 23 de 1999 Concejo de Bogota D.C.

Por el cual se ordena la

evaluación de emisiones de gases vehículos

Establece el mecanismo de evaluación y control de gases y otros contaminantes, producidos o emitidos por vehículos automotores que circulan en el territorio de Santa Fe de Bogotá Distrito Capital

Decreto 1530 de 2002

Se modifica el artículo 40 del Dec 948/95, modificado por el articulo 2º del Decreto 1697/97 y por el Decreto 2622/00

Define el contenido de plomo y otros contaminantes en los combustibles

Acuerdo 79 de 2003

Este Código comprende las reglas mínimas que deben respetar y cumplir todas las personas en el Distrito Capital para propender por una sana convivencia ciudadana.

En su artículo 26º indica los comportamientos que favorecen la salud en relación con el tabaco y sus derivados, estableciendo en el numeral 5.7 no fumar o consumir tabaco o sus derivados en Oficinas estatales y públicas.

Respecto del tráfico vehicular, es necesario revisar y mantener sincronizados y en buen estado los motores de los vehículos de la entidad y de cada uno de los servidores y conservarlos en condiciones de para evitar la quema excesiva de combustible y emisiones contaminantes de los mismos

ARTÍCULO 56 Comportamientos que favorecen la conservación y protección del aire.

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Resolución D.A.M.A. 389 de 2003 (5 Marzo)

Modifica la resoluc. 391 establece Normas Técnicas y Estándares Ambientales para la Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica en el Perímetro Urbano de la Ciudad de Bogotá D.C.

Define los parámetros de calidad del aire en la ciudad

Resolución D.A.M.A. 1699 de 2003

Se oficializa el programa de Iniciativa de Aire Limpio de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones.

Reglamenta el programa de aire limpio en bogota

Resolución D.A.M.A 1151 de 2002

Por la cual se adopta el Certificado Único de Emisión de Gases Vehiculares

Adoptar el Certificado Único de Emisión de Gases Vehiculares del Distrito Capital, el cual deberá ser utilizado en forma obligatoria por los Centros de Diagnóstico Reconocidos -CDR

RESOLUCION 1490 DE 2002

Modifica la resolución 1151 de 2002 (12 Septiembre) Adopta el

certificado único de emisión de gases vehiculares

Modificar el artículo octavo de la Resolución 1151 del 12 de septiembre de 2002 en el sentido de señalar como fecha de entrada en vigencia de esta disposición el 14 de noviembre de 2002.

Acuerdo Distrital 23 de 1999

por el cual se ordena la evaluación de emisiones de gases y otros contaminantes emitidos por vehículos automotores con el fin de proteger el aire en el Distrito Capital

ordenó la evaluación de emisiones de gases y otros contaminantes emitidos por vehículos automotores con el fin de proteger el aire en el Distrito Capital y cuyo objeto fundamental es la implementación del mecanismo de evaluación y control de gases y otros contaminantes, producidos o emitidos por vehículos automotores que circulan en el territorio de Bogotá.

Resolución 005 de 1996,

Por la cual se dispone que los automotores realicen anualmente a la evaluación de emisiones en los Centros de Diagnóstico Autorizados

modificados por la Resolución 909 de 1996, disponen que los propietarios de los vehículos deberán someter sus automotores anualmente a la evaluación de emisiones en los Centros de Diagnóstico Autorizados y que los resultados impresos de las mediciones que se realicen dentro del programa de verificación, se entregarán al propietario

Resolución D.A.M.A. 556 de 2003

Expiden normas para el control de las emisiones de fuentes móviles

Señala la Obligatoriedad del porte del certificado de emisiones y la sanción de inmovilización.

Resolución D.A.M.A. 1015 de 2005

Por la cual se fijan los niveles permisibles de emisión de contaminantes por las fuentes móviles (a gasolina y diesel).

fija los niveles permisibles de emisión de contaminantes por las fuentes móviles (a gasolina y diesel

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NORMA DISPOSICIÓN

Resolución 8321 de 1983 (4 Agosto) Min. Salud

Por la cual se dictan normas sobre Protección y Conservación de la Audición de la Salud y el bienestar de las personas, por causa de la producción y emisión de ruidos.

Acuerdo 79 de 2003 (Nuevo código de Policía)

ARTÍCULO 82.- Comportamientos en relación con la contaminación auditiva y sonora, define la contaminación auditiva y sonora como nociva para la salud, perturbadora de la convivencia ciudadana y afectase del disfrute del espacio público.

Normatividad Contaminación visual

NORMA DISPOSICIÓN OBSERVACIONES

Ley 140 De 1994

por la cual se reglamenta la publicidad exterior visual en el territorio nacional

Establece las condiciones en que puede realizarse Publicidad Exterior Visual en el Territorio Nacional.

Acuerdo 1 De 1998

la publicidad exterior visual en el distrito capital de Bogotá".

Como objetivos específicos, determinar 1a forma, procedimiento y ubicación de la Publicidad Exterior Visual, indicando a la vez las zonas en las que está permitida o prohibida su exhibición y las

responsabilidades que recaen sobre propietarios y anunciantes

Decreto 959 De 2000

por el cual se compilan los textos del acuerdo 01 de 1998 y del acuerdo 12 de 2000, los cuales reglamentan la publicidad exterior visual en el distrito capital de Bogotá

compila las normas del Acuerdo 01 de 1998 y del Acuerdo 12 de 2000, que conforman la reglamentación vigente en materia de publicidad exterior visual en el Distrito Capital de Bogotá.

Acuerdo 12 Del 2000

por el cual se modifica el

acuerdo 01 de 1998 MODIFICA EL ACUERDO 01 DE 1998"

Decreto 506 De 2003

reglamentan los acuerdos 01 de 1998 y 12 de 2000, compilados en el decreto 959 de 2000

Reglamenta el acuerdo del concejo 01 de 1998

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Para la identificación de los aspectos e impactos ambientales es necesario

identificar las entradas y salidas de cada proceso y posteriormente se describe

cada actividad respecto al tipo de interacción que tiene con el medio ambiente

en condiciones normales.

Para realizar una priorización de dichos aspectos, se deben evaluar

numéricamente de acuerdo a la siguiente tabla, entendiendo que a mayor

valor, mayor impacto. Los aspectos con valoración mayor o igual a 10, son

significativos y generan un impacto representativo en la ciudad.

Tabla X. Matriz de calificación de los aspectos ambientales

6.1 Aspectos ambientales identificados

Tabla X. Aspectos ambientales de la Superintendencia del Subsidio Familiar

Criterios

Ambientales Nivel Medida Descripción

Frecuencia

Bajo 1 (Más de una vez por año y menos de una vez por mes). Ocurre esporádicamente Medio 3 (Mínimo una vez por mes). Ocurre frecuentemente

Alto 5 Ocurre continuamente o mas de una vez por día

Severidad

Bajo 1 Impacto externo despreciable y/o limitado al medio interno Medio 5 Pequeño impacto al medio externo y/o a la comunidad

Alto 9 generación de grandes cantidades de efluentes, grandes Alto impacto al medio externo y/o la comunidad (Ej: emisiones de material particulado de las chimeneas)

Requisitos Legales y/u

otros

Bajo 1 No existen requisitos/reglamentos legales con relación a los aspectos/impactos Medio 5 relación a los aspectos/impactos, pero están controlados Existen requisitos legales u otros reglamentos con

Alto 9

Existen requisitos legales u otros reglamentos con relación a los aspectos/impactos, pero no están

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6.2 Impactos ambientales identificados

Tabla X. Aspectos ambientales de la Superintendencia del Subsidio Familiar

PROCESO ENTRADAS ACTIVIDADES SALIDAS AMBIENTAL ASPECTO Frecuencia Severidad Legal Total

OFICINAS

Agua

Actividades administrativas

Agua residual

doméstica Consumo de agua 5 5 5 15

Energía eléctrica N.A Consumo de energía eléctrica 5 5 1 11

Papel de

documentos Papel impreso Consumo de papel 5 5 1 11

Cartón Cartón usado Generación de residuos de papel 5 5 5 15

Computadores y otros equipos electrónicos

Repuestos

electrónicos Generación de residuos reciclables 5 5 5 15

Impresoras Residuos electrónicos Generación de residuos electrónicos 1 5 9 15

Muebles de Oficina Residuos de muebles Generación de residuos especiales 1 5 9 15 SERVICIOS GENERALES Implementos de

aseo limpieza Aseo y

Residuos peligrosos y patógenos Generación de residuos peligrosos y patógenos 5 5 9 19

Vajilla Cafetería Residuos de vidrio Generación de residuos reciclables 5 1 5 11

Automóviles Transporte de los directivos Residuos orgánicos Generación de residuos orgánicos 5 5 5 15

Gasolina Emisiones Generación de emisiones

atmosféricas

5 1 5 11

VISITAS A LAS C.C.F.

Gasolina Transporte de la comisión Emisiones Consumo de combustible 3 1 1 5

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Aspecto ambiental

significativo Impacto ambiental Clase de impacto Impacto Tipo de Acción de respuesta Tipo de medida

1

Generación de residuos Peligrosos y patógenos

Contaminación de suelos

y cuerpos de agua Adverso Social Ninguna _ 2 Generación de residuos

Electrónicos

Contaminación de suelos

y cuerpos de agua Adverso Ecosistémico Ninguna _ 3 Generación de residuos Especiales

Desperdicio de materiales, Contaminación,

Traumatismos en el sistema de recolección

Adverso Ecosistémico Ninguna _

4 Generación de residuos Reciclables y Orgánicos Desperdicio de materiales que pueden ser

recuperados - Incremento en la explotación de los recursos naturales. Administrado Ecosistémico Separación en la fuente de residuos reciclables (papel, cartón) Correctiva 5 Consumo de agua

Disminución del recurso hídrico de la ciudad - Altos

costos para la entidad. Adverso

Ecosistémico y

Financiero Ninguna _ 6 Consumo de energía eléctrica

Disminución del recurso energético de la ciudad - Altos costos para la entidad.

Adverso Ecosistémico y Financiero Ninguna _

7 Consumo de papel

Sobreexplotación de los suelos e incremento de tala de árboles para la producción de papel.

Adverso Ecosistémico y Financiero Ninguna _ CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL Descripción a) Benéfico a) Ecosistémico Descripción a) Correctiva

b) Adverso b) Social b) Migratoria

c) Administrado c) Financiero c) Preventiva

Los aspectos ambientales más significativos, con su respectivo impacto son:

Generación de residuos sólidos: Es potencial de contaminación de suelos y

cuerpos de agua y desperdicio de algunos materiales.

Consumo de agua: Disminución del recurso hídrico de la ciudad y altos

costos de funcionamiento para la Entidad.

Consumo de energía eléctrica: Disminución del recurso energético de la

ciudad y altos costos para la Entidad.

Consumo de papel: Genera sobreexplotación de los suelos e incremento de

tala de árboles para la producción de papel.

8. CONTENIDO DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE GESTIÓN

AMBIENTAL

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Éste programa de gestión ambiental de divide en 4 Subprogramas de acuerdo

a los diferentes aspectos ambientales identificados, los cuales se deben

administrar dentro del Sistema Ambiental.

8.1 SUBPROGRAMA RESIDUOS SÓLIDOS

OBJETIVO

ACTIVIDADES

PERIODO

OBSERVACIONES

1. Separar los

residuos

sólidos

de

forma

adecuada para

permitir

su

reciclaje.

Caracterizar

los

residuos

sólidos

de

la

Superintendencia.

Definir la clasificación a

realizar y el procedimiento de

recolección.

Se dispondrá un

lugar de reciclaje

para los desechos

de papel.

Adecuar el centro de acopio

de acuerdo a la legislación.

Crear

estrategia

de

divulgación e implementación.

Ejecutar la estrategia.

2. Hacer el

adecuado

y

periódico

control

de

plagas

y

desinfección al

interior de la

Superintenden

cia.

Realizar la desinfección de las

áreas de trabajo y control de

plagas en el sótano.

Continuo

Usar medidas de control de

plagas.

Continuo

Efectuar

una

fumigación

periódica según se requiera.

Una vez cada

dos (2) años

o según se

requiera.

Fumigación:

Con

productos de acción

residual

como

Dimamin y K-Othrine

EC-25.

8.2 SUBPROGRAMA USO EFICIENTE DEL AGUA

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1. Realizar un uso

eficiente del agua

potable

de

la

Entidad.

Llevar un control continuo

sobre el consumo de agua

de la Entidad.

Registro

de

m3

consumidos.

Fotocopia

de

los

recibos de la E.A.A.B.

Implementar métodos o

sistemas

técnicos

que

permitan ahorrar agua.

Formular e implementar

estrategias

de

sensibilización e incentivos

hacia el ahorro del agua.

2.

Realizar

el

control

de

los

servicios

sanitarios.

Realizar la desinfección y

aseo

diario

de

las

instalaciones de la entidad.

Llevar

control

y

registro

del

aseo

diario.

Estandarizar

el

almacenamiento de los

productos de aseo y de

cafetería, de acuerdo a

especificaciones técnicas.

Cumplir

con

las

especificaciones

y

legislación sobre el manejo

de residuos sanitarios.

Elementos

de

protección personal y

especificaciones

técnicas

Realizar

el

lavado

y

tratamiento de los tanques

de almacenamiento de

agua potable.

Tanto en el sótano

como en los tanques

aéreos.

8.3 SUBPROGRAMA USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA

(21)

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1.

Hacer

uso

eficiente de la

energía eléctrica

Llevar un control continuo

sobre el consumo de

energía eléctrica de la

Entidad.

Registro

de

kw

consumidos.

Formular la estrategia de

sensibilización

e

incentivos hacia el ahorro

de energía eléctrica.

Implementar la estrategia

8.4 SUBPROGRAMA DE CALIDAD DEL AIRE

OBJETIVO

ACTIVIDADES

PERIODO

OBSERVACIONES

1. Contribuir a la

comunidad

con

buenas prácticas

para

la

prevención de la

contaminación

atmosférica.

Propender

por

cumplimiento

con

el

certificado gases de los

vehículos.

Tener el registro de

la certificación de

gases de los carros

de la entidad al igual

que los carros de los

funcionarios.

Implementar

políticas,

para

prevenir

la

contaminación

atmosférica al interior y

exterior de la Entidad.

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9. EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO

9.1 Indicadores

Referencias

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