UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ
FACULTAD DE CONTABILIDAD
TESIS
PRESENTADA POR:
BACHILLER BALVIN PAUCAR, THALIA IBETH BACHILLER PAUCAR LAURENTE, LUZ DIANA
PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE:
CONTADOR PÚBLICO
HUANCAYO – PERÚ 2020
AUDITORÍA TRIBUTARIA PREVENTIVA Y SUBSANACIÓN VOLUNTARIA DE INFRACCIONES -
CASO EMPRESA CONSORCIO E INVERSIONES
SHALOM EIRL
ASESOR
Mg. TORIBIO ALFONSO FLORES ÑAHUI
DEDICATORIA
A Dios por darme las herramientas necesarias, a mis Padres Melecio, Elena y a mi hermana Damaris por su apoyo incondicional que hacen posible alcanzar este anhelo que me permite seguir escalando profesionalmente, a la Universidad Nacional del Centro del Perú, a la Facultad de Contabilidad y a los Maestros quienes me inculcaron de sabiduría.
Thalia.
A Dios por ser el hacedor de mi vida, quien dirige mis pasos, a mis Padres Juan, Irene y a mis hermanas Ruth y María por su comprensión y fortaleza. A la Universidad Nacional del Centro del Perú, Facultad de Contabilidad y Maestros, quienes impartieron sus conocimientos y por su motivación en el logro de un peldaño más en mi crecimiento personal y formación profesional
Luz.
AGRADECIMIENTO
En primer lugar, a nuestro Padre celestial, por proporcionarnos sabiduría y haber hecho posible la culminación de esta etapa de nuestras vidas.
Así mismo agradecemos enormemente a nuestros padres y hermanos por su sacrificio en brindarnos su apoyo afectivo e incondicional, antes y durante este proceso de formación profesional.
Un agradecimiento a nuestro asesor, Mg. Toribio Alfonso Flores Ñahui, por su dedicación, orientación y esfuerzo, quien nos brindó su confianza y apoyo incesante durante la realización de esta investigación, impulsándonos a seguir en esta profesión que tanto nos inspira.
Agradecemos también a quienes hicieron posible el término de esta investigación; Giddel Crisóstomo, Gerente de la Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL, por concedernos la oportunidad y el espacio para las coordinaciones en el desarrollo de la investigación, que colaboraron en el proceso de recolección de datos, brindándonos su tiempo e información requerida.
A todas aquellas personas que aportaron objetivamente para la culminación
del presente trabajo.
RESUMEN
La investigación se realizó en la Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL, en la provincia de Huancayo; con el objetivo de describir la situación actual de la Auditoría Tributaria Preventiva en la subsanación voluntaria de infracciones, de la misma manera aportar y aplicar un programa de auditoría tributaria preventiva relacionado al impuesto general a las ventas, impuesto a la renta, obligaciones formales y obligaciones sustanciales; con la finalidad de evaluar y examinar para encontrar infracciones, que se tendrán que subsanar acogiéndose al régimen de gradualidad, de manera que, en caso se produzca una fiscalización se pueda afrontar exitosamente, reduciendo así los posibles reparos, sanciones de multas e intereses, cierre temporal y entre otros. La investigación da respuesta a la interrogante de cuál es la situación actual de la Auditoría Tributaria Preventiva en la subsanación voluntaria de infracciones – Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL, así mismo esta investigación es de tipo aplicada, porque los resultados de la ejecución, servirá como guía para las empresas y puedan así evitar contingencias tributarias. Como resultado del estudio, se comprobó que la situación actual de la Auditoría Tributaria Preventiva en la subsanación voluntaria de infracciones – Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL es relevante, ya que la aplicación de este programa de auditoría tributaria preventiva permitió conocer infracciones tributarias lo cual se tuvo que subsanar voluntariamente.
Palabras clave: Auditoría Tributaria Preventiva, Subsanación Voluntaria de
Infracciones, Impuesto General a las ventas, Impuesto a la Renta, Obligaciones Formales,
Obligaciones Sustanciales y Programas de Auditoría.
ABSTRAC
The research was carried out at the SHALOM EIRL Consortium and Investments Company, in the province of Huancayo; in order to describe the current situation of the Preventive Tax Audit in the voluntary correction of infractions, in the same way provide and apply a preventive tax audit program related to general sales tax, income tax, formal obligations and obligations substantial; with the purpose of evaluating and examining to find infractions, which will have to be corrected by taking advantage of the gradual regime, so that, in the event of an inspection, it can be successfully faced, thus reducing possible objections, penalties of fines and interest, closure temporary and among others. The investigation answers the question of what is the current situation of the Preventive Tax Audit in the voluntary correction of infractions - Case of the Consortium and Investments Company SHALOM EIRL, likewise this investigation is of an applied type, because the results of the execution will serve as a guide for companies and thus can avoid tax contingencies. As a result of the study, it was found that the current situation of the Preventive Tax Audit in the voluntary correction of infractions - Case of the Consortium and Investments Company SHALOM EIRL is relevant, since the application of this tax audit program will avoid knowing tax infractions, which is had to be remedied voluntarily.
Keywords: Preventive Tax Audit, Voluntary Remedy of Infractions, General Sales Tax,
Income Tax, Formal Obligations, Substantial Obligations and Audit Programs.
INDICE
Página
ASESOR ii
DEDICATORIA iii
AGRADECIMIENTO ii
RESUMEN ii
ABSTRAC vii
ÍNDICE vii
ÍNDICE DE FIGURAS x
ÍNDICE DE TABLAS xii
INTRODUCIÓN xv
CAPÍTULO I PLANTEAMIENTO DEL ESTUDIO 1.1. FUNDAMENTACIÓN DEL PROBLEMA
... 171.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
... 2211.2.1. PROBLEMA GENERAL
... 2211.2.2. PROBLEMAS ESPECÍFICOS
... 2211.3. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
... 221.3.1. OBJETIVO GENERAL
... 221.3.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
... 221.4. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO
... 23CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL
2.1. ANTECEDENTES DEL ESTUDIO
... 252.1. BASES TEÓRICO CIENTÍFICAS
... 2502.1. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS
... 325CAPÍTULO III METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN 3.1. TIPO Y NIVEL DE INVESTIGACIÓN
... 453.1.1. TIPO DE INVESTIGACIÓN
... 4213.1.2. NIVEL DE INVESTIGACIÓN
... 463.2. MÉTODO DE INVESTIGACIÓN
... 463.1.1. MÉTODOS GENERALES
... 463.1.2. MÉTODOS ESPECÍFICOS
... 473.4. DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN
... 493.5. POBLACIÓN Y MUESTRA
... 493.5.1. POBLACIÓN
... 493.5.2. MUESTRA
... 493.6. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS
... 173.6.1. TECNICAS
... 173.6.2. INSTRUMNETOS
... 173.7. TÉCNICAS DE PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE LOS DATOS
... 173.7.1. PROCESO
... 173.7.2. ANÁLISIS
... 213.7.3. PRESENTACIÓN DE DATOS
... 213.8. DESCRICIÓN DEL PROCESO DE LA PRUEBA DE HIPOTESIS
... 22CAPÍTULO IV TRABAJO DE CAMPO Y PROCESO DE CONTRASTE DE LA HIPÓTESIS 4.1. DIAGNOSTICO DE LA REALIDAD ORGANIZACIONAL
... 254.2. PROPUESTA
... 2544.3. DEMOSTRACIÓN DE LA PROPUESTA
... 2574.4. DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS
... 130CONCLUSIONES 132
RECOMENDACIONES 133
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS 134
ANEXOS 137
MATRIZ DE CONSISTENCIA 138
MATRIZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE VARIABLES 139
GALERÍA DE FOTOS 141
INDICE DE FIGURAS
FIGURA N°1: Auditoría tributaria preventiva 57
FIGURA N°2: Subsanación voluntaria de infracciones 59
FIGURA N°3: Importancia de la Auditoría Tributaria 60
FIGURA N°4: Planeamiento Tributario 61
FIGURA N°5: Fiscalizada y/o requerida por SUNAT 62
FIGURA N°6: Sancionada por la SUNAT por infracciones tributarias 63
FIGURA N°7: Débito fiscal mensual 64
FIGURA N°8: Crédito fiscal permitidos como gasto o costo 65 FIGURA N°9: Facturas de compras doblemente contabilizadas 66
FIGURA N°10: Deudas coactivas 67
FIGURA N°11: Normas tributarias 68
FIGURA N°12: Irregularidades tributarias 69
FIGURA N°13: Asesores tributarios 70
FIGURA N°14: Cronograma tributario anual 71
FIGURA N°15: Gastos incurridos deducidos. 72
FIGURA N°16: Gastos Recreativos 73
FIGURA N°17: Costo de Venta mediante la Fórmula Contable 74
FIGURA N°18: Actualización de la Ficha RUC 75
FIGURA N°19: Acceso a número RUC 76
FIGURA N°20: Emisión de comprobantes de pago 77
FIGURA N°21: Orden de emisión de los comprobantes de pago 78
FIGURA N°22: Libros contables 79
FIGURA N°23: Registro o asientos de ajuste, reclasificación o rectificación. 80
FIGURA N°24: Conciliaciones de registros contables 81
FIGURA N°25: Registro de operaciones contables al día 82 FIGURA N°26: Presentación de declaraciones en plazos establecidos 83 FIGURA N°27: Declaraciones juradas en función de normas tributarias 84 FIGURA N°28: Uso de coeficiente correcto para declaraciones juradas 85 FIGURA N°29: Declaraciones juradas completas y conformes 86 FIGURA N°30: Constancias de declaración con Boucher correspondiente 87
FIGURA N°31: Pago de tributos 88
FIGURA N°32: Deposito de detracciones 89
FIGURA N°33: Ficha RUC 112
FIGURA N°34: Detalle de pago de tributos por rectificatoría 125
INDICE DE TABLAS
TABLA N°1: Auditoría tributaria preventiva 57
TABLA N°2: Subsanación voluntaria de infracciones 58
TABLA N°3: Importancia de la Auditoría Tributaria 60
TABLA N°4: Planeamiento Tributario 61
TABLA N°5: Fiscalizada y/o requerida por la SUNAT 62
TABLA N°6: Sancionada por la SUNAT por infracciones tributarias 63
TABLA N°7: Débito fiscal mensual 64
TABLA N°8: Crédito fiscal permitidos como gasto o costo 65 TABLA N°9: Facturas de compras doblemente contabilizadas 66
TABLA N°10: Deudas coactivas 67
TABLA N°11: Normas tributarias 68
TABLA N°12: Irregularidades tributarias 69
TABLA N°13: Asesores tributarios 70
TABLA N°14: Cronograma tributario anual 71
TABLA N°15: Gastos incurridos deducidos 72
TABLA N°16: Gastos recreativos 73
TABLA N°17: Costo de venta mediante la fórmula contable 74
TABLA N°18. Actualización de la Ficha RUC 75
TABLA N°19: Acceso a número de RUC 76
TABLA N°20: Emisión de comprobantes de pago 77
TABLA N°21: Orden de emisión de los comprobantes de pago 78
TABLA N°22: Libros contables 79
TABLA N°23: Registros o asientos de ajuste, reclasificación o rectificación 80
TABLA N°24: Conciliaciones de registros contables 81
TABLA N°25: Registros operaciones contables al día 82 TABLA N°26: Presentación de declaraciones en los plazos establecidos 83 TABLA N°27: Declaraciones en función de normas tributarias 84 TABLA N°28: Uso de coeficiente correcto para declaraciones juradas 85 TABLA N°29: Declaraciones juradas completas y conformes 86 TABLA N°30: Constancias de declaración con Boucher correspondiente 87
TABLA N°31: Pago de tributos 88
TABLA N°32: Deposito de detracciones 89
TABLA N°33: Programa relacionado con el IGV 94
TABLA N°34: Programa relacionado con el Impuesto a la Renta 95 TABLA N°35: Programa relacionado con las obligaciones formales 95 TABLA N°36: Programa relacionado con las obligaciones sustanciales 96
TABLA N°37: Programa detallado del IGV 99
TABLA N°38: Programa detallado del IGV 99
TABLA N°39: Programa detallado de obligaciones sustanciales 100
TABLA N°40: Programa detallado de obligaciones sustanciales 100
TABLA N°41: Análisis del débito fiscal 101
TABLA N°42: Análisis del crédito fiscal 103
TABLA N°43: Comprobantes de Pago que sustentan costo o gasto 104
TABLA N°44: Comprobantes Observados 105
TABLA N°45: Registro de Ventas 107
TABLA N°46: Ingresos Mensuales 109
TABLA N°47: Porcentaje del Impuesto a la Renta Mensual 111
TABLA N°48: Comprobantes con Información Mínima 113
TABLA N°49: Bancarización 116
TABLA N°50: Obligación Electrónica de Comprobantes 117
TABLA N°51: Factura de compras con Detracción 119
TABLA N°52: Obligación de Libros Electrónicos 120
TABLA N°53: Presentación del PDT 621 122
TABLA N°54: Declaración anual 125
TABLA N°55: Rectificación de declaraciones mensuales 126
TABLA N°56. Pago de impuestos 127
INTRODUCCION
La tesis: “Auditoría Tributaria Preventiva y Subsanación Voluntaria de Infracciones - Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL”, tuvo por finalidad describir la situación actual de la Auditoría Tributaria Preventiva en la subsanación voluntaria de infracciones; y de esta manera tratar que las empresas le den mayor importancia en ejecutar regularmente auditorías tributarias preventivas, beneficiándose en subsanar voluntariamente las infracciones formales y sustanciales para mejorar la adecuada gestión contable. También es trascendental conocer e implementar un Programa de Auditoría acorte a rubro de la empresa y al régimen tributario.
La investigación está estructurada de la siguiente manera:
En el capítulo I, “Planteamiento del Estudios” se realizó la fundamentación del problema tomando en consideración la problemática existente, posteriormente se formuló el problema general y los problemas específicos, el objetivo general y los objetivos específicos y finalmente la justificación del proyecto.
El capítulo II, “Marco Teórico Conceptual” se describió los antecedentes del estudio, las bases teórico – científicas y la definición de los términos básicos.
En el capítulo III, “Metodología de la investigación” se desarrolló el tipo y nivel de la
investigación, el método general y especifico, el diseño, la población y muestra, la
operacionalización de variables, técnicas e instrumentos de recolección de datos, técnicas de
procesamiento y análisis de datos y descripción del proceso de la prueba de hipótesis.
En el capítulo, “Trabajo de Campo y Proceso de Contraste de la Hipótesis”, se desarrolló el diagnóstico de la realidad organizacional, la propuesta, la demostración de la propuesta, la presentación, Interpretación de los resultados y la discusión de los resultados.
Finalmente, se presentan las conclusiones, recomendaciones, las referencias bibliográficas y los anexos.
Las autoras
CAPÍTULO I
PLANTEAMIENTO DEL ESTUDIO
1.1. Fundamentación del problema
En la actualidad muchas empresas dedicadas a diversos rubros han experimentado diferentes dificultades en el ámbito tributario, estos problemas se dan a conocer ya en una fiscalización tributaria; ocasionando un impacto económico negativo en las empresas por las deudas tributarias, multas y sanciones tributarias; debido a esta situación observada se planteó el estudio de la auditoría tributaria preventiva y subsanación voluntaria de infracciones, y como aporte un programa de auditoría tributaria preventiva que será de utilidad para hallar obligaciones tributarias erradas u omitidas, por consiguiente subsanar voluntariamente estas infracciones acogiéndose al régimen de gradualidad correspondiente.
En el ámbito internacional nos menciona Orue & Flores (2016), que “los
contribuyentes están sometidos a lo que conocemos como reformas legales y la carga
tributaria, esto conlleva a que frecuentemente ocurran errores u omisiones” (p.3), estas infracciones frecuentes del contribuyente se debe a un desconocimiento o mala información de las normas tributarias por consecuente si no subsana voluntariamente antes de una fiscalización, la SUNAT tiene la facultad de sancionar; generando gastos por las multas, cierres temporales, comisos y entre otros.
Así mismo García (como se citó en Cárdenas, 2018) señala que “en Guatemala existen diferencias en la base imponible y en las leyes porque cambian constantemente, lo que significa una inadecuada interpretación y desconocimiento de las leyes” (p.18), además el encargado de la contabilidad debe analizar e interpretar las normas, capacitándose frecuentemente para que el contribuyente evite incrementos en el pago de impuestos.
Debido a ello, desarrollar una Auditoría Tributaria Preventiva es beneficioso porque consiste en la verificación de un adecuado cumplimiento de obligaciones tributarias, sin embargo, a nivel nacional no se está aplicando en la mayoría de las empresas.
Las organizaciones esperan una fiscalización para darse cuenta recién de las
infracciones realizadas, así como menciona Andrade, Pérez, & Ticona (2016) “las
empresas están obligadas a pagar tributos, en algunos casos pagan multas, moras e
intereses, dependiendo de las circunstancias en la que se encuentran, esta acción afectará
el estado financiero de la entidad” (p.10); es por ello la importancia de la auditoría
tributaria preventiva para subsanar voluntariamente antes de que sea inducida como lo
señala Gamarra e Hinostroza (2015) que “en la actualidad la incertidumbre que generan
las revisiones por parte de la Administración puede ser solucionadas con programas de Auditoría Tributaria Preventiva, mediante esto se puede adelantar a los sucesos que generan reparos tributarios” (p. xx).
Las infracciones y sanciones tributarias que se especifican en una Fiscalización generan un impacto negativo en las empresas, pero estos se pueden prevenir con una Subsanación Voluntaria. En otros países también existen mecanismos de subsanación voluntaria, como a continuación se mencionan.
Amoroso (2017) indica que “los obligados tributarios que voluntariamente, sin que medie ninguna actuación de la administración tributaria, regularicen su situación tributaria o subsanen con anterioridad, no incurrirán en responsabilidad por las infracciones tributarias cometidas con ocasión de la presentación de aquellas” (p.68).
De la misma manera Irribarra (2016) señala que se “puede solicitar determinados antecedentes al contribuyente dentro de un plazo que no puede exceder de un mes, con posibilidad de prórroga para subsanar defectos, en la segunda etapa, se fiscaliza, el cual constituye un acto de iniciación del procedimiento” (p. 12); en estas dos etapas en el cual el contribuyente tiene la facultad de subsanar voluntariamente es beneficioso ya que no genera perjuicios económicos.
A nivel nacional es mínimo el porcentaje de contribuyentes que subsanan
voluntariamente sus infracciones, es decir, antes de una fiscalización no examinan ni
evalúan sus obligaciones tributarias, pues esto se refleja en estudios realizados.
Loja (2018) nos menciona que “Perú presenta un bajo índice de cumplimiento voluntario, desinterés para cumplir con las obligaciones tributarias y una baja percepción del riesgo de detección y sanción por el incumplimiento tributario” (p. 52); es muy importante que el contribuyente se informe de sus obligaciones tributarias de la misma manera la administración tributaria brinde capacitaciones para que no exista informalidad y fortalecer la cultura tributaria.
Como lo resalta Rodríguez (2017) “la cultura tributaria implica conductas basadas en el cumplimiento de los deberes, respeto por las normas establecidas y cumplimiento voluntario de ellas para que con ese fin los contribuyentes puedan aportar con el pago de sus obligaciones” (p. 64).
Es de suma importancia ejecutar programas de auditoría tributaria preventiva para subsanar a tiempo las infracciones y que permita reducir o eliminar sanciones tributarias y deudas tributarias que se plasman en la notificación de una resolución de determinación de la fiscalización.
Llauce & Vásquez (2018) refieren que “al generarse infracciones desde ya se
estaría provocando una sanción por lo cual el contribuyente tiene la opción de acogerse
a un régimen de gradualidad voluntario para así evitar ser notificado y que la sanción sea
un poco más elevada” (p. 29), esto conlleva a identificar oportunamente estas
infracciones, demostrando que el responsable de la contabilidad tiene que ser eficiente,
así como lo menciona, Huacha (2016) “contratar a personal capacitado para realizar las
tareas contables, ya que de ello dependerá poder evitar cometer infracciones tributarias y
si se cometió poder subsanar oportunamente, antes de cualquier fiscalización por parte de SUNAT” (p. 50).
Según Nima, Rey & Gómez (2013) “si el sujeto obligado regulariza voluntariamente dicha omisión, antes de ser detectado por la SUNAT, esta no podría aplicar sanción alguna, aun cuando la infracción ya se hubiera configurado” (p.30);
entonces se afirma que subsanar voluntariamente es beneficioso para la empresa.
En cuanto se refiere a la empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL, tuvo dos fiscalizaciones el cual generó pagos mayores de impuestos, multas e intereses; a pesar de ello se observa dificultades en el ámbito tributario, siendo necesario realizar la auditoría tributaria preventiva y así subsanar voluntariamente las infracciones.
1.2. Formulación del problema 1.2.1. Problema general
¿Cuál es la situación actual de la Auditoría Tributaria Preventiva en la subsanación voluntaria de infracciones – Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL?
1.2.2. Problemas específicos
a. ¿Cómo aportará la Auditoría Tributaria Preventiva en la Subsanación Voluntaria
de las Infracciones respecto al impuesto general a las ventas – Caso Empresa
Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL?
b. ¿Cómo contribuirá la Auditoría Tributaria Preventiva en la Subsanación Voluntaria de las Infracciones respecto al impuesto a la renta – Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL?
c. ¿Cómo beneficiará la Auditoría Tributaria Preventiva en la Subsanación Voluntaria de las Infracciones respecto a las obligaciones formales Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL?
d. ¿Cómo beneficiará la Auditoría Tributaria Preventiva en la Subsanación Voluntaria de las Infracciones respecto a las obligaciones sustanciales – Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL?
1.3. Objetivos de la investigación 1.3.1. Objetivo general
Describir la situación actual de la Auditoría Tributaria Preventiva en la Subsanación Voluntaria de las Infracciones – Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL
1.3.2. Objetivos específicos
a. Aplicar y conocer el aporte de la Auditoría Tributaria Preventiva en la Subsanación Voluntaria de las Infracciones respecto al impuesto general a las ventas – Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL.
b. Aplicar y saber la contribución de la Auditoría Tributaria Preventiva en la
Subsanación Voluntaria de las Infracciones respecto al impuesto a la renta –
Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL.
c. Aplicar y saber el beneficio de la Auditoría Tributaria Preventiva en la Subsanación Voluntaria de las Infracciones respecto a las obligaciones formales – Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL.
d. Aplicar y saber el beneficio de la Auditoría Tributaria Preventiva en la Subsanación Voluntaria de las Infracciones respecto a las obligaciones sustanciales – Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL.
1.4. Justificación del proyecto
Se justificó la realización de la investigación en los siguientes aspectos que son:
el aspecto teórico, al estudiar aspectos teóricos de auditoría tributaria preventiva siguiendo ciertos procedimientos establecidos en fuentes bibliográficas que abordan este tema que tiene como finalidad que las empresas puedan subsanar voluntariamente infracciones tributarias antes de ser fiscalizados por SUNAT. Esta investigación benefició el marco teórico en auditoría tributaria preventiva y subsanación voluntaria.
El segundo aspecto de justificación es la parte práctica; debido a que parte de esta investigación se centró en demostrar aspectos prácticos que realizan en este tipo de empresas – caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL, en el cual se ejecutó un programa de auditoría tributaria preventiva donde se determinó todas las infracciones y de esta manera se pudo beneficiar en el pago reducido acogiéndose al régimen de gradualidad por subsanación voluntaria.
Como último aspecto de la investigación es el aporte, ya que consistió en
contribuir a las empresas para que estas puedan darle mayor importancia a la auditoría
tributaria preventiva, del mismo modo esta investigación les permitió conocer el proceso de subsanación voluntaria de las diversas infracciones tributarias.
En este sentido, el estudio contribuyó con las empresas de este tipo, brindándoles los resultados de la auditoría tributaria preventiva haciéndoles conocer respecto a las infracciones incurridas orientándoles sobre estas para evitar futuros riesgos tributarios, asimismo, se propuso llevar a cabo la subsanación voluntaria acogiéndose al régimen de gradualidad correspondiente.
El rol de los contadores es esencial dentro de una empresa, pues interviene en la
gestión de la información comercial y financiera, siendo proactivos y diligentes. Por otra
parte, esta investigación forma parte de la base de apoyo para futuras investigaciones.
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL
2.1. Antecedentes del estudio
Para este tema de estudio se consideró las conclusiones y los resultados de investigaciones relacionadas a las variables; los antecedentes para Arias (1999) “se refiere a los estudios previos y tesis de grado relacionados con el problema planteado, es decir, investigaciones realizadas anteriormente y que guardan alguna vinculación con el problema en estudio” (p.14).
3.1.1. Internacionales
Espín y Espín (2017), en su investigación “Auditoría tributaria para la
empresa Calzacuba cía. Ltda., provincia de Cotopaxi, Cantón Latacunga en el
periodo del 01 de enero al 31 de diciembre del 2014, de la Universidad Técnica De
Cotopaxi”, donde utilizó el método de investigación descriptiva concluyó que “la
empresa Calzacuba Cía. Ltda., no establece políticas contables ni tributarias, mismas que son emitidas empíricamente que ha conllevado a errores continuos en los registros contables” (p.183). Estos errores se dan en todo tipo de organizaciones donde no cuentan con políticas tributarias establecidas adecuadamente.
Febrero (2017), en su tesis “Auditoría Tributaria Preventiva, de la Universidad Mayor De San Andrés”, con tipo de investigación descriptivo, concluyó que “El programa de auditoría tributaria preventiva, permitirá detectar anticipadamente contingencias tributarias que permitan identificar y minimizar el riesgo por incumplimiento tributario en las obligaciones formales y sustanciales del impuesto general a las ventas e impuesto a la renta” (p.32).
Aguilar (2017) en su investigación “Análisis de la perspectiva de los contribuyentes en el régimen fiscal del ISR e IVA periodo 2014 – 2016, de la Universidad Autónoma del Estado de México”, con tipo de Investigación directa, concluyó que “se debe decir que toda obligación tributaria tiene una razón de ser, existe un buen motivo para cada trámite, pago y procedimiento y entre más consciente esté el contribuyente de esto más crecerá el país” (p.50).
Irribarra (2016) en su Tesis “La Prueba en el Proceso Tributario, de la
Universidad de Chile”, concluyó que “la obligación tributaria tiene como objeto
que los contribuyentes aporten al Fisco una parte de sus rentas. Para tal objeto, el
Servicio de Impuestos Internos tiene por ley una función determinada, fiscalizar su
cumplimiento y determinar las obligaciones tributarias” (p.47).
3.1.2. Nacionales
Abanto (2017), en su investigación “La auditoría tributaria preventiva del impuesto general a las ventas e impuesto a la renta en la empresa estructuras y montaje José Gálvez S.R.L. en el distrito de Cajamarca – 2015, de la Universidad Nacional de Cajamarca” con método de investigación descriptivo / explicativo, concluyó que “la Auditoría Tributaria Preventiva en la empresa Estructuras y Montaje José Gálvez S.R.L, tuvo una influencia positiva en la determinación del Impuesto General a las Ventas e Impuesto a la Renta, evitando sanciones por multas e intereses moratorios” (p.86 ).
Asimismo Legoas (2019), en su investigación “Auditoría tributaria preventiva como herramienta para reducir el riesgo tributario en estación de servicios san francisco S.R.L., Chiclayo 2018, de la Universidad Señor de Sipán”, con tipo de investigación descriptiva y analítica , concluyó que “la aplicación de una Auditoría Tributaria Preventiva, es viable puesto que se reducirá posibles errores que pueda presentar la empresa en un futuro y generar posibles soluciones evitando que se debilite el estado económico de la empresa” (p.69).
Cárdenas (2018) en su investigación “Auditoría tributaria preventiva, para el
cumplimiento de las obligaciones tributarias las empresas del sector comercio del
Perú: caso empresa ¨Edicsem S.A.C.¨ – lima, 2017, de la Universidad Católica Los
Ángeles Chimbote” con diseño de investigación aplicado, concluyó “que la
empresa es consciente de la necesidad de contar con una auditoría tributaria para
hacer una buena planificación de acuerdo a la empresa para mitigar los riesgos
tributarios” (p.90).
A las organizaciones les corresponde realizar procedimientos de tengan la finalidad de revisar, verificar e inspeccionar los registros contables así como de las obligaciones formales y sustanciales.
Llance & Vásquez (2018), en su tesis “Contingencias tributarias por el incumplimiento de pagos y su efecto en la liquidez del periodo 2016-2017 de la empresa inversiones & negocios Pepejulio E.I.R.L, de la universidad César Vallejo” , con tipo de investigación correlacional concluyó que “la empresa no ha venido cumpliendo sus obligaciones tributarias de manera correcta presentando algunas inconsistencias, como el incumplimiento de pago de tributos, no abonar oportunamente la cuota de ONP, renta de 4ta categoría y otros tributos declarados”
(p. 106).
Capia (2019) en su Tesis “La facultad de fiscalización de la administración tributaria en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los profesionales independientes de la ciudad de puno, periodos 2015-2016 de la universidad nacional del altiplano”, con tipo de investigación descriptiva, concluyó que “el contribuyente, tiene que cumplir los procedimientos tributarios para no ser sujeto de infracciones, sanciones y multas, sin embargo se ha observado que están sujetos a confusión, distorsión y que actúan con omisión deliberada”. (p. 110)
Según Burgos & Gutiérrez (como se citó por Cárdenas, 2018) en su tesis
“Auditoría tributaria preventiva, para el cumplimiento de las obligaciones
tributarias las empresas del sector comercio del Perú: caso empresa ¨Edicsem
S.A.C.¨ – lima, 2017, de la Universidad Católica Los Ángeles Chimbote” con
diseño de investigación aplicado, concluyó que “la empresa Inversiones Padre Eterno E.I.R.L. no ha desarrollado sus actividades de acuerdo a las normas tributarias, lo cual motivo a realizar la auditoría tributaria, determinando inconsistencias, las cuales se podrán subsanar antes de ser notificados por la administración tributaria” (p. 22).
Para Taco (2018) en su tesis “Auditoría tributaria preventiva para evitar contingencias tributarias en una empresa comercial de envases industriales, 2017, de la universidad Norbert Wiener” con tipo de investigación proyectivo, concluye lo siguiente “la auditoría tributaria ayudó a detectar los errores como: la no bancarización de los comprobantes y la omisión de ventas en el mes de setiembre, las cuales fueron subsanadas acogiéndose a la gradualidad con rebajas” (p. 28).
3.1.3. Locales
Los trabajos de investigación de carácter local que a continuación se menciona tienen una relación cercana con el tema de estudio que se desarrolló.
Montero y Sachahuaman (2016), en su trabajo de investigación denominada
“Auditoría tributaria preventiva y su incidencia en los riesgos tributarios en las
empresas constructoras de la provincia de Huancayo” de la Universidad Nacional
Del Centro Del Perú con tipo de investigación aplicada, concluyó que “la auditoría
tributaria preventiva incidirá positivamente en la disminución de los riesgos
tributarios, antes que se presente un proceso de fiscalización por parte de la
SUNAT” (p.177).
Gamarra e Hinostroza (2015) en su trabajo de investigación “Auditoría tributaria preventiva como mecanismo para reducir contingencias tributarias en las empresas de transporte de la provincia de Huancayo” de la Universidad Nacional del Centro del Perú, con tipo de investigación Aplicada, concluyó lo siguiente que;
“las empresas no cuentan con herramientas de control de obligaciones, por lo tanto, las estrategias tributarias influyen positivamente en el cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales en las Empresas de Transporte de carga por carretera de la provincia de Huancayo”(p.202).
2.1. Bases teórico - científicas
2.1.1. Teoría de la auditoría tributaria
Según Yarasca & Álvarez (citado por Carranza, 2018), menciona que “La Auditoría Tributaria es el examen fiscalizador que realiza un auditor fiscal o independiente para determinar la veracidad de los resultados de operaciones y situación financiera declarados por la empresa (contribuyente), a través de su información financiera u otros medios” (p.17).
La Administración Tributaria en su Manual General de Procedimientos de Auditoría señala que ¨La Auditoría Tributaria es un examen dirigido a verificar el cumplimiento de la obligación Tributaria por parte de los contribuyentes, así como también de aquellas obligaciones formales contenidas en las normas legales¨.
2.1.2. Teoría de la disuasión
Según Allingham y Sadmo (como se citó por Nuñez, 2014) señala que “el
pago del impuesto es resultado de una decisión económica racional: los individuos
estarán dispuestos a pagar tanto perciban que el beneficio de evasión sea inferior al costo probable de penalización que tuviera que incurrir en caso de ser descubierto”
(p.18).
Referente a esta teoría, las obligaciones tributarias que están afectos todos los contribuyentes en países desarrollados, existen ahí un mayor índice de cultura tributaria; sin embargo, en nuestro país el índice de una cultura fiscal es menor es por ello que frecuentemente se realizan fiscalizaciones y auditorías hacia las organizaciones y el resultado de estas genera un mayor pago de impuestos, multas y sanciones.
2.1.3. Teoría del deber de tributar
Para Eheberg (como se citó por Nuñez, 2014), “esta teoría no necesita ningún fundamento jurídico para justificar su existencia, comparando la tributación con la vida de los ciudadanos, porque todos debemos aportar a la comunidad de fuerzas y valores económicos, cuando lo exige el bienestar general” (p.19).
2.1.4. Teoría del proceso de fiscalización
Según Ortega y Castillo (como se citó por Nuñez, 2014); expresa que “los contribuyentes no suelen afrontar adecuadamente un proceso de fiscalización, por una inapropiada interpretación de la normativa tributaria y como consecuencia un incremento en el nivel del riesgo fiscal” (p.19).
El fin de esta teoría es facilitar información para evitar futuros riesgos
tributarios en los procedimientos de una fiscalización, en la actualidad muchas
empresas requieren de un buen asesoramiento para cumplir correctamente con las obligaciones tributarias tanto formales como sustanciales; obteniendo beneficios para ser competitivos.
2.1.5. Teoría de reformas legales y carga tributaria
Para Wonsang y Cabrera (citado por Nuñez, 2014); “se basa en que las constantes reformas legales y la carga tributaria a la que están sometidos los contribuyentes, conllevan a incurrir en errores u omisiones por desconocimiento o intencionados, y generan contingencias tributarias o pagos excesivos de impuestos”
(p.21).
Para evitar estos resultados negativos en las empresas, existen estrategias y técnicas para poder cumplir eficientemente nuestras obligaciones tributarias de acuerdo a las normativas para evitar infracciones.
2.1.6. Teoría de contingencias tributarias
Según Espinoza (como se citó por Nuñez, 2014) indica que “para el contribuyente es esencial contar con información oportuna y significativa para cumplir con sus obligaciones tributarias, y especialmente para establecer una debida interpretación y aplicación de las leyes tributarias” (p.20).
2.1.7. Teoría administrativista
Según Goldschmidt (como se citó por Samham, 2012), “la conducta
antiadministrativa representa la omisión de prestar ayuda a la administración estatal
dirigida al bienestar público. Rigen para las infracciones fiscales principios
especiales respecto de la culpabilidad y se admite la prueba de la falta de conocimiento no culpable” (p.6). También en esta teoría se menciona que las sanciones serán otorgadas de acuerdo a las infracciones tipificadas en el código tributario.
2.1.8. Teoría dualista
Para Jarach (como se citó por Samham, 2012) señala que “las sanciones relativas a infracciones referidas a la obligación sustancial correspondían al derecho penal, y las relacionadas con los deberes formales de orden administrativo, no de carácter sustantivo, estaban comprendidas en el derecho administrativo penal”. Así mismo “la idea de pena no es exclusiva del Código Penal, sino que los casos de su existencia se hallan abundantemente esparcidos en todo el derecho y también, pues, en el derecho tributario” (p.6).
Según Fonrouge (como se citó por Samham, 2012), “diferencia a los Ilícitos Tributarios en dos categorías jurídicas, según su naturaleza, y las sanciones, en penales y civiles o administrativas” de la misma manera señala que “los delitos tributarios son reprimidos con sanciones penales que corresponden a infracciones fiscales, y tiene penas pecuniarias, multas y otras de índole accesoria, como el comiso y la clausura de establecimiento” (p.6).
2.1.9. Teoría autonomista
Según Carano (como se citó por Samham, 2012), “el ilícito tributario y sus
sanciones corresponden a una naturaleza específica, de carácter especial,
considerado como el aspecto positivo del derecho que no puede dejar de estar integrado por el aspecto sancionatorio propio de toda norma jurídica” (p.6).
Para Dematties (como se citó por Samham, 2012) en su libro “Manuale di Diritto Penale Tributario” menciona que “el Derecho Tributario es aquella rama del derecho público que estudia las infracciones a preceptos especiales que obligan a quienes residen en el Reino, a contribuir, con ciertas prestaciones financieras, directas o indirectas, a las necesidades de la colectividad” (p.7).
2.1.10. Teoría del cumplimiento voluntario
Para Alva (como se citó en Romero, 2016) señala que “el cumplimiento voluntario de la obligación es el pago en efectivo y todos aquellos modos de extinguir las obligaciones equivalentes a él, que satisfacen al acreedor, es decir, a la Administración Tributaria” (p.16).
De la misma manera “se considera que un elemento necesario para lograr una mayor recaudación, es el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, que puedan asumir la tributación como un compromiso activo del proceso y no en forma pasiva” (16).
2.2 Definición de términos básicos 2.2.1. Auditoría tributaria preventiva
2.2.1.1. Auditoría
Según Flores (2016) refiere que “la auditoría es el examen
independiente de la información de cualquier entidad, ya sea lucrativa o
no, no importando su tamaño o forma legal, cuando tal examen se lleva a cabo con objeto de expresar una opinión sobre dicha información” (p.11).
2.2.1.2. Tributo
Carrasco, R y Torres, G (2011), menciona que “el tributo es la prestación generalmente pecuniaria que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio, en virtud de una ley, para cubrir gastos que la demanda el cumplimiento de sus fines” (p.88)
2.2.1.3. Auditoría tributaria
Para Effio (citado por Nuñez, 2014) señala que “la auditoría tributaria es un examen para verificar el cumplimiento de la obligación tributaria y obligaciones formales contenidas en las normas legales, donde se examina las declaraciones juradas presentadas, estados financieros, libros, registros de operaciones y toda la documentación sustentatoria”
(p.22).
La auditoría tributaria también es un proceso de verificación donde conforman técnicas y estrategias para comprobar el cumplimiento eficiente de las obligaciones formales y sustanciales, de acuerdo a la normativa correspondiente y poder emitir un informe general.
2.2.1.4. Auditoría tributaria preventiva
Para Effio (citado por Montero y Sachahuaman, 2016) “la
Auditoría Tributaria Preventiva es un proceso sistemático con el propósito
de verificar y comprobar de una manera objetiva el correcto cumplimiento y denominación de las obligaciones tributarias” (p.48).
Nuñez (2014) refiere que “la Auditoría Tributaria Preventiva formula y emite una opinión sobre los aspectos tributarios, básicamente la correcta determinación de la obligación tributaria para poder disminuir riesgos tributarios en un futuro”. (p.76)
2.2.1.5. Auditor
Según Cárdenas (2018) señala que es el “Profesional capacitado y experimentado que se designa por una autoridad competente, para revisar, examinar y evaluar los resultados de la gestión administrativa y financiera con el propósito de informar o dictaminar acerca de ellas, realizando las observaciones y recomendaciones pertinentes” (p.75).
2.2.1.6. Objetivos de la auditoría tributaria
Los objetivos según Nuñez (2014) son: “Verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, determinar la veracidad de la información presentada, contrastar que lo declarado corresponda a las operaciones registradas como a la documentación sustentatoria y si están correctamente determinados de acuerdo a las normas contables” (p.23).
2.2.1.7. Fiscalización
Para Flores (2009) “la fiscalización es un proceso donde SUNAT
verifica la determinación de la obligación tributaria y cumplimiento de las
obligaciones formales vinculadas a ellas, que culmina con la notificación de la resolución de determinación, resoluciones si fuera el caso” (p. 49).
2.2.1.8. Riesgo tributario
Según Vargas (2001) menciona que “El que haya riesgo fiscal es consecuencia de prácticas económicas y contables no correctas, pero de la misma forma se da por un complejo sistema tributario, sus continuas modificaciones y las interpretaciones erróneas” (p. 93).
Para la RAE “el riesgo viene a ser la probabilidad que ocurra un suceso no favorable, las que pueden ser objeto de tomar ciertas precauciones y así reducir el efecto negativo”.
Es importante encontrar los riegos tributarios para realizar un plan que reduzca futuras contingencias y evitar gastos innecesarios por conceptos de multas e intereses.
2.2.1.9. Métodos de la auditoría tributaria
Para Flores (2012) menciona dos métodos, “Método convencional, consiste en analizar la información contable y financiera de la empresa, que la información este elaborado en base a la legislación tributaria además revisar todos los registros y documentos contables para determinar si incurrió en contingencias tributarias” también hace mención del
“Método analítico, consiste en analizar y revisar toda la información
contable y tributaria de un departamento en específico” (p.143).
2.2.1.10. Técnicas de auditoría tributaria
Según Flores (2012) menciona que “las técnicas de auditoría son métodos prácticos de investigación y pruebas con la finalidad de obtener información, en ese sentido señala las técnicas más utilizadas por los auditores”; las técnicas mas frecuentes que menciona son los siguientes
“el estudio general es realizar un análisis global y sirve de orientación, análisis consiste en disgregar cada rubro y comprobar la veracidad y legalidad, declaración, inspección es examinar físicamente los documentos, observación y cálculo de las operaciones de la empresa”.
2.2.1.11. Etapas de la auditoría tributaria preventiva
Según Flores (2012) “existen tres etapas de auditoría tributaria que el auditor debe seguir: Planeación, trabajo de campo o Ejecución e informe”
a. Planificación
Actualízate contador-Upgrade Counter (2014) en su libro virtual Manual de Auditoría menciona “que el auditor planifica el comienzo de auditoría basándose en su criterio profesional, el profesional determinara los procedimientos de auditoría que se aplicarán, la extensión que se darán a las pruebas y los papeles de trabajo”.
b. Ejecución
En esta etapa se realiza la obtención y acumulación de
evidencia, así como la documentación de las mismas aplicando los procedimientos y técnicas de auditoría.
c. Informe:
Actualízate contador-Upgrade Counter (2014) menciona que “En esta etapa el auditor emite una opinión o también puede abstenerse a emitir una opinión profesional, en el caso de emitir una opinión el auditor debe tener presente el enfoque de riesgo”.
2.2.2. Subsanación voluntaria de infracciones 2.2.2.1. Obligaciones formales
Reyes (2015) menciona que “las obligaciones tributarias formales en nuestro ordenamiento legal están conformadas por todas aquellas conductas que no implican la omisión al pago de tributos” estos son los siguientes Art. 175° N°1 “Omitir llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT u otros medios de control exigidos por las leyes o reglamentos”, Art. 176° N° 1 “No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos” (p.243).
El no cumplir con estas obligaciones formales tipificadas en el
código tributario genera que el pago de los impuestos que es una
obligación sustancial no sea correcto ya que ambas obligaciones están
fijadas a la contribución.
Para Nima, Rey y Gómez (2013) “Tales obligaciones formales, han sido establecidas en el artículo 87 del Código Tributario y son de aplicación no solo para aquellos sujetos que califiquen como deudores tributarios sino también para los terceros por el vínculo contractual o de negocios que puede establecerse” (p.183).
2.2.2.2. Obligaciones Sustanciales
Para Reyes (2015) “las obligaciones sustanciales es el pago de tributos, para esto basta con que el deudor tributario cumpla con la obligación de pago, sin embargo, la administración tributaria considere como infracción cuando es incumplida” (p.343).
De la misma manera el Código tributario señala que “no solo es una infracción el incumplimiento de pago de tributos, sino que el agente de retención o percepción del tributo no haya cumplido con el pago en el plazo otorgado, contenida en el artículo 178° N°4 del Código Tributario”.
2.2.2.3. Contingencia tributaria
Vergara (citado por Taco, 2018). Menciona que “es un riesgo que
puede obtener un contribuyente, provocando sanciones e infracciones
debido al incumplimiento tributario, también por la falta de pruebas de
hechos relacionados con las obligaciones y por la aplicación e
interpretación incorrecta de las normas tributarias” (p.30).
Así mismo “Estos acontecimientos exponen al empresario, ya que la administración tributaria realiza la imposición de pagos por determinado problema, en consecuencia, las contingencias producen pérdidas económicas y financieras, afectando la liquidez de la empresa”
(p.30)
Montesinos (citado por Taco, 2018) señala que “Son situaciones que pueden incidir de manera negativa en los resultados presentados, estas actividades pueden producir incertidumbre para la obtención de ganancia o pérdida de los estados financieros”. De la misma manera “las contingencias puede ser producto a la falta de cancelación o reconocimientos de las obligaciones tributarias, el cual afecte al fisco, también pueden deberse a la incorrecta interpretación de las normas tributarias” (p.31).
2.2.2.4. Infracción tributaria
Flores (citado por Taco, 2018) señala que “Las infracciones son
acciones que violan las normas tributarias de manera sustancial y formal,
en los cual las sustanciales, son la falta de cancelación de los tributos de
acuerdo al plazo de vencimiento” y en cuanto la infracción formal es “la
omisión de las presentaciones formales como la falta de presentación de
las declaraciones, no emisión del comprobante de pago, incumplimiento
de la esquela y entre otras” (p.31).
Para Arancibia (citado por Taco, 2018) son “omisiones de las normas tributarias divididas en tres criterios: grave, muy grave y leve, es decir ocultamiento de datos, utilización de documentos fraudulentos, y por último regularización de pago de tributos de manera voluntaria por parte del contribuyente” (p32).
Código tributario (1999) menciona que “la infracción tributaria se define como omisiones por parte de las empresas ya sea como persona natural o jurídica, quienes violan las normas tributarias”.
2.2.2.5. Sanciones tributarias
Para Arancibia (citado por Taco, 2018) “la sanción se refiere a las penas que recaen al contribuyente, por haber infringido las normas tributarias, estas sanciones son como las multas, comisión de bienes o cierre de las oficinas” (p.33).
Reyes (2015) menciona que “la facultad sancionadora de la Administración Tributaria consiste en la potestad de determinar e imponer sanciones administrativamente como consecuencia de la acción u omisión del deudor tributario o tercero que incumpla obligaciones formales o sustanciales” (p.244)
Según la normativa existen las siguientes sanciones: multas,
comisos, cierre temporal de los establecimientos, suspensiones y entre
otros.
2.2.2.6. Gradualidad de las sanciones
Para Reyes (2015) “La facultad de graduar sanciones es sobre la base de diversos tramos frente a las disposiciones imperativas contenidas en las Tablas de Infracciones y Sanciones del Código Tributario, que se establecen un tope máximo sobre el cual aplicar la gradualidad” (p.244).
2.2.2.7. Régimen de incentivos
Según Reyes (2015) “el régimen de incentivos permite la rebaja de las multas dependiendo del momento en que se produzca la subsanación de las infracciones cometidas; es decir al momento en el que se dé cumplimiento a la obligación tributaria formal o sustancial” (p.245).
El Código Tributario Art. N°179 menciona que “el régimen de incentivos aplicable a las infracciones relacionadas al cumplimiento de obligaciones tributarias; se establece una rebaja del 95% de las multas si se regularizan y pagan en forma voluntaria”.
2.2.2.8. Subsanación voluntaria
Para Nima, Rey y Gómez (2013) “si subsana la infracción antes que surta efecto la notificación de la SUNAT en la que se le comunica al infractor que ha incurrido en infracción” (p.30).
2.2.2.9. Subsanación inducida
Para Nima, Rey y Gómez (2013) “si subsana la infracción dentro del plazo otorgado por la SUNAT, contado desde la fecha en que surta efecto la notificación en la que se le comunica al infractor que ha incurrido en infracción” (p.30).
2.2.2.10. Cumplimiento tributario
Es la acción de cumplir con las obligaciones tributarias,
relacionada con la moral fiscal que está establecida por el nivel de
tolerancia al fraude, de acuerdo a los valores y motivación interna de cada
persona.
CAPÍTULO III
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
3.1. Tipo y nivel de investigación 3.1.1. Tipo de investigación
La investigación es de tipo aplicada, porque los resultados abarcados por la ejecución del tema de estudio, sirvió para que las empresas puedan evitar sanciones y pueden ser beneficiadas.
Para Carrasco (2016) “la investigación de tipo aplicada se distingue por
tener propósitos prácticos inmediatos bien definidos, es decir se investiga para
actuar, transformar, modificar o producir cambios en un determinado sector de la
realidad” (p. 43).
3.1.2. Nivel de investigación
El nivel de investigación es descriptivo ya que se detalló a profundidad las siguientes variables Auditoría Tributaria Preventiva y Subsanación Voluntaria de Infracciones, lo cual proporcionará un amplio conocimiento de esta investigación.
Según Sánchez y Reyes (2017) señalan que “el nivel de investigación descriptivo, consiste fundamentalmente en describir un fenómeno o una situación mediante el estudio del mismo en una circunstancia temporal- espacial determinada. Son las investigaciones que tratan de recoger información sobre el estado actual del fenómeno”. (p.48)
3.2. Métodos de investigación 3.2.1. Métodos generales
Se utilizó el método general siguiente: método científico. Para Gay (citado por Ñaupas, 2014) menciona que el método científico es “un proceso muy ordenado que comprende un número de etapas secuenciales: descubrimiento y definición del problema; formulación de hipótesis; recopilación de datos; y exposición de conclusiones tocante a la confirmación o rechazo de las hipótesis” (p. 122).
Solamente con la aplicación del método científico se puede lograr un conocimiento científico sobre el tema de estudio como es la Auditoría Tributaria Preventiva y Subsanación Voluntaria de Infracciones – Caso Empresa Consorcio e Inversiones SHALOM EIRL.
3.2.2. Métodos específicos
3.2.2.1. Método descriptivo
Entre los métodos específicos a utilizarse en la investigación principalmente será el descriptivo, para Niño (2011) refiere que “una investigación descriptiva tiene como finalidad describir la realidad de un objeto de estudio, se realiza para esclarecer una verdad” (p. 34).
3.2.2.2. Método inductivo
Para Cerraga (2012) especifica como “un método que busca las características de un problema con el objetivo de generalizarlas. Es decir, las conclusiones se pueden dar de acuerdo a las experiencias que tuvo el investigador, de manera más clara es que este método va de lo simple a lo complejo”.
Para la empresa en análisis el método inductivo tuvo la finalidad de contrastar, verificar y ejecutar con los datos proporcionados para que estos sirvan a futuras investigaciones.
3.2.2.3. Método deductivo
Cerraga (2012) nos señala que “este método indica que las conclusiones deberán ser fiables para proporcionar soluciones a los problemas a través del conocimiento. Dicho de otro modo, este método valida los datos de lo amplio a lo simple”, para la investigación se ejecutará este método para dar soluciones a los inconvenientes.
3.2.2.4. Método analítico
Según Sánchez (2003) menciona que “el Método Analítico deriva del vocablo griego analysis y significa: disolución de un conjunto en sus partes; también, es el camino del análisis, de los efectos a sus causas particulares, de manera que el razonamiento termina en las más generales”
(p.16).
Asimismo, hablar sobre el método analítico consiste en separar un todo en partes y así experimentar cada pieza para compararlo con el todo.
Para la investigación se aplicó el método analítico, porque para contrastar la hipótesis tendremos que analizar el problema establecido, separando sus elementos en cada una de sus partes y de esta manera obtener los resultados deseados
3.2.2.5. Método estadístico o inferencial
Para Jimenez (2004) refiere que “la estadística puede definirse como un método de razonamiento que permite interpretar datos cuyo carácter esencial es la variabilidad” (p.125).
Para el estudio se utilizó para el procesamiento de datos a través
del programa SPSS última versión, esto nos ayudará a la captura y análisis
de datos para crear tablas y gráficas con data compleja, utilizándolo para
una amplia gama de exámenes estadísticos, como las estadísticas
descriptivas.
3.3. Diseño de la investigación
El diseño es longitudinal ya que consiste en comparar datos de una sola empresa a través de varios periodos temporales, con la finalidad de analizar el proceso de avance o evolución.
Así mimo “permiten realizar estimaciones de la tasa de cambio en función del tiempo, y en relación con distintas características del individuo” (Arnau y Bono, 2008), esto hace referencia a evaluar los datos en estudio a lo largo del tiempo y anticipar futuros riesgos; para esta investigación se analizó a la empresa Consorcio e Inversiones Shalom en los siguientes periodos: 2018, 2019 y 2020(enero - junio).
3.4. Población y muestra 3.4.1. Población
La presente investigación esta basada en un método de caso para lo cual no fue necesario detallar la población.
3.4.2. Muestra
En la investigación se utilizó la unidad de análisis representado por la Empresa CONSORCIO E INVERSIONES SHALOM, y se analizó la información proporcionada para el estudio.
Según Sampieri, Fernández y Baptista (2014) menciona que “las
muestras no probabilísticas también llamadas muestras dirigidas, supone un
procedimiento de selección orientado por las características de la investigación más
que su criterio estadístico de generalización” (p.189).
3.5. Operacionalización de variables
Según Carrasco (2009) “Se concibe que la Operacionalización de variable es un
proceso metodológico que consiste en descomponer o desagregar deductivamente la
variable que compone el problema de investigación, partiendo desde lo más general a lo
más específico”.
VARIABLES DEFINICIÓN CONCEPTUAL
DEFINICIÓN
OPERACIONAL DIMENSIONES INDICADORES ITEMES
ESCALA DE MEDICION:
ORDINAL
Variable Independien te:
Auditoría tributaria preventiva
Effio (2011) señala que la Auditoría Tributaria Preventiva es un proceso sistemático
con el
propósito de verificar y comprobar de una manera objetiva el correcto cumplimiento y
denominación
de las
obligaciones tributarias.
Auditoría realizada por auditores independientes, este tipo de autoría tiene objetivos básicamente preventivos, pues el resultado de la misma permite a la empresa
verificar la situación
tributaria en la
que se
encuentra, pudiendo corregir de forma óptima los errores
encontrados
Impuesto General a las
ventas
Cumplimiento de obligaciones
sustanciales
1. ¿Conoce la importancia de la Auditoría Tributaria Preventiva?
A) SI = 3 B) A VECES=2 C) NO= 1
2. ¿La empresa cuenta con algún Planeamiento
Tributario?
A) SI = 3 B) A VECES=2 C) NO= 1
3. ¿La empresa ha sido fiscalizada y/o requerida por la
SUNAT?
A) SI = 3 B) A VECES=2 C) NO= 1
Cumplimiento de obligaciones
formales
4. ¿La empresa ha sido sancionada anteriormente por la SUNAT por infracciones tributarias?
A) SI = 3 B) A VECES=2 C) NO= 1
5. ¿Se calcula el débito fiscal mensual según la base
total imponible registrada?
A) SI = 3 B) A VECES=2 C) NO= 1
6. ¿Se verifica que los conceptos del crédito fiscal sean
permitidos como gasto o costo de la empresa?
A) SI = 3 B) A VECES=2 C) NO= 1
Impuesto a la Renta
Cumplimiento de obligaciones
sustanciales
7. ¿Se verifica que las facturas de compras no se encuentren doblemente contabilizadas?
A) SI = 3 B) A VECES=2 C) NO= 1
8. ¿Ha tenido deudas coactivas por no realizar los
pagos en los plazos establecidos?
A) SI = 3 B) A VECES=2 C) NO= 1
9. ¿Aplica las normas tributarias a su empresa?
A) SI = 3 B) A VECES=2 C) NO= 1
Cumplimiento de
obligaciones formales
10. ¿La empresa está libre de irregularidades tributarias?
A) SI = 3 B) A VECES=2 C) NO= 1