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DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Enero de 2018.
S U M A R I O
TOMO Nº 418 SAN SALVADOR, MARTES 23 DE ENERO DE 2018 NUMERO 15
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected]
DIRECTOR INTERINO AD HONOREM: Tito Antonio Bazán Velásquez
DIARIO OfICIAL
ORGANO LEGISLATIVO
Decreto No. 882.- Se establecen límites entre los municipios de Chinameca y San Rafael Oriente, ambos del departamento de San Miguel. ...
ORGANO EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPúBLICA
Acuerdo No. 39.- Se crea el Puesto Policial San Isidro, el cual dependerá de la Subdelegación de Osicala y será el encargado de proporcionar seguridad pública en la jurisdicción territorial que comprende los municipios de San Isidro y Yoloaiquín, departamento de Morazán. ...
Acuerdo No. 50.- Se concede permiso sin goce de sueldo, a la Licenciada Merlin Alejandrina Barrera López, Viceministra de Comercio e Industria, para participar en el ejercicio de su derecho a optar a cargos de elección popular. ...
MINISTERIO DE ECONOMÍA
R
amodee
conomíaAcuerdo No. 1300.- Se otorgan beneficios de la Ley General
de Asociaciones Cooperativas a la Asociación Cooperativa de Ahorro, Crédito, Consumo y Comercialización de Empleados
del Grupo Garbal Iberplastic, de Responsabilidad Limitada. ....
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
R
amodee
ducaciónAcuerdo No. 15-1508.- Ampliación de servicios en el centro educativo privado denominado Colegio “Dinamarca”, ubicado en el municipio de Ayutuxtepeque. ...
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 1129-D, 1330-D, 1339-D, 1344-D, 1356-D y 1366-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. ...
Acuerdos Nos. 1-D y 3-D (29).- Autorizaciones para ejercer las funciones de notario. ...
INSTITUCIONES AUTÓNOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decretos Nos. 2 y 15.- Ordenanzas Transitorias de Exención de Intereses y Multas Provenientes de Deudas por Tasas e Impuestos a favor de los municipios de Tacuba y Ataco. ...
Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal
“Lotificación Jardines de la Autopista” y Acuerdo No. 20,
emitido por la Alcaldía Municipal de Santa Ana, aprobándolos
y confiriéndole el carácter de persona jurídica. ...
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por
transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones
cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o
institución que los presentó.
(Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).Pág. 3-6 6-7 7 8 Pág. 9 9-10 11-18 19-21 22-25
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Pág. 62 62-63 63-74 74 75-77 77 78 78-85 85-86 86 87-97 98-124 125-129 129 130 130-131 131-136 136 137 138 139-140 141-144 Pág. 26 26-29 29 30 30 30 31 31 32-36 36-45 45-49 50 50-52 52-55 55 56 56 56-62
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia ... Aceptación de Herencia ... Título de Propiedad ... Aviso de Inscripción ... Muerte Presunta ... Herencia Yacente ...DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ...DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ...SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia ... Aceptación de Herencia ... Título Supletorio ... Juicio de Ausencia ... Nombre Comercial ... Convocatorias ... Reposición de Certificados ...Disolución y Liquidación de Sociedades ...
Administrador de Condominio ...
Edicto de Emplazamiento ...
Emblemas ...
Marca de Servicios ...
Marca de Producto ...
Inmuebles en Estado de Proindivisión ...
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ... Renovación de Marcas ... Nombre Comercial ... Convocatorias ... Reposición de Certificados ... Aviso de Cobro ... Marca de Servicios ... Marca de Producto ...DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ... Herencia Yacente ... Título de Dominio... Nombre Comercial ... Convocatorias ... Reposición de Certificados ... Balance de Liquidación ... Título Municipal ... Marca de Servicios ... Marca de Producto ...DIARIO
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DECRETO No. 882
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que la existente delimitación entre los municipios que comprenden el departamento de San Miguel, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnología en materia registral y de medición territorial, como tampoco a las vigentes circunstancias de desarrollo social y económico del país.
II. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente disponibles por el Centro Nacional de Registros, es posible la realización de una delimitación y demarcación precisa de dichos límites.
III. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las municipalidades involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y
del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración y firma del Acta de Límite Municipal
CHI-NAMECA - SAN RAFAEL ORIENTE con referencia No. 1205 - 1218, la cual se toma como base para el contenido del presente decreto y se anexa como parte integral del mismo.
IV. Que de conformidad al Art. 131 ordinal 5° de la Constitución, es competencia de este Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar leyes secundarias.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados Mario Antonio Ponce López, Juan Manuel Flores Cornejo, Guadalupe Antonio Vásquez Martínez y de los exdiputados Carlos Cortez Hernández, Nery Arely Díaz Aguilar, José Gabriel Murillo Duarte, Blanca Estela
Barahona y Alba Elizabeth Márquez (Período 2012-2015).
DECRETA:
Art. 1. Se establece como límite entre los municipios de Chinameca y San Rafael Oriente, ambos del departamento de San Miguel, el siguiente:
El trazo del límite municipal está compuesto por tres trayectos. El primer trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del uno al dos, por vía de comunicación terrestre; El segundo trayecto formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del dos al tres, por linderos de parcelas; El tercer trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del tres al cuatro, por
elemento natural hidrográfico.
La medición de las coordenadas correspondientes a la Longitud y Latitud de cada uno de los puntos que conforman el límite, se ha realizado
sobre la información catastral del sistema antiguo, debido a que en la zona oriental, específicamente en el departamento de San Miguel, aún no se ha
realizado la actualización de la base catastral.
Punto trifinio de inicio. Está definido en la intercepción del eje central de la calle que del cantón y caserío San Pedro Arenales conduce a Santa Elena, con el eje central de una calle vecinal interna existente en la zona, lugar donde se ubica el punto número uno, al mismo tiempo trifinio para los
municipios de Santa Elena, del departamento de Usulután, Chinameca y San Rafael Oriente, ambos del departamento de San Miguel. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos sesenta y siete mil trescientos punto treinta y tres metros; Latitud igual, doscientos cincuenta y cinco mil setecientos cincuenta y nueve punto noventa y ocho metros. Sus colindantes son, para el municipio de Santa Elena, parcela ocho, para el municipio de Chinameca, parcela cinco plica once y para el municipio de San Rafael Oriente, parcela seis plica uno, todas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres cero nueve quinientos cincuenta y seis.
Trayecto uno
Tramo único, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por el eje central de la calle vecinal interna
existente en la zona, hasta interceptar la prolongación del lindero norte de la parcela ciento catorce, de la hoja catastral quinientos sesenta y tres quince quinientos seis, lugar donde se ubica el punto número dos, con una distancia aproximada de quinientos veinte punto treinta y dos metros. Sus coorde-nadas son Longitud igual, quinientos sesenta y siete mil quinientos veintisiete punto noventa y tres metros; Latitud igual, doscientos cincuenta y cinco mil trescientos setenta y cuatro punto setenta y cinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Chinameca, parcelas cinco plica uno, ciento diecinueve y ciento veintiuno, todas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres cero nueve quinientos cincuenta y seis; para el municipio de San Rafael Oriente, parcelas seis plica uno, cuatro plica uno, dos y uno plica uno, todas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres cero nueve quinientos cincuenta y seis, parcela ciento trece, de la hoja catastral quinientos sesenta y tres quince quinientos seis.
Trayecto dos
Tramo único, del punto número dos al punto número tres. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar el eje
central de una quebrada sin nombre, lugar donde se ubica el punto número tres, con una distancia aproximada de ochocientos cuarenta y seis punto sesenta y siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos sesenta y siete mil novecientos cincuenta y seis punto cincuenta y nueve metros;
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Latitud igual, doscientos cincuenta y cuatro mil novecientos once punto sesenta metros. Sus colindantes son, para el municipio de Chinameca, parcelas ciento veintiuno, trescientos cuarenta y dos, trescientos cuarenta y cinco, trescientos setenta y siete, todas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres dieciséis quinientos uno; para el municipio de San Rafael Oriente, parcela ciento catorce, de la hoja catastral quinientos sesenta y tres quince quinientos seis, parcelas ciento diecisiete y ciento cuarenta y cuatro, ambas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres dieciséis quinientos uno.
Trayecto tres.
Tramo único, del punto número tres al punto número cuatro. Con rumbo sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la quebrada sin nombre,
hasta interceptar el eje central de la quebrada La Playa, lugar donde se ubica el punto número cuatro, con una distancia aproximada de doscientos cuarenta y siete punto noventa y dos metros. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos sesenta y ocho mil sesenta y cuatro punto noventa y dos metros; Latitud igual, doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos diecisiete punto diez metros. Sus colindantes son, para el municipio de Chinameca, parcelas trescientos noventa y nueve, cuatrocientos treinta y siete; para el municipio de San Rafael Oriente, parcelas ciento cuarenta y cuatro y ciento dieciséis, ambas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres dieciséis quinientos uno.
Punto trifinio de llegada. El punto de llegada será el que se describe como número cuatro, el cual al mismo tiempo es punto trifinio, para los
muni-cipios de Chinameca, San Jorge y San Rafael Oriente, todos del departamento de San Miguel. Sus colindantes son, para el municipio de Chinameca, parcela cuatrocientos treinta y siete, para el municipio de San Jorge, parcela ciento dieciocho y para el municipio de San Rafael Oriente, parcela ciento
dieciséis, todas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres dieciséis quinientos uno.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diez días del mes de enero del año dos mil dieciocho. GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,
PRESIDENTE.
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, DONATO EUGENIO VAQUERANO RIVAS,
PRIMERA VICEPRESIDENTA. SEGUNDO VICEPRESIDENTE.
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, RODRIGO ÁVILA AVILÉS,
TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE.
SANTIAGO FLORES ALFARO,
QUINTO VICEPRESIDENTE.
GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT, RENÉ ALFREDO PORTILLO CUADRA,
PRIMER SECRETARIO. SEGUNDO SECRETARIO.
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE, REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA,
TERCER SECRETARIO. CUARTO SECRETARIO.
JACKELINE NOEMÍ RIVERA ÁVALOS, SILVIA ESTELA OSTORGA DE ESCOBAR,
QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA.
MANUEL RIGOBERTO SOTO LAZO, JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ,
SÉPTIMO SECRETARIO. OCTAVO SECRETARIO.
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil dieciocho. PUBLÍQUESE,
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA,
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.
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Ref. 1205 - 1218 ACTA DE LÍMITE ENTRE LOS MUNICIPIOS DE
CHINAMECA Y SAN RAfAEL ORIENTE
En el Centro Nacional de Registros a las diez horas y treinta minutos, del día dieciséis de agosto del año dos mil diecisiete, comparecen los infrascritos: Señor Roger Merlos, actuando en su calidad de Alcalde Municipal, Señor José Rodolfo Villalobos, actuando en su calidad de Síndico Municipal, ambos del municipio de Chinameca; Profesor José Reynaldo Villegas Iglesias, actuando en su calidad de Alcalde Municipal, Profesora Lely Esperanza Díaz
Manzanares, actuando en su calidad de Síndica Municipal, ambos del municipio de San Rafael Oriente; Licenciado Rogelio Antonio Canales Chávez, actuando en su calidad de Director Ejecutivo del Centro Nacional de Registros (CNR) y la Licenciada Sonia Ivett Sánchez Cuellar, actuando en su
calidad de Directora del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional (IGCN); con el objeto de darle lectura y ratificación a los datos de la descripción técnica contenidos en la presente acta, en la cual ambas municipalidades han definido su respectivo límite jurisdiccional administrativo, según acuerdos municipales por la alcaldía de Chinameca, acta número treinta y cuatro acuerdo número siete, del día veinte de septiembre del año dos mil dieciséis y por San Rafael Oriente, acta número treinta y uno, acuerdo número dos, del día diecinueve de septiembre del año dos mil dieciséis.
DESCRIPCIÓN TÉCNICA
El trazo del límite municipal está compuesto por tres trayectos. El primer trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos,
numerados del uno al dos, por vía de comunicación terrestre; El segundo trayecto formado por un solo tramo, determinado por dos puntos,
numerados del dos al tres, por linderos de parcelas; El tercer trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados
del tres al cuatro, por elemento natural hidrográfico.
La medición de las coordenadas correspondientes a la Longitud y Latitud de cada uno de los puntos que conforman el límite, se ha realizado sobre la información catastral del sistema antiguo, debido a que en la zona oriental, específicamente en el departamento de San Miguel, aún
no se ha realizado la actualización de la base catastral.
Punto trifinio de inicio. Está definido en la intercepción del eje central de la calle que del cantón y caserío San Pedro Arenales conduce a Santa
Elena, con el eje central de una calle vecinal interna existente en la zona, lugar donde se ubica el punto número uno, al mismo tiempo trifinio para los
municipios de Santa Elena, del departamento de Usulután, Chinameca y San Rafael Oriente, ambos del departamento de San Miguel. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos sesenta y siete mil trescientos punto treinta y tres metros; Latitud igual, doscientos cincuenta y cinco mil setecientos cincuenta y nueve punto noventa y ocho metros. Sus colindantes son, para el municipio de Santa Elena, parcela ocho, para el municipio de Chinameca, parcela cinco plica once y para el municipio de San Rafael Oriente, parcela seis plica uno, todas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres cero nueve quinientos cincuenta y seis.
Trayecto uno
Tramo único, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por el eje central de la calle vecinal interna existente
en la zona, hasta interceptar la prolongación del lindero norte de la parcela ciento catorce, de la hoja catastral quinientos sesenta y tres quince quinientos seis, lugar donde se ubica el punto número dos, con una distancia aproximada de quinientos veinte punto treinta y dos metros. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos sesenta y siete mil quinientos veintisiete punto noventa y tres metros; Latitud igual, doscientos cincuenta y cinco mil tres-cientos setenta y cuatro punto setenta y cinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Chinameca, parcelas cinco plica uno, ciento diecinueve y ciento veintiuno, todas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres cero nueve quinientos cincuenta y seis; para el municipio de San Rafael Oriente, parcelas seis plica uno, cuatro plica uno, dos y uno plica uno, todas de: la hoja catastral quinientos sesenta y tres cero , nueve quinientos cincuenta y seis, parcela ciento trece, de la hoja catastral quinientos sesenta y tres quince quinientos seis.
Trayecto dos
Tramo único, del punto número dos al punto número tres. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar el eje
central de una quebrada sin nombre, lugar donde se ubica el punto número tres, con una distancia aproximada de ochocientos cuarenta y seis punto sesenta y siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos sesenta y siete mil novecientos cincuenta y seis punto cincuenta y nueve metros;
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Latitud igual, doscientos cincuenta y cuatro mil novecientos once punto sesenta metros. Sus colindantes son, para el municipio de Chinameca, parcelas ciento veintiuno, trescientos cuarenta y dos, trescientos cuarenta y cinco, trescientos setenta y siete, todas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres dieciséis quinientos uno; para el municipio de San Rafael Oriente, parcela ciento catorce, de la hoja catastral quinientos sesenta y tres quince quinientos seis, parcelas ciento diecisiete y ciento cuarenta y cuatro, ambas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres dieciséis quinientos uno.
Trayecto tres.
Tramo único, del punto número tres al punto número cuatro. Con rumbo sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la quebrada sin nombre,
hasta interceptar el eje central de la quebrada La Playa, lugar donde se ubica el punto número cuatro, con una distancia aproximada de doscientos cuarenta y siete punto noventa y dos metros. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos sesenta y ocho mil sesenta y cuatro punto noventa y dos metros; Latitud igual, doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos diecisiete punto diez metros. Sus colindantes son, para el municipio de Chinameca, parcelas trescientos noventa y nueve, cuatrocientos treinta y siete; para el municipio de San Rafael Oriente, parcelas ciento cuarenta y cuatro y ciento dieciséis, ambas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres dieciséis quinientos uno.
Punto trifinio de llegada. El punto de llegada será el que se describe como número cuatro, el cual al mismo tiempo es punto trifinio, para los
muni-cipios de Chinameca, San Jorge y San Rafael Oriente, todos del departamento de San Miguel. Sus colindantes son, para el municipio de Chinameca, parcela cuatrocientos treinta y siete, para el municipio de San Jorge, parcela ciento dieciocho y para el municipio de San Rafael Oriente, parcela ciento
dieciséis, todas de la hoja catastral quinientos sesenta y tres dieciséis quinientos uno.
ROGER MERLOS, JOSÉ RODOLFO VILLALOBOS,
ALCALDE MUNICIPAL DE CHINAMECA. SÍNDICO MUNICIPAL DE CHINAMECA.
PROF. JOSE REYNALDO VILLEGAS IGLESIAS, PROFA. LELY ESPERANZA DÍAZ MANZANARES,
ALCALDE MUNICIPAL DE SAN RAFAEL ORIENTE. SÍNDICA MUNICIPAL DE SAN RAFAEL ORIENTE.
LIC. ROGELIO ANTONIO CANALES CHAVEZ, LICDA. SONIA IVETT SÁNCHEZ CUÉLLAR,
DIRECTOR EJECUTIVO DEL DIRECTORA DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO
CENTRO NACIONAL DE REGISTROS. Y DEL CATASTRO NACIONAL.
ACUERDO No. 39
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que de conformidad al Art. 168, ordinal 17 de la Constitución de la República, son atribuciones y obligaciones del Presidente de la Re-pública, entre otras, organizar, conducir y mantener la Policía Nacional Civil, para el resguardo de la paz, la tranquilidad, el orden y la seguridad pública, tanto en el ámbito urbano, como en el rural, con estricto apego al respeto a los derechos humanos y bajo la dirección de autoridades civiles;
II. Que según lo dispuesto por el Art. 11 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil de El Salvador, emitida mediante Decreto Legislativo
No. 653, de fecha 6 de diciembre de 2001, publicado en el Diario Oficial No. 240, Tomo No. 353, del 19 del mismo mes y año, la Policía
Nacional Civil tendrá una organización centralizada, en cuanto estará estructurada a nivel nacional en forma que cubra todas las tareas encargadas a la policía y además, el Art. 12 del mismo cuerpo normativo, establece que podrán existir también dentro de cada Delegación, Subdelegaciones que se ubicarán en los núcleos urbanos más importantes y puestos de policía en las zonas rurales y que su estructura,
ré-gimen jurídico, organización y funcionamiento, serán definidos por los reglamentos y las disposiciones especiales que adopte el Presidente
de la República;
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residencia
de
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III. Que el Art. 3 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil de El Salvador, emitido mediante Decreto Ejecutivo No.
82, de fecha 25 de septiembre de 2002, publicado en el Diario Oficial No. 188, Tomo No. 357, del 9 de octubre del mismo año, determinó que la estructura organizativa de la institución es de naturaleza jerárquica, su mando ordinario lo ejercerá el Director General, quien podrá
recomendar al Presidente de la República, la creación o supresión de las dependencias que considere necesarias;
IV. Que el Art. 8 del citado Reglamento, determina que será responsabilidad de las Delegaciones Policiales, proporcionar seguridad pública a la jurisdicción territorial, a través de planes y programas operativos orientados, a combatir la delincuencia y a prevenir la violencia social; de éstas dependerán Subdelegaciones y Puestos. Además, para la creación de Delegaciones, Subdelegaciones y Puestos Policiales, se
deberán evaluar los criterios siguientes: a) Incidencia Delincuencial; b) Nivel poblacional; c) Ubicación geográfica; d) Emergencias que
deban atenderse; y e) Desarrollo económico y social de la zona;
V. Que según diagnóstico realizado por la Policía Nacional Civil, se ha confirmado que se cumplen los criterios señalados en el considerando
anterior, para la instalación de un Puesto Policial en el municipio de San Isidro, departamento de Morazán, por lo que se considera
nece-sario crear el Puesto Policial San Isidro, cuyo objetivo será implementar patrullajes en las zonas más conflictivas, que permitan generar condiciones de tranquilidad y de confianza en la población.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales, ACUERDA: Crear el Puesto Policial San Isidro, el cual dependerá de la Subdelegación de Osicala, y será el encargado de proporcionar seguridad pública, en la jurisdicción territorial que comprende los municipios de San Isidro y Yoloaiquín, departa-mento de Morazán.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: en la ciudad de San Salvador, el día quince del mes de enero de dos mil dieciocho.
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. MAURICIO ERNESTO RAMÍREZ LANDAVERDE, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.
ACUERDO No. 50
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
En uso de sus atribuciones y de conformidad a lo establecido en la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los Empleados Públicos y las
disposiciones Generales de Presupuestos, ACUERDA: Conceder, a partir del día 3 de febrero 2018 al 4 de marzo del mismo año, permiso sin goce
de sueldo, a la Licenciada Merlin Alejandrina Barrera López, Viceministra de Comercio e Industria, para participar en el ejercicio de su derecho a
optar a cargos de elección popular, como candidata a Alcaldesa Municipal, del Municipio de Ilobasco, departamento de Cabañas, en las Elecciones
de Concejos Municipales, para el período comprendido de 2018 a 2021.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día veintidós de enero de dos mil dieciocho.
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA,
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.
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ACUERDO No. 1300
San Salvador, 27 de septiembre de 2017.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA,
Vista la solicitud y documentos presentados el día diecinueve de abril de dos mil dieciséis, por el Señor TRÁNSITO ROMEO CAÑENGUEZ SÁNCHEZ y continuadas por el señor FRANK MAURICE LÓPEZ GÓMEZ, actuando en su calidad de Representante Legal de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO, CONSUMO Y COMERCIALIZACIÓN DE EMPLEADOS DEL GRUPO GARBAL IBERPLASTIC, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia "ASCASAGRI, DE R.L.", del domicilio de Zaragoza, departamento de La Libertad; referidas a que se le concedan a su representada por primera vez y por un período de CINCO AÑOS, los beneficios establecidos en el Art. 72 de la Ley General
de Asociaciones Cooperativas.
CONSIDERANDO:
I. Que por medio de la Resolución número 373 de fecha dieciocho de julio de dos mil diecisiete, se resolvió procedente concederle a la
men-cionada Asociación por primera vez y por un período de CINCO AÑOS, los beneficios solicitados, contados a partir del día diecinueve de
abril de dos mil dieciséis.
II. Que el Representante Legal de la referida Cooperativa, por medio de escrito presentado el día veinte de septiembre de dos mil diecisiete, Manifestó aceptar en nombre de su representada los términos vertidos en dicha Resolución.
POR TANTO:
De conformidad con lo expuesto, y con lo establecido en los Artículos 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, y 151 de su
Regla-mento, este Ministerio,
ACUERDA:
1) OTORGAR a la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO, CONSUMO Y COMERCIALIZACIÓN DE EMPLEADOS DEL GRUPO GARBAL IBERPLASTIC, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia "ASCASAGRI, DE R.L.", del domicilio de Zaragoza, departamento de La Libertad, por primera vez y por un período de CINCO AÑOS, contados a partir del día diecinueve de abril de dos mil dieciséis, los beneficios que expresa el Artículo 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, siguientes:
- Exención del impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forma, intereses que se generen a partir
del ejercicio fiscal durante el cual se presentó la solicitud;
- Exención de impuestos municipales.
2) Las exenciones que se conceden por medio del presente Acuerdo, no comprenden los impuestos a que se refieren la Ley de Impuesto a la
Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y a la Ley del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Raíces.
3) La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegios
concedidos.
4) Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial.
COMUNÍQUESE. MERLIN ALEJANDRINA BARRERA LÓPEZ. VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.
(Registro No. C000935)
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RAMO DE ECONOMIA
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ACUERDO No. 15-1508
San Salvador, 13 de noviembre de 2017.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El
Salvador, se establece que es obligación y finalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura como derechos
inherentes a la persona humana; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo en los
cen-tros educativos oficiales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros oficiales y
privados de educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación de estos últimos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y
80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones oficiales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que aseguren la calidad, eficiencia y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y
funcionamiento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en
com-probaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y financieros necesarios y el personal docente calificado de conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación Institucional, de la Dirección Nacional de Gestión
Educativa de este Ministerio, conoció sobre la solicitud de AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS en el Nivel de Educación Básica el Primer
Ciclo, en jornada Matutina, presentada por la señora Mirna Maribel Escobar de Sarmiento, quien se identifica con su Documento Único de Identidad No. 00101420-6, actuando en su calidad de propietaria del centro educativo privado denominado COLEGIO "DINAMARCA", lo que comprueba con Declaración Jurada, celebrada el día 14 de agosto de 2017, ante los oficios del Notario Carlos Alfredo Cerón Cortez; el centro educativo se identifica
con código No. 21529, con domicilio autorizado en Colonia Scandia, Calle Dinamarca, No. 32, Municipio de Ayutuxtepeque, Departamento de San
Salvador; IV) Que según documentación presentada y verificados que fueron los requisitos de ley, se llevó a cabo la visita de verificación por Delegados
de este Ministerio, con fecha 19 de octubre de 2017, habiéndose constatado que el centro educativo cumple con los requisitos básicos de
funciona-miento, en cuanto a la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y financieros necesarios y el personal docente calificado,
para la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS en el Nivel de Educación Básica el Primer Ciclo, en jornada Matutina, del centro educativo en mención; V) Que después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos de ley, el Departamento
de Acreditación Institucional, de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de este Ministerio, con fecha 24 de octubre de 2017, emitió resolución,
autorizando la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS en el Nivel de Educación Básica el Primer Ciclo, en jornada Matutina, del centro
educativo privado denominado COLEGIO "DINAMARCA", con código No. 21529, con domicilio autorizado en Colonia Scandia, Calle Dinamarca,
No. 32, Municipio de Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador. POR TANTO de conformidad a lo antes expuesto, con base en los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos
1, 12 y 80 de la Ley General de Educación y en uso de las facultades legales antes citadas, ACUERDA: 1) Confirmar en todas sus partes la resolución de fecha 24 de octubre de 2017, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional, de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de este
Ministerio, por medio de la cual se autoriza la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS en el Nivel de Educación Básica el Primer Ciclo, en
jornada Matutina, del centro educativo privado denominado COLEGIO "DINAMARCA", con código No. 21529, con domicilio autorizado en Colonia Scandia, Calle Dinamarca, No. 32, Municipio de Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador, servicio solicitado por la señora Mirna Maribel Escobar de Sarmiento, actuando en su calidad de propietaria del centro educativo en mención; 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F010793)
ACUERDO No. 1129-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de septiembre de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha siete de agosto de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada IRIS IVETH NOLASCO CORTEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A. L. JEREZ.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010737)
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RAMO DE EDUCACION
ORGANO JUDICIAL
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usticia
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OFICIAL SOLO PARA CONSULTA
NO TIENE VALIDEZ
ACUERDO No. 1330-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha dieciocho de septiembre de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada NANCY RAQUEL ESCALANTE GARCÍA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A. L. JEREZ.- J. R. ARGUETA.- L. R. MURCIA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010943)
ACUERDO No. 1339-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha diez de octubre de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada KEREN SELENE MELGAR DE AGUILAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A. L. JEREZ.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010813)
ACUERDO No. 1344-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha veintiséis de septiembre de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado OSCAR ALEJANDRO ORTIZ GARCIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expe-diente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A. L. JEREZ.- J. R. ARGUETA.- L. R. MURCIA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010952)
ACUERDO No. 1356-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada KARLA LUCIA SÁNCHEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A. L. JEREZ.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010925)
ACUERDO No. 1366-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete.- El Tribunal con
fecha diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARLENE NOEMI ZUMBA DE MORALES, para que
ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A. L. JEREZ.- J. R. ARGUETA.- L. R. MURCIA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010818)
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ACUERDO No. l-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: YOLANDA YESENIA ALEMAN GOMEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010761)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anual-mente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: WENDY ALEJANDRINA CARRANZA AYALA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L .RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010741)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: KATY YESENIA CABALLERO RAMOS, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010778)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: GRACIA MARIA CALERO AGUILAR, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010774)
DIARIO
OFICIAL SOLO PARA CONSULTA
NO TIENE VALIDEZ
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: YANETH MABEL CABRERA VASQUEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010779)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: LILIAN ARELY CERNA RUGAMAS, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010785)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: MARINA CHEVEZ AVILES, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010781)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: KARLA LISSETH CASTRO CORDOVA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010783)
DIARIO
OFICIAL SOLO PARA CONSULTA
NO TIENE VALIDEZ
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ANA YANIRA CARRANZA PORTILLO, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010811)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: MIRNA LUCILA CASTRO LOPEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010810)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente
en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ANA ISABEL CERNA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO .- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010805)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: KARLA MARITZA CHAVEZ GOMEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010962)
DIARIO
OFICIAL SOLO PARA CONSULTA
NO TIENE VALIDEZ
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen
de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ROXANA CAROLINA CERRITOS fERMAN, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010849)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: NURIA LISSETTE CHEVEZ JOVEL, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010923)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen
de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ANA SILVANA CAMPOS VASQUEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010921)
DIARIO
OFICIAL SOLO PARA CONSULTA
NO TIENE VALIDEZ
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: SOfIA ANTONIA CANALES DE SORTO, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L .RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010942)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente
en el Diario Oficial a los abogados siguientes: JEffERSSON STANLEY CASTILLO HERNANDEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010845)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anual-mente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: JIMY HERBERTH CASTELLANOS CHAVEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010958)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: JACOB VIDAL CHAVEZ GONZALEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M . REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010863)
DIARIO
OFICIAL SOLO PARA CONSULTA
NO TIENE VALIDEZ
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: LEONIDAS CEDILLOS MEMBREÑO, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M . REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010858)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anual-mente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: WALTHER JHONATAN CASTILLO MARTINEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010842)
ACUERDO No. 3- D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: NELSON ALEXANDER CHICAS, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010799)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: AMADEO ALEXANDER CHEVEZ MACIAS, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010776)
DIARIO
OFICIAL SOLO PARA CONSULTA
NO TIENE VALIDEZ
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: LUIS EDUARDO CANIZALEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010767)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: JOSE MARTIN CASTRO ARGUETA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010749)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: DANILO ERNESTO CARRANZA fUENTES, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010731)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: PEDRO ALBERTO CHAVEZ CAMPOS, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010730)
DIARIO
OFICIAL SOLO PARA CONSULTA
NO TIENE VALIDEZ
ACUERDO No. 3-D-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: RODOLfO ALBERTO CARIAS RAMOS, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010725)
ACUERDO No. 3-D-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho. Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes
profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: PEDRO JOSE CAÑAS CRUZ, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010728)
ACUERDO No. 3-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, once de enero de dos mil dieciocho.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: TOMAS ERASMO CAMPOS ROSALES, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F010723)
DIARIO
OFICIAL SOLO PARA CONSULTA
NO TIENE VALIDEZ
DECRETO No. 2/2018
EL CONCEJO MUNICIPAL DE TACUBA, DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN.
CONSIDERANDO:
I. Que es facultad de los Municipios en el ejercicio de su autonomía, emitir y decretar ordenanzas locales por medio de sus Concejos Muni-cipales, para regular las materias de su competencia referida concretamente al Bien Común, de conformidad con el Art. 204 Ord. 5 de la Constitución de la República.
II. Que es competencia de los municipios y obligación de los Concejos Municipales determinar, aplicar, verificar, controlar y recaudar los
tributos municipales de conformidad con los Art. 30 numeral 21 del Código Municipal.
III. Que con el objeto de brindar facilidades a los contribuyentes para el pago de sus tasas municipales, y no habiéndose encontrado disposición legal que prohíba la dispensa de los intereses moratorios ni las multas deducidas por el retardo en el pago de las Tasas Municipales.
POR TANTO:
El Concejo, en uso de sus facultades que le confieren los Art. 204 Ord. 1 y 5 de la Constitución de la República: Arts. 2, 5, 7 Inc. 2 y Art. 72 de la Ley General Tributaria Municipal.
DECRETA la siguiente:
"ORDENANZA TRANSITORIA QUE DISPENSA EL PAGO DE INTERESES Y MULTAS DEDUCIDAS POR LA MORA DE PAGO DE TASAS E IMPUESTOS MUNICIPALES
DE LA ALCALDÍA DE TACUBA, DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN"
TITULO I CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1. La presente Ordenanza tiene por objeto permitir a los sujetos pasivos que se encuentren en mora ya sea como contribuyentes o responsa-bles de la obligación Tributaria de pagar Tasas e Impuestos a la Municipalidad de Tacuba, Departamento de Ahuachapán, regularicen su situación de morosidad.
Las palabras "contribuyente" y "responsabilidad" se entenderán conforme a la definición legal establecida en la Ley General Tributaria Municipal
Vigente.
Art. 2. Se entenderá por tasa aquellos pagos generalmente en dinero o en especie que la Municipalidad de Tacuba, departamento de Ahuachapán, exija a los sujetos pasivos y generen en ocasión de los servicios públicos de naturaleza administrativa o jurídica que presta la Municipalidad tales como los de alumbrado público, aseo, ornato, cementerios, pavimento de vías públicas, rastro municipal, tiangues y otros servicios que las condiciones de este municipio le permitan proporcionar al público y deberán estar contemplados en el respectivo Decreto de Ordenanza Reguladora de Tasas Muni-cipales; se incluye la prestación del Servicio de Agua Potable a los usuarios de los Cantones: Loma Larga, San Rafael, La Pandeadura, La Puerta y
El Rodeo, con todos sus caseríos de esta Jurisdicción y los impuestos Municipales, sin contraprestación de servicio alguna, tales como: las empresas comerciales, industriales, financieras y cualquier otra actividad de naturaleza económica que se realice en este Municipio y que esté contemplado en
el respectivo Decreto Legislativo.
Art. 3. Deberá entenderse que un sujeto pasivo está en mora, cuando han omitido el pago de tasas e impuestos, en un plazo de sesenta días después de producido en hecho generador, es decir cuando ocurra en realidad el supuesto previsto en la Ley u Ordenanza de creación de los tributos Municipales de Tacuba, Departamento de Ahuachapán.
Art. 4. Para efectos de brindar facilidades en el pago de las tasas e impuestos, se establece, que a los contribuyentes o responsables de la obligación de pagar dicho tributo a la Municipalidad de Tacuba, departamento de Ahuachapán y que cancelen en un solo pago o parcial, su deuda en el plazo de vigencia de la presente Ordenanza, se les dispensará las cargas accesorias exclusivas a los intereses moratorios y multas, correspondientes a las Tasas e Impuestos que tienen gravamen en la ordenanza respectiva vigente.