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MÓDULO VI PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DEL REGISTRO CIVIL

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1 ANTECEDENTES

1.1 Programa de Coordinación y Modernización del Registro Civil 1.1.1 Marco de referencia

Por Decreto Presidencial y para dar respuesta a lo establecido en la Ley General de Población, el 20 de agosto de 1980, se crea la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (DGRNPIP), como Unidad Administrativa de la Secretaría de Gobernación y dar cumplimiento al estudio, planeación y despacho de los asuntos de este tema.

Sus atribuciones son: Integrar el Registro Nacional de Población, e inscribir en él a las personas residentes en el país, tanto nacionales como extranjeras; llevar el padrón de los mexicanos residentes en el extranjero; expedir la Cédula de Identificación Personal, en 1980 así delimitada, actualmente Cédula de Identidad Ciudadana; procesar la información que en relación con sus funciones le proporcionen las oficialías del Registro Civil.

Para implementar el Registro Nacional de Población se han establecido dos estrategias. La primera, conformación de Registro Nacional de Ciudadanos y segunda la conformación del Registro de Menores de Edad. La última, desarrollada desde 1982 a través de la coordinación permanente del Registro Civil y la DGRNPIP, constituyéndose en el soporte del Registro Nacional.

Como parte de la Reforma Administrativa a que se sometió a la Administración Pública Federal en los años 1977-1978 a través de la Coordinación General de estudios administrativos de la Presidencia de la República, se concedió especial interés a la Institución del Registro Civil, ya que durante el largo periodo de su existencia, había sido relegado de los programas de modernización.

El Programa de Coordinación y Modernización (1982-1996) se formalizó mediante la celebración de Acuerdos de Colaboración entre los Gobiernos de las Entidades Federativas y la Secretaría de Gobernación, suscritos el 23 de septiembre de 1981. Emprendiendo la DGRNPIP tres acciones básicas en una primera etapa de la Modernización del Registro Civil:

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Modernización

El Registro Nacional se dio a la tarea de apoyar proyectos necesarios para adecuar el perfil normativo y organizacional de la Institución Registral, llevando a cabo diversos trabajos de Investigación de Aspectos Jurídicos, Organizacionales y Operativos del Registro Civil a fin de definir las condiciones de operación básica acogidas por el Programa de Coordinación y Modernización:

1. Investigación sobre antecedentes históricos, jurídicos y doctrinarios del Registro Civil en México, resultado la edición del libro “El Registro Civil en México” distribuido entre los funcionarios, empleados y personas cuyo trabajo se encontraba vinculado con el Registro Civil.

2. Estudio de derecho comparado de la Legislación del Registro Civil Mexicano, que implicó el análisis de disposiciones jurídicas vigentes en las 32 Entidades, asimilando lo mejor y teniendo una visión completa de la fundamentación sobre la materia.

3. Encuesta básica sobre el Registro Civil en México, se conoció la situación que prevalecía en las oficialías y juzgados en esquemas de organización, procedimientos de registro y funcionamiento general, Investigación que incluyo la aplicación de un cuestionario, cuyo procesamiento y análisis permitió formular un diagnóstico sobre la Institución.

4. Análisis de la operación del Registro Civil, estudio de la forma y contenido de los libros en donde se asentaban los actos del estado civil de las personas,

MODERNIZACIÓN COORDINACIÓN ASISTENCIA TÉCNICA.

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con el propósito de revisar en forma comparativa los métodos utilizados en cada Estado y el Distrito Federal.

5. Análisis de la comunicación de las dependencias Federales con el Registro Civil, para conocer los medios existentes y proponer un canal único y eficiente que optimizará los beneficios derivados del intercambio informativo.

Coordinación

Se estableció una coordinación y comunicación permanente entre los Registros Civiles y el Registro Nacional, se implementaron Reuniones Nacionales coordinadas por un Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil, con la participación de representantes de las 32 Entidades Federativas permitiendo analizar las problemáticas de la Institución Registral y proponer soluciones a las mismas.

Se creó un Comité Permanente de Funcionarios del Registro Civil para el estudio, análisis y evaluación de los aspectos relacionados con la Institución, la comunicación y consulta técnica en la materia.

Asistencia técnica

Acción que comprendió la Capacitación, la Consultoría, la Difusión y la Evaluación. Esta Asistencia ha tenido por objeto proporcionar los elementos técnicos y administrativos necesarios para el cumplimiento y la aplicación de las recomendaciones formuladas en las Reuniones Nacionales y de Comité Permanente, así como preparar al personal, para que desempeñe eficientemente las funciones propias de la Institución.

 El programa de Coordinación y Modernización que la Secretaría de Gobernación a través del RENAPO, promovió en su 1ª. Etapa, “establecer en todo el país bases legales, estructuras de organización, métodos y procedimientos de trabajo homogéneo”, acorde a la realidad jurídica y social, bajo 3 elementos:

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1.2 Programa de Modernización Integral del Registro Civil

Para que el Registro Civil adquiriera el nivel de funcionalidad que respondiera a las exigencias y demandas de la sociedad, se promovió el Programa de Modernización Integral del Registro Civil, como una secuencia y continuidad del Programa de Coordinación y Modernización del Registro Civil.

Los avances realizados en la primera etapa en materia registral, se manifestaron en aspectos de homologación de los formatos de registro de actas y adecuaciones de aspectos jurídicos y organizacionales teniendo logros importantes.

Modelos Administrativos.

Formatos tipo

Una Legislación Tipo

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En su segunda etapa de modernidad, se suscribieron 32 Acuerdos de Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil, que celebró por una parte la Secretaría de Gobernación y por la otra los Gobiernos de las Entidades Federativas; Esto como respuesta al Acuerdo Presidencial del 30 de junio de 1997, que daba a conocer el Programa para el establecimiento de la Cédula de Identidad Ciudadana (CIC) y señalaba que el Registro Nacional de Población requiere contar con la información básica de los ciudadanos que tiene el Registro Civil, además de apoyar a la institución registral, que presenta problemáticas específicas necesarias de atender y subsanar. Los Acuerdos sustentados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Art. 36), Ley General de Población (Arts. 85, 92 y 93)

y el Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación (Art. 22, fracc. VI, VIII y IX) son los que sirven de marco normativo para establecer los compromisos que permitan la coordinación, entre ambos niveles de gobierno, respecto de la Modernización Integral del Registro Civil, para apoyar el funcionamiento del Renapo y elevar la calidad de los servicios que se proporcionan a la sociedad.

De los Acuerdos de Coordinación (1997, 2002 actualizados), se desprendieron las 10 vertientes o componentes del Programa de Modernización Integral del Registro Civil, que se manejaron hasta el año 2012, y con fecha 1º.de septiembre de ese mismo año, se establecieron los Lineamientos de Operación del Programa de Modernización Integral del Registro Civil, aprobados por el Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil, incorporando 3 vertientes más y en año 2014 se incluye la vertiente 14, de todos estos documentos y sus respectivos anexos de ejecución y ampliaciones se derivan los objetivos del Programa.

Imagen: Lineamientos de Operación del Programa de Modernización Integral del Registro Civil.

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1.2.1 Objetivo

Sistematizar y eficientar la operación de los Registros Civiles para obtener información de manera confiable, homogénea y oportuna, que permita certificar fehacientemente la identidad de las personas y al mismo tiempo coadyuvar a elevar la calidad en la prestación de los servicios que el Registro Civil proporciona a la sociedad, sustentado en ejes rectores:

1. Mejorar, eficientar y promover la homologación del marco jurídico que regula el registro del estado civil de las personas en todo el país

2. Agilizar la expedición de actas, a partir de sistemas automatizados seguros, confiables y oportunos

3. Establecer formatos de alta seguridad para la expedición y certificación de actas del estado civil de las personas

4. Acercar los servicios del Registro Civil, a la población que ha quedado al margen en la obtención de los beneficios que le proporciona la regularización del registro de su estado civil

5. Mejorar la atención que se brinda a la ciudadanía, a través de procesos de profesionalización y capacitación del personal

6. Asignar a las personas una clave, que posibilite el acceso a los sistemas de identificación, por parte de diferentes dependencias y entidades de los distintos niveles de gobierno.

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL

PROGRAMA PRESUPUESTARIO E012 REGISTRO

E IDENTIFICACIÓN DE POBLACIÓN

2.1 Justificación del E012

La DGRNPIP tuvo a su cargo hasta el ejercicio fiscal 2015, la ejecución de dos Programas Presupuestarios (Pp): E012 Registro e Identificación de Población y U001 Modernización Integral del Registro Civil, cuya clasificación programática correspondía a ´Prestación de Servicios Públicos’ y a ‘Otros subsidios’ respectivamente.

En la Estructura Programática a emplear en el Proyecto de Presupuesto de Egresos 2016 se determinó la fusión de los programas presupuestarios E012 Registro e Identificación de Población y U001 Modernización Integral del Registro Civil, para quedar bajo el nombre E012 Registro e Identificación de Población, con el fin de integrar la política pública de identificación de población en un solo programa.

2.2 Introducción

El Pp E012 permitirá planear las actividades y acciones necesarias para integrar el Registro Nacional de Población y manejar el Servicio Nacional de Identificación Personal, dando cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables, al Plan Nacional de Desarrollo 2018 y al Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018, teniendo como efectos positivos y beneficios a la población los siguientes:

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A. En el Ámbito Personal

• Identificar y verificar la identidad de las personas.

B. En Protección de Derechos

• Acreditar fehacientemente la identidad de las personas para el pleno ejercicio de sus derechos.

• Generar certidumbre a las instituciones para el cumplimiento de sus obligaciones con la

población.

C. En Servicios financieros

• Combatir el robo de identidad. • Disminuir los fraudes financieros.

• Incrementar la confianza en el uso de servicios bancarios, a partir de la identificación biográfica y biométrica de una persona.

D. En Sector Social

• Certeza en la entrega de programas sociales a beneficiarios e identificar duplicidades.

• Confiabilidad en el otorgamiento de prestaciones económicas (jubilaciones y pensiones).

• Mejor distribución del gasto social.

E. En Seguridad Pública

• Contar con una herramienta que coadyuve a la seguridad nacional, al homologar el mecanismo de identificación de los mexicanos.

• Combatir la delincuencia organizada. • Disminuir la trata y el tráfico de personas. • Localizar a personas desaparecidas.

• Inhibir el robo de infantes, así como la explotación de este sector de la población.

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2.2 Objetivos Objetivo General

Registrar y acreditar fehacientemente la identidad de la población del país y de los mexicanos residentes en el extranjero, a fin de garantizar su derecho a la identidad.

Objetivos Específicos

A. En materia de REGISTRO

Integrar el Registro Nacional de Población, por medio de la conformación de las bases de datos relativas a:

 El registro de nacimiento y defunción de las personas, el registro de los extranjeros residentes en México y las constancias de refugiados.

 La Clave Única de Registro de Población, para mexicanos y para extranjeros.  El registro biométrico de la persona, para mexicanos y para extranjeros.

B. En materia de ACREDITACIÓN DE LA IDENTIDAD

 Establecer los mecanismos que permitan manejar un servicio nacional de identificación para los sectores público y privado.

 Expedir el documento de identificación que le permita a la población identificarse plenamente.

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3

FORTALECIMIENTO DEL REGISTRO CIVIL

El 27 de noviembre de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, en el cual se fusionan los dos programas presupuestarios que hasta ese año estuvieron a cargo de la Dirección General, dando paso al Programa presupuestario del cual se desprende el componente de Fortalecimiento del Registro Civil.

Por lo tanto, a finales del año 2015, en el marco del Programa presupuestario, se requirió subrogar los Lineamientos de Operación del Programa de Modernización, con lo cual se suprimieron las vertientes del Sistema Nacional para la solicitud, trámite y obtención de copias certificadas de las actas del Registro Civil (Actas Foráneas), el de Proyectos de Registro e Identificación de Personas, debido a que el objetivo de la primera se cumplió con los servicios proporcionados a través del Convenio de Coordinación y Colaboración para implementar la consulta e impresión de las actas del registro del estado civil de las personas en línea implementado a nivel nacional partir del 5 de enero de 2016, así también, la última vertiente se integró al componente correspondiente.

Tras analizar el impacto del Programa de Modernización a lo largo de 18 años de operación (1997-2015), sus avances y retos actuales, es que la Dirección General busca el Fortalecimiento del Registro Civil, para determinar las disposiciones a las cuales se alinearán los sujetos obligados, así como para otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados, a fin de reforzar a la institución registral de una manera integral.

3.1 Objetivo del Fortalecimiento del Registro Civil

El Fortalecimiento del Registro Civil tiene por objeto regular, modernizar y elevar la calidad en la prestación de los servicios que brinda esta Institución en cada entidad federativa del país para obtener información de manera confiable, homogénea y oportuna, que contribuya a garantizar el derecho de toda persona a la identidad y a ser registrada inmediatamente después de su nacimiento, así como acreditar fehacientemente la identidad legal de la población, a través de la consolidación de la Base de Datos Nacional de Registro Civil.

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3.2 Vertientes y Modalidades para el Fortalecimiento del Registro Civil

Para el Fortalecimiento del Registro Civil se coordinarán acciones para que las entidades federativas modernicen los servicios que, en materia de registro de los hechos y actos del estado civil de las personas, otorgan a la población a través de la definición de un marco jurídico simplificado, esquemas de sistematización de la información registral, equipamiento informático y tecnológico, captura de actos regístrales para contribuir a la integración del Registro Nacional y brindar un servicio de calidad a los mexicanos, especialmente en las comunidades que carecen de él. Las 5 vertientes y sus respectivas modalidades son las siguientes:

3.2.1 Acervo Registral 3.2.1.1 Captura

La captura del acervo registral consiste en transferir a medios magnéticos o automatizados la información de los actos registrales que otorgan la identidad de las personas, los cuales se encuentran en los Libros de Registro o bien se conservan en papel (formas valoradas).

En este sentido, se realiza la captura exhaustiva del acervo registral de 1930 a la fecha, el cual comprende en su mayoría los siguientes actos del estado

civil de las personas: nacimiento y defunción, así como los hechos del estado civil: matrimonio, divorcio, reconocimiento de hijos, adopción e inscripción.

Las Unidades Coordinadoras Estatales realizarán la validación de la correcta captura de la información registral para su integración a la Base de Datos Nacional de Registro Civil.

La captura incluirá lo relativo a la actualización o modificación de los registros (anotaciones).

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Esta captura se realiza conforme lo dispuesto en los “Criterios para la recepción de actos registrales del Registro Civil” determinados por la Dirección General.

El objetivo de esta modalidad es el de contar con información real, certificada y uniforme de las personas, para lograr una Base de Datos Nacional de Registro Civil, confiable y segura.

Para la conservación en medios magnéticos de la información registral capturada y digitalizada, se consideran los equipos tecnológicos necesarios para tal fin.

3.2.1.2 Digitalización

La digitalización es un proceso consistente en la transformación de documentos físicos (actas registrales) a imágenes digitales para su visualización instantánea desde cualquier equipo de cómputo.

La digitalización de las actas del estado civil de las personas es un procedimiento fundamental y complemento del proceso de captura del acervo registral; ya que a través de la digitalización se realiza el aseguramiento no solo de la información contenida en las actas, sino que se logra la conformación de un banco

de imágenes que servirá de insumo para los procesos de intercambio de información entre las Unidades Coordinadoras Estatales y la Dirección General, de todas y cada una de las actas del estado civil contenidas en su acervo registral estatal o regional. Las ventajas que permite la digitalización de documentos son, entre otras:

 El acceso rápido y fácil de la información;

 Almacenar información en múltiples formatos electrónicos;  Controlar la consulta de la información;

 Verificar la información, ante el extravío, pérdida o alteración del acta;  Acortar los tiempos de búsqueda y certificación de documentos;  La simultaneidad de usuarios respecto al mismo documento. 

Las Unidades Coordinadoras Estatales realizarán la validación de la correcta digitalización de la información registral para su integración y vínculo con la Base de Datos Nacional de Registro Civil.

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Realizada la digitalización deberá remitirse a la Dirección General conforme a lo establecido en los “Criterios para el envío de imágenes digitalizadas”.

3.2.1.3 Conservación

Las actas registrales son documentos oficiales con valor jurídico que necesita de una conservación permanente, aspecto que debe aplicarse para la preservación de los documentos registrales.

Se ha observado en la práctica registral que la forma más conveniente de conservar los documentos de papel es mediante depósitos con temperatura y humedad regulada, protegido contra los factores ultravioletas de la luz, entre otros aspectos.

Pero a pesar de dicho proceso se

puede ampliar o alargar

considerablemente la vida de las inscripciones utilizando como medida preventiva la fumigación y tratamiento de los libros.

Por lo anterior, para contar con los procesos de conservación de tan valiosa información, se impulsarán las buenas prácticas conocidas a la fecha y se brindará a las Unidades Coordinadoras Estatales los elementos necesarios para la conservación y preservación de la información registral, siempre que esta sea solicitada y justificada por las Unidades Coordinadoras Estatales que lo requieran, con la finalidad de asegurar la preservación y la prevención de alteraciones físicas de los documentos registrales.

Imagen: Archivo de Registro Civil. Acero histórico de RENAPO.

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3.2.1.4 Restauración

Es restauración toda intervención directa sobre el acervo registral. Se restaura cuando la conservación no ha sido efectiva o bien, no ha existido; para lo cual existen criterios básicos a cumplir tales como procurar la mínima intervención en el documento, respetar la integridad física y estética de la inscripción, así como procurar la legibilidad del mismo.

Dicho tratamiento requiere de recursos especializados para llevarse a cabo debido al valor histórico del acervo registral, sin embargo, debido a la poco o

nula importancia de esta, y al alto costo que conlleva, no se ha llevado a cabo. Así también, se considera como parte de la restauración, la encuadernación de las inscripciones o libros registrales que hayan sido alterados para su captura o digitalización.

Para llevar a cabo la restauración, se impulsarán las buenas prácticas conocidas a la fecha y se brindará apoyo a las Unidades Coordinadoras Estatales con los elementos necesarios para la reconstrucción de la documentación registral, siempre que esta sea solicitada y justificada por las Unidades Coordinadoras Estatales.

3.2.2 Tecnologías de la Información y Comunicación 3.2.2.1 Equipamiento y Actualización Tecnológica

Se entiende por equipamiento, dotar a las Unidades Coordinadoras Estatales y sus oficialías o juzgados de los recursos tecnológicos (tangibles o intangibles) que ayuden a desarrollar las operaciones cotidianas de las oficialías o juzgados desde la inscripción de los actos y hechos de las personas, hasta el intercambio de las bases de datos con la Dirección General.

Entendiendo como recursos tangibles los equipos de cómputo y periféricos de los mismos; y por recursos intangibles los software y licencias necesarios para el uso de los primeros.

Imagen: Procedimiento de restauración de documentos.

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La oficialía o juzgado equipado, debe contar con al menos:

 1 Equipo de cómputo;  1 Impresora;  1 Scanner;  1 Regulador de energía eléctrica o sistema de energía ininterumpible, o un equipo de respaldo con regulador integrado, también llamado No-break.

La Dirección General en coordinación con el área de informática de las Unidades Coordinadoras Estatales, definieron y establecieron a través de las reuniones regionales del Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil (CONAFREC), que los recursos que se asignen se orientaran preferentemente a aquellas Unidades Coordinadoras Estatales, oficialías o juzgados que reporten una mayor carga y volumen de actos regístrales, las cuales representen en promedio el 80% de la actividad total estatal, o bien, aquellas oficialías o juzgados que las Unidades Coordinadoras Estatales consideren susceptibles de equipar.

Ante la constante evolución de la tecnología y con el afán de que las Unidades Coordinadoras Estatales y sus oficialías o juzgados cuenten con los recursos tecnológicos adecuados para el desarrollo de sus actividades, en esta modalidad, se entenderá por:

 Equipamiento: A la incorporación, en una primera ocasión, de equipo de cómputo, software o licencias así como dispositivos tecnológicos por oficialía o juzgado;

 Actualización Tecnológica: Renovación o substitución del equipo de cómputo, periféricos, software o licencias, cuando en caso del equipo de cómputo éste cuente con un dictamen del área técnica de la entidad federativa o de la Dirección General que determine los daños o la obsolescencia del equipo de cómputo y periféricos, y sea necesaria su actualización para continuar brindando el servicio registral;

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 Kioscos de Servicio o Cajeros Automáticos: Equipo de cómputo habilitado especialmente para la consulta, cobro e impresión de actas del estado civil, ubicado en espacios estratégicos de atención al público en general, como en las oficinas de las Unidades Coordinadoras Estatales y sus oficialías o juzgados u otros lugares prioritarios. Está integrado por un mueble especial que brinda protección al equipo y permite la interacción del usuario para que de forma automática y personal pueda verificar en el sistema del Registro Civil estatal la información correspondiente para la consulta o impresión del acta de su interés, una vez cubierto el costo de la misma.

Para realizar el equipamiento adecuado y mantener actualizada tecnológicamente a la Unidad Coordinadora Estatal y sus oficialías o juzgados, se estará a lo regulado por el “Catálogo de Gastos y Comprobación” (Anexo 2), el cual indica los conceptos que podrán justificarse como gastos ejercidos con relación a este rubro.

3.2.2.2 Automatización

La automatización consiste en la inscripción de los actos registrales en un sistema computarizado. Las necesidades del servicio y la utilización de nuevas tecnologías obligan a la actualización del Sistema de Inscripción y Certificación, cuyas principales funciones son mantener actualizada la información del acervo registral, normalizar y estandarizar las operaciones del Registro Civil a nivel nacional; así como explotar y obtener toda clase de reportes con origen en las bases de datos producto de la captura histórica; además de alimentar al Registro Nacional a través del envío de bases de datos estandarizadas y certificadas, utilizando como medio de enlace el Internet.

Las necesidades particulares del servicio en el Registro Civil, impulsan la creación de modernos sistemas de inscripción y certificación, lo que genera que los nuevos sistemas cuenten con distintos niveles de seguridad que regulen tanto el acceso de los datos, como los niveles de usuario, lo cual asegura que únicamente el oficial o juez del Registro Civil pueda ingresar registros a la base de datos con los códigos de aprobación respectivos.

Derivado de la conexión interestatal, a partir del año 2015 los Registros Civiles incorporaron en coordinación con la Dirección General, mecanismos web para la inscripción y certificación de actos registrales, aclaraciones, rectificaciones administrativas e impresión de actas locales e interestatales.

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3.2.2.3 Interconexión

La interconexión es posible mediante los arreglos técnicos bajo los cuáles se conectan los equipos y sistemas de las oficialías o juzgados, que

permiten a las Unidades

Coordinadoras Estatales acceder a la información registral, facilitando la comunicación y el acceso a las bases de datos de los diversos servicios registrales.

La interconexión se genera entre las Unidades Coordinadoras Estatales y sus oficialías o juzgados, para lo cual han sido planteados varios esquemas para el establecimiento de enlaces de telecomunicación. El medio final para la transmisión y actualización de la base de datos, es el internet a través del sistema automatizado para la transmisión de datos; de ahí la importancia de que dichos sistemas operen en forma estandarizada y permita a las oficialías o juzgados la captura de todos los actos registrales en línea o en tiempo real, permitiendo con ello una interconexión efectiva con su Unidad Coordinadora Estatal.

De esta forma, la interconexión implica:

 Que exista un sistema que permita a la Unidades Coordinadoras Estatales ver lo que hace la oficialía o juzgado, en línea o en tiempo real;

 El mantenimiento de la infraestructura de interconexión, por lo cual, se deberán disponer de los recursos necesarios para realizar planes de mantenimiento que permitan la operación constante y regularizada de la interconexión estatal.

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3.2.2.4 Conexión Interestatal

La conexión interestatal efectúa las funciones de búsqueda, consulta, señalización,

transcodificación y

transferencia de datos de la información registral que generan las oficialías o juzgados y la Unidad Coordinadora Estatal, con las

Unidades Coordinadoras

Estatales de otras entidades federativas, o bien, a los consulados de México en el exterior.

La información que genera el

Registro Civil en cada Estado del país es imprescindible para la conformación de la “Base de Datos Nacional de Registro Civil” en la Dirección General; así como para su consulta e impresión en otras entidades federativas. Cada Unidad Coordinadora Estatal envía a la Dirección General vía electrónica, los nuevos registros generados, así como las modificaciones de que hayan sido objeto los diferentes actos del registro civil.

Con el propósito de mantener actualizada la “Base de Datos Nacional de Registro Civil”, cada Unidad Coordinadora Estatal se conecta interestatalmente en tiempo real con la Dirección General, y esta a su vez con otras Unidades Coordinadoras Estatales.

Con las adecuaciones a la aplicación local del Registro Civil y la transferencia de conocimiento se logra la consulta en línea y la impresión interestatal de los registros del estado civil, así como las adecuaciones a los sistemas computacionales que permitan las administración de la información registral y, que los ciudadanos tramiten y obtengan directamente sus documentos registrales desde su lugar de residencia, sin la necesidad de trasladarse a la oficialía, juzgado, al archivo central de la Unidad Coordinadora Estatal, a la Unidad Coordinadora Estatal de otra entidad federativa,

La Conexión Interestatal permitió conformar la Base de Datos Nacional de Registro Civil.

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o bien, al consulado de México en el exterior donde se haya realizado su inscripción, evitando con ello gastos extraordinarios por el traslado.

3.2.3 Homologación de Normas y Procesos 3.2.3.1 Formato Único

Derivó en la falta de claridad y confianza por parte de autoridades municipales, estatales y federales, así como de instituciones privadas, las Unidades Coordinadoras Estatales y la Secretaría, representados en el Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil, se dieron a la tarea de diseñar un Formato Único que facilitara a la población, la realización de diversos trámites, además de contar con elementos de alta seguridad que dificultaran su alteración y falsificación, otorgándole certeza y seguridad jurídica; así como la facilidad de su aceptación en instituciones públicas y privadas, traduciéndose en un beneficio para la población.

El Formato Único de Certificación implementado hasta

el año 2016, contó con 14 medidas de seguridad sometidas a valoración de los titulares de las Unidades Coordinadoras Estatales.

El 5 de enero de 2015, la Secretaría y las 32 entidades federativas suscribieron el Convenio de Coordinación y Colaboración para implementar la consulta e impresión de actas del registro civil de las personas en línea; cuya cláusula primera, fracción a), establece entre otras, realizar las adecuaciones normativas, administrativas, tecnológicas y operativas para el reconocimiento, adopción y uso interestatal de las actas. En la Reunión Nacional Extraordinaria del 13 de mayo de 2015, así como en la XXXVI y XXXVII Reunión Nacional del Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil de fechas 25 de septiembre de 2015 y 28 de octubre de 2016 respectivamente, las y los titulares de las Unidades Coordinadoras Estatales acordaron la adopción y uso de un nuevo diseño de Formato Único para la

Imagen: Ejemplo del Formato Único.

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diseño, contenido y características de dicho documento en todo el país, a fin de otorgar certeza en la emisión, hacer más accesible su obtención al contar con las medidas de seguridad que la tecnología al día de hoy permite, estableciendo los mecanismos para su verificación desde cualquier computadora o dispositiva móvil con acceso a internet.

La implementación para la adopción y uso del nuevo Formato Único incluyó un periodo de transición, a efecto de que las Unidades Coordinadoras Estatales realizarán ajustes a la normatividad o en los sistemas de inscripción, sí como para la difusión de la información del Formato Único en la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, para garantizar su plena aceptación y uso, y agotar la existencia del papel valorado adquirido de manera previa a la entrada en vigor del acuerdo para la adopción y uso del nuevo Formato Único.

A partir del último trimestre del año 2016, las Unidades Coordinadoras Estatales implementaron el nuevo Formato Único para la certificación de los actos del estado civil, que en términos de la aprobación realizada por el Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil su contenido se detalla a continuación:

a. Folio de Impresión: Es un número impreso con tinta penetrante que

constituye una medida de seguridad para el control en la distribución del papel seguridad y se ubica en la parte superior izquierda. Dicho folio únicamente aparecerá en las actas de nacimiento que se expidan en papel seguridad en las oficialías y juzgados del Registro Civil y en las representaciones de México en el exterior.

b. Denominación del documento: Estatus cívico legal provisto por el Estado

mediante el registro civil, leyenda “Estados Unidos Mexicanos” y la denominación del documento que se expide “Acta de Nacimiento”.

c. Identificador electrónico: Serie numérica de veinte dígitos para el control y

diferenciación de las impresiones de cada formato, asignado de forma electrónica por los servicios tecnológicos de la Secretaría por medio de la Dirección General, el cual podrá verificarse en línea a través de la liga que aparece en la parte inferior del formato.

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d. Elementos del registro:

 Clave Única de la persona registrada.

 Número del certificado que expide la Secretaría de Salud para acreditar el nacimiento de una persona.

 Entidad de Registro: Entidad federativa de la República Mexicana u oficina consular de México en el exterior que realizó la inscripción de la persona cuyo nacimiento se hace constar.

 Municipio de Registro: Municipio de la entidad federativa en la cual fue asentado el registro de la persona cuyo nacimiento se hace constar.  Datos de Registro: constituyen los datos de localización del registro

asentado a cargo del Registro Civil de cada entidad federativa o de la red consular mexicana. Consta de:

- Oficialía,

- Fecha de Registro (dd/mm/aaaa), en donde “d” es día; “m” es mes; y “a” es año,

- Número de libro, y - Número de Acta.

e. Datos de la persona registrada: constituyen los datos personales de la

persona cuyo nacimiento ha sido inscrito en el Registro Civil. Consta de:  Nombre (s);

 Primer apellido y segundo apellido. El orden de los apellidos se establecerá según lo dispuesto por la legislación local en la materia;  Sexo, apartado en el que se deberá asentar únicamente: Hombre o Mujer;  Fecha de nacimiento, constituido por día, mes y año de nacimiento

(dd/mm/aaaa), y

 Lugar de nacimiento, en donde se asienta el Municipio y la entidad federativa de origen.

f. Datos de filiación de la persona registrada:

 El nombre completo de las personas que detenten paternidad, maternidad o patria potestad de la persona registrada;

 La nacionalidad de las personas que detenten paternidad, maternidad o patria potestad de la persona registrada, y

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 La(s) CURP’s de las personas que detenten paternidad, maternidad o patria potestad de la persona registrada, que será(n) vinculante(s) con la CURP de la persona registrada.

g. Anotaciones marginales: Son las modificaciones jurídico-administrativas

relevantes a la identidad legal de la persona, que se registran en los libros correspondientes a cargo de cada Unidad Coordinadora Estatal u oficina consular y se hacen constar para su debida publicidad.

h. Certificación: Constituye el fundamento legal para la expedición y

certificación del documento:

 El orden normativo que establezca la facultad para la emisión del documento y que constituyen las atribuciones de los directores, oficiales o jueces de los Registros Civiles del país y de las personas en los consulados de México en el exterior;

 Fecha de expedición del acta de nacimiento: a los XX días del mes de

XXXXX de XXXX;

 La palabra “DOY FE” como acto del fedatario público que da certeza al documento expedido.

i. Código Bidimensional QR que contiene información encriptada del acta:

Módulo que almacena información del acta de nacimiento en un código de barras bidimensional, situado en la esquina inferior izquierda, el cual sólo podrá ser leído por las autoridades que tengan los permisos para tal efecto.

j. Leyenda “Soy México”: Impresión en marca de agua con la leyenda que

enuncia la vinculación de una persona con México y expresa el orgullo de ser mexicana o mexicano.

k. Firma Electrónica Avanzada: Conjunto de datos y caracteres que permite la

identificación del firmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite que sea detectable cualquier modificación posterior de éstos, la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.

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l. Firma y datos de la autoridad emisora: Espacio para el cargo, nombre y la

firma digital-autógrafa del Titular, Oficial o Juez del Registro Civil facultado para la expedición del acta.

m. Código QR de verificación: Módulo que almacena información del acta de

nacimiento en una matriz de puntos y permite verificar la autenticidad de los datos contenidos en el formato expedido, asignado de forma electrónica por los servicios tecnológicos de RENAPO, el cual puede descifrarse a través de una aplicación para lectura de código QR que se descargue en un dispositivo móvil. Este código se ubica en la esquina inferior derecha del formato.

n. Código de Verificación: Es una serie numérica para verificar la autenticidad

de los datos contenidos en el formato expedido, asignada de forma electrónica por los servicios tecnológicos de RENAPO, y vincula el Acta de Nacimiento con la CURP de la persona registrada.

o. Leyenda de instrucciones para la verificación del documento: En la parte

inferior del documento, se establece una leyenda que indica en dónde y cómo podrá ser verificado el contenido de este documento.

Las medidas de seguridad aprobadas por el Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil para el papel valorado, serán las mismas para la expedición de todas las certificaciones de los registros de los hechos y actos del estado civil de las personas que se expidan en las 32 entidades federativas y por la Secretaría de Relaciones Exteriores, y consisten en lo siguiente:

a. Papel: Seguridad de 90 gramos, con marca de agua bitonal, con fibras

ópticas visibles y fibras invisibles que sólo se pueden observar con la luz U.V.

b. Tintas al anverso: 4, las cuales son:

 2 tintas directas: verdes 576 y beige 7743;  1 tinta invisible roja de seguridad;

 1 tinta reactiva sobre marco verde (cintilla), sólo visible con un haz de rayo láser.

(27)

c. Tintas al reverso: 5, las cuales son:

 4 tintas directas: rojo, verde, gris y negra;  1 tinta OVI de seguridad.

d. Tamaño: 21.6 x 28 centímetros. e. Tipo de impresión: Offset.

f. Marco: Cintilla de 0.75 centímetros; calada en blanco doble el fondo verde

PMS 57 al 100%, con un motivo inspirado en el arte huichol que simboliza la diversidad y pluriculturalidad de la nación y del Estado Mexicano. Con remate centrado en la parte superior del documento, conteniendo el Escudo Nacional calado en blanco sobre fondo verde PMS 576, flanqueado por dos grecas inspiradas en el arte azteca, similares a la cabeza de la serpiente emplumada.

g. Microtexto anverso: Con el nombre de la entidad federativa en positivo, en

posición horizontal y con carácter invertido.

h. Microtexto anverso: Con la leyenda “REGISTROCIVIL” en negativo, en

posición vertical y con carácter invertido.

i. Imagen en anverso: Escudo Nacional en tinta roja U.V. de seguridad

invisible.

j. Imagen: Escudo de Armas de cada entidad federativa, porcentaje de gris al

reverso del formato, en 32 cambios.

k. Folio en anverso: Folio numérico de impresión en el ángulo superior

(28)

l. Fondo en anverso: Línea de texto con la leyenda

“FORMATOUNICODECERTIFICACIONDEACTASREGISTRALES”, con

efecto Línea con Modulación, el cual produce tamaños de 450µ a 250µ, con espacio entre líneas de 70µ.

m. Fondo al centro del acta anverso: Escudo Nacional con un diámetro de 12.3

centímetros; en color PMS 7743 al 20%, elaborado con la leyenda “Soy México”, con efecto Línea de Modulación, el cual produce tamaños 450 µ a 350 µ con espacio entre líneas de 70 µ.

n. Logotipo CONAFREC: Impreso en tinta OVI de seguridad y offset al reverso. o. Logotipo SEGOB – Dirección General del Registro Nacional de

Población e Identificación Personal: Identidad gráfica de la Secretaría.

p. Código QR en el reverso del acta: Impreso en negro (correlacionado con

folio en anverso).

Asimismo, existen 4 medidas de seguridad electrónicas en el Formato Único para la expedición y certificación de actos del estado civil, los cuales se dividen en aquellos que podrán ser utilizados por el público en general y por las autoridades de los tres órdenes de gobierno, siendo estos los siguientes:

a. Disponibles para el público en general y todo tipo de autoridad:  Identificador electrónico;

 Código QR.

b. Disponibles únicamente para las autoridades de los tres órdenes de gobierno que sean autorizadas para tal efecto:

 Código QR encriptado;  Código de Verificación.

(29)

El papel de la forma valorada en el que se expida el Formato Único del Acta de Nacimiento en línea (por internet), es una hoja blanca tipo bond, tamaño carta con medidas de 21.6 x 28 cm, la cual se puede imprimir a elección de la persona solicitante, a color o en blanco y negro.

El contenido de los Formatos Únicos para la certificación del resto de los hechos y actos del registro del estado civil de las personas que sean implementados, son los que apruebe el Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil, los cuales deben hacerse constar en el acta de la sesión que corresponda y formarán parte de los presentes lineamientos.

Imagen: Medidas de seguridad del anverso del Formato Único de Nacimiento aprobado por el Consejo Nacional de Funcionarios de Registro Civil.

(30)

Imagen: Medidas de seguridad del reverso del Formato Único de Nacimiento aprobado por el Consejo Nacional de Funcionarios de Registro Civil

(31)

3.2.3.2 Procedimientos y Funciones del Registro Civil

Resulta fundamental dentro de un esquema moderno de operación, contar con un marco normativo homogéneo que regule los procedimientos y funciones registrales, por lo que para el Fortalecimiento del Registro Civil se busca una normatividad que:

a. Abarque todos los aspectos de la materia registral; b. Logre el registro universal y oportuno de los mexicanos;

c. Regule el diseño de formatos tipo para el levantamiento de las actas; d. Establezca modelos para los procedimientos administrativos, y e. Simplifique los trámites en beneficio de la sociedad;

Entre los esfuerzos y avances pueden resaltarse los siguientes:

a. Se establece que el Registro Civil es una Institución de orden público y de interés social, lo que implica sujetarse rigurosamente a las disposiciones que lo regulan;

b. El establecimiento de una Unidad Coordinadora Estatal, que a su vez se coordine con las instancias locales y federales;

c. Mejorar la organización administrativa y funcionamiento de la Unidad Coordinadora Estatal, habiéndose recomendado que la coordinación de la institución sea encomendada a un Director General;

d. La utilización del término “Oficial” en lugar de “Juez” del Registro Civil, toda vez que estos funcionarios, no realizan actividades jurisdiccionales y el término confunde a los usuarios;

e. La existencia de un archivo central dependiente de la Unidad Coordinadora Estatal y la apertura de las oficialías o juzgados que sean necesarios para la prestación del servicio registral;

f. Solicitar en los requisitos de registros de actos extranjeros, la legalización a través del apostillamiento o la verificación del acta americana a través del sistema NAPHSIS;

g. La proscripción de calificativos que estigmaticen a los registrados;

h. El divorcio y la aclaración de actas vía administrativa cuando procedan conforme a derecho;

i. La conformación de criterios para una reglamentación del Registro Civil a nivel nacional, con la finalidad de seguir impulsando la modernización del Registro Civil para un renovado y expedito funcionamiento en el desempeño del servicio que presta a la sociedad en general;

j. Se actualizó el marco jurídico en las Unidades Coordinadoras Estatales, adecuando situaciones relacionadas con la firma y archivos electrónicos,

(32)

además se agilizaron los procedimientos administrativos de modificación de actas.

Por lo tanto, cada reunión del Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil impulsar y trabajar el tema de la homologación al marco normativo, así como su actualización, modificaciones y reformas.

3.2.3.3 Clave Única de Registro de Población

La Clave Única es un instrumento de registro que se asigna a todas las personas que residen en el territorio nacional.

El Acuerdo para la Adopción y Uso por la Administración Pública Federal de la Clave

Única de Registro de

Población decretado por el Presidente de la República y

publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 octubre 1996, establece que la Clave Única se asignará a todas las personas que viven en territorio nacional, así como a los mexicanos residentes en el extranjero; además, las instituciones públicas que integren algún registro de personas, deberán adoptar el uso de la Clave Única como llave de acceso. El Acuerdo precisó a la Dirección General, a firmar convenios con las entidades federativas, como con los organismos del sector privado que lleven registro de personas, para impulsar la adopción y uso de la Clave Única. Por tanto, con la finalidad de incluir los esfuerzos que realiza el Registro Civil en esta materia, en diversas reuniones del Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil se ha reiterado el compromiso para continuar con las acciones de adopción y uso de la Clave Única, así también, la Dirección General promueve el fortalecimiento de Módulos de la Clave Única en las Unidades Coordinadoras Estatales, sus oficialías o juzgados.

Imagen: Formato de la Constancia de la Clave Única de Registro de Población.

(33)

Módulos de la Clave Única se conciben con la finalidad de incrementar paulatinamente los módulos de asignación y expedición de la Clave Única que operan en el Registro Civil e ir disminuyendo los módulos existentes en diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Con la implementación y fortalecimiento de Módulos CURP en Registro Civil, se ejecutarán acciones para el equipamiento, asistencia técnica y operativa de los módulos, a fin de que la población ubique el servicio de la Clave Única en las oficialías o juzgados del Registro Civil.

3.2.4 Profesionalización Registral 3.2.4.1 Capacitación

La Dirección General considera de vital importancia a los recursos humanos, por ello, consciente del objetivo y obligación de coordinar y promover las actividades registrales, así como los procedimientos necesarios para consolidar el Sistema Nacional de Identificación Personal en colaboración con la institución registral, destina los recursos y proporciona la asistencia técnica y capacitación al personal adscrito al Registro Civil en cada entidad federativa, en aras de conseguir la profesionalización y certificación del personal que brinda los servicios registrales a la sociedad.

La capacitación tiene como objetivo proporcionar al personal de las Unidades Coordinadoras Estatales, sus oficialías o juzgados, los conocimientos teóricos y prácticos basados en el marco jurídico y administrativo de cada entidad federativa y Registro Civil del país, además de los elementos necesarios para el desempeño de la función registral, con la finalidad de profesionalizar el servicio registral.

La capacitación se contempla como respuesta insustituible para afrontar los retos que enfrenta el Registro Civil para contar con recursos humanos preparados para desempeñar la gran diversidad de actividades que le corresponden a la institución registral.

Las Unidades Coordinadoras Estatales conjuntamente con la Dirección General, han impartido cursos a oficiales y personal administrativo del Registro Civil; sin embargo, la capacitación no ha sido suficiente, ello se debe en la mayoría de los casos a la

(34)

alta rotación y continuo desplazamiento del personal que labora en la institución registral.

En la actualidad, debido fundamentalmente a los cambios jurídicos, se presentan nuevas necesidades y nuevos retos en torno a la capacitación del personal de las Unidades Coordinadoras Estatales y sus oficialías o juzgados. Las metas fundamentales en las que se trabaja y se espera superar son la formación de recursos humanos para fortalecer el área de capacitación en materia registral, tanto en la Dirección General como en cada Unidad Coordinadora Estatal, y la elaboración de nuevos módulos e instrumentos didácticos que permitan ofrecer al personal mejores estrategias de capacitación.

La capacitación es una atribución directa de los titulares estatales de la institución registral, sin embargo, precisa de la contribución de la Dirección General, ya que el Registro Civil le proporciona la información para alcanzar sus objetivos. El Programa de capacitación impulsado

por la Dirección General comprende, entre otros, los siguientes temas:

 Derecho a la Identidad.  Registro Civil.

 Registro Nacional de Población e Identificación Personal.

 Actos del estado civil.  Situaciones de Extranjería.

 Transparencia y manejo de datos personales.

La Dirección General emitirá la constancia de Acreditación y Certificación de Instructores en Materia Registral, misma que deberá renovarse cada 3 años o bien,

Programa de Capacitación Registral de la Dirección General del Registro Nacional de Población.

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conformidad con el “Procedimiento para la Capacitación y Actualización del personal del Registro Civil”

La profesionalización es uno de los elementos considerados y fomentados en conjunto con cada Unidad Coordinadora Estatal, pretendiendo siempre mejorar la eficacia y eficiencia de los servicios que se prestan en la institución registral.

3.2.4.2 Certificación

El Comité Técnico del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, entidad paraestatal de la Secretaría de Educación Pública, publicó en el Diario Oficial de la Federación con fecha 2 de noviembre de 2016, el estándar de competencia laboral EC0778 “Inscripción de actos y hechos jurídicos relativos al estado civil de las personas”, cuyo propósito es la evaluación y certificación de los servidores públicos que realizan como parte de sus funciones, la inscripción de nacimiento, matrimonio y defunción de las personas, funciones para cuya realización no se requiere por disposición legal, la posesión de un título profesional o sin importar la manera en que estos se hayan adquirido.

Dicho instrumento de evaluación, describe la competencia que el servidor público posee, al momento de proporcionar la atención de usuarios del registro civil para la

Imagen ilustrativa del Certificado de Competencia Laboral del Estándar de Competencia Laboral.

(36)

inscripción de los tres principales actos y hechos jurídicos del estado civil de las personas, así como la revisión de la documentación en que se sustentan y la elaboración de los documentos mediante los cuales quedan inscritos los actos y hechos mencionados, incluidos los conocimientos, aptitudes, hábitos y valores, que se deben poseer y practicar en el ejercicio de la función pública.

La Dirección General, consiente de la necesidad imperante de respaldar dichos conocimientos y competencias de aquellos servidores que atienden la materia registral, impulsa la certificación de las y los jueces y oficiales de registro civil, a través del estándar de competencia laboral “Inscripción de actos y hechos jurídicos relativos al estado civil de las personas”, ya que permitirá contar con oficialías o juzgados de registro civil de calidad y competencia, en cuanto a sus funciones básicas le demandan. Reconociendo a las y los funcionarios de registro civil mediante un certificado emitido por la Secretaría de Educación Pública, cuya validez nacional, le permitirá en su caso, crear una profesionalización de carrera en materia de registro civil, al encontrarse avalados en sus funciones.

(37)

3.2.4.3 Modelo de Calidad

Con el objeto de brindar a las Unidades

Coordinadoras Estatales un

instrumento institucional que las guie hacia un proceso de transformación, desarrollando estrategias y prácticas innovadoras, que les permita generar los cambios en el diseño de los servicios que la población demanda, estableciendo para ello una cultura de calidad, caracterizada por el enfoque a resultados, la mejora continua, la innovación y transparencia. La Dirección General desarrolló el Modelo de Calidad para el Registro Civil, y será a través de la presente modalidad, que la Dirección General apoyará las acciones que emprendan las Unidades Coordinadoras Estatales que se encuentren racionadas con la implantación del citado modelo.

Para tal efecto, en el “Modelo de Calidad para el Registro Civil” se contempla la estructura general del Modelo de Calidad, el cual regirá las acciones y el esquema de operación de esta modalidad.

Presea Identitas – Premio a la calidad del Registro Civil 2015 entregado al estado de Hidalgo.

(38)

3.2.5 Regularización del Estado Civil 3.2.5.1 Campañas Especiales

Una de las modalidades de gran importancia la constituye aquella enfocada a implementar acciones para abatir el subregistro y registro extemporáneo de nacimiento, acercando el servicio del registro civil a aquellas poblaciones o zonas del territorio nacional que cuentan con población vulnerable, cumpliendo lo anterior con la obligación del Estado de dotar de identidad y certeza jurídica a la población para el pleno ejercicio de sus derechos. Las principales campañas implementadas por las Unidades Coordinadoras Estatales son, entre otras, las siguientes:  Registros extemporáneo de nacimiento;  Matrimonios colectivos;  Rectificación y aclaración de actas;  Reconocimientos de hijos;  Registro de nacimiento gratuito;

 Expedición de certificaciones gratuitas;

 Registro para comunidades indígenas y grupos en situación de vulnerabilidad;

 Registro para grupos en situación de marginación, migrantes y adultos mayores;

 Asistencia a Centros de Readaptación Social (CERESO);  Programas de ayuda a jornaleros agrícolas;

 Registro de Nacimientos de la Población México-Americana;  Para el asentamiento de Anotaciones Marginales.

Mujer indígena beneficiaria de las campañas de regularización del estado civil. Foto: Archivo de CDI.

(39)

Con fecha 22 de abril de 2013, se suscribió un Convenio de Colaboración entre el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, la Secretaría, y las 32 entidades federativas, a través de los Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia y las Unidades Coordinadoras Estatales, con el objeto implementar la Campaña Nacional para el Registro Universal y Oportuno de nacimientos, a fin de contribuir a erradicar el subregistro de nacimientos y establecer acciones que permitan incrementar el registro universal y oportuno de toda persona en el país. Para dar continuidad a las campañas especiales se contemplan entre otros, los siguientes conceptos que permitan llevar a cabo campañas de regularización en las regiones que carecen de los servicios del Registro Civil, tales como:

a. Unidad Móvil de Registro, la cual deberá contener como mínimo:

 El logotipo permanente de la Dirección General y del Gobierno del Estado, así como la imagen del Registro Civil;

 2 estaciones de trabajo (cabina o espacio con mesa, banco y/o silla);  Equipos de cómputo por estación de trabajo;

 Impresoras y escáneres necesarios para la operación registral;  Instalación eléctrica;

 Área de servicio o ventanillas de atención;

 Antena satelital o medio de comunicación remoto para la transmisión de datos en línea o en tiempo real.

b. Equipos de cómputo, periféricos y consumibles (papelería); c. Mobiliario (Sillas plegables, mesas plegables, carpas, etc.);

d. Personal expresamente destinado a las actividades de captura bajo

demanda, búsqueda y regularización de registros, a efecto de atender a la población en el territorio nacional y con residencia en el exterior, que necesiten acceso a sus registros y por tanto, requieran la intervención expresa del Registro Civil y de las autoridades con las que se realicen las campaña de regularización;

e. Difusión de acciones para abatir el subregistro y el registro extemporáneo de

nacimiento:

 Publicidad para campañas especiales: Trípticos, folletos, pancartas, mensajes de radio y/o TV, entre otros.

(40)

En septiembre de 2016, se realizó la presentación del programa Soy México, Registro de Nacimiento de la Población México-Americana, el cual es un esquema que reconoce la binacionalidad y protege el derecho a la identidad. Este sistema brinda una solución para atender las dificultades que niñas, niños y adolescentes de origen mexicano, nacidos en los Estados Unidos, enfrentan para su ingreso a la educación en México, el acceso a los servicios de salud pública y la oportunidad de trabajo, debido a que se simplifica el procedimiento de legalización y apostilla. Su implementación se realiza mediante campañas especiales para la regularización del estado civil.

Con la implementación de campañas especiales para las rectificaciones registrales, se dará veracidad al documento que efectivamente acredite la identidad de la persona, a fin de realizar

su correcta incorporación a la Base de Datos Nacional de Registro Civil.

Realizar de manera administrativa las rectificaciones que correspondan, darán celeridad a los trámites que la ciudadanía realice, lo que permitirá actualizar y corregir sus datos de identidad, aspecto que fortalecerá a la institución registral. Las anotaciones marginales son los hechos y actos que modifican el estado civil y la capacidad de las personas; esta no modifica en ningún caso el contenido de la inscripción. Son elaboradas por el oficial o juez del Registro Civil para dar veracidad y claridad al contenido de la inscripción registral, lo que efectivamente acredita la identidad de la persona.

Mantener un registro actualizado y completo es un compromiso que se garantiza con la implementación de los recursos humanos necesarios para llevar a cabo dicha

Imagen: Publicidad de la Estrategia Binacional Soy México, Registro de Nacimiento de la Población México – Americana.

(41)

B I B L I O G R A F Í A

1 Programa de Coordinación y Modernización del Registro Civil. 2 Programa de Modernización Integral del Registro Civil.

3 Lineamientos de Operación del Programa Presupuestario E012 Registro e Identificación de Población.

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