6. Ámbito laboral
6.1. Acceso al mercado laboral
6.1.1. Desempleo
El desempleo, analizado sobre los individuos que lo padecen, contiene una amplia gama de situaciones diversas, en función de si se encuentra cubier- to por las prestaciones sociales por desempleo o no, de la duración del perio-
do que abarca, de si se produce en momentos próximos al inicio o al fin de la vida activa, de si se da de forma acumulativa sobre otros factores de exclusión o no, etc. En términos más generalizadores, se distinguen, básicamente, tres si- tuaciones: el Desempleo en un sentido estático (es decir, medido en un momen- to determinado), el Desempleo de larga duración (que atañe a la prolongación de la situación de desempleo durante más de un año), y el desempleo que no se encuentra cubierto por las prestaciones sociales (Desempleo sin prestación).
Desempleo. La medida del desempleo ha sido una cuestión tradicional- mente polémica, puesto que se utiliza recurrentemente como indicador de desarrollo y nivel de bienestar de las regiones y países, lo que la convierte en un indicador punto de mira y muy presente en el debate político, sin que exista un criterio claro y consensuado en el ámbito internacional 8.
A pesar de que sí existe una definición genérica de parado elaborada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en esta definición quedan algunos aspectos sin concretar, dejando espacio a la interpretación libre y diversa. La OIT establece que son paradas las «personas de 16 o más años que durante la semana de referencia han estado sin trabajo, disponi- bles para trabajar y buscando activamente empleo. Son parados también quienes ya han encontrado un trabajo y están a la espera de incorporarse a él, siempre que verifiquen las dos primeras condiciones»
(http://www.ines.es/daco/daco43/notaepa.htm). La interpretación de lo que debe considerarse búsqueda activa de trabajo es el elemento que ha conllevado más problemática de la definición. El Reglamento (CE)
1897/2000 introduce instrucciones sobre cómo interpretar la búsqueda ac- tiva de trabajo 9. En la aplicación de estas instrucciones,
8. Esta situación se ejemplifica muy claramente en la disparidad existente durante años entre las ci- fras proporcionadas por el Ministerio de Trabajo (y más concretamente por el organismo INEM) y las cifras calculadas por la Encuesta de Población Activa (EPA), que efectúa el Instituto Nacional de Estadística (INE). Los datos del INEM sólo reconocen como paradas a aquellas personas que se han registrado en sus oficinas (paro registrado). La EPA, en cambio, utiliza una definición mucho más amplia y afinada en términos teórico-metodológicos, que es la que se utiliza normalmente como re- ferencia en el mundo académico.
9. Según dicho reglamento, «se consideran métodos activos de búsqueda, los siguientes: a) estar en contacto con una oficina pública de empleo con el fin de encontrar trabajo, cualquiera que sea la parte que haya tomado la iniciativa (la renovación de la inscripción por razones puramen- te administrativas no constituye un planteamiento activo); b) estar en contacto con una oficina privada (oficina de empleo temporal, empresa especializada en contratación, etc.) con el fin de encontrar trabajo; c) enviar una candidatura directamente a los empleadores; d) indagar a través de relaciones personales, por mediación de sindicatos, etc.; e) anunciarse o responder a anun- cios de periódicos; f) estudiar ofertas de empleo; g) participar en una prueba, concurso o entre- vista, en el marco de un procedimiento de contratación; h) buscar terrenos, locales o material; e i) realizar gestiones para obtener permisos, licencias o recursos financieros.
España se ve especialmente afectada por los requisitos exigidos a las personas cuya única forma de búsqueda de empleo es la inscripción en las oficinas de empleo públicas. Hasta ahora la mera inscripción en las mismas como demandante de empleo, válida por tres meses, basta- ba para considerar parada a la persona. A partir de 2002, se exige ha- ber tenido contacto con dichas oficinas, con el fin de encontrar em- pleo, para que la persona sea considerada desempleada. El objetivo de encontrar empleo se cumple si la persona se inscribe por primera vez después de un periodo de empleo o inactividad, se informa sobre po- sibles ofertas de empleo o recibe una propuesta de trabajo de la ofici- na. Así, una parte de las personas que hasta hoy se venían consideran- do paradas pasan a ser consideradas inactivas
(http://www.ines.es/daco/daco43/notaepa.htm).
Estos cambios supusieron una modificación substancial de los cómpu- tos del desempleo en España, que llega a oscilar en más de dos puntos en- tre la antigua y la nueva metodología (para el año 2001 la tasa de desem- pleo se sitúa en el 13,4% con la antigua metodología, mientras a partir de la nueva se sitúa en el 10,9%, esto es, el 2,6% por debajo). Las diferencias pue- den llegar a situarse en el –16% cuando aplicamos los nuevos cómputos a algunas comunidades, como en el caso de Ceuta y Melilla, o en el –8% en Extremadura. Así pues, teniendo en cuenta que el impacto de los cambios metodológicos rebaja las cifras de desempleo y que nuestro objetivo es ser el máximo de comprehensivos hacia los colectivos que padecen algún tipo de factor de exclusión social y, por lo tanto, exhaustivos en la recogida de los datos referentes a estos factores, se optó por mantener los datos según la an- tigua metodología. De este modo no se excluyen del análisis colectivos como los parados desanimados, que en los nuevos cómputos aparecerían como inactivos.
Desempleo de larga duración. Una forma mucho más severa de exclusión que se produce en el espacio del acceso al mercado laboral, por las conse- cuencias que acarrea no solamente en esta esfera laboral de la vida sino también en muchas otras, es el Desempleo de larga duración. Habitualmente se entiende por desempleo de larga duración el desempleo que se prolonga por más de un año. En nuestro caso nos pareció interesante observar el de- sempleo de larga duración en dos cortes temporales: el habitual de un año y otro aún más cercano a procesos de exclusión social por su mayor severi- dad, como es el desempleo que supera los dos años.
El desempleo de larga duración conlleva, como hemos dicho, mu- chas implicaciones en distintas esferas. En el ámbito laboral, cuanto más
largo es el periodo de desempleo, menores son las probabilidades de re- versibilidad de la situación y más fácilmente se puede tender a la cronifica- ción del mismo. En el ámbito económico, el hecho de superar los dos años de desempleo en España implica la pérdida de la prestación por de- sempleo, en el caso de que se haya podido acceder a ella durante el perio- do anterior. Por otro lado, el desgaste psicológico que supone un tiempo de espera tan largo ha sido constatado también en varios estudios realiza- dos. Como en muchas aproximaciones cualitativas se ha podido mostrar, se derivan del fenómeno del desempleo de larga duración un sinfín de si- tuaciones relacionadas con la precariedad social o directamente con pro- cesos de exclusión.