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Fases de la propuesta de capacitación

4.3 Propuesta de capacitación

4.3.12 Fases de la propuesta de capacitación

El trabajo de investigación realizado en el Distrito de Huayucachi permite establecer que en dicho distrito hay un nivel muy bajo de educación tributaria, el cual, ocasiona un nivel precario en cumplir con sus obligaciones relacionada a los tributos;

por consiguiente, planteamos una propuesta que consta de tres fases:

4.3.12.1 Fase de sensibilización

Esta primera fase dependiendo de la información recolectada los cuales se obtienen de las encuestas realizadas se brindara la orientación que el contribuyente necesite para el cumplimiento de sus obligaciones relacionadas a los tributos de forma adecuada, esta fase comprende tres módulos los cuales son:

Módulo 1: En este primer módulo se propone brindar información relacionada a la legislación tributaria, el cual comprende:

 Código Tributario (DS. Nª 133-2013-EF) Verificación

Sanción Sensibilización

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 Ley del impuesto General a las ventas e impuesto selectivo al consumo.

(DS. Nª 055-99-EF)

 Ley del Impuesto a la Renta (DS. Nª 179-2004-EF.)

 Reglamento de comprobantes de pago (RS. Nª 007-99/SUNAT)

 Reglamento del Registro único de contribuyentes-RUC (RS. Nª 210- 2004/SUNAT)

Módulo 2: En este módulo se propone brindar información relacionada con los regímenes tributarios, como afectarse a cada uno de ellos, características de cada régimen, obligaciones de cada régimen y sanciones por incumplir sus obligaciones en cada uno de los regímenes.

Los regímenes son:

 Nuevo régimen único simplificado

 Régimen especial

 Régimen Mype tributario

 Régimen general

Módulo 3: en este módulo se propone capacitar a los contribuyentes sobre sus obligaciones formales y sustanciales los cuales comprenden:

Obligaciones Formales:

 Inscripción al ruc

 Emisión y entrega de comprobantes de pago.

 Llevar libros y/o registros contables.

 Presentar declaraciones y comunicaciones.

121 Obligaciones Sustanciales:

 Cumplir con el pago del tributo

En esta Fase también se propone una guía de capacitación que comprende los 3 módulos mencionados.

4.3.12.2 Fase de Verificación

El objetivo de esta fase será verificar si la fase de capacitación logro desarrollar una educación tributaria apropiada en las Mypes del distrito de Huayucachi, o sea, se evaluara el cumplimiento obligaciones tributarias de forma voluntaria, se realizara lo siguiente:

 Se comprobara si cuenta con comprobantes de pago: los encargados de SUNAT se dirigirán al local del contribuyente y verificaran si el contribuyente cuenta o no con los comprobantes de pago.

 Se comprobara la Entrega de Comprobantes de Pago: Los respectivos encargados se presentara en el local del contribuyente, y efectuara compras como cualquier persona, comprobante de esta forma la emisión y otorgamiento de dichos comprobantes.

En ambos casos, se dejará la constancia correspondiente de la verificación.

4.3.12.3 Fase Sancionadora

El objetivo de esta fase es aplicar la sanción conforme a los resultados que serán obtenidos, cuyo objetivo será que lo contribuyentes detectados en la omisión de sus obligaciones no vuelvan a cometer dichas infracciones al mismo tiempo dar a conocer al contribuyente sobre las medidas sancionatorias e incentivándoles a ser más consientes con sus obligaciones tributarias.

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Propuesta de Guía de Sensibilización

Para mejorar la educación tributaria y el cumplimento de las obligaciones

tributarias de las Mypes del Distrito de

Huayucachi.

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Presentación:

A lo largo de la siguiente sensibilización nos familiarizaremos con las normas tributarias, los regímenes tributarios, las obligaciones formales y sustanciales con la finalidad de ser más consientes de la importancia de nuestro papel como ciudadanos responsables.

El marco normativo, los regímenes tributarios, obligaciones formales y sustanciales serán los contenidos de la presente guía, en el cual conocerán las normas que regulan sus deberes y derecho.

Esta experiencia de capacitación les brindará conocimientos básicos de los temas tributarios de interés para los micros y pequeños contribuyentes.

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Contenido:

1. Modulo I

1.1. Legislación tributaria 1.1.1 Código Tributario 1.1.2 Ley del IGV

1.1.3 Ley del Impuesto a la Renta

1.1.4 Reglamento de comprobantes de Pago 1.1.5 Reglamento Único de Contribuyentes 2. Módulo II

2.1. Regímenes tributarios

2.1.1. Nuevo Régimen Único Simplificado 2.1.2. Régimen Especial

2.1.3. Régimen mype tributario 2.1.4. Régimen general

3. Módulo III

3.1. Obligaciones formales y sustanciales 3.1.1 Inscripción al ruc

3.1.2 Emisión y entrega de comprobantes de pago.

3.1.3 Llevar libros y/o registros contables 3.1.4 Presentar declaraciones y comunicaciones

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Código Tributario (DS. Nª 133-2013-EF)

Conjunto de las

disposiciones y normas encargadas de regular la materia tributaria en general que rige en el país

Estructura:

Título Preliminar

Libro I-La Obligación Tributaria

Libro II-La Administración tributaria, los administrados.

Libro III-Procedimientos tributarios

Libro IV-Infracciones, sanciones y delitos.

Tablas de infracciones y sanciones

Ley del impuesto General a las ventas e impuesto selectivo al consumo. (DS.

Nª 055-99-EF)

IGV es un tributo que grava toda comercialización de venta de bienes y servicios que se realizan en el Perú.

Bienes y servicios Afectos al IGV:

 La venta en el Perú de bienes muebles.

 La prestación o utilización de servicios en el Perú.

 Los contratos de construcción.

 La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos.

 La importación de bienes.

Ley del Impuesto a la Renta (DS. Nª 179-2004-EF.)

El impuesto a la renta este tributo es de determinación anualmente, el cual grava las rentas que proceden del trabajo y de la utilización de un capital, el cual puede ser un bien mueble o inmueble.

Categorías del impuesto a la renta:

A) Rentas de primera categoría por arrendamiento, subarrendamiento y cesión de bienes.

B) Rentas de segunda categoría de capital.

C) Rentas de tercera categoría de comercio, industria y otras establecidas por ley.

D) Rentas de cuarta categoría de trabajo independiente.

E) Y rentas de quinta categoria. Rentas de trabajo con relación de dependencia.

Reglamento de

comprobantes de pago (RS. Nª 007-99/SUNAT) Se considera comprobante de Pago a un Documento que avala la entrega de bienes, la cesión en uso o la prestación de servicios.

Entre ellos se encuentran:

1. Facturas

2. Recibos por honorarios.

3. Boletas de venta.

4. Liquidaciones de compra.

5. Tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras.

6. Otros.

Recuerde: A partir de S/.5 es obligatorio la emisión de dichos comprobantes.

Reglamento del Registro único de contribuyentes- RUC (RS. 210- 2004/SUNAT)

El RUC es un registro que

comprende datos de

identificación de las actividades económicas como también información reservada de los inscritos en el.

El Número RUC es exclusivo y se compone once dígitos siendo este de uso obligatorio en toda declaración o trámite que se realice ante la SUNAT.

Cuando se debe Inscribir:

Se inscribe cuando se inicia actividades económicas (generadoras de impuestos) dentro de los doce (12) meses siguientes a la fecha de inscripción.

126 Este régimen es creado para los pequeños comerciantes y productores, a los cuales les permite realizar el pago de una cuota mensual el cual se encuentra en función a las compras y/o ingresos, con el cual reemplazan el pago del IGV y la renta.

• Las personas naturales y sucesiones indivisas que posean negocios pequeños sus clientes principales son consumidores finales.

• También se encuentran los que realizan un oficio, pudiendo ser un gasfitero, pintor, carpintero, entre otros, para el cual no deben contar con tirulo profesional.

¿Se pueden acoger a este régimen?

Actividades que no puedes realizar en el Nuevo RUS

“• Transporte de carga de mercancías en vehículos con capacidad de carga mayor o igual a 2 TM (dos toneladas métricas).

• Servicios de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.

• Organizar espectáculos públicos.

• Agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.

• Realicen venta de inmuebles.

• Entreguen bienes en consignación.

• Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos;

agentes de aduana; los intermediarios y/o auxiliares de seguros.

• Presten servicios de depósitos aduaneros y terminales de almacenamiento. • Efectúen y/o tramiten cualquier régimen, operación o destino aduanero, excepto se trate de contribuyentes: i) Cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, realicen importaciones para el consumo queno excedan de US$ 500 por mes; y/o, ii) Que efectúen exportaciones de mercancías a través de los destinos aduaneros especiales o de excepción previstos en los incisos b) y c) del artículo 98 de la Ley General de Aduanas; y/o, iii) Que realicen exportaciones definitivas de mercancías, a través del despacho simplificado de exportación, al amparo de lo dispuesto en la normatividad aduanera.”

127 Para pertenecer al Nrus no podrás superar los siguientes límites:

 Tus ingresos brutos no pueden ser mayor a S/

96,000 durante el año.

• Las actividades ejecutadas se deben llevar a cabo en un solo establecimiento o sede productiva.

• Tus activos fijos, con excepción de predios y vehículos, no deben superar los S/ 70,000

 • El total anual de tus compras no deben superar los S/ 96,000. Si supera algunos de los límites mencionados deberá de elegir un Régimen Tributario diferente al Nuevo RUS.

Categoría Ventas mensuales hasta

Compras mensuales hasta

Cuota mensual

1 S/ 5000 S/ 5000 S/ 20

2 S/ 8000 S/ 8000 s/ 50

El pago que se debe efectuar es :

A) Por internet: Se debera de ingrasar a SUNAT virtual (www.sunat.gob.pe) ubica la sección Operaciones en Línea SOL/Nueva plataforma, e ingresa con tu Usuario y Clave SOL.

B) Por el celular uhaciendo uso de su billetera electrónica BIM marcando el *838# (ver: http://mibim.pe/pagar- nuevo-rus/).

C)Por medio de las entidades bancarias haciendo uso de la

“Guía Pago Fácil”:

- Banco de la Nación, Interbank, BCP (solo en Agentes BCP), BBVA Continental, Scotiabank, BanBif Agentes MultiRed del Banco de la Nación.

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¿Qué comprobantes de pago debo emitir y exigir como Nrus?

Al realizar las compras están obligados a solicitar comprobantes de pago como:

• Factura

• Tickets donde se consigne tu número de RUC, nombre y se discrimine el monto del impuesto.

Al realizar las ventas están obligados a emitir los comprobantes como por ejemplo:

• Boletas de venta

• Tickets

“No es obligatorio emitir boletas de venta o tickets por ventas menores a S/

5, salvo que el comprador lo exija. En estos casos, al final del día, debe emitir una boleta de venta que comprenda el total de sus ventas menores a S/ 5, por las que no se hubiera emitido boleta, conservando el original y la copia para el control de la SUNAT.”

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¿Quiénes pueden acogerse a este régimen?

Se afectan al presente régimen las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas que estén domiciliadas en el Perú y que además tengan rentas de tercera categoría que se obtengan de las siguientes actividades:

Actividades que no se pueden realizar dentro del Régimen Especial.

“- Construcción

- Transporte de carga de mercancías - Organización de espectáculo público.

- Casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.

- Agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.

- Venta de inmuebles.

- Actividades vinculadas a las siguientes profesiones:

• Actividades de médicos y odontólogos.

• Actividades veterinarias.

• Actividades jurídicas.

• Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría, consultoría fiscal.

• Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica.

• Programación informática, consultoría de informática y actividades conexas; actividades de servicios de información; edición de programas de informática y de software en línea y reparación de ordenadores y equipo periféricos.

• Actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión. • Actividades que generen rentas de fuente extranjera.”

Extractivas . Mineria . Pesqueria

Industriales . Se dedican ala transformacion de productos

primarios.

Comercio . Compra y

venta de bienes que adquieran, produzcan o manufacturen.

Servicios . Cualquier otra

actividad no señalada en los

rubros anteriores.

Activiadades Agropecuarias .Se incluyen la cria de animale

y el cultivo de plantas.

130 - Que el ingreso neto calculado de forma anual no sea mayor a S/ 525,000.

- Que sus activos fijos, sin considerar a predios y vehículos, no superen los S/ 126,000

- El que el total anual de adquisiciones no sea mayor a los S/ 525,000, sin incluir activos fijos.

- Solo pueden tener 10 trabajadores, si se trata de actividades en el cual se necesita más de un turno de trabajo, el tope máximo se será por cada turno.

¿Cómo realizo la declaración y pago?

Declaración:

¿Cuáles son los limites a superar para encontrarse en régimen especial?

Paso 1 –Ingresa a tu Clave SOL

Se debe ingresar al Portal de SUNAT www.sunat.gob.pe para ingresar en

“;Mis Declaraciones y Pagos” con su CLAVE SOL.

Paso 2 – Se elige el Formulario “IGV – Renta Mensual”

Y se registra los “Datos Generales” de la declaración.

Paso 3 –Llena la declaración IGV - Renta

131 Formas de Pagos:

Comprobantes de Pago:

Al realizar las compras debe solicitar los siguientes comprobantes de pago:

• Factura

• Tickets donde se consigne su número de RUC, nombre y se discrimine el monto del impuesto.

Al efectuar las ventas se entrega los siguientes comprobantes de pago:

• Boletas de venta, o Tickets

• Facturas

Libros contables obligados a llevar

Recuerda que: Debe tener en cuenta que si se encuentra dentro del regimen espcial no esta obligado a presentar las declaracione sanuales , solo se presentan las declaarciones mensuales.

•Para realizar el pago se requiere que el contribuyente afilie su cuenta de una entidad bancaria par el pago de tributos.

Cargo en cuenta bancaria

•Al eelegir esta opcion se podra acceder a una ventana donde podra elegir el tipo de tarjeta con la cual desea realizar el pago.

Tatjeta de credito y

devito

•El pago se efectiua con cargo ala cuenta de detracciones del banco de la nacion.

cargo en la cuenta de detracciones

•Con esta modalidad a parte de realizar la declaarcion jurada se generara la NPS para realizar el pago en las diferentes entidades finacieras.

NPS- Número de pago Sunat

•En esta modalidad el contribuyente debera consurrir a las entidades financieras para realizar el pago de sus

impuestos.

Pago presencial

El registro de compras (debe ser legalizado antes de su uso)

El registro de ventas (debe ser legalizado antes de su uso)

132 Para pertenecer a este régimen no se debe superar las 1700 UIT de Ingresos Netos en el año.

No están comprendidos en el régimen Mype tributario:

•Aquellos que superen las 1700 UIT de ingresos en al año precedente.

• Aquellos que se vinculen de forma directa o indirecta con diferentes empresas y sus ingresos netos anuales superen las 1700 UIT.

• Auqellas sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas constituidas en el exterior.

Pagos a Cuenta Mensual

Ingresos Netos Tasa

Hasta 300 UIT 1%

Más de 300 UIT hasta 1700 UIT

Coeficiente o 1.5%

Impuesto a la Renta Anual

Renta Neta Tasa

Hasta 15 UIT 10%

Más de 15 UIT 29.5%

Para quienes está dirigido este régimen.

Personas Naturales

Personas Jurídicas

Sucesiones indivisas Sociedades

conyugales

Tasas del Impuesto

133 Declaración y Pago.

Declaración

Formas de Realizar el Pago:

1. Cargo en cuenta bancaria

Este tipo de pago requiere que previamente solicite a su banco la afiliación para el pago electrónico.

2. Tarjeta de Crédito y Débito - VISA

Al escoger esta opción de pago, se abrirá una ventana de VISA donde le pedirá ingresar los datos de su tarjeta de crédito o débito.

3. Cargo en la Cuenta de Detracciones.

Si tiene cuenta de detracciones en el Banco de la Nación, este le servirá para hacer el pago de sus impuestos.

4. NPS – Número de Pago SUNAT.

Si escoge esta opción el sistema enviará la Declaración Jurada pero adicionalmente le generará un NPS - “Número de Pago SUNAT” con el que podrá hacer el pago en las oficinas de los Bancos

5. Pago Presencial – Ventanilla de Bancos autorizados.

Si el pago lo desea hacer en efectivo entonces podrá acercarse a cualquiera de los Bancos Autorizados llevando un formato que servirá como guía para realizar el pago (Guía para Pagos Varios).

Paso 1 –Ingresar al portal web (www.sunat.gob.pe) Elegir la opción Operaciones

en Línea (SOL) / Mis Declaraciones y pagos e

ingrese a la Nueva Plataforma con su RUC y

Clave SOL.

Paso 2 –Elige el Formulario Virtual N° 621 – “IGV –

Rellene el rubro

“Información General” de la declaración.

Paso 3 – Llene la declaración IGV -

Renta

134 Comprobantes de pago que deben emitir y exigir los del régimen Mype tributario.

Libros y registros contables obligados a llevar:

Si tus ingresos brutos en el año son hasta 300 UIT se lleva:

• Registro de Ventas

• Registro de Compras

• Libro Diario de Formato Simplificado

Si tus ingresos brutos en el años son superiores a 300 UIT y no superan las 500 UIT se lleva:

• Registro de Ventas

• Registro de Compras

• Libro Mayor

• Libro Diario Si los ingresos brutos en el año son superiores

a 500 UIT y no sobrepasan las 1700 UIT se lleva:

• Registro de Compras

• Registro de Ventas

• Libro Diario

• Libro Mayor

• Libro de Inventarios y Balances.

Si los ingresos brutos en el año son superiores a 1700 UIT se lleva contabilidad completa:

• Registro de Compras

• Registro de Ventas

• Libro Diario

• Libro Mayor

• Libro de Inventario y Balances.

• Libro de Caja y Bancos.

Al efectuar las compras debe solicitar los siguientes comprobantes de pago:

• Factura,

• Tickets donde se consigne su número de RUC, nombre y se discrimine el monto del

impuesto.

Cuando se vende se debe emitir los siguientes comprobantes de pago:

• Boletas de venta, o Tickets

• Facturas

Además, puede emitir otros documentos complementarios a los comprobantes de pago, tales

como:

• Notas de crédito

• Notas de débito

• Guías de remisión remitente y/o transportista, en los casos que se realice traslado de mercaderías

135 El presente régimen incluye a diversos contribuyentes como personas naturales y personas jurídicas que obtengan rentas de tercera categoría, en este régimen se encuentran todos los contribuyentes que no cumplan con las exigencias para permanecer al NRUS, Régimen Especial o Régimen MYPE Tributario.

Tasas del Impuesto:

Pagos que se efectúan Tasa

Pagos a cuenta mensuales Coeficiente o 1.5%

Impuesto a la renta anual 29.5%

El Impuesto General a las Ventas (IGV) el cual tiene una tasa del 18%.

Declaración y Pago Mensual.

Declaración:

Formas De pago:

Paso 1 –En el portal web (www.sunat.gob.pe) Seleccione la opción Operaciones en Línea (SOL) /

Mis Declaraciones y pagos y acceda a la Nueva Plataforma con su RUC y Clave SOL.

Paso 2 –Ubica el Formulario Virtual N° 621 – “IGV – Renta Mensual”

Llene el rubro

“Información General” de la declaración.

Paso 3 –Llena la declaración IGV -

Renta

Cargo en cuenta bancaria: Para realizar el pago se requiere que el contribuyente afilie una cuenta de su entidad bancaria.

NPS – Número de Pago SUNAT En esta opción el contribuyente aparte de realizar la declaración debe generar una NPS y realizar el pago de forma presencial en una agencia bancaria.

Pago Presencial – El pago se efectúa de forma presencial en las ventanillas de los diferentes bancos autorizados para realizar el pago de impuestos.

Cargo en la Cuenta de Detracciones:

Si el contribuyente posee una cuenta de detracciones en el Banco de la Nación el pago se puede efectuar cargándolo a dicha cuenta.

Tarjeta de Crédito y Débito En esta modalidad el contribuyente tiene la facilidad de elegir pagar con una tarjeta de crédito o débito.

136 Comprobantes de pago que deben emitir y exigir los del Régimen General:

Libros o registros contables obligados a llevar:

Si los ingresos brutos del año son hasta 300 UIT se lleva:

• Registro de Ventas

• Registro de Compras

• Libro Diario de Formato Simplificado

Si los ingresos brutos del año superan de 300 UIT pero no las 500 UIT llevará:

• Registro de Ventas

• Registro de Compras

• Libro Mayor

• Libro Diario

Si los ingresos brutos en el año son superiores a 500 UIT pero no a las 1700 UIT se lleva

• Registro de Compras

• Registro de Ventas

• Libro Diario

• Libro Mayor

• Libro de Inventarios y Balances

•Factura

•Tickets donde se consigne su número de RUC, nombre y se discrimine el monto del impuesto.

Al momento de efectuar las compras se exige los siguientes comprobantes de pago:

•Boletas de venta, o Tickets

•Facturas

•Además, puede emitir otros documentos complementarios a los comprobantes de pago, tales como:

•Notas de crédito

•Notas de débito

•Guías de remisión remitente y/o transportista, en los casos que se realice traslado de mercaderías.

Al realizar las se emite los siguientes comprobantes de pago:

137 Si los ingresos brutos en el año son superiores a 1700 UIT se lleva la contabilidad completa:

• Registro de Compras

• Registro de Ventas

• Libro Diario

• Libro Mayor

• Libro de Inventario y Balances

• Libro de Caja y Bancos

138 El RUC es un registro que contiene diversa información

respecto a las actividades de los contribuyentes como también datos reservados de los inscritos en el.

El RUC es exclusivo y se compone once dígitos siendo este de uso obligatorio en toda declaración o trámite que se realice ante la SUNAT.

Requisitos para inscribirse al RUC:

Requisitos de Inscripción Personas Naturales Cuando registra la misma dirección

consignada en el DNI.

Cuando se informa una dirección diferente al del registrado en el DNI Te solicitaran solo la presentación del DNI Se presentara el original de tu DNI y un

documento privado o público donde figure la dirección del domicilio fiscal que se esta declarando.

Requisitos Persona Jurídica DNI del Representante Legal

Ficha o partida electrónica certificada por Registros Públicos, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario.

Si la Dirección que declara es diferente al del DNI cualquier documento privado o público donde figure la dirección del domicilio fiscal que se está declarando.

Verificar requisitos adicionales según tipo de contribuyente Anexo I de la RS. 210- 2004/SUNAT