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Los grupos privilegiados

2. Bilbao en la Edad Moderna

2.4. Luces y sombras en el siglo XVIII

2.4.1. Los grupos privilegiados

Lo que algunos textos de época llaman los poderosos, y en general se consideran las élites, en Bilbao lo constituían mayorazgos y comer- ciantes con lonja. Sin duda, más de una vez la rica heredera de un mercader se casó con el vástago de un mayorazgo, y en tiempos nor- males las relaciones entre unos y otros tuvieron que ser, cuando me- nos, fluidas. Sin embargo, entre ellos existían profundas diferencias, a veces incluso por encima de lo que les unía, la riqueza.

Para empezar, la mayor parte de la fortuna de los comerciantes era líquida, estaba constituida por capital variable: mercancías, di- nero físico, letras de cambio... y no demasiadas propiedades inmo- biliarias. Además, no existía ninguna ley que les pusiera al abrigo de la competencia y de una posible quiebra. Y a la hora de heredar el sistema seguido él era el igualitario castellano, sólo con la mejo- ra del tercio y el quinto de libre disposición7. Una parte del clero tranquilizaba sus conciencias en asuntos de intereses; así, el benefi- ciado de Begoña, Manuel de Zubiaur y Eizaga, en su Opúsculo de theología moral de contractibus..., escrito en Bilbao, pero editado en Madrid en 1716, mientras que otros, como el jesuita Pedro de Ca- latayud, en sus Doctrinas prácticas que suele explicar en sus misiones (1739), consideraba algunos de sus préstamos como usura y los censuraba duramente.

Por el contrario, los mayorazgos tenían su patrimonio formado fun- damentalmente por bienes raíces, en la Villa y en la zona rural del Se- ñorío. A la hora de heredar, sólo lo hacía el mayor, de ahí el nombre de mayorazgo, y los segundones tenían que encontrar empleo en la Igle- sia y en la burocracia civil o militar de la Monarquía. De ahí, los fuertes nexos entre estos mayorazgos, los llamados jaunchos, y la corona. En caso de una gestión poco inteligente o desafortunada de su patrimo- nio, si las deudas superaban a los ingresos, los mayorazgos estaban am- parados por la Ley, que impedía que sus deudores se cobraran de sus bienes, de tal forma que en caso de insolvencia, de los ingresos del ma- yorazgo se hacían dos partes; una, lo suficientemente saneada como para permitirle vivir de acuerdo con su rango, y otra, lo que quedase,

7 Los mayorazgos y los habitantes de la Tierra Llana, que era en donde regía el fuero, podían desheredar a todos los hijos excepto a uno con una teja, un real de plata y el árbol más infructífero. En las villas y ciudad y en las Encartaciones regía la legislación castellana.

para pagar su débito. Muchos de los mayorazgos de la villa de Bilbao es- taban agrupados desde 1623 en el gremio o cofradía de vinateros y de propietarios de viñas y manzanales de San Gregorio Nacianceno. Éstos, ya desde las Ordenanzas de la Villa de 1399, tenían estipulado que no se podía vender ni chacolí ni sidra en Bilbao hasta que se hubiera con- sumido lo producido por ellos. Pertenecían a esta cofradía «todos los caballeros, hidalgos e infanzones propietarios de viñas y cosecheros de sidra de los términos de Bilbao» y de Begoña, y a partir de 1720 se in- cluirá el chacolí de Deusto y el procedente del diezmo de Abando.

Pero no sólo excluían al vino y a la sidra de fuera, sino que sólo después de que se vendieran la sidra y el chacolí de los propietarios podían co- mercializarse los de los demás vecinos no propietarios. Y sólo más tarde lo que venía de fuera. Estos privilegios, ya a inicios del siglo XVIII, fueron duramente contestados por Carlos Martínez de Aguirre Zalduendo en un texto de título despistante, Chrisis Cotyolectica..., editado en 1737.

La burguesía controlaba el Consulado, pero compartía el poder municipal con los ricos mayorazgos que habitaban la Villa. Y lo ha- cían gracias a unas Ordenanzas municipales que exigían a los elec- tos tener 25 años cumplidos, y 1.000 ducados de hacienda como mí- nimo, ser hijosdalgo, limpios de toda mala raza de moros, judíos, nuevamente convertidos y penitenciados por la Inquisición, tener en la Villa vecindad desde hacía diez años, no usar oficios mecáni- cos... (Guiard, 1906: II, 302-303)8, normas que incapacitaban a la mayoría de los vecinos para ocupar cargos municipales.

Por debajo de estos dos grupos se hallaban los artesanos y las pro- fesiones liberales como médicos, cirujanos, albeitares y en la base de la pirámide social jornaleros, criados, domésticos y marineros.

De facto, el Gobierno de la Villa estaba en manos de un grupo limi- tado de vecinos. Las Ordenanzas de 1593 (De Mañaricua, 1954)9, que recogían una práctica probablemente ya habitual desde 1549, dividían a la Villa en dos barrios, el de San Pedro y el de San Pablo, sin duda re- medo de los bandos oñacino y gamboino. La elección de los cargos del Ayuntamiento correspondía un año a un barrio y el siguiente al otro.

8 La normativa de los 1.000 ducados no parece figurar en las Ordenanzas de 1593, pero las que maneja T. Guiard, del siglo XVII(no precisa año), sí, en concreto, en el cap. III, tít. 2.

9 De estas Ordenanzas sacamos los datos referidos a las elecciones de los cargos del Ayuntamiento bilbaíno.

Los regidores (especie de concejales) del barrio al que correspondía la elección de alcalde escribían en unos papelicos, que —se precisaba— te- nían que ser iguales, los nombres de los vecinos de la Villa y de sus arra- bales que consideraran capacitados para el cargo, que tenían que ser vecinos y moradores, mayores de 25 años... Se introducían las papeletas en un cántaro y un muchacho sacaba tres de ellas. El primer nombre era el elegido como alcalde; el segundo y tercero, como suplentes en caso de ausencia del primero o del segundo. Los regidores se elegían por el mismo sistema. Los del barrio de San Pedro metían los nombres de varios vecinos de las mismas cualidades que los elegibles para alcal- des y de ellos se sacaban seis. De igual forma se sacaban otros seis regi- dores por el barrio de San Pablo. El procurador general también salía por suerte, pero elegido por el bando a quien no le correspondía esco- ger alcalde. Luego los regidores de un barrio escogían un año al escriba- no, letrado, procuradores, mayordomos y otros oficios de la Villa sin sor- tearlos y al año siguiente efectuaban la misma operación los del otro barrio. El alcalde, los regidores y síndico procurador general elegidos un año no entraban en suerte para dichos oficios, ni para otros, en los dos años siguientes. El preboste de la Villa, que había asistido al Conce- jo y que votaba en el Ayuntamiento, renunció a su voz y voto en 1549 (Real Provisión de 27 febrero 1551, en Valladolid) y el cargo de prebos- te mayor, a partir de 1578, fue elegible por los del barrio que no esco- gía al alcalde. Cada uno de los seis regidores a quienes correspondía ponía un nombre en un cántaro y el muchacho, desembuelto el braço, sa- caba la papeleta que señalaba a quien iba a ser preboste ese año (De Mañaricua, 1954: 559-563).

Pero la normativa municipal que trataba de disolver los viejos ban- dos y las diferencias de origen de la riqueza, evaluándola no en bienes raíces sino en una determinada suma, que podía ser líquida o en pro- piedades, no acabó con las discrepancias entre comerciantes y terrate- nientes. Las relaciones entre unos y otros no fueron siempre cordia- les. El origen de sus fortunas e ingresos era muy distinto. Como ya hemos señalado, unos vivían de las seguras rentas en especie que les pagaban sus caseros, de la venta exclusiva durante meses de su chaco- lí y sidras, de los cargos burocráticos al servicio de la provincia y sobre todo al del Rey; otros, de los beneficios derivados del tráfico mercan- til, con los riesgos que éste implicaba. De ahí que las mentalidades y los objetivos materiales fuesen no sólo distintos, sino divergentes.

Y flotando alrededor de unos y otros, a veces con intereses enfrentados a ambos, la masa de menestrales y pequeños traficantes, y los labra- dores de las anteiglesias próximas. Los tres conflictos graves que sa- cudieron a Bilbao —el mal llamado motín de la sal de 1631 a 1634, el vinculado al traslado de las aduanas a la costa de 1718 y la Zamaco- lada de 1804— no se explican sin tener en cuenta sobre todo las ri- validades entre mercaderes y jaunchos, los estrechos vínculos de és- tos con la Monarquía y los no siempre claros, debido a las escasas y sesgadas fuentes que nos han quedado, intereses de los grupos so- ciales de menores ingresos de Bilbao y de los campesinos de los alre- dedores.