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Inmigrantes: denuncia de discriminación institucional

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PARA ENTENDER LA DISCRIMINACIÓN LABORAL DE LOS INMIGRANTES

5. EL ESTADO Y LA DESREGULACIÓN DEL EMPLEO ASALARIADO

5.4. Inmigrantes: denuncia de discriminación institucional

Un tema que vertebra el discurso de los tres Grupos de Discusión con inmigrantes es el

“fantasma de los papeles”. Cuando comparan su situación actual con la que dejaron en el país de origen hay muchas cosas de España que les gustan y por las que se sienten contentos ; sin embargo, el problema burocrático de lograr un reconocimiento estable como ciudadanos les resulta un “calvario”: conseguir un precontrato para poder acceder al contingente anual, esperar el permiso, renovarlo después, presentar los diversos papeles... Desde el punto de vista laboral, la falta de documentación o la dependencia del patrón para renovar el contrato los deja en una situación de indefensión que da lugar a todo tipo de abusos; tampoco existe posibilidad de defensa jurídica ya que si el inmigrante hace una denuncia corre el riesgo de ser expulsado. Por otra parte, la inseguridad produce una angustia personal que se traduce fácilmente en conflictos con los familiares próximos. Las siguientes citas de los propios inmigrantes son expresivas de la discriminación institucional que padecen:

“-La mentalidad de los jefes es de aprovecharse de que los inmigrantes no tienen los papeles siempre...

-Porque un trabajador que no tiene papeles, no tiene contrato ni nada, pues le tira a la calle en cualquier momento. (...)

-La ley de extranjería favorece muchísimo esta mentalidad que estamos hablando, ¿no?, de aprovechamiento.

-¡Eso es verdad!

-La ley no favorece a la gente, a los inmigrantes, favorece en cambio a los jefes que se aprovechan al máximo de los inmigrantes. (...)

-Siempre hay obstáculos con estos trámites que hasta te quitan las ganas de trabajar. Cada vez tienes que cambiar los papeles, buscar el contrato...

-¡Es cierto!, ¡Estamos un poquito jodidos!

-En comparación con otros países de la Comunidad Europea, pues es totalmente diferente, en Francia o Alemania hay una regularización absoluta de los inmigrantes” (3GD,6-9).

“-Yo fui al Ministerio de Trabajo y me dijeron que podía trabajar siempre y cuando consiguiera a alguien que me contratase. Vamos a ver: ‘nadie me va a contratar si no tengo permiso de trabajo, ¿cómo es esto?’. O sea, si yo busco trabajo, nadie me va a dar trabajo si Ud. no me da permiso de trabajo. O sea, era la pescadilla que se muerde la cola. Luego iba a la policía, una cosa; al Ministerio de Trabajo, otra cosa; a Asuntos Exteriores, no sé qué..., o sea, la información es incompleta y no está bien dada.

-No sólo es que la den mal, es que está muy mal hecho, o sea, los trámites son tan largos que pierdes mucho tiempo y la mayoría de las empresas dicen que no”

(4GD,25-26).

“-La verdad es que al extranjero no le dejan pensar en otra cosa, sólo en tus papeles, la derogación de los papeles, el permiso de residencia...

-¡Te limitan!

-¡Te limitan!, no puedes pensar en la vivienda, en comprar una vivienda o en ascender en alguna empresa. Siempre es un fantasma de papeles, papeles. Yo hablo con todo el mundo: ‘¿tú has renovado?, ¿te han hecho los papeles este año?’. Siempre estás esperando, siempre con los papeles... Al gobierno no le interesa que tú pienses en tu futuro ni nada, lo que le interesa, si estás sin trabajo,

‘¡pues vete a tu tierra!’, ¡se acabó!. No hay ninguna política digamos de inmigración así concreta, vamos a hacer sus papeles permanentes, o sea, sin encontrar ningún problema a la hora de la renovación, y que el inmigrante pueda pensar en montar su vida de otra forma.

-¡Intentar integrarse en la sociedad!

-¡Ellos no lo entienden!

-Tengo que pagar la Seguridad Social, tengo que pagar esto, tengo que pagar lo otro, gente que tiene que comprar contratos para seguir con la residencia.

-Te entra una angustia existencial que te afecta a ti como persona, con tu pareja, porque estás cabreado, disgustado, claro, estoy esperando el bendito permiso, la bendita residencia...

-Y cuando te la dan, tienes que pensar en renovar.

-Si tu vas a Bélgica o vas a Londres, todo el mundo convive y todo el mundo es muy estable, todo el mundo se siente seguro, pero aquí la gente no se siente segura, no hay seguridad porque a lo mejor este año tienes papeles y el año que viene tienes una expulsión. (...)

-En vez de criticar la economía o la mala situación económica, yo critico la

40) Entre ellos, según la Declaración Universal de Derechos Humanos, el “derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país” (artículo 13) y el “derecho a trabajar, a percibir un salario equitativo y a sindicarse libremente” (artículo 23). Sobre los problemas que suscita la conciliación de los derechos y libertades individuales y sociales en los planos nacional/internacional y sobre los llamados “derechos de tercera generación”

que implican, entre otras cosas, la cooperación internacional, ver ORAÁ, J. y GÓMEZ, F., “La declaración universal de los derechos humanos en su 50 aniversario”, en AGUIRRE, M. Y OSORIO, T. (Ed.), Guerras periféricas, derechos humanos y prevención de conflictos , CIP-ICARIA, Madrid, 1998, págs. 41-57.

actuación de la ley, o sea, del gobierno: ¿qué políticas hay de inmigración aquí?,

¿por qué están poniendo tantos obstáculos para darte la residencia?, ¿por qué a este chico tardan dos años sin darle nada?, ¿de qué va a comer?, ¿de qué va a vivir este señor?

-Pues volvemos a lo mismo: ¡la ley de inmigración!

-Las condiciones de aquí en España, de los inmigrantes, es muy mala. No hay una política, digamos, de integración” (6GD,23-24 y 33).

Como veremos más adelante, los inmigrantes aguantan con paciencia las dificultades burocráticas que acarrea su primera etapa de estancia en España y tienen la esperanza de que, a medida que pase el tiempo, lograrán una integración más plena -lo que se consigue en muchos casos-. No obstante, conviene resaltar que las barreras jurídicas que tienen que sortear son la expresión de una discriminación institucional de derechos humanos “universales”40 que se ejerce en virtud de la restricción política de tales derechos a los ciudadanos de un Estado.

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