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130LETIN OFICIAL

de la provincia de Albacete

Miércoles 23 de Marzo 1994 Número 35

SUMARIO

Edictos del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha

Anuncios de la Diputación de Albacete 4

Anuncio del Instituto Nacional de Empleo

8

Edictos de la Tesorería General de la Seguridad Social

9

Id. de varias Cámaras Agrarias Locales II

Anuncios de varios Ayuntamientos II

Edictos de varios Juzgados 16

Anuncio de la Comunidad de Reganies Aguas de Acuna 28

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA

EDICTOS

Don Enrique Roca Robles. Licenciado en Derecho. Secretario Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Admi- la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público nistrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo

Mancha. a los artículos 29, párrafo 1) apanado b), y 30 de la indicada Ley.

Ford presente edicto que se publicará ene) Boletín Oficial de estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren la provincia de Albacete, hace saber: Que por el Letrado don. interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y Ricardo Ferrando Gil, en nombre y representación de Antonio quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante Bascuñana Ramírez, se ha interpuesto recurso contencioso-admi- de la administración.

nistrativo contra la resolución de 29 de diciembre de 1993 del Dicho recurso ha sido registrado bajo número 01/(1000203/

Ayuntamiento de Tarazona de la Mancha (Albacete) por la que se 1994.

desestima el recurso interpuesto contra la de 22 de noviembre de Dado en Albacete a 4 de marzo de 1994.—Enrique Roca

1993 sobre denegación de licencia. Robles. 6.678

Don Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho. Secretario de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Adminis- trativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Man- cha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por la Let rado doña Ana Beatriz Cabañero Valera, en nombre y representación de Estruc- turas y. Obras Igualada, S.L., se ha interpuesto recurso contencioso-admi nistrat i vo contra la resolución de 27 de enero de 1994 del Director General de Empleo desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la de 27 de agosto de 1993 de la Di-

rección Provincial de Albacete, sobre acta de infracción 590/93.

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo

a los artículos 29. párrafo I (apanado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida Y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo n.°01/0000207/1994.

Dado en Albacete a 4 de marzo de 1994.—Enrique Roca

Robles. 6.679

Don José Pedro Rubio Paterna. Licenciado en Derecho, Secreta- Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial ritt de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de la provincia de Albacete. hace saber: Que por el Procurador Superior de Justicia de Castilla-1,a Mancha, Sección 2." don José Ramón Fernández Manjavacas, actuando en nombre y

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2 Miércoles 23 de Marzo, 1994 B.O.P. numero 35 representación de don Agustín, don David y doña María del

Carmen Martínez Gutiérrez y doña Purificación, doña María Consuelo y don Agustín Martínez López y doña María del Carmen Fans Miñana, se ha interpuesto recurso contencioso- administrativo contra resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Albacete, de fecha 30-12-93, sobre acuerdo de justiprecio por el cual se confirme el valor de expro- piación dado por la Administración respecto de la finca expropiada expediente 017/91 expropiación de terrenos para construcción variante Oeste de Albacete, expediente expropiación 43-AB- 2140. finca número 10. parcela 337. polígono 57.

Yen cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento atas personas que con arreglo a los artículos 29. párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo el número 35 de 1994.

Dado en Albacete a 7 de marzo de 1994.—José Pedro Rubio

Paterna. 6.825

Don José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho, Secreta- rio de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección 2..

Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saben Que por el Letrado Sr.

Monedero Palacios, en nombre y representación de don Javier Felipe Valora, se ha interpuesto recurso contencioso-administra- tivo contra la resolución de la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior de fecha 9 de diciembre de 1993 sobre sanción por infracción a la Ley de Deporte.

Yen cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de

la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo el número 219 de 1994.

Dado en Albacete a 7 de marzo de 1994.—José Pedro Rubio

Paterna. 6.826

Don José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho. Secreta- rio de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección 2..

Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por el Procurador don Enrique Monzón Rioboo, en nombre y representación de Caja de Ahorros de Valencia. Castellón y Alicante (Bancaja). se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la reso- lución de 3 de noviembre de 1993 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, dictada en el expediente 2/93, por la que se desestima la reclamación económi- co-administrativa interpuesta por la recurrente contra la resolución dictada el 16 de octubre de 1992. en el expediente número 1256/

88 por la Delegación Provincial de Albacete de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La

Mancha, y por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra comprobación de valor realizada en el impues- to sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Yen cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo el núm. 85 de 1994-2.

Dado en Albacete a 7 de marzo de 1994.—José Pedro Rubio

Paterna. 6.827

Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secretario de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por el recurrente don Pedro Cifuentes Moreno, actuando en su propio nombre y dere- cho se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 27 de enero de 1994 de la Dirección General de Policía desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la de 18 de marzo de 1993 sobre gratificación por turnos rotatorios.

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo número 01/0000217/

1994.

Dado en Albacete a 7 de marzo de 1994.—Enrique Roca

Robles. 6.817

Enrique Roca Robles. Licenciado en Derecho, Secretario de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Ford presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por el recurrente don

Esteban Hurtado Nievas, actuando en su propio nombre y derecho se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Dirección General de Policía de 25 de enero de 1994 desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la de 15 de marzo de 1993 del mismo órgano sobre gratificación

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B.O.P. número 35 Miércoles 23 de Marzo, 1994 3 por turnos rotatorios.

Yen cumplimiento de lo previsto culos artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y

quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo número 01/0000216/

1994.

Dado en Albacete a 7 de marzo de 1994.—Enrique Roca

Robles. 6.818

Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secretario de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por el recurrente don José Vicente Romero Maldonado, actuando en su propio nombre y derecho se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Director General de Personal del Minis- terio de Defensa de 25 de enero de 1994 sobre denegación de la solicitud de módificación del cómputo de trienios.

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de

la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo número 01/0000222/

1994.

Dado en Albacete a 8 de marzo de 1994.—Enrique Roca

Robles. 6.819

Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secretario de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Ford presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por el recurrente don Julián Martínez Mofle, actuando en su propio nombre y derecho se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 25 de eneroi de 1994 de la Dirección General de Policía desestimatoria del recurso de reposición interpuesto con- tra la de 15 de marzo de 1993 sobre gratificación por turnos rotatorios.

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de

la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo número 01/0000218/

1994.

Dado en Albacete a 7 de marzo de 1994.—Enrique Roca

Robles. 6.820

Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho. Secretario de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por el Letrado don Andrés López Martínez en nombre y representación de María Francisca Murcia Igualada, se ha interpuesto recurso contencio- so-administrativo contra la resolución del Ayuntamiento de Albacete de 10 de diciembre de 1993 sobre sanción por infracción urbanística.

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de

la si gente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo número 01/0000211/

1994.

Dado en Albacete a 7 de marzo de 1994.—Enrique Roca

Robles. 6.821

Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho. Secretario de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por el Letrado don Andrés López Martínez en nombre y representación de Juan Navarro Pérez, se ha interpuesto recurso contencioso-administra- tivo contra la resolución del Ayuntamiento de Albacete de 16 de febrero de 1994 sobre imposición de multa por infracción urba- nística.

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de

la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo número 01/0000212/

1994.

Dado en Albacete a 7 de marzo de 1994.—Enrique Roca

Robles. 6.822

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4 Miércoles 23 de Marzo, 1994 número 35 Don José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho, Secre-

tario de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribu- . nal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Sección

Segunda.

Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber Que por el Letrado don Juan Molina Cabrera, en su propio nombre y derecho, se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la resolu- ción de la Ilma. Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Albacete, dictada con fecha 2 de diciembre de 1993 en el expediente número 26873/93. por la que se impone al recurrente una sanción por infracción de tráfico.

Yen cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo número 124 de 1994-2.

Dado en Albacete a 7 de marzo de 1994.—José Pedro Rubio

Paterna. 6.823

Don José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho, Secre- tario de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribu- nal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Sección Segunda.

Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber Que por la Procuradora - doña Isabel del Mar Uribes Mariadolores, en nombre y represen- tación de don José Manuel Pendón Cerdán, se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la resolución dictada por la Dirección General de Política Interior por la que se resuelve el recurso de alzada interpuesto contra la resolución del Gobierno Civil de Albacete de fecha 19 de mayo de 1993, por la que se impone al rectirrente sanción pecuniaria y prohibición de acceso

durante tres meses a cualquier recinto deportivo.

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo número 854 de 1994-2.

Dado en Albacete a 7 de marzo de 1994.—José Pedro Rubio

Paterna. 6.824

Don José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho. Secreta- rio de la Sala de lo Contencioso-Admitüstrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Sección Segunda.

Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete. hace saber: Que por la Lda. doña Consuelo Rodríguez Rodríguez, en nombre y representación de Laureano Martínez Martínez se ha interpuesto recurso contencio- so-administrativo contra el Decreto dictado por la Ilma. Sra.

Alcaldesa del Ayuntamiento de Albacete, de fecha 14 de febrero de 1994, recaído en el expediente número 21119/93, por el que se impone a la recurrente una sanción por hechos derivados de tráfico.

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo número 166 de 1994-2.

Dado en Albacete a 14 demarco de 1994.—José Pedro Rubio

Paterna. 7.426

DIPUTACION DE ALBACETE

ANUNCIOS

CONVOCATORIA DE AYUDAS A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA PARA SOSTENIMIENTO DE ACADEMIAS DE MUSICA

DURANTE 1994 BASES

Primera. , Podrán acceder a dicha ayuda todos los Ayun- tamientos de la Provincia que cuenten con academia de música en su Municipio

Segunda.- Las ayudas consistirán en el 60%, como máximo, de los gastos de profesorado de las academias de música.

Tercera.- Los Ayuntamientos interesados deberán remitir a esta Diputación Provincial la solicitud de ayuda económica en el plazo de 30 días naturales a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia; acompa- ñada de la memoria resumen del funcionamiento de la academia de música durante el pasado año 1993, salvo en los casos de

academias de nueva creación, y según el modelo contenido en el Anexo I.

Cuarta.- El abono de las ayudas, que en su caso se concedan, se efectuará previa la oportuna justificación en la forma debida, mediante certificado de gastos según el modelo del Anexo II.

Quinta.- La citada justificación de gastos deberá realizarse antes del día 30 de noviembre de 1994. Transcurrida dicha fecha sin recibir la oportuna justificación de gastos, se considerarán automaticamente nulas y sin efecto las ayudas.

Sexta.- Para la resolución de esta convocatoria se dará prioridad a las Academias de nueva creación y se valorarán asimismo, entre otros criterios, el esfuerzo económico del Ayuntamiento y el número de alumnos de la Academia.

Séptima.- Los Ayuntamientos subvencionados en la presen- te Convocatoria quedaran obligados a remitir a esta Diputación toda aquella información que les séa solicitada, en su caso, en

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B.O.P. número 35 Miércoles 23 de Marzo, 1994 5 relación a estas ayudas.

ANEXO I

AYUDAS PARA SOSTENIMIENTO DE ACADEMIAS DE MUSICA

MEMORIA RESUMEN DEL FUNCIONAMIENTO DE LA ACADEMIA DE MUSICA DURANTE 1993

Fecha de creación de la Academia...

Lugar donde se impartieron las clases...

Gastos totales ocasionados,. plus.

- Gastos de persona .. ptas.

- Otros... ptas. (detallar) Ingresos... ptas.

- Matrículas... ptas.

- Aport. Municipal... ptas.

- Aport. Diputación...ptas.

- Otros.. plus. (detallar) Número de profesores...

Número de alumnos...

..., a ... de... de 1994 EL ALCALDE, Fdo.:...

ANEXO II

AYUDAS PARA SOSTENIMIENTO DE ACADEMIAS DE MUSICA

MODELO DE CERTIFICADO DE GASTOS D. ..., Secretario del Ayuntamiento de...

CERTIFICO: Que según la documentación obrante en esta Secretaria de mi cargo, el profesorado de la Academia de Música de esta localidad ha ocasionado los gastos por los conceptos y en el período que a continuación se detallan:

PROFESOR/ES PERIODO RETRIBUCIONES

Total... ptas.

Y para que conste y surta efectos en la Excma. Diputación Provincial, expido y firmo la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, en..., a.. .de 1994.

- V. B.: EL ALCALDE, ...

Albacete, marzo de 1994. 7.419

CONVOCATORIA DE AYUDAS A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA PARA LA ADQUISICION DE INSTRUMENTOS MUSICALES

DURANTE 1.994 Y CON DESTINO A BANDAS DE MUSICA Y RONDALLAS

BASES

Primera.- Podrán acceder a dicha ayuda todos los Ayunta- mientos de la Provincia de Albacete cocuyo término municipal exista/n banda/s de música y/o rondalla/s.

Segunda.- Las ayudas irán destinadas a la compra de instru- mentos para dichas formaciones.

Tercera.- Los Ayuntamientos interesados deberán remitir a

esta Diputación Provincial la solicitud de ayuda económica en

el plazo de 30 días naturales a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Dicha solicitud se cumplimentará según el modelo del anexo I que se adjunta y acompañada de una memoria de la banda/s o rondalla/s, según anexo II.

Cuarta.- El abono de la ayuda que en su caso se conceda se efectuará previa la oportuna justificación de gastos para lo cual

se remitirán los originales o fotocopias compulsadas de las correspondientes facturas a NOMBRE DEL RESPECTIVO AY UNTAMIENTO, por importe del doble, como mínimo, de la ayuda concedida.

Quinta.- La citada justificación de gastos deberá realizarse antes del día 30 de noviembre de 1994. Transcurrida dicha fecha

sin recibir la oportuna justificación de gastos, se considerarán au tomaticamente nulas y sin efecto las ayudas.

Sexta.- Para la resolución de la presente convocatoria se dará prioridad a las adquisiciones de instrumentos a realizar por banda/s de música o rondalla/s de nueva creación y a aquellas otras que supongan una renovación sustancial de los instrumen- tos musicales.

ANEX01

AYUDA PARA ADQUISIC1ON DE INSTRUMENTOS MUSICALES

SOLICITUD DE SUBVENCION 1994 El Ayuntamiento de..., teniendo conocimiento de la convo- catoria de ayudas a los Ayuntamientos de la Provincia para adquisición de instrumentos musicales con destino a bandas de música y rondallas durante 1994, realizada por la Diputación de Albacete, ACORDÓ en sesión celebrada el día.., de... de 1994 solicitar de esa Diputación la cantidad de... plus, para la adquisi- ción de los siguientes instrumentos.

TIPO IMPORTE

Y comprometerse a la aportación de al menos igual cantidad que en su caso conceda la Diputación.

..., a... de... de 1994 EL ALCALDE...,

ANEXO II

AYUDAS PARA ADQUISICION DE INSTRUMENTOS MUSICALES

MEMORIA DE L4 BANDA O RONDALLA DEL AÑO 1993 NOMBRE..., PRESIDENTE O DIRECTOR.... DOMICI- LIO..., TLFNO..., LOCALIDAD..., FECHA DE CREACIÓN..., NUMERO DE COMPONENTES..., RELA- CION DE INSTRUMENTOS DE PROPIEDAD MUNICIPAL QUE POSEE ACTUALMENTE LA BANDA O RONDALLA SUBVENC1ON QUE RECIBIO DEL AYUNTAMIENTO DURANTE 1993: INSTRUMENTOS... PTAS. OTRAS ACTI- VIDADES.... PTAS. (detallar), ACTIVIDADES QUE REALIZA LA BANDA O RONDALLA (CONCIERTOS, ACTIVIDADES FORMATIVAS, ETC.) ENUMERAR...

..., a... de... de 1994

NP Be: El Alcalde...; el Director o Presidente...

Albacete, marzo de 1994. 7.420

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6 Miércoles 23 de Marzo. 1994 B.O.P. número 35 CONVOCATORIA AYUDAS A LOS AYUNTAMIENTOS

DE LA PROVINCIA PARA LA REALIZACION DE PROGRAMAS DE PROMOCION SOCIOCULTURAL,

DURANTE 1994 BASES

I.- Podrán acceder a estas ayudas, los Ayuntamientos de la Provincia que no tengan establecidos convenios con esta Dipu- tación para programas de promoción sociocultural a través de las Universidades Populares.

2.- Los pro gramas que se presenten deberán proyectarse a toda la comunidad, sin discriminación alguna, y deberán dirigir- se prioritariamente a aquellos sectores que por razones culturales, económicas o educativas tengan menores medios y mayores barreras para su desarrollo sociocultural. Así, dichos programas atenderán las necesidades e intereses de carácter formativo y de promoción de los jóvenes y adultos, de los grupos culturales locales y de otros colectivos con especial necesidad de acción sociocultural.

3.- La aportación que, en su caso, conceda la Diputación irá destinada exclusivamente a financiar los gastos derivados del personal necesario para desarrollar dichos programas (monitores de cursos y talleres, conferenciantes, animadores socioculturales, especialistas, etc.). La subvención que en su caso conceda la Diputación no supondrá en modo alguno vinculación laboral con dicho personal.4.- La aportación de la Diputación consistirá en un 50%, como máximo, del presupuesto global del programa, debiéndose comprometer el Ayuntamiento a aportar como mí- nimo la misma cantidad que la Diputación.

La cantidad máxima a aportar por esta Diputación no exce- derá de 500.000 pts.

5.- Los Ayuntamientos interesados deberán remitir a esta Diputación las correspondientes solicitudes de ayuda, cumpli- mentadas en el modelo contenido en el anexo V, en el plazo de 30 días naturales a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

6.- El abono de las aportaciones que en su caso se concedan se efectuará en dos partes: la primera. del 50% del total de la ayuda después de su concesión, y el 50% restante una vez se presente memoria-resumen y se halla justificado el total de gastos del programa (incluida la aportación municipal), según el modelo de certificado de gastos contenido en el anexo VI.

La citada justificación de gastos deberá realizarse antes del día 30 de noviembre de 1994. Transcurrida dicha fecha sin

recibir la oportuna justificación de gastos, se considerarán automaticamente nulas y sin efecto las ayudas.

ANEXO I

AYUDAS PARA PROGRAMAS DE PROMOCION SOCIO-CULTURAL

SOLICITUD DE SUBVENCION 1994 1.- Ayuntamiento de..., Responsable del proyecto D. ..., Teléfono...

2.- Programación general: Grupos a los que van dirigidos los programas... Objetivos... Actividades (Cursos, talleres, semina- rios, conferencias, etc)... Metodología (Desarrollo del programa y organización)...

3.-Presupuesto: A).—Personal.../...pts. Actividades.../...pts.

Material.../...pts. Total... pts. B).—Aportación del Ayuntamien- to.../... pts. Aportación que se solicita a la Diputación.../...pts.

Otras aportaciones posibles (matrículas, subvenciones de entida- des públicas o privadas, etc.).../...pts.

..., a... de... de 1994

EL ALCALDE...,

ANEXO II

AYUDAS PARA PROGRAMAS DE PROMOCION SOCIO-CULTURAL

MODELO DE CERTIFICADO DE GASTOS D. ..., Secretario del Ayuntamiento de... Certifica: que según la documentación obrante en esta Secretaría de mi cargo, el personal necesario para desarrollar el programa de promoción sociocultural de esta localidad de 1994 ha ocasionado los gastos por los conceptos que a continuación se detallan:

PERSONAL ACTIVIDAD RETRIBUCIONES

D , D.N.I D , D.N.I D. D.N.I.

D. D.N.I.

D. D.N.I.

D. D.N.I.

TOTAL Pts.

Y para que conste y surta efectos en la Excma. Diputación Provincial de Albacete, expido la presente de orden y con el V.B.

del Sr. Alcalde.

En..., a... de...de 1994.

V. B e: EL ALCALDE..., EL SECRETARIO...

Albacete, marzo de 1994. 7.421

CONVOCATORIA DE AYUDAS A AYUNTAMIENTOS PARA EL APOYO A PUBLICACIONES LOCALES, DURANTE 1994

BASES:

1 . .—Podrán acceder a esta convocatoria, los Ayuntamientos de la Provincia que editen periódicos, boletines o revistas de carácter informativo local con una periodicidad estable.

2..—La aportación que en su caso conceda la Diputación, irá destinada exclusivamente a financiar los gastos derivados del coste de la impresión de dichas publicaciones. El Ayuntamiento se comprometerá a hacer constar la colaboración de la Diputa- ción de Albacete, (con su logotipo), en cada número que se edite, a ceder un espacio en sus páginas para información o anuncios de la propia Diputación, y a enviar dos ejemplares de cada número editado a la mísma.

Y.—La aportación de la Diputación consistirá en un 30 %

como máximo del gasto anual de la edición del periódico, debiéndose comprometer el Ayuntamiento a abonar el resto del total de dicho gasto.

4. .—Los Ayuntamientos interesados deberán remitir a esta Diputación Provincial una solicitud en el plazo de 30 días naturales a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, siendo condición indispensable adjuntar a dicha solicitud el programa y el presupuesto, según modelo contenido en el Anexo I.

5 . .—E1 abono de las aportaciones que en su caso se concedan se efectuará previa presentación de la/s factura/s correspondien- tes, a nombre de los respectivos Ayuntamientos y con los requisitos formales establecidos en la legislación vigente.

ANEXO I

AYUDAS PARA APOYO DE PUBLICACIONES LOCALES

MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIONES

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(7)

B.O.P. numero 35 Miércoles 23 de Marzo, 1994 7 DATOS DEL AYUNTAMIENTO SOLICITANTE

Ayuntamiento..., calle/plaza..., Teléfono..., munici- pio..., C. Postal..., provincia..., C.I.F. ..., n.2 Registro...

DATOS BANCARIOS

Titular cuenta o cartilla..., Banco o Caja..., sucursal..., calle/

plaza..., número de cuenta..., municipio..., nombre de la publi- cación..., tipo de edición: periódico..., boletín..., revista..., otros..., (especificar); periodicidad: mensual..., bimensual...,

trimestral..., otros... (especificar). Responsable de la edición:

nombre..., presupuesto anual de la publicación... Ptas. (inclu- yendo materiales, montaje, edición, etc.). Presupuesto anual de la impresión... Ptas. Se adjuntarán con la solicitud algunos ejempla- res de los números editados anteriormente, salvo en el caso de publicaciones de nueva creación.

Albacete, marzo de 1994. 7.422

CONVOCATORIA DE AYUDAS A ASOCIACIONES DE LA PROVINCIA DE ALBACETE PARA

ACTIVIDADES CULTURALES DE 1994 BASES

Primera.- Podrán acceder a estas ayudas, las asociaciones de la Provincia de Albacete, legalmente constituidas, entre cuyos fines se encuentre la promoción cultural, y aquellas otras asocia- ciones que, sin tener su sede cola Provincia, realicen actividades relacionadas con la cultura provincial.

Segunda.- Las ayudas irán destinadas a la programación, montaje o realización de actividades culturales en el presente año.

Tercera.- Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo que se publica como anexo I, y que debe ser cumplimentado en todos sus extremos, y firmado por el repre- sentante de la entidad.

Las solicitudes de subvención se acompañarán de la siguien- te documentación:

- Programa y presupuesto detallado de ingresos y gastos de las actividades a realizar.

- Memoria o resumen de las actividades realizadas durante el año 1993 salvo en los casos de asociaciones culturales de nueva creación.

La no presentación de alguno de estos documentos será causa de desestimación de la solicitud.

Cuarta.- El plazo de presentación de las solicitudes de subvención será de 30 días naturales a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y la presentación se realizará en el Registro de esta Diputación Provincial de 900 a 1300 horas, en los días indicados.

Quinta.- La cantidad de la ayuda económica a conceder, en su caso, por esta Diputación podrá cubrirla totalidad o sólo parte de los gastos de los proyectos presentados, según el coste de los mismos y las disponibilidades presupuestarias de esta Diputa- ción.

Sexta.- Estas ayudas deberán ser justificadas, mediante los originales o fotocopias compulsadas de las facturas correspon- dientes, por importe como mínimo de la ayuda concedida y antes

del día 30 de noviembre de 1994. Transcurrida dicha fecha sin recibir la oportuna justificación de gastos, se considerarán automaticamente nulas y sin efecto las ayudas.

Las facturas deberán contener los siguientes requisitos:

Número y, en su caso, serie, lugar y fecha de emisión de la factura, nombre y apellidos o denominación social, número de Identificación Fiscal, y domicilio del proveedor y de la asocia- ción, descripción de la operación, base imponible, tipo tributario y cuota repercutida en relación al I.V.A.

Séptima.- Las asociaciones subvencionadas en la presente convocatoria quedarán obligadas a admitir la inspección de esta Diputación Provincial, haciendo constar en la información y difusión de las actividades que las mismas tienen subvención de esta Diputación.

Octava.- Las asociaciones subvencionadas en la presente convocatoria quedarán obligadas a devolver el importe de las subvenciones recibidas, si el gasto no se produjesen obtuviesen cualesquiera otras ayudas o subvenciones que cubran totalmen- te el importe de los gastos.

ANEXO I

Ayudas Asociaciones para Actividades Culturales Modelo de solicitud de subvención 1994 Provincia..., municipio..., entidad...

Datos de la entidad y representante: Nombre de la entidad..., calle/plaza..., n.2 .... Teléfono..., municipio..., C. Postal..., provincia..., C.I.F. Estatutos...; nombre del represen- tante: D. ..., D.N.I. ..., calle/plaza..., número..., teléfono..., municipio..., C. Postal..., provincia...

Datos bancarios: Titular cuenta o cartilla..., Banco /Caja..., sucursal..., calle/plaza..., número cuenta..., municipio...

Resumen de los datos del programa y presupuestos que se acompañan: Presupuesto de gastos de 1994...; presupuesto de ingresos de 1994.... importe de la subvención solicitada...;

objeto de la subvención solicitada...

..., a... de... de 1994.—Firma del representante.

Albacete, marzo de 1994. 7.423

CONVOCATORIA DE AYUDAS A AYUNTAMIEN- TOS, CLUBES, FEDERACIONES Y ENTIDADES DEPORTIVAS DE LA PROVINCIA DE ALBACETE,

PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE 1994 BASES

Primera.- Podrán acceder a estas ayudas, los Ayuntamien- tos, así conto los clubes, federaciones y entidades deportivas de la Provincia de Albacete, inscritos eitel Registro de Asociacio- nes y Clubes Deportivos de Castilla-La Mancha.

Segunda.- Las ayudas irán destinadas a la realización de actividades deportivas durante el presente año de 1994.

Tercera.- Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo de solicitud que se publica como anexo I, y que debe ser cumplimentado en todos sus extremos, y firmado por el representante de la entidad.

Las solicitudes de subvención se acompañarán de la siguien- te documentación:

- Programa y presupuesto detallado de ingresos y gastos de las actividades a realizar.

- Memoria o resumen de las actividades realizadas durante el año 1993, salvo en los casos de entidades deportivas de nueva creación.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(8)

8 Miércoles 23 de Marzo, 1994 B.O.P. número 35 La no presentación de alguno de estos documentos será

causa de desestimación de la solicitud.

Cuarta.- El plazo de presentación de las solicitudes de subvención será de 30 días naturales a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y la presentación se realizará en el Registro de esta Diputación Provincial de 1000 a 1300 horas, en los días indicados.

Quinta.- La cantidad de la ayuda económica a conceder, en su caso, por esta Diputación podrá cubrir la totalidad o sólo parte de los gastos de los proyectos presentados, según las disponibi- lidades presupuestarias de esta Diputación.

Sexta.- Estas ayudas deberán ser justificadas, mediante los originales o fotocopias compulsadas de las facturas correspon- dientes, por importe como mínimo de la ayuda concedida y antes del día 30 de noviembre de 1994. Transcurrida dicha fecha sin recibir la oportuna justificación de gastos, se considerarán automaticamente nulas y sin efecto las ayudas.

Las facturas deberán contener los siguientes requisitos:

Número y, en su caso, serie, lugar y fecha de emisión de la factura, nombre y apellidos o denominación social, número de Identificación Fiscal, y domicilio del proveedor y del Ayunta- miento, club, federación o entidad, descripción de la operación, base imposible, tipo tributario y cuota repercutida en relación al I.V.A.

Séptima.- Los Ayuntamientos, clubes, federaciones y enti- dades deportivas subvencionados en la presente convocatoria quedarán obligados a admitir la inspección de esta Diputación

Provincial y a hacer constar en la información y difusión de las actividades subvencionadas que las mismas tienen subvención de esta Diputación. .

Octava.- Los Ayuntamientos, clubes, federaciones y entida- des deportivas subvencionados en la presente convocatoria, quedarán obligados a devolver el importe de las subvenciones recibidas, si el gasto no se produjese u obtuviesen cualesquiera otras ayudas o subvenciones que cubran totalmente el importe de los gastos.

ANEXO I Ayudas para Entidades Deportivas Modelo de solicitud de subvención 1994 Provincia..., municipio..., entidad...

Datos de la entidad y representante: Nombre de la entidad..., calle/plaza..., número..., Teléfono..., municipio..., C. Pos- tal..., provincia..., C.I.F. ..., número inscripción Registro Asociaciones y Clubes Deportivos de Castilla-La Mancha...

Nombre del representante: D. ..., D.N.I. ..., calle/plaza..., número..., teléfono..., municipio..., C. Postal..., provincia...

Datos bancarios: Titular cuenta o cartilla..., Banco /Caja..., sucursal..., calle/plaza..., n.° cuenta..., municipio...

Resumen de los datos del programa y presupuestos que se acompañan: Presupuesto de gastos de 1994..., presupuesto de ingresos de 1994..., importe de la subvención solicitada..., objeto de la subvención solicitada...

..., a... de... de 1994.—Firma del representante.

Albacete, marzo de 1994. 7.424

Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria. Zona l. Albacete-Capital EDICTO

Don Femando Al baladejo Castellano, Jefe de la Zona expresada.

Hace saber: Que en el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo que se sigue en esta Zona Recaudatoria contra el deudor a la Hacienda Municipal don Manuel Cifuentes Herreros por débitos por el concepto de I.B.I. de naturaleza urbana corres- pondiente a los ejercicios de 1987 a 1993 ambos inclusive, por un importe de principal de 58.228 pesetas, 11.646 pesetas que corresponden al recargo de 20% y la cantidad de 47.468 pesetas que se presupuestan para cubrir los gastos del expediente y los intereses reglamentarios, se ha dictado la siguiente:

"Providencia.— Ordenado en providencia dictada en este expediente el embargo de bienes del deudor don Manuel Cifuentes Herreros, declaro embargo el inmueble como de la propiedad de dicho deudor que a continuación se describe, según certificación catastral facilitada por el Centro de Gestión Catastral y Coopera- ción Tributaria, Gerencia Territorial de Albacete, el día 17 de noviembre de 1992:

Urbana—Finca sita en la localidad de Albacete, calle Imperial número 23 (Solar) con una superficie de 1.011 metros cuadrados y que linda: por la derecha con calle Sancho Panza; por la izquierda con calle Imperial, número 21; y por el fondo con calle Oliva Sabuco de Nantes, número 51. Inscrita catastralmente a favor de don Manuel Cifuentes Herreros.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 124.2 del

Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta providen- cia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, y requiéraseles a la vez para entregar en esta Recaudación en el plazo de tres días (o quince si son forasteros), los títulos de propiedad de la finca embargada, advirtiéndoles que de no efectuarlo serán suplidos a su costa, conforme al artículo 140 de dicho Reglamento.

Expídase mandamiento al señor Registrador de la Propiedad del partido para la anotación del embargo a favor del Ayunta- miento de Albacete, conforme a los artículos 125 y 127 del citado texto legal, y se expida certificación de cargas del inmueble.

Llévense acabo las actuaciones pertinentes y remítase en su momento este expediente a la Tesorería del Organismo Autóno- mo para autorización de subasta, conforme determina el Real Decreto 1174/87, de 18 de septiembre y el artículo 145 del Reglamento General de Recaudación.—En Albacete a 9 de marzo de 1994.—El Jefe de Zona".

Contra la transcrita providencia podrá recurrir ante el Orga- nismo Autónomo en el plazo de un mes, advirtiéndole que el procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, sola- mente se suspenderá en la forma y casos señalados en el artículo 101 del citado Reglamento.

En Albacete a 9 de marzo de I 994.—ElJefe de Zona, Fernando

Albaladejo Castellano. 6.713

INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

ANUNCIO

Visto el expediente incoado por el incumplimiento de las obligaciones contraídas por la empresa Suimän, C.B., con núme-

ro patronal en la Seguridad Social 02/42.911/91 y número de identificación fiscal E-0262800, al serle concedidos los benefi-

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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B.O.P. número 35 Miércoles 23 de Marzo, 1994 9 cios establecidos en el R.D. 1451/83, de 11 de mayo, por la

creación de 1 puesto de trabajo, para un trabajador minusválido.

Resultando que esta Dirección Provincial del INEM concedió mediante resolución de 08-10-90 los beneficios solicitados con- sistentes en una subvención de 500.000 pesetas por el trabajador contratado para ocupar el puesto de trabajo creado, y una bonifi- cación del 90% de la cuota empresarial a la Seguridad Social durante la vigencia del contrato, por dicho trabajador.

Resultando que por esta Dirección Provincial del INEM se ha comprobado que el trabajador contratado causó baja en la empresa antes del plazo de los tres arios, sin que haya sido sustituido por otro trabajador, no manteniendo el nivel de empleo.

Resultando que con fecha 15-11-93, esta Dirección Provincial del INEM comunicó a la empresa, mediante la publicación en el B.O.P. correspondiente, tras tener constancia del desconocimien- to del domicilio social de la misma, que por ésta se habían incumplido las normas establecidas en el artículo 10 del R.D.

1451/83, requiriéndola para que en el plazo de quince días formulara las alegaciones que considerase oportunas, a toque la empresa no contestó.

Considerando que esta Dirección Provincial es competente para resolver el expediente incoado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18,8, b), 1 y 4, de la Orden de 16 de noviembre de 1992 sobre delegación de atribuciones en el Mi- nisterio de Trabajo y Seguridad Social.

Considerando que de acuerdo con el artículo 10 del citado R.D. 1451/83, el incumplimiento de lo dispuesto en el mismo es causa suficiente para la pérdida de los beneficios concedidos, circunstancia que se da en el caso presente, deberá reintegrar al Tesoro las cantidades percibidas.

Considerando que en la tramitación de este expediente se han observado las prescripciones legales.

Vistas las disposiciones citadas y las de general aplicación, Esta Dirección Provincial, en uso de las facultades que le son conferidas, acuerda, declarar la obligación de la empresa S uimán, C.B., con domicilio en calle La Roda. 48, Albacete. de reintegrar

al Tesoro la cantidad de 500.000 pesetas, correspondiente a la subvención por la creación de 1 puesto de trabajo y su ocupación por 1 trabajador minusválido desempleado, y a la Seguridad Social las cantidades deducidas en concepto de bonificación en la cuota por el citado trabajador, beneficios que fueron concedidos por esta Dirección Provincial por resolución de fecha 08-10-90 por no ser procedente el disfrute de dichos beneficios.

Notifíquese esta resolución al interesado en la forma estable- cida en los artículos 79 y 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, advirtiéndole que en el plazo de treinta días a partir de la recepción de esta comunicación deberá ingresar la citada cantidad (500.000 pesetas), indebida- mente percibida, en la Cuenta de Organismos número 079 a nombre del Instituto Nacional de Empleo, en el Banco de España en Albacete y liquidar cola Tesorería Territorial de la Seguridad Social de Albacete el importe de las bonificaciones indebidamente deducidas, en el apartado con clave 603, indicando el citado importe con signo negativo; de la mencionada operación deberá en;,iar justificante fehaciente a esta Dirección Provincial del INEM. En el caso de que estos abonos no se efectuasen en el plazo señalado se iniciará por el INEM el procedimiento de reclama- ción procedente en cuanto a la subvención y se comunicará a la Tesorería Territorial de la Seguridad Soeial correspondiente para que por la misma se inicie el procedimiento de reclamación oportuno en cuanto a las bonificaciones.

Se advierte asimismo al interesado que contra la presente resolución puede interponer recurso de alzada ante el Director General del Instituto Nacional de Empreo en el plazo de quince días a partir del día siguiente de la notificación, según lo estable- cido en el artículo 122 de la L.P.A. de 17-07-58, sin que la interposición del recurso suspenda la obligación de realizar el abono de las cantidades debidas en el plazo anteriormente seña- lado.

Albacete a 24 de enero de 1994.—E1 Director Provincial,

Antonio Manchón Gandía. 6.942

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial de Albacete

EDICTOS

Se pone en conocimiento de las empresas que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 3 demarco de 1994, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Albacete (Avda. de España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación del cese de la empresa en su actividad y la baja de sus trabajadores, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (B.O.E. de 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1517/1991, de 11 de octubre (B.O.E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Régimen General

C.C. cotizac. Nombre o razón social Débito Período

02/0036415/94 Comercial Bécquer, S.A. 304.692 07/91 a 04/92

02/0046521/15 Ignacio V Hiena Martínez,C.B. 226.603 08/90 a 01/91

02/1001181/02 Infotelec, S.A. 424.168 10/92 a 04/93

Albacete 4 de marzo de 1994.—El Director Provincial, Bartolomé López Torres. 6.676

Se pone en conocimiento de lo trabajadores que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 22-12-93, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de Seguridad Social de Albacete (Avda. España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación de la baja en el Régimen eitel que figuran de alta, en su caso, de conformidad con lo establecido

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(10)

O Miércoles 23 de Marzo, 1994 11.0.P. número 35

en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (B.O.E. 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1.517/1991, de 11 de octubre (8.0E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de Seguridad Social.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

C.C. Cotizar. Nombre o razón social Débito Periodo

Blanco Castillo, Joaquín 76.309 01/90 a 05/90

Gascón Milla, Jesús 227.307 02/90 a 04/91

Gómez Marín, Joaquín 584.049 01/91 a 12/92

López García, Rodrigo 525.507 01/900 12/91

Moreno Almansa, Lucía 76.979 01/90 a 02/91

Bernabe Molina, José 20.394 01/89 a 07/89

García Jiménez. Rosario 51.504 01/90 a 06/90

León Villar. José Antonio 160.767 06/91 a 12/91

García Caí-Tetero, Consuelo 91.867 09/91 a 12/91

Simarro Picazo, Pedro Jesús 60.120 03/91 a 03/91

Navarro Parrón, José 137.800 07/91 012/91

Gili Marco, Esteban 73.092 07/85 a 12/85

lraola Díaz, José Miguel 1.908 05/89 a 05/89

.—E1 Director Provincial, P.O. el Subdirector Provincial de Inscripción, Afiliación, Altas y Bajas, 6.809

Se pone en conocimiento de lo trabajadores que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 07-12-93, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de Seguridad Social de Albacete (Avda. España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación de la baja en el Régimen en el que figuran de alta, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (B.O.E. 15-4-92). que desarrolla el Real Decreto 1.517/1991, de 11 de octubre (B.OE. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de Seguridad Social.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

C.C. Cotizar. Nombre o razón social Débito Período

02/717718 Barco Ibáñez, Juan Antonio 914.278 . 03/880 12/91

021710827 Caballero Marchante, Emesto 642.384 . 02/86 a 12/90

02/726911 Carreño Logroño. Angel 137.800 07/91 a 12/91

021709429 Carrión López, Josefa 983.527 01/86 a 12/88

021714463 Estelles Hinarejos, Salvador 118.952 01/87 a 07/87

02/720457 Monteagudo Felipe, M. Pilar 19.077 01/89 a 01/89

Albacete, 8 de marzo de 1994.—El Director Provincial, P.O. el Subdirector Provincial de Inscripción. Afiliación, Altas y Bajas,

Julio R. Grafulla Cabau. 6.810

Se pone en conocimiento Ocio tranajaaores que a cononuacion Se reidultman, quc uo.

resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 23-12-93, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de Seguridad Social de Albacete (Avda. España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación de la baja en el Régimen en el que figuran de alta, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (B.O.E. 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1.517/1991, de II de octubre (B.O.E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de Seguridad Social.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

C.C. Cotizar. Nombre o razón social Débito Periodo

02/404694 Martínez Sánchez, José 102.816 04/92 a 07/92

Albacete, 7 de marzo de 1994.—El Director Provincial, P.O. el Subdirector Provincial de Inscripción, Afiliación, Altas y Bajas,

Julio R. Grafulla Cabau. 6.811

Se pone en conocimiento de lo trabajadores que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 22-12-93, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de Seguridad Social de Albacete (Avda. España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación de la baja en el Régimen en el que figuran de alta, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (B.O.E. 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1.517/1991, de lt de octubre (8.0E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de Seguridad Social.

02/203301 02/209081 02/402809 02/702903 02/718403 02/719167 02/720347 02/721825 02/726542 02/726577 02/726851 08/8888663

16/711278

Albacete. 8 de marzo de 1994 Julio R. Grafulla Cabau.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(11)

B.O.P. número 35 Miércoles 23 de Marzo, 1994 Régimen Especial Agrario

C.C. Cotiza, Nombre o razón social Débito Periodo

02/148697 Chillerón Gómez, Agustín 42.711 02/90 a 11/90

02/213822 Moreno García, José 6.211 04/89 a 04/89

02/259183 'García Alfaro, Gregorio 53.100 01/87 a 10/87

02/263537 González Alfaro, Cándido 5.310 05/87 a 05/87

02/269349 Peñarrubia Martínez, Pedro 16.250 07/89 a 11/89

02/292214 Gómez Sánchez, José 70.810 02/90 a 12/90

02/304479 Moreno Martínez, Antonio 15.930 02/87 a 04/87

28/3691776 Sebares Díaz, María Soledad 7.792 02/90 a 03/90

Albacete, 8 de marzo de 1994.-El Director Provincial, P.O. el Subdirector Provincial de Inscripción, Afiliación, Altas y Bajas,

Julio R. Grafulla Cabau. 6.812

Se pone en conocimiento de lo trabajadores que a continuación se relacionan, que una vez declarados sus débitos incobrables por resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 22-12-93, si no comparecen en el plazo de diez días ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de Seguridad Social de Albacete (Avda. España, número 27), se entenderá cumplido el trámite de comunicación de la baja en el Régimen en el que figuran de alta, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.2 de la Orden de 8 de abril de 1992 (B.O.E. 15-4-92), que desarrolla el Real Decreto 1.517/1991, de 11 de octubre (B.O.E. 25-10-91), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de Seguridad Social.

Régimen Especial Agrario-Cuenta Propia

C.C. Cotizar. Nombre o razón social Débito Periodo

02/123590 Lorenzo Rodríguez, Ruperto 76.298 01/89 a 06/89

02/186381 González Palacios, Julián 273.216 06/87 a 11/89

Albacete, 8 de marzo de 1994.-El Director Provincial, P.O. el Subdirector Provincial de Inscripción. Afiliación, Altas y Bajas,

Julio R. Grafulla Cabau. 6.813

CAMARA AGRARIA LOCAL DE ALPERA ANUNCIO

Tomás Arnedo Gil, Presidente de la Comisión Mixta de Pastos, Hierbas y Rastrojeras de esta villa.

Hago saber: Se pone en conocimiento de todos los ganaderos de este término municipal, con explotación pecuaria permanente, y que estén provistos de la cartilla ganadera al día, que el próximo día 29 de marzo, alas diez horas en primera convocatoria y media hora después en segunda, en el salón de actos de la Cámara Agraria Local, se procederá a la adjudicación o subasta en su caso de los polígonos de pastos, sujetos a las vigentes ordenanzas de pastos, hierbas y rastrojeras, para el aprovechamiento de los

mismos, durante el ario ganadero de 1994-95. Advirtiéndose, que no serán adjudicados pastos a los ganaderos que no asistan personalmente o envíen representante legalmente autorizado.

Para poder tomar parte en la adjudicación o subasta será indispensable el previo ingreso del 10% del valor de tasación de los polígonos que interesen.

Lo que se hace público para general conocimiento de los ganaderos interesados.

Alpera 8 de marzo de 1994.-Tomás Arnedo Gil. 7.695.

CAMARA AGRARIA LOCAL DE VILLARROBLEDO ANUNCIO

El Presidente de la Comisión Mixta de Pastos de esta ciudad. interesados por sí mismos, o, en su nombre, persona legalmente Hace saben Que el próximo día 30 de marzo, a las doce horas autorizada, siendo portadores de la cartilla ganadera, sin cuyo en primera convocatoria y media hora después en segunda, en el requisito no podrán tomar parte en dicha adjudicación o subasta.

domicilio social de esta entidad, se celebrará la adjudicación o Lo que se hace público para general conocimiento.

subasta, en su caso, de los polígonos de pastos de este término Villarrobledo 9 de marzo de 1994.-E1 Presidente de la Comi- municipal, para el año ganadero 1994-95, debiendo asistir los sión Mixta, Emilio Fernández Pintado Santos. 7.696

AYUNTAMIENTOS ALATOZ

ANUNCIO

Aprobadas inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 13 de enero de 1994 , las modificaciones númems 3.4 y 6 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento, se someten las mismas a información pública por plazo de un mes a efectos de examen y alegaciones, conforme a lo dispuesto por el artículo

128.1 en relación con el 114.1 del vigente texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Alatoz 2 de marzo de 1994.-El Alcalde-Presidente, Fulgencio

Royo López. 6.804

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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12 Miércoles 23 de Marzo, 1994 11.0.P. número 35 ALBACETE

EDICTOS

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el paSado día 24 de febrero. acordó, entre otros asuntos, aprobar definitiva- mente el Re g lamento Municipal tipificador de infracciones y sanciones administrativas.

A los efectos prevenidos en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica el texto íntegro del mencionado Reglamento:

Reglamento timficador de infracciones y sanciones adnünistrativas

Artículo I°.— En cumplimiento de lo establecido en los artícu- los 129 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/92) y

r

de su Reglamento del Procedimiento de la Potestad Sancionadora (R.D. 1398/93), y para el adecuado ejercicio de la potestad sancionadora de las Entidades Locales, prevista ene! artículo 45 1 f) de la Ley 7/85.

en el presente Reglamento se tipifican y gradúan las infracciones y las sanciones administrativas por incumplimiento de los Re- glamentos Administrativos y de Servicios Municipales que seguidamente se reseñan: Biblioteca Pública Municipal, Présta- mos de Libros en Bibliotecas Municipales, Feria. Uso de Locales Municipales, Condiciones Sanitarias de Establecimientos de Alimentación. Uso y Aprovechamiento de los Usos Públicos Municipales, y Limpieza y Vallado de Solares.

Artículo

r.-

Son infracciones administrativas los incumpli- mientos. por acción u omisión, de los Reglamentos Administrativos y de Servicios Municipales mencionados, por parte de las personas físicas o jurídicas a quienes obligue.

Las infracciones administrativas se califican como leves, graves o muy graves.

A) Se consideran faltas muy graves:

a) Los actos u omisiones que pongan en riesgo el funciona- miento del servicio o causen daño a los intereses municipales valorados en más de 500.000 pesetas, o cualquiera que sea su cuantía, sie! daño se causa intencionadamente.

b)Los actos u omisiones que pongan en peligro o causen daño cierto a la salubridad o seguridad de las personas o a los intereses generales de la comunidad.

c) La comisión de dos o más infracciones graves que hayan sido sancionadas de manera firrne en el plazo de dos años anteriores, por incumplimiento del mismo reglamento u ordenan- za.

B) Se consideran faltas graves.

a) Los actos u omisiones que causen perturbación importante

en el servicio sin llegar a ponerlo en riesgo de paralización o disfuncionamiento, o causen daño a los intereses municipales valorados en más de 100.000 pesetas y hasta 500.000 pesetas.

b) Los actos u omisiones que causen daño a terceros o afecten a la seguridad o salubridad de personas, si ello se considera que no afecta a la generalidad de los usuarios del servicio o de la comunidad.

c) La comisión de dos o más infracciones leves sancionadas de manera firme, por incumplimiento del mismo reglamento u ordenanza.

C) Se consideran faltas leves los actos u omisiones que suponiendo incumplimiento de ordenanzas o reglamentos muni- cipales. no deban conceptuarse como graves o muy graves, según las precedentes reglas.

Artículo 3°.— Las infracciones a las que se refiere el presente Reglamento se sancionaran con multa en la cuantía resultante de aplicar a la cantidad máxima que legalmente esté autorizada, los siguientes porcentajes:

a) Para las faltas leves, hasta el 25%.

b) Para las faltas graves, hasta el 50%.

c) Para las faltas muy graves, hasta el 100%.

Artículo 45— La imposición de la sanción pecuniaria no impedirá la adopción de medidas complementarias o accesorias que legalmente sean posible, para defender o restaurar las condi- ciones de seguridad, ambiental o de salubridad que hayan sido afectadas opuestas en riesgo por el acto u omisión en que consista la infracción.

Artículo 5 5— Las multas impuestas como sanción deberán abonarse en la Tesorería Municipal en periodo voluntario, dentro del plazo de quince días hábiles siguientes al de la fecha de notificación de la sanción. En otro caso, se procederá a su cobro por vía ejecutiva de apremio.

Disposición adicional.— Además de los Reglamentos u orde- nanzas reseñadas en el artículo 1°, el presente reglamento se aplicará supletoriamente a cualquier otra norma general munici- pal, autonómica o estatal reguladora de la potestad sancionadora, que no contenga una tipificación específica de las faltas o una graduación de las sanciones.

En todo caso, el contenido de los artículos 4° y 5S será aplicable a cualquier disposición general sancionadora.

Albacete 2 de marzo de 1994.—La Alcaldesa, P.D.—El Tenien-

te de Alcalde, ilegible. 6.664

El Ayuntamiento Pleno, en sesión de 24 de febrero de 1994, ha aprobado inicialmente la delimitación de polígonos discontinuos para posibilitar transferencias de volumen, según el siguiente detalle:

— Polígono discontinuo integrado por un solar receptor de transferencia, propiedad de la entidad mercantil Promociones Alma-3, S.L., situado en la calle Torres Quevedo y un solar de propiedad municipal que transmite el aprovechamiento urbanís- tico, de uso dotacional múltiple integrado, situado entre las calles Doctor Fleming, Arquitecto Vandelv ira y Virgen de Loreto, con un total de volumen a transferir de 324.65 m2, valorado en 216.628 pesetas.

— Polígono delimitado por un solar receptor de la transferen- cia, propiedad de la Cooperativa de Viv iendas "Francisco Vives",

situado en la calle Virrey Morcillo, y un solar de propiedad municipal, que transmite el aprovechamiento urbanístico, de uso dotacional multifuncional, situado entre las calles Arquitecto Julio Carrilero, Teruel, Murillo y Cruzada, con un volumen de aprovechamiento objeto de transferencia de 38 I .49 m2, valorado en 759.114 pesetas.

Por el presente se somete a información pública durante el plazo de quince días al objeto de que puedan formularse alegacio- nes por quien se considere afectado, y cuya documentación podrá examinarse en el Negociado de Urbanismo, ubicado en la 6"

planta de las Dependencias Municipales.

Albacete 7 de marzo de 1994.—La Alcaldesa, Carmen Bel-

monte U seros. 6.728

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Referencias

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