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IPor un lrimes(re, Pesetas. 4

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(1)

Número 70. Viernes 9 de Junio de 1882. 25 cents, de peseta.

>n.

<an

]PrEC103 d e ^U^CRICION.

I

Por un lrimes(re, Pesetas. 4 Por un semestre... 7 Por un a ñ o ... 12*50 i Por un trimestre... 5 Fu f r4d e l a Ca p i t a l. . ' Por un s e m e s t r e ... 9 / Por un año... 15 Los edictos y sentencias de los Juzgados y Tribunales que se inserten en este periódico, y no sean de oficio, paga­

rán 10 céntimos de peseta por línea.

"Pr e c i o^ d e yVNUNCios.

Los anuncios parliculares que se quieran insertar en el Bo­

l e t ín, prí'via licencia del Exorno. Sr. Gobernador, pagarán:

De 1 á 6 líneas, 1.* vez...Pesetas, l De 7 á 15 i d ... i ‘50 De 16á 30 i d ...2

De 30 en adelante, precio convencional; por cada repe­

tición, la mitad.

Se publica los Lunes, Miércoles y Viernes.—Las recla­

maciones á D. Rafael Serna, Director de la Imprenta.

íl i PBOiCIl D[ MBICITE.

tu-

er‘

lia.

de tos ur­

de

SSCCÍOBÍ DE Lñ GACETA.

Pí^E^IDENCIA DEL foN^EjO DE ^INipTÍ^Op.

Sá. MM. el

Rey

D. Alfonso y la

Rei na

Doña María Cristina (Q. D. G.) conti­

núan en esta Corte sin novedad en su importante salud.

De igual beneficio disfrutan S. A. R.

la Serma. Señora Princesa de Astúrias y SS. AA. RR. las Infantas Doña María Isabel, Doña María de la Paz y Doña María Eulalia.

Ministerio de la Gobernación.

REAL ÓRDEN.

Pasado á informe de la Sección de Goberna- cioQ del Consejo de Estado el recurso de alzada interpuesto ante este Ministerio por D. Francis­

co Guerra contra un acuerdo de esa Comisión provincial que le declaró vecino de Santa Úrsula, dicho alto Cuerpo, con fecha 25 de Abril último, ha emitido el siguiente dictámen:

«Exemo Sr.; Esta Sección ha examinado el recurso de alzada interpuesto por D. Francisco María Guerra contra un acuerdo de la Comisión provincial de Canarias que le declaró vecino de Santa Úrsula.

Resulta que habiendo reclamado el interesado su cédula personal en 23 de Octubre de 1879, primero al Alcalde, y luego al Ayuntamiento de Moya, se le manifestó que debía esperar hasta la resolución de una consulta que se había hecho al Gobernador acerca de si procedía incluir al inte­

resado en el padrón del pueblo, á pesar de residir habitualmente en el mismo desde 1873, en que w>nsu familia se trasladó al de Santa Úrsula. Re­

currió Guerra al Gobernador; y pasada la instan­

cia á la Comisión provincial, acordó ésta desesti*

la queja del interesado y prevenir al Alcalde ue Santa Úrsula que de oficio le declarase vecino ue su término, fundándose para ello en que la Municipalidad de dicho pueblo, con arreglo al fct. 15 de la ley de 2 de Octubre de 1877, debió luduirle en su padrón como vecino al cumplir los uos años de residencia fija en su jurisdicción, y figuraba en el de Moya después de El Gobernador, en 23 de Junio de 1880, f^^rmándose, dice, con este dictámen, lo tras- 9U0 al interesado, el cual ha elevado recurso de Alzada para ente el Gobierno, fundado en que pspües de 1873 í e le habia incluido en concep-

^ de vecino de Moya en las listas electorales;

jue sólo permaneció en Santa Úrsula desde 20 187R \i3iStaL el mismo mes de . no habiendo, dice, por lo tanto, llegado

“u año su residencia fija en aquella localidad;

que desde 1873 había vivido en varios pueblos de la isla de Tenerife, incluso la capital, conser­

vando su casa puesta en Moya, á donde fué por dos veces con su familia y él solo en varias ocasiones, habiendo hecho uso de su derecho electoral sin protesta alguna; que, por lo tanto, no le era aplicable el art. 13 de la ley, sino el 13, según el cual el que tuviese residencia alternativa en varios pueblos, optará poT la vecin­

dad de uno de ellos.

Examinadas por la Sección las disposiciones vigentes aplicables al caso, observa que el artí­

culo 20 de la ley Municipal manda que el empa­

dronamiento y las rectificaciones se verifiquen en el mes de Diciembre, y que se consignen en el libro de actas los acuerdos que el Ayunta­

miento tome respecto á cada interesado á quien lo comunicará por escrito, estableciendo además el siguiente art. 21 que contra la decisión del Ayuntamiento procede recurso de alzada para ante la Diputación provincial, la cual habrá de.

resolver ejecutivamente en vista de las razones alegadas por los interesados y el Ayuntamiento;

después de lo cual, y hechas las rectificaciones á que hubiere lugar, se declarará ultimado el padrón.

En los antecedentes que constituyen el expe­

diente no obra documento alguno haciendo constar el acuerdo del Ayuntamiento de Moya, en virtud del cual se eliminase en 1873 á Guerra del pa­

drón de vecinos, según se dice, ni consta tampo­

co que tal acuerdo le fuese entonces comunicado, cuyas omisiones son tanto más reparables, cuanto que no deja de llamar la atención el que si en efecto fué excluido del padrón de Moya, haya sin embargo continuado figurando en las listas elec­

torales tomando parte en las votaciones, pagado los impuestos locales, y basta obtenido cédula personal en 1878.

Tales circunstancias hacen fundadamente pre­

sumir que la vecindad de Guerra ha sido siempre en Moya, confirmándolo así el hecho de haber sido inscrito con el carácter de transeúnte en Santa Úrsula en el empadronamiento general verificado en Diciembre de 1877; pero sin entrar la Sección á examinar las razones que puedan mediar para determinar la vecindad de Guerra, para lo cual el expediente carece de estado y do los datos precisos, se limitará á recordar que, con arreglo á los principios sentados en la Real órden de 1 de Julio de 1880, resolviendo un caso análogo, sólo cabo hacer de oficio declaraciones de vecin­

dad en la época marcada para la formación ó rectificación del padrón; y observará además que en este expediente existe una falta en el proce­

dimiento, pues estando dispuesto en el art. 21 de la ley orgánica Municipal que las Diputaciones resuelvan ejetmtivamente esta clase de reclama­

ciones, la Comisión provincial, al entender en la de Guerra y fallar acerca de ella, ha obrado con incompetencia, adoleciendo por lo tanto su acuerdo de un vicio que le invalida;

Por estas razones, y considerando que las rectificaciones en el padrón de vecindad deben

hacerse en la época y forma establecidas en los I artículos 15, 18 y 20 de la ley Municipal, la

! Sección es de parecer:

i Que procede dejar sin efecto el acuerdo

; de la Comisión provincial:

2.^* Que no constando que en 1873, ni des­

pués haya mediado acuerdo del Ayuntamiento y notificación al interesado para su exclusión del padrón de vecinos de Moya, no debe aquella estimarse válida, por lo cual no puede ménos de continuar figurando Guerra como vecino de dicho pueblo, mientras llegada la época de rec­

tificarse el padrón no adopte el Ayuntamiento el acuerdo que proceda, y resuelva ejecutivamente la Diputación las reclamaciones á que en su caso diera aquel lugar,

Y conformándose S. M. el Rey (Q. D. G.) con el preinserto dictámen, se ha servido resol­

ver como en el mismo se propone

De Real órden lo digo á V. S. para su co­

nocimiento y demás efectos, con inclusión del expediente de su razón. Dios guarde á V. S, muchos años. Madrid 27 de Mayo de 1882.

GONZALEZ.

Sr. Gobernador de la'provincia de Canarias.

SECaOffi DE LA PROVMCÍA,

DIPUTACION PROVINCIAL.

COMISION PERMANENTE.

Extracto de los acuerdos tomados por la citada

CORPORACION DURANTE EL MES DE JüNlO DE 1 8 8 1 . (Conclusión.) (1)

Du 17.

Presidencia del Sr. D. Ricardo Gómez Rengel.

Vocales asistentes: Sres. Cantos, Mendez y Paredes.

1. ° Aprobar el acta de la anterior.

2 . ® Desestimar lá reclamación de D. Grego­

rio Pardo Piqueras, de Balsa de Ves, dejando subsistente el acuerdo aprobando las elecciones municipales de dicho pueblo.

3. ° Idem id. las protestas formuladas en las elecciones de Vülalgordo del Júcar, declarando que no ha lugar á la nulidad de las mismas.

4. ° Declarar no incapacitados para ejercer los cargos de Concejales en el pueblo de Monte- Alegre á D. Pedro Tomás García, D. Juan Tor­

nero Ibañez, D. Francisco Campos García y Don Francisco Gómez Ibañez, desestimando las recla­

maciones producidas.

5. ° Acordar la validez de dichas elecciones verificadas enHellin, desestimando las reclama­

ciones que se hicieron.

6. ° Resolver que sean válidas las mismas elecciones verificadas en Elche de la Sierra, decía-

(l) Véase el número 68 de esle periódico oficial.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(2)

Boletín Oficial de la Provincia de Albacete.

rando la nulidad de las 16 papeletas que se unen al expediente por ilegibles que son los nombres de los candidatos que contienen, y de­

clarar incapacitados para ejercer los cargos de Concejales á D. Blas'Moliua Rodríguez y D. José Córcoles García.

7 . ® Aprobar las elecciones verificas en Moli- nicos, desestimando las protestas.

8. “ Desestirq^ir del mismo modo las protestas en las elecciones verificadas en Alcaráz, y man­

dar se remita al Juez de 1.^ instancia certifica­

ción de la parte que se refiere al extravío ú ocul­

tación del expediente instruido para las de 1877, á fin de que proceda á lo q u e haya lugar en jus-

^iClSi

9. ” Declarar soldado á Manuel García Martí­

nez,'núm . 11 del pueblo de Ballestero en 1878.

10. Idem pendiente á Bonifacio Glaramonte Lorenzo, núm. 29 de Hellin en 1880.

11. Idem soldado á Justo Ballestero López, núm. 48 del cupo de Nérpio en 1879.

12. Idem exceptuado á Laureano García Aya- la, núm. 9 del mismo reemplazo y pueblo de Chinchilla.

13. Idem soldado con recurso pendiente a Simón Puerta López, núm. 10 del propio reem­

plazo y cupo de Veste.

14. Idem id. id. á Rufino García Jiménez, núm. 4 de igual reemplazo y pueblo de Fuensanta.

Día 18.

Presidencia del Sr. 0 . Ricardo Gómez Rengel.

Vocales asiste?ites: Sves. Cantos, Mendez y Paredes.

1. “ Aprobar el acta de la anterior.

2 . ° Declarar la validez de las elecciones mu­

nicipales verificadas en Balazote, desestimando las protestas que se hicieron.

3. ° Idem id. id. las de Ossa deMontiel, des­

estimando también las reclamaciones formuladas.

4. ° Declarar legalmente excusados para ejer­

cer el cargo de Concejales en Villarrobledo á Don Jacinto Fernandez Rodríguez y D. Francisco Mon- toya Arce.

5 . ° Desestimar las protestas que S 3 hicieron contra las elecciones verificadas en esta capital, aprobando la resolución de la Junta de escruti­

nio que dispuso la validez de las mismas.

6. ° Acordar se conteste al Comisionado de apremio de Fuensanta, que puede conminar á los deudores con la venta de bienes inmuebles si en el plazo de quince dias no satisfacen sus débitos.

7 . ° Proponer al Sr. Gobernador civil el nom­

bramiento de nuevo Comisionado que continúe los procedimientos de apremio contra el pueblo de Albatana.

8. ® Declarar exceptuado á Perfecto Molina Navarro, núm. 1 del pueblo de Villa de Vés en

1880.

9. ° Idem soldado con recurso pendiente á Juan José Carrion, núm. 6 de igual reemplazo y pueblo.

10. Idem exceptuado á José Ortega Diaz, núm. 8 del mismo reemplazo y pueblo de Viveros.

11. Idem id. á Sinforiano Fernandez Lizan, núm. 5 de Pétrola en 1879.

12. Idem pendiente á Ildefonso Valero López, núm. 62 de Villarrobledo en el reemplazo de

1880.

Día 20.

Presidencia de) Señor Don Ricardo Gómez Rengel.

Vocales asistentes: Sres. Mendez, Cantos, Paredes y Vera.

1 Aprobar el acta de la anterior.

2. “ Declarar pendiente á Miguel Saez Gonzá­

lez, núm. 23 de Alcalá del Júcar en 1880.

3 . ° Idem exceptuado á Dionisio Arenas Mo­

reno, núm. 11 de Muñera en el reemplazo de 1879.

4. ® Idem id. á Francisco Algarra García, nú­

mero 13 de Caudete en 1880.

5 . ° Idem id. á Juan Martínez Tomás, núme­

ro 75 del pueblo de Alraausa eu 1879.

6. ® Idem soldado que cubre plaza á Eusebio Valero Gras, núm. 1 del cupo de Pozo-Lorente en 1880.

7. ® Idem pendiente á Francisco García Perez, núm. 5 de Alcalá del Júcar en 1879.

8. ® Contestar al Alcalde de Lezuza que para el día 27 se presenten en esta capital los mozos que se le mandó revisar.

Día 21.

presidencia del Sr. D. Ricardo Gómez Rengel.

Vocales asiste?ites: Sres. Mendez, Paredes y Cantos.

1. ® Aprobar el acta de la anterior.

2. ® Manifestar al Sr. Gobernador la falta de obediencia de los Alcaldes de Pérez, Ayna y Le- túr á las órdenes previniéndoles la remisión de los expedientes de las últimas elecciones muni­

cipales, á fin de que se sirva reiterarlas en la for­

ma que crea conveniente.

3. ® Conceder 15 dias de licencia al Vicepre­

sidente de la Comisión provincial Sr. Gómez Rengel.

4. ® Acordar se remitan al Sr. Juez de prime­

ra instancia de esta capital los documentos relati­

vos al sustituto Gabino Pons, dejando nota de los mismos en el expediente respectivo.

Día 22.

Presidencia del Sr. D. Ricardo Gómez Rengel.

Vocales asistentes: Sres. Paredes, Mendez y Cantos.

1. ® Aprobar el acta de la anterior.

2 . ® Declarar roldado á Estéban Rubio Val- verde, núm. 20 del cupo de Barráx en el reem­

plazo de 1879.

3. ® Idem exceptuado á José Romero Martí­

nez, núm. 5 del mismo cupo y reemplazo.

4. ® Idem excluido á Saturnino Mesas Gran-»

de, núm. 7 de Minaya en 1880.

5. ® Idem soldado c :n recurso pendiente á Antonio Ramón Martínez, núm. 6 del pueblo de Nérpio en el reemplazo de 1879.

6. ® Idem exceptuado á Clemente Gil Fito, nú­

mero 29 de Almansa en el reemplazo de 1880.

7. ® Idem id. á Antonio Vizcaíno Sánchez, nú­

mero 80 de igual pueblo y reemplazo.

8. ® Idem soldado á Sebastian Gomicia López, núm. 78 de dichos cupo y reemplazo.

9. ® Idem exceptuado á Bicardo Alcaniz Mar­

tínez, núm. 51 del propio reemplazo y cupo de Villarrobledo.

10. Admitir la sustitución de Manuel del Rey Abellan, recluta con el núm. 7 del cupo de Hi- gueruela en el reemplazo de 1880, por el licen­

ciado del Ejército José Barrachina Martínez.

Día 23.

Presidencia del Sr. D. Germán Vera.

Vocales asistentes'. Sres. Paredes y Mendez.

1. ® Aprobar el acta de la anterior.

2 . “ Declarar exceptuado á Juan Cantos To- barra, núm. 4 de Chinchilla en el reemplazo de

1879.

3 . " Idem id. á Celestino Pardo Monleon, nú­

mero 6 de Villamalea en 1880.

4. ® ídem id. á José María Tomás, núm. 70 del pueblo de Hellin y reemplazo expresado.

5. ® Idem id. á Eugenio Sánchez Martínez, núm. 39 del mismo reemplazo y cupo de esta capital.

6. ® Idem id. á Gabriel Tendero Escribano, núm. 61 de igual cupo y reemplazo.

7. ® Idem id. á Andrés Carrascosa González, núm. 9 de dicho reemplazo y cupo de Alcaráz.

8. ® Conceder 15 dias de licencia al Vocal de la Comisión D. Agustín Cantos.

Día 25.

Presidencia del Sr. 0 . Germán Vera.

Vocales asistentes: Sres.' Paredes y Mendez.

1. ® Aprobar el acta de la anterior.

2. ® Declarar exceptuado á Juan García, nú­

mero 9 del pueblo de Paterna y reemplazo de 1880.

'3.® Idem id. á José Bautista Navalon, núm. 6 del mismo reemplazo y pueblo de Bonete.

4.® Idem id. á Vicente Abellan Portero, nú­

mero 33 del propio reemplazo y cupo de Chin­

chilla.

5. ® Idem id. á Antonio González González, núm. 41 de igual reemplazo y cupo.

6. ® Idem exceptuado á José Alvarez Martí­

nez, núm. 16 del pueblo de Hellin y reemplazo de 1879.

7. ° Idem id. á Juan Más Alcantud, núm. 24 de dichos pueblo y reemplazo.

8. ® Idem id. á José López Romero, núm. 38 del referido cupo y reemplazo.

9. ® Idem id. á Alfonso González Jiménez, núm. 2 del pueblo de Recueja en dicho reemplazo.

10. Idem id. á Miguel Perez López, núm. 57 de dicho reemplazo y cupo de Tarazona.

11. Idem id. á Fernando Martínez Laúdete, núm. 3 del pueblo de Valdeganga en el reemplazo de 1880.

12. Idem id. á Miguel Algarra Martínez, nú­

mero 45 del propio reemplazo y pueblo de Caudete.

13. Idem id. á Isidro Salas Villar, núm. 108 de esta capital en el reemplazo de 1879.

Día 27.

' Presidencia del Señor 0on Germán Vera.

Vocales asistentes: Sres. Paredes, Mendez y Cantos.

1. ® Aprobar el acta de la anterior.

2. ® Declarar exceptuado á Miguel Saez Gon­

zález, núm. 23 del pueblo de Alcalá del Júcar en el reemplazo de 1880.

3 . ® Idem id. á Bonifacio Claramente Lorenzo, núm. 29 de igual reemplazo y pueblo de Hellin.

4. ® Idem id. á Juan Herreros Martínez, nú­

mero 6 de Lezuza en 1878.

5. ® Ordenar al Alcalde del mismo pueblo instruya expediente de prófugo á Sebastian Pa­

dilla Romero, núm. 10 del reemplazo expresado.

6. ® Declarar exceptuado á Rufino García Ji­

ménez, núm. 4 de Fuensanta en el reemplazo de 1879.

ExtRAORDINAIíU del mismo DIA DE LA COMISION Y ASOCIADOS.

Presidencia del Señor Oon Jorge López Cortés.

Sres, asistentes: Vera, Cantos, Paredes, Mendez y Alcázar.

1. ® Aprobar el acta de la sesión anterior.

2. ® Acordar que se anuncie nueva subasta para el dia 11 de Julio del portazgo del Estre­

cho de Tobarra, y que hasta dicho dia satisfaga 20 reales diarios el actual arrendatario.

3. ’ Disponerse proceda á la reparación del trozo de carretera desde la Estación á la puerta de Valencia.

4. ® Resolver se devuelvan al Ayuntamíeato de Veste las cuentas de la inversión délas 10(1 pesetas concedidas para calamidades, á fin de que se subsanen los defectos de que adolecen.

5. ® Gratificar desde 1.® de Julio al merito­

rio D. Natalio Massó con 250 pesetas anuales.

6. ® Nombrar Depositario de los fondos pro­

vinciales á D. Ricardo Navarro Córcoles.

7. ® Aprobar la cuenta de gastos hechos en la reparación del Palacio Provincial, ascendente á 8 pesetas 50 céntimos.

8. ® Aprobar también la cuenta de D. Jos Calpini, ascendente á 7 pesetas, por un regador que ha facilitado.

9. ® Idem id. la de 18 pesetas, presentada por D. Sebastian Vizcaya, por una docena de tona

10. Contestar a l Comisionado de apremio en Fuente-Alamo, á las consultas que hace, qnc P ceda con arreglo á instrucción.

i 1. Resolver el recurso de alzada to por el Ayuntamiento de Tobarra sobre r macion de agravios en los repartos p , mos de 1878-79 y 1879-80, declarando bien cha la clasificación de la Junta, y gon!

y subsistentes las cuotas impuestas á los

tribuyentes que reclaman. .

12. Conceder 250 pesetas de

Archivero de la Diputación D. Francisco lero por trabajos extraordinarios.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(3)

Boletín Oficial de la Provincia de Albacete.

18

le

Día 28.

Presidencia del Señor Don Germán Vera.

Vocales asistentes: Sres. Paredes, Mei)d-;z y Cantos, 1. ° Aprobar el acta de la aaterior.

2. ° Declarar pendiente la resolución del caso relativo á Julián Sánchez Cortés, núm. 23 del pueblo de Alcaráz en el reemplazo de 1880.

3. ® Acordar se participe al Sr. Gobernador, que la Comisión provincial de Madrid nada ha resuelto acerca de la competencia que pende so­

bre mejor derecho al alistamiento en Alcaráz de un mozo del reemplazo de 1880, á fin de que manifieste el acuerdo que haya adoptado.

i.° Ordenar al Alcalde de Lezuza disponga la presentación de los mozos números 6 y 10 del reemplazo de 1879 para que sean tallados.

5. ® Manifestar al mismo Alcalde que proceda ála revisión del mozo Domingo Rubio, núme­

ro 22 del reemplazo de 1880.

6. ® Declarar exceptuado á Clemente Argan- doña Nieto, núm. 70 del cupo de esta capital en el reemplazo de 1880.

7. ® Idem id. á José Poveda González, núm. 1 del mismo reemplazo y pueblo de Hellin.

8. ® Idem id. á Pió Ortiz González, núm. 44 del propio reemplazo y cupo.

9. ® Idem id. á José García García, núm. 22 de igual reemplazo y pueblo de Tobarra.

10. Idem id. á Manuel Amorós Fernandez, nüra. 8 del reemplazo expresado y pueblo de Cándete.

11. Idem id. á Diego Alarcon Docon, número 15 de Liétor en el reemplazo de 1879.

12. Idem id. á Gabino Diaz Campayo, núme­

ro 11 del cupo de Molinicos en el reemplazo de 1880.

13. Idem pendiente á Mariano Segura Segu*

ra, QÚm. 27 de dichos reemplazo y pueblo.

14. Idem soldado á Juan Reolid Rubio, nú­

mero 5 del cupo de Liétor y reemplazo de 1879.

15. Idem pendiente á Ildefonso Valero López, núm. 62 del reemplazo de 1880 y pueblo de Vi- llarrobledo.

16. Idem exceptuado á Pedro Nieves Massó, núm. 86 del referido cupo y reemplazo.

Día 30.

Presidencia del Sr. D. Germán Vera.

Vocales, asistentes: Sres. Paredes y Mendez.

1. ® Aprobar el acta de la anterior.

2. ® Declarar soldado con recurso pendiente á José Abellan Zalve, núm. 44 del pueblo de La Roda e\i el reemplazo de 1879.

3. ® Idem exceptuado á Faustino Martinez Pe­

lado, núm. 22 de Casas de Vés en 1880.

4. ® Informar al Sr. Gobernador el recurso de alzada interpuesto por Gregorio Alfaro, reclaman­

do del fallo que le declaró soldado por el cupo de Ayna en el reemplazo de 1880.

Albacete 26 de Mayo de 1882.—El Vicepre­

sidente accidental, Antonio Real y Casabuena.

El Secretario, Francisco Gómez Porras.

DELEGACION D E H A CIENDA.

Anuncio.

La Dirección general de la Deuda pública, en circülar de 3 del actual dirigida á esta Delega- oioQ de mi cargo en 7 del mismo, entre otras prevenciones hace las siguientes:

La presentación de los cupones de renta perpetua al 3 por 100 interior y exterior; de Coligaciones del Estado por ferro-carriles y de 2 per loo amortizable exterior, correspondientes al semestre que vence eu 30 del actual, se admiti- JpQpor esta oficina de mi cargo desde el día 15

®el corriente hasta fiu de Setiembre próximo, como igualmente las inscripciones de corporacio-

?os civiles, establecimientos de Beneficencia é 'oslriiccion pública cuyo pago esté domiciliado cresta provincia, pero entiéndase que estas sin

““litación de tiempo.

2. * Desde 1.® de Julio de 1882, ó sea el se­

mestre que vence un 30 del actual, se satisfará el uno y cuartillo por ciento, tanto á los intereses de las inscripciones de corporaciones civiles como á las demás clases de rentas.

3. ® Todas las facturas de presentación de cu­

pones é inscripciones que lleguen ó excedan de cincuenta pesetas, deberán tener adherido un sello

móvil de diez céntimos, sin cuyo requisito no se­

rán admitidas.

Lo que se hace público por medio de este periódico oficial para conocimiento de las cor­

poraciones civiles é interesados que posean las clases de rentas arriba determinadas,

Albacete 8 de Junio de 1882,—El Delegado, Fernando Boan Montenegro.

DEPOSITARIA DE FONDOS PROVINCIALES DE ALBACETE.

Ejercicio CORRIENTE DE 1881 Á 1882. Mes de Abril de 1882.

Extracto d e c w e n í a correspondiente al expresado mes de Abril, que se publica en este periódico oficial en cumplimiento de lo que dispone el articulo 146 del reglamento de 20 de Setiembre de 1865 para la ejecución de la ley de Contabilidad provincial de la misma fecha.

CARGO.

Existencia que resulté en fin del mes anterior...

ídem en 31 de Diciembre de 18 al cerrarse definitivamente el ejercicio del presupues­

to de 18 á 1 8 ...

Por productos de rentas y censos...

Por Ídem de portazgos...

Por repartimiento general...

Por Instrucción pública...

Por Beneficencia...

Por resultas de presupuestos cerrados...

Por reintegros... ...

Por quintas partes sobre recargos de contribuciones hasta fin de 1869-70.

Por traslación de caudales de unas cajas á otras.

Mo«imienlo de fondos. fo“dos hechos en

Totalcargo. . .

DATA.

PRIMERA SECCION.

Capítulo 1,* Administración p ro v in c ia l...

2.® Servicios generales...

3.® Obras públicas de carácter obligatorio.. .

4.® Cargas...

5.® Instrucción pública...

6.® Beneficencia...

7.® Corrección pública...

8.® Im previstos...

SEGUNDA SECCION.

Capítulo 1.® Fundación y construcción de nuevos estableci­

m ientos...

f.® C arreteras...

— 3.® Obras diversas...

4.® Otros gastos...

TERCERA SECCION.

Capítulo único. Resultas por adición de ejercicios cerrados.

Reintegros...

Portraslacion decaudales de unas cajasáo tras ,, . . , , I Por suplementos de fondos hechos

Movimiento de ' ^ fondos...

To t a l d a t a.

IMPORTA EL CARGO.

IDEM LA DATA. . .

RESÚMEN.

Existencia para el \ .^ de Mayo de 1882. . . . CLASIFICACION DE LA EXISTENCIA.

En la Depositaría de mi cargo... 104.206*69 En el Instituto de segunda enseñanza... 3.975‘03 En la Escuela Normal de Maestros... 405‘08 En U id. id. de Maestras... »

PESETAS.

119.790‘25

1.884‘81 41.133‘23

400 18‘83 1.114*72

9 4.250

138.591‘84

PERSONAL.

Pesetas.

HATBRIAL.

Pesetas.

TOTAL.

Pesetas.

4.024*93 742*41 4.767*34

» » »

2.322*91 85 2.407*91

» » 9

4.100‘35 409*05 4.509*40

520*82 13.063*32 13.584*14

» 9 9

» 253 253

9 9 9

9 9 9

9 9 9

170*75 62*50 233*25

9 9 9

9 » 9

9 4.250 4.250

9 9

11.139*76 18.865*28 30.005*04

138.591‘84 30.005‘04 108.586*80

108.586*80 I^al.

Albacete 30 de Mayo de 1882.—El Depositario, Ricardo A^auarro.—El Contador de fondos provincia­

les, José María López —V.® B,“—El Vicepresidente accidental de la Comisión provincial, Real y Casabuena.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(4)

Boletín Oficial de la Provincia de Albacete.

AYOffiTAMffiHíTOS,

Puente-Alamo.

D. Luis Tarraga Tárraga, Alcalde constitucioaal , de esta villa.

Hago saber: Que para dias los 11 y 18 del corriente, y horas de las 10 de sus mañanas, tendrán lugar en estas Salas Consistoriales la primera y segunda subasta de los pastos de las dehesas de este término tituladas Huesaa, Loma del Cura y Muela, pertenecientes á este Municipio, y bajo el pliego de condiciones que se halla de manifiesto en la Secretaría del mismo.

Lo que se anuncia al público para los que quieran interesarse en dichas subastas.

Fuente-Álamo

i

de Junio de 1882.—El Al­

calde, Luis Tárraga.—P S. M., Dionisio Abellan.

D. Luis Tárraga Tárraga, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que el domingo 2o del corriente, y hora de las diez de la mañana, tendrá lugar la subasta para el arrendamiento de pesos y me­

didas de uso voluntario de esta villa en el próximo ejercicio de 1882 á 83, bajo el tipo de quinientas pesetas y pliego de condiciones que se halla de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento.

Lo que se anuncia al público para cuantos quieran interesarse en dicha subasta.

Fuente-Álamo 4 de Junio de 1882.—El Al­

calde, Luis Tárraga.—P. S. M., Dionisio Abellav.

Almansa.

Por acuerdo del limo. Ayuntamiento de esta ciudad y asociados contribuyentes, se arriendan en conjunto y á venta libre los dereehos que devenguen en esta población y su término las especies de consumos y cereales durante el ejer­

cicio próximo de 1882-83, á fin de cubrir el cupo del Tesoro y recargos legalmente autori­

zados.

Al efecto se celebrarán dos remates en estas Salas Capitulares los dias I I y 18 del actual, de diez á doce de sus respectivas mañanas, al tipo de 80.150 pesetas 90 céntimos y bajo las condi­

ciones que constan en el expediente respectivo, el cual se halla de manifiesto en esta Secretaria para conocimiento de los interesados.

Almansa 2 de Junio de 1882,—El Secretario, Baldomero Martínez.—V.“ B.°—El Alcalde, Ma­

nuel Andrés.

Albatana.

D. Victoriano Hernández, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que bajo el tipo y condiciones que constan en el respectivo expediente, serán

subastados en pública licitación • el arbitrio del peso y medida por todo el ejercicio económico de 1882 á 83 en los dias 18 y 25 del corriente, en las Salas Capitulares y de once á doce de sus mañanas.

Lo que se hace público llamando licitadores al acto.

Albatana 3 de Junio de 1882. — Victoriano Hernández.—P. S. M., Fulgencio Martínez, Se­

cretario.

Montalvos.

D. Benito Ruiperez Salvador, Alcalde constitu­

cional de esta villa.

Hago saber: Que la matrícula de subsidio para el próximo ejercicio está concluida y ex ­ puesta al público por término de ocho dias para oir y resolver dentro del mismo las reclama­

ciones que haya. En el mismo estado se encuen­

tra el padrón equivalente al impuesto de sal del cuarto trimestre corriente, arreglado al artículo segundo del reglamento de 31 de Di­

ciembre último.

También hago saber que para el dia I I del actual, y horas de 10 á 12 de su mañana, tendrá lugar en este Ayuntamiento la primera subasta de arriendo de pesos y medidas de uso voluntario para el año económico próximo veni­

dero, bajo el pliego de condiciones obrante en esta Secretaría.

Montalvos 5 de Junio de 1882.—El Alcaide, Benito Hui'perez.— El Secretario, Pascual Córdoba.

-CAO

La Herrera.

D. José Moreno Martinoz, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que en los dias 11 y 18 de los corrientes, de 10 á ) 1 de sus respectivas maña­

nas, so subastará ante este Ayuntamiento el ar­

bitrio municipal de pesos y medidas de uso vo­

luntario para el año económico de 1882 á 1883, bajo el tipo de 450 pesetas y con sujeción al pliego de condiciones que estará de manifiesto en la Secretaría municipal para los que gusten examinarlo.

La Herrera 5 de Junio de 1882.— José Moreno.

■ooo»-í-®—

Cándete.

D. José Beltran y Vea, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que por acuerdo de este Ayun­

tamiento, tomado en junta de asociados, se ha de proceder al arriendo de los derechos de con­

sumos y cereales de esta villa para el año pró­

ximo de 1882 á 83; cuyo acto tendrá lugar en un sólo remate, que se celebrará en esta Sala Consistorial el dia 14 del actual, de diez á doce de su mañana, bajo el tipo de 54,844 pesetas 46

céntimos por derechos del Tesoro y recargos autorizados y con sujeción á las condiciones íq. serías en el expediente de su razón, que se halla de manifiesto en la Secretaría de este Ayunta­

miento para conocimiento de los licitadores; en la inteligencia de que si en dicha subasta no se obtiene resultado alguno por la totalidad de di- cho tipo, se prescindirá de otro remate y se pon*

drá en práctica la administración municipal, co­

mo así está acordado.

Caudete 3 de Junio de 1882.—El Alcalde, José Beltran.

SECCION DE m u DE LA PROVINCIA.

UNIVERSIDAD LITERARIA DE VALENCIA.

S e c re ta ria g e n e r a l.—P r im e ra enseñanza.

Según la legislación Jvigente de Instrucción pública, deben celebrarse oposiciones en la pro­

vincia de Albacete en el mes próximo de Julio para proveer las escuelas vacantes que figuran en esta relación.

ESCUELAS. PUEBLOS. DOTACION

Pestíat.

Elpmenlales completas de niños ...

Casa de Beneficencia de Albacete ...

Ballestero... 1.375 825

Además del sueldo, los Maestros y Maestras disfrutarán casa-.habitacion para sí y su familia y las retribuciones de los niños y niñas que pue­

dan pagarlas.

Los opositores presentarán sus solicitudes en la Secretaría de la Junta de Instrucción pública de la referida provincia, expresando los apellidos paterno y materno, naturaleza, provincia y edad, acompañadas de los documentos que acrediten su buena conducta moral y religiosa, que poseen título y sus méritos y servicios dontro del plazo de 30 dias, á contar desde la publicación de esle anuncio en el Boletín oficial de la referida pro­

vincia; entendiéndose terminará el plazo el último dia para la admisión de solicitudes, á las tres de su tarde en punto.

La misma Junta queda encargada de la eje­

cución de cuanto se dispone en la legislación vigente sobre oposiciones.

Lo que por disposición del S r. Rector de esla Universidad se publica en los Boletines ofidaks de las cinco provincias del distrito universitario.

Valencia 3 de Junio de 1 8 8 2 .—El Secretario general, Francisco Caballero Infante.

IM P R E N T A PR O V IN C IA L.

OBSERVATORIO DE ALBACETE.

Observaciones meteorológicas correspondientes á los dias 5, 6, 7 y 8 de Junio de 1882.

DIAS.

BARÓMETRO

en m ilím etro s y á O". TERMÓMETROS CENTÍGRADOS. PSICRÓMETRO.

H um edad re la tiv a . D irección d el Tiento.

A tm óm etro en fflllim etros A ltu ra m e­

dia. OscllacioD. M áximaal

sol.

M áxima á la som bra.

26,0 31.0 24.0 25.0

D iíercQ cta.

M ínim a al a ir e .

10,8 10,8 15,8 8,0

Idem d el refle c to r.

9,7 10,1 14,9 6,5

D iferen cia.

T em p era­

tu r a

m ed ia. O sc ila c ió n .

15.2 20.2

8,2 17,0

N ueve d e la m a ñ a n a.

Tres de la ta rd e .

5 6 7 8

706,43 705,24 702,88 700,99

1,17 1,89 0,46 1,39

32,8 35,5 30,3 31,2

6,8 4,5 6,3 6,2

1,1 0.7 0,9 1,5

18.4 20.9 19.9 16.5

87 88 83 86

85 74 83 77

O.

s . N .O .

N .

10,94 11,22 11,01 10,87

PiUTlóme- tro OD DUlíin«tro(

ESTADO DEL CIBíO.

Despojado coa calor.

Idem ídem.

Níibes con viento tardei tem p. íresca.

Idem Ídem.

P. Ó. DEL CATEDRÁTICO ENCARGADO, Fr a n c i s c o Bl a n e s.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

Referencias

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Hace saber: Qu? el día 14 de octubre de 1976, a las once horas de su mañana, tendrá lugar en la Sala Audiencia de este Juzgado la venta, en pública y primera subasta, de las