Miércoles 29 de Enero de 1896 25 céntimos
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Número 13
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SECCIÓN DE LA PROVINCIA
GOBIERNO CIVIL
Carreteras.
D. Ramón de Alfaro Saavedra, Gobernador civil de esta provincia.
Hago saber: Que no habiendo sido habidos n el pueblo de Vianos los propietarios en dicho término municipal D. Juan Copete, D. Bartolome Valero, D. Pedro Tabernero y D. Angel Rodrí- guez Marín, ni tener tampoco en aquella localidad administradores á quienes entregar las hojas de tasación de los terrenos que se les ha de ocupar con motivo de la construcción del I.° trozo de la carretera de Elche de la Sierra á la de Albacete ä Jaén; en virtud de lo que preceptúa el art. 39 del reglamento para la ejecución de la vigente ley de Expropiación forzosa, se hace público en este Boletin oficial para que en el término de doce días, á contar desde esta fecha, se presenten por sí ó por medio de persona debidamente autoriza- da ante el Alcalde de Vianos á recoger las hojas de aprecio que por el Perito del Estado D. Anto- nio Martínez Grau se les ha hecho del terreno que se les ha de ocupar con la construcción del referido trozo de carretera; en la inteligencia que de no presentarse en dicho plazo, el expediente seguirá su curso correspondiente.
Albacete 28 de Enero de 1896.—El Gober- nador, Ramón de Alfaro Saavedra.
D. Ramón de Alfaro Saavedra, Gobernador civil de esta provincia.
Hago saber: Que fijada definitivamente la re - lación de interesados en la expropiación que ha de hacerse en el término municipal de Alpera, con motivo de la construcción de la carretera de tercer orden de Alpera á la de Ayora á Albacete;
este Gobierno ha dispuesto hacer pública dicha relación para que en el plazo de quince días, á contar desde esta fecha, puedan reclamar los particulares ó Corporaciones á quienes convenga contra la necesidad de la ocupación que se inten- ta, dirigiéndose al efecto al Alcalde de Alpera, ya sea verbalmente ó por escrito.
Lo que se hace pdblico, por medio de este Bo- letín oficial, á los efectos prevenidos en el art. 17 de la ley de Expropiación forzosa de 10 de Enero de 1879.
Albacete '28 de Enero de 1896.—Ei Goberna- dor, Ramón de Alfaro Saavedra.
PREDIOS DE SUSCRICION.—EN LA CAPITAL: Por un trimestre, 4 pesetas.—Por un semestre, 7 id.—Por un año, 1250 id.—FUERA DE LA CAPITAL: Por un trimestre, 5 pesetas.
Por un semestre, 9 id.—Por un año, 15 id.--Los edictos y sentencias de los Juzgados y Tribunales que se inserten en este periódico, y no sean de oficio, pagaran 25 céntimos de peseta por línea.
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PRECIOS DE ANUNC108.—Los anuucios particulares que se quieran insertar en si BoLslis, previa licencia del Ilmo. Sr. Goberuador, pagaran: De 1 á 6 lineas, primera vez, 1 peseta.—De 7 ã 15 id., 1 .50 id.—De 16 á 30 id., 2 id.—De 30 en adelante, precio convencional; por cada repetición, la mitad.—Se publica los Lunes, Miereoles y Viernes.
Las reclamaciones al Director de la Imprenta D. 1Zafae1 Serna López.
SECCIÓN DE LA GACETA
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
S.
MM.el
REYy la
REINARegente
(Q. li.
G.) y Augusta Real Familia cc:In- titulan en esta Corte sin novedad en su importante salud.
((1..citTA del día 28 Enero.)
MINISTERM DE LA GUERRA
4.5 Sección.
Convocatoria ä oposiciones especiales para la isla de Cuba en plazas de Oficiales Médicos segundos del Cuerpo de Sanidad Militar.
En virtud de lo dispuesto por S. M. el REY (Q. D. G.), y en su nombre la REINA Regente del Reino, en Real orden de 14 de Enero actual, se convoca á oposiciones públicas para proveer va- rias plazas de Médicos segundos del Cuerpo de Sanidad Militar con destino al Ejército de la isla de Cuba, disfrutando el sueldo de Médicos prime- ros de Ultramar, con la obligación, f,de servir seis años en dicha Antilla.
En su consecuencia, queda abierta la firma para las referidas oposiciones en esta Sección en las horas de oficina, desde el día de la fecha has- ta el 10 de Marzo inclusive.
Los Doctores, Licenciados en Medicina y Ciru- gía por las -Universidades oficiales 7del Reino, ó alumnos con ejercicios aprobados, que por sí ó por medio de persona autorizada al efecto quie- ran firmar estas oposiciones, deberán justificar legalmente para ser admitidos ä la firma las cir- cunstancias siguientes:
L a Ser españoles ó estar naturalizados en España.
2
•
a No pasar de la edad de cuarenta años el día que soliciten la admisión en el concurso.
3. Hallarse en pleno goce de sus derechos civiles y políticos y ser de buena vida y cos- tumbres.
1." Tener la aptitud física que se requiere para el servicio militar; y
5
•
5 Haber obtenido el título de Doctor ó el de Licenciado en Medicina y Cirugía en alguna de las Universidades oficiales del Reino, ó tener apro- bados los ejercicios necesarios para ello.
Justificarán que son españoles y que no han pasado de la edad de cuarenta años, con certifi- cado de inscripción en el Registro civil, los que deben reunir este requisito, y en caso contrario, con copia, en debida regla, de la partida de bau- tismo; debiendo acompañar en uno y otro caso la cédula personal.
Justificarán hallarse en el pleno goce de sus derechos civiles y políticos, y ser de buena vida y costumbres, con certificación de la Autoridad municipal del pueblo de su residencia, librada y
legalizada en fechas posteriores á las de este edicto.
Justificarán que tienen la aptitud física que se requiere para el servicio militar, mediante certi- ficado de reconocimiento hecho en virtud de orden de esta Sección, bajo la presidencia del Director del Hospital Militar, por dos Jefes ú Oficiales Mé- dicos destinados en aquel establecimiento.
Justificarán haber obtenido el grado de Doctor ó el de Licenciado en Medicina y Cirugía en algu- na de las Universidades oficiales del Reino, ó te- ner aprobados los ejercicios para ello, con testi- monio ó copia legalizada de dicho título ó certifi- cado de la Universidad en que hubiesen aprobado los ejercicios.
Los que sólo hubiesen presentado certificación detener aprobados los ejercicios correspondientes al grado de Licenciado, deberán acreditar que han satisfecho el pago de los derechos de expedición del citado título, antes de darse por terminadas las oposiciones.
Los Doctores, Licenciados en Medicina y Ciru- gía, ó los alumnos aprobados residentes fuera de Madrid, que por sí ó por medio de persona auto- rizada al efecto, entreguen, con la oportuna anti- cipación, á los Inspectores de Sanidad Militar de las Capitanías generales de la Península
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islas adyacentes, instancia suficientemente documenta- da, dirigida al General Jefe de esta Sección solici- tando ser admitidos al presente concurso de opo- siciones, serán condicionalmente incluidos en la lista de los opositores; pero necesaria y personal- mente deberán ratificar en esta corte su firma, antes del día señalado para el primer ejercicio, sin cuyo requisito no será válida dicha inclusión.Se entenderá que la instancia se halla sufi- cientemente documentada, siempre que con ella se acompañen, en toda regla legalizados, los do- cumentos necesarios para que los aspirantes pue - dan ser admitidos á la firma, excepciún hecha del certificado de aptitud física.
No serán admitidos á las oposiciones los Doc- tores, Licenciados ó alumnos aprobados, residentes fuera de Madrid, cuyas instancias no lleguen á es- ta Sección antes de que espire el plazo señalado para la firma de las mismas.
Los ejercicios tendrán lugar con arreglo á lo dispuesto en el programa aprobado por S. M. en 15 de Noviembre de 1888 (Colección legislativa del Ejército, núm. 422), y á las modificaciones, en la parte preceptiva del mismo, establecidas por Real orden de 2 de Agosto de 1892 (Colección legislativa del Ejército, núm. 267j, todo ello publicado también en la Gaceta.
En cumplimiento de lo que se previene en di- cho programa, se advierte ä todos los que se ins- criban para tomar parte en estas oposiciones, que el primer ejercicio, al cual necesariamente debe- rán concurrir todos ellos, se efectuará en el Hos- pital Militar de esta plaza el día 15 de Marzo pró- ximo, á las nueve en punto
de
la mañana.Madrid 17 de Enero de 1896.—El General Jefe de la Sección, Martínez.
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Boletin Oficial de la Provincia de Albacete
Relación que se cita.
NOMBRES
de los arrendatarios 6 colones.
1 Ensanches de la Estación
de Alpera Compañía de los ferrocarriles de Ma- drid, Zaragoza y Alicante . . Terrenos de labor de secano D. Ambrosio Valdés Molla. .
3 Vi ña Restituto Cebrián Guerra. a
4 Ideal Juan Tarraga Martínez. a
5 Idem Tomás Megías Tornero
6 litem Jcsé Sánchez Gómez. a
7 Idein Gabriel Olcina Pons D Pablo Castillo Cantos.
8 Idem Pedro Navajas Minar
9 Idem Tomás García López.
ldera Capellíiuía de los Sarianos. José Contreras Gómez.
Terrenos de labor de secano hiena id. Martín Hidalgo Jiménez.
Era de pan trillar D. Teresa Ejido Castillo.. . . a
Ideal Sr. Vizconde du San Germán. . . a
Idem 1). Juan José Jiménez Tornero. . a
Terrenos de labor de secano Gaspar López Martínez. . . . a Idein Prudencio Villaeseusa Hidalgo..
Ido in Prudencio Tárraga Martínez. . a
Ide in D.' Gregoria Ejido Bravo. . . . a
Ideal Francisca Chiriaque Iniesta.. . a
Idern I). Prudencio Tarraga Martínez. . Huerto D.' Ana María Hidalgo Madrigal..
Vi ña D. Miguel Arnedo Navajas.. . .
Viña y labi•r de secano Tomás Zorzona Bautista. . . a Terrenos de labor de secano Juan Antonio Iniesta Tortosa. .
Vi na Francisco Castillo García.. . . a
Terrenos de labor de secano Francisco Castillo Jiménez. . . Viña José Contreras Castillo
Diem Martín Arnedo. o
Idem D.' Ana Arnedo Parra y hermana.
Id ein D. Pedro Jiménez Villaescusa. . . Idem Manuel Tornero y Tornero. . .
Joaquín Castillo López Terrenos de labor de secano José Ejido Tortosa
Viña Juan Megías Martínez a
Idem Juan Antonio Arnedo Castillo. . Terrenos de labor de secano Tomás Centreras Calero. . . .
Ide,m Juan Tornero y Tornero. . . . a
Idem y viña Juan José Gras Villar.. . . .
Viña Manuel Gaya Bonifacio. . . . Manuel Castillo López.
Lomas El Estado
Terrenos de labor de secano D. Juan José Díaz Villaescusa.. .
Lomas El Estado
Terrenos de labor de secano D. Antonio Ruano Villaescusa. . Sus herederos.
Viña Balbino Castillo Martínez . .
Terrenos de labor de secano Antonio Jiménez Villaescusa. . a
Idem Miguel Navajas Castillo.. a
Idem D. Gregoria Ejido Bravo O
Viña y aza fraual D. José Sánclie. /. Castillo a Terrenos de labor do secano Agustín Cano Martínez. . a
Idem Miguel García. Cantos. a
Idem Bernardo Martínez Ejido.. O
Idem y viña Juan José Pardo Perales. . Idem id. Jerónimo Cano Sánchez. .
Terrenos de labor de secano D.' Rosario Gil Martí Pedro Castillo Gil.
Viña D. Pablo Castillo Cantos.
Terrenos do labor de secano Idem
Juan José Martínez A ruedo. .
Juan José Jiménez Tornero. . José Jiménez García.
Idem Rosario Gil Martí Antonio Ruano Castillo.
Idem Idem
D. Francisco Navajas López. .
Vicente Sanz Hernández.. . u
Viña José Tornero Villar Terrenos de labor de secano
Id e m Idem
Juan José Jiménez Tornero. . . Prudencio Villaescusa
Sr. Vizconde de San Germán. . .
Vicente Jiménez García.
Santos Castillo López.
Pedro Contreras.
Idem D.' Ramona García López. . . . Idem D. Pedro Contreras Castillo . . Idein
litem y viña
Manuel García López.
Francisco García Cebrián.
Ideal id. José Cerdä García.
Terrenos de labor de secano litem
Pablo Castillo Cantos.
Manuel García López. u
Lomas
Terrenos de labor de secano
El Estado
D. Juan García López José Lorenzo.
Lomas El Estado
Terrenos de labor de secano Herederos de D. Manuel García Arnedo
Lomas El Estado
Terrenos de labor de secano Herederos de D. Manuel García Arnedo
Lomas El Estado
Terrenos de labor de secano Herederos do D.ManuelGarcía Arnedo
Lomas El Estado O
Albacete 28 de Enero de 1896.—El Gobernador, Ramón
de
Alfaro Saavedra.En uso de las atribuciones que me estän conferidas, y con arreglo ä lo pre- ceptuado en el art. 62 de la ley Provin- cial, he acordado convocar ä sesión ex- traordinaria ü la Excma. Diputación de esta provincia para el día 6 del inme- diato mes de Febrero, ä las once de su mailana, en el Palacio de la Corporación, con el objeto de redactar, discutir y aprobar el presupuesto adicional al or- dinario de 1895 96, y ademas dar cuenta del acta de Diputado por el dis- trito de Almansa D. José María Galia- no Pina, para su discusión, votación y aprobación en su caso.
Albacete 28 de Enero de 1896.
El Gobernador,
Ramón de Alfaro Saavedra.
DELEGACIÓN DE HACIENDA --
La recaudación voluntaria de las contribucio- nes directas se efectuará en esta capital, en el próximo tercer trimestre, en las oficinas de esta Delegación (Inspección de Hacienda.)
Queda por lo tanto abierta dicha recaudación ú partir del día 1.' de Febrero, haciéndolo pú- blico para conocimiento de los contribuyentes.
Albacete 26 de Enero de 1896.--El Delega- do de Hacienda, Miguel Santos.
INTERVENCIÓN DE HACIENDA
Los individuos de Clases pasivas que tienen consignado el pago de sus haberes en esta capital, pueden presentarse á apercibir la mensualidad correspondiente en la Depositaría Pagaduría de la Delegación de Hacienda, en los días que á conti- nuación se expresan, de diez á doce de la mañana:
Día 1.° de Febrero.—Retirados de Guerra y Marina.
Día 3 de id.--Montepío
Día 4 de id.—Idern civil, jubilados y cesantes.
Día 5 de id.— General para todos los que no hubieren cobrado ea los días designados anterior- mente.
Los que no se presenten en los días señala- dos á percibir sus haberes, no les serán abonados hasta el mes siguiente.
Albacete 27 de Enero de 1896.—E1 Interven- tor, R. Gómez Montero.
a
AYUNTAMIENTOS
ALCARAZ
D. José M.a González, Alcalde constitucional de esta ciudad.
Hago saber: Que para proceder á la formación del apéndice al amillaramiento que ha de servir de base á los repartimientos de las riquezas terri- torial y urbana de este término municipal para el próximo año económico de 1896-97, se invita á los vecinos y hacendados forasteros para que den- tro del plazo de 30 días, contados desde la in- serción de este edicto en el Boletín oficial de es- ta provincia, presenten en la Secretaría de este Ayuntamiento relaciones, debidamente justifica- das, de las alteraciones que hayan sufrido en sus riquezas.
Alcaraz 22 de Enero de 1896.—José M.
González.
D. José AL' González, Alcalde constitucional de esta ciudad.
Hago saber: Que la cobranza de las contribu- ciones territorial y urbana é industrial de este término municipal, correspondiente al tercer tri- mestre del actual ario económico, tendrá efecto en las Salas Consistoriales de esta ciudad por el que suscribe, en los días 5, 6 y 7 del próximo mes de Febrero como primer periodo voluntario,
NOMBRES Y APELLIDOS CLASE DE LAS FINCAS
de los propietarios.
Circular número 14.
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Boletin Oficial de la Provincia de Albacete 3
y en los diez primeros días del siguiente mes de Marzo por lo referente al segundo período.
Alcaraz 24 de Enero de 1896.—José M.
González.
MONTEALEGRE
D. José Gandía Gómez, Alcalde constitucional en funciones de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación 'del tercer trimestre de las contribuciones directas de este pueblo y año económico que cursa, en su primer período voluntario, tendrá lugar en la Casa Con- sistorial, calle de San Sebastián núm. 3, duran- te los días 10, 11 y 12 del mes de Febrero próxi- mo, y horas de nueve á doce dela- mañana y de .dos á cuatro de la tarde.
La del segundo período voluntario de dichas contribuciones se efectuará durante los diez pri- meros días del mes de Marzo viniente, en el indi- cado sitio y horas expresadas.
Montealegre 26 de Enero de 1896.--José Ga ndía
TOBARRA
D. José Gómez Jiménez, Alcalde Presidente del Ayuntamiento constitucional de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación de las contri- buciones directas de este término municipal, co- rrespondiente al tercer trimestre del actual ejer- cicio, tendrá lugar en esta Casa Consistorial du- rante los días 4, 5, 6 y 7 de Febrero próximo, en su primer período voluntario, y en los diez prime- ros días del siguiente mes en su segundo período, y horas de nueve ä doce de la mañana y de tres ä cinco de la tarde en cada uno de ellos.
Tobarra 26 de Enero de 1896.—El Alcalde, José Gómez.
CHINCHILLA
D. Enrique Barnuevo Rodrigo de Villamayor, Al- calde constitucional de esta ciudad.
Hago saber: Que durante los días 3, 4, 5 y 6 de Febrero próximo, y horas de costumbre, se recaudará en estas Salas Consistoriales el tercer trimestre del actual año económico de las con- tribuciones territorial, industrial y de consumos y líquidos.
Los que dejen de satisfacer sus cuotas en di- cho período podrán verificarlo, sin costas ni recar- gos, en los diez primeros días de Marzo próximo, que se señala como segundo período voluntario.
Lo que se hace público ä los efectos de ins- trucción.
Chinchilla 26 de Enero de 1896.—Enrique Barnuevo.
ABENGIBRE
D. Tomás Pérez García, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación de las contri- i buciones por territorial é industrial y la de los de- más impuestos á cargo de este Ayuntamiento, co- rrespondiente al tercer trimestre del actual año económico, en sus dos periodos voluntarios, ten- drá lugar en el local acostumbrado de esta pobla- ción los días 5 y 6 de Febrero y primera dece- na de Marzo próximos, de nueve ä doce de la mañana y de dos ä cinco de la tarde.
Lo que se anuncia al público para conoci- miento de los contribuyentes; á quienes se advier- te que si dejan transcurrir el segundo de los mencionados plazos sin efectuar el pago, incurri- rán en el recargo del 5 por 100 y se procederá contra ellos con arreglo al articulo 11 de la ins- trucción de 12 de Mayo de 1888.
Abengibre 23 de Enero de 1896.--Tomás Pérez.
"ALCADOZO
D. Fernando Alfaro Marín, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que el primer período de la re- caudación voluntaria de las contribuciones rústi-
ca, urbana é industrial de este pueblo, correspon- diente al tercer trimestre del actual año económi- eo, tendrá lugar en los días 11, 12 y 13 de Fe- brero próximo, desde las ocho de la mañana á las cuatro de la tarde y sitio de costumbre; y el se- gundo período de dicha cobranza se verificará en los diez primeros días de Marzo siguiente.
Lo que se hace público por este medio para su mayor publicidad.
Alcadozo 23 de Enero de 1896.—Fernando Alfaro.
LIE TOR
D. Víctor Garrido Espallargas, Alcalde constitu- cional de esta villa.
Hago saber: Que para proceder á la forma- ción del apéndice al amillaramiento, base para la derrama de contribuciones del ejercicio de 1896 á 97, se convoca á todos los contribuyentes de este término que hayan sufrido alteración en sus riquezas para que presenten relaciones de altas y bajas en la Secretaría de este Ayuntamiento, durante el plazo de 30 días, contados desde el de la inserción de este edicto en el Boletín oficial de la provincia.
Lietor 24 de Enero de 1896.—Víctor Garrido.
La recaudación de contribuciones directas de este pueblo y tercer trimestre del actual año económico tendrá lugar durante los días 3, 4 y 5 de Febrero próximo venidero, en su primer perío- do; verificándose el segundo en los diez primeros días del siguiente mes de Marzo.
Lietor 21 de Enero de 1896.--Víctor Garrido.
—.- PATERNA
El Alcalde constitucionalde esta villa.
Hago saber: Que la recaudación voluntaria del impuesto de consumos y líquidos y alcoholes, correspondiente al tercer trimestre del corriente ejercicio, tendrá lugar en los días 6, 7 y 8 del en- trante mes de Febrero, desde las ocho de la ma- ñana á las cuatro de la tarde, en su primer perío- do. Los que en dichos días no satisfagan sus cuo- tas,'Io podrán hacer, sin recargo alguno, en los diez primeros días del próximo mes de Marzo y en iguales horas, como segundo período.
Paterna 26 de Enero de 1896.—Joaquín Ro- dríguez.
El Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación voluntaria de las contribuciones territorial por rústica y urbana é industrial, correspondiente al tercer trimestre del corriente ejercicio, tendrá lugar en los días 6, 7 y 8 del entrante mes de Febrero, desde las ocho de la mañana á las cuatro de la tarde, en su primer período. Les que en dichos días no pa- guen sus cuotas, lo podrán hacer, sin recargo al- gane, en los diez primeros días‘del próximo mes de Marzo y en iguales horas, como segundo pe- ríodo.
Paterna 26 de Enero de 1896.—Joaquín Ro- dríguez.
JORQUERA
Los contribuyentes que hayan sufrido altera- ción en su riqueza pueden presentar en Secreta- ría las relaciones correspondientes, acompañadas de los documentos acreditativos del pago de de- rechos reales, cuando proceda, durante el plazo de 30 días, á contar desde la inserción de este edicto en el Boletín oficial, para tomarlas en cuenta al formar el apéndice al amillaramiento para 1896-97.
Jorquera 24 de Enero de 1896.—E1 Alcalde, Leopoldo de la Calzada.
En los días 1, 2 y 3 del próximo mes de Fe- brero tendrá lugar en estas Salas Capitulares la recaudación voluntaria, en su primer período, de las contribuciones de territerial, urbana, indus- trial y repartos locales del trimestre en curso.
El segundo período se llevará á efecto duran- te la primera decena de Marzo en el expresado lo- cal y horas para éste y el anterior, de nueve ä doce de la mañana y de dos á cinco de la tarde.
Jorquera 21 de Enero de 1896.—El Alcalde, Leopoldo de la Calzada.
COTILLAS
D. Jesualdo Ibáñez Jiménez, Alcalde constitucio- nal de esta villa.
Hago saber: Que debiendo procederse ä la confección del apéndice al amillaramiento, base del repartimiento por rústica y pecuaria y del de urbana para 1896 á 97, se invita á los contribu- yentes vecinos y hacendados forasteros de este término, para que en el plazo de 30 días presen- ten en la oficina municipal las relaciones de alta y baja que hayan experimentado en sus respec- tivas riquezas, acompañadas de la oportuna jus- tificación; inteligenciados que transcurrido el tér- mino lijado no se admitirá ninguna.
Lo que hago público para conocimiento de aquellos á quienes interesa.
Cotillas 21 de Enero de 1896.—Jesualdo Ibáñez.
D. Jesualdo Ibáñez Jiménez, Alcalde constitucio- nal de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación voluntaria de las contribuciones territorial, urbana ú industrial y tercer trimestre, en su primer período, tendrá lugar en el sitio de costumbre y horas solares de los días 11 y 12 de Febrero próximo, como se efectuará la del segundo periodo, también volun- tario, en los 10 primeros días de Marzo venidero.
Cotillas 22 de Enero de 1896.—Jesualdo Ibáñez.
D. Jesualdo Ibáñez Jiménez, Alcalde constitucio- nal de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación voluntaria del impuesto de consumos, cereales y sal, líqui- dos-y alcoholes y arbitrios extraordinarios de es- te pueblo, respectiva al tercer trimestre del co- rriente año económico, tendrá lugar en esta villa, casa del Recaudador municipal D. Fernando Al- varez, los días del 10 al 15 del próximo mes de Febrero, y horas de nueve ä cuatro de la tarde.
El segundo período tendrá lugar en los diez primeros días de Marzo, en iguales horas y casa del propio Recaudador.
Cotillas 22 de Enero de 1896. —Jesualdo Ibáñez.
HIGUERUELA
D. Felipe Cano González, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación del tercer trimestre de las contribuciones territorial é indus- trial de esta villa y actual año económico, tendrá lugar, en su primer período, los días 12, 13 y 14 de Febrero próximo, en el local de la Sala Capitu- lar y horas de costumbre; y la del segundo du- rante los diez primeros días de Marzo siguiente.
Lo que se publica para conocimiento de los contribuyentes.
Higueruela 25 de Enero de 1896. --Felipe Cano.
VILLAMALEA
D. Francisco Núñez Núñez, Alcalde accidental de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación voluntaria del tercer trimestre del presente año económico, referente á las contribuciones territorial, subsidio, consumos y líquidos, tendrá lugar en los días 3, 4 y 5 del próximo mes de Febrero, en el sitio y horas de costumbre.
Lo que se anuncia al público para conoci- miento del mismo y surta los efectos de instruc- ción.
Villamalea 25 de Enero de 1896.—El Alcal- de accidental, Francisco Núñez.—E1 Secretario, Ricardo Belendez y Moreno.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
4 Boletin Oficial de la Provincia de Albacete
MAHORA
D. Cándido García Salmerón, Alcalde constitucio- nal de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación voluntaria de las contribuciones territorial, urbana é industrial, correspondiente al tercer trimestre del año eco- nómico actual, tendrá lugar en esta villa, en su primer periodo, los días 12, 13 y 14 de Febrero próximo.
La del segundo período voluntario tendrá lu- gar en los diez primeros días de Marzo próximo.
Mahora 26 de Enero de 1896.--Cándido García.
TARAZONA
D. Juan Antonio Atienza Quintana, Alcalde cons- tilaciona! de esta villa.
llago saber: Que la recaudación voluntaria por territorial, urbana y subsidio, correspondiente al tercer trimestre del actual año económico, tendrá lugar en esta Sala de Ayuntamiento los días 4, 5, 6 y 7 del próximo mes de Febrero.
Lo que se hace público para conocimiento de los contribuyentes á quienes pueda interesar.
Tarazona 27 de Enero de 1896.—Juan Anto- nio Atienza.
- VILLA DE VES
D. José Piqueras Pardo, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación voluntaria, en su primer período, por contribuciones directas de este término y tercer trimestre del año eco- nómico actual, tendrá lugar en esta población y sitio acostumbrado los días 5 y 6 del próximo mes de Febrero, de nueve de sus respectivas 4)4- iianas á las tres de la tarde de ambos días.
El segundo periedo voluntario tendrá lugar, en el mismo sitio y horas, durante los diez pri- meros días del mes de Marzo próximo.
Lo que se hace público, por medio del pre- sente, para que llegue á conocimiento de los con- tribuyentes.
Villa de Vés 22 de Enero de 1896.—José Pi queras.
LA RODA
D. Marceliano Ballesteros Romero, Alcalde acci- dental de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación voluntaria de contribuciones territorial é industrial de esta villa y actual trimestre, se hallará abierta en esta Casa Ayuntamiento los días 19, 20, 21 y 22 del pró- ximo mes de Febrero en eh primer período de co- branza, y del 1." al 10 de Marzo venidero en el segundo período de la misma.
La Roda 23 de Enero de 1896.—Merceliaaa Ballesteros.
BARRAX
D. José María Ibáñez Martínez, Alcalde constitu- cional de esta villa.
Hago saber: Que debiendo procederse por la Junta pericial de esta villa ä la formación del apéndice al amillaramiento para el próximo afro económico de 1896-97, los contribuyentes que hayan sufrido alteraciones en sus respectivas ri- quezas presentarán en esta Secretaria sus relacio- nes de altas ó bajas en el término de treinta días, contados desde la inserción de este anuncio en el Bolein oficial de la provincia; pasados los cuales no se admitirá ninguna.
Barrax 25 de Enero de 1896.—José María Ibáñez.
PEÑASCOSA
D. Agustín Flores Díaz, Alcalde constitucional de esta villa,
Hace saber: Que durante el plazo de 30 días, contados desde el en que aparezca inserto el pre- sente co el üotelin oficial da la provincia, los contribuyentes de esle término que hayan sufrí-.
do alteraciones en su riqueza pueden presentar en la Secretaría municipal relación duplicada, acompañada de documentos que la justifiquen, ä tin de practicar el apéndice al amillaramiento, ba- se de los repartimientos correspondientes al pró- ximo ejercicio de 1896-97.
Peñascosa 22 de Enero de 1896.—Agustín Flores.
NAVAS DE JORQUERA
D. Gregorio Juncos (mayor), Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hago saber: Que debiendo procederse por la Junta pericial de esta villa á la formación del apéndice al amillaramiento de la riqueza catas- tral de la misma, que ha de servir de base al re- partimiento territorial del ejercicio próximo en- trante, se señala un plazo de treinta días para que los contribuyentes puedan presentar sus altas ó bajas, debidamente justificadas; cuyo plazo em- pezará á contarse desde el día en que se inserte el presente en el Polelln
Návas de Jorquera 24 de Enero de 1896.—
El Alcalde, Gregorio Juncos.
14.4. -•-•nn n-•51.1739:6.30.0.0,,
EDICTO
D. José Sáez Cuesta, Agente ejecutivo de la zona de Albacete.
Hago saber: Que por el Tesorero de Hacienda de esta provineia se ha dictado, con fecha 27 de
Diciembre último, la providencia siguiente:
«No habiendo satisfecho sus cuotas los contri- bayentes por la contribución urbana, rústica, in- dustrial y carruajes de lujo dentro de los plazos que se les señalaron en los edictos de-cobranza, correspondientes al segundo trimestre del ario ac- tual, quedan incursos en el recargo del 5 por 100 sobre sus cuotas; en la inteligencia de que si en el término de cinco días no satisfacen el principal y recargos, se expedirá el apremio che segundo grado. »
Y para que llegue á conocimiento de los con- tribuyentes se hace saber por medio del presente en Albacete á 22 de Enero de 1896.—José Sáez.
.Z (.:z A D. O S
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ALMANSAD. Salvador Oliver Rivera, Abogado, Juez muni- cipal de esta ciudad en funciones del de ins- trucción de la misma y su partido.
Por el presente se hace saber: Que en la no- che del 22 de los corrientes desapareció de la posada de Pétrola, donde pernoctaba desde el día 1. 0 , el sujeto cuyas señas se expresan á esta con- tinuación, Ilevándose_el reloj, que también se re- seña, de Juan José Ramírez Mañas, que este le había dado á componer, y adeudando en la po- sada los días que en ella estuvo.
Y como hasta la fecha no haya sido habido dicho sujeto, se encarga á las Autoridades de to- das clases y agentes de la policía judicial, que por los medios que su celo les sugiera procedan á la busca del reloj e xpresado y del sujeto refe- rido, así como á la detención de este último; y caso de ser habidos, se ponga inmediatamente en conocimiento de este Juzgado.-
Dado en Almansa ä 24 de Enero de 1896.—
Salvador Oliver.—D.. S. O., Peregrin Molla.
Señas del sujeto.
Se llama Alberto, se ignora el apellido, es francés, alto, delgado, bigote castaño, de unos 38 ä 40 años; viste pantalón azul de verano, cha- queta cenizosa, boina, alpargatas, y lleva por único equipage una cartera con varias herramien- tas. Se dedica ä componer relojes y máquinas de
coser.
ALCARAZ
D. Joaquín Sagaseta de Ilurdoz, Juez de instruc- ción de este partido.
Por el presente edicto se hace saber: Que en expediente de embargo de bienes de causa segui- da contra Luis Galera Marín, sobre hurto de ma- deras, he acordado sacar ä subasta pública la fin- ca siguiente:
Una casa, situada en la villa de Vianos; lin- dante por la derecha entrando con Alvaro Sán- chez, izquierda Fulgencio Garrido y espalda he- rederos de Catalina Galera, en la calle de la Er- mita: tasada en 975 pesetas.
• Cuya subasta tendrá lugar el día 22 de Fe- brero próximo, ä las once de su mañana, en este Juzgado y en el municipal de Vianos, con rebaja del 25 por 100 de la tasación, no admitiéndose posturas que no cubran las dos terceras partes; y advirtiéndose ä los licitadores, que para tomar parte en el remate deberán depositar en la Escri- banía el 10 por 100 y que los títulos de propie- dad de la finca consisten en una información po- sesoria, obrante en el expediente.
Dado en Alcaraz ä 22 de Enero de 1896.—
Joaquín Sagaseta de Iturdoz.—P. A. de S. S., José Vicente Fernández.
D. Joaquín Sagaseta de Ilurdoz, Juez de instruc- ción de este partido.
Por el presente edicto se hace saber: Que en cumplimiento de exhorto del Juzgado de instruc- ción de Albacete, se sacan á subasta pública por tercera vez los bienes siguientes embargados á Saturnino Pedro Alba Cuenca, vecino de Cotillas, por causa sobre contrabando de tabaco:
Una labor de tierra, nombrada Quebrados, en la dehesa de Rabiales, término de Cotillas, de 12 fanegas en riego; que linda ä S., M. y P. propios de aquella villa y N. el royo de los Quebrados, formando parte de esta finca, por hallarse dentro de la misma, una casa cortijo titulada Quebrados, de un solo piso y de cinco varas de largo y ocho de ancho: habiendo sido tasada en 180 pesetas, de las cuales corresponden 150 al terreno y las restantes á la casa.
Cuya subasta tendrá lugar en este Juzgado y en el municipal de Cotillas el día 21 de Febrero próximo, ä las diez de la mañana, sin sujeción ä tipo; advirtiéndose que para tomar parte en la subasta habrá de depositarse el 10 por 100 de la tasación y que no existen títulos de propiedad.
Dado en Alcaraz á 22 de Enero de 1896.—
Joaquín Sagaseta de Ilurdoz.—P. A. de S. S., José Vicente Fernández.
D. Joaquín Sagaseta de Ilurdoz, Juez de instruc- ción de este partido.
Por el presente edicto se hace saber: Que en expediente de embargo de bienes de causa segui- da contra Joaquín Sánchez Blázquez, mayor de edad, vecino de Viveros, y otros, sobre robo, se embarga ä dicho sujeto la finca siguiente:
Una casa, situada en la calle de Linajes de la villa de Viveros; lindante por la derecha entran- do con Sebastián Lorca, izquierda Alejo Díaz y espalda Pedro Calero Callejas: tasada en 1.250 pesetas.
Y en providencia de esta fecha he acordado sacar á segunda subasta dicha casa, con rebaja del 25 por 100 de la tasación, señalándose para que tenga lugar el día 24 de Febrero próximo, ä las diez de su mañana, en este Juzgado y en el muni- cipal de Viveros; advirtiéndose que no se admi- tirán posturas que no cubran las dos terceras par- tes, que habrá de depositarse e! 10 por 100 para tomar parte y que el título de propiedad consiste en un expediente posesorio, obrante en la Escri- banía.
Dado en Alcaraz ä 21 de Enero de 1896.—
Joaquín Sagaseta de Ilurdoz.—P. A. de S. S., José Vicente Fernández.
IMPRENTA PROVINCIAL Señas del reloj.
Es de plata, áncora remontoir, pequeño, con i una cinta negra por cadena.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»