Con la finalidad de precisar el alcance de algunos conceptos hare- mos en primer lugar algunas precisiones. Utilizamos la expresión «normalización»autoritaria de la Universidad para referirnos a la es- trategia política de la dictadura militar impulsada desde los años ochen- ta en el marco de la Ley N.º 22.207, que pretendió reestructurar las instituciones universitarias para hacer su funcionamiento más con- gruente con los fines del Estado autoritario. Asimismo, usamos la expresión normalización democrática o normalización universitaria para referirnos a la política universitaria desplegada por el gobierno de Alfonsín y encuadrada en el Decreto N.º 154/83 y en la Ley N.º 23.068/84 que fijó el periodo para la normalización universitaria y el restablecimiento de la autonomía institucional. En nuestra universi- dad este proceso comprende el lapso entre 1983 y 1986.
Hechas las aclaraciones precedentes, empezaremos por plantear que es muy escaso el conocimiento tanto de las aristas que tuvo la
3 Hemos encontrado esta expresión para referirse al modelo de universidad del pro-
implementación de la política «normalizadora» autoritaria como de los conflictos que los concursos heredados de la dictadura trajeron aparejados en el tránsito del régimen de facto a la democracia.
Entre los trabajos que hacen referencia al tema se destaca uno de Pérez Lindo (1985) que sugiere que la apertura de los concursos para «normalizar» la Universidad en las postrimerías de la dictadura se realizó previendo el cambio de gobierno con el fin de asegurar la continuidad de los detentadores de las cátedras. Considera, entre los factores que impulsaron la puesta en duda de la validez de los concur- sos ya en la universidad democrática, las cláusulas de la ley que favo- recían a los ocupantes efectivos de los cargos y su contraparte, la exclusión de muchos candidatos que presuponía la norma. También plantea que la tónica dominante de la política universitaria del go- bierno de Alfonsín en esta materia fue la de no admitir el cuestionamiento genérico a los concursos de la dictadura a pesar de la presión ejercida por Franja Morada y otras agrupaciones. El encua- dre normativo de la política universitaria del gobierno democrático fue el Decreto 154/83 que encomendaba a cada universidad dictar normas especiales –que debían ser aprobadas por el Ministerio de Educación y Justicia– a los finesde revisar la aparente validez de los concursos realizados bajo la Ley N.º 22.207. Por Ley del Congreso Nacional N.° 23.068/84 se determinó que «los concursos sustancia- dos durante el gobierno de facto podrían ser impugnados a pedido de parte interesada» (Pérez Lindo, 1985: 190).
Otro antecedente remite a la revista Perspectiva Universitaria de diciembre de 1982/enero 1983 que en un apartado denominado «Con- cursos universitarios o las triquiñuelas del continuismo» da cuenta de la oposición que concitó esta política durante la transición democráti- ca. Esta publicación que nucleaba a grupos de intereses académicos, investigadores y docentes expulsados de la universidad, en una sec- ción titulada «Pronunciamiento sobre los concursos» presenta inter- pretaciones que, por ser contemporáneas a los hechos, muestran las tensiones subyacentes a la implementación de la política en cuestión. Allí se muestran las opiniones de asociaciones profesionales, agrupamientos políticos, estudiantes y personalidades de la cultura expresadas en la prensa, conferencias y declaraciones. Las principa- les críticas a los concursos se sintetizan en los siguientes ejes: a) se apresuraron e hicieron con sigilo de modo que pasaron inadvertidos
para la población creando una hipoteca para el futuro democrático; b) se iniciaron en forma inconsulta a través de los mecanismos de la maquinaria política del proceso; c) no son legales ni oportunos, son discriminatorios y vulneran la igualdad de oportunidades sancionada constitucionalmente a partir de las exclusiones, cesantías y exilios existentes; d) el trámite está viciado por el clima autoritario expresa- do no solo en el control de la Universidad por organismos de seguri- dad sino en una normativa verticalista que coarta posibilidades de impugnación y apelación y consagra la infalibilidad de los jurados; e) el objeto de la premura son los propósitos continuistas, expresados en una legislación que privilegia a quienes ejercen la cátedra nombrados por el proceso. Se pretende cristalizar enclaves autoritarios dentro de un futuro gobierno democrático.
En el caso singular de la UNLP, una referencia a los concursos realizados durante la dictadura militar la hallamos en una memoria de gestión del rector normalizador Pessacq (1987) en la que se sistematizan datos cuantitativos y testimonios de la política institucional durante la recuperación de la democracia. Entre los tes- timonios hallados en esa fuente, seleccionamos dos que ilustran la conflictividad y las mutaciones de sentido acerca de la política «normalizadora» autoritaria en el tránsito de la dictadura a la demo- cracia. En palabras de Luchessi (quien durante la normalización uni- versitaria de 1983-1986 fue secretario general de la UNLP), un grupo de investigadores y docentes nucleados en una fundación –de la que saldría una parte de los integrantes de la gestión normalizadora de- mocrática de la UNLP– le confería un significado preciso a
los últimos acontecimientos que presentaba la dictadura mili- tar: los concursos, los centros regionales de CONICET para quitar poder y dejar pequeños bolsones de poder casi familia- res, con lo que las lealtades de sangre y no la de las ideas son las que cuentan... Y con los concursos dejar con estabilidad a un grupo de docentes, no demasiados pero que en muchos ca- sos eran el pago por los servicios prestados por ocho años de complacencia con la dictadura militar. Aunque este porcentaje era bajo, se cumplía con el compromiso de dejarlos estables de por vida. (Pessaq, 1987: 199)
En la misma memoria de gestión, que tiene el mérito de no ocultar el disenso, se lee el testimonio de un consejero superior estudiantil de la FaHCE que dice
Todo anduvo bien (en el Consejo Superior Provisorio) mien- tras pudieron imponer su mayoría en muchos temas importan- tes pero no cuando realmente podían ser tocadas las estructu- ras que consolidó la oligarquía con las cátedras eternas y des- pués la dictadura con la farsa de los concursos [...] Cuando estos funcionarios radicales, por un problema de conciencia reflexionaron sobre el tema de los concursos y votaban por anularlos, las más altas autoridades se olvidaron de la autono- mía universitaria y tuvieron que hacer lo que les dictó el Mi- nisterio de Educación.4 (Pessaq, 1987: 35)
De este modo, puede avizorarse un aspecto de las disputas a las que aludimos al inicio de este trabajo.
Entre los estudios académicos más sugerentes –aunque enfocado al análisis de otro periodo histórico y de otra institución– sobresale el realizado por Neiburg (1998) quien analiza la política de la revolu- ción libertadora orientada a la des-peronización de la universidad. Este autor entiende que una de las medidas más profundas y violentas para este fin fue el llamado a concurso de todos los cargos docentes, proceso que, a su modo de ver, configuró una verdadera historia de exclusión de unos y consagración de otros. Su hipótesis es que esos concursos sancionaron legalmente una depuración de la universidad y que, bajo el objetivo declarado de reconstruir la institución, se de- sarrollaron procesos de selección social y batallas entre intelectuales. Analiza distintas dimensiones de la política de concursos que son de sumo interés para nosotros pues permiten historizar las estrategias implementadas para la configuración de planteles docentes en coyun- turas de cambio institucional y sociopolítico.
Por nuestra parte, las fuentes que utilizamos en una primera aproxi- mación a la política de «normalización» autoritaria están constituidas por leyes, dictámenes de comisiones en las que se expresó la política
4 Pérez Aznar, representante del Movimiento Universitario Intransigente (MUI), brazo
gubernamental e institucional del periodo dictatorial y actas de reunio- nes del Consejo Superior Normalizador Provisorio (en adelante CSP) de la UNLP del periodo 1983/1986 que contienen los debates comple- tos de este cuerpo colegiado. También examinamos el archivo de reso- luciones de la FaHCE y expedientes de los concursos realizados bajo la Ley N.º 22.207 que brindan acceso a la documentación completa de la sustanciación, prestando atención al contenido de los Currículum Vitae ya que ellos revelan la estrategia de presentación de los candidatos, su trayectoria intelectual y adscripción a algún grupo; también a los dictá- menes de los jurados que permiten ver los principios de selección, las jerarquías de valores utilizados para establecer diferencias de méritos, resolver conflictos y fundamentar los resultados.