DE AGUA DE LOS GRANELEROS
20 APLICACIÓN DE LAS PRESCRIPCIONES UNIFICADAS S26, S27 Y S31 DE LA IACS A LOS GRANELEROS
20.1 El Subcomité recordó que el MSC 76 había acordado que debía instarse a los Gobiernos a que garantizasen que a los buques que enarbolen su pabellón, estén o no clasificados por una sociedad miembro de la IACS, se les apliquen las Prescripciones unificadas (UR) S26, S27 y S31 de la IACS, y pidió al Subcomité que elaborase una resolución MSC a tal efecto, aplicable a los graneleros nuevos y existentes (MSC 76/23, párrafos 5.40 y 5.42).
20.2 El Subcomité tomó nota de los documentos DE 46/INF.9, DE 46/INF.10 y DE 46/INF.11 (IACS), que contienen respectivamente los textos de las prescripciones unificadas S26 (Resistencia y sujeción de las escotillas pequeñas en la cubierta del castillo expuesta), S27 (Prescripciones relativas a la resistencia de los accesorios y el equipo de la cubierta del castillo) y S31 (Criterios de renovación de las cuadernas del forro exterior del costado en los graneleros de forro sencillo en el costado no construidos conforme a la prescripción unificada S12 Rev.1 ni a revisiones posteriores de esta norma).
20.3 El Subcomité también tomó nota de información adicional presentada por la IACS según la cual todas sus prescripciones unificadas se podían consultar, gratuitamente, en su sitio en Internet (www.iacs.org.uk), y de que se informaría a la OMI de todas las revisiones que se hiciesen de las mismas.
20.4 El Subcomité tomó nota de la inquietud manifestada por la delegación del Reino Unido respecto de que la prescripción unificada S31, tal como se presentó en el documento DE 46/INF.11, no era aceptable como medida de reducción de los riesgos porque no trata de manera completa la cuestión del fallo del forro lateral del costado en los graneleros existentes, y acordó que el Subcomité debía examinar esta prescripción unificada desde el punto de vista de su contenido técnico.
20.5 Una vez concluidas estas deliberaciones, el Subcomité pidió al Grupo de trabajo sobre seguridad de los graneleros, establecido en relación con el punto 18 de su orden del día, que tuviera a bien elaborar un proyecto de resolución MSC en el que se inste a los Gobiernos a que garanticen que a los buques que enarbolen su pabellón, estén o no clasificados por una sociedad miembro de la IACS, se les apliquen las Prescripciones unificadas (UR) S26, S27 y S31 de la IACS, y que debatan el contenido de la prescripción unificada UR S31 sin tratar de encontrar soluciones, sino con el fin de brindar asesoramiento.
Informe del Grupo de trabajo
20.6 Tras recibir el informe del Grupo de trabajo sobre esta cuestión (DE 46/WP.8, párrafos 19 a 23, 64.5 y 64.6 y anexo 3), el Subcomité lo aprobó y adoptó las medidas que se reseñan en los párrafos siguientes.
20.7 El Subcomité estuvo de acuerdo sobre un proyecto de resolución MSC, elaborado por el Grupo de trabajo, en la que se insta a los Gobiernos a que, entre otras cosas, apliquen en los buques que ondean sus pabellones, estén clasificados o no con una sociedad miembro de la IACS, las prescripciones unificadas S26 - Resistencia y sujeción de las escotillas pequeñas en la cubierta expuesta del castillo; S27 - Prescripciones sobre la resistencia de las piezas y equipos de la cubierta del castillo; SC31 - Criterios para la renovación de las cuadernas del forro del costado de los graneleros de forro sencillo en el costado que no se han construido de conformidad con la Rev.1 de la prescripción unificada S12 o sus subsecuentes revisiones. Se pidió al Comité que adopte el texto acordado del correspondiente proyecto de resolución MSC que figura en el anexo 20. En una fase posterior (véase el párrafo 22.11), el Subcomité acordó incluir también la prescripción unificada S30 de la IACS en el proyecto de resolución MSC. 20.8 Tras una breve presentación por parte del IACS de las ideas técnicas en las que se basa la prescripción unificada S31 se llevó a cabo un examen pormenorizado de los aspectos técnicos de esta prescripción unificada.
20.9 La delegación del Reino Unido manifestó su preocupación con respecto a la eficacia de la prescripción unificada S31 dado que entendía que cuando en el MSC 76 se seleccionaba una opción de control de riesgos para hacer frente al riesgo real del fallo del forro lateral del costado de un granelero existente, la aplicación de la prescripción unificada S31 significaría la adopción de un enfoque preventivo para la mejora de las cuadernas de los forros exteriores de estos buques, hasta alcanzar el nivel dispuesto en la prescripción unificada S12. No obstante, al examinar el texto de la prescripción unificada S31, facilitado en esta reunión, se observó que los criterios era más bien reactivos, dado que solamente las cuadernas que están muy afectadas serían objeto de atención; que los criterios sobre renovación parecieran ser compatibles con las prácticas que actualmente aplican muchas sociedades de clasificación; que en el caso de que fuese necesaria la sustitución de piezas de acero, la prescripción unificada S31 permite que cuadernas aisladas, incluso partes de las mismas, puedan reforzarse o sustituirse; y que la norma sobre la renovación de piezas de acero corresponde a 0,9 de la prescripción unificada S12. Esta delegación pidió, por tanto, que se aclarase si realmente la prescripción unificada S31 constituye una mejora importante con respecto a las prácticas actuales y señaló que vería con agrado cualquier oportunidad para examinar estos aspectos con la IACS. Posteriormente el observador de la IACS tomó nota de las preocupaciones planteadas con miras a seguir examinando esta norma.
20.10 A este respecto, el observador de la IACS aclaró que el grosor del alma de las cuadernas renovadas de las bodegas que se exige en la prescripción unificada S31 por lo que respecta a los buques de edad igual o superior a 10 años es 0,9 veces la que se exige en la prescripción unificada S12 con respecto a los buques nuevos al momento de su construcción. Se estimaba que de esta manera, brindaba un nivel de seguridad para los buques existentes equivalente al de los buques construidos de acuerdo con las normas de la prescripción unificada S12, cuando éstos alcanzasen una edad similar.
20.11 El Subcomité señaló que, tras haber revisado el contenido de la prescripción unificada S31, la mayoría del Grupo había estimado que las cuadernas de los costados renovadas de conformidad con esa prescripción tendrían nivel de seguridad equivalente en comparación con las cuadernas de los costados de los buques de edad similar construidos de conformidad con lo dispuesto en la prescripción unificada S12, Rev.1, o en revisiones subsiguientes.
21 NORMAS PARA LA REPARACIÓN DE ESTRUCTURAS DE ACERO Y